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El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) acaba de informar sobre el nuevo valor de la UMA 2025. Este indicador es clave para la actualización de precios en servicios, obligaciones fiscales, pensiones, multas y sanciones. Valor de la UMA 2025 El valor actualizado de la UMA para 2025 es de $113.14 MXN. Esto conforme a la Ley de la Unidad de Medida y Actualización. UMA 2025 diaria: $113.14 MXN UMA 2025 mensual: $3,439.46 MXN UMA 2025 anual: $41,273.52 MXN La UMA tuvo un incremento del 4.21% contra el año anterior, su valor era de $108.57 MXN. El aumento fue debido a la alza del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).  ¿Cuándo entra en Vigencia la UMA en 2025? El nuevo valor de la UMA será vigente a partir del 1ro de febrero de 2025. ¿Cómo Influye el Valor de la UMA en las Empresas? La UMA o Unidad de Medida y Actualización es un indicador económico clave que es empleado para determinar el monto de obligaciones fiscales, multas y sanciones, prestaciones y más. El valor es actualizado de forma anual por el INEGI. Este indicador económico es un factor clave para saber la cantidad económica en pesos mexicanos de obligaciones económicas, multas y prestaciones previstas en las legislaciones estatales y federales así como disposiciones jurídicas. La actualización de la UMA influye en: Cálculo de aportaciones al IMSS e INFONAVIT Créditos hipotecarios Contribuciones fiscales Impuestos Monto de multas y sanciones Pensiones  Planificación financiera y fiscal Es sumamente importante tener en cuenta la actualización de la UMA en 2025 para evitar errores en cálculos relacionados a las aportaciones de seguridad social, cálculo de nómina, pago de las obligaciones fiscales y más. Si tienes dudas, contacta con nuestros expertos en asesoría financiera, fiscal y de seguridad social para obtener una asesoría. ¿Qué es la UMA? La Unidad de Medida y Actualización es un indicador actualizado de forma anual que se usa para la determinación de diversas contribuciones, obligaciones fiscales y pagos. La UMA es actualizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Antes de la UMA, se empleaba el salario mínimo o Veces Salario Mínimo (VSM) para determinar los montos. Sin embargo, conforme aumentaba el salario mínimo, también aumentaban los montos a pagar. Para evitar esta situación, el 27 de enero de 2016 se publica en el Diario Oficial de la Federación la reforma, con efecto el 1ro de febrero del mismo año. Valores de la UMA en años anteriores AÑOUMA DIARIAUMA MENSUALUMA ANUAL2025$113.14$3,439.46$41,273.522024$108.57$3,300.53$39,606.362023$103.74$3,153.70$37,844.402022$96.22$2,925.09$35,101.082021$89.62$2,724.45$32,693.402020$86.88$2,641.15$31,693.802019$84.49$2,568.50$30,822.002018$80.60$2,450.24$29,402.882017$75.49$2,294.90$27,538.802016$73.04$2,220.42$26,645.04
Los patrones en México tienen distintas obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Como parte de éstas, está el pago oportuno de las cuotas obrero patronales.  Las cuotas obrero patronales son la suma de las aportaciones que hacen tanto el patrón como el empleado para garantizar el acceso a los servicios de atención médica, seguridad social, fondos de retiro y cesantía y vejez. Sin embargo, el patrón tiene la obligación de pagarlas ante el IMSS. Es por ello que el patrón deduce el monto de las cuotas del salario del empleado en su recibo de nómina bajo el concepto de Seguro Social o IMSS. Te invitamos a conocer el calendario de pago de las cuotas para 2025. Calendario de Pago de las Cuotas Obrero Patronales 2025 Según la Ley del Seguro Social (LSS) en su artículo 39, el pago de las cuotas obrero patronales es aplicado por mensualidades vencidas. Los pagos deben realizarse entre el 1 y 17 de cada mes.  Es importante recalcar que el día 17 de cada mes es la fecha límite de pago, si éste día cae en un día inhábil o viernes se mueve la fecha límite de pago al siguiente día hábil. Lo anterior según el artículo 3, último párrafo del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. Por otro lado, cuando el último día de pago oportuno de las cuotas obrero patronales cae en un día inhábil o viernes, nos guiaremos bajo lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit así como el artículo 12 antepenúltimo párrafo del Código Fiscal de la Federación.  MesFecha límite de pagoCuotas a pagarDiciembre 202420 Enero de 2025Mensual y bimestralEnero 202517 FebreroMensualFebrero 202518 MarzoMensual y bimestralMarzo 202517 AbrilMensualAbril 202519 MayoMensual y bimestralMayo 202517 JunioMensualJunio 202517 JulioMensual y bimestralJulio 202518 AgostoMensualAgosto 202517 SeptiembreMensual y bimestralSeptiembre 202520 OctubreMensualOctubre 202518 NoviembreMensual y bimestralNoviembre 202517 DiciembreMensualDiciembre 202519 Enero 2026Mensual y bimestral Recuerda que los pagos de las cuotas obrero patronales se realizan mediante el Sistema Único de Autodeterminación (SUA). Este sistema te ayuda a calcular el monto de las cuotas de forma automática. Multas por Incumplimieno de Pago de Cuotas Obrero Patronales Incumplir con el pago de las cuotas obrero patronales o realizar el pago de forma extemporánea implica multas y recargos por parte del IMSS al patrón. Existen dos casos: Pago extemporáneo Incumplimiento de pago: El IMSS notifica el requerimiento de pago y ya hay multa Pago extemporáneo El patrón tiene la obligación de realizar una actualización de las cuotas obrero patronales aplicando el factor que se obtiene de dividir el INPC del mes que va a pagar entre el Índice de Precios Consumidor del mes que debió pagar. Los recargos generados serán producto de multiplicar las cuotas obrero patronales actualizadas por la suma de la tasa de recargos por mora, a partir del mes que debió pagar hasta el mes que efectuará el pago. Incumplimiento de pago El incumplimiento de pago, una vez que el IMSS envió el requerimiento de pago al patrón implica multas: Multa del 40% sobre las cuotas obrero patronales Es posible que la multa del 40% disminuya en un 20% si el patrón paga dentro de los primeros 15 días hábiles al día de la notificación Cálculo de Cuotas Obrero Patronales y Pago Oportuno El cálculo y pago oportuno de las cuotas obrero patronales es una obligación para los patrones. Cumplir no sólo garantiza el acceso a los derechos de tus colaboradores, sino que también evita multas y recargos que podrían generar costos adicionales y afectar la estabilidad de tu negocio.  De no pagar a tiempo y no responder al requerimiento de pago por parte del IMSS, el Instituto puede iniciar el Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal (PAE). Con el PAE, el IMSS exige el pago de las cuotas no cubiertas y realiza un cobro adicional por los gastos de ejecución en un principio. En caso de continuar con el proceso, puede embargar la organización, realizar un remate e inclusive, adjudicarse bienes. En Consolidé, somos expertos consultores en maquila de nómina y en materia de seguridad social. Nuestro equipo especializado está listo para ayudarte a realizar cálculos precisos, cumplir con la normativa vigente y optimizar tus procesos administrativos. Con más de 27 años de experiencia, te brindamos la tranquilidad de saber que todo está en orden para que puedas enfocarte en las áreas estratégicas de tu empresa.
En los últimos años, hemos sido testigos de una serie de reformas laborales en México que han cambiado el panorama para las empresas. Estas reformas buscan mejorar las condiciones laborales y asegurar el cumplimiento de derechos para los trabajadores. Para los directores y gerentes de RR.HH, y patrones, entender estas reformas es crucial para mantener la conformidad y optimizar la gestión de recursos humanos. Desde 2019, los expertos en Recursos Humanos, noministas, expertos fiscales y legales han tenido que adaptarse a más de 30 reformas laborales. Este artículo tiene como objetivo proporcionar una visión completa de las reformas laborales más importantes, las que ya están aprobadas, las que vienen en camino y cómo impactan o impactarían a tu organización. Mantente informado y asegúrate de que tu empresa cumple con todas las regulaciones vigentes. Últimas reformas laborales que debes conocer Desde la prohibición del outsourcing para darle paso a los servicios especializados u obras especializadas, aumentos al salario mínimo, extensión de los días de vacaciones y mucho más. Estas son las reformas laborales en México que debes conocer. Incrementos al Salario Mínimo En los últimos 5 años, el salario mínimo general ha aumentado de $123.20 pesos a $248.90 pesos (en 6 años ha crecido un 110%). A partir del 1ro de enero de 2024, el salario mínimo ($248.90) aumentó un 20% comparado con 2023. Zona libre de la frontera norte (Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas): Sube de $260.34 a 312.41 pesos mexicanos Zona General: Sube de $172.87 a $207.44 pesos mexicanos ¿Cuál es el impacto del incremento del salario mínimo en las empresas? Las empresas deben ajustar sus cálculos de nómina para reflejar estos cambios en el salario mínimo. Esto puede implicar una revisión de las políticas salariales y una posible reestructuración de los presupuestos de recursos humanos. Prohibición de la Subcontratación de Personal La reforma laboral de 2021 introdujo cambios significativos. La subcontratación de personal u outsourcing queda prohibida en México, mientras que la subcontratación de servicios y obras especializadas es permitida siempre que no corresponda con el objeto social ni con la actividad económica preponderante de la empresa beneficiaria. Lo anterior es una realidad a partir del 1ro de septiembre de 2021. A partir de esa fecha, las empresas pueden subcontratar servicios u obras que no correspondan al objetivo económico de las mismas. Las empresas proveedoras de servicios especializados deben de estar inscritas ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). ¿Cuál es su impacto en las empresas? Las empresas contratistas deben revisar ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) así como asegurarse de que dichas empresas estén inscritas ante el REPSE. Además, deben entregar información de los contratos de subcontratación de servicios especializados al IMSS y al Infonavit de manera cuatrimestral. Además: Hay responsabilidad compartida en caso de incumplimiento El registro de las empresas ante el REPSE debe renovarse cada 2 años. La STPS puede negar o cancelar dicho registro Las empresas (contratantes y contratistas) deben estar al corriente con sus obligaciones fiscales y de seguridad social Las empresas contratistas deben entregar información  Se debe entregar información de los contratos de subcontratación de servicios especializados celebrados en el periodo respectivo (y copia del aviso de registro en el REPSE) al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) de manera cuatrimestral; a más tardar el día 17 de enero, mayo y septiembre. Se deben de utilizar los sistemas electrónicos desarrollados por el IMSS e Infonavit para transmitir los datos de los contratos:  Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE) y el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB), respectivamente. Debe proporcionar al contratante copias de (i) los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura Electrónica (CFDI) de los colaboradores; (ii) de los recibos de pago expedidos por institución bancaria, por la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a esos trabajadores; (iii) del pago de las cuotas obrero-patronales al IMSS, y (iv) del pago de las aportaciones al Infonavit. Si necesitas asesoría para cualquiera de los puntos anteriores, consúltanos. Ampliación de Días de Vacaciones El 27 de septiembre de 2022, la Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó el dictamen con proyecto de decreto para reformar la LFT. Dicho decreto estableció el aumento de los días de vacaciones, de 6 a 12 días a partir del primer año laboral. Esta medida entró en vigor el 1° de enero de 2023. Esta reforma a la LFT influenció los artículos 76 y 78. A la par, los días de vacaciones aumentarán dos días por cada 5 años de trabajo hasta llegar a los 30 días de vacaciones. Los trabajadores que cumplan 35 años de servicio, llegarán hasta los 32 días de vacaciones. ¿Cuál es el impacto en las empresas el aumento de días de vacaciones? Las empresas tuvieron que actualizar sus políticas internas de vacaciones, contratos colectivos de trabajo, reglamento interior de trabajo y contratos individuales de trabajo. Esto asegura que se cumplan las nuevas disposiciones legales y que los empleados disfruten de sus derechos de descanso. Descarga el Ebook Precierre Fiscal 2024 NOM-035 y nuevas enfermedades de trabajo La NOM-035 busca identificar, analizar y prevenir factores de riesgo psicosocial en el entorno laboral. Esta norma, cuyo cumplimiento es obligatorio desde octubre del 2019, es crucial para promover un ambiente de trabajo saludable y seguro. Con el objetivo de combatir, controlar y prevenir los factores de riesgo psicosociales en el trabajo, la STPS estableció pautas para la identificación y tratamiento de distintas alteraciones. Recordemos cuáles son los factores: Condiciones peligrosas e inseguras.  Cargas de trabajo que exceden la capacidad del trabajador. Falta de control personal sobre la organización y el proceso de trabajo.  Jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo. Rotación de turno nocturno sin períodos de recuperación y descanso. Interferencia en la relación trabajo-familia. Relaciones negativas en el trabajo. Sin embargo, dentro de la norma no estaban previamente reconocidos los transtornos mentales o asociados como enfermedades de trabajo. Se llevó a cabo una actualización de la tabla de enfermedades de trabajo (se agregaron 88) y con ello a la LFT. Hoy se reconoce dentro de la normativa a la ansiedad, depresión, estrés y el transtorno no orgánico del ciclo de sueño-vigilia como padecimientos laborales. ¿Cuál es su impacto en las empresas? Las empresas están obligadas a cumplir la NOM 035-STPS-2018  así como a realizar evaluaciones periódicas y llevar a cabo acciones correctivas para mitigar los riesgos psicosociales. Esto incluye capacitaciones, creación de políticas y establecimiento de canales de comunicación efectivos para apoyar a los empleados.  A la par, las empresas deben cumplir con todas las normas que apliquen a las nuevas enfermedades incluidas en la tabla. En caso de no cumplir con lo establecido en la NOM-035, las empresas pueden enfrentarse a graves consecuencias (previstas en el artículo 994 de la LFT) como: Ser acreedora a multas de 50 a 250 UMAs cuando la duración de la jornada exceda las 8 horas de forma diurna, 7 horas nocturna o 7 horas y media la jornada mixta 250 a 5000 UMAs cuando el patrón incumpla las obligaciones del artículo 132 250 a 5000 UMAs cuando el patrón no observe las normas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo 250 a 5000 UMAs cuando el patrón cometa algún acto o conducta discriminatoria en el centro de trabajo, actos de hostigamiento sexual o haya tolerancia a este tipo de actos Si la STPS ratifica el incumplimiento de la norma, las sanciones pueden superar los $500,000 pesos mexicanos. NOM-037 de Teletrabajo La NOM-037 entró en vigor el 5 de diciembre de 2023. Ésta introduce nuevas obligaciones para los empleadores y los trabajadores en el ámbito del teletrabajo o trabajo remoto o home office. Esta normativa establece que el lugar de trabajo debe cumplir con las disposiciones de seguridad y salud al igual que los empleados no pueden cambiar su espacio laboral sin notificar a su empresa. La LFT fue modificada en 2021, comúnmente conocida como Ley Home Office. Se establecieron obligaciones para el empleador y colaborador dentro de la modalidad remota. Dicha actualización reconoce al teletrabajo como una actividad laboral que se desarrolla desde casa en un 40% del tiempo. Aunque la actualización antes mencionada dejó algunos aspectos por fuera, por ello, se complemento con la NOM 037 PROY-NOM-037-STPS-2022. Algunos aspectos son: Establecimiento del inicio y término de la jornada laboral Protocolos de contacto entre el teletrabajo y empresa Conciliación de la vida personal y laboral con perspectiva de género Equipamiento ergonómico para teletrabajadores La empresa debe proporcionar los insumos necesarios para el desempeño y rendimiento del teletrabajador ¿Cuál es su impacto en las empresas? Las empresas deben establecer políticas claras de teletrabajo, asegurarse de que los espacios laborales de los empleados cumplan con las normas de seguridad y salud así como notificar cualquier cambio en el lugar de trabajo. Esto implica una revisión constante y posible adaptación de los espacios laborales. En resumen: Política de Teletrabajo  Las empresas deben establecer políticas claras de teletrabajo que incluyan los requisitos para los trabajadores, las responsabilidades de la empresa y los procedimientos para manejar accidentes y enfermedades laborales. Evaluación de Riesgos Laborales  Antes de implementar el teletrabajo, las empresas deben realizar evaluaciones de riesgos laborales que consideren factores físicos, psicológicos y sociales. Estas evaluaciones deben actualizarse periódicamente para mantenerse al día con cualquier cambio. Plan de Prevención  Este plan debe incluir medidas para prevenir riesgos laborales, como la provisión de equipos de protección personal y programas de capacitación. Las políticas de salud y seguridad son esenciales para garantizar un entorno de trabajo seguro. Programa de Capacitación  Las empresas deben capacitar a sus empleados sobre los riesgos laborales asociados al teletrabajo y sobre las medidas de prevención necesarias para evitar accidentes y enfermedades. Registro de Accidentes y Enfermedades Laborales  Es crucial mantener un registro detallado de todos los accidentes y enfermedades laborales que ocurran en el entorno de teletrabajo. Esto ayuda a garantizar la responsabilidad y la mejora continua en la seguridad laboral. Descarga el Ebook Precierre Fiscal 2024
Como responsable del pago de nómina en tu organización, estás muy familiarizado con el factor de integración. Es aquel que se utiliza para determinar el salario base cotización (SBC) así como para el cálculo de beneficios de los colaboradores. Por ello, el factor de integración es base para la relación con el IMSS. Con la última reforma a la Ley Federal del Trabajo que modifica los días de vacaciones a partir del primer año de trabajo, el factor de integración se vuelve esencial. Conoce cómo queda el nuevo factor de integración IMSS por año. ¿Qué es el factor de integración? El factor de integración es un cálculo que se utiliza para determinar el Salario Base de Cotización (SBC) y para calcular las prestaciones a las que tiene derecho el empleado. Por otro lado, también el FI es importante para determinar la pensión que recibirá el empleado en su jubilación. El FI también se usa para realizar el cálculo de las cotizaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, específicamente para determinar las cuotas obrero patronales. Para los encargados del cálculo de nómina, el factor de integración es clave para el cálculo de nómina ya que en este cálculo reside la compensación o remuneración de los empleados. Según el marco legal de México, todo empleado contratado por una empresa, por ley tiene derecho a prestaciones laborales como: aguinaldo, prima vacacional y vacaciones. Por ello, es obligación del patrón definir el importe proporcional de las prestaciones que recibirá el empleado. Los factores de integración son clave para calcular los importes. Dentro de la Ley Federal del Trabajo se establecen los factores de integración para determinar la remuneración de los empleados: Aguinaldo Asistencia y puntualidad Comisiones Prima dominical Prima vacacional Horas extra Gratificaciones Propinas Salario base Vacaciones Salario Base Cotización El Salario Base Cotización (SBC) es empleado para determinar las cotizaciones de los trabajadores dentro del sistema de seguridad social. Con el SBC se calculan las prestaciones sociales y contribuciones así como cotizaciones e impuestos a la seguridad social. Siguiendo la misma línea, el Salario Base Cotización tiene su base legal dentro de la Ley del Seguro Social en su Capítulo II “De las bases de cotización y de las cuotas”, en su artículo 27:  El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: Instrumentos de trabajo: herramienta, ropa, similares Ahorro, cuando se integre por depósito de cantidad semanaria, quincenal o mensual igual del trabajo y de la empresa Aportaciones adicionales por parte del patrón por cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez Cuotas en término de la Ley a cubrir por el patrón, aportaciones al INFONAVIT y participaciones en las utilidades Alimentación y habitación cuando se otorgue en forma onerosa a los trabajadores Despensas en especie o dinero, cuando el importe no rebase el 40% del salario mínimo general vigente en Distrito Federal Premios por asistencia y puntualidad, sin rebasar el 10% del salario base de cotización Cantidades aportadas para fines sociales: fonso para algún plan de pensiones por parte del patrón o derivado de contratación colectiva Tiempo extraordinario dentro de los márgenes de la LFT Factores de integración por año de antigüedad Años de antigüedad Días de Prima vacacional Factor de integración Aguinaldo Vacaciones 1 15 12 25% 1.0493 2 15 14 25% 1.0507 3 15 16 25% 1.0521 4 15 18 25% 1.0534 5 15 20 25% 1.0548 6-10 15 22 25% 1.0562 11-15 15 24 25% 1.0575 16-20 15 26 25% 1.0589 21-25 15 28 25% 1.0603 26-30 15 30 25% 1.0616 Cómo se relaciona con el Salario Diario Integrado El factor de integración también es clave para el cálculo del Salario Diario Integrado (SDI). El SDI se utiliza para calcular las aportaciones de seguridad social del empleado y es la suma de las percepciones del mismo. El SDI cuenta con su marco legal en la LFT dentro del artículo 89: “Para determinar el monto de las indemnizaciones que deban pagarse a los trabajadores se tomará como base el salario correspondiente al día en que nazca el derecho a la indemnización, incluyendo en él la cuota diaria y la parte proporcional de las prestaciones mencionadas en el artículo 84. En los casos de salario por unidad de obra, y en general, cuando la retribución sea variable, se tomará como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en los treinta días efectivamente trabajados antes del nacimiento del derecho. Si en ese lapso hubiese habido aumento en el salario, se tomará como base el promedio de las percepciones obtenidas por el trabajador a partir de la fecha del aumento. Cuando el salario se fije por semana o por mes, se dividirá entre siete o entre treinta, según el caso, para determinar el salario diario.” Para resumir, el factor de integración es un coeficiente que es aplicado al SDI para integrar también percepciones adicionales: bonos, comisiones o prestaciones. ¿Cómo se relaciona el SDI y el SBC con el factor de integración? El primero se usa como base para el cálculo de liquidaciones e indemnizaciones al final de una relación laboral mientras que el segundo para calcular las cotizaciones ante el IMSS. Para calcular ambos, los expertos en cálculo de nómina utilizan el factor de integración por año acorde a la antigüedad del trabajador. Cálculo del factor de integración Para poder calcular el factor de integración vamos a tomar el SBC de los empleados. Debemos recordar que el SBC puede estar sujeto a límites establecidos por la legislación. Veamos los pasos para calcular el factor de integración: Considerar el SBC Multiplicar el SBC por la tasa de cotización establecida (varía dependiendo de sistema de seguridad social o fondo de pensiones) Compara el resultado con los requisitos del financiamiento del sistema Si es inferior es aplicado el factor de integración para aumentar el monto de la contribución El factor de integración puede ser fijo o variable ¿Cuándo se debe cambiar? El factor de integración puede cambiar cuando el empleado acumula otro año de trabajo en la empresa, a partir del primero. Por ejemplo, al 1er año de trabajo, el factor de integración es de 1.0493, el segundo año de 1.0507, progresivamente. El factor de integración es esencial para calcular las cuotas obrero-patronales así como para determinar el salario base cotización y sus prestaciones ante el IMSS. Por otro lado, su cálculo también es esencial para el cálculo de nómina. Si tienes dudas sobre cómo agilizar el cálculo de nómina, contáctanos. En Consolidé contamos con más de 27 años de experiencia en gestión y administración de Recurso Humano.
Saber cómo calcular las cuotas obrero patronales te permitirá cumplir con tus obligaciones en materia de seguridad social. En los artículos 15, fracción III, y 39 de la Ley del Seguro Social (LSS) se contempla la obligación del patrón en esta materia. Por un lado, es necesario que el empleador esté inscrito en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realice su alta patronal. También debe dar de alta a sus empleados dentro de los primeros 5 días hábiles.  Hoy te explicamos en qué consisten y cómo calcular las cuotas obrero patronales. ¿Quién hace las aportaciones, cómo se pagan? Si tienes dudas al respecto, todo esto lo abordamos.  Como empleador, tienes la obligación legal de determinar y pagar las cuotas obrero patronales. Este monto junto a la aportación del gobierno federal, es lo que sirve para financiar los servicios de seguridad social que otorga el IMSS a los trabajadores. Cuotas obrero-patronales: ¿Qué son? Las cuotas obrero patronales son la suma de aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social. Estas permiten al colaborador tener beneficios como prestaciones de seguro social, atención médica, vivienda y retiro. Se llama cuotas obrero patronales porque del lado de la empresa, trabajadores y patrones deben hacerla. Sin embargo, también el gobierno de México aporta una cuota social. Esas aportaciones aparecen en los comprobantes fiscales de Nómina como “IMSS” o “Seguro Social”. Para proceder a estas retenciones con cada trabajador, se construye una cuenta individual. Una vez que el empleado tiene el alta ante el IMSS, deberás realizar el pago total ante la entidad, en caso contrario puedes caer el peligro de incumplimiento. Sigue leyendo y notarás por qué es tan importante estar al día con la legislación para saber cómo calcular las cuotas obrero patronales. ¿Quién debe pagarlas? Las cuotas del IMSS las realizan tanto los patrones (persona física o moral) como el trabajador. En el caso del trabajador el monto es menor y se deduce de su salario; por tanto, aparece en su recibo de nómina por concepto de Seguro Social o IMSS. Los patrones, ya sean persona física, autónomo, o persona moral, son los encargados de hacer el pago por medio de una referencia o el SIPARE. ¿Cada cuánto tiempo se pagan? Según lo establecido en el artículo 39 de la LSS, el pago de las cuotas al seguro aplica por mensualidades vencidas; y debe hacerse entre el 1 y 17 de cada mes. Por otro lado, el artículo vigésimo séptimo transitorio del Decreto de la Ley del Seguro Social hace una precisión con el pago respecto del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Éste se seguirá realizando de manera bimestral en tanto no se homologuen los periodos de pago de las leyes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, ISSSTE, y del Infonavit. La manera en que se realizan los pagos de las cuotas es por medio del SUA (Sistema Único de Autodeterminación). Esta herramienta ayuda a realizar el cálculo de las cuotas obrero patronales de manera automática y verificada. Cómo calcular las cuotas obrero-patronales Es momento de puntualizar algunas novedades para que sepas cómo calcular las cuotas obrero patronales frente a cambios que entran en vigencia este 2025.  Las cuotas y porcentajes que aportas por cada empleado varían, pues su cálculo depende de diferentes conceptos y valores. Entre ellos: El salario base de cotización del trabajador, SBC. La Unidad de Medida y Actualización, UMA. Los porcentajes fijados dentro de la Ley del Seguro Social. Y los seguros y prestaciones sociales que se brinden a los empleados. Salario básico de cotización (SBC)  Debes tener claro que a partir de enero de 2023 las aportaciones patronales de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez aumentan de manera gradual; para ello debes tomar en cuenta la tabla establecida del Salario Base de Cotización del trabajador en la Ley del Seguro Social. Te compartimos la tabla que considera el aumento gradual hasta el 2030: Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM* 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 1.01 SM a 1.50 UMA** 3.281% 3.413% 3.544% 3.676% 3.807% 3.939% 4.070% 4.202% 1.51 a 2.00 UMA 3.575% 4.000% 4.426% 4.851% 5.276% 5.701% 6.126% 6.552% 2.01 a 2.50 UMA 3.751% 4.353% 4.954% 5.556% 6.157% 6.759% 7.360% 7.962% 2.51 a 3.00 UMA 3.869% 4.588% 5.307% 6.026% 6.745% 7.464% 8.183% 8.902% 3.01 a 3.50 UMA 3.953% 4.756% 5.559% 6.361% 7.164% 7.967% 8.770% 9.573% 3.51 a 4.00 UMA 4.016% 4.882% 5.747% 6.613% 7.479% 8.345% 9.211% 10.077% 4.01 UMA en adelante 4.241% 5.331% 6.422% 7.513% 8.603% 9.694% 10.784% 11.875% *Salario Mínimo ** Unidad de Medida y Actualización La fórmula para calcular el SBC es: Salario diario x Factor de Integración. El salario diario incluye los pagos realizados en efectivo de acuerdo a las horas trabajadas, gratificaciones, alimentación, habitación y comisiones, entre otros. Si el salario del empleado es menor al salario mínimo aplicable, se toma el valor del salario mínimo como base para el cálculo de la cuota. Por el contrario, si el salario supera la suma de UMA x 25 veces, se tomará éste último valor para el cálculo de la cuota. Para obtener el valor del salario diario se divide la suma que el empleado cobra entre la cantidad de días. En el caso del factor de integración, usa la siguiente fórmula: (365 días del año + (Días por vacaciones X 25% de prima vacacional*) + Días de aguinaldo)/365 días del año. Unidad de Medida y Actualización (UMA) Es una cifra que actúa como referente económico en varias actividades. Una de ellas es el de las cuotas patronales, como las que corresponden al Seguro de Enfermedades y Maternidad. El valor UMA también influye en el crédito otorgado por el Infonavit. Porcentajes de acuerdo a la Ley del Seguro Social en seguros y prestaciones De acuerdo al seguro o prestación social, patrón y empleado cubren en partes desiguales las primas. Cuando decimos partes desiguales nos referimos a que el patrón cubre la mayor parte. Entre los seguros y prestaciones sociales que corresponden a la regulación obligatoria se encuentran los siguientes: Seguro de riesgos de trabajo. Seguro de enfermedades y maternidad. Seguro de invalidez y vida. Guarderías y prestaciones sociales.  Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Conclusión El incremento gradual en la cuota patronal que se aplica al Salario Base de Cotización del trabajador tiene un impacto económico a considerar. Desde Consolidé te recomendamos actualizar tus tablas para el cálculo de las cuotas patronales de cesantía en edad avanzada año con año hasta el 2030. Además, recuerda que hay nueva versión del SUA, por lo que se debe actualizar la prima de riesgo de trabajo del IMSS.  Estamos para apoyarte con estos cambios para que puedas centrar los esfuerzos de tu equipo de Recursos Humanos. Con nuestro servicio especializado de payrolling no necesitas ocupar tiempo en cómo calcular las cuotas obrero patronales.  Y si lo deseas, podrás agilizar la determinación de las cuotas y programarlas mes a mes de manera oportuna y simple con nuestro apoyo. Contáctanos.
Los movimientos afiliatorios son parte habitual del trabajo de Recursos Humanos en una empresa. Si tienes una nómina de colaboradores a tu cargo debes saber que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es el organismo encargado de otorgar y gestionar los servicios vinculados a la seguridad social de los trabajadores.  De ahí que, tú como patrón estés en obligación de estar afiliado y afiliar a tus colaboradores; así como cumplir con las notificaciones correspondientes a los movimientos afiliatorios.  Al realizar los avisos al IMSS de los movimientos afiliatorios garantizas al trabajador su acceso a los servicios médicos. También a las prestaciones económicas y sociales a las que tiene derecho. Hoy te explicamos los tipos de movimientos afiliatorios que existen y cómo hacer el trámite. ¿Qué son los movimientos afiliatorios? Los movimientos afiliatorios son las notificaciones de cambios de estatus del trabajador ante el Seguro Social, es decir, cuando se le da el alta o baja al trabajador; también cuando se modifica su salario o tiene un reingreso.  Ley del IMSS La Ley del Seguro Social (LSS) en su artículo 15 establece que es obligación de los patrones registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social. Asimismo, es obligatorio realizar los avisos de los movimientos afiliatorios al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Puedes hacerlo tú o un representante legal dentro de plazos no mayores a cinco días hábiles.  Para ello, se deben presentar en los formularios autorizados AFIL02, AFIL03 y AFIL04 en la forma y términos que señale el Instituto. También puedes hacer los avisos vía electrónica, a través de IDSE. Es necesario que cuentes con tu certificado digital, tu usuario y contraseña. Tipos de movimientos afiliatorios Aunque ya los mencionamos, ahora te explicamos los tipos de movimientos afiliatorios. Estos son: Alta Es la notificación por parte de la empresa de la incorporación a la organización de trabajadores permanentes, por obra o tiempo determinado o trabajadores eventuales. Esta acción sirve para inscribirlos ante el Instituto. Reingreso Es el aviso relacionado a los trabajadores que se reincorporan a la relación laboral y nuevamente adquieren el derecho de estar sujetos al régimen del Seguro Social. Modificación de salario Esta notificación debe hacerse ante cualquier variación que sufre el salario diario base de cotización de sus trabajadores inscritos en el régimen del Seguro Social. Existen tres casos: Salarios fijos: El aviso se debe presentar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que ocurrió la modificación. También puede hacerse el día hábil anterior a la fecha en que surta efectos la modificación. Salarios variables: Los avisos se deben presentar dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, las modificaciones del salario del bimestre anterior. Los avisos llevarán por fecha el día primero del mes siguiente al bimestre en que ocurrió la modificación. Salarios mixtos: Cuando se modifica el elemento fijo, deberá presentarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que ocurrió la modificación. Si al concluir el bimestre respectivo hubo modificación del elemento variable, los avisos se deben presentar dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre. Baja Esta notificación se hace ante la disolución de la relación laboral con el  trabajador. Lo que conlleva la finalización de tu obligación como patró de tenerlo inscrito en el régimen del Seguro Social. Constancia de movimientos afiliatorios Para obtener la constancia de movimientos afiliatorios ingresa a la página idse.imss.gob.mx/imss. Allí podrás, luego de realizar la notificación, obtener la constancia. Sigue leyendo que te explicamos cómo hacerlo. Aviso de los movimientos afiliatorios ¿Qué contiene? Las notificaciones de movimientos afiliatorios reflejan la siguiente información: Tipo de movimiento afiliatorio. Número de Registro Patronal. Número de Seguridad Social (NSS) del trabajador. Nombre completo del trabajador. Clave Trabajador. Clave Única de Registro de Población (CURP). Salario diario integrado (excepto en los movimientos de baja). Fecha del movimiento. Causa de Baja (en caso de que aplique). Unidad de Medicina Familiar (excepto en los movimientos de baja y modificación). Tipo Trabajador (excepto en los movimientos de baja). Tipo de salario: Fijo, variable o mixto (excepto en los movimientos de baja). Tipo de jornada laboral (excepto en los movimientos de baja). ¿Cómo se realiza el trámite? El IDSE es una plataforma que permite a las empresas gestionar la información de sus trabajadores, por lo que puedes reportar los movimientos afiliatorios. Es el IMSS Desde Su Empresa, de ahí sus siglas IDSE.  En otras palabras, se trata de una sistema automatizado que permite mantener la información actualizada de tus trabajadores ante el IMSS. Para realizar el trámite sigue estos pasos: Ingresa al portal idse.imss.gob.mx/imss. Debe de tener a la mano su Certificado Digital, la llave privada, el usuario y contraseña previamente asignada. Ubica y selecciona el apartado “Movimientos Afiliatorios”. Haz clic en “Capturar y envía tus movimientos afiliatorios”. Selecciona el movimiento afiliatorio que deseas realizar. Debes llenar la información del trabajador que se solicita. Antes de presionar “Agregar” verifica que toda la información está correcta. Selecciona el campo agregado del trabajador. Posteriormente debes dar clic en el botón “Enviar” y te redireccionará a otra página en donde debes poner la cuenta junto con el Certificado Digital y Llave Privada.  Por último, debe de darle click en ‘Firmar”.  En caso de realizar la notificación de manera presencial, acude a la Subdelegación que controla tu registro patronal de lunes a viernes en días hábiles para el IMSS de 8:00 a 15:30 horas. Debes llevar los siguientes documentos: Copia de la escritura constitutiva / poder notarial a quien realizará el trámite. Tarjeta Patronal. Copia del contrato laboral. Documento probatorio de no haber podido realizar el trámite por internet. Formato AFIL-02 con la información adicional que requiere. Hoja membretada dirigida al IMSS solicitando la inscripción del trabajador (debe contener los datos de la empresa y del trabajador). Toma en cuenta que de forma presencial se recibirán hasta cinco avisos afiliatorios. Conclusión Desde Consolidé te recomendamos que antes de iniciar el trámite revises que los documentos y formatos a entregar no presenten tachaduras o enmendaduras en fecha de movimiento y Salario Base de Cotización. Recuerda que la presentación de los movimientos afiliatorios debe hacerse dentro del plazo no mayor a cinco días hábiles, contados a partir de la realización de los supuestos.  Si necesitas apoyo de expertos para diligenciar estos trámites, contáctanos. Nuestros servicios incluyen asesoría fiscal y financiera, reclutamiento de personal, administración de nómina y maquila de nómina.
Las prestaciones de ley son beneficios concedidos por el gobierno a individuos que laboran en México. Las prestaciones son derechos garantizados por la Ley Federal de Trabajo y por ende deben ser cumplidas por el patrón.  En esta guía abordaremos las prestaciones de ley que deben existir en las organizaciones. ¿Qué son las prestaciones de ley en México? En México, las prestaciones de ley son los beneficios por derecho que todo patrón debe otorgar a sus trabajadores. Las prestaciones de ley son aquellas a las cuales el trabajador tiene acceso a partir del inicio de la relación laboral subordinada.  La Ley Federal de Trabajo establece dos tipos de prestaciones laborales, las de ley y las superiores a la ley. Éstas últimas son aquellas que la organización ofrece como beneficios adicionales para que la empresa sea más atractiva para el talento humano. Marcos jurídicos Toda relación laboral que es establecida entre un empleado y una empresa está regida por la Ley Federal de Trabajo. Dentro de esta legislación se establece el marco jurídico de todos los aspectos de las relaciones de trabajo en el país. También dentro de la legislación, se estipulan los lineamientos, derechos y prestaciones de ley en México así como: Derechos de los trabajadores Obligaciones de los trabajadores Obligaciones de los patrones Procedimientos para resolver conflictos laborales   Específicamente hablando del derecho al trabajo digno, otro marco jurídico que lo contempla es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dentro de sus artículos 1 y 123. Para los trabajadores del Estado dentro de los tres poderes en México (ejecutivo, legislativo y judicial), es aplicable la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Prestaciones de ley que toda organización debe garantizar Toda organización legalmente establecida en México debe garantizar prestaciones de ley a sus empleados en relación de subordinados. Es importante mencionar que las prestaciones son independientes al salario. Exploremos cuáles son: Aguinaldo El aguinaldo es una prestación legal que se paga a todos los empleados en México antes del final de cada año. El pago del aguinaldo se establece dentro del artículo 87 de la LFT y menciona que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre de cada año. También deberá corresponder a 15 días del salario del colaborador, como mínimo.  Para aquellos colaboradores que tengan menos de un año laborando dentro de la organización, el cálculo de su aguinaldo es proporcional. Días de descanso obligatorios De acuerdo al artículo 74 de la LFT, todos los empleados de México tienen derecho a prestaciones de ley como los días de descanso obligatorio. Los días son: 1ro de enero 1er lunes de febrero para conmemorar el 5 de febrero Tercer lunes de marzo para conmemorar el 21 de marzo 1ro de mayo 16 de septiembre Tercer lunes de noviembre para conmemorar el 20 de noviembre 1ro de diciembre de cada 6 años cuando se transmite el Poder Ejecutivo Federal 25 de diciembre Cuando haya elecciones ordinarias y se efectúe la jornada electoral, acorde a las leyes federales y locales electorales Por otro lado, también se establece dentro de la ley que los trabajadores no podrán laborar más de 6 días sin recibir un día de descanso.  Prestaciones de ley: Pago de utilidades Otra de las prestaciones de ley que establece la LFT es el pago de utilidades o PTU. Se trata de un incentivo que otorga la empresa para estimular la productividad de sus trabajadores y es una prestación de ley que los trabajadores reciben a partir de las ganancias que obtiene el patrón durante el año. Está establecida dicha prestación dentro del capítulo VIII de los artículos 117 al 131. El artículo 120 de la LFT establece que el porcentaje del PTU que podrán recibir los empleados estará fijado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas: “[...] se considera utilidad en cada empresa la renta gravable, de conformidad con las normas de la Ley del Impuesto sobre la Renta.” El artículo 123 establece la división: “La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.”   Finalmente, el pago del PTU deberá realizarse a más tardar 60 días después de la fecha en que deba pagarse el impuesto anual. Sucede entre mayo y junio. Licencias por maternidad, periodo de lactancia, paternidad o adopción Dentro de la LFT se contemplan los derechos de las mujeres trabajadoras. Las prestaciones de ley que tienen son: Según el artículo 170 Durante el periodo de embarazo no realizarán actividades que exijan esfuerzos considerables y que signifiquen un peligro para la gestación o su salud Disfrutarán de un descanso de 6 semanas anteriores y 6 posteriores al parto (a solicitud de la trabajadora con autorización médica). Si el hijo nació con alguna discapacidad o requieran de atención médica, se podrá disfrutar de 8 semanas posteriores al parto Adopción: se podrá gozar de 6 semanas de descanso con goce de sueldo posteriores al día que reciban al menor. Periodo de lactancia: hasta por el término de 6 meses, con dos reposos extraordinarios por día de media hora cada uno o la reducción de una hora de la jornada laboral con previo acuerdo con el patrón   Por otro lado, dentro del artículo 132 de la LFT se establece el permiso por paternidad, ya sea por nacimiento o por adopción. El permiso otorga a los padres 5 días laborales con goce de sueldo. Por su lado, la madre podrá descansar 6 semanas con goce de sueldo en temas de adopción. Prima vacacional La prima vacacional es otra de las prestaciones de ley que debes conocer. Se trata de un ingreso extra que tiene el colaborador para disfrutar de su periodo de vacaciones. Dentro del artículo 80 se establece también la importancia de la prima vacacional: “Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones”. Todos los trabajadores asalariados en México tienen legalmente derecho a una semana de vacaciones pagadas cada año. Esta prestación legal se conoce como vacaciones, y también otorga una gratificación equivalente a un mes de salario o más. Los beneficios legales antes mencionados proporcionan a los trabajadores en México una medida de seguridad económica y protección legal que de otra manera no tendrían Prima dominical Además de prestaciones legales como las vacaciones y la prima vacacional, los trabajadores en México también tienen derecho a prestaciones de ley como la prima dominical. Ésta se refiere a que si un colaborador tiene que trabajar en domingo, la organización que lo contrata deberá pagar como mínimo un 25% adicional al salario de los días normales. La prima dominical está establecida dentro del artículo 71 de la LFT: “En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo. Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.” Prima de antigüedad Otra prestación de ley en México para los trabajadores es la prima de antigüedad. Es una de las prestaciones más conocidas y contempla 6 puntos importantes: Consistirá en el importe de 12 días de salario, por cada año de servicios Para determinar el monto del salario, se estará a lo dispuesto en los artículos 485 y 486;  Se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido 15 años de servicios, por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido;  Para el pago de la prima en los casos de retiro voluntario de los trabajadores, se observarán las normas siguientes:  Si el número de trabajadores que se retire dentro del término de un año no excede del diez por ciento del total de los trabajadores de la empresa o establecimiento, o de los de una categoría determinada, el pago se hará en el momento del retiro. Si el número de trabajadores que se retire excede del diez por ciento, se pagará a los que primeramente se retiren y podrá diferirse para el año siguiente el pago a los trabajadores que excedan de dicho porcentaje. Si el retiro se efectúa al mismo tiempo por un número de trabajadores mayor del porcentaje mencionado, se cubrirá la prima a los que tengan mayor antigüedad y podrá diferirse para el año siguiente el pago de la que corresponda a los restantes trabajadores;  En caso de muerte del trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, la prima que corresponda se pagará a las personas mencionadas en el artículo 501; y  La prima de antigüedad a que se refiere este artículo se cubrirá a los trabajadores o a sus beneficiarios, independientemente de cualquier otra prestación que les corresponda. Vacaciones Además de las prestaciones de ley como la prima dominical y la prima de antigüedad, los trabajadores en México también tienen derecho a sus días de vacaciones. La LFT en su capítulo IV, del artículo 76 al 81 establece la normativa para el otorgamiento de las vacaciones de los trabajadores. Las vacaciones son pagadas, es decir, la empresa paga los días que el colaborador se encuentre disfrutando de ellas. Por ninguna razón, según el artículo 79, las vacaciones podrán ser intercambiadas por una remuneración. Por otro lado, si el trabajador termina la relación laboral antes de cumplir el primer año de servicio, la empresa deberá pagar la remuneración proporcional al tiempo de los servicios prestados. El artículo 81 de la LFT también menciona que los trabajadores podrán disfrutar de sus vacaciones a partir de los 6 meses siguientes del cumplimiento de un año de servicios. Por su lado, el patrón deberá entregar de forma anual una constancia que contenga la antigüedad del colaborador y el periodo de vacaciones que corresponda. A partir de 2023 con la Reforma a la Ley Federal de Trabajo, los trabajadores que cumplan un año de servicios en una organización tendrán derecho a 12 días de vacaciones. Anteriormente eran sólo 6. La misma Reforma también establece que se aumentarán 2 días de vacaciones por cada año subsecuente al año laboral hasta llegar a los 20 días.  Dentro de la misma línea, los trabajadores que tengan 6 años de antigüedad en la organización, aumentarán dos días por cada 5 años de servicio. A marzo del 2023, la actualización no ha sido publicada en el DOF ni la LFT actualizada. Seguridad social La seguridad social es un beneficio que tienen los trabajadores en México. Se contempla dentro de esta prestación de ley servicios de atención médica, incapacidades por riesgos de trabajo y más. Existen dos instituciones estatales que se encargan de ofrecer estos beneficios: IMSS e ISSSTE. Las prestaciones de ley en materia de seguridad social son: Atención médica Cesantía y vejez Enfermedades y maternidad Guarderías y prestaciones sociales Invalidez y vida Riesgos de trabajo Gastos médicos de pensionados Prestaciones de ley por renuncia o despido En caso de dimisión o despido justificado, los empleados en México tienen derecho legalmente a determinadas prestaciones de ley. Estamos hablando de la rescisión de las relaciones de trabajo, ya sea por parte del empleado o por parte del patrón. Hay dos figuras que se conocen y son populares dentro de este tema que son el finiquito y la liquidación. La LFT contempla ambas figuras de la rescisión de las relaciones de trabajo dentro del capítulo IV. El artículo 46 menciona que tanto el trabajador como el patrón podrán rescindir en cualquier momento de la relación de trabajo por una causa justificada, sin incurrir en responsabilidad. El finiquito es el pago que hace la organización a un trabajador cuando la relación laboral se da por terminada. Este pago se hace sin importar la situación que dio por terminada la relación. No importa si es por renuncia o por despido.  La liquidación es una indemnización que recibe el trabajador cuando el patrón tiene la responsabilidad. Está determinado en el artículo 51 de la LFT. Las prestaciones de ley son beneficios que los trabajadores deben recibir de forma obligatoria. Los patrones en México deben estar atentos a cualquier cambio en la legislación y por supuesto, asegurarse de ofrecer en tiempo y forma.   Si tienes alguna duda sobre el cumplimiento de las prestaciones de ley así como de las obligaciones patronales, contáctanos. En Consolidé contamos con más de 27 años de experiencia en el manejo del Recurso Humano.
La seguridad social es un sistema establecido por un gobierno para que su sociedad obtenga protección. La protección está relacionada con servicios de asistencia médica y la garantía de seguridad de ingresos monetarios en situaciones como la vejez, enfermedad, maternidad y más. En México existen dos instituciones primarias que ofrecen los servicios de seguridad social: Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Ambas instituciones administran y velan por los beneficios de los trabajadores que se encuentran afiliados así como sus familiares. ¿Qué es la seguridad social? Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la seguridad social es la  “Protección que una sociedad proporciona a los individuos y a los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del ingreso [...]” Seguridad Social en México La seguridad social en México tuvo sus inicios con la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Aunque en la Carta Magna no se estableció como tal una institución responsable de esa figura, fue un eje clave para la generación de futuras legislaciones que velan por la seguridad de los mexicanos en la actualidad. Después de cambios históricos que presenció la sociedad mexicana, en 1943 el presidente Manuel Ávila Camacho promulgó la Ley del Seguro Social. En ella legislación se establece la creación del IMSS. La finalidad de la Ley del Seguro Social fue garantizar: Derecho a la salud Protección de los medios de subsistencia (enfermedad, invalidez, accidentes de trabajo, maternidad y vejez) Asistencia médica Servicios sociales   Dentro del artículo 2 de la Ley del Seguro Social, se establece la garantía del derecho a la salud: “La asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado". Es importante mencionar que la seguridad social en México es un derecho humano. Fue reconocido en 2011 e incorporado en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, dentro del artículo 123 se establece. Finalidad de la seguridad social La seguridad social es un sistema establecido de prestaciones de derecho público y que cuenta con supervisión estatal. Su finalidad es garantizar el derecho a la asistencia médica, salud así como servicios sociales necesarios para el bienestar de sus afiliados.  El gobierno se compromete a garantizar que las prestaciones de la seguridad social sean accesibles a los afiliados, protegiendo a las personas de la inseguridad financiera en caso de accidente o enfermedad así como en la vejez. Ley del Seguro Social: Elementos más importantes En México, la seguridad social se rige por la Ley del Seguro Social para el IMSS y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, del ISSSTE. En esta sección exploraremos los elementos más importantes de la Ley del Seguro Social que compete a las empresas mexicanas y sus trabajadores. La Ley del Seguro Social establece los procedimientos legales y administrativos para las prestaciones de la seguridad social. Además de obligar a los patrones a realizar sus aportaciones patronales a la seguridad social. La ley también establece una serie de protecciones para los trabajadores y sus familias en caso de enfermedad, incapacidad o muerte.  Sistemas de Seguridad Social Instituciones clave Como se mencionó previamente, en México existen dos instituciones estatales que se encargan de administrar y proporcionar los derechos de seguridad social: IMSS: Creado en 1943 y su asistencia está enfocada en los trabajadores de empresas privadas, trabajadores independientes o personas que se encuentran vinculadas a otras por una relación de trabajo ISSSTE: Entidad enfocada en los trabajadores del estado en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial así como institutos autónomos También, existen otros sistemas que complementan la seguridad social en México: Afores Insabi Infonavit Servicios de seguridad social en México A continuación, te explicaremos los servicios más importantes en México de acuerdo a la Ley de Seguridad Social. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez El IMSS es el instituto encargado de recaudar las aportaciones en materia de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez tanto de los empleados afiliados como de los patrones. La finalidad de este seguro es que cuando el empleado llegue a las semanas cotizadas suficientes y cumpla con los requisitos, pueda pensionarse. El instituto ayuda al empleado a “ahorrar” para su retiro y vejez y en otros casos, para su muerte. Con las aportaciones, el trabajador podrá tener derecho a una pensión, asistencia médica y asignaciones familiares así como ayuda asistencial para cubrir los requisitos que marca la Ley. Riesgos y accidentes de trabajo Además, las prestaciones de la seguridad social en México también incluyen la protección de los afiliados por riesgos y accidentes laborales. Este seguro del IMSS proporciona cobertura médica y económica a los trabajadores que sufran un accidente o enfermedad mientras ejecutan las labores de su trabajo. Enfermedades de trabajo y maternidad El seguro de enfermedades y maternidad brinda atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria necesaria para el trabajador y su familia. Para casos concretos, el IMSS proporciona prestaciones en especie o dinero para: Ayuda para lactancia Subsidios para incapacidades temporales Guarderías y prestaciones sociales Este seguro ofrece a los afiliados así como a sus beneficiarios los servicios de guarderías para sus hijos. El IMSS cuenta con cientos de guarderías a lo largo del país en las que cuida a los niños y ofrece programas de alimentación.  Por otro lado, las prestaciones sociales se enfocan en elevar los niveles de vida de los afiliados mediante distintos programas y servicios. Invalidez y vida Este seguro del IMSS ofrece a los afiliados así como a los pensionados la protección contra riesgos de invalidez y muerte. Esto siempre y cuando no se presenten durante el trabajo o a causa de un riesgo de trabajo. Se ofrece una pensión al afiliado o al pensionado y dependiendo el caso, a sus beneficiarios. Servicios médicos Los servicios médicos se proporcionan a los afiliados de la seguridad social en México. Los servicios médicos incluyen medicina preventiva, atención hospitalaria, rehabilitación y terapia ocupacional. En caso de ser necesario, también cubre el costo de las medicinas. Medicina preventiva Como tal no es un seguro pero sí un beneficio del IMSS para sus afiliados. Proporciona servicios de medicina preventiva para garantizar que los afiliados de la seguridad social se mantengan sanos y sean miembros activos de la sociedad. Ofrece información, programas de esparcimiento y comunicación sobre las mejores prácticas para mantener la salud. Conclusión Los servicios de seguridad social en México están diseñados para proporcionar protección social y asistencia de salud a sus beneficiarios. Existen dos instituciones clave que proporcionan dichos servicios, el IMSS y el ISSSTE. La finalidad de la seguridad social es que los afiliados tengan la garantía del acceso a servicios clave como: asistencia médica, salud, enfermedades, maternidad, retiro y vejez.  Los patrones en México deben estar afiliados al IMSS y realizar sus aportaciones patronales en favor de sus trabajadores.
Toda empresa en México debe cumplir con las cuotas patronales. Los patrones están en obligación de inscribirse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realizar su alta patronal; así como también dar de alta a sus empleados, realizar modificaciones y bajas. ¿Quién hace las aportaciones, cómo se pagan y qué cubren esas cuotas? Acá explicamos todo al detalle, en qué consisten y cómo funcionan. ¿Qué son las cuotas obrero patronales? Las cuotas IMSS e Infonavit o cuotas obrero patronales, son las aportaciones que deben hacer obrero y patrón; para garantizar el acceso a los servicios de seguridad social; atención médica pública, fondos de retiro, cesantía y vejez. Una vez que el empleado tiene el alta ante el IMSS (dentro de los 5 días hábiles siguientes a su inicio de labores), como patrón deberás realizar el pago total ante la entidad.  Las cuotas y porcentajes que aportas por cada empleado varían, pues su cálculo depende de diferentes conceptos y valores. Más adelante lo explicaremos. Por otro lado, de darse un cambio en la contratación del trabajador, como: aumento en salario, tipo de contratación, cambio de jornada u otro, debes de comunicarlo. ¿Qué dice la Ley? Como empleador tienes la obligación legal de determinar y enterar las cuotas patronales. Sumado a la aportación del gobierno federal, es como se financian los servicios de seguridad social que otorga el IMSS a los trabajadores. Así se establece en los artículos 15, fracción III, y 39 de la Ley del Seguro Social (LSS). También establece determinar y enterar las aportaciones del 5% y las amortizaciones retenidas a los empleados por los créditos otorgados por el Infonavit. Y ya que estamos tocando lo establecido en la ley, es bueno recordar que la retención al empleado debe quedar reflejada en los comprobantes fiscales de nómina o listas de raya, (Artículo 38- LSS). Como patrón, estás obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto.  Los pagos se ejecutan de acuerdo a una tabla de valores que determina el porcentaje que debe aportar cada uno. Listado de cuotas patronales Seguro de enfermedad y maternidad. Cubre al trabajador y sus familiares beneficiados. En servicios, el IMSS también puede realizar prestaciones en dinero para gastos como matrimonio, funeral o desempleo; y el seguro de maternidad es efectivo durante y después de un embarazo.  Seguro de riesgo de trabajo. El pago de esta cuota queda por entero en responsabilidad del patrón. De acuerdo a la Ley de Seguro Social, hay 5 primas de riesgo y cada una varía en el porcentaje que se utilizará para el cálculo de la cuota.  Seguro de invalidez y vida. Destinado para los trabajadores que se encuentran incapacitados y no pueden proveer para sí mismos u otros que dependan de ellos. Seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. La cesantía por edad avanzada aplica cuando el empleado pasa de los 60 años y ya no puede cumplir con sus funciones. La jubilación o retiro es el monto vitalicio que adquiere el trabajador al cubrir sus años de labor, variando según la empresa Seguro de guarderías y prestaciones sociales. Destinado para brindar los cuidados necesarios a los hijos de los trabajadores, mientras el padre o la madre labora. ¿Quién las paga? Tanto la empresa como el empleado realizan sus respectivas aportaciones y cálculos. Ahora bien, la acción de pago la realizas tú como patrón, por medio de una referencia o el SIPARE; sean persona física, autónomo, o persona moral. En el caso del aporte del trabajador, quien es el beneficiario, éste debe aparecer en su recibo de nómina por concepto de Seguro Social o IMSS. ¿Cada cuándo se pagan? El pago de las cuotas al seguro aplica por mes vencido y debe de realizarse entre el día 1 y 17 de cada mes. La manera en que se realiza este pago es por medio del SUA (Sistema Único de Autodeterminación), una herramienta que nos ayuda a realizar el cálculo de las cuotas patronales de manera automática y verificada. ¿Cómo calcular las cuotas obrero patronales? Al principio mencionamos que el porcentaje correspondiente por cada empleado varía. Eso se debe a que se deben considerar varios factores para el cálculo, entre ellos: El salario base de cotización del trabajador, SBC. La Unidad de Medida y Actualización, UMA. Los porcentajes fijados dentro de la Ley del Seguro Social de los seguros y prestaciones sociales que se brinden a los empleados. Salario Base de Cotización (SBC)  Es lo que cobra el trabajador en un día. Se incluyen los pagos realizados en efectivo de acuerdo a las horas trabajadas, gratificaciones, alimentación, habitación y comisiones, entre otros. Si el salario del empleado es menor al salario mínimo aplicable, se tomará el valor del salario mínimo como base para el cálculo de la cuota.  Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.281% 3.413% 3.544% 3.676% 3.807% 3.939% 4.070% 4.202% 1.51 a 2.00 UMA 3.575% 4.000% 4.426% 4.851% 5.276% 5.701% 6.126% 6.552% 2.01 a 2.50 UMA 3.751% 4.353% 4.954% 5.556% 6.157% 6.759% 7.360% 7.962% 2.51 a 3.00 UMA 3.869% 4.588% 5.307% 6.026% 6.745% 7.464% 8.183% 8.902% 3.01 a 3.50 UMA 3.953% 4.756% 5.559% 6.361% 7.164% 7.967% 8.770% 9.573% 3.51 a 4.00 UMA 4.016% 4.882% 5.747% 6.613% 7.479% 8.345% 9.211% 10.077% 4.01 UMA en adelante 4.241% 5.331% 6.422% 7.513% 8.603% 9.694% 10.784% 11.875% Por el contrario, si el salario supera la suma de UMA x 25 veces, se tomará éste último valor para el cálculo de la cuota. La fórmula para calcular el SBC es: Salario diario x Factor de Integración. Para obtener el valor del salario diario se divide la suma que el empleado cobra entre la cantidad de días. En el caso del factor de integración, usa la siguiente fórmula: (365 días del año + (Días por vacaciones X 25% de prima vacacional*) + Días de aguinaldo)/365 días del año. Unidad de Medida y Actualización (UMA) Es una cifra que actúa como referente económico en varias actividades. Una de ellas es el de las cuotas patronales, como las que corresponden al Seguro de Enfermedades y Maternidad. El valor UMA también influye en el crédito otorgado por el Infonavit. La UMA para 2024 fue de $108.57 pesos diarios. Hay que esperar a la actualización a partir de febrero de 2025. Porcentajes de acuerdo a la Ley del Seguro Social en seguros y prestaciones De acuerdo al seguro o prestación social, patrón y empleado cubren en partes desiguales las primas (el patrón cubre la mayor parte). Entre los seguros y prestaciones sociales que corresponden a la regulación obligatoria se encuentran los siguientes: Seguro y conceptoPatrón Prestaciones Cuotas Patrón Trabajador Total Base salarial Riesgos de Trabajo En especie y dinero Conforme con su siniestralidad laboral 0.00 % Prima respectiva Salario base de cotización (SBC) Enfermedades y Maternidad En especie Cuota fija por cada empleado hasta por tres veces la UMA vigente 20.40 % 0.00 % 20.40 % UMA2 Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA 1.10 % 0.40 % 1.50 % Diferencia entre el SBC y tres veces la UMA2   Gastos médicos para pensionados y beneficiarios 1.05 % 0.375 % 1.425 % SBC   En dinero 0.70 % 0.25 % 0.95 % SBC Invalidez y Vida En especie y dinero 1.75 % 0.625 % 2.375 % SBC Guarderías y Prestaciones Sociales En especie 1.00 % 0.00 % 1.00 % SBC Infonavit Crédito de vivienda 5.00 % 0.00 % 5.00 % Salario base de aportación   En el caso de la cuota de cesantía y vejez, en el artículo 168 de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación, a partir del 01 de enero de 2023 hay incrementos graduales en el aporte patronal (están citados arriba).  Conclusión Para 2025, el incremento gradual en la cuota patronal que se aplica al Salario Base de Cotización del trabajador tiene un impacto importante en la economía de las empresas. Desde Julio de 1997 hasta diciembre de 2022 el porcentaje patronal de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CEAV) fue de 3.150%.  En Consolidé estamos para apoyarte con tu cálculo de nóminas para que puedas abordar estos cambios de manera oportuna y simple.  Gracias a nuestro servicio de maquila de nómina podrás agilizar la determinación de las cuotas patronales y programarlas mes a mes.
2023 trajo consigo un aumento de las cuotas obrero patronales por concepto de Cesantía y Vejez. Esto significa que los patrones deberán pagar un porcentaje mayor empezando del 3.15% hasta llegar gradualmente a 11.875% para 2030. El decreto entró en vigor el 1ro de enero de 2023. Este aumento de las cuotas obrero patronales se aplicará a todos los empresarios, independientemente de su tamaño o sector de actividad. El porcentaje de las cotizaciones patronales está sujeto a aumentos graduales por año y UMA. ¿Quieres conocer más sobre el incremento de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez? Conoce la actualización de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez En diciembre de 2020 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual en México se adicionan, derogan y reforman disposiciones a la Ley del Seguro Social al igual que a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. El Decreto se dio a conocer como la "Reforma al Sistema de Pensiones". Mediante una disposición transitoria, fue establecida la modificación de los porcentajes que corren por cuenta del patrón en concepto de cuotas obrero patronales. Las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez para 2023 son las siguientes: Salario base de cotización 2023 1.0 SM 3.15% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.28% 1.51 a 2.00 UMA 3.58% 2.01 a 2.50 UMA 3.75% 2.51 a 3.00 UMA 3.87% 3.01 a 3.50 UMA 3.95% 3.51 a 4.00 UMA 4.02% 4.01 UMA en adelante 4.24% Tabla de actualización de cuotas obrero patronales Es importante informar que las aportaciones por parte del trabajador por conceptos de Cesantía y Vejez van a permanecer en 1.125% del SBC. Otro punto importante es que las aportaciones por parte del Gobierno Federal fueron eliminadas el 1ro de enero de 2023 porque se convertirá en una cuota social para los colaboradores que perciban hasta 4 veces la UMA. Otro punto a considerar es que del 1ro de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, el Gobierno Federal otorgará la cuota social para los trabajadores que ganen entre 4.01 a 7.09 UMAS. Dicha cuota será depositada a la cuenta de cada trabajador. La tabla queda así: Salario base de cotización del trabajador Cuota Social De 4.01 a 5.0 UMA $2.45 De 5.01 a 6.0 UMA $1.80 De 6.01 a 7.09 UMA $1.00 A continuación te compartimos la tabla completa de la actualización de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez de 2023 a 2030. Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.28% 3.41% 3.54% 3.68% 3.81% 3.94% 4.07% 4.20% 1.51 a 2.00 UMA 3.58% 4.00% 4.43% 4.85% 5.28% 5.70% 6.13% 6.55% 2.01 a 2.50 UMA 3.75% 4.35% 4.95% 5.56% 6.16% 6.76% 7.36% 7.96% 2.51 a 3.00 UMA 3.87% 4.59% 5.31% 6.03% 6.75% 7.46% 8.18% 8.90% 3.01 a 3.50 UMA 3.95% 4.76% 5.56% 6.36% 7.16% 7.97% 8.77% 9.57% 3.51 a 4.00 UMA 4.02% 4.88% 5.75% 6.61% 7.48% 8.35% 9.21% 10.08% 4.01 UMA en adelante 4.24% 5.33% 6.42% 7.51% 8.60% 9.69% 10.78% 11.88% Reforma a la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro Dentro de la reforma al sistema de pensiones, se incluyeron ajustes en la Ley del Seguro Social y Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Sus cambios sustanciales fueron: Incremento de aportaciones obrero patronales para el retiro de los colaboradores Disminución del número de semanas cotizadas para la obtención de la pensión Incremento al valor de la pensión mínima garantizada Disminución de las comisiones cobradas por las AFORES. El aumento de las cuotas obrero patronales influye en el cálculo de la nómina. Es importante que conozcas su impacto durante este año y los venideros. Tanto tu encargado de nómina como tu departamento encargado deben estar actualizados. Contáctanos para saber cómo podemos ayudarte en el cálculo de tu nómina y así evitar cualquier error.