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La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) publicó en el Diario Oficial de la Federación nuevos formatos de alta, registro y presentación de Avisos e Informes para quienes realizan actividades vulnerables. Los cambios refuerzan la identificación del beneficiario controlador, incorporan a nuevos sujetos obligados y ajustan los plazos para avisos de 24 horas. La implementación es gradual: octubre de 2026, febrero de 2027 y junio de 2027 son las fechas clave que toda empresa obligada debe tener en el radar. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), a través de la UIF, dio a conocer una actualización relevante al marco antilavado de dinero en México. Esta actualización forma parte de la implementación de la reforma a la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), publicada en julio de 2025, así como de los ajustes posteriores a su Reglamento y a las Reglas de carácter general. Para los directores de RR.HH, fiscales, legales y financieros que gestionan el cumplimiento normativo de sus organizaciones, estos cambios no son un trámite menor. Afectan directamente los procesos de registro, los campos de información que deben capturarse y los plazos de reporte ante la autoridad. Entender qué cambia, quién está obligado y cuándo entra en vigor cada fase es el primer paso para evitar sanciones y mantener la operación sin sobresaltos. ¿Qué Cambios Incluyen los Nuevos Formatos de la UIF? Los nuevos formatos, publicados en el Diario Oficial de la Federación, amplían de forma considerable la información que deben entregar los sujetos obligados. Los cambios principales son los siguientes: Identificación reforzada del beneficiario controlador Se incorporan campos específicos para identificar con mayor precisión a la persona que finalmente obtiene los beneficios o ejerce el control de una operación. Nuevos campos para fideicomisos y otras figuras jurídicas Las operaciones realizadas mediante fideicomisos u otras estructuras legales ahora requieren información detallada adicional. Incorporación de nuevos sujetos obligados Los formatos se ajustan para incluir a personas facilitadoras públicas y privadas, agencias aduanales y personas físicas o morales que promuevan el despacho de mercancías sin la intervención de un agente o agencia aduanal. Elementos para avisos de 24 horas Se añaden los campos necesarios para que los sujetos obligados puedan presentar avisos inmediatos dentro del plazo de 24 horas, buscando información más completa y oportuna para la UIF. Según la SHCP, el objetivo de estos ajustes es contar con información más completa, precisa y oportuna que contribuya a la identificación y detección de posibles operaciones con recursos de procedencia ilícita. Calendario de Implementación para 2026 y 2027 La UIF estableció una implementación gradual, con tres fechas que toda empresa obligada debe marcar en su calendario de cumplimiento: 1 de octubre de 2026: La UIF publicará los instructivos y catálogos actualizados en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD). 1 de febrero de 2027: Inicia la nueva fase de registro para quienes actúan mediante fideicomisos u otras figuras jurídicas, las agencias aduanales, y quienes promuevan el despacho de mercancías sin la intervención de un agente o agencia aduanal. 1 de junio de 2027: Las personas facilitadoras públicas y privadas podrán realizar su alta. A partir de esta misma fecha, todos los sujetos obligados deberán utilizar los nuevos formatos oficiales para la presentación de Avisos e Informes, incluidos los avisos de 24 horas. Este escalonamiento le da a las organizaciones un margen razonable para ajustar sus procesos internos, pero también significa que el trabajo de preparación debe comenzar mucho antes de que cada fecha límite llegue. ¿Quién está Obligado a Cumplir con estos Nuevos Requisitos? Los nuevos formatos afectan a un grupo amplio de actores económicos: Instituciones financieras y entidades que realizan actividades vulnerables conforme a la LFPIORPI. Administradores de fideicomisos y operaciones fiduciarias. Agencias aduanales y operadores de comercio internacional. Facilitadores del sector público y privado. Personas físicas o morales que promuevan el despacho de mercancías sin la intervención de un agente o agencia aduanal. Si tu organización pertenece a alguno de estos grupos o presta servicios a empresas que sí lo hacen, es momento de revisar sus procesos de registro y reporte antes de que las nuevas fechas límite se conviertan en una urgencia. En Consolidé podemos ayudarte, contáctanos. ¿Qué Deben Hacer las Empresas para Cumplir con las Nuevas Obligaciones? Cumplir con estos requisitos implica mucho más que llenar un formato distinto. Las organizaciones deben considerar: Presentación de avisos en 24 horas: Los nuevos avisos deben enviarse dentro de este plazo, lo que exige procesos internos de detección y escalamiento mucho más ágiles que antes. Información completa del beneficiario controlador: La captura de datos precisos y verificables sobre esta figura es ahora obligatoria y debe integrarse en los flujos de onboarding y debida diligencia. Adaptación de sistemas internos: Los equipos de TI, legal y cumplimiento deberán coordinarse para capturar los nuevos campos de información exigidos por la UIF. Monitoreo constante de actualizaciones: La UIF publicará instructivos y catálogos actualizados a partir de octubre de 2026, por lo que mantenerse al día con estas publicaciones será clave para una transición sin contratiempos. Para los directores fiscales y legales, esto se traduce en un trabajo de coordinación interdepartamental: los equipos de nómina, cumplimiento y tecnología deben alinear sus procesos para que la captura de datos sea consistente y no genere errores ni retrasos en los reportes. ¿Qué Significa esta Actualización para el Cumplimiento Normativo en México? Esta actualización de formatos confirma una mayor exigencia de información, plazos más estrictos y un universo más amplio de sujetos obligados.  Las empresas que se preparen con anticipación: revisando sus procesos de captura de datos, actualizando sus sistemas internos y capacitando a sus equipos, tendrán una transición mucho más sencilla que aquellas que esperen hasta el último momento. El primer paso práctico es simple: haga un inventario de sus procesos actuales de alta, registro y presentación de avisos, y compárelos con los nuevos requisitos. Identifica qué campos de información te faltan capturar, qué sistemas necesitan ajustes y qué equipos deben involucrarse.  Con el calendario de octubre de 2026 a junio de 2027 ya definido, cuentas con el tiempo necesario para hacerlo bien, siempre que empieces ahora. Si necesitas una consultoría en el cumplimiento de la LFPIORPI y actividades vulnerables, contáctanos.