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Los trabajadores especializados deben estar debidamente identificados en su lugar de trabajo. Recordemos que en temas de subcontratación lo primero es aparecer en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).   El REPSE es un padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Éste, en cumplimiento del artículo 15 de la LFT se encarga de identificar y regular a personas físicas o morales que prestan servicios especializados o labores especializadas a terceros.    Aquellos trabajadores especializados avalados por el REPSE deben cumplir con una serie de acuerdos; también con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT). Su propósito es garantizar el acatamiento a los deberes laborales, aduaneros y fiscales.   Para que estés al día con las más recientes disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Nación te dejamos el siguiente material. Modificación al REPSE El 3 de febrero de 2023, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó un Acuerdo que modifica el mecanismo de inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios u Obras Especializadas (REPSE).   Esta modificación reafirma la importancia de que los trabajadores especializados se encuentren debidamente identificados.   Entre los puntos a destacar están:   Subir a la plataforma oficial del REPSE en formato PDF el último comprobante de nómina; el cual previamente debía realizarse en formato XML. Proporcionar el último comprobante del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) emitido por el IMSS en formato PDF.   Artículo 14 Otra modificación a tener en cuenta es el Artículo 14 de las disposiciones generales del REPSE. En el capítulo IV se agregaron causales para la negación y para la cancelación del registro como prestador de servicios especializados.   Por una parte, se adicionaron dos nuevos supuestos para negar el registro al padrón de servicios especializados. Estos, por competencia de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo, son los siguientes:   El incumplimientos a la LFT en materia de subcontratación. Al respecto, la forma en que un patrón incumpliría es con la subcontratación de personal sin contar con el registro en el padrón. Es decir, que al verificarse la irregularidad ya no se le concedería el aval. Los trabajadores no se encuentran inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); así como irregularidades relacionadas con el salario de los contratados o irregularidades en el contrato de prestación del servicio especializado.   Artículo 8 Con relación al segundo punto, en el Artículo 8 de las disposiciones generales del REPSE, no se prevé que el contribuyente deba proporcionar el contrato de prestación de servicios especializados. Esto porque se trata de una persona que tramitará el registro por primera vez, es decir, es previo a ofrecer o prestar sus servicios.   Por otro lado, hay cuatro supuestos que conllevan la cancelación del registro y son los siguientes:   Los dos puntos mencionados en causales para negación. Los datos o documentos aportados durante las visitas de verificación son diferentes o imprecisos; con respecto a los ingresados en la plataforma. Se detecta información falsa o documentos cuya autoría está errada o es falsa.   Capítulo III Bis   En la adición del Capítulo III Bis “De la vigilancia en materia del Registro”, se señala que las inspecciones estarán a cargo de la Unidad de Trabajo Digno; por conducto de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo.   Por tanto, los inspectores podrán solicitar a las personas inscritas en el REPSE soportes que avalen el cumplimiento de la normativa vigente. De advertir un posible incumplimiento, la STPS notifica a la persona física o moral; quien tiene cinco días hábiles para resolver lo conducente.   Otro punto a tener en cuenta es que los registrados en el padֶrón podrán solicitar la cancelación de su registro. Para ello, deberán exponer y justificar a la STPS la razón de ello.   Asimismo, por medio de la plataforma REPSE se podrá presentar una solicitud para modificar o actualizar las actividades inscritas. También agregar nuevas actividades, acordes al objeto social (en caso de personas morales) o de la constancia de situación fiscal (en caso de personas físicas).   La respuesta de la STPS deberá darse dentro de 20 días hábiles, posteriores a la recepción. En caso de no recibir la notificación correspondiente, se procederá acorde al Artículo 15 de la LFT. Inspecciones a los trabajadores especializados En las disposiciones generales del REPSE, se establece que los Inspectores del Trabajo deberán verificar que los trabajadores especializados se encuentren debidamente identificados.   En ese sentido, quien contrata y recibe el servicio, debe asegurarse que los trabajadores del proveedor se encuentren debidamente identificados. ¿Qué debe hacer tu proveedor de servicios especializados? Se recomienda que los beneficiarios de servicios de subcontratación implementen el uso de un distintivo; en concordancia con lo señalado en el Artículo 17 de las Disposiciones del REPSE.   El uso de carnet, gafetes o códigos de identidad es una forma simple de evidenciar el vínculo del trabajador con el proveedor.   De acuerdo con las disposiciones en materia del REPSE, las autoridades pueden sancionar al prestador del servicio, hasta con la cancelación de su registro. Como resultado, el servicio prestado no sería deducible para el prestatario. ¿Qué son los servicios especializados? El término “servicios especializados” surgió como consecuencia de la mala interpretación y aplicación de la subcontratación. Conforme a lo establecido en el artículo 12 de la LFT, los servicios especializados son aquellos que no forman parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante de la empresa contratante.    En consecuencia, desde que entró en vigencia la reforma a la Ley Federal del Trabajo, la subcontratación laboral es legal bajo la figura de servicio especializado u obra especializada.   Para que la relación laboral sea legítima, quienes prestan este tipo de servicios, deben aparecer en el padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). En ese sentido el REPSE es obligatorio para operar.  Conclusión Luego de la reforma laboral, los trabajadores especializados deben estar al tanto de las novedades relacionadas a la obtención y validación del REPSE.   Como hemos abordado hoy, desde febrero de 2023 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer varias disposiciones para la vigilancia del cumplimiento en términos del REPSE y otras adiciones.   Tales disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) corresponden al “Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer las Disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo”. Consolidé te brinda la tranquilidad de estar apegado a todas las normativas vigentes, gracias al trabajo de su equipo de especialistas en materia fiscal y financiera, administración de nómina y payrolling. Contáctanos.
Las Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas deben cumplir con algunos requisitos para evitar incurrir en multas REPSE. A partir de la Reforma de outsourcing, tanto contratistas como contratantes han de cuidar los términos de su relación laboral, ya que existen parámetros legales que prohíben la subcontratación.   Tendrás claridad del tema una vez termines de leer este interesante contenido preparado para ti. Prohibición de la subcontratación en México Desde el 1 de septiembre de 2021 entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), con la que se prohíbe la subcontratación laboral. Es decir, de acuerdo a lo expuesto en el artículo 12, una empresa no puede dejar a disposición sus trabajadores en beneficio de otra.   Sin embargo, en términos de servicios especializados hay total libertad de establecer una relación laboral. Para ello, los servicios no deben formar parte del objeto social ni de la actividad económica principal de la empresa contratante. Lo aclara el artículo 13 de la LFT.    Se incluye en esa licencia la ejecución de obras especializadas, lo fundamental siempre será que no forme parte de la actividad económica preponderante del contratante   Ahora bien, para que la contratación esté apegada a la ley, el contratista debe estar inscrito en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). Es el primer paso para evitar multas REPSE. Claves del registro de proveedores REPSE El REPSE se realiza por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y debe incluirse en cada contrato que el contratista ejecute.  Es un trámite que debe renovarse cada 3 años.  Al obtener el registro deberá hacerse público en un portal web la inscripción en el padrón.   Otros puntos claves a tomar en cuenta:   El límite máximo de Participación de los Trabajadores en las Utilidades es de 3 meses de salario o al promedio de los últimos 3 años. Se homologan los criterios del Código Fiscal, de la Ley de ISR y la del IVA con la Ley Federal del Trabajo para evitar simulación y defraudación fiscal. Derogación de la retención del 6% de IVA en subcontratación. Para ello la empresa contratante debe tener copia del registro de la empresa contratista ante la STPS; así como de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios; recibo bancario del pago de retenciones de ISLR; pago de cuotas al IMSS y aportaciones al Infonavit.  ¿Qué debe revisar la empresa contratante? Ante los nuevos criterios para la subcontratación de servicios u obras especializadas, es importante que la empresa contratante verifique lo siguiente:    La contratista debe estar inscrita en el REPSE. Si es el caso, comprueba que esté vigente, ya que es un trámite que se renueva cada tres años. Para corroborar si tu proveedor está en el padrón de servicios especializados, busca en el catálogo de registros REPSE por medio de su RFC o razón social. Para formalizar la subcontratación debe celebrarse un contrato. Éste debe detallar el alcance de la prestación de los servicios especializados o las obras a ejecutar; así como las obligaciones de ambas partes. También debe indicar el número aproximado de trabajadores que participarán.  Ha de utilizar los sistemas electrónicos desarrollados por el IMSS e Infonavit para transmitir los datos de los contratos. A saber, son: la Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE) y el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB), respectivamente. Corrobora que los servicios a contratar no tienen impedimentos, de acuerdo con el objeto social de su empresa como contratante de estos servicios. La contratista debe proporcionar copias de (i) los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura Electrónica (CFDI) de los colaboradores; (ii) de los recibos de pago expedidos por institución bancaria, por la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a esos trabajadores; (iii) del pago de las cuotas obrero-patronales al IMSS, y (iv) del pago de las aportaciones al Infonavit. Verifica que el contratista esté al corriente en sus obligaciones laborales y de seguridad social. Multas REPSE por incumplimiento Para el proveedor REPSE Aquellas personas que presten servicios de subcontratación de servicios especializados sin contar con el registro ante la STPS serán objeto de multa por 2 mil a 50 mil UMAs (Unidades de Medida y Actualización).    También se les aplicará limitación de deducción y de acreditamiento de impuestos de pagos realizados.   Aparte, las facturas que se emitan por servicios de subcontratación no tendrán validez; lo que conlleva un problema para el cliente, ya que no tendrá manera de comprobar ese gasto y su posterior deducción.   Si el proveedor no cumple con la entrega de información y documentación exigida en las leyes del ISR e IVA, será multado por un monto de 150 mil pesos mexicanos a 300 mil pesos mexicanos. Para la empresa contratante Al igual que con la empresa contratista, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece en los artículos 14 y 15 que las empresas que no cumplan con lo establecido serán acreedoras a una multa de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA 2022).   Por otra parte, en caso de que el patrón no permita la inspección y vigilancia que ordenen las autoridades de trabajo, se podrá imponer una multa de 250 a 5000 UMAs.   La empresa contratante será la responsable de responder frente a los trabajadores en caso de incumplimiento en materia de seguridad social; tal es el caso de la inscripción en el IMSS, pago de cuotas obrero - patronales, retenciones, entre otras.   Asimismo, será responsable solidaria en materia de la Ley del Infonavit. Conclusión La contratación de servicios especializados resulta muy útil e incluso necesaria para atender necesidades puntuales de las empresas. Al ser actividades que no forman parte de la actividad principal de la organización, se entiende que tener personal propio para ello es un despropósito en muchas ocasiones.   Por consiguiente, delegar actividades no fundamentales de la empresa permite mantener el talento interno enfocado en los objetivos comerciales del negocio.    Desde Consolidé te recomendamos estudiar bien a quienes serán tus proveedores de servicio. Es importante revisar no sólo que estén inscritos ante el padrón. También comprobar todos los puntos que hemos explicado hoy y atender a los parámetros establecidos en la LFT.    Si requieres soluciones de maquila de nómina, reclutamiento de persona o la asesoría de expertos, en Consolidé cuentas con todo lo que necesitas. Contáctanos.
El pasado 20 de abril de 2021, el Senado de la República aprobó la Reforma Laboral en Materia de Subcontratación Laboral. Con esta reforma como bien sabes, se prohibió la subcontratación o outsourcing. Las empresas que anteriormente ofrecían servicios similares a los mencionados, tuvieron la oportunidad de registrarse en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE). Entonces, ¿cómo revisar proveedores REPSE?   Si una persona física o moral ofrece servicios que no forman parte de su actividad principal y no están registrados ante el REPSE, pueden ser multadas. De igual forma, la empresa contratante puede ser multada. Es por eso que es muy importante que como contratante, conozcas cómo revisar proveedores REPSE y evitar multas. Repasemos la Reforma de Subcontratación   El 20 de abril fue aprobada la Reforma Laboral en Materia de Subcontratación Laboral. El 23 de ese mismo mes, dicha Reforma fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación. A partir de ese día, en México fue prohibida la subcontratación para dar entrada a la contratación de proyectos o servicios especializados.  El proceso de transición de outsourcing a servicios especializados fue de tres meses para aquellos patrones de empresas de subcontratación laboral. Dichas empresas debían regularizarse bajo la nueva Reforma. Los patrones debían contratar directamente a sus colaboradores o transferir como propios a los colaboradores que representaban. Por el otro lado, las empresas que ofrecían servicios de outsourcing y quisieran seguir ofreciendo la nueva figura de servicios especializados u obras especializadas, debían de registrarse ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Servicios especializados Los servicios especializados son una externalización de procesos y recursos de una organización hacia un proveedor externo siempre y cuando dichos servicios no estén enfocados en la actividad principal de la organización contratante. De hecho, en la Ley Federal del Trabajo en su artículo 15 se explica a más detalle la subcontratación:   ​​Las personas físicas o morales que proporcionen los servicios de subcontratación, deberán contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Para obtener el registro deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.  El registro a que hace mención este artículo deberá ser renovado cada tres años.    La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá pronunciarse respecto de la solicitud de registro dentro de los veinte días posteriores a la recepción de la misma, de no hacerlo, los solicitantes podrán requerirla para que dicte la resolución correspondiente, dentro de los tres días siguientes a la presentación del requerimiento. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la resolución, se tendrá por efectuado el registro para los efectos legales a que dé lugar.  La Secretaría del Trabajo y Previsión Social negará o cancelará en cualquier tiempo el registro de aquellas personas físicas o morales que no cumplan con los requisitos previstos por esta Ley.   Las personas físicas o morales que obtengan el registro a que se refiere este artículo quedarán inscritas en un padrón, que deberá ser público y estar disponible en un portal de Internet. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social expedirá las disposiciones de carácter general que determinen los procedimientos relativos al registro a que se refiere este artículo.   SAT, INFONAVIT, STPS, IMSS En una organización, la subcontratación de servicios especializados puede darse de distintas formas: servicios de limpieza, comedores industriales, contratistas, asesorías y certificaciones, logística, salud ocupacional, jardinería, agencias o productoras de video, empresas de tecnología y más.    Pero existen servicios especializados de proveedores REPSE muy buscados por las organizaciones como la administración y gestión del Capital Humano ante instituciones como el IMSS, INFONAVIT, STPS y SAT. Para este tipo de servicios, las empresas pueden aprovechar la experiencia de aliados estratégicos como Consolidé en procesos como: Maquila de nómina Cumplimiento y pago de impuestos Reclutamiento y selección de personal Gestiones ante el IMSS e INFONAVIT Asesoría y soporte en temas laborales, legales, financieros, seguridad social y fiscales Asegúrate de que sin importar el servicio especializado que estés buscando, tu proveedor REPSE esté registrado ante las autoridades. Veamos cómo saberlo y sobre todo, cuáles serían las consecuencias de trabajar con un proveedor REPSE no registrado. ¿Cómo revisar que un proveedor está registrado ante el REPSE? Como ya lo mencionamos anteriormente, antes de contratar cualquier servicio especializado, debes asegurarte de que tu proveedor esté registrado ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas. Éste es emitido por la STPS. Las empresas que ofrecen servicios especializados deberán contar con una constancia ante el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas de la STPS, la constancia contiene: Número de registro Actividad registrada Inscripción en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas Vigencia de la constancia de 3 años   Dentro de la LFT en su artículo 15 se dicta que las empresas que ofrecen estos servicios especializados deben contar con su registro. Por su parte, la empresa contratante de los servicios especializados deberá de verificar que su proveedor efectivamente esté registrado ante el padrón del REPSE y que le proporcione: Comprobantes de pagos fiscales del pago de salario de los colaboradores Recibo de pago expedido por instituciones bancarias por la declaración de entero de las retenciones de impuestos Pago de las cuotas obrero patronales ante el IMSS e INFONAVIT   Lo anterior según la Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 27, fracción V:   [...] Tratándose de la prestación de servicios especializados o de la ejecución de obras especializadas a que se refiere el artículo 15-D, tercer párrafo del Código Fiscal de la Federación, el contratante deberá verificar cuando se efectúe el pago de la contraprestación por el servicio recibido, que el contratista cuente con el registro a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, asimismo, deberá obtener del contratista copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores con los que le hayan proporcionado el servicio o ejecutado la obra correspondiente, del recibo de pago expedido por institución bancaria por la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a dichos trabajadores, del pago de las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social, así como del pago de las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. El contratista estará obligado a entregar al contratante los comprobantes y la información a que se refiere este párrafo.   Otro punto importante es que las empresas que ofrecen servicios especializados y estén registradas ante el REPSE también deben presentar sus declaraciones cuatrimestrales ante el IMSS e INFONAVIT mediante los sistemas ICSOE y SISUB. ¿Cuáles son las multas por incumplimiento? Según la Ley Federal del Trabajo dentro de sus artículos 14 y 15, los proveedores que no estén registrados ante el REPSE pueden ser acreedores a multas como: 2000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA)   Por otro lado, la autoridad tiene el derecho de invalidar las facturas emitidas por los servicios de los proveedores REPSE y por ende, la organización no podrá comprobar su gasto.   Otra consecuencia es que las autoridades fiscales y de trabajo podrán pedir una revisión de los comprobantes fiscales y se podría dar lugar a una sospecha de operaciones simuladas. Finalmente, si la empresa contratante hace negocios con una empresa no registrada ante el REPSE, la primera puede ser considerada como una entidad que deduce operaciones simuladas.    Evita problemas en tu organización y acércate a aliados estratégicos con años de experiencia y cumplimiento de sus obligaciones ante las autoridades.
El Senado de la República aprobó el pasado 20 de abril de 2021 la Reforma Laboral en Materia de Subcontratación Laboral, dando por oficial sus aplicaciones el 23 de abril, cuando fue publicada la resolución en el Diario Oficial de la Federación. Con esto, oficialmente en México quedó prohibida la figura de subcontratación u outsourcing para dar la bienvenida a la figura de subcontratación de servicios especializados. Aunque existen numerosos cambios en distintos códigos y leyes, surgió el nacimiento de figuras que debes conocer como el REPSE, ICSOE y SISUB. Aquellas empresas que sean prestadoras de servicios especializados deberán estar bajo el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas así como presentar declaraciones cuatrimestrales ante el IMSS e INFONAVIT mediante los sistemas ICSOE y SISUB, respectivamente. En este artículo navegaremos sobre los antecedentes de la Reforma, la figura de subcontratación laboral y cómo debe ser el registro del REPSE, realizar las declaraciones cuatrimestrales ante la ICSOE y el SISUB así como los aspectos más relevantes. Antecedentes A partir del 1ro de septiembre de 2022, la figura legal de outsourcing o subcontratación laboral quedó eliminada en el país. Por lo que las empresas debieron contratar directamente a sus colaboradores sin la figura de un tercero y por ende, asegurarse que sus aportaciones fueran equivalentes al sueldo que estaban percibiendo. La única figura de subcontratación de servicios especializados o subcontratación que es legal en México es aquella que “no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público”. Finalmente, todas las empresas que quisieron seguir ofreciendo la subcontratación de servicios especializados debieron de haberse registrado ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Esto bajo el registro de prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE).   ¿Qué es el REPSE? El REPSE o Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas es una plataforma habilitada a raíz de la Reforma de Subcontratación por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Esto acorde a la modificación del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo. Dicho artículo establece que personas físicas o morales que ofrezcan servicios especializados o ejecuten obras especializadas deberán de contar con el registro ante la STPS. El mismo artículo 15 establece que la STPS tiene la obligación de publicar en el portal del REPSE el padrón de las personas físicas y morales que obtengan dicho registro. Dicho portal se llama Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas. ¿Qué son los servicios especializados? Los servicios especializados son aquellos que se brindan a clientes pero que no forman parte de la actividad principal de éstos. La STPS habilitó el sitio oficial del REPSE en el cual se puede consultar el catálogo de los servicios especializados dentro del Padrón Público de Contratistas. Ejemplos de servicios especializados son: Empresas de limpieza Empresas de comedores industriales Contratistas Casas de asesoría y certificaciones que tengan que certificar cualquier servicio o producto dentro de las instalaciones del cliente Capacitaciones presenciales en instalaciones del cliente Empresas de logística Empresas de salud ocupacional Empresas de control de calidad Empresas de jardinería Empresas de mantenimiento Empresas de mantenimiento industrial Agencias de diseño, marketing o productoras de video que realicen sus actividades dentro de las instalaciones del cliente Empresas de Tecnologías de la información que ofrezcan sus servicios o capaciten a los colaboradores de su cliente, dentro de las instalaciones Empresas de reparación   ¿Por qué tener REPSE? Ante el cambio de la legislación, toda empresa que ofrezca servicios dentro de las instalaciones de sus clientes o que no formen dichos servicios parte de la actividad principal, están obligadas a registrarse ante el REPSE. Esto para estar dentro de los términos del cambio de la legislación. El plazo para el registro ante el REPSE para seguir manteniendo los beneficios fiscales fue en septiembre de 2021 y más de 71 mil empresas terminaron dicho proceso. El registro sigue en funcionamiento. Otro punto importante es que tus clientes te tendrán que solicitar tu registro, en caso de no contar con el mismo y ambas partes siguen sus interacciones comerciales, la autoridad puede multarlos a ambos. ¿Cómo saber si debo registrarme en el REPSE? Es muy sencillo, si tienes una empresa que ofrece servicios dentro de las instalaciones de tu cliente o proveedor, debes registrarte ante el REPSE. Esto por la sencilla razón de no formar parte de la actividad principal de tu cliente. ¿Qué sucede si no se está inscrito en REPSE? Si eres una persona física o moral que ofrece servicios a sus clientes que no forman parte de su actividad principal, la autoridad puede nulificar las facturas remitidas entre ambas partes así como también dictaminar defraudación fiscal y finalmente, multas en UMA. Es por eso que los clientes tienen la obligación de exigir el registro REPSE. En caso de no tenerlo, la autoridad puede considerar el servicio proveído como “servicio de subcontratación”. Éste ya es considerado un acto delictivo y estarías incumpliendo con la Ley. Es por ello que la autoridad puede hacer inspecciones de cumplimiento del REPSE. Las primeras fueron realizadas a partir del 11 de octubre de 2021 y a partir de esa fecha, la autoridad podrá hacer inspecciones estratégicas.   Procedimiento para el registro REPSE A continuación te compartimos el proceso para el registro ante el REPSE, recuerda que es importante contar con la asesoría y acompañamiento de un aliado estratégico como Consolidé: Entrar a la página oficial de REPSE Accede mediante la e.firma del negocio El sistema hará una revisión automática para verificar que la persona física o moral está cumpliendo con las obligaciones fiscales y de seguridad social ante el IMSS, SAT e INFONAVIT En caso de que no esté activo el servicio de consulta, el sistema solicitará que se suba en PDF las opiniones positivas de cumplimiento de las 3 instituciones En caso de resultar todas las respuestas positivas podrás avanzar a la siguiente fase En caso de que al menos una respuesta sea negativa, el sistema informará que su trámite de registro está terminado y tendrás que solventar el pago pendiente con la institución correspondiente El sistema le solicitará datos generales de: Representante legal Datos del acta constitutiva Constancia de situación fiscal y del notario o corredor público Después deberás indicar el nivel y categoría de riesgo de acuerdo al "Catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el seguro de riesgos de trabajo” del IMSS El sistema solicitará que se transcriba literalmente la actividad que desea registrar de acuerdo a la constancia de situación fiscal para el caso de las personas físicas, y por lo que hace a las personas morales deberán de transcribir de manera literal el objeto social Después subirás escaneada la hoja o las páginas de la constancia de situación fiscal donde aparecen las actividades que desea registrar o el acta constitutiva en donde aparece el objeto social, resaltando en ellas las actividades que desea registrar. Después deberás capturar la actividad o las actividades que desea registrar, las cuales deberán de formar parte de su constancia de situación fiscal u objeto social. Deberá escribirlas de manera literal tal y como aparecen en su constancia de situación fiscal o en su objeto social. Adicionalmente deberás indicar en qué categoría del catálogo anexo que se desplegará se engloba cada una de las actividades solicitadas.  Después deberás requisitar un cuestionario por cada una de las actividades de las que hayas solicitado el registro. Una vez concluida la requisición del cuestionario o los cuestionarios, el sistema le solicitará que suba en PDF: Identificación Oficial Vigente de la persona física o representante legal Poder Notarial Acta Constitutiva o Constancia de Situación Fiscal Constancia de Inscripción en el RFC Registro (s) Patronal (es) ante el IMSS Comprobante de Domicilio (Luz, Predial, Teléfono) Comprobante de la nómina en formato XML   Una vez requisitada y realizada la carga de la información y la documentación, la Plataforma le asignará un número de folio con el que el solicitante podrá dar seguimiento al registro.   Después de realizar estos pasos, la STPS tendrá 20 días hábiles para pronunciarse al respecto de tu solicitud, esto bajo la misma plataforma. La STPS hará un análisis de la documentación y verificará el cumplimiento de los requisitos. Después se emitirá el aviso de registro que corresponda al número de folio que se dio por cada actividad del objeto social o constancia de situación fiscal registrada. Con tu registro, cada cuatro meses deberás presentar tu declaración ante la ICSOE ¿Qué es el ICSOE? Una vez que la persona moral o física tenga su registro REPSE, tendrán que reportar ante el IMSS toda la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados u obras especializadas. Estos reportes se hacen sobre la herramienta llamada Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializadas (ICSOE). El objetivo principal de la ICSOE es facilitar el cumplimiento de las obligaciones periódicas ante el IMSS sobre la información de los contratos realizados, de forma cuatrimestral.   ¿Quienes están obligados a presentar la declaración o informes cuatrimestrales ante la ICSOE? Las personas físicas o morales que tengan registro REPSE están obligados a presentar la informativa de los contratos celebrados ante la ICSOE.   ¿Qué tipo de declaraciones se pueden presentar ante la ICSOE? Se podrán presentar dos tipos de declaratorias: Con información: si tienes contratos de servicio vigentes Sin información: en caso de no contar con contratos vigentes   ¿Qué sucede si no se presenta la informativa de los contratos? La organización puede ser sancionada por el IMSS con una multa de 500 a 2000 UMAs de acuerdo a lo establecido en el artículo 304 D de la Ley del Seguro Social en relación con el artículo 304 B. ¿Cuándo se deben presentar los informes cuatrimestrales? Las empresas registradas ante el REPSE tendrán que presentar sus informes de forma cuatrimestral a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre. En caso de que el día 17 caiga en un día inhábil, se prorrogará el plazo para presentar el informe el siguiente día hábil.   Cuatrimestre Límite para presentar el informe ante el ICSOE Enero-Abril 17 de Mayo Mayo-Agosto 17 de Septiembre Septiembre-Diciembre 17 de Enero   ¿Qué información se necesita para subir el informe cuatrimestral al ICSOE? Toma en consideración lo siguiente: Información del contratante y contratista Nombre Denominación o razón social RFC Domicilio social o convencional Correo electrónico Teléfono Información del contrato Objeto del contrato Periodo de vigencia Información de los trabajadores Número de seguridad social CURP Salario base de cotización Documentos a adjuntar Copia del registro REPSE   ¿Cómo ingresar al ICSOE? A continuación te compartimos una guía para acceder al ICSOE: Ingresa al IMSS Selecciona el apartado de Patrones o Empresas Elige la opción cumplimiento de obligaciones fiscales Elige la opción ICSOE Elige cualquiera de las dos opciones de acceso Usuario contratista: ingresa con e.firma (nunca la del representante legal) Usuario capturista: ingresa con el CURP y contraseña de la persona designada por el contratista   Para realizar el registro y alta del contratista, ingresa aquí. Ahí podrás encontrar el ingreso del contratista, registro de datos generales y alta de usuarios.   ¿Qué es el SISUB? El SISUB o Sistema de Información de Subcontratación es el medio electrónico que permite a los patrones registrados ante el REPSE, cumplir con lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.. Mediante el SISUB, las empresas podrán presentar informes cuatrimestrales ante esta institución o en su caso, solicitar el REPSE a otras empresas.  El artículo 29 Bis menciona:   “Las personas físicas o morales que se encuentren registradas en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo para llevar a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos, deberán proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate”.   El objetivo principal del SISUB es facilitar el envío de la información de los contratos celebrados con los trabajadores que estuvieron vinculados a dichos contratos durante el periodo que reporta.  ¿Qué se necesita para dar cumplimiento a la informativa ante el SISUB? Estar registrado en el Portal Empresarial REPSE en formato pdf Escritura constitutiva y modificaciones en pdf RFC Envío de formatos preestablecidos que puedes descargar en Material Relacionado Layout detalle contrato Layout detalle trabajadores Layout información sujeto obligado   ¿Qué información se debe presentar ante el SISUB? En relación al artículo 29 Bis de la Ley del INFONAVIT, se menciona que la información deberá contener: Datos generales RFC Registro Patronal ante el IMSS Objeto y vigencia de los contratos Número de trabajadores Categoría de los trabajadores Contratos de servicio Montos de las aportaciones y amortizaciones Información de los trabajadores Determinación del salario base de aportación Copia simple del registro REPSE   ¿Cómo ingresar al SISUB? Entra al Portal Empresarial Si ingresas por primera vez, elige la opción CREAR CUENTA El sistema solicitará:  Número de Registro Patronal Correo electrónico registrado con el NRP Contraseña generada al momento del registro   Podrás consultar la guía de usuario para ingresar al SISUB. ¿Quiénes están obligados a presentar la declaración ante el SISUB? Cualquier persona física o moral que ejecute servicios especializados u obras especializadas registradas ante el REPSE. En el momento que la STPS valide el registro, la persona física o moral está obligada a presentar la declaración de los contratos ante el INFONAVIT y SISUB. Informes cuatrimestrales ¿Cuándo se deben presentar? Al igual que las declaraciones ante la ICSOE, las personas físicas y morales deben presentar de forma cuatrimestral la información de los contratos celebrados durante el periodo. Tienen hasta el día 17 hábil de los meses de enero, mayo y septiembre. En caso de caer en un día inhábil, se pasará al siguiente día hábil la prórroga.   Cuatrimestre Límite para presentar el informe ante el SISUB Enero-Abril 17 de Mayo Mayo-Agosto 17 de Septiembre Septiembre-Diciembre 17 de Enero   Preguntas más frecuentes en relación al REPSE, ICSOE y SISUB ¿Quiénes pueden acceder al SISUB? Todas las empresas que están registradas en el REPSE. ¿Quiénes pueden acceder al ICSOE? Todas las empresas que están registradas en el REPSE. ¿Cuántas declaraciones se pueden cargar al INFONAVIT? La información declarada debe ser del total de los contratos por subcontratación de servicios especializados activos en el cuatrimestre. ¿Qué sucede si tengo más de un registro patronal? Se enviará un solo conjunto de archivos a través del registro patronal identificado en el Portal Empresarial y se deberá declarar en estos archivos la información de todos los trabajadores que durante el cuatrimestre prestaron servicios. Conclusión Personas físicas o morales que se dediquen a dar servicios especializados dentro de las instalaciones de sus clientes y que sus servicios no formen parte de la actividad principal, deben registrarse ante el REPSE. En caso de ofrecer este tipo de servicios y no estar registrado ante el REPSE, se considera como una actividad fuera de la Ley. Las empresas registradas ante el REPSE deben de subir sus informes cuatrimestrales sobre los contratos realizados durante el periodo ante dos sistemas o herramientas. Para el IMSS es la ICSOE, ante el INFONAVIT es el SISUB. Es importante que estés alineado en términos legales ante las autoridades y presentar en tiempo y forma tus informes. En Consolidé podemos asesorarte para que enfoques a tus equipos en las actividades primordiales.