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El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo Federal de México presentó el Paquete Económico 2026 ante el Congreso de la Unión. Esta propuesta establece las bases tributarias y presupuestarias para el próximo ejercicio fiscal. Es importante comprender que se trata de una propuesta sujeta a debate y posibles modificaciones por parte de la Cámara de Diputados y el Senado. Sin embargo, las empresas deben prepararse desde ahora para los cambios potenciales que podrían impactar significativamente sus operaciones y estrategias de precierre fiscal. El paquete incluye los Criterios Generales de Política Económica, la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, además de reformas propuestas al Código Fiscal de la Federación y otras leyes tributarias. En Consolidé nos dimos a la tarea de reunir las actualizaciones y los cambios propuestos más importantes que pueden impactar a las empresas en términos fiscales, de seguridad social y contables. Proyección de Ingresos Tributarios: 8.7 Billones de Pesos La Ley de Ingresos de la Federación 2026 estima recaudar 8.7 billones de pesos en ingresos tributarios. Esta cifra mantiene al ISR como la principal fuente de recursos, seguido del IVA y el IEPS. Un aspecto particularmente relevante es el incremento proyectado de más del 62% en impuestos al comercio exterior, lo que refleja una estrategia de reforzamiento aduanero. Esta medida sugiere un enfoque más estricto en el control de importaciones y exportaciones. La estructura de ingresos se distribuye de la siguiente manera: ISR: Principal fuente de recaudación. IVA: Segunda fuente más importante. IEPS: Tercera fuente de ingresos. Impuestos al comercio exterior: Con incremento significativo del 62% Programa de Regularización Fiscal: Oportunidad para PYMES Una de las medidas más relevantes para las pequeñas y medianas empresas es el programa de regularización que permite condonar el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución. Este beneficio aplica para contribuyentes que: No superen ingresos de 300 millones de pesos en 2024. Cuenten con créditos fiscales firmes. Soliciten el beneficio antes del 31 de octubre de 2026. Restricciones del programa de regularización: No es acumulable para efectos del ISR. Excluye a quienes ya recibieron condonaciones masivas previas. No aplica para contribuyentes en listas negras del SAT. Esta medida representa una última ventana de regularización para empresas medianas y personas físicas con actividad empresarial, ofreciendo una oportunidad valiosa para sanear pasivos fiscales. Si tu organización se encuentra en esta situación, en Consolidé podemos ayudarte a regularizar. Contáctanos. Flexibilización para Fondos de Capital Privado Extranjero El paquete propone flexibilizar los requisitos para que fondos de capital privado extranjeros accedan al régimen de transparencia fiscal. Esta medida: Facilita la entrada de inversión extranjera a México. Fomenta la inversión en proyectos productivos. Abre oportunidades de financiamiento para empresas nacionales. Refuerza la atracción de capital extranjero. Esta flexibilización busca posicionar a México como un destino más atractivo para la inversión internacional, especialmente en sectores productivos. Nuevas Tasas de Recargos en Pagos Diferidos La propuesta del Paquete Económico ajusta las tasas aplicables cuando los contribuyentes difieren créditos fiscales, estableciendo un sistema escalonado basado en el plazo de diferimiento: Prórroga simple: 1.38% mensual. Hasta 12 meses: 1.42% mensual. De 12 a 24 meses: 1.63% mensual. Más de 24 meses: 1.97% mensual. Este esquema incentiva la regularización rápida de adeudos, ya que el costo de diferir pagos con el SAT puede resultar más oneroso que acudir a financiamiento bancario. Las empresas deben evaluar cuidadosamente sus estrategias de flujo de efectivo. Ampliación del Régimen de Retenciones en Plataformas Digitales El régimen de retenciones se extiende a personas morales que operen en plataformas digitales, estableciendo diferentes tasas según el estatus del contribuyente: Para personas morales con RFC válido: 4% de ISR 8% de IVA Para personas morales sin RFC válido: 20% de ISR 16% de IVA Para operaciones con no residentes o depósitos en cuentas extranjeras: 16% de IVA Esta medida busca eliminar esquemas de evasión y obliga a mantener el RFC en regla. Las empresas que operan en plataformas digitales deben asegurar el cumplimiento de estos requisitos para evitar retenciones elevadas que afecten su liquidez. Supervisión en Tiempo Real de Plataformas Digitales Se establece la obligación para plataformas digitales de otorgar al SAT acceso directo y en tiempo real a sus sistemas. Esta disposición permite: Fiscalización inmediata y constante Reducción de márgenes para simular operaciones Prevención de retrasos en reportes Las empresas que operen como plataformas digitales deben preparar sus sistemas tecnológicos para cumplir con estos nuevos requerimientos. Medidas Reforzadas Contra Operaciones Inexistentes El combate a las operaciones inexistentes se endurece significativamente. El SAT tendrá facultades ampliadas para: Negar la inscripción al RFC a empresas vinculadas con empresas factureras. Restringir inmediatamente el sello digital por uso de comprobantes falsos. Validar que los CFDI respalden operaciones reales con sustancia económica. Nuevas disposiciones sobre CFDI: Plazo límite para cancelación: hasta el mes de presentación de la declaración anual del ISR. Facultades ampliadas del SAT para suspender y cancelar RFC inactivos. Suspensión automática si en tres ejercicios no se presentan declaraciones ni se emiten CFDI. Cancelación definitiva si la omisión se prolonga cinco ejercicios. Continuidad de Beneficios para Sectores Estratégicos El Paquete Económico 2026 mantiene diversos estímulos fiscales dirigidos a sectores clave de la economía mexicana. Estos beneficios ofrecen continuidad y certidumbre a industrias estratégicas: Beneficios energéticos y de transporte: Acreditamiento del IEPS en diésel, biodiésel y combustibles fósiles. Acreditamiento de hasta el 50% en cuotas de peaje. Sector editorial y cultural: Deducción adicional del 8% en libros, periódicos y revistas. Sector minero: Acreditamiento del derecho especial sobre minería para empresas con ingresos menores a 50 millones de pesos. Sector energético: Exención de derechos en la importación de gas natural. Estos incentivos representan una señal de estabilidad para las industrias beneficiadas, aunque su peso recaudatorio es menor frente al endurecimiento de otras medidas fiscales. Modificaciones al IEPS: Nuevas Cuotas y Tasas El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios experimentará cambios significativos: Bebidas saborizadas: Cuota de 3.0818 pesos por litro (incluyendo edulcorantes no calóricos). Tabacos labrados: Tasa ad valorem del 200% (incremento desde 160%). Ajuste gradual de cuota hasta 2030. Tabacos hechos a mano: Tasa del 32% (incremento desde 30.4%) Nuevos gravámenes: Videojuegos violentos: 8% ad valorem. Apuestas: 50% ad valorem (incremento desde 30%). Impacto en el Precierre Fiscal 2025 Las empresas deben considerar el impacto potencial de estas medidas en sus actividades de precierre fiscal. Aunque el paquete aún requiere aprobación legislativa, es recomendable: Evaluar posiciones fiscales actuales: Revisar créditos fiscales pendientes de regularización. Analizar la conveniencia de acogerse al programa de condonación. Validar la sustancia económica de operaciones y CFDI. Planificar estrategias de cumplimiento: Asegurar que el RFC esté en regla y activo. Implementar controles internos para validar operaciones reales. Preparar sistemas para posibles requerimientos de supervisión en tiempo real. Optimizar flujos de efectivo: Evaluar el costo-beneficio de diferir pagos fiscales. Considerar alternativas de financiamiento ante las nuevas tasas de recargos. Preparándose para los Cambios: La Importancia de la Asesoría Especializada El Paquete Económico 2026 presenta tanto desafíos como oportunidades para las empresas. La complejidad de las nuevas disposiciones y su impacto potencial en las operaciones empresariales requieren una planificación cuidadosa y asesoría especializada. Es fundamental recordar que estas son propuestas sujetas a debate y posibles modificaciones en el Congreso. Sin embargo, la preparación anticipada permitirá a las empresas adaptarse eficientemente a los cambios finales que se publiquen en el DOF. La implementación exitosa de estas medidas requerirá una comprensión profunda de sus implicaciones técnicas y estratégicas. Las empresas que actúen proactivamente estarán mejor posicionadas para aprovechar los beneficios disponibles y minimizar los riesgos asociados. Prepárate para tu precierre fiscal considerando las propuestas del Paquete Económico 2026. Nuestro equipo de contadores y expertos fiscales puede ayudarte a navegar estos cambios y optimizar tu posición tributaria. Contáctanos para conocer cómo nuestros servicios de planeación financiera, fiscal y contabilidad empresarial pueden beneficiar a tu organización.
La expedición de una factura electrónica en México debe incorporar información para que el SAT reconozca su validez. Los datos más importantes son el RFC, domicilio del emisor, CSD con número de serie, descripción, código del bien o servicio adquirido así como la unidad de medida. También se considera el uso del CFDI, dato obligatorio que se debe introducir desde la versión 3.3. A partir del 1 de enero, el SAT confirmó que a partir de la publicación de la Segunda Resolución de Modificaciones de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, la versión 3.3 era reemplazada por la 4.0, que prevé la eliminación del CFDI por definir.  Dentro del catálogo de la versión 3.3 se prevé la clave P01-Por definir. Ésta es usada cuando el receptor aún no tiene definido el uso dado a ese comprobante fiscal. Según las Modificaciones, hay un periodo de convivencia entre la versión 3.3 y la 4.0, siendo el 30 de junio de 2022 el día límite para el uso de la 3.3. Sin embargo, durante el mes de junio de 2022 se informó que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022. ¿Qué conlleva este cambio? ¿Cómo afectará las expediciones de CFDI en el futuro? Continúa leyendo para saber más. "CFDI Por definir" El 1ro de enero de 2022 entró en vigor el uso de la versión CFDI 4.0. Aunque las autoridades fiscales dieron un periodo de convivencia con la versión 3.3, es importante que sepas que a partir del 30 de junio de 2022, tendrás que usar la versión 4.0 y con ella, dejar atrás la clave de uso P01 Por definir. Esto con base en la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022. La clave de uso del CFDI por definir se empleaba cuando el emisor expedía un CFDI y en ese momento el mismo no tiene definido el uso que le dará a ese comprobante. Los cambios más sustanciales de la nueva versión contra la anterior es que también se reconfiguró el catálogo de uso de comprobantes. A partir del 31 de diciembre de 2022 y acorde a la reforma del Código Fiscal de la Federación para 2022, dentro del artículo 29-A, fracción IV,  los emisores que expidan CFDI deberán indicar el uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal, dando por terminado el uso del CFDI por definir. ¿Qué debe hacerse sin el uso del CFDI por definir? Como bien sabes, deberás indicar la clave del uso fiscal que el receptor de tu CFDI le dará. Por ello, uno de los requisitos para la versión 4.0 es establecer si se le dará un uso distinto al que se expidió. En caso de serlo, deberás cancelar el CFDI 4.0 y emitir uno nuevo.  ¿Qué claves de uso se usarán para el CFDI versión 4.0? A continuación te compartimos las claves de uso que existen dentro del catálogo para la expedición de la versión 4.0 del CFDI. Esto en relación con la fracción III de la regla 2.7.1.29 de la RMISC 2022. CPO1 Pagos CN01 Nómina G01 Gastos en general Se usa cuando no se localice en ninguno de los otros conceptos el uso del CFDI G02 Devoluciones, descuentos o bonificaciones Son las devoluciones, descuentos y bonificaciones G03 Gastos generales D01 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios Este será usado como lo menciona la descripción, excluyendo medicamentos D02 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios D02 Gastos médicos por incapacidad o discapacidad Es válido en la compra o alquiler de aparatos para rehabilitación de pacientes derivados de incapacidades. Se contempla dentro del artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo. D03 Gastos funerales D04 Donativos D05 Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación) Si el emisor cuenta con un crédito hipotecario, bancario o del INFONAVIT o mixto, con este código se debe emitir una factura para la declaración anual. D06 Aportaciones voluntarias al SAR Este uso aplica cuando realices aportaciones a tu cuenta del retiro SAR  D07 Primas por seguros de gastos médicos D08 Gastos de transportación escolar obligatoria D09 Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones Cuando se realizan deducciones por aportaciones para el retiro en otros instrumentos de inversión o institución distinto al SAR que estén regulados bajo LISR  dentro de los artículos 176, fracc. V, LISR; artículo 224-A, artículo 231-A y artículo 231-B, RLISR. D10 Pagos por servicios educativos (colegiaturas) I01 Construcciones I02 Mobiliario y equipo de oficina por inversiones I03 Equipo de transporte I04 Equipo de cómputo y accesorios I05 Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental I06 Comunicaciones telefónicas I07 Comunicaciones satelitales I08 Otra maquinaria y equipo Conclusión Ahora ya lo sabes, tienes hasta el 31 de diciembre de 2022 para migrar hacia el CFDI 4.0 y dejar atrás la versión 3.3. Con ello, ya no será posible usar la clave de uso P01-Por definir. Si tienes dudas sobre cómo este cambio impactará en tus operaciones y expediciones de CFDI, acércate a un experto en temas fiscales como Consolidé. Estamos listos para ayudarte.