Tag: Fiscal

La DIEMSE o la Declaratoria Informativa de Empresas Manufactureras, Maquiladoras y de Servicios de Exportación es una declaración efectuada por personas morales dentro del régimen general. Está dirigida a las personas morales que tengan operaciones de maquila y comercio exterior.   Con la DIEMSE, las empresas maquiladoras y de comercio exterior están obligadas al cumplimiento de sus obligaciones tributarias de ISR ante el SAT. Conoce más sobre esta declaración. ¿Qué es la DIEMSE? La DIEMSE es la Declaratoria Informativa de Empresas Manufactureras, Maquiladoras y de Servicios de Exportación. Se trata de una declaración informativa de las operaciones de maquila. Forma parte de las obligaciones fiscales en materia del Impuesto sobre la Renta.   El fundamento legal de esta obligación fiscal para las maquiladoras es el Código Fiscal de la Federación dentro de sus artículos 31 y 32. Por otro lado, la Ley del Impuesto sobre la Renta en sus artículos 182, segundo párrafo y artículo 183, segundo párrafo, fracción III.   Una vez que se hace la presentación, la persona moral queda relevada de presentar el informe de aplicación de la deducción adicional calculada sobre los ingresos exentos pagados a los trabajadores. ¿Quiénes deben presentarla? Las personas morales dentro del régimen general de ley que realicen actividades en empresas manufactureras, maquiladoras (en cualquiera de sus modalidades) y de servicios de exportación. Se considera el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación. ¿Cuándo se presenta? La Declaratoria o DIEMSE debe presentarse de forma anual a más tardar en el mes de junio del año entrante de que se trate. Se hace mediante un trámite online en el portal del SAT. Para su presentación es obligatorio contar con e.firma o firma electrónica así como la contraseña.   Un aspecto relevante de su presentación en tiempo y forma es que se pueden realizar declaraciones complementarias. En caso de que sea necesario. ¿Qué información se presenta? Para presentar la DIEMSE se deben seguir los siguientes pasos: Entrar al portal del SAT Entrar a la sección de Declaraciones Elige el apartado de Informativas Da click en el botón de iniciar Selecciona los documentos digitales solicitados Añade datos generales del declarante así como la información solicitada en los anexos Envía la declaración
Un Calendario de Recursos Humanos eficaz es esencial para que cualquier empresa garantice el mejor uso de su capital humano. Desde la contratación y la incorporación de nuevos miembros del personal hasta garantizar el cumplimiento de importantes leyes laborales, un calendario de RRHH bien mantenido puede marcar la diferencia a la hora de crear un lugar de trabajo eficiente y productivo.   El Calendario de Recursos Humanos 2023 es una guía completa de todas las tareas importantes que debe tomar en consideración el departamento. ¿Quieres conocer las fechas más importantes del año? Calendario de Recursos Humanos Con un calendario de RR.HH. organizado, los equipos pueden planificar con antelación y fijar fechas para revisar el rendimiento y la satisfacción laboral de los empleados. El calendario de RR.HH. también permite programar oportunidades de desarrollo profesional, como seminarios y talleres de formación, que pueden ayudar a los miembros del personal a mantenerse al día sobre las tendencias del sector, la normativa y las mejores prácticas Fechas más importantes ENERO 2023 Domingo 1 de enero: Inicio del nuevo año fiscal Domingo 1 de enero: Inicio de año. Día festivo Domingo 1 de enero: Entran en vigor los nuevos mínimos de vacaciones Domingo 1 de enero: Entrada en vigor del nuevo salario mínimo de $312.41 para la región fronteriza norte y de $207.44 para el resto del país. Martes 17 de enero: Límite de pago de cuotas obrero patronales (SIPARE) de diciembre 2022 Martes 17 de enero: Vencimiento de obligación por declaración mensual de personas morales diciembre 2022 Martes 17 de enero: Límite de pago de cuotas obrero patronales (SIPARE)vencimiento de obligación por declaración semestral del sector primario Martes 17 de enero: Vencimiento de DIOT para personas morales de diciembre 2022 FEBRERO 2023   Lunes 6 de febrero: Conmemoración de la promulgación de la Constitución de México de 1917. Se recorre al lunes. Viernes 17 de febrero: Límite de pago de cuotas obrero patronales (SIPARE) Viernes 17 de febrero: Vencimiento de obligación por declaración mensual de personas morales enero 2023 Viernes 17 de febrero: Vencimiento de DIOT para personas morales enero 2023   MARZO 2023 Viernes 17 de marzo: Límite de pago de cuotas obrero patronales (SIPARE) Viernes 17 de marzo: Vencimiento de obligación por declaración mensual de personas morales febrero 2023 Viernes 17 de marzo: Vencimiento de DIOT para personas morales febrero 2023 Lunes 20 de marzo: Día de la Conmemoración del Natalicio de Benito Juárez. Se recorre al lunes. Es el segundo puente de 2023 Viernes 31 de marzo: Vencimiento para la presentación de la declaración anual de personas morales correspondiente al ejercicio 2022 Viernes 31 de marzo: Prorrogación de generación de certificado e.firma para RESICO    ABRIL 2023 Abril 2023: Presentación de la declaración anual de ISR de personas físicas del ejercicio 2021 Lunes 17 de abril: Vencimiento de obligación por declaración mensual de personas morales marzo 2023 Lunes 17 de abril: Vencimiento de DIOT para personas morales marzo 2023 Lunes 17 de abril: Límite de pago de cuotas obrero patronales (SIPARE) Jueves 6 y viernes 7 de abril: Semana Santa. En dependencias públicas pueden dar asueto del 3 al 14 de abril MAYO 2023 Lunes 1 de mayo: Asueto por Día de Trabajo Viernes 5 de mayo: Día festivo por la conmemoración de la Batalla de Puebla de 1862 Miércoles 10 de mayo: Día de las Madres en México. Algunas organizaciones optan por dar el día libre a las mamás. Miércoles 17 de mayo: Vencimiento de obligación por declaración mensual de personas morales abril 2023 Miércoles 17 de mayo: Vencimiento de DIOT para personas morales abril 2023 Miércoles 17 de mayo: Límite de pago de cuotas obrero patronales (SIPARE) Martes 30 de mayo: Fecha límite para que las personas morales que generaron utilidades en el ejercicio 2022 paguen PTU   JUNIO 2023 Viernes 16 de junio: Límite de pago de cuotas obrero patronales (SIPARE) Domingo 18 de junio: Día del Padre en México Lunes 19 de junio: Vencimiento de obligación por declaración mensual de personas morales mayo 2023 Lunes 19 de junio: Vencimiento de DIOT para personas morales mayo 2023 Jueves 29 de junio: Fecha límite para que las personas físicas que generaron utilidades en el ejercicio 2022 paguen PTU Viernes 30 de junio: fecha límite para la inscripción en las prestaciones de los empleados   JULIO 2023 Lunes 17 de julio: Vencimiento de obligación por declaración mensual de personas morales junio 2023 Lunes 17 de julio: Vencimiento de DIOT para personas morales junio 2023 Lunes 17 de julio: Límite de pago de cuotas obrero patronales (SIPARE) AGOSTO 2023 Jueves 17 de agosto: Vencimiento de obligación por declaración mensual de personas morales julio 2023 Jueves 17 de agosto: Vencimiento de DIOT para personas morales julio 2023 Jueves 17 de agosto: Límite de pago de cuotas obrero patronales (SIPARE) Jueves 31 de agosto: fecha límite para actualizar los expedientes personales con currículos, certificaciones y licencias actualizados SEPTIEMBRE 2023 Jueves 14 de septiembre: Límite de pago de cuotas obrero patronales (SIPARE) Sábado 16 de septiembre: Feriado oficial por el Día de la Independencia de México de 1810. Algunas dependencias y organizaciones pueden dar como feriado el 15 de septiembre Lunes 18 de septiembre: Vencimiento de obligación por declaración mensual de personas morales agosto 2023 Lunes 18 de septiembre: Vencimiento de DIOT para personas morales agosto 2023 OCTUBRE 2023 Jueves 12 de octubre: Día de la Raza Martes 17 de octubre: Vencimiento de obligación por declaración mensual de personas morales septiembre 2023  Martes 17 de octubre: Vencimiento de DIOT para personas morales septiembre 2023 Martes 17 de octubre: Límite de pago de cuotas obrero patronales (SIPARE)   NOVIEMBRE 2023 Jueves 2 de noviembre: Día de muertos. Algunas dependencias y organizaciones pueden dar como asueto también el 1ro de noviembre. Viernes 17 de noviembre: Vencimiento de obligación por declaración mensual de personas morales octubre 2023 Viernes 17 de noviembre: Vencimiento de DIOT para personas morales octubre 2023 Viernes 17 de noviembre: Límite de pago de cuotas obrero patronales (SIPARE) Lunes 20 de noviembre: Día festivo por la conmemoración de la Revolución Mexicana del 20 de noviembre de 1910   DICIEMBRE 2023 Viernes 15 de diciembre: Límite de pago de cuotas obrero patronales (SIPARE) Lunes 18 de diciembre: Vencimiento de obligación por declaración mensual de personas morales noviembre 2023 Lunes 18 de diciembre: Vencimiento de DIOT para personas morales noviembre 2023 Martes 19 de diciembre: Límite para el pago de aguinaldo Lunes 25 de diciembre: Navidad Domingo 31 de diciembre: Fin de ejercicio fiscal   Conclusión El Calendario de Recursos Humanos 2023 está diseñado para ayudar a los profesionales de RRHH y a las organizaciones a mantenerse organizados durante todo el año. Siguiendo este calendario, las empresas pueden garantizar el cumplimiento de todas las normativas y, al mismo tiempo, ofrecer a sus empleados oportunidades de crecimiento y desarrollo. Con un calendario de RRHH eficaz, las empresas pueden gestionar eficazmente su capital humano y ayudar a fomentar una cultura de éxito.
La expedición de una factura electrónica en México debe incorporar información para que el SAT reconozca su validez. Los datos más importantes son el RFC, domicilio del emisor, CSD con número de serie, descripción, código del bien o servicio adquirido así como la unidad de medida. También se considera el uso del CFDI, dato obligatorio que se debe introducir desde la versión 3.3. A partir del 1 de enero, el SAT confirmó que a partir de la publicación de la Segunda Resolución de Modificaciones de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, la versión 3.3 era reemplazada por la 4.0, que prevé la eliminación del CFDI por definir.  Dentro del catálogo de la versión 3.3 se prevé la clave P01-Por definir. Ésta es usada cuando el receptor aún no tiene definido el uso dado a ese comprobante fiscal. Según las Modificaciones, hay un periodo de convivencia entre la versión 3.3 y la 4.0, siendo el 30 de junio de 2022 el día límite para el uso de la 3.3. Sin embargo, durante el mes de junio de 2022 se informó que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022. ¿Qué conlleva este cambio? ¿Cómo afectará las expediciones de CFDI en el futuro? Continúa leyendo para saber más.   "CFDI Por definir" El 1ro de enero de 2022 entró en vigor el uso de la versión CFDI 4.0. Aunque las autoridades fiscales dieron un periodo de convivencia con la versión 3.3, es importante que sepas que a partir del 30 de junio de 2022, tendrás que usar la versión 4.0 y con ella, dejar atrás la clave de uso P01 Por definir. Esto con base en la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022. La clave de uso del CFDI por definir se empleaba cuando el emisor expedía un CFDI y en ese momento el mismo no tiene definido el uso que le dará a ese comprobante. Los cambios más sustanciales de la nueva versión contra la anterior es que también se reconfiguró el catálogo de uso de comprobantes. A partir del 31 de diciembre de 2022 y acorde a la reforma del Código Fiscal de la Federación para 2022, dentro del artículo 29-A, fracción IV,  los emisores que expidan CFDI deberán indicar el uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal, dando por terminado el uso del CFDI por definir.   ¿Qué debe hacerse sin el uso del CFDI por definir? Como bien sabes, deberás indicar la clave del uso fiscal que el receptor de tu CFDI le dará. Por ello, uno de los requisitos para la versión 4.0 es establecer si se le dará un uso distinto al que se expidió. En caso de serlo, deberás cancelar el CFDI 4.0 y emitir uno nuevo.  ¿Qué claves de uso se usarán para el CFDI versión 4.0? A continuación te compartimos las claves de uso que existen dentro del catálogo para la expedición de la versión 4.0 del CFDI. Esto en relación con la fracción III de la regla 2.7.1.29 de la RMISC 2022.   CPO1 Pagos CN01 Nómina G01 Gastos en general Se usa cuando no se localice en ninguno de los otros conceptos el uso del CFDI G02 Devoluciones, descuentos o bonificaciones Son las devoluciones, descuentos y bonificaciones G03 Gastos generales D01 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios Este será usado como lo menciona la descripción, excluyendo medicamentos D02 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios D02 Gastos médicos por incapacidad o discapacidad Es válido en la compra o alquiler de aparatos para rehabilitación de pacientes derivados de incapacidades. Se contempla dentro del artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo. D03 Gastos funerales D04 Donativos D05 Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación) Si el emisor cuenta con un crédito hipotecario, bancario o del INFONAVIT o mixto, con este código se debe emitir una factura para la declaración anual. D06 Aportaciones voluntarias al SAR Este uso aplica cuando realices aportaciones a tu cuenta del retiro SAR    D07 Primas por seguros de gastos médicos D08 Gastos de transportación escolar obligatoria D09 Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones Cuando se realizan deducciones por aportaciones para el retiro en otros instrumentos de inversión o institución distinto al SAR que estén regulados bajo LISR  dentro de los artículos 176, fracc. V, LISR; artículo 224-A, artículo 231-A y artículo 231-B, RLISR. D10 Pagos por servicios educativos (colegiaturas) I01 Construcciones I02 Mobiliario y equipo de oficina por inversiones I03 Equipo de transporte I04 Equipo de cómputo y accesorios I05 Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental I06 Comunicaciones telefónicas I07 Comunicaciones satelitales I08 Otra maquinaria y equipo   Conclusión Ahora ya lo sabes, tienes hasta el 31 de diciembre de 2022 para migrar hacia el CFDI 4.0 y dejar atrás la versión 3.3. Con ello, ya no será posible usar la clave de uso P01-Por definir. Si tienes dudas sobre cómo este cambio impactará en tus operaciones y expediciones de CFDI, acércate a un experto en temas fiscales como Consolidé. Estamos listos para ayudarte.
A partir del 1 de enero de 2022, la factura electrónica sufrió actualizaciones. Esto debido a los cambios aprobados en la Reforma Fiscal durante el año pasado. ¿Qué es lo que necesitas saber sobre la nueva versión del CFDI 4.0 y la facturación electrónica 2022?   En resumen, la facturación fiscal para 2022: Hay una nueva versión del CFDI: el CFDI 4.0 Es obligatoria la declaración del régimen fiscal del receptor del CFDI Se debe incluir de forma obligatoria el nombre del emisor y el nombre del receptor así como el domicilio fiscal Se adiciona un campo para identificar las operaciones de exportación de mercancías: No aplica (Clave 01), Definitiva (Clave 02) y Temporal (Clave 03) Continúa leyendo para conocer más información sobre la factura electrónica 2022.   ¿Qué cambios sufrirá la factura electrónica en 2022? Con el objetivo de combatir la evasión fiscal y disminuir las malas prácticas de los contribuyentes, la actual administración incorporó una serie de cambios dentro de la Reforma Fiscal. Se adicionaron, derogaron y reformaron distintas disposiciones de: Código Fiscal de la Federación  Ley del Impuesto Especial sobre la Producción y Servicios Ley del Impuesto sobre la Renta Ley del Impuesto al Valor Agregado Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos   Específicamente, la factura electrónica 2022 sufrió unas actualizaciones gracias a las modificaciones de los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. El SAT publicó una serie de modificaciones que los contribuyentes como personas físicas y morales tendrán que tomar en cuenta para sus facturas. A continuación los cambios: Existe una nueva versión del CFDI: CFDI 4.0 Todas las facturas deben incluir los datos del régimen fiscal del contribuyente para así poder emitir el CFDI correspondiente Campos especiales para identificación de las operaciones donde exista una exportación de mercancías Se identificará si las operaciones que se mencionan en el comprobante son objeto de impuestos indirectos Nuevos apartados para reportar información al respecto de las operaciones con el público general así como aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas También estás obligado a incluir el RFC, código postal del domicilio fiscal y régimen fiscal del receptor Para facturas globales se debe indicar la periodicidad del CFDI     También es importante aclarar que se añaden dos nuevos nodos: Información global: para comprobantes globales expedidos a público en general A cuenta de terceros: información que se pide para efectos de la facturación a cuenta de terceros, deben ser incluidos dentro del cuerpo del CFDI Cancelación de facturas 2022 El SAT también publicó la actualización sobre el servicio de cancelación de facturas, a continuación los cambios: A partir del 1ro de enero de 2022, es necesario señalar el motivo de la cancelación de comprobantes Se actualizaron los plazos para realizar la cancelación de facturas Cuando se seleccione el motivo de cancelación de factura con la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación”, se deberá relacionar el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado   Sobre las retenciones de información de pagos para factura electrónica 2022 Sobre las retenciones de información de pagos, el SAT publicó: La versión será la 2.0 Va a permitir la relación con otros CFDI Se incluirá de forma obligatoria el nombre y domicilio fiscal tanto del emisor como del receptor del CFDI   Complemento para recepción de pagos de facturación electrónica 2022 Sobre la recepción de pagos, se publicó lo siguiente: Se incluyó un nuevo apartado con el resumen de los importes totales de los pagos realizados y expresados en moneda nacional así como los impuestos trasladados La versión será 2.0 Nuevos campos para identificación sobre los pagos de las operaciones que ampara el comprobante y si son objeto de impuestos   ¿Cuándo entra en vigor el CFDI 4.0?   La factura electrónica 2022 o la nueva versión del CFDI 4.0 entró en vigor el 1ro de enero de 2022 de forma no obligatoria. Es a partir del 1ro de mayo que se vuelve obligatoria, especialmente para los Proveedores Autorizados de Certificación o PAC, quienes tendrán un plazo de 4 meses para adaptarse.    Después de ese plazo, los contribuyentes que no facturen bajo el esquema del CFDI 4.0 no podrán emitir comprobantes fiscales.  ¿Qué otros cambios vendrán acorde a la Reforma Fiscal? Como se mencionó previamente, la Reforma Fiscal deroga, adiciona y reformó distintos artículos de leyes como el Código Fiscal de la Federación, Ley del Impuesto Especial sobre la Producción y Servicios, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y la Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, a continuación te compartimos los cambios más relevantes:   Cuando no sea coincidente la información de los servicios, bienes y mercancías o uso y goce señalados en el CFDI de la actividad económica registrada ante el RFC, la autoridad procederá a actualizar la actividad económica del contribuyente Existirá un servicio de conciliación de quejas por facturación, en éste los contribuyentes podrán solicitar la intervención de las autoridades fiscales para actuar como conciliadores y orientadores en: Cuando no sea expedido el CFDI a quienes adquieran bienes Cuando sea cancelado el CFDI de una operación existente sin motivo Cuando se realice el pago de una factura y no se reciba el CFDI de pagos Cuando se emitan CFDI de nómina y no exista relación alguna con el emisor Cuando se emita un CFDI por concepto de ingreso, pago o egreso cuando no exista una relación comercial con el emisor del CFDI Cuando se requiera la cancelación de una factura y el receptor no la acepte, aún cuando la cancelación si proceda Cuando exista una emisión de CFDI de egresos sin contar con un soporte documental que acredite: devoluciones, bonificaciones o descuentos, (Artículo 25 de la Ley del Impuesto sobre la Renta), éstos no podrán disminuir los ingresos del contribuyente. Tendrán que ser verificados por autoridades fiscales Los proveedores de certificados de CFDI se limitan al alcance de sus funciones y obligaciones Cuando exista exportación de mercancías cuando no sean objeto de enajenación o ésta sea a título gratuito, el exportador está obligado a expedir el CFDI Es obligatorio el uso de los complementos publicados por el SAT en su portal de Internet     Conclusión El pasado 1ro de enero de 2022 entró en vigor el nuevo CFDI 4.0. Entre los cambios más importantes están que de forma obligatoria dentro del comprobante se tendrán que publicar el nombre y domicilio fiscal tanto del emisor como del receptor. También se incluyeron nuevos cambios para identificación de las operaciones de exportación de mercancías.   Se incorporaron también nuevos apartados para reportar la información con respecto a las operaciones con el público en general así como las que se realicen a cuenta de terceras personas. Finalmente, se identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.    La facturación electrónica 2022 es clave para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de tu empresa y colaboradores. En Consolidé sabemos que estos procesos administrativos pueden costarte recursos y tiempo. Contáctanos para saber cómo podemos trabajar juntos.
El pasado 10 de septiembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y sus Anexos 1, 15 y 23 y un mes después, el 18 de noviembre se publicó en el DOF, la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal más sus anexos 1 y 1-A. ¿Quieres saber los cambios?   La Tercera Resolución de Modificaciones a la RMISC 2021 entró en vigor el 19 de noviembre, un día después de su publicación. Dentro de las modificaciones publicadas de forma anticipada el pasado 29 de septiembre se reformaron también las reglas: 2.7.1.7., 2.7.1.9. y 13.5, se adicionaron a la par las reglas 2.7.1.51.; 2.7.1.52.; 2.7.1.53.; 2.7.1.54.; 2.7.1.55.; 2.7.1.56. y 2.7.1.57.   Específicamente, estos fueron los cambios:   Emisión del CFDI con complemento a Carta Porte El Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos CFDI de tipo ingreso para acreditación de transporte de mercancías Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor Identificaciones oficiales ante el SAT Inscripción en el RFC de personas físicas menores de edad dentro del régimen de salarios Traslado local de bienes o mercancías   ¿Qué contempla la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal más sus anexos 1 y 1-A?   Los principales cambios que contempla la Tercera Resolución de Modificaciones a la RMISC 2021 son:   CFDI de tipo ingreso para acreditación de transporte de mercancías Aquellos contribuyentes que se dediquen al servicio de transporte de carga general o especializada, servicio de paquetería y mensajería, grúas de arrastre o salvamento, depósito de vehículos, grúas de arrastre, translado de fondos y valores así como de materiales o residuos peligrosos o cualquier servicio que implique transportación de bienes o mercancías, que circulen por vías federales: terrestres, marítimas, férreas o aéreas, debererán incorporar el complemento a Carta Porte con representación en papel o digital.   Lo anterior para amparar la legal estancia o tenencia de los bienes y mercancías transportados. Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor Dentro esta regla, la 2.7.1.39, se establece que la cancelación del CFDI sin aceptación del receptor, será cuando los que se amparen por montos totales de hasta $1,000.00 y cuando se realice la cancelación dentro del día siguiente hábil a su expedición.   Identificaciones oficiales ante el SAT La regla 2.1.55 sobre las Identificaciones oficiales ante el SAT establece que dentro del artículo 31, primer párrafo del Código Fiscal de Federación, sobre la presentación de los trámites realizados ante el SAT, la autoridad considerará como identificaciones oficiales aquellas a las que se refiere dentro del Apartado 1, punto 1.2, inciso A del Anexo 1-A de la resolución y que hayan perdido su vigencia durante 2020 y 2021. Esto para el periodo fiscal 2021, así como el 1ro de enero al 30 de junio de 2022.   En el único caso que no podrá ser aplicable lo anterior es cuando se presente una identificación oficial del documento migratorio referido en el apartado 1, punto 1.2, inciso A, numeral 6 del anexo 1-A. Inscripción en el RFC de personas físicas menores de edad dentro del régimen de salarios La regla 2.4.6 habla sobre la inscripción al RFC de personas físicas menores de edad. Esto está establecido dentro del CFF en 1er párrafo del artículo 27, apartados A, fracción I, B, fracciones I, II, y III así como el apartado C, fracción III.    La regla establece que las personas físicas menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse al RFC sólo cuando: Se preste un servicio exclusivamente personal subordinado (salarios) desde su inscripción hasta los 18 años cumplidos   Inscripción en el RFC Dentro de la regla 2.4.14 de la Tercera Resolución, se establecen los 4 cambios: II. Incripción y cancelación en el RFC por escisión total de sociedades Se realiza conforme a la ficha trámite 49/CFF “Solicitud de inscripción y cancelación en el RFC por escisión de sociedades” así como la inscripción por escisión parcial de sociedades conforme a la ficha 50/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC por escisión de sociedades.   VI. Inscripción de personas físicas sin actividad económica Se realizará conforme a la ficha trámite 39/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas”.   IX. Unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados y su inscripción al RFC   Este apartado comunica lo siguiente:   “Las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados de las dependencias y las demás áreas u órganos de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, de los organismos descentralizados y de los órganos constitucionales autónomos, que cuenten con autorización del ente público al que pertenezcan, para inscribirse en el RFC a fin de cumplir con sus obligaciones fiscales como retenedor y como contribuyente en forma separada de dicho ente público al que pertenezcan, así como los pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas, conforme a las fichas de trámite 46/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de organismos de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, organismos descentralizados, órganos constitucionales autónomos” y 309/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas”, contenidas en el Anexo 1-A.”   X. Inscripción de personas físicas menores de edad dentro del RFC   Este punto está relacionado a lo que se detalló previamente. Se deberá realizar el trámite bajo la ficha 160/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas menores de edad a partir de los 16 años”. Traslado local de bienes o mercancías La regla 2.7.1.52 sobre el traslado de bienes o mercancías, para efectos del artículo 29 de la CFF y dentro de la regla 2.7.1.9, aquellos contribuyentes que presten el servicio de autotransporte terrestre de carga general y especializada, sin que el traslado implique algún tramo de vías federales, podrán acreditar el transporte mediante la representación impresa o digital del CFDI de tipo ingreso que contenga los requisitos establecidos dentro del artículo 29-A del CFF. En Consolidé sabemos la importancia de mantener a tu organización al día en temas relacionados a maquila de nómina, inscripciones a instituciones correspondientes, actualización y mucho más. Si necesitas ayuda, contáctanos.
Desde el 1o de Enero 2014 dentro de las reformas fiscales se estipuló que todos los contribuyentes están obligados a la expedición y entrega del comprobante fiscal digital (CFDI). A lo largo de ese tiempo hubo muchas dudas respecto al mismo ya que los empleadores tenían que contratar un proveedor autorizado de certificación o emitirlos a través de facturación electrónica ofrecido por el SAT (Servicio de Administración Tributaria), se tenía la obligación de migrar totalmente al esquema CFDI y emitir todos los comprobantes de cada uno de los pagos de Sueldos, Salarios y Asimilados, el contribuyente contaba con tan solo 3 días hábiles posterior al pago de nómina para expedir y entregar comprobantes, dejándolo con cargas administrativas muy estrictas. En su búsqueda de simplificación y cumplimiento de obligaciones el Servicio de Administración Tributaria emite facilidades en reglas de Resolución Miscelánea; para que el empleador pueda expedir y entregar sus comprobantes fiscales a sus trabajadores. Facilidades El patrón tiene la obligación de entregar o enviar a sus colaboradores el archivo en formato XML de sus remuneraciones cubiertas, si no cumple con lo establecido tiene opción de entregar un CFDI impreso con al menos Folio fiscal, RFC del Patrón y RFC del Empleado. Otra opción de entrega es poner a disposición de sus trabajadores una página o dirección electrónica que permita obtener la representación impresa del CFDI,  muchas veces el empleado no tiene acceso a internet, sin embargo puede elegir por entregar representaciones impresas del CFDI nómina en forma semestral en el mes inmediato posterior al término de cada semestre. Para pagos de nómina correspondientes a periodos menores a un mes se podrá emitir un CFDI de nómina mensual incorporando toda la información sobre cada pago realizado en el mes. La facilidad de timbrar el recibo de nómina por los pagos que cubran a sus trabajadores o a contribuyentes asimilados a salarios; son de 3 a 11 días hábiles, según el número de trabajadores o asimilados a salarios registrados: De 1 a 50, 3 días hábiles. De 51 a 100, 5 días hábiles. De 101 a 300, 7 días hábiles. De 301 a 500, 9 días hábiles. Más de 500, 11 días hábiles. Finalmente aunque se cuente con facilidades para el cumplimiento fiscal; resultaría útil que el trabajador firme todos los recibos de nómina o asimilados donde consten sus percepciones y deducciones entregadas  para que el empleador quede amparado ante cualquier riesgo laboral. Fuente: Reglas de Resolución Miscelánea 2015 2.7.5.2. , 2.7.5.3.
Comúnmente resulta complicada la elaboración de un presupuesto anual, siempre basado en los resultados de cualquier negocio o empresa. Es indispensable recordar la infinidad de aspectos involucrados en esta actividad, algunos relacionados con los ingresos y otros relacionados con los gastos, para finalmente llegar a un resultado “presupuestado”. Hay conceptos que se calculan de acuerdo a lo que ya mencionamos anteriormente y algunos otros que depende de algunas variables como: La intuición Indicadores económicos Visión del equipo de ventas Oferta Demanda Acciones de la competencia Nivel de aprovechamiento de los recursos propios Puntos inesperados Oportunidades La visión de los socios o ejecutivos Por todo lo anterior para el área directiva, casi siempre, presupuestar el total de ventas y los gastos erogados con números exactos o aproximados es un reto. Por ejemplo: Cuando decimos “este año vamos a vender el 20% más que el año que está por terminar para llegar a una venta anual de 120 millones “, este comentario resulta muy vacío, complicado y puede hacernos perder de vista el comportamiento real o los esfuerzos para mantener nuestro negocio o empresa como un negocio en marcha y rentable. Una alternativa al presupuesto tradicional que proyecta cifras para cada concepto del Estado de Resultados y del Balance General, es proyectar indicadores financieros, en los que cada responsable de área de una empresa debe intervenir en el cálculo y determinación del resultado o comportamiento esperado, para posteriormente lograr monitorear con facilidad y de manera permanente a fin de realizar las correcciones necesarias que lleven a obtener los resultados presupuestados. Con esta proyección de indicadores, el personal operativo, financiero, comercial y administrativo, deben trabajar de manera conjunta y conocer las implicaciones de cada acción que lleven a cabo, del mismo modo al realizar estas proyecciones, los conceptos de ventas y gastos no se aíslan entre si y tampoco se aíslan de los activos, pasivos y mucho menos del capital social. Analícelo, puede ser una opción muy interesante, tener el control del comportamiento de su negocio en cuestiones financieras, sencillamente el mismo transcurso del presupuesto, les afirmará si obtendrán “un rendimiento del 20% sobre su capital invertido”, si sus cuentas por cobrar son sanas de acuerdo a las ventas mensuales o si la utilidad tiene un porcentaje aceptable conforme a lo que se vende. Por Lic. César Calles Ángeles
En la vida productiva generamos diversos impuestos. Unas finanzas sanas se basan, en buena medida, en saber cómo manejarlos. ¿Cuándo se generan?, ¿En qué porcentaje gravan un bien o actividad?, ¿Cuándo se pagan? Y sobre todo ¿cuándo es posible recuperar parte de ese saldo? Es ahí donde tiene una gran relevancia el concepto de IVA acreditable. El IVA (Impuesto al Valor Agregado, por sus siglas) es un impuesto universal que se paga por consumir, lo deben abonar al momento empresas y particulares. Para conocerlo solo necesitas ver el recibo de alguna compra o una factura: verás que sobre el precio acordado de un bien o de un servicio se agrega un cierto porcentaje. Ese es el IVA. Para manejar tus finanzas personales o empresariales, es esencial que te familiarices con los conceptos alrededor del IVA, como IVA acreditable e IVA trasladado. En este artículo vamos a explicarte de qué se trata el manejo del IVA acreditable. ¿Qué es el IVA trasladado? La Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA) señala que las personas físicas o morales deben pagar el IVA cuando realicen: Enajenación de bienes (es decir, la venta de productos).Prestación de servicios independientes.Importación de bienes o servicios. Otorgación del uso o goce temporal de bienes (como en el caso del arrendamiento de propiedades). Este pago se conoce “traslado de IVA”, y explica el funcionamiento de este impuesto al consumo. Business photo created by katemangostar - www.freepik.com El IVA es un impuesto indirecto, pues el contribuyente que genera el bien de consumo no lo paga, sino que lo traslada hasta llegar al consumidor final. Por ejemplo: si produces un electrodoméstico, no pierdes dinero al pagar el IVA porque lo trasladas al cobrarlo al comprador del mismo.  Se llama IVA trasladado al que cobramos a nuestros clientes. Es un traslado impositivo a quienes compran aquellos que producimos. Lo trasladamos al facturar, y es por ello que en todo comprobante de pago se desglosan el precio y el IVA que se paga sobre él. ¿Cómo se divide el IVA trasladado? El IVA trasladado se divide en dos: IVA trasladado o cobrado: el que se ha cobrado por ingresos percibidos. Se carga por devoluciones o descuentos que se conceden sobre las ventas de contado y por el importe para su cancelación al final del mes para determinar el IVA a cargo o a favor. Se abona por el IVA efectivamente cobrado que proviene de los ingresos (el IVA que se ha cobrado a clientes) y por el traslado del impuesto efectivamente cobrado que proviene de IVA por trasladar (cuando efectivamente se cobre el IVA de las ventas a crédito). IVA por trasladar o pendiente por trasladar: el que todavía no se cobra debido a que la venta fue realizada a crédito. Se carga por el impuesto de las devoluciones y descuentos a los clientes sobre las ventas o servicios a crédito y para traspasar el IVA que se haya cobrado con abono a la cuenta de IVA trasladado (cuando los clientes cubran su adeudo). Se abona por el importe de IVA que todavía no se ha pagado proveniente de los ingresos (ventas o servicios) a crédito. Business photo created by freepik - www.freepik.com ¿Qué es el IVA acreditable? Se llama IVA acreditable al impuesto que nos es trasladado. Es decir, el IVA que pagamos por bienes y servicios. De la misma manera que el IVA Trasladado, el IVA acreditable se divide en dos: IVA acreditable: el que efectivamente pagamos. Este impuesto se carga por el IVA efectivamente pagado en gastos realizados (compras y pagos por servicios, por ejemplo) y se abona por el importe de las devoluciones o descuentos que se realicen sobre algunas compras, siempre que haya sido de contado. IVA pendiente por acreditar o IVA por acreditar es el que todavía no pagamos pues realizamos a crédito la adquisición de mercancías o el pago de gastos. Este IVA se carga cuando queda pendiente por pagar en las erogaciones realizadas a crédito. Este IVA se abona por el importe del IVA de las devoluciones que realicemos o descuentos que nos hagan, y en el caso de las erogaciones a crédito, y por el importe de IVA pagado con cargo a IVA acreditable (cuando el IVA que debemos sea efectivamente pagado). ¿Cómo manejar el IVA acreditable? Dentro de las actividades comerciales que realizamos, hay algunas gravadas con IVA y otras exentas. Esto genera controversias dentro de la Ley del IVA, y una de ellas es: ¿Cuánto es el IVA que debemos pagar a Hacienda como parte de nuestras obligaciones tributarias? En este caso, se trata de la relación entre el IVA acreditable e IVA trasladado. Se trata del IVA que puede restar del IVA que se cobra a los clientes, para obtener el monto que debe pagar al Servicio de Administración tributaria. La acreditación del IVA es una compensación interna del IVA. De optar por este método, una persona física o moral deberá mantenerla por lo menos durante los 60 meses siguientes. La Ley del IVA define en el primer párrafo de su artículo 40 al IVA acreditable de la siguiente manera: “El acreditamiento consiste en restar el impuesto acreditable, de la cantidad que resulte de aplicar a los valores señalados en esta Ley la tasa que corresponda según sea el caso.” Hay algunos requisitos que debe cumplir el IVA acreditable. Entre ellos que haya sido trasladado expresamente al contribuyente y que conste por separado en los comprobantes de pago y que haya sido efectivamente pagado en el mes de que se trate, entre otros. La acreditación del IVA es una excelente oportunidad para recuperar parte del IVA que debes pagar a Hacienda. Conocer su manejo es indispensable para trasladarlo correctamente a tus consumidores.  Conclusión El IVA es uno de los impuestos más importantes dentro de los procesos productivos y de la vida empresarial, pues se trata de un impuesto al consumo, que grava la compra de bienes y servicios.  Dentro de su proceso de aplicación, hay dos tipos de IVA: IVA acreditable e IVA trasladado. El IVA trasladado es aquel que se cobra al consumidor, y e IVA acreditable es aquel que se paga. Entre estos dos impuestos se calcula el impuesto que se debe pagar al SAT como persona moral o física. Es importante, con el fin de pagar el IVA justo, que lleves mes con mes el cálculo de tu IVA acreditable, y que lo pagues oportunamente. Contratar los servicios de expertos en contabilidad y que conozcan la Ley del IVA será particularmente valioso para que tú y tu  empresa lleven una disciplina impositiva correcta. José Juan Sánchez Flores Consultor Empresarial Consolidé
El pasado 1º de mayo el Senado aprobó una nueva Reforma Laboral en México, que fue promulgada y publicada en el Diario Oficial de la Federación [1]. Esta reforma incluye importantes cambios en la legislación laboral, siendo los más relevantes la libertad sindical, las garantías a los trabajadores del hogar y la creación del Centro Nacional de Conciliación. Como empresa, ¿qué necesitas saber sobre esta reforma? ¿Cuáles cambios que debes implementar? Te compartimos algunos puntos clave para que puedas alinearte a la nueva legislación, evitando así cualquier inconveniente con tus colaboradores o las autoridades. ¿Qué es la Reforma Laboral 2019? La Reforma Laboral en México de 2019 ajustó la Ley Federal del Trabajo (LFT). La iniciativa base de la reforma se presentó el 23 de diciembre de 2018, siendo aprobada el 11 de abril de 2019 por la Cámara de Diputados y el 29 de abril por la Cámara de Senadores. Esta Reforma Laboral surgió como parte de las obligaciones del país, luego de la firma del Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). En este sentido, era necesario realizar cambios en materia laboral y sindical para adaptarse a los términos de ese acuerdo. Los cambios de la Reforma Laboral en México 2019 Con esta nueva Reforma Laboral se modifica el artículo 3 que define al trabajo como “un derecho y un deber social. No es artículo de comercio, y exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta”.De igual forma, se clama por el reconocimiento a las diferencias entre hombres y mujeres para obtener su igualdad ante la ley; así como por la garantía de “condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores y sus familiares dependientes”. Con este concepto como principio, se ajustaron diversos aspectos en la LFT: Libertad de afiliación sindical: luego de la reforma laboral en México, los trabajadores tendrán derechos de libre afiliación y participación dentro de los sindicatos, federaciones o confederaciones. En este sentido, nadie podrá ser obligado a ser parte de ellas. De igual forma, se promueve la implementación de votaciones ajustadas a las reglas democráticas, así como de igualdad de género, por lo que la participación de los integrantes será personal, libre, directa y secreta. Funcionamiento de sindicatos: el registro de un sindicato puede cancelarse si se confirma que sus dirigentes han cometido actos de extorsión contra sus patrones. Además, se establece que el período de duración de las directivas no puede ser indefinido. Por otro lado, las directivas tendrán la obligación de rendir cuentas de manera detallada. Desaparición de las Juntas de Conciliación: serán sustituidas por tribunales laborales que dependerán del Poder Judicial para la resolución de conflictos entre patrón y empleado, pero se llegará ante tribunales sólo cuando se hayan agotado las instancias de conciliación. Creación del Centro Nacional de Conciliación: de acuerdo a la reforma laboral en México de 2019, estas serán las primeras instancias en donde se buscará la resolución de conflictos entre trabajadores y empresas. Se estiman 32 centros de atención que iniciarán funciones en 2021. También tendrá entre sus actividades llevar el registro de contratos colectivos, legislaciones internas y otros documentos sindicales. Adicionalmente, se expedirá la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Garantías a los trabajadores del hogar: el patrón debe cooperar para la instrucción de sus trabajadores y darles de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como pagar cuotas u otras obligaciones. Igualmente, la reforma laboral en México también garantiza que tendrán derecho a día y medio de descanso semanal, preferiblemente sábado y domingo. Trabajadores del campo: la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) será la encargada de fijar las percepciones mínimas de los trabajadores del campo. De igual forma, la nueva reforma laboral en México contempla que los patrones tendrán que llevar registro de los trabajadores temporales, para sumar y definir su antigüedad. Otras responsabilidades de los patrones: Protocolo para evitar discriminación: en conjunto con los trabajadores, la empresa debe definir e implementar un protocolo para prevenir casos de discriminación por razones de género, así como atención de casos de violencia, acoso u hostigamiento sexual; además de colaborar para erradicar el trabajo forzoso infantil. Entrega de copia del contrato: los patrones tendrán la obligación de entregar a los trabajadores una copia impresa del contrato colectivo, dentro de los 15 días siguientes al depósito de este documento ante el Centro Federal de Conciliación, y será acreditado con la firma de recibido del colaborador. Revisión de contratos colectivos: los contratos colectivos deben ser discutidos a los cuatro años, luego de la implementación de la reforma laboral en México.  Información clara sobre las deducciones: el recibo de pago debe entregarse al colaborador; este debe detallar las deducciones de pago, explicando los conceptos correspondientes. ¿Cómo deben proceder las empresas? Una empresa siempre debe cumplir con la regulación laboral vigente. Es por ello que, ante esta reforma laboral en México, se hace necesario comenzar a implementar los cambios progresivamente para evitar cualquier situación que implique un perjuicio. Estas son nuestras recomendaciones: Conocer los cambios: revisa la documentación oficial, investiga sobre las repercusiones de estos cambios, así como los mecanismos para implementarlos en tu empresa. Es importante que aclares cualquier duda, por lo que puedes acudir a las autoridades o contactar a asesores especializados en materia laboral en México. Alinearse a la ley: una vez que tengas claros los cambios de la reforma laboral en México tendrás que comenzar a realizar algunas diligencias como: el proceso de legitimación del contrato colectivo, asegurarte de entregar recibos detallados a tus colaboradores, entre otros. Establecer una comunicación directa con los trabajadores: es importante abrir canales de comunicación, al igual que ofrecer charlas informativas a los colaboradores para explicarles qué es la reforma laboral y sus implicaciones. Por otro lado, debes recordar que los Contratos Colectivos deben ser aprobados por los trabajadores. Conclusión La Reforma Laboral en México de 2019 supone nuevos retos para las empresas, así como para los trabajadores. Este cambio en la legislación redefine el concepto del trabajo, con el fin de dar mayor protagonismo a su función social, al tiempo que busca disminuir los casos de discriminación o conflicto. En ese sentido, tanto los sindicatos de trabajadores como los patrones tendrán que ajustar ciertos procesos para garantizar una relación más justa y transparente. Las compañías deben conocer a fondo las implicaciones de la reforma para evitar cualquier inconveniente y realizar los cambios; sin descartar tener asesoría especializada para garantizar una transición exitosa. [1] Secretaría de Gobernación (2019). Diario Oficial de la Federación, 1º de mayo de 2019. México. Recuperado en www.dof.gob.mx Martha Beatriz Camacho BuenoConsultor EmpresarialConsolidé
Los sistemas de nómina toman cada vez más protagonismo dentro del mundo empresarial en México, ya que agilizan innumerables tareas que deben llevarse a cabo de la manera más eficiente, como cálculos de salario, prestaciones, deducciones, impuestos, bonos, aportes al seguro social, entre otras. Implementar este tipo de programas informáticos es sencillo y puede ser la mejor solución para automatizar ciertos procesos dentro de la empresa. Sin embargo, es necesario conocer tanto sus funcionalidades como los beneficios que pueden aportar, antes de tomar cualquier decisión. ¿Qué es un sistema de nómina y por qué es tan importante para las empresas? En términos simples, un sistema de nómina es un software o programa informático que permite automatizar ciertos procesos relacionados con el manejo de la plantilla de una empresa. En la mayoría de estas herramientas es posible realizar configuraciones que se adapten a tus necesidades, para realizar los cálculos o completar las tareas. Durante tu gestión debes realizar trámites que resultan tediosos y complicados, como dar de alta a los colaboradores en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit); o realizar los pagos de impuestos y utilidades. Gracias a la automatización, puedes reducir la carga de trabajo, así como disminuir errores que podrían representar multas o sanciones, de acuerdo a la Ley del Seguro Social u otras regulaciones laborales. Beneficios de usar un sistema de nómina Estos son algunas de las ventajas que puedes disfrutar al usar esta herramienta: Automatización de procesos: algunas tareas como cálculos complejos, envío de recibos y notificaciones a los trabajadores, o incluso la actualización de los datos de la nómina, pueden configurarse para que se hagan de manera autónoma.Reducir costos y la carga administrativa: necesitarás menos tiempo, así como menos recursos, para dedicar a estas tareas. De esta manera, podrás enfocarte en crear nuevas propuestas o planes para la gerencia de la empresa.Centralizar información de la nómina: una de las principales ventajas de usar un sistema de nómina es poder tener toda la información de tu equipo en un solo lugar. De este modo, no tendrás que revisar varios archivos o plataformas, para poder obtener datos específicos que necesites en determinado momento.Elimina duplicidad o errores de datos: de acuerdo al IMSS, los patrones con 5 o más empleados deben usar el Sistema Único de Autodeterminación (o SUA)[1], para dar cuenta de las incidencias de sus trabajadores. Un error o falta de concordancia entre los datos del SUA con los de tu nómina podría significar una multa o sanción.Datos actualizados: al contar con un programa informático para gestionar la nómina, podrás hacer una actualización de datos instantánea. Así tendrás la seguridad de que la información que está allí es la más reciente.Cálculos precisos: los cálculos de nómina son complejos, por lo que se pueden cometer errores al hacerlos manualmente. El uso de un sistema de nómina garantiza realizar dichos cálculos de manera precisa, lo que permite evitar multas o cualquier situación legal. Por ejemplo, los creadores del Software SICOSS aseguran que se puede tener hasta 99% de precisión.[2]Mayor seguridad: Los programas informáticos permiten tener un registro actualizado de actividades, identificar qué usuario realizó modificaciones; además de poder hacer copias para resguardar tus datos en una unidad de almacenamiento alternativa o en la nube. Automatización y administración de obligaciones fiscales Cada año, una empresa tiene una serie de obligaciones fiscales que cumplir. Muchas de ellas son procesos largos, complicados, que ameritan una serie de requerimientos, por lo que es más que probable que alguno se te pueda olvidar. Para evitar estas situaciones, que se traducen en multas, sanciones, denuncias y otros procesos legales, puedes implementar un sistema de nómina que te permita tanto automatizar cómo administrar, de forma pertinente, todas estas tareas. Con un sistema de nómina podrás: Tener control de las cuotas obrero-patronales: la gestión del Capital Humano no solo implica el cálculo de sueldos. Es necesario hacer pagos relacionados con la seguridad social, que van desde riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad hasta prestaciones sociales. Un pago retrasado, un mal cálculo o un error en las diligencias puede ser catastrófico para la empresa.Hacer seguimiento de la nómina: cuando utilizas este tipo de herramientas tendrás un registro completo de tus empleados, con todos los datos e incidencias de su trayectoria en la compañía.Realizar tareas múltiples: usar la tecnología para agilizar los procesos ofrece diferentes tipos de beneficios. Uno de ellos es poder realizar varias tareas a la vez. No solo se trata de hacer cálculos, puedes seguir y administrar diferentes procesos relacionados con el departamento de recursos humanos, sin necesidad de instalar más de una plataforma. ¿Cómo elegir un sistema de nómina? En el mercado existen diferentes opciones, así que, antes de tomar una decisión definitiva, debes asegurarte de elegir el mejor software para ti. Para ello, puedes tomar en cuenta estos cuatro criterios: Que se ajuste a tus necesidades: es fundamental que el sistema de nómina resuelva las tareas que requieren automatizar para agilizar tu gestión; que se pueda ajustar a tus procesos internos y que esté alineado a las reglamentaciones actuales.Que sea personalizable: esto es esencial. Solo así podrás adaptar la herramienta para que responda a las tareas que debes solucionar a tu ritmo, en concordancia con tus propios procesos internos.Que esté en constante actualización: día a día la tecnología evoluciona y los requerimientos legales también, aunque con menos frecuencia. Un buen programa debe estar reinventándose regularmente para ajustarse a estos cambios.Que esté avalado por las autoridades: cumplir las reglas siempre debe ser obligatorio para cualquier empresa, por lo que seleccionar el programa para gestionar tu nómina no debe estar fuera de esta premisa. Por ejemplo, el software SICOSS es el único programa mexicano[3] avalado por el IMSS y el INFONAVIT, para el cumplimiento de las obligaciones patronales. Conclusión Antes de descartar el uso de un sistema de nómina, por creer que es costoso o complicado, debes considerar todos los beneficios que puede significar para tu empresa. No se trata solo de automatizar procesos, sino de mejorar la gestión, realizar cálculos más precisos, así como de hacer un mejor seguimiento de las incidencias en tu plantilla. La clave está en seleccionar el que más se adapte a tus necesidades. Sin embargo, es importante que puedas personalizarlo y que esté dentro del marco legal que rige actualmente. Es posible que para ello necesites un poco de asesoría profesional, pero verás que vale la pena, sobre todo para impulsar el departamento de Capital Humano de tu empresa. [1] IMSS (2019) Sistema Único de Autodeterminación. México. Recuperado en www.imss.gob.mx [2] Milenio (2016) SICOSS, el software que te ayuda a estar en paz con el IMSS. México. Recuperado en www.milenio.com [3] Milenio (2016) SICOSS, el software que te ayuda a estar en paz con el IMSS. México. Recuperado en www.milenio.com Martha Beatriz Camacho BuenoConsultor EmpresarialConsolidé