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Como patrón, escuchar sobre inspecciones laborales inmediatamente te remite a una revisión exhaustiva por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. La realidad es que son procedimientos habituales que realiza la Secretaría con el objetivo de inspeccionar que dentro del centro de trabajo y sus labores, se cumplan las normativas laborales. En este artículo te compartiremos qué son las inspecciones laborales, sus procedimientos, fundamentos legales, qué hacer cuando tu empresa es objeto de una y mucho más. ¿Qué son las inspecciones laborales? Las inspecciones laborales de la STPS en el centro de trabajo es un acto de autoridad que tiene como objetivo la vigilancia del cumplimiento patronal de la Ley Federal de Trabajo. Esto significa que es parte de las obligaciones patronales. englobándose en tres principales materias o condiciones generales del trabajo: Las condiciones generales de trabajo La capacitación, el adiestramiento y la productividad La seguridad e higiene. En 2022, entraron en vigor las modificaciones realizadas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social al Reglamento General de Inspección y Aplicación de Sanciones (REGITAS). Según la Organización Mundial del Trabajo (OIT), una inspección del trabajo es:  “una función pública de la administración del trabajo que vela por el cumplimiento de la legislación laboral en el centro de trabajo. Su papel principal es convencer a los interlocutores sociales de la necesidad de cumplir con la ley en el centro de trabajo y de su interés mutuo de que así sea, a través de medidas preventivas, educativas y, donde resulte necesario, coercitivas”. Fundamentos legales La Ley Federal del Trabajo es el documento legal que establece las inspecciones laborales. Podemos encontrar sus fundamentos en su capítulo V Inspección del Trabajo. Todo lo que los patrones necesitan saber sobre los procedimientos de las inspecciones se encuentra en los artículos 540 al 550. Sobre las funciones de las inspecciones laborales Según la LFT, en su artículo 540, las inspecciones de trabajo tienen las siguientes funciones: Vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo Facilitar la información técnica y asegurar a los trabajadores y patrones sobre la manera más efectiva de cumplir las normas de trabajo Dar a conocer ante las autoridades las deficiencias y violaciones a las normas de trabajo Realizar estudios y acopiar datos que sean solicitados por parte de las autoridades El resto que confieran las leyes   Sobre las atribuciones y deberes de los inspectores del trabajo Dentro del artículo 541 se establecen las atribuciones y deberes que tienen los inspectores del trabajo: I. Vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo, especialmente de las que establecen los derechos y obligaciones de trabajadores y patrones, de las que reglamentan el trabajo de las mujeres y los menores, y de las que determinan las medidas preventivas de riesgos de trabajo, seguridad e higiene; II. Visitar las empresas y establecimientos durante las horas de trabajo, diurno o nocturno, previa identificación; III.Interrogar, solos o ante testigos, a los trabajadores y patrones, sobre cualquier asunto relacionado con la aplicación de las normas de trabajo;IV. Exigir la presentación de libros, registros u otros documentos, a que obliguen las normas de trabajo; V. Se deroga. V Bis. Auxiliar a los Centros de Conciliación y Tribunales correspondientes, efectuando las diligencias que le sean solicitadas en materia de normas de trabajo; Disponer que se eliminen los defectos comprobados en las instalaciones y métodos de trabajo cuando constituyan una violación de las normas de trabajo o un peligro para la seguridad o salud de los trabajadores; VI Bis. Ordenar, previa consulta con la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo, la adopción de las medidas de seguridad de aplicación inmediata en caso de peligro inminente para la vida, la salud o la integridad de las personas. En este caso, si así son autorizados, los Inspectores deberán decretar la restricción de acceso o limitar la operación en las áreas de riesgo detectadas. En este supuesto, deberán dar copia de la determinación al patrón para los efectos legales procedentes. Dentro de las 24 horas siguientes, los Inspectores del Trabajo, bajo su más estricta responsabilidad, harán llegar un informe detallado por escrito a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con copia del mismo al patrón. VI Ter. Tratándose de la Inspección Federal del Trabajo, auxiliar al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y al Tribunal federal, en las diligencias que le sean solicitadas en materia de libertad de sindicación, elección de dirigentes y de representatividad en la contratación colectiva; VII. Examinar las substancias y materiales utilizados en las empresas y establecimientos cuando se trate de trabajos peligrosos; y VIII. Los demás que les confieran las leyes. Los Inspectores del Trabajo deberán cumplir puntualmente las instrucciones que reciban de sus superiores jerárquicos en relación con el ejercicio de sus funciones. Sobre las obligaciones de los inspectores de trabajo El artículo 542 de la LFT enlista las obligaciones que tienen los responsables de las inspecciones laborales: Identificarse con credencial debidamente autorizada, ante los trabajadores y los patrones; Inspeccionar periódicamente las empresas y establecimientos; Practicar inspecciones extraordinarias cuando sean requeridos por sus superiores o cuando reciban alguna denuncia respecto de violaciones a las normas de trabajo; Levantar acta de cada inspección que practiquen, con intervención de los trabajadores y del patrón, haciendo constar las deficiencias y violaciones a las normas de trabajo, entregar una copia a las partes que hayan intervenido y turnarla a la autoridad que corresponda; y Las demás que les impongan las leyes. Finalmente, cuando se trata de una inspección laboral en un centro de trabajo que tenga a trabajadores a un grupo vulnerable u hogar migrantes así como personas trabajadoras del hogar o menores de 18 años, la inspección laboral será realizada con especial atención. ¿Qué está prohibido en relación a los inspectores del trabajo? El artículo 544 de la LFT detalla las acciones que están prohibidas cuando se realiza una inspección del trabajo: Tener interés directo o indirecto en las empresas sujetas a la inspección Revelar secretos industriales o comerciales así como procedimientos de fabricación o explotación Representar o patrocinar a los trabajadores o patrones en conflictos de trabajo ¿Qué sanciones pueden ser impuestas en una inspección laboral? El artículo 548 de la LFT enlista el tipo de sanciones que los inspectores de trabajo pueden realizar en caso de que el centro de trabajo o patrón no cumpla con las normas. Amonestación  Suspensión hasta por tres meses Destitución Conoce el proceso de las inspecciones laborales Si tu empresa o centro de trabajo es objeto de una inspección laboral, es importante que conozcas su proceso: ¿Qué se revisa en las inspecciones laborales?  Como se mencionó previamente, el artículo 541 de la LFT menciona las atribuciones que tienen los inspectores del trabajo cuando realizan una revisión. En resumen, se revisan: Cumplimiento de las normas del trabajo relacionadas a los derechos y obligaciones de los empleados y patrones, mujeres y menores Medidas preventivas de riesgos de trabajo, seguridad e higiene Aplicación de las normas de trabajo Posibles defectos en las instalaciones y métodos de trabajo cuando éstas constituyan una violación a las normas de trabajo o un peligro para la seguridad o salud de los empleados Decreto de restricción de acceso o limitación de la operación en caso de que se hayan detectado áreas de riesgo Examinación de substancias y materiales empleados en las empresas y centros de trabajo cuando se trate de trabajos peligrosos El patrón podrá consultar el estatus de su procedimiento a través del Sistema de Apoyo al Proceso Inspectivo. De existir incumplimientos se pueden generar multas por cada conducta incorrecta, e incluso por cada trabajador afectado, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Título XVI de la LFT denominado Responsabilidades y Sanciones. Por todo lo anterior, el acta de inspección es el elemento base durante la práctica de la diligencia y en todas las etapas del procedimiento administrativo, por lo que la debida o indebida atención de esta formalidad es crucial para la persona física o moral que recibe una visita, pues ello no solo le afecta en el campo jurídico-laboral, sino también en el patrimonial, por lo cual contar con asesoría especializada  es de vital importancia. Las inspecciones laborales son procesos que vigilan el cumplimiento de la legislación laboral en los centros de trabajo, siendo responsabilidad del patrón velar por ello. Como consecuencia de una visita se pueden generar multas si existe incumplimiento, por lo que contar con asesoría especializada en materia laboral es de gran importancia. Si requieres más información sobre inspecciones laborales y/o normas laborales, no dudes en comunicarte con nosotros.
El espíritu de esta Norma en proyecto PROY-NOM-034-STPS-2015 es brindar un marco de referencia para que los patrones, quienes ya han tomado la decisión de incluir trabajadores con discapacidad o están a punto de dar ese paso, instrumenten condiciones de accesibilidad. En este sentido, el objetivo del proyecto es el de establecer las condiciones de seguridad para proteger la integridad física y salud de los trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo, así como para el acceso y desarrollo de actividades de personas con discapacidad. Considerando que el acceso, estancia y circulación de los trabajadores con discapacidad, son elementos que se deben tomar en cuenta en el ámbito de la seguridad aplicable al centro de trabajo, la norma instrumenta disposiciones que refuerzan aquellos aspectos de seguridad que deben observarse, con el fin de que los trabajadores con discapacidad desarrollen actividades productivas de manera digna y segura. Para tal propósito el proyecto instrumenta obligaciones para el patrón y, en los casos que corresponda, los capítulos que incluirán los elementos para la instrumentación respectiva, siendo las que a continuación se precisan: a) La elaboración de un análisis de compatibilidad de los trabajadores con discapacidad, con el puesto de trabajo que ocupen. b) Considerar en el programa de seguridad y salud en el trabajo, que se elabore para el centro de trabajo, las medidas de control técnicas o administrativas para minimizar o eliminar los riesgos. c) De igual manera, precisa la obligación de colocar señalización visual, auditiva y/o táctil que permitan el desplazamiento y estancia segura en el interior del centro de trabajo. d) También, señala que se cuente con el plan de atención a emergencias, con la finalidad de contar con procedimientos de alertamiento, instrucciones para actuar en caso de emergencia, ubicación de las rutas de evacuación, salidas y escaleras de emergencia, zonas de menor riesgo y puntos de reunión, entre otros, en los que se considere a los trabajadores con discapacidad. e) Además, de proporcionar capacitación a los trabajadores con discapacidad, en la cual considere los riesgos específicos a que puede estar expuesto en su lugar de trabajo y en las áreas contiguas durante el desempeño de sus actividades, las acciones y medidas preventivas instauradas a fin de minimizar o eliminar los riesgos, el contenido del plan de atención a emergencias y la manera en que participara en su ejecución. f) Finalmente, el proyecto contiene los capítulos relacionados con las unidades de verificación y el procedimiento para la evaluación de la conformidad como elemento que servirán para acreditar el cumplimiento de la norma y los elementos que se solicitaran para tal fin. Ver el proyecto de Norma completo.
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) impulsa acciones concretas en el ámbito laboral para crear una nueva cultura de salud con el Programa Nacional de Bienestar Emocional y Desarrollo Humano en el Trabajo (PRONABET), a fin de mejorar el estado nutricional de los trabajadores, prevenir las enfermedades vinculadas con una alimentación deficiente que afectan la productividad y competitividad de la mano productiva y las empresas. Este ordenamiento establece que los patrones podrán optar, de manera voluntaria o concertada, por otorgar a sus trabajadores ayuda alimentaria en alguna de las siguientes modalidades o mediante combinaciones de éstas, pero no en efectivo: ° Comidas proporcionadas a los trabajadores en comedores, restaurantes o establecimientos de consumo de alimentos. ° Despensas, ya sea mediante canastillas de alimentos o por medio de vales de despensa. Esta Ley establece que los gastos generados por este concepto son deducibles de impuestos para los patrones; además, los ingresos correspondientes del trabajador se considerarán exentos por prestaciones de previsión social para el trabajador y no formarán parte de la base de las aportaciones de seguridad social.