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La seguridad social es un sistema establecido por un gobierno para que su sociedad obtenga protección. La protección está relacionada con servicios de asistencia médica y la garantía de seguridad de ingresos monetarios en situaciones como la vejez, enfermedad, maternidad y más. En México existen dos instituciones primarias que ofrecen los servicios de seguridad social: Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Ambas instituciones administran y velan por los beneficios de los trabajadores que se encuentran afiliados así como sus familiares. ¿Qué es la seguridad social? Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la seguridad social es la  “Protección que una sociedad proporciona a los individuos y a los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del ingreso [...]” Seguridad Social en México La seguridad social en México tuvo sus inicios con la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Aunque en la Carta Magna no se estableció como tal una institución responsable de esa figura, fue un eje clave para la generación de futuras legislaciones que velan por la seguridad de los mexicanos en la actualidad. Después de cambios históricos que presenció la sociedad mexicana, en 1943 el presidente Manuel Ávila Camacho promulgó la Ley del Seguro Social. En ella legislación se establece la creación del IMSS. La finalidad de la Ley del Seguro Social fue garantizar: Derecho a la salud Protección de los medios de subsistencia (enfermedad, invalidez, accidentes de trabajo, maternidad y vejez) Asistencia médica Servicios sociales   Dentro del artículo 2 de la Ley del Seguro Social, se establece la garantía del derecho a la salud: “La asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado". Es importante mencionar que la seguridad social en México es un derecho humano. Fue reconocido en 2011 e incorporado en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, dentro del artículo 123 se establece. Finalidad de la seguridad social La seguridad social es un sistema establecido de prestaciones de derecho público y que cuenta con supervisión estatal. Su finalidad es garantizar el derecho a la asistencia médica, salud así como servicios sociales necesarios para el bienestar de sus afiliados.  El gobierno se compromete a garantizar que las prestaciones de la seguridad social sean accesibles a los afiliados, protegiendo a las personas de la inseguridad financiera en caso de accidente o enfermedad así como en la vejez. Ley del Seguro Social: Elementos más importantes En México, la seguridad social se rige por la Ley del Seguro Social para el IMSS y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, del ISSSTE. En esta sección exploraremos los elementos más importantes de la Ley del Seguro Social que compete a las empresas mexicanas y sus trabajadores. La Ley del Seguro Social establece los procedimientos legales y administrativos para las prestaciones de la seguridad social. Además de obligar a los patrones a realizar sus aportaciones patronales a la seguridad social. La ley también establece una serie de protecciones para los trabajadores y sus familias en caso de enfermedad, incapacidad o muerte.  Sistemas de Seguridad Social Instituciones clave Como se mencionó previamente, en México existen dos instituciones estatales que se encargan de administrar y proporcionar los derechos de seguridad social: IMSS: Creado en 1943 y su asistencia está enfocada en los trabajadores de empresas privadas, trabajadores independientes o personas que se encuentran vinculadas a otras por una relación de trabajo ISSSTE: Entidad enfocada en los trabajadores del estado en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial así como institutos autónomos También, existen otros sistemas que complementan la seguridad social en México: Afores Insabi Infonavit Servicios de seguridad social en México A continuación, te explicaremos los servicios más importantes en México de acuerdo a la Ley de Seguridad Social. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez El IMSS es el instituto encargado de recaudar las aportaciones en materia de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez tanto de los empleados afiliados como de los patrones. La finalidad de este seguro es que cuando el empleado llegue a las semanas cotizadas suficientes y cumpla con los requisitos, pueda pensionarse. El instituto ayuda al empleado a “ahorrar” para su retiro y vejez y en otros casos, para su muerte. Con las aportaciones, el trabajador podrá tener derecho a una pensión, asistencia médica y asignaciones familiares así como ayuda asistencial para cubrir los requisitos que marca la Ley. Riesgos y accidentes de trabajo Además, las prestaciones de la seguridad social en México también incluyen la protección de los afiliados por riesgos y accidentes laborales. Este seguro del IMSS proporciona cobertura médica y económica a los trabajadores que sufran un accidente o enfermedad mientras ejecutan las labores de su trabajo. Enfermedades de trabajo y maternidad El seguro de enfermedades y maternidad brinda atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria necesaria para el trabajador y su familia. Para casos concretos, el IMSS proporciona prestaciones en especie o dinero para: Ayuda para lactancia Subsidios para incapacidades temporales Guarderías y prestaciones sociales Este seguro ofrece a los afiliados así como a sus beneficiarios los servicios de guarderías para sus hijos. El IMSS cuenta con cientos de guarderías a lo largo del país en las que cuida a los niños y ofrece programas de alimentación.  Por otro lado, las prestaciones sociales se enfocan en elevar los niveles de vida de los afiliados mediante distintos programas y servicios. Invalidez y vida Este seguro del IMSS ofrece a los afiliados así como a los pensionados la protección contra riesgos de invalidez y muerte. Esto siempre y cuando no se presenten durante el trabajo o a causa de un riesgo de trabajo. Se ofrece una pensión al afiliado o al pensionado y dependiendo el caso, a sus beneficiarios. Servicios médicos Los servicios médicos se proporcionan a los afiliados de la seguridad social en México. Los servicios médicos incluyen medicina preventiva, atención hospitalaria, rehabilitación y terapia ocupacional. En caso de ser necesario, también cubre el costo de las medicinas. Medicina preventiva Como tal no es un seguro pero sí un beneficio del IMSS para sus afiliados. Proporciona servicios de medicina preventiva para garantizar que los afiliados de la seguridad social se mantengan sanos y sean miembros activos de la sociedad. Ofrece información, programas de esparcimiento y comunicación sobre las mejores prácticas para mantener la salud. Conclusión Los servicios de seguridad social en México están diseñados para proporcionar protección social y asistencia de salud a sus beneficiarios. Existen dos instituciones clave que proporcionan dichos servicios, el IMSS y el ISSSTE. La finalidad de la seguridad social es que los afiliados tengan la garantía del acceso a servicios clave como: asistencia médica, salud, enfermedades, maternidad, retiro y vejez.  Los patrones en México deben estar afiliados al IMSS y realizar sus aportaciones patronales en favor de sus trabajadores.
Toda empresa en México debe cumplir con las cuotas patronales. Los patrones están en obligación de inscribirse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realizar su alta patronal; así como también dar de alta a sus empleados, realizar modificaciones y bajas. ¿Quién hace las aportaciones, cómo se pagan y qué cubren esas cuotas? Acá explicamos todo al detalle, en qué consisten y cómo funcionan. ¿Qué son las cuotas obrero patronales? Las cuotas IMSS e Infonavit o cuotas obrero patronales, son las aportaciones que deben hacer obrero y patrón; para garantizar el acceso a los servicios de seguridad social; atención médica pública, fondos de retiro, cesantía y vejez. Una vez que el empleado tiene el alta ante el IMSS (dentro de los 5 días hábiles siguientes a su inicio de labores), como patrón deberás realizar el pago total ante la entidad.  Las cuotas y porcentajes que aportas por cada empleado varían, pues su cálculo depende de diferentes conceptos y valores. Más adelante lo explicaremos. Por otro lado, de darse un cambio en la contratación del trabajador, como: aumento en salario, tipo de contratación, cambio de jornada u otro, debes de comunicarlo. ¿Qué dice la Ley? Como empleador tienes la obligación legal de determinar y enterar las cuotas patronales. Sumado a la aportación del gobierno federal, es como se financian los servicios de seguridad social que otorga el IMSS a los trabajadores. Así se establece en los artículos 15, fracción III, y 39 de la Ley del Seguro Social (LSS). También establece determinar y enterar las aportaciones del 5% y las amortizaciones retenidas a los empleados por los créditos otorgados por el Infonavit. Y ya que estamos tocando lo establecido en la ley, es bueno recordar que la retención al empleado debe quedar reflejada en los comprobantes fiscales de nómina o listas de raya, (Artículo 38- LSS). Como patrón, estás obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto.  Los pagos se ejecutan de acuerdo a una tabla de valores que determina el porcentaje que debe aportar cada uno. Listado de cuotas patronales Seguro de enfermedad y maternidad. Cubre al trabajador y sus familiares beneficiados. En servicios, el IMSS también puede realizar prestaciones en dinero para gastos como matrimonio, funeral o desempleo; y el seguro de maternidad es efectivo durante y después de un embarazo.  Seguro de riesgo de trabajo. El pago de esta cuota queda por entero en responsabilidad del patrón. De acuerdo a la Ley de Seguro Social, hay 5 primas de riesgo y cada una varía en el porcentaje que se utilizará para el cálculo de la cuota.  Seguro de invalidez y vida. Destinado para los trabajadores que se encuentran incapacitados y no pueden proveer para sí mismos u otros que dependan de ellos. Seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. La cesantía por edad avanzada aplica cuando el empleado pasa de los 60 años y ya no puede cumplir con sus funciones. La jubilación o retiro es el monto vitalicio que adquiere el trabajador al cubrir sus años de labor, variando según la empresa Seguro de guarderías y prestaciones sociales. Destinado para brindar los cuidados necesarios a los hijos de los trabajadores, mientras el padre o la madre labora. ¿Quién las paga? Tanto la empresa como el empleado realizan sus respectivas aportaciones y cálculos. Ahora bien, la acción de pago la realizas tú como patrón, por medio de una referencia o el SIPARE; sean persona física, autónomo, o persona moral. En el caso del aporte del trabajador, quien es el beneficiario, éste debe aparecer en su recibo de nómina por concepto de Seguro Social o IMSS. ¿Cada cuándo se pagan? El pago de las cuotas al seguro aplica por mes vencido y debe de realizarse entre el día 1 y 17 de cada mes. La manera en que se realiza este pago es por medio del SUA (Sistema Único de Autodeterminación), una herramienta que nos ayuda a realizar el cálculo de las cuotas patronales de manera automática y verificada. ¿Cómo calcular las cuotas obrero patronales? Al principio mencionamos que el porcentaje correspondiente por cada empleado varía. Eso se debe a que se deben considerar varios factores para el cálculo, entre ellos: El salario base de cotización del trabajador, SBC. La Unidad de Medida y Actualización, UMA. Los porcentajes fijados dentro de la Ley del Seguro Social de los seguros y prestaciones sociales que se brinden a los empleados. Salario Base de Cotización (SBC)  Es lo que cobra el trabajador en un día. Se incluyen los pagos realizados en efectivo de acuerdo a las horas trabajadas, gratificaciones, alimentación, habitación y comisiones, entre otros. Si el salario del empleado es menor al salario mínimo aplicable, se tomará el valor del salario mínimo como base para el cálculo de la cuota.  Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.281% 3.413% 3.544% 3.676% 3.807% 3.939% 4.070% 4.202% 1.51 a 2.00 UMA 3.575% 4.000% 4.426% 4.851% 5.276% 5.701% 6.126% 6.552% 2.01 a 2.50 UMA 3.751% 4.353% 4.954% 5.556% 6.157% 6.759% 7.360% 7.962% 2.51 a 3.00 UMA 3.869% 4.588% 5.307% 6.026% 6.745% 7.464% 8.183% 8.902% 3.01 a 3.50 UMA 3.953% 4.756% 5.559% 6.361% 7.164% 7.967% 8.770% 9.573% 3.51 a 4.00 UMA 4.016% 4.882% 5.747% 6.613% 7.479% 8.345% 9.211% 10.077% 4.01 UMA en adelante 4.241% 5.331% 6.422% 7.513% 8.603% 9.694% 10.784% 11.875% Por el contrario, si el salario supera la suma de UMA x 25 veces, se tomará éste último valor para el cálculo de la cuota. La fórmula para calcular el SBC es: Salario diario x Factor de Integración. Para obtener el valor del salario diario se divide la suma que el empleado cobra entre la cantidad de días. En el caso del factor de integración, usa la siguiente fórmula: (365 días del año + (Días por vacaciones X 25% de prima vacacional*) + Días de aguinaldo)/365 días del año. Unidad de Medida y Actualización (UMA) Es una cifra que actúa como referente económico en varias actividades. Una de ellas es el de las cuotas patronales, como las que corresponden al Seguro de Enfermedades y Maternidad. El valor UMA también influye en el crédito otorgado por el Infonavit. La UMA para 2024 fue de $108.57 pesos diarios. Hay que esperar a la actualización a partir de febrero de 2025. Porcentajes de acuerdo a la Ley del Seguro Social en seguros y prestaciones De acuerdo al seguro o prestación social, patrón y empleado cubren en partes desiguales las primas (el patrón cubre la mayor parte). Entre los seguros y prestaciones sociales que corresponden a la regulación obligatoria se encuentran los siguientes: Seguro y conceptoPatrón Prestaciones Cuotas Patrón Trabajador Total Base salarial Riesgos de Trabajo En especie y dinero Conforme con su siniestralidad laboral 0.00 % Prima respectiva Salario base de cotización (SBC) Enfermedades y Maternidad En especie Cuota fija por cada empleado hasta por tres veces la UMA vigente 20.40 % 0.00 % 20.40 % UMA2 Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA 1.10 % 0.40 % 1.50 % Diferencia entre el SBC y tres veces la UMA2   Gastos médicos para pensionados y beneficiarios 1.05 % 0.375 % 1.425 % SBC   En dinero 0.70 % 0.25 % 0.95 % SBC Invalidez y Vida En especie y dinero 1.75 % 0.625 % 2.375 % SBC Guarderías y Prestaciones Sociales En especie 1.00 % 0.00 % 1.00 % SBC Infonavit Crédito de vivienda 5.00 % 0.00 % 5.00 % Salario base de aportación   En el caso de la cuota de cesantía y vejez, en el artículo 168 de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación, a partir del 01 de enero de 2023 hay incrementos graduales en el aporte patronal (están citados arriba).  Conclusión Para 2025, el incremento gradual en la cuota patronal que se aplica al Salario Base de Cotización del trabajador tiene un impacto importante en la economía de las empresas. Desde Julio de 1997 hasta diciembre de 2022 el porcentaje patronal de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CEAV) fue de 3.150%.  En Consolidé estamos para apoyarte con tu cálculo de nóminas para que puedas abordar estos cambios de manera oportuna y simple.  Gracias a nuestro servicio de maquila de nómina podrás agilizar la determinación de las cuotas patronales y programarlas mes a mes.
Como encargado del departamento de RRHH en tu empresa, seguramente estás familiarizado con el concepto de UMI (Unidad Mixta Infonavit). La UMI es una unidad de medida para los créditos del Infonavit denominados en salarios mínimos. UMI del Infonavit para 2024 Se difundió en el Diario Oficial de la Federación el pasado 11 de enero de 2024 el nuevo valor del UMI para 2024. Tuvo un ajuste del 4.66% para este año. Por ende, el monto del UMI para 2024 queda en $100.81 UMI diaria 2024: $100.81 UMI mensual 2024: $3,064.62 UMI anual 2024: $36,775.44 UMI del Infonavit del 2023 El pasado 11 de enero de 2022, el Infonavit dio a conocer el nuevo valor de la UMI para 2023 a través de un comunicado en su portal. Para este ejercicio del 2023, el valor de la UMI es de $96.32. Esto representa un incremento de 5.20% con respecto al valor del 2022. UMI diaria: $96.32 UMI mensual: $2,928.13 UMI anual: $35,137.56 El valor de la UMI 2023 de $96.32 entró en vigor a partir del 1ro de enero de 2023. Recordemos que la UMI es el valor que se usa para calcular los montos a pagar (descuentos) relacionados a los créditos del Infonavit denominados en Veces Salarios Mínimos (VSM). ¿Cada cuándo se actualiza? Según la reforma a la Ley del Infonavit en 2016, hay una actualización anual de los créditos que son originados en los salarios mínimos. La UMI se ajusta a lo que resulte menor entre el incremento porcentual del salario mínimo y el crecimiento porcentual de la UMA (Unidad de Medida de Actualización). La UMI es la referencia monetaria. UMI a lo largo del tiempo Como se mencionó anteriormente, a partir de la reforma a la Ley del Infonavit de 2016, se actualiza el valor de la UMI. La diferencia radica entre el valor del salario mínimo y el valor de la UMA.  Conoce cómo ha variado desde el 2016 a la fecha: Año Var. % VSM Valor Veces Salario Mínimo (VSM) Var. % UMA Valor Unidad de Medida y Actualización (UMA) Var. % Unidad Mixta Valor Unidad Mixta Infonavit (UMI) 2016 4.20% $73.04 --- $73.04 --- $73.04 2017 $4.00 (MIR) x (1+3.90%) $80.04 3.36% $75.49 3.36% $75.49 2018 $5.00 (MIR) x (1+3.90%) $88.36 6.77% $80.60 3.90% $78.43 2019 $9.43 (MIR) x (1+5.00%) $102.68 4.83% $84.49 4.83% $82.22 2020 $14.67 (MIR) x (1+5.00%) $123.22 2.83% $86.88 2.83% $84.55 2021 $10.46 (MIR) x (1+6.00%) $141.70 3.15% $89.62 3.15% $87.21 2022 $16.90 (MIR) x (1+9.00%) $172.87 7.36% $96.22 4.99% $91.56 2023 $15.72 [MIR] X (1+10%) $207.44 7.82% $103.74 5.20% $96.32 ¿Qué debes saber de la UMI? La Unidad Mixta Infonavit (UMI) es el indicador o valor creado por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). Su objetivo es ajustar los valores de los créditos hipotecarios otorgados a los trabajadores beneficiados. Se busca que con la UMI, los trabajadores mexicanos no vean afectado su poder adquisitivo por un incremento al salario mínimo, como sucedió recientemente. El valor de la UMI siempre es menor a la inflación debido a que su límite de aumento está sujeto a la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Éste crece por debajo de los salarios mínimos de México. La UMI en valor mensual es calculado mediante la multiplicación de su valor diario por 30.4 veces y su valor anual es calculado al multiplicar su valor mensual por 12. La UMI también forma parte del cálculo de nómina en cuanto a las aportaciones por parte de patrón y empleado.
2023 trajo consigo un aumento de las cuotas obrero patronales por concepto de Cesantía y Vejez. Esto significa que los patrones deberán pagar un porcentaje mayor empezando del 3.15% hasta llegar gradualmente a 11.875% para 2030. El decreto entró en vigor el 1ro de enero de 2023. Este aumento de las cuotas obrero patronales se aplicará a todos los empresarios, independientemente de su tamaño o sector de actividad. El porcentaje de las cotizaciones patronales está sujeto a aumentos graduales por año y UMA. ¿Quieres conocer más sobre el incremento de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez? Conoce la actualización de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez En diciembre de 2020 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual en México se adicionan, derogan y reforman disposiciones a la Ley del Seguro Social al igual que a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. El Decreto se dio a conocer como la "Reforma al Sistema de Pensiones". Mediante una disposición transitoria, fue establecida la modificación de los porcentajes que corren por cuenta del patrón en concepto de cuotas obrero patronales. Las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez para 2023 son las siguientes: Salario base de cotización 2023 1.0 SM 3.15% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.28% 1.51 a 2.00 UMA 3.58% 2.01 a 2.50 UMA 3.75% 2.51 a 3.00 UMA 3.87% 3.01 a 3.50 UMA 3.95% 3.51 a 4.00 UMA 4.02% 4.01 UMA en adelante 4.24% Tabla de actualización de cuotas obrero patronales Es importante informar que las aportaciones por parte del trabajador por conceptos de Cesantía y Vejez van a permanecer en 1.125% del SBC. Otro punto importante es que las aportaciones por parte del Gobierno Federal fueron eliminadas el 1ro de enero de 2023 porque se convertirá en una cuota social para los colaboradores que perciban hasta 4 veces la UMA. Otro punto a considerar es que del 1ro de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, el Gobierno Federal otorgará la cuota social para los trabajadores que ganen entre 4.01 a 7.09 UMAS. Dicha cuota será depositada a la cuenta de cada trabajador. La tabla queda así: Salario base de cotización del trabajador Cuota Social De 4.01 a 5.0 UMA $2.45 De 5.01 a 6.0 UMA $1.80 De 6.01 a 7.09 UMA $1.00 A continuación te compartimos la tabla completa de la actualización de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez de 2023 a 2030. Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.28% 3.41% 3.54% 3.68% 3.81% 3.94% 4.07% 4.20% 1.51 a 2.00 UMA 3.58% 4.00% 4.43% 4.85% 5.28% 5.70% 6.13% 6.55% 2.01 a 2.50 UMA 3.75% 4.35% 4.95% 5.56% 6.16% 6.76% 7.36% 7.96% 2.51 a 3.00 UMA 3.87% 4.59% 5.31% 6.03% 6.75% 7.46% 8.18% 8.90% 3.01 a 3.50 UMA 3.95% 4.76% 5.56% 6.36% 7.16% 7.97% 8.77% 9.57% 3.51 a 4.00 UMA 4.02% 4.88% 5.75% 6.61% 7.48% 8.35% 9.21% 10.08% 4.01 UMA en adelante 4.24% 5.33% 6.42% 7.51% 8.60% 9.69% 10.78% 11.88% Reforma a la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro Dentro de la reforma al sistema de pensiones, se incluyeron ajustes en la Ley del Seguro Social y Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Sus cambios sustanciales fueron: Incremento de aportaciones obrero patronales para el retiro de los colaboradores Disminución del número de semanas cotizadas para la obtención de la pensión Incremento al valor de la pensión mínima garantizada Disminución de las comisiones cobradas por las AFORES. El aumento de las cuotas obrero patronales influye en el cálculo de la nómina. Es importante que conozcas su impacto durante este año y los venideros. Tanto tu encargado de nómina como tu departamento encargado deben estar actualizados. Contáctanos para saber cómo podemos ayudarte en el cálculo de tu nómina y así evitar cualquier error.
Cuando un colaborador sufre una incapacidad IMSS debe saber cómo está amparado y sobre todo, como empleador, qué puede representar para tu cálculo de nómina. Como patrón, debes conocer cómo está amparado tu empleado ante el IMSS y la Ley Federal del Trabajo, cómo debe cobrarlo y los pasos que debe seguir. ¿Qué es una incapacidad laboral? La incapacidad laboral se refiere a la disminución o pérdida de la capacidad para desempeñar un trabajo. En ese sentido, el trabajador recibe un subsidio por incapacidad laboral IMSS, que es un certificado que emite el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por medio de la evaluación de un profesional de la salud.  Ese documento médico legal se expide a los trabajadores cuando no se encuentran aptos para trabajar debido a algún padecimiento, como los que mencionaremos más adelante. Este certificado es el que garantiza los procedimientos legales y administrativos de protección al trabajador. LFT y la incapacidad laboral De conformidad con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), existen 3 tipos de incapacidad IMSS, derivados de un riesgo laboral: Incapacidad temporal es cuando el trabajador pierde por algún tiempo sus facultades o aptitudes para desempeñar su trabajo; sea de manera parcial o total (artículo 478). Un ejemplo es cuando el empleado sufre un esguince o fractura. Otro ejemplo de este tipo es la incapacidad por maternidad, que abordaremos más adelante. Incapacidad permanente parcial se da cuando disminuyen definitivamente las facultades o aptitudes del trabajador para ejercer su actividad. Incapacidad permanente total es cuando el colaborador ya no está en capacidad de desempeñar su trabajo por el resto de su vida; pierde sus facultades o aptitudes para el trabajo. La Ley también contempla el fallecimiento de las personas por riesgo de trabajo. Tipos de incapacidad laboral En el caso del IMSS, la cobertura del pago y cómo cobrar este subsidio dependerá de la situación. Para ello, hay una clasificación en tres grupos. Riesgo de Trabajo Se trata de accidentes y enfermedades a los que están expuestos los trabajadores por la naturaleza y condiciones de su actividad. De esos riesgos pueden derivarse las incapacidades laborales. Cuando los trabajadores sufren riesgos de trabajo tienen derecho a: Asistencia médica y quirúrgica. Medicamentos y material de curación. Rehabilitación. Hospitalización. Aparatos de prótesis y ortopedia. Indemnización. En esta clasificación no se exigen semanas cotizadas previas. El pago corresponde al 100% del salario registrado en el IMSS al inicio de la incapacidad. El límite de pago del subsidio es de un día hasta el término de 52 semanas, con base en lo que determine el médico. Tanto la Ley Federal del Trabajo, como la Constitución Política de México contemplan este derecho de los trabajadores.  Enfermedad General Las enfermedades contempladas en la LFT(que se origina en el entorno incapacidad laboral) son: Broncopulmonares, causadas por aspiración de polvos y humos de origen animal, vegetal o mineral. De las vías respiratorias, a raíz de la inhalación de gases y vapores. De la piel, causadas por agentes mecánicos, físicos, químicos inorgánicos u orgánicos, o biológicos. Del aparato ocular, por efecto de polvos y otros agentes físicos, químicos y biológicos. Aquellas ocasionadas por absorción de polvos, humos, líquidos, gases o vapores tóxicos. Sean de origen químico, orgánico o inorgánico. Generalizadas o localizadas, causadas por acción de bacterias, parásitos, hongos y virus. Aquellas producidas por el contacto con productos biológicos. Aquellas producidas por factores mecánicos y variaciones de los elementos naturales del medio de trabajo. Otras, derivadas de la fatiga industrial. Para aplicar a la incapacidad IMSS, el colaborador debe tener una antigüedad de cuatro semanas inmediatas previas al padecimiento. “Si eres trabajador eventual, seis semanas en los cuatro meses anteriores al inicio de la enfermedad”, según el sitio web oficial. El pago corresponde al 60% del salario registrado en el IMSS, cuando se determina la incapacidad. A partir del cuarto día hasta el final de las 52 semanas. De acuerdo a la información disponible “se podrá prorrogar hasta por 26 semanas más”. Maternidad De acuerdo con datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 22 millones de mexicanas trabajan y el 66 por ciento está en edad reproductiva. Por ende, un alto porcentaje puede quedar embarazada mientras forman parte de una empresa. En ese contexto, la Ley Federal del Trabajo contempla que las mujeres trabajadoras en México podrán disfrutar de un descanso previo y posterior al parto. Esta prestación se complementa con un subsidio de incapacidad por maternidad IMSS. En el transcurso de este tiempo, la trabajadora sigue recibiendo su salario. Otro punto contemplado en el derecho por maternidad es que durante el embarazo, e incluso en el periodo posterior al parto, la empresa no puede despedir a la trabajadora.  Para acceder al pago de esta prestación por el IMSS, la mujer requiere haber cotizado 20 semanas en los 12 meses previos a la semana 34 de gestación. Si no es el caso, “cuando la asegurada no cumpla con este requisito, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro, mientras dure el periodo de incapacidad (artículo 103 de la Ley del Seguro Social)”; según parámetros del IMSS. Con relación al pago, corresponde el 100% del salario registrado ante el servicio de salud al inicio de la semana 34 de gestación; esto por el total de días que cubra el documento. Los enlaces (que el parto ocurra posterior a la fecha marcada) se subsidiarán al 60% y por las fechas que se muestren en la incapacidad. Acerca del límite de pago, el IMSS contempla hasta por 84 días. En el caso de enlaces será por un máximo de 21 días. Pago de la incapacidad laboral según el IMSS Para que puedas cobrar por concepto de incapacidad laboral debes contar con el certificado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Este ente lo otorga al tener un riesgo de trabajo; es decir, un accidente o padecimiento derivado de tus actividades laborales, afecciones a tu salud o porque requieres ausentarte para el nacimiento de tu bebé. Los requisitos para cobrar la incapacidad ante el IMSS por ventanilla es el siguiente: Una identificación oficial vigente con fotografía (INE o Pasaporte). Estado de cuenta de tu banco (No mayor a tres meses), para hacer constar el número de cuenta y nombre del asegurado. Documento que contenga el Número de Seguridad Social. Otra forma de cobro es vía internet. Necesitas una Firma Electrónica Avanzada (FIEL), a través de los certificados vigentes que emita el Servicio de Administración Tributaria en favor del asegurado. Si decidas dar de alta este servicio por correo electrónico habilitado por tu delegación, necesitas anexar a la solicitud: Estado de cuenta bancario  (no mayor a tres meses de antigüedad). Debe aparecer nombre del asegurado y la cuenta CLABE interbancaria. Documento oficial que contenga el Número de Seguridad Social (ADIMSS, cartilla nacional de salud, estado de cuenta de AFORE, y alta patronal). Credencial del Instituto Nacional Electoral o el Instituto Federal Electoral, también puede ser el pasaporte vigente. Solicitud de Alta y Modificación de Pago en Cuenta Bancaria (PDF). Para efectuar el cobro de incapacidad IMSS debes esperar al tercer día hábil posterior a la expedición del documento en la ventanilla del banco autorizado, presentando en original y copia fotostática: la “copia - asegurado” del certificado único de incapacidad e identificación oficial vigente con fotografía. Conclusión Los patrones tienen la obligación de adoptar medidas de seguridad preventivas de seguridad en sus instalaciones; así como normas y elementos de higiene adecuadas para cada actividad. Para tener mejor control de este tipo de incidencias laborales a la hora de realizar el cálculo periódico de la nómina, cuentas con el servicio especializado de Consolidé. Delega en expertos esta tarea tan compleja e importante y lleva a tu equipo de Recursos Humanos a la excelencia en objetivos estratégicos del negocio.
El IDSE o IMSS desde tu Empresa es un portal del Instituto cuyo objetivo es facilitar la ejecución de distintos trámites en línea. Los patrones o sus representantes pueden realizar altas y bajas de empleados, movimientos afiliatorios, modificaciones de salarios y mucho más. Al ser una plataforma tan importante para el cumplimiento de las obligaciones patronales, es importante que la conozcas. Por ello en Consolidé creamos una guía esencial de todo lo que debes saber del IDSE. ¿Qué es el IDSE? El IDSE o IMSS desde tu Empresa es un servicio a través del cual los patrones o empresas pueden realizar trámites electrónicos en línea. Los trámites que puedes realizar en el IDSE son: registro de prestaciones de los salarios de los empleados, descarga de las emisiones mensuales anticipadas (EMA) además de las emisiones bimestrales anticipadas y mucho más. El IDSE prácticamente es un medio de comunicación directo entre patrones y el Instituto que ayuda a agilizar los procesos y trámites de la gestión de su personal. Para el departamento de Recurso Humano, esta plataforma online permite facilitar el cálculo de nómina y agilizar las tareas que conciernen a la gestión de personal ante el IMSS. Funciones del IDSE Como se mencionó previamente, en el IDSE los responsables de Recurso Humano o maquila de nómina tendrán facilidades para realizar movimientos y cumplir con las obligaciones patronales: Aclaración administrativa de Créditos Fiscales de Seguridad Social Aviso de huelga en empresa Aviso de reincorporación de colaboradores a una relación laboral Aviso de modificaciones de salario base de un colaborador Aviso de baja de colaborador Cancelación de Registro Patronal Único Emisión y pago SUA Envío de documentos afiliatorios para dar de alta a colaboradores Estado de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de Seguridad Social Determinación de primas de riesgos de una organización Descarga de la Emisión Mensual Anticipada (EMA) Descarga de la Emisión Bimensual Anticipada (EBA) Informe de la terminación de relaciones laborales Solicitud de certificados digitales Renovación de certificados digitales ¿Cómo se usa? Es importante aclarar que para poder entrar y realizar los trámites antes mencionados, el patrón deberá de estar dado de alta ante el IMSS y haber realizado su registro correspondiente en el IDSE. También es importante que tenga disponible su firma electrónica o haber solicitado ante el IMSS su Número Patronal de Identificación Electrónica. Requisitos para su uso Los patrones deberán cumplir con lo siguiente: Acceso a Internet Adobe Reader Firma electrónica o Certificado Digital expedido por el IMSS Internet Explorer 7 o superior Java vesión 1.4 Java 1.4 Java Policy Llave privada de usuario y contraseña Windows Vista ¿Cómo obtener el Certificado Digital? El Certificado Digital permitirá tanto a patrones como representantes legales realizar trámites en el IDSE. Es una herramienta necesaria para poder agilizar los procesos ante el Instituto y también ayuda a reducir las cargas administrativas de los patrones. Para obtenerlo deberás: Capturar una solicitud de Certificado Digital ante el IMSS Tener a la mano los datos de identificación del Patrón, Sujeto Obligado o Representante legal Datos de Domicilio Fiscal Correo para recibir notificaciones Definir un usuario de 8 caracteres como mínimo y 20 como máximo Definir una contraseña de 8 caracteres como mínimo y 20 como máximo Tener un USB para guardar el archivo con extensión .key (llave privada) Cuando se solicite el Certificado Digital, el patrón o representante legal contará con un máximo de 10 días hábiles posteriores para concluir su trámite en la Subdelegación que le corresponde. Una vez entregado en la ventanilla de la Subdelegación, se le entregará su Certificado Digital expedido por el IMSS en el plazo de una hora. En caso de que más personas dentro de la organización requieran de acceso al IDSE, se pueden expedir certificados digitales extras. Pasos para ingresar al IDSE Una vez que el patrón o su representante legal tenga el Certificado Digital, podrá ingresar al IDSE. Ingresa al IDSE Ingresa la información del Certificado Digital, Llave Privada, usuario y contraseña Accede fácilmente Conclusión El IMSS es el organismo que otorga y facilita servicios para la seguridad social de los empleados en México. Acorde a la LFT, todo patrón debe asegurarse de otorgar las distintas prestaciones básicas que cumple el IMSS.  Si no sabes cómo facilitar el uso del IDSE, recuerda que cuentas con aliados estratégicos como Consolidé. Contamos con más de 50 años de experiencia y un sistema de gestión de nómina avalado por el mismo IMSS. Contáctanos.
El pago oportuno de las cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una obligación por parte del patrón. Este pago es una aportación con el objetivo de conformar el patrimonio para el retiro, cesantía y vejez de los colaboradores. Dicho pago es realizado mediante el SIPARE o Sistema de Pagos Referenciados. El SIPARE es una herramienta que facilita el pago de las cuotas obrero-patronales y se usa desde el 1ro de julio de 2018. Es importante recalcar que el SIPARE elimina la necesidad de utilizar el disco de 3 ½ o USB para efectuar la transmisión del archivo de pago a los bancos al migrar a una línea de captura alfanumérica. En este artículo vamos a compartirte la importancia del SIPARE, una guía sencilla para entenderlo y cómo se obtiene. ¿Qué es el SIPARE? El SIPARE o Sistema de Pagos Referenciados es una herramienta del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que facilita a los patrones el pago de las cuotas obrero-patronales, RCV (Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez) e INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores). Es importante recalcar que el pago oportuno es una de las obligaciones patronales. La plataforma de SIPARE facilita la obtención de una línea de captura alfanumérica que permite el pago tanto en portales bancarios digitales como en ventanillas. Anteriormente se tenía que usar un disco 3 ½ o USB para realizar la transmisión de los archivos de pago en bancos. Las entidades receptoras que están autorizadas por el IMSS para el pago de SIPARE son: Afirme Citibanamex BanBajio Banca Mifel BBVA Banorte Banregio Bansi HSBC Inbursa Santander Scotiabank IntercamBanco Banco Multiva Banco Bancrea ¿Para qué sirve el SIPARE? El Sistema de Pagos Referenciados facilita a las empresas y patrones la obtención de una línea de captura alfanumérica para efectuar el pago de las cuotas obrero-patronales. Este sistema es confiable al validar los archivos de pago y permitir la consulta de las líneas de captura previamente pagadas. Usualmente los patrones aprovechan el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) del IMSS para generar las líneas de captura SIPARE. Otros beneficios del uso de SIPARE son: Consulta de líneas de captura vigentes, canceladas y pagadas Para seleccionar nuevos archivos SUA y así generar nuevas líneas de captura Validar archivos de pago válidos Consulta de aportaciones, amortizaciones de crédito y accesorios Facilita también el pago de las amortizaciones de créditos Aporta más seguridad y transparencia Simplifica el proceso de sustituir los archivos de pago en discos 3 ½ o USB Ahorra tiempo al departamento de RRHH para el cumplimiento de las obligaciones patronales Todo en un mismo lugar. Registro SIPARE El IMSS facilita a cualquier persona o entidad interesada en el SIPARE una guía de registro y uso del sistema. A continuación te detallaremos los pasos para dar de alta un nuevo usuario con registro patronal al Sistema de Pagos Referenciados: Ingresa al Portal de IMSS Seleccionar la opción de PATRONES O EMPRESAS Seleccionar “Servicios en Línea” y después seleccionar el botón de “SIPARE” Seleccionar el botón de “ENTRA A SIPARE” Si es la primera vez, tendrás que registrar un nuevo usuario (registro patronal), da clic en es opción Tienes dos opciones: la línea de captura que aparece en la propuesta de pago de la Emisión Bimestral enviada por el IMSS o archivo de pago .SUA Si seleccionaste la opción de archivo de pago, se abrirá una nueva ventana para la búsqueda del SUA, da clic en la opción de “Abrir” En caso de que no hayas seleccionado esta opción, no procederás con este paso Cargado el SUA, da clic en la opción de “Aceptar” Si el SUA es válido o la línea de captura es correcta, el SIPARE presentará los datos: Nombre o Razón Social, Registro Patronal y Dirección. No olvides digitar la cuenta de correo donde se recibirá la confirmación de alta al SIPARE al igual que la contraseña Da clic en la opción de “Aceptar” El SIPARE deberá de mostrarte un mensaje de “Usuario dado de alta exitosamente” Vuelve a la opción de “Inicio” Ingresa tu usuario y contraseña Da clic en “Aceptar” Guía de uso del SIPARE El objetivo principal del SIPARE es facilitar el pago de las cuotas obrero-patronales y ser un sistema de consulta y validación de las mismas. Su fin es que el patrón, de forma sencilla, pueda estar al día con sus obligaciones patronales ante el IMSS y por supuesto, evitar el pago de recargos y multas. Para ingresar al SIPARE tendrás que tener un usuario, contraseña y hacerlo desde el portal del IMSS. Justo como lo mostramos más arriba. ¿Cuándo debes pagar? Según la Ley del Seguro Social en su artículo 39, el pago de las cuotas obrero patronales deberán liquidarse en mensualidades vencidas, a más tardar el día 17 del mes siguiente. Si sucediera el caso de que el patrón no pueda realizar el pago en la fecha establecida tendrá que generar una nueva línea de captura desde el SUA. Para realizarlo deberá seleccionar la fecha de pago y el sistema de forma automática actualizará el nuevo monto a pagar, con sus recargos correspondientes. Es por ello que es tan importante contar con el apoyo y asesoría de aliados estratégicos en RRHH como Consolidé. Contamos con más de 29 años de experiencia en temas fiscales, legales y de seguridad social. ¿Cómo se obtiene la línea de captura en SIPARE? Para obtener la línea de captura alfanumérica deberás ingresar al portal del Sistema de Pagos Referenciados con tu usuario y contraseña. Escribe la línea de captura mostrada en la propuesta de pago de Emisión Bimestral enviada por el IMSS Descarga y revisa la propuesta de pago en “Consulta de línea de captura” Si no estás de acuerdo, podrás modificarla, aquí puedes seleccionar el archivo .SUA para corregir y generar un nueva línea de captura Genera el archivo de pago en SUA Obtén la nueva línea de captura para pagar tus cuotas Paga en cualquiera de los bancos antes mencionados o a través de sus portales bancarios digitales Conclusión El Sistema de Pagos Referenciados (SIPARE) es una herramienta del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que facilita a los patrones el pago de las cuotas obrero-patronales, RCV (Jubilación, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez) e INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores). El pago oportuno de las aportaciones patronales es fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales y legales de la empresa, así como para evitar recargos y sanciones. Por ello, es importante contar con el apoyo de aliados estratégicos como Consolidé, nosotros podemos asesorarte para el correcto uso del SIPARE y el cumplimiento de tus obligaciones patronales ante el IMSS e INFONAVIT.
¿Qué sucede cuando los patrones no pueden pagar sus cuotas obrero-patronales? ¿Hay multas por el incumplimiento al pago de las cuotas obrero-patronales? En Consolidé te informamos sobre las consecuencias, multas y recargos que se pueden dar por el incumplimiento del pago de las cuotas obrero-patronales. Y sobre todo, ¿qué puedes hacer para solicitar un plazo más amplio? Pago de cuotas obrero-patronales Toda persona física o moral que paga un salario, tiene la obligación de inscribir a sus trabajadores ante el IMSS, desde el primer día de actividades. El patrón, tiene un plazo límite de hasta 5 días hábiles para presentar ante el IMSS el aviso correspondiente. Todo colaborador que labora en una empresa, debe recibir el pago de su salario máximo el día 17 de cada mes con su correspondiente CFDI de nómina. Dicho comprobante fiscal contempla los siguientes datos obligatorios: Nombre Razón social Denominación social Código postal del contribuyente a favor de quien se emite el CFDI Número de seguridad social Tipo de contrato Periodicidad de pago Salario base Salario diario integrado Número de días pagados Método de pago Concepto del pago Descuentos Y dentro del CFDI de nómina se contemplan los descuentos aplicados sobre la nómina que corresponderá para el pago de las aportaciones del colaborador ante el IMSS e INFONAVIT. En el caso del patrón, éste retendrá las cuotas del colaborador y los días 17 de cada mes deberá pagar las cuotas del colaborador más su aportación para conceptos de vivienda, retiro y salud. En caso de que el patrón de forma inoportuna no pague a tiempo las cuotas obrero-patronales, sólo va a poder descontar al trabajador hasta 4 cotizaciones semanales acumuladas, el resto quedan a cargo del patrón. El pago de las aportaciones del patrón están previstas dentro del artículo 38 de la Ley del Seguro Social, dentro del primer párrafo: Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente. La obligación de determinar las cuotas deberá cumplirse aun en el supuesto de que no se realice el pago correspondiente dentro del plazo señalado en el párrafo anterior. Los capitales constitutivos tienen el carácter de definitivos al momento de notificarse y deben pagarse al Instituto, en los términos y plazos previstos en esta Ley. El IMSS en apoyo a los patrones, entregará una propuesta de cédula de determinación realizada por un Contador Público Autorizado (CPA). Dicha cédula contempla los movimientos afiliatorios comunicados por el mismo patrón al IMSS y comunica las aportaciones a realizar durante el periodo.   El Instituto podrá entregar de forma impresa o digital la cédula de determinación o por previa solicitud del patrón o representante legal. Para el pago con la cédula impresa, el patrón o representante deberá acudir a una oficina autorizada por el IMSS, caso contrario, podrá usar un software autorizado para dicho pago. En caso de solicitar o recibir la cédula de determinación y el patrón decide modificar los datos, se tienen que apegar a los lineamientos de la Ley del Seguro Social. ¿Implica multas? El incumplimiento o pago extemporáneo del pago de las cuotas obrero-patronales sí implica multas y recargos para el patrón. Existen dos casos, el primero es cuando el patrón paga de forma extemporánea y el segundo cuando el patrón no ha pagado y el IMSS notifica el requerimiento de pago, que es cuando existe la multa.  Cuando el patrón notifica que no puede pagar en tiempo, se procede de la siguiente forma: El patrón pagará una actualización de las cuotas obrero-patronales aplicando el factor que se obtiene de dividir el INPC del mes que se va a pagar entre el Índice Nacional de Precios Consumidor del mes que debió pagar Los recargos generados serán producto de multiplicar las cuotas obrero-patronales actualizadas por la suma de la tasa de recargos por mora, a partir del mes que debió pagar hasta el mes que se efectuará el pago El segundo caso que sí implica el pago de multas, es cuando el IMSS notifica el requerimiento de pago: Pago de una multa del 40% sobre las cuotas obrero-patronales La multa del 40% puede disminuir en un 20% si el patrón paga dentro de los primeros 15 días hábiles siguientes al día de la notificación El inicio del Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal (PAE) cuando las autoridades exigen el pago de los patrones que no fueron cubiertos, se hace un cobro adicional por gastos de ejecución Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal A continuación te compartimos las fases del Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal: Mandamiento de ejecución Notificación del mandamiento de ejecución Requerimiento de pago Embargo Remoción de depositario Remate Adjudicación de bienes Aplicación del producto del remate Evita pérdidas, recargos y multas, consulta con los expertos. Cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda El pasado 16 de diciembre de 2020, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LSS y la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Éste decreto contempla el aumento gradual de las cuotas obrero patronales dentro de la Cesantía en Edad Avanzada y Vejez. Es importante mencionar que fue el 1ro de enero de 2023, cuando surtió efecto. Por otro lado, dentro del ramo de las contribuciones de la Seguridad Social, las cuotas obrero-patronales y las aportaciones de vivienda quedaron de la siguiente forma: Seguro y concepto Prestaciones Cuotas del patrón Cuotas del trabajador Total Base salarial Enfermedades y maternidad En especie Cuota fija por cada colaborador hasta por tres veces la UMA vigente 20.40% 0 20.40% Enfermedades y maternidad En especie Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA 1.10% 0.40% 1.50% Enfermedades y maternidad Gastos médicos para pensionados y beneficiarios 1.05% 0.375% 1.425% Enfermedades y maternidad En dinero 0.70% 0.25% 0.95% Guarderías y prestaciones sociales En especie 1% 0% 5% INFONAVIT Crédito de vivienda 5% 0% 5% Invalidez y vida En especie / En dinero 1.75% 0.625% 2.375% Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Retiro 2.00% 0% 2% Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez CEAV 3.150% 1.125% 4.275% Riesgos de trabajo En especie / En dinero Conforme a su siniestralidad laboral Conforme a su siniestralidad laboral 0% Prima que corresponda ¿Cuándo se paga? A continuación te compartimos el calendario de pagos de cuotas obrero-patronales: Mes Fecha límite de pago Cuotas a pagar Diciembre 2024 20 Enero de 2025 Mensual y bimestral Enero 2025 17 Febrero Mensual Febrero 2025 18 Marzo Mensual y bimestral Marzo 2025 17 Abril Mensual Abril 2025 19 Mayo Mensual y bimestral Mayo 2025 17 Junio Mensual Junio 2025 17 Julio Mensual y bimestral Julio 2025 18 Agosto Mensual Agosto 2025 17 Septiembre Mensual y bimestral Septiembre 2025 20 Octubre Mensual Octubre 2025 18 Noviembre Mensual y bimestral Noviembre 2025 17 Diciembre Mensual Diciembre 2025 19 Enero 2026 Mensual y bimestral IMSS e INFONAVIT: Antecedentes Como bien lo sabes, todo trabajador debe ser inscrito ante el IMSS en un plazo máximo de 5 días hábiles. La importancia de esta inscripción radica en que el Gobierno debe asegurarse que todo trabajador reciba una atención en salud digna así como seguridad social. Es por ello que en 1947 se fundó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), organización autónoma que brinda servicios de salud a la población y trabajadores. Más de 30 años más tarde, se funda el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda, INFONAVIT, que apoya con créditos y facilidades para el derecho a una vivienda digna. Conclusión Evita multas y recargos por el incumplimiento del pago de las cuotas obrero-patronales, realiza un cálculo de nómina eficaz y sin errores con el apoyo de expertos en Consolidé. Contáctanos y descubre cómo puedes mejorar tus procesos administrativos sin descuidar lo que más te importa: tus operaciones.
Si eres dueño de una empresa o negocio, es necesario que presentes la prima de riesgo de trabajo ante el IMSS. También se le conoce como Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo y es necesario hacerlo a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA).  En este artículo conocerás los pasos a seguir, cómo se calcula la prima de riesgo de trabajo y las fechas para completar dicho proceso. ¿Qué es la prima de riesgo de trabajo? La prima de riesgo de trabajo es un factor para determinar ciertos apartados de las cuotas patronales ante el IMSS como previsión que los patrones deben de tener ante cualquier posible accidente dentro del lugar de trabajo o durante la realización de las labores de los colaboradores. La prima de riesgo de trabajo es una responsabilidad para todas las empresas registradas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Y el objetivo de ésta es que se pueda revisar la siniestralidad dentro del lugar de trabajo y determinar si la prima permaneció igual, aumentó o disminuyó. Es importante mencionar que la prima de riesgo de trabajo variará de una organización a otra. Esto se debe a que el grado de peligrosidad de una empresa no será la misma que otra debido a la diferencia en sus actividades así como sus industrias. Cada año, durante febrero, se actualiza su valor y dicha actualización corresponde al año en curso. Por ejemplo, se presenta la prima de riesgo de trabajo de 2022, corresponde a los valores del 2022. Y dentro del mismo mes de febrero las empresas presentan la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo, que servirá para dictaminar si la empresa mantiene los valores o no. ¿Cuándo se presenta la prima de riesgo de trabajo? La prima de riesgo de trabajo se presenta durante el mes de febrero de cada año. Para este año, el plazo empieza a correr desde el 1ro de febrero hasta el 28. Si el patrón se registra por primera vez ante el IMSS o cambia de actividad, deberá de identificar la prima de riesgo de trabajo bajo la cual cotiza y dependerá de la industria en la que opere su organización.  ¿Cómo obtener la prima de riesgo de trabajo? Si el patrón se registra por primera vez ante el IMSS o cambia de actividad, deberá de identificar la prima de riesgo de trabajo bajo la cual cotizará y dependerá de la industria o actividades en la que opere su organización. Para ello, deberás conocer la clase de “Riesgo”. Esto está previsto en el artículo 196 del Reglamento de la Ley del Seguro Social: El patrón procederá a elegir el grupo al que pertenece su actividad y una vez definida ésta, buscará la prima media, basándose en el artículo 73 de la Ley del Seguro Social: "Al inscribirse por primera vez en el Instituto o al cambiar de actividad, las empresas cubrirán la prima media de la clase que conforme al Reglamento les corresponda, de acuerdo a la tabla siguiente: Prima Media En por cientos Clase I 0.54355 Clase II 1.13065 Clase III 2.59840 Clase IV 4.65325 Clase V 7.58875 Se aplicará igualmente lo dispuesto por este artículo cuando el cambio de actividad de la empresa se origine por una sentencia definitiva o por disposición de esta Ley o de un reglamento". ¿Cómo se calcula la prima de riesgo de trabajo? Una vez que como patrón hayas conocido tu actividad, la clase a la que perteneces y el porcentaje de la prima media mostrado más arriba, cotizarás acorde a ésta durante el primer ejercicio de tus actividades.  El cálculo de la prima de trabajo se obtiene sumando los días cotizados de todos los colaboradores de la organización durante el periodo de cómputo y después se divide el resultado entre 365. Dentro del artículo 72 de la Ley de Seguridad Social se define la fórmula para el cálculo de la prima de riesgos: Prima de Riesgos=[(S/365)+V*(I+D)]*(F/N)+M Los valores son: S = Total de días subsidiados por la incapacidad temporal V = 28 años, que equivalen al tiempo de vida activa de un individuo que no haya sido víctima de un accidente mortal o de una incapacidad permanente total I = Suma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos entre 100 D = Número de defunciones F = 2.3, que es el factor de la prima N = Número de trabajadores promedio expuestos al riesgo M = 0.005 que es la Prima mínima de Riesgo Es importante aclarar que este cálculo se puede hacer a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), presentar en internet a través del IDSE o presencialmente en la subdelegación que corresponda. ¿Quiénes deben presentar la prima de riesgo? Absolutamente todos los patrones que estén registrados ante el IMSS. Pero, si después del cálculo sabes que estás dentro de la prima mínima y tus colaboradores no sufrieron accidentes o enfermedades de trabajo durante el periodo del 1ro de enero al 31 de diciembre. También está el caso de tener menos de 10 trabajadores, entonces puede optar por presentar la determinación de prima y cubrir la prima media de tu clase.  Otra forma de saber si tienes que presentar prima de riesgo de trabajo es cuando ésta fue diferente al periodo anterior. Pasos para presentar la prima de riesgo ante el IMSS en el SUA A continuación te compartimos los pasos para presentar la prima de riesgo de trabajo ante el SUA: Genera la determinación usando el SUA Envía la determinación de la prima mediante el IDSE Ingresa tu e.firma o firma digital del número de identificación electrónica ¿Qué sucede si no se presenta, se hace de forma extemporánea o errónea la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo? Es importante mencionar que no es necesario presentar la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo si tu organización cuenta con la prima mínima. En caso contrario, continúa leyendo. Si el patrón no presenta la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo junto con la prima de riesgo de trabajo antes del 28 de febrero o en su caso debido a: Se hace de forma extemporánea Con datos falsos Con datos incompletos El patrón será sujeto a sanciones y multas. En estos casos puede ser entre el 20 y 210 veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA) con montos desde los $1792.4 hasta los $18,820.2 pesos mexicanos. Conclusión La prima de riesgo de trabajo ayuda a determinar ciertos apartados dentro de las cuotas patronales ante el IMSS. Es una forma de previsión que los patrones deben tener respecto a cualquier actividad que presente o pueda presentar un accidente dentro del lugar de trabajo o durante la gestión de la actividad del colaborador. La prima de riesgo de trabajo se presenta durante el mes de febrero y como límite es el 28 de ese mes. Algunos patrones deben presentar la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo. Dependiendo de la actividad, algunos patrones no deberán presentarla cuando la prima de riesgo de trabajo es la mínima (0.5000). En Consolidé estamos para ayudarte en el cálculo de la prima de riesgo de trabajo y su presentación y declaración ante el SUA. Contáctanos para tener al día tus obligaciones ante el IMSS y dedicar más tiempo y esfuerzo a actividades clave de tu organización.
El Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) es una disposición para los patrones del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). Mediante el SISUB, aquellas personas físicas y morales registradas en el REPSE, podrán dar a conocer informativas cuatrimestrales y cumplir con lo establecido en el artículo 29 de la Ley del Infonavit. Esto sucedió a raíz de la serie de reformas publicadas el 23 de abril, en referencia a la Reforma de Subcontratación. ¿Qué debes saber sobre el SISUB? En Consolidé te decimos todo lo que necesitas saber. ¿Qué es el SISUB? El SISUB o el Sistema de Información de Subcontratación es un medio electrónico cuya función es brindar apoyo a los patrones y empresas de servicios y obras especializadas, que cumplieron con el registro REPSE ante la STPS.  Las empresas con registro REPSE tendrán que presentar informes cuatrimestrales ante el Infonavit y en caso de contratar a alguna empresa de este tipo, solicitar el REPSE. Caso contrario, no se podrán ejecutar las actividades y la facturación será inválida ante el SAT. ¿Para qué sirve el SISUB? Su objetivo es que los patrones puedan cumplir con lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Hay que recordar que esta Ley también sufrió adecuaciones en referencia con la Reforma de Subcontratación. ¿Qué dice el artículo 29 Bis?: “Las personas físicas o morales que se encuentren registradas en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo para llevar a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos, deberán proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate”. De acuerdo al artículo 29 Bis, la información de los contratos celebrados: Datos generales Contratos de servicio Montos de las aportaciones y amortizaciones Información de los trabajadores Determinación del salario base de aportación Copia simple del registro emitido por la STPS Es muy importante mencionar que dicho artículo explica claramente que aunque directamente no seas una empresa de prestación de servicios o la ejecución de obras, si tienes un proveedor dentro de este ramo y éste no cumple con las disposiciones del Infonavit, te convertirás en responsable solidario. Sobre los informes cuatrimestrales del SISUB Como lo dicta la Ley y las nuevas adecuaciones, a más tardar los días 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, patrones y empresas de servicios de obras especializadas deberán enviar el informe cuatrimestral a través de la plataforma digital. En septiembre de este año, entre el 1 y el 7 de septiembre, las empresas bajo este régimen debieron de haber hecho el primer envío. A partir de este mes, en enero, mayo y septiembre durante los días 17, deberás presentar el informe.  Entonces, el siguiente informe cuatrimestral será el próximo 17 de enero de 2022. ¿Estás preparado? En caso de que no, comunícate con nuestros expertos en el SIROC. Información que se debe enviar en el SISUB Si estás dentro del REPSE, para cumplir con los informes cuatrimestrales deberás hacer lo siguiente: Entregar información de los sujetos obligados Información de los contratos Información de los trabajadores que estuvieron vinculados a los contratos mencionados Datos del beneficiario del servicio de esquema de subcontratación Presentarás la información de forma electrónica en el Portal Empresarial: 1_SISUB_Ley_29_bis_Sujeto obligado: Archivo en formato *.CSV • 1a_SISUB_ Ley_29_bis_Escritura Constitutiva en formato *.PDF • 2_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.CSV • 2B_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.PDF • 3_SISUB_Ley_29_bis_DetalleTrab: Archivo en formato *.CSV • 4_SISUB_Ley_29_bis_Registro emitido por STPS en formato *.PDF Asegúrate de usar los archivos de guía proporcionados en la Guía de usuario para el servicio Sistema de Información de Subcontratación (SISUB). Reglas establecidas por el Infonavit para presentar la información  Aunada a la información previamente descrita para el envío de los informes cuatrimestrales, las personas físicas o morales que estén bajo el REPSE tienen que cumplir las siguientes reglas: Deberá ser presentada por la persona física o moral que obtuvo el registro en la STPS En caso de que la persona que presentará el informe, cuente con más de un registro ante la STPS, se deberá enviar la información en un solo archivo Deberá declarar la información de todos archivos así como el número total de los trabajadores que durante el cuatrimestre prestaron servicios bajo el esquema de subcontratación La información presentada en el informe será del total de contratos activos de subcontratación por servicios especializados durante ese cuatrimestre El patrón recibirá un mensaje de que los archivos están siendo validados, terminado este período, recibirá la confirmación por correo electrónico para entrar al sistema y consultar el resultado de la validación ¿Qué sucede si no presento los informes cuatrimestrales del SISUB? Es muy importante que no pierdas la fecha para los informes cuatrimestrales. La consecuencia directa de no presentarlos es la cancelación del REPSE. Así, podrás perder la oportunidad de ejecutar las actividades de subcontratación en materia de obras especializadas.  Conclusión El SISUB es un medio electrónico que sirve de apoyo para los patrones registrados ante el REPSE. Se debe presentar 4 veces durante el año, siendo el mes de septiembre de 2021, el primer informe cuatrimestral solicitado.  Es muy importante no perder de vista todos los días 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, ya que esta es la fecha límite para presentar el SISUB. En caso de no presentar tu informe cuatrimestral, podrías perder el registro REPSE y no operar, así como la invalidación de las facturas ante el SAT. En Consolidé somos expertos en el SIROC y podemos ayudarte a estar al día en trámites relacionados al SISUB. Contáctanos y conoce cómo vas a poder ahorrar recursos, evitar multas y estar al día con las instituciones correspondientes.