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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer el pasado 20 de octubre de 2025 los criterios de programación de auditorías para el ejercicio fiscal 2026. La medida forma parte de una estrategia de transparencia proactiva que busca establecer condiciones equitativas en el cobro de contribuciones y brindar mayor certidumbre jurídica a los contribuyentes mexicanos. La autoridad fiscal ha dejado claro su enfoque: sólo se auditará a aquellos contribuyentes identificados con conductas de alto riesgo relacionadas con la evasión o elusión fiscal. El SAT anunció más de 16,200 auditorías programadas para 2026. Marco Legal y Objetivos del SAT Las auditorías fiscales se realizan conforme al Artículo 42 del Código Fiscal de la Federación (CFF), que faculta a la autoridad tributaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. El SAT ha adoptado un enfoque preventivo y basado en datos para identificar incumplimientos antes de que representen pérdidas significativas para el erario público. Los objetivos principales de estas auditorías incluyen: Combatir la evasión y elusión fiscal de manera rigurosa y apegada a la ley. Garantizar que todos los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias. Promover un sistema de recaudación transparente y equitativo. Proteger los recursos públicos destinados al desarrollo nacional. Durante 2024, el SAT logró recaudar $1 billón MXN a través de la regularización de contribuyentes mediante auditorías y eficiencia en la recaudación tributaria. Esta cifra representó un incremento real del 33% comparado con 2023. Indicadores de Riesgo para Auditorías El SAT ha establecido criterios específicos para identificar a los contribuyentes con mayor probabilidad de incumplimiento fiscal. Estos indicadores de riesgo están diseñados para detectar comportamientos que sugieren evasión o prácticas fiscales irregulares. Conductas de Alto Riesgo La autoridad fiscal considera las siguientes situaciones como señales de alerta: Operaciones con empresas factureras o nomineras: Realizar transacciones con Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS), entidades legalmente constituidas que emiten facturas por operaciones inexistentes para evadir impuestos. Pérdidas fiscales recurrentes: Presentar pérdidas de manera constante sin justificación económica razonable puede indicar manipulación en la declaración de ingresos. Simulación o abuso de deducciones: Declarar deducciones que no corresponden a operaciones reales o que exceden los límites establecidos por la ley. Ingresos no declarados: Obtener ganancias que no se reportan al SAT, evitando así el pago de impuestos correspondientes. Abuso de estímulos fiscales: Utilizar incentivos tributarios de manera indebida o fuera del propósito para el cual fueron creados. No pagar retenciones de empleados: Omitir el entero de retenciones de impuestos sobre la renta y otras contribuciones correspondientes a los trabajadores. Operaciones con paraísos fiscales: Realizar transacciones con jurisdicciones de baja o nula tributación sin la debida justificación y documentación. Solicitud de devoluciones improcedentes: Intentar obtener saldos a favor ilegales mediante la presentación de información falsa o manipulada. Tasa efectiva de impuestos inferior al sector: Pagar un porcentaje significativamente menor de impuestos en comparación con empresas similares en la misma industria. Indicadores Específicos para Comercio Exterior Para los contribuyentes involucrados en operaciones de importación y exportación, el SAT ha definido criterios adicionales: Inconsistencias entre las cantidades importadas o compradas y lo efectivamente vendido. Importación de productos con precios notoriamente inferiores al valor de mercado. Incumplimiento de regulaciones o restricciones no arancelarias establecidas por las autoridades. Durante el cierre del cuarto trimestre de 2024, las administraciones de Auditoría de Comercio Exterior solicitaron 738 suspensiones del padrón de importadores, lo que representó un incremento del 84% respecto a 2023. Áreas Específicas: Criterios de Programación de Auditorías 2026 El SAT ha priorizado ciertas áreas de enfoque para sus auditorías de 2026, basándose en el análisis de riesgos y patrones de incumplimiento detectados en años anteriores. Grandes Contribuyentes Las empresas clasificadas como grandes contribuyentes representan apenas el 0.02% del universo total de contribuyentes (15,873 empresas), pero enfrentarán un escrutinio más intenso. Se programarán aproximadamente 1,200 auditorías para este segmento, lo que equivale al 6.3% de este grupo. Estas organizaciones suelen manejar volúmenes importantes de operaciones y, por tanto, cualquier irregularidad puede tener un impacto significativo en la recaudación fiscal. Pequeños y Medianos Contribuyentes Aunque representan el mayor número de contribuyentes (66,809,431), sólo el 0.02% será auditado, totalizando aproximadamente 12,000 revisiones. El SAT aplicará criterios de selección basados en las conductas de riesgo previamente mencionadas para identificar a quienes requieren verificación. Comercio Exterior Este sector recibirá atención especial con 3,000 auditorías programadas, representando el 2.5% de los 116,467 contribuyentes registrados en actividades de comercio internacional. Las auditorías se enfocarán en detectar subfacturación, triangulación de operaciones y otras prácticas irregulares comunes en importaciones y exportaciones. Esta continuidad en la fiscalización del comercio exterior forma parte del Plan Maestro que el SAT implementó desde 2024. Implicaciones para Contribuyentes y Empresas La publicación anticipada de los criterios de auditoría representa una oportunidad para que los contribuyentes evalúen proactivamente su situación fiscal. Las empresas deben tomar medidas preventivas para garantizar el cumplimiento total de sus obligaciones tributarias. Importancia de las Auditorías Internas Realizar auditorías internas periódicas permite a las organizaciones: Identificar posibles inconsistencias antes de que la autoridad fiscal las detecte. Corregir errores involuntarios en declaraciones y registros contables. Documentar adecuadamente todas las operaciones y deducciones. Asegurar que las retenciones de empleados se calculen y enteren correctamente. Verificar que las operaciones con terceros estén debidamente soportadas. Planeación Financiera y Fiscal Estratégica Una planeación fiscal adecuada va más allá del simple cumplimiento. Implica: Estructura fiscal óptima: Organizar las operaciones de manera que se aprovechen legalmente los beneficios fiscales disponibles sin caer en prácticas de elusión. Documentación robusta: Mantener registros detallados y completos que soporten cada operación, especialmente aquellas que involucren deducciones, estímulos fiscales o transacciones internacionales. Capacitación continua: Asegurar que el personal responsable de las funciones fiscales y contables esté actualizado con las últimas disposiciones legales y criterios del SAT. Asesoría especializada: Contar con el apoyo de expertos en materia fiscal que puedan identificar áreas de riesgo y proponer soluciones preventivas. Revisión de operaciones con terceros: Verificar que los proveedores y clientes estén al corriente con sus obligaciones fiscales y no figuren en listas de empresas con operaciones simuladas. Fortalece tu Cumplimiento Fiscal con Consolidé El anuncio del SAT sobre los criterios de auditoría 2026 subraya la necesidad de mantener prácticas fiscales transparentes y bien documentadas. Las empresas que adopten un enfoque proactivo hacia el cumplimiento tributario podrán evitar sanciones y procesos de fiscalización complejos, sino que también contribuirán a un sistema fiscal más justo para todos. En Consolidé, entendemos los desafíos que enfrentan las empresas mexicanas en materia de cumplimiento fiscal y gestión de nómina. Nuestros servicios integrales de asesoría en planeación financiera y fiscal están diseñados para ayudarte a: Evaluar tu situación fiscal actual frente a los criterios de riesgo del SAT. Implementar controles internos que garanticen el cumplimiento continuo. Optimizar tu estructura fiscal dentro del marco legal vigente. Preparar documentación adecuada que respalde todas tus operaciones. Gestionar eficientemente las obligaciones relacionadas con la nómina y retenciones. No esperes a ser sujeto de una auditoría para revisar tus prácticas fiscales. Contáctanos.
La defraudación fiscal es un tipo de evasión del pago de una contribución contemplada en el Código Fiscal de la Federación de México. Es usual encontrar textos que usan términos como elusión fiscal y evasión fiscal para referirse a la defraudación, pero no son lo mismo. Para empezar, la evasión fiscal es un delito. Lamentablemente algunas personas físicas y morales caen en evasión fiscal por descuido. Pero, ¿cuándo se trata de una acción intencional, cómo se distingue y qué consecuencias trae? Veámos. ¿Qué es la defraudación fiscal? Se conoce como defraudación fiscal el acto de hacer ver que se cumple con una normativa específica, cuando en realidad se emplean métodos ilegales para conseguir un beneficio propio.  El fraude fiscal o defraudación fiscal es un tipo de evasión fiscal que se realiza con premeditación; y puede llegar a ser penada con la cárcel. En los casos leves, estos actos suelen resolverse por vía administrativa por medio de multas. Marco legal de la defraudación fiscal Conforme a lo establecido en el artículo 108 del Código Fiscal Federal,  “Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal." Asimismo, en el artículo 109 de la mencionada ley establece que será sancionado quien: “Consigne en las declaraciones que presente para los efectos fiscales, deducciones falsas o ingresos acumulables menores a los realmente obtenidos o determinados conforme a las leyes”. ¿Qué se considera como defraudación fiscal? Subcontratación de personal (SAT) Desde el año 2021 hubo una reforma laboral que prohíbe la subcontratación. En contexto, se dio paso a los servicios especializados, una forma supervisada de controlar a los prestadores de servicios. Para ello, la persona física o moral debe cumplir con el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). De lo contrario, se estaría incurriendo en defraudación fiscal.  Al aparecer en el padrón público de contratistas, se garantiza que se pone a disposición trabajadores propios en beneficio de otra; para actividades o proyectos que no forman parte de la actividad principal de la empresa contratante. Sin embargo, aún contando con el REPSE los prestadores de servicios especializados podrán ser sancionados por el delito de defraudación fiscal. Esto en caso de incumplir con las obligaciones fiscales y de seguridad social, o con los requisitos de la Ley Federal del Trabajo en la materia. Con respecto a los contratantes, bajo este escenario, no podrán hacer deducibles o acreditables los pagos realizados por las obras o servicios contratados. Engaños El engaño es un elemento que da el carácter de delito y caracteriza la defraudación. Como mencionamos en el concepto, es el ánimo fraudulento lo que distingue el simple incumplimiento relevante para el derecho fiscal, de una conducta tutelada por el derecho penal. Omisión parcial o total del pago de una contribución Quien causa un impuesto está obligado a su pago, mediante una declaración. Al no presentarla cae en incumplimiento del adeudo, pero éste no tiene carácter de engaño, pues sólo omite el pago. Diferencias entre fraude fiscal, evasión fiscal y elusión fiscal Fraude fiscal En una conducta encaminada a obtener un lucro indebido a fuerza de engaños a conciencia. Lo que se castiga es el ánimo fraudulento, es decir, el no pagar las contribuciones presentando documentos y declaraciones falsos.  Evasión fiscal La evasión fiscal se da cuando no se realiza el pago de los impuestos correspondientes; producto de la ocultación de los ingresos o de información.  Las personas físicas y morales deben de realizar su declaración anual de impuestos ante el SAT. También los respectivos reportes ante el IMSS, ISSSTE, INFONAVIT y STPS de los contratos, prestaciones, sueldos y salarios de sus colaboradores.  En caso de no hacerlo, se habla de evasión fiscal, un incumplimiento intencional; ya que un individuo realiza cualquier acción u omisión con el fin de reducir, eliminar por completo o incluso demorar el cumplimiento y pago de cualquier tipo de obligación tributaria. En términos tributarios, en la evasión fiscal se incluyen el fraude tributario y el contrabando aduanero. Por consiguiente, la evasión fiscal es toda conducta de tipo ilícita que impacta negativamente el Tesoro Público. En México, existe un marco jurídico que establecen las reglas, tipificaciones, definiciones y multas de la evasión fiscal. Entre los artículos que tratan éste delito se encuentran: Artículo 3 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 26, artículo 71, artículo 72, artículo 75, artículo 108 y artículo 109 del Código Fiscal de la Federación Artículo 11 Bis del Código Penal Federal Elusión fiscal La elusión fiscal por su parte es un procedimiento que saca provecho de los vacíos legales para obtener una mínima carga fiscal. Se busca sacar ventajas tributarias, evadiendo al máximo el presupuesto jurídico fijado por la ley o intentando demorar sus consecuencias. Por tanto, la elusión fiscal es legal y no puede ser penada, ya que se utilizan procesos lícitos para pagar una menor cantidad de impuestos. ¿Qué debe hacer el contador? La evasión fiscal, incluyendo la defraudación fiscal, es un delito. Por tanto, es deber del contador informar. De lo contrario será considerado responsable de encubrimiento. Para ello, la Norma Internacional de Auditoría (NIA) 240 “Responsabilidades del auditor en la auditoría de estados financieros con respecto al fraude”, indica el procedimiento a seguir: “Lo comunicará oportunamente al nivel adecuado de la dirección, a fin de informar a los principales responsables de la prevención y detección del fraude de las cuestiones relevantes para sus responsabilidades”. Las comunicaciones al gobierno corporativo deben realizarse, a menos que dicha comunicación esté prohibida por alguna ley o regulación. Para ello, deberá identificar quienes participen de cualquier fraude o indicios de fraude en la dirección; a nivel de empleados que desempeñan funciones significativas de control interno u otras personas o cuando el fraude dé lugar a una incorrección material en los estados financieros. Si el auditor identifica o sospecha que se produjo un fraude, determinará la forma de proceder; pudiendo informar a una autoridad apropiada externa a la entidad. Ante cualquier curso de acción frente a un fraude contable o fiscal, el auditor podrá recurrir a una asesoría legal para entender sus opciones y las implicaciones legales o profesionales. Conclusión En Consolidé ofrecemos asesoría a las actividades de nómina, administrativas y fiscales de tu empresa. Nuestro equipo de profesionales pueden encargarse de la maquila de nómina para así evitar evasiones fiscales por errores u omisiones que pudieron ser evitados. También te ayudamos con asesoría en los departamentos de Recursos Humanos, Contabilidad y Fiscales, donde requieres talento especializado para el cumplimiento de tus obligaciones fiscales.  Contáctanos y concentra a tu plantilla en el core de tu negocio.