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El pasado 31 de agosto de 2021, el IMSS publicó en el DOF (Diario Oficial de la Federación) las adecuaciones necesarias para registrar las obras de construcción (SIROC). El acuerdo número ACDO.AS2.HCT.230721/187.P.DIR, fue dictado por el H. Consejo Técnico dentro de la sesión ordinaria del pasado 23 de agosto de este año. ¿Qué adecuaciones tuvo al SIROC referente a la Reforma de Subcontratación? El anexo único del acuerdo es referente a las:  “Reglas aplicables a los patrones y demás sujetos obligados que se dediquen de forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción, para registrar las obras de construcción, sus fases e incidencias”. Con esto, el IMSS dicta las fases, incidencias y adecuaciones para el registro de las obras de construcción que deberán de seguir los patrones que se dediquen de forma permanente o esporádica a las actividades de construcción. ¿Quieres saber cuáles son las adecuaciones al SIROC en referencia a la Reforma en Materia de Subcontratación Laboral? En Consolidé te lo decimos todo. Modificaciones al SIROC ante la Reforma de Subcontratación Las adecuaciones presentadas a continuación surgen debido a la Reforma de Subcontratación. Tanto patrones como los sujetos obligados cuya principal actividad es la construcción esporádica o de forma permanente, deberán seguir los nuevos lineamientos. Si estás dentro de este segmento del SIROC o alguno de tus proveedores de servicios de construcción lo está, es importante que se analice la siguiente información así como las modificaciones para tener un buen cumplimiento. Tipo de usuario  Dentro del tipo de usuario, se añade la figura de subcontratista de ejecución de obras especializadas. Monto de la obra o monto del contrato  Dentro de monto de la obra o monto de contrato de añade el concepto de monto del contrato para la ejecución de obra especializada. Objeto de la obra especializada a ejecutar Se integra el objeto de la obra especializada a ejecutar, el IMSS anadió dicho apartado para que los patrones puedan informar de la obra especializada. Número de trabajadores partícipes en la ejecución de la obra especializada En este nuevo apartado deberá informarse el número aproximado de trabajadores. Número de REPSE El registro de prestadoras de servicios y obras especializadas, REPSE, es proporcionado por la STPS y deberá informarse el número asignado dentro del REPSE.   Photo by Jeriden Villegas on Unsplash. Licencia CC0 ¿Qué sucede con la figura del intermediario ante las adecuaciones al SIROC y la Reforma de Subcontratación? Con las adecuaciones al SIROC y la Reforma de Subcontratación, la figura del intermediario sólo podrá registrar: Reclutamiento Selección Entrenamientos Capacitaciones   En caso de que seas intermediario y tengas obras suspendidas registradas antes del 1ro de septiembre de 2021, podrás modificar el tipo de usuario dentro del servicio. Fecha de la nueva disposición al SIROC   El 1ro de septiembre de 2021 fue la fecha cuando las nuevas disposiciones entraron en vigor. A partir de esta fecha, el SIROC del IMSS se actualiza. Si estás dentro de la industria de la construcción y necesitas asesoría para poder estar al día con el IMSS, contáctanos en Consolidé.  En Consolidé tenemos un departamento dedicado al Servicio Integral de Registro de obras de Construcción SIROC. Te aseguramos el cumplimiento total con las autoridades correspondientes. Con nosotros tendrás estas ventajas: Delegación de procesos y trámites Resultados satisfactorios Acompañamiento especializado Prevención de multas y sanciones Reducción de costos Conclusión El IMSS publicó en el DOF las adecuaciones necesarias para registrar las obras de especialización el pasado 31 de agosto de 2021. A partir del 1ro de septiembre de este año, las nuevas disposiciones descritas entraron en vigor.  Otro cambio relevante relacionado al SIROC y a la sustitución patronal de trabajadores con incapacidad laboral es que a partir del 23 de abril de 2021, los empleadores tenían 90 días hábiles para realizar el cambio. Después del 24 de julio, la sustitución patronal con el beneficio dado en el plazo previamente dicho, ya no es posible. A partir de esta fecha, se tendrá que esperar a que termine la incapacidad laboral del empleado para pedir la baja y después proceder a dar de alta en el nuevo registro patronal.    Si aún tienes dudas relacionadas al SIROC, sus adecuaciones conforme a la nueva reforma de subcontratación así como la sustitución patronal, en Consolidé estamos para ayudarte. 
El Servicio Integral de Registros de Obra de Construcción (SIROC) es una plataforma que los patrones y sujetos obligados deben utilizar para el registro de las obras de construcción, sus fases e incidencias. De manera general, en el SIROC  se establecen deberes para las empresas dedicadas al sector de la construcción. Son sujetos obligados al SIROC: El propietario, que es la persona física o moral que tiene el derecho legal sobre una propiedad. El contratista, quien  es la persona física o moral contratada directamente por el propietario para supervisar y dirigir la ejecución de una obra, incluyendo los trabajos realizados por los subcontratistas. El subcontratista, quien es la persona física o moral que asume contractualmente ante el contratista y propietario, el compromiso de realizar determinadas fases de la obra. El Intermediario, entendiéndose como  la persona que interviene en la contratación de mano de obra para que presten servicios a un patrón. Ahora bien, por obra de construcción debe entenderse cualquier trabajo que tenga por objeto: Crear, construir, instalar, conservar, reparar, ampliar, demoler o modificar inmuebles, así como la instalación o incorporación a bienes inmuebles de bienes muebles necesarios para su realización o que se le integren. Principales obligaciones del SIROC: Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto, comunicar sus altas y bajas y modificaciones de salario en plazos no mayores de cinco días. Llevar registros de nóminas y listas de raya que contengan, número de días trabajados, salarios percibidos por sus trabajadores y datos que exijan la Ley del Seguro Social y sus reglamentos. Determinar las cuotas obrero patronales y enterar su importe al Instituto. Los patrones dedicados en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción deberán: Expedir y entregar a cada trabajador constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido, semanal o quincenalmente. Cubrir las cuotas obrero patronales.      5. Cumplir con los requisitos que establece el reglamento para la expedición de constancias de días laborados, registros de nómina o listas de raya específicos para las empresas dedicadas a la construcción. Los obligados al SIROC deben presentar: Registro de la obra y su ubicación. Aviso de subcontratación (contratista y subcontratista). Relación mensual de trabajadores que intervienen en la obra y sus días trabajados. Informar sobre incidencias de obra (suspensión, reanudación, cancelación y terminación). Para efecto de registrar las obras de construcción, sus fases e incidencias, los patrones o sujetos obligados deberán registrarse en la página electrónica del Instituto a través del portal los servicios digitales del Instituto, debiendo aceptar los términos y condiciones para el uso de medios electrónicos. Conoce las nuevas adecuaciones al SIROC.