El pasado 10 de septiembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021 y sus Anexos 1, 15 y 23 y un mes después, el 18 de noviembre se publicó en el DOF, la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal más sus anexos 1 y 1-A. ¿Quieres saber los cambios?
La Tercera Resolución de Modificaciones a la RMISC 2021 entró en vigor el 19 de noviembre, un día después de su publicación. Dentro de las modificaciones publicadas de forma anticipada el pasado 29 de septiembre se reformaron también las reglas: 2.7.1.7., 2.7.1.9. y 13.5, se adicionaron a la par las reglas 2.7.1.51.; 2.7.1.52.; 2.7.1.53.; 2.7.1.54.; 2.7.1.55.; 2.7.1.56. y 2.7.1.57.
Específicamente, estos fueron los cambios:
Emisión del CFDI con complemento a Carta Porte
El Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos
CFDI de tipo ingreso para acreditación de transporte de mercancías
Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor
Identificaciones oficiales ante el SAT
Inscripción en el RFC de personas físicas menores de edad dentro del régimen de salarios
Traslado local de bienes o mercancías
¿Qué contempla la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal más sus anexos 1 y 1-A?
Los principales cambios que contempla la Tercera Resolución de Modificaciones a la RMISC 2021 son:
CFDI de tipo ingreso para acreditación de transporte de mercancías
Aquellos contribuyentes que se dediquen al servicio de transporte de carga general o especializada, servicio de paquetería y mensajería, grúas de arrastre o salvamento, depósito de vehículos, grúas de arrastre, translado de fondos y valores así como de materiales o residuos peligrosos o cualquier servicio que implique transportación de bienes o mercancías, que circulen por vías federales: terrestres, marítimas, férreas o aéreas, debererán incorporar el complemento a Carta Porte con representación en papel o digital.
Lo anterior para amparar la legal estancia o tenencia de los bienes y mercancías transportados.
Cancelación de CFDI sin aceptación del receptor
Dentro esta regla, la 2.7.1.39, se establece que la cancelación del CFDI sin aceptación del receptor, será cuando los que se amparen por montos totales de hasta $1,000.00 y cuando se realice la cancelación dentro del día siguiente hábil a su expedición.
Identificaciones oficiales ante el SAT
La regla 2.1.55 sobre las Identificaciones oficiales ante el SAT establece que dentro del artículo 31, primer párrafo del Código Fiscal de Federación, sobre la presentación de los trámites realizados ante el SAT, la autoridad considerará como identificaciones oficiales aquellas a las que se refiere dentro del Apartado 1, punto 1.2, inciso A del Anexo 1-A de la resolución y que hayan perdido su vigencia durante 2020 y 2021. Esto para el periodo fiscal 2021, así como el 1ro de enero al 30 de junio de 2022.
En el único caso que no podrá ser aplicable lo anterior es cuando se presente una identificación oficial del documento migratorio referido en el apartado 1, punto 1.2, inciso A, numeral 6 del anexo 1-A.
Inscripción en el RFC de personas físicas menores de edad dentro del régimen de salarios
La regla 2.4.6 habla sobre la inscripción al RFC de personas físicas menores de edad. Esto está establecido dentro del CFF en 1er párrafo del artículo 27, apartados A, fracción I, B, fracciones I, II, y III así como el apartado C, fracción III.
La regla establece que las personas físicas menores de edad a partir de los 16 años pueden inscribirse al RFC sólo cuando:
Se preste un servicio exclusivamente personal subordinado (salarios) desde su inscripción hasta los 18 años cumplidos
Inscripción en el RFC
Dentro de la regla 2.4.14 de la Tercera Resolución, se establecen los 4 cambios:
II. Incripción y cancelación en el RFC por escisión total de sociedades
Se realiza conforme a la ficha trámite 49/CFF “Solicitud de inscripción y cancelación en el RFC por escisión de sociedades” así como la inscripción por escisión parcial de sociedades conforme a la ficha 50/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC por escisión de sociedades.
VI. Inscripción de personas físicas sin actividad económica
Se realizará conforme a la ficha trámite 39/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas”.
IX. Unidades administrativas y órganos administrativos desconcentrados y su inscripción al RFC
Este apartado comunica lo siguiente:
“Las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados de las dependencias y las demás áreas u órganos de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, de los organismos descentralizados y de los órganos constitucionales autónomos, que cuenten con autorización del ente público al que pertenezcan, para inscribirse en el RFC a fin de cumplir con sus obligaciones fiscales como retenedor y como contribuyente en forma separada de dicho ente público al que pertenezcan, así como los pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas, conforme a las fichas de trámite 46/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de organismos de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios, organismos descentralizados, órganos constitucionales autónomos” y 309/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas”, contenidas en el Anexo 1-A.”
X. Inscripción de personas físicas menores de edad dentro del RFC
Este punto está relacionado a lo que se detalló previamente. Se deberá realizar el trámite bajo la ficha 160/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas físicas menores de edad a partir de los 16 años”.
Traslado local de bienes o mercancías
La regla 2.7.1.52 sobre el traslado de bienes o mercancías, para efectos del artículo 29 de la CFF y dentro de la regla 2.7.1.9, aquellos contribuyentes que presten el servicio de autotransporte terrestre de carga general y especializada, sin que el traslado implique algún tramo de vías federales, podrán acreditar el transporte mediante la representación impresa o digital del CFDI de tipo ingreso que contenga los requisitos establecidos dentro del artículo 29-A del CFF.
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