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Con el objetivo de cumplir con las regulaciones en materia de Subcontratación Laboral, en 2021 la STPS implementó el REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas). A la par, se llevó a cabo una reforma a la LFT y acorde a la legislación, el registro debe renovarse cada 3 años. Por lo anterior, los proveedores registrados desde el lanzamiento deben poner atención a la fecha y proceso de su renovación REPSE. ¿Cuál es el procedimiento? ¿Cuáles son las fechas? En este artículo te explicaremos todo lo que necesitas saber para la renovación REPSE.  Actualización en el Diario Oficial de la Federación El pasado 21 de febrero de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo que hace referencia al artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Mediante esta publicación se modificaron las disposiciones de carácter general para las REPSE.  Entre las modificaciones se encuentran: Los 3 años de vigencia del registro REPSE son contados a partir de la fecha en la que las personas físicas o morales hayan quedado inscritas, sin importar que hayan realizado una actualización o modificación en su registro La renovación del registro deberá tramitarse en un plazo de 3 meses anteriores a la fecha en que concluya la vigencia de su registro El proceso de renovación REPSE se deberá hacer en la plataforma, de conformidad al segundo párrafo del artículo 15 de la LFT, dentro del periodo señalado por la STPS (los 3 meses previos al término del primer registro).  En caso de no realizarlo durante el periodo indicado, se cancelará el registro  Realizadas las solicitudes de renovación, éstas deberán de ser resueltas por la STPS en un plazo de 20 días. Los 20 días son contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud Para las personas físicas o morales que hayan visto su registro cancelado debido a una baja dentro del Padrón y que las mismas hayan realizado un nuevo proceso de registro, su vigencia de 3 años se contará a partir de la nueva inscripción al REPSE Desde la fecha en la cual se realizó la solicitud de registro o renovación, las personas físicas o morales deberán de estar al corriente con sus obligaciones fiscales ante el SAT y de seguridad social, ante el IMSS y el INFONAVIT. Durante la renovación del registro, las personas físicas y morales que ya están inscritas en el padrón deberán indicar con precisión el servicio que desean prestar o tipo de obra a ejecutar La constancia de situación fiscal deberá indicar el tipo de servicio u obra especializada de las personas físicas que deseen registrarse Quedó eliminada la necesidad de acreditar a la STPS el carácter especializado. Pero se establece como requisito señalar con precisión la especialización del servicio Quedó eliminada la facultad de la STPS de cancelar el registro por no acreditar la especialización del servicio a proporcionar (debido a la inconstitucionalidad derivada de la declaratoria de la SCJN) Vigencia del REPSE Recordemos que la vigencia del registro de las prestadoras de servicios u obras especializadas es de tres años e inicia a partir de su inscripción.   Procedimiento para la renovación REPSE A continuación te compartimos las fechas de renovación (acorde a la inscripción) y procedimiento para realizar la renovación: Entra a la plataforma REPSE Reúne los datos e información que pide la plataforma Indica la actividad o actividades que deseas registrar en el padrón Indica el servicio especializado u tipo de obra especializada que deseas ejecutar Comprueba que la documentación e información esté conforme a los requisitos de la plataforma en relación a: Activos Capacitaciones Capital Social Certificaciones Equipamiento Experiencia Maquinaria Permisos o Licencias que regulan la actividad Nivel de Riesgo Rango salarial promedio Tecnología Valida que los servicios u obras especializadas que deseas registrar estén contempladas dentro de tu objeto social para personas morales. Para personas físicas que esté dentro de su constancia de situación fiscal Terminado el proceso, la plataforma te asignará un número de folio de ingresos para dar seguimiento a la renovación Recibirás la respuesta en 20 días hábiles Se revisará la documentación, cumplimiento de requisitos y requerimientos, se enviará aviso correspondiente ¿Cómo puedo saber la vigencia de mi registro REPSE? La publicación de modificaciones de las disposiciones al artículo 15 de la LFT en el DOF también vino acompañada de una tabla de fechas. Con la siguiente tabla podrás revisar los meses de renovación REPSE acorde al año y mes de otorgamiento: Año de Registro REPSEMes de otorgamiento de RegistroMes de renovación de Registro2021JunioDe marzo a mayo de 2024JulioDe abril a junio de 2024AgostoDe mayo a julio de 2024SeptiembreDe junio a agosto de 2024OctubreDe julio a septiembre de 2024NoviembreDe agosto a octubre de 2024DiciembreDe septiembre a noviembre de 20242022EneroDe octubre a diciembre de 2024FebreroDe noviembre de 2024 a enero de 2025MarzoDe diciembre de 2024 a febrero de 2025AbrilDe enero a marzo de 2025MayoDe febrero a abril de 2025JunioDe marzo a mayo de 2025JulioDe abril a junio de 2025AgostoDe mayo a julio de 2025SeptiembreDe junio a agosto de 2025OctubreDe julio a septiembre de 2025NoviembreDe agosto a octubre de 2025DiciembreDe septiembre a noviembre de 20252023EneroDe octubre a diciembre de 2025FebreroDe noviembre de 2025 a enero de 2026MarzoDe diciembre de 2025 a febrero de 2026AbrilDe enero a marzo de 2026MayoDe febrero a abril de 2026JunioDe marzo a mayo de 2026JulioDe abril a junio de 2026AgostoDe mayo a julio de 2026SeptiembreDe junio a agosto de 2026OctubreDe julio a septiembre de 2026NoviembreDe agosto a octubre de 2026DiciembreDe septiembre a noviembre de 2026 ¿Qué hacer en caso de la cancelación del REPSE? La STPS tiene la autoridad de cancelar el registro o negar el aviso de registro por las siguientes razones: Prestar servicios u obras especializadas no registradas en el padrón Adeudos por créditos firmes derivados de no cumplir con las obligaciones fiscales, de seguridad social ante el INFONAVIT, IMSS y SAT Incumplir la LFT Dejar de cumplir con los requisitos o requerimientos que sirvieron de base para el otorgamiento del registro Negarse a atender cualquier requerimiento de información No realizar la renovación REPSE dentro del plazo establecido Detección de datos o documentos imprecisos o que no coincidan con los que están en la plataforma  Proporcionar información o documentación falsa durante las visitas No tener inscritos a los empleados ante el IMSS o con discrepancias en sus salarios y/o contratos de prestación de servicios especializados En caso de que la autoridad te haga llegar una notificación de incumplimiento, tienes 5 días hábiles para manifestarte y resolver. ¿Qué pasa si no renuevo el REPSE a tiempo? En caso de que la persona física o moral, por cualquier situación, no haya respetado los plazos para realizar su renovación, la STPS tiene la autoridad de cancelar su registro REPSE.  Si queda cancelado tu registro, no podrás ofrecer servicios u obras especializadas a terceros hasta que te reintegres al padrón mediante un nuevo registro. En caso de que sigas ofreciendo los servicios especializados, la autoridad puede multarte por 2,000 hasta 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización. En el corto plazo, perder el registro en el padrón significa que está detenido tu flujo de efectivo, no puedes hacer negocios ni facturar. En caso de que factures, puedes recibir sanciones y elevadas multas por parte del SAT. Por otro lado, lo más seguro es que las facturas no tengan validez por lo que será casi imposible comprobar ese gasto y posteriormente la deducción.  Recuerda que para cualquier proveedor de servicios u obras especializadas, contar con el registro REPSE es obligatorio por Ley.  Conclusión  2024 fue el primer año en el que empezaron las renovaciones REPSE de los prestadores de servicios u obras especializadas. El acuerdo publicado en el DOF entró en vigencia a partir del 22 de febrero de 2024.   En Consolidé podemos analizar tu caso, proporcionar asesoría y apoyo para llevar a cabo tu renovación REPSE de forma exitosa. También podemos revisar contigo estrategias para casos especiales de cancelaciones y nuevos registros. Contáctanos y agenda una consultoría gratuita con uno de nuestros expertos en materia laboral.
En los últimos años, hemos sido testigos de una serie de reformas laborales en México que han cambiado el panorama para las empresas. Estas reformas buscan mejorar las condiciones laborales y asegurar el cumplimiento de derechos para los trabajadores. Para los directores y gerentes de RR.HH, y patrones, entender estas reformas es crucial para mantener la conformidad y optimizar la gestión de recursos humanos. Desde 2019, los expertos en Recursos Humanos, noministas, expertos fiscales y legales han tenido que adaptarse a más de 30 reformas laborales. Este artículo tiene como objetivo proporcionar una visión completa de las reformas laborales más importantes, las que ya están aprobadas, las que vienen en camino y cómo impactan o impactarían a tu organización. Mantente informado y asegúrate de que tu empresa cumple con todas las regulaciones vigentes. Últimas reformas laborales que debes conocer Desde la prohibición del outsourcing para darle paso a los servicios especializados u obras especializadas, aumentos al salario mínimo, extensión de los días de vacaciones y mucho más. Estas son las reformas laborales en México que debes conocer. Incrementos al Salario Mínimo En los últimos 5 años, el salario mínimo general ha aumentado de $123.20 pesos a $248.90 pesos (en 6 años ha crecido un 110%). A partir del 1ro de enero de 2024, el salario mínimo ($248.90) aumentó un 20% comparado con 2023. Zona libre de la frontera norte (Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas): Sube de $260.34 a 312.41 pesos mexicanos Zona General: Sube de $172.87 a $207.44 pesos mexicanos ¿Cuál es el impacto del incremento del salario mínimo en las empresas? Las empresas deben ajustar sus cálculos de nómina para reflejar estos cambios en el salario mínimo. Esto puede implicar una revisión de las políticas salariales y una posible reestructuración de los presupuestos de recursos humanos. Prohibición de la Subcontratación de Personal La reforma laboral de 2021 introdujo cambios significativos. La subcontratación de personal u outsourcing queda prohibida en México, mientras que la subcontratación de servicios y obras especializadas es permitida siempre que no corresponda con el objeto social ni con la actividad económica preponderante de la empresa beneficiaria. Lo anterior es una realidad a partir del 1ro de septiembre de 2021. A partir de esa fecha, las empresas pueden subcontratar servicios u obras que no correspondan al objetivo económico de las mismas. Las empresas proveedoras de servicios especializados deben de estar inscritas ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). ¿Cuál es su impacto en las empresas? Las empresas contratistas deben revisar ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) así como asegurarse de que dichas empresas estén inscritas ante el REPSE. Además, deben entregar información de los contratos de subcontratación de servicios especializados al IMSS y al Infonavit de manera cuatrimestral. Además: Hay responsabilidad compartida en caso de incumplimiento El registro de las empresas ante el REPSE debe renovarse cada 2 años. La STPS puede negar o cancelar dicho registro Las empresas (contratantes y contratistas) deben estar al corriente con sus obligaciones fiscales y de seguridad social Las empresas contratistas deben entregar información  Se debe entregar información de los contratos de subcontratación de servicios especializados celebrados en el periodo respectivo (y copia del aviso de registro en el REPSE) al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) de manera cuatrimestral; a más tardar el día 17 de enero, mayo y septiembre. Se deben de utilizar los sistemas electrónicos desarrollados por el IMSS e Infonavit para transmitir los datos de los contratos:  Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE) y el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB), respectivamente. Debe proporcionar al contratante copias de (i) los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura Electrónica (CFDI) de los colaboradores; (ii) de los recibos de pago expedidos por institución bancaria, por la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a esos trabajadores; (iii) del pago de las cuotas obrero-patronales al IMSS, y (iv) del pago de las aportaciones al Infonavit. Si necesitas asesoría para cualquiera de los puntos anteriores, consúltanos. Ampliación de Días de Vacaciones El 27 de septiembre de 2022, la Comisión de Trabajo y Previsión Social aprobó el dictamen con proyecto de decreto para reformar la LFT. Dicho decreto estableció el aumento de los días de vacaciones, de 6 a 12 días a partir del primer año laboral. Esta medida entró en vigor el 1° de enero de 2023. Esta reforma a la LFT influenció los artículos 76 y 78. A la par, los días de vacaciones aumentarán dos días por cada 5 años de trabajo hasta llegar a los 30 días de vacaciones. Los trabajadores que cumplan 35 años de servicio, llegarán hasta los 32 días de vacaciones. ¿Cuál es el impacto en las empresas el aumento de días de vacaciones? Las empresas tuvieron que actualizar sus políticas internas de vacaciones, contratos colectivos de trabajo, reglamento interior de trabajo y contratos individuales de trabajo. Esto asegura que se cumplan las nuevas disposiciones legales y que los empleados disfruten de sus derechos de descanso. Descarga el Ebook Precierre Fiscal 2024 NOM-035 y nuevas enfermedades de trabajo La NOM-035 busca identificar, analizar y prevenir factores de riesgo psicosocial en el entorno laboral. Esta norma, cuyo cumplimiento es obligatorio desde octubre del 2019, es crucial para promover un ambiente de trabajo saludable y seguro. Con el objetivo de combatir, controlar y prevenir los factores de riesgo psicosociales en el trabajo, la STPS estableció pautas para la identificación y tratamiento de distintas alteraciones. Recordemos cuáles son los factores: Condiciones peligrosas e inseguras.  Cargas de trabajo que exceden la capacidad del trabajador. Falta de control personal sobre la organización y el proceso de trabajo.  Jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo. Rotación de turno nocturno sin períodos de recuperación y descanso. Interferencia en la relación trabajo-familia. Relaciones negativas en el trabajo. Sin embargo, dentro de la norma no estaban previamente reconocidos los transtornos mentales o asociados como enfermedades de trabajo. Se llevó a cabo una actualización de la tabla de enfermedades de trabajo (se agregaron 88) y con ello a la LFT. Hoy se reconoce dentro de la normativa a la ansiedad, depresión, estrés y el transtorno no orgánico del ciclo de sueño-vigilia como padecimientos laborales. ¿Cuál es su impacto en las empresas? Las empresas están obligadas a cumplir la NOM 035-STPS-2018  así como a realizar evaluaciones periódicas y llevar a cabo acciones correctivas para mitigar los riesgos psicosociales. Esto incluye capacitaciones, creación de políticas y establecimiento de canales de comunicación efectivos para apoyar a los empleados.  A la par, las empresas deben cumplir con todas las normas que apliquen a las nuevas enfermedades incluidas en la tabla. En caso de no cumplir con lo establecido en la NOM-035, las empresas pueden enfrentarse a graves consecuencias (previstas en el artículo 994 de la LFT) como: Ser acreedora a multas de 50 a 250 UMAs cuando la duración de la jornada exceda las 8 horas de forma diurna, 7 horas nocturna o 7 horas y media la jornada mixta 250 a 5000 UMAs cuando el patrón incumpla las obligaciones del artículo 132 250 a 5000 UMAs cuando el patrón no observe las normas de seguridad e higiene para prevenir riesgos de trabajo 250 a 5000 UMAs cuando el patrón cometa algún acto o conducta discriminatoria en el centro de trabajo, actos de hostigamiento sexual o haya tolerancia a este tipo de actos Si la STPS ratifica el incumplimiento de la norma, las sanciones pueden superar los $500,000 pesos mexicanos. NOM-037 de Teletrabajo La NOM-037 entró en vigor el 5 de diciembre de 2023. Ésta introduce nuevas obligaciones para los empleadores y los trabajadores en el ámbito del teletrabajo o trabajo remoto o home office. Esta normativa establece que el lugar de trabajo debe cumplir con las disposiciones de seguridad y salud al igual que los empleados no pueden cambiar su espacio laboral sin notificar a su empresa. La LFT fue modificada en 2021, comúnmente conocida como Ley Home Office. Se establecieron obligaciones para el empleador y colaborador dentro de la modalidad remota. Dicha actualización reconoce al teletrabajo como una actividad laboral que se desarrolla desde casa en un 40% del tiempo. Aunque la actualización antes mencionada dejó algunos aspectos por fuera, por ello, se complemento con la NOM 037 PROY-NOM-037-STPS-2022. Algunos aspectos son: Establecimiento del inicio y término de la jornada laboral Protocolos de contacto entre el teletrabajo y empresa Conciliación de la vida personal y laboral con perspectiva de género Equipamiento ergonómico para teletrabajadores La empresa debe proporcionar los insumos necesarios para el desempeño y rendimiento del teletrabajador ¿Cuál es su impacto en las empresas? Las empresas deben establecer políticas claras de teletrabajo, asegurarse de que los espacios laborales de los empleados cumplan con las normas de seguridad y salud así como notificar cualquier cambio en el lugar de trabajo. Esto implica una revisión constante y posible adaptación de los espacios laborales. En resumen: Política de Teletrabajo  Las empresas deben establecer políticas claras de teletrabajo que incluyan los requisitos para los trabajadores, las responsabilidades de la empresa y los procedimientos para manejar accidentes y enfermedades laborales. Evaluación de Riesgos Laborales  Antes de implementar el teletrabajo, las empresas deben realizar evaluaciones de riesgos laborales que consideren factores físicos, psicológicos y sociales. Estas evaluaciones deben actualizarse periódicamente para mantenerse al día con cualquier cambio. Plan de Prevención  Este plan debe incluir medidas para prevenir riesgos laborales, como la provisión de equipos de protección personal y programas de capacitación. Las políticas de salud y seguridad son esenciales para garantizar un entorno de trabajo seguro. Programa de Capacitación  Las empresas deben capacitar a sus empleados sobre los riesgos laborales asociados al teletrabajo y sobre las medidas de prevención necesarias para evitar accidentes y enfermedades. Registro de Accidentes y Enfermedades Laborales  Es crucial mantener un registro detallado de todos los accidentes y enfermedades laborales que ocurran en el entorno de teletrabajo. Esto ayuda a garantizar la responsabilidad y la mejora continua en la seguridad laboral. Descarga el Ebook Precierre Fiscal 2024
En 2021, el Senado de la República aprobó la Reforma Laboral en materia de subcontratación laboral. El 23 de abril de ese mismo año, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación. Como podrás recordar, esta reforma puso una regulación a la práctica del outsourcing y llevó a cabo actualizaciones en normativas como la LFT, Ley del INFONAVIT, CFF, LIR y la LSS. Entre las actualizaciones, también fueron las inspecciones STPS. Desde la aplicación de la nueva Reforma, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Servicio de Administración Tributaria así como el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores han llevado a cabo inspecciones de trabajo. Lo anterior con el fin de asegurarse que las empresas y centros de trabajo estén cumpliendo con la reforma en materia de subcontratación laboral. Inspecciones en materia de subcontratación laboral Con el objetivo de garantizar que las organizaciones, empresas, centros de trabajo y PyMES estén cumpliendo con la Reforma en Materia de Subcontratación Laboral, la STPS en coordinación con el IMSS, SAT e INFONAVIT han llevado a cabo inspecciones laborales.  Según un comunicado lanzado por el Gobierno de México, se han llevado a cabo más de 3 mil acciones de inspecciones STPS. Lo anterior ha llevado a que aquellas organizaciones que no han cumplido con la Reforma y sus puntos, hayan sido objeto de multas por 27 millones de pesos. Por otro lado, las inspecciones STPS han dado como resultado la cancelación de 1,755 registros del REPSE (Padrón Público de Contratistas de Servicios u Obras Especializadas). A la par, se iniciaron procesos sancionadores a las empresas contratantes. Con las acciones realizadas, las autoridades competentes continuarán con la programación y vigilancia de la Reforma. Según el último comunicado, hay más de 33 mil constancias de registros que se encuentran en investigación. En 2022, la STPS también realizó modificaciones al Reglamento General de Inspección y Aplicación de Sanciones (REGITAS). A raíz de ello, las inspecciones STPS han tenido una alta actividad.  Un punto importante dentro de cualquier inspección laboral es que según el REGITAS, ante cualquier visita, el inspector laboral podrá imponer un plazo de 30 a 90 días hábiles para corregir deficiencias o incumplimientos identificados, también para presentar documentación que acredite el cumplimiento de la normatividad. Existe la posibilidad de que el plazo pueda extenderse, en una sola ocasión, cuando las deficiencias no supongan un riesgo para la vida, seguridad y salud de los trabajadores. Inspecciones ordinarias de la STPS Según la LFT así como el Reglamento General de Inspección de Trabajo, la STPS puede llevar a cabo dos tipos de inspecciones: ordinarias y extraordinarias. Las inspecciones STPS ordinarias deben ser notificadas con al menos 24 horas previas a la fecha cuando se realizará la visita de un inspector del trabajo. Por otro lado, las inspecciones ordinarias deben llevarse a cabo en días y horarios hábiles. Cuando la empresa recibe la notificación de una inspección ordinaria, debe contener los siguientes datos: Nombre del patrón Domicilio del centro de trabajo Día y hora de la inspección laboral Tipo de inspección Número y fecha de la orden de inspección STPS Documentos Aspectos a revisar durante la inspección Disposiciones legales que fundamenten la inspección laboral Tipos de inspecciones ordinarias STPS Iniciales: Por primera vez a un centro de trabajo o cuando haya una ampliación Periódicas: En un intervalo de 12 meses. Puede ampliarse o disminuirse acorde a la evaluación de los resultados derivados de las inspecciones STPS anteriores Comprobación: Cuando se tiene que constatar el cumplimiento de las medidas emplazadas u ordenadas previamente por las autoridades competentes Según las estimaciones de las autoridades competentes, las inspecciones STPS encontraron que 2.9 millones de trabajadores migraron hacia su empleador verdadero.  Inspecciones extraordinarias de la STPS Las inspecciones extraordinarias de la STPS sólo se llevan a cabo cuando la autoridad laboral recibe alguna queja o denuncia por parte de un empleado. También si por alguna razón, la autoridad sabe sobre un incumplimiento o accidentes de trabajo o en su caso, cuando se haya detectado documentación con irregularidades imputables al patrón. Cuando se trata de verificaciones en cuanto al cumplimiento de medidas sanitarias, la autoridad laboral podrá realizar una inspección extraordinaria sin previo aviso y llevarse a cabo cuando el inspector laboral llegue a la empresa. Multas STPS Según la LFT al igual que la Reforma de Subcontratación Laboral, si una empresa no permite la inspección STPS, puede hacerse acreedora de una multa hasta por $448,100 pesos. Por ello es importante tener en regla tus documentaciones y permitir la entrada del inspector del trabajo. Conclusión Es importante que como patrón o responsable del área de Recurso Humano en tu organización estés al tanto de las inspecciones STPS. La autoridad laboral ha comunicado su permanente observancia y vigilancia para el cumplimiento de la normatividad. Asegúrate de cumplir con la normatividad vigente de las autoridades competentes. Otro punto a destacar es que te asegures de contratar, en caso de que lo hagas, servicios de contratistas REPSE autorizados y actualizados en sus registros. Por otro lado, obtener asesoría de expertos en materia de legislación laboral, fiscal y contable con Consolidé. Tenemos más de 20 años de experiencia.
Los trabajadores especializados deben estar debidamente identificados en su lugar de trabajo. Recordemos que en temas de subcontratación lo primero es aparecer en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).   El REPSE es un padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Éste, en cumplimiento del artículo 15 de la LFT se encarga de identificar y regular a personas físicas o morales que prestan servicios especializados o labores especializadas a terceros.    Aquellos trabajadores especializados avalados por el REPSE deben cumplir con una serie de acuerdos; también con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT). Su propósito es garantizar el acatamiento a los deberes laborales, aduaneros y fiscales.   Para que estés al día con las más recientes disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Nación te dejamos el siguiente material. Modificación al REPSE El 3 de febrero de 2023, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó un Acuerdo que modifica el mecanismo de inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios u Obras Especializadas (REPSE).   Esta modificación reafirma la importancia de que los trabajadores especializados se encuentren debidamente identificados.   Entre los puntos a destacar están:   Subir a la plataforma oficial del REPSE en formato PDF el último comprobante de nómina; el cual previamente debía realizarse en formato XML. Proporcionar el último comprobante del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) emitido por el IMSS en formato PDF.   Artículo 14 Otra modificación a tener en cuenta es el Artículo 14 de las disposiciones generales del REPSE. En el capítulo IV se agregaron causales para la negación y para la cancelación del registro como prestador de servicios especializados.   Por una parte, se adicionaron dos nuevos supuestos para negar el registro al padrón de servicios especializados. Estos, por competencia de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo, son los siguientes:   El incumplimientos a la LFT en materia de subcontratación. Al respecto, la forma en que un patrón incumpliría es con la subcontratación de personal sin contar con el registro en el padrón. Es decir, que al verificarse la irregularidad ya no se le concedería el aval. Los trabajadores no se encuentran inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); así como irregularidades relacionadas con el salario de los contratados o irregularidades en el contrato de prestación del servicio especializado.   Artículo 8 Con relación al segundo punto, en el Artículo 8 de las disposiciones generales del REPSE, no se prevé que el contribuyente deba proporcionar el contrato de prestación de servicios especializados. Esto porque se trata de una persona que tramitará el registro por primera vez, es decir, es previo a ofrecer o prestar sus servicios.   Por otro lado, hay cuatro supuestos que conllevan la cancelación del registro y son los siguientes:   Los dos puntos mencionados en causales para negación. Los datos o documentos aportados durante las visitas de verificación son diferentes o imprecisos; con respecto a los ingresados en la plataforma. Se detecta información falsa o documentos cuya autoría está errada o es falsa.   Capítulo III Bis   En la adición del Capítulo III Bis “De la vigilancia en materia del Registro”, se señala que las inspecciones estarán a cargo de la Unidad de Trabajo Digno; por conducto de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo.   Por tanto, los inspectores podrán solicitar a las personas inscritas en el REPSE soportes que avalen el cumplimiento de la normativa vigente. De advertir un posible incumplimiento, la STPS notifica a la persona física o moral; quien tiene cinco días hábiles para resolver lo conducente.   Otro punto a tener en cuenta es que los registrados en el padֶrón podrán solicitar la cancelación de su registro. Para ello, deberán exponer y justificar a la STPS la razón de ello.   Asimismo, por medio de la plataforma REPSE se podrá presentar una solicitud para modificar o actualizar las actividades inscritas. También agregar nuevas actividades, acordes al objeto social (en caso de personas morales) o de la constancia de situación fiscal (en caso de personas físicas).   La respuesta de la STPS deberá darse dentro de 20 días hábiles, posteriores a la recepción. En caso de no recibir la notificación correspondiente, se procederá acorde al Artículo 15 de la LFT. Inspecciones a los trabajadores especializados En las disposiciones generales del REPSE, se establece que los Inspectores del Trabajo deberán verificar que los trabajadores especializados se encuentren debidamente identificados.   En ese sentido, quien contrata y recibe el servicio, debe asegurarse que los trabajadores del proveedor se encuentren debidamente identificados. ¿Qué debe hacer tu proveedor de servicios especializados? Se recomienda que los beneficiarios de servicios de subcontratación implementen el uso de un distintivo; en concordancia con lo señalado en el Artículo 17 de las Disposiciones del REPSE.   El uso de carnet, gafetes o códigos de identidad es una forma simple de evidenciar el vínculo del trabajador con el proveedor.   De acuerdo con las disposiciones en materia del REPSE, las autoridades pueden sancionar al prestador del servicio, hasta con la cancelación de su registro. Como resultado, el servicio prestado no sería deducible para el prestatario. ¿Qué son los servicios especializados? El término “servicios especializados” surgió como consecuencia de la mala interpretación y aplicación de la subcontratación. Conforme a lo establecido en el artículo 12 de la LFT, los servicios especializados son aquellos que no forman parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante de la empresa contratante.    En consecuencia, desde que entró en vigencia la reforma a la Ley Federal del Trabajo, la subcontratación laboral es legal bajo la figura de servicio especializado u obra especializada.   Para que la relación laboral sea legítima, quienes prestan este tipo de servicios, deben aparecer en el padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). En ese sentido el REPSE es obligatorio para operar.  Conclusión Luego de la reforma laboral, los trabajadores especializados deben estar al tanto de las novedades relacionadas a la obtención y validación del REPSE.   Como hemos abordado hoy, desde febrero de 2023 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer varias disposiciones para la vigilancia del cumplimiento en términos del REPSE y otras adiciones.   Tales disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) corresponden al “Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer las Disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo”. Consolidé te brinda la tranquilidad de estar apegado a todas las normativas vigentes, gracias al trabajo de su equipo de especialistas en materia fiscal y financiera, administración de nómina y payrolling. Contáctanos.
Las Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas deben cumplir con algunos requisitos para evitar incurrir en multas REPSE. A partir de la Reforma de outsourcing, tanto contratistas como contratantes han de cuidar los términos de su relación laboral, ya que existen parámetros legales que prohíben la subcontratación.   Tendrás claridad del tema una vez termines de leer este interesante contenido preparado para ti. Prohibición de la subcontratación en México Desde el 1 de septiembre de 2021 entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), con la que se prohíbe la subcontratación laboral. Es decir, de acuerdo a lo expuesto en el artículo 12, una empresa no puede dejar a disposición sus trabajadores en beneficio de otra.   Sin embargo, en términos de servicios especializados hay total libertad de establecer una relación laboral. Para ello, los servicios no deben formar parte del objeto social ni de la actividad económica principal de la empresa contratante. Lo aclara el artículo 13 de la LFT.    Se incluye en esa licencia la ejecución de obras especializadas, lo fundamental siempre será que no forme parte de la actividad económica preponderante del contratante   Ahora bien, para que la contratación esté apegada a la ley, el contratista debe estar inscrito en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). Es el primer paso para evitar multas REPSE. Claves del registro de proveedores REPSE El REPSE se realiza por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y debe incluirse en cada contrato que el contratista ejecute.  Es un trámite que debe renovarse cada 3 años.  Al obtener el registro deberá hacerse público en un portal web la inscripción en el padrón.   Otros puntos claves a tomar en cuenta:   El límite máximo de Participación de los Trabajadores en las Utilidades es de 3 meses de salario o al promedio de los últimos 3 años. Se homologan los criterios del Código Fiscal, de la Ley de ISR y la del IVA con la Ley Federal del Trabajo para evitar simulación y defraudación fiscal. Derogación de la retención del 6% de IVA en subcontratación. Para ello la empresa contratante debe tener copia del registro de la empresa contratista ante la STPS; así como de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios; recibo bancario del pago de retenciones de ISLR; pago de cuotas al IMSS y aportaciones al Infonavit.  ¿Qué debe revisar la empresa contratante? Ante los nuevos criterios para la subcontratación de servicios u obras especializadas, es importante que la empresa contratante verifique lo siguiente:    La contratista debe estar inscrita en el REPSE. Si es el caso, comprueba que esté vigente, ya que es un trámite que se renueva cada tres años. Para corroborar si tu proveedor está en el padrón de servicios especializados, busca en el catálogo de registros REPSE por medio de su RFC o razón social. Para formalizar la subcontratación debe celebrarse un contrato. Éste debe detallar el alcance de la prestación de los servicios especializados o las obras a ejecutar; así como las obligaciones de ambas partes. También debe indicar el número aproximado de trabajadores que participarán.  Ha de utilizar los sistemas electrónicos desarrollados por el IMSS e Infonavit para transmitir los datos de los contratos. A saber, son: la Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE) y el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB), respectivamente. Corrobora que los servicios a contratar no tienen impedimentos, de acuerdo con el objeto social de su empresa como contratante de estos servicios. La contratista debe proporcionar copias de (i) los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura Electrónica (CFDI) de los colaboradores; (ii) de los recibos de pago expedidos por institución bancaria, por la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a esos trabajadores; (iii) del pago de las cuotas obrero-patronales al IMSS, y (iv) del pago de las aportaciones al Infonavit. Verifica que el contratista esté al corriente en sus obligaciones laborales y de seguridad social. Multas REPSE por incumplimiento Para el proveedor REPSE Aquellas personas que presten servicios de subcontratación de servicios especializados sin contar con el registro ante la STPS serán objeto de multa por 2 mil a 50 mil UMAs (Unidades de Medida y Actualización).    También se les aplicará limitación de deducción y de acreditamiento de impuestos de pagos realizados.   Aparte, las facturas que se emitan por servicios de subcontratación no tendrán validez; lo que conlleva un problema para el cliente, ya que no tendrá manera de comprobar ese gasto y su posterior deducción.   Si el proveedor no cumple con la entrega de información y documentación exigida en las leyes del ISR e IVA, será multado por un monto de 150 mil pesos mexicanos a 300 mil pesos mexicanos. Para la empresa contratante Al igual que con la empresa contratista, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece en los artículos 14 y 15 que las empresas que no cumplan con lo establecido serán acreedoras a una multa de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA 2022).   Por otra parte, en caso de que el patrón no permita la inspección y vigilancia que ordenen las autoridades de trabajo, se podrá imponer una multa de 250 a 5000 UMAs.   La empresa contratante será la responsable de responder frente a los trabajadores en caso de incumplimiento en materia de seguridad social; tal es el caso de la inscripción en el IMSS, pago de cuotas obrero - patronales, retenciones, entre otras.   Asimismo, será responsable solidaria en materia de la Ley del Infonavit. Conclusión La contratación de servicios especializados resulta muy útil e incluso necesaria para atender necesidades puntuales de las empresas. Al ser actividades que no forman parte de la actividad principal de la organización, se entiende que tener personal propio para ello es un despropósito en muchas ocasiones.   Por consiguiente, delegar actividades no fundamentales de la empresa permite mantener el talento interno enfocado en los objetivos comerciales del negocio.    Desde Consolidé te recomendamos estudiar bien a quienes serán tus proveedores de servicio. Es importante revisar no sólo que estén inscritos ante el padrón. También comprobar todos los puntos que hemos explicado hoy y atender a los parámetros establecidos en la LFT.    Si requieres soluciones de maquila de nómina, reclutamiento de persona o la asesoría de expertos, en Consolidé cuentas con todo lo que necesitas. Contáctanos.
El pasado 20 de abril de 2021, el Senado de la República aprobó la Reforma Laboral en Materia de Subcontratación Laboral. Con esta reforma como bien sabes, se prohibió la subcontratación o outsourcing. Las empresas que anteriormente ofrecían servicios similares a los mencionados, tuvieron la oportunidad de registrarse en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE). Entonces, ¿cómo revisar proveedores REPSE? Si una persona física o moral ofrece servicios que no forman parte de su actividad principal y no están registrados ante el REPSE, pueden ser multadas. De igual forma, la empresa contratante puede ser multada. Es por eso que es muy importante que como contratante, conozcas cómo revisar proveedores REPSE y evitar multas. Repasemos la Reforma de Subcontratación El 20 de abril fue aprobada la Reforma Laboral en Materia de Subcontratación Laboral. El 23 de ese mismo mes, dicha Reforma fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación. A partir de ese día, en México fue prohibida la subcontratación para dar entrada a la contratación de proyectos o servicios especializados.  El proceso de transición de outsourcing a servicios especializados fue de tres meses para aquellos patrones de empresas de subcontratación laboral. Dichas empresas debían regularizarse bajo la nueva Reforma. Los patrones debían contratar directamente a sus colaboradores o transferir como propios a los colaboradores que representaban. Por el otro lado, las empresas que ofrecían servicios de outsourcing y quisieran seguir ofreciendo la nueva figura de servicios especializados u obras especializadas, debían de registrarse ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE) de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Servicios especializados Los servicios especializados son una externalización de procesos y recursos de una organización hacia un proveedor externo siempre y cuando dichos servicios no estén enfocados en la actividad principal de la organización contratante. De hecho, en la Ley Federal del Trabajo en su artículo 15 se explica a más detalle la subcontratación: ​​Las personas físicas o morales que proporcionen los servicios de subcontratación, deberán contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Para obtener el registro deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.  El registro a que hace mención este artículo deberá ser renovado cada tres años.  La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá pronunciarse respecto de la solicitud de registro dentro de los veinte días posteriores a la recepción de la misma, de no hacerlo, los solicitantes podrán requerirla para que dicte la resolución correspondiente, dentro de los tres días siguientes a la presentación del requerimiento. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la resolución, se tendrá por efectuado el registro para los efectos legales a que dé lugar.  La Secretaría del Trabajo y Previsión Social negará o cancelará en cualquier tiempo el registro de aquellas personas físicas o morales que no cumplan con los requisitos previstos por esta Ley. Las personas físicas o morales que obtengan el registro a que se refiere este artículo quedarán inscritas en un padrón, que deberá ser público y estar disponible en un portal de Internet. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social expedirá las disposiciones de carácter general que determinen los procedimientos relativos al registro a que se refiere este artículo. SAT, INFONAVIT, STPS, IMSS En una organización, la subcontratación de servicios especializados puede darse de distintas formas: servicios de limpieza, comedores industriales, contratistas, asesorías y certificaciones, logística, salud ocupacional, jardinería, agencias o productoras de video, empresas de tecnología y más.  Pero existen servicios especializados de proveedores REPSE muy buscados por las organizaciones como la administración y gestión del Capital Humano ante instituciones como el IMSS, INFONAVIT, STPS y SAT. Para este tipo de servicios, las empresas pueden aprovechar la experiencia de aliados estratégicos como Consolidé en procesos como: Maquila de nómina Cumplimiento y pago de impuestos Reclutamiento y selección de personal Gestiones ante el IMSS e INFONAVIT Asesoría y soporte en temas laborales, legales, financieros, seguridad social y fiscales Asegúrate de que sin importar el servicio especializado que estés buscando, tu proveedor REPSE esté registrado ante las autoridades. Veamos cómo saberlo y sobre todo, cuáles serían las consecuencias de trabajar con un proveedor REPSE no registrado. ¿Cómo revisar que un proveedor está registrado ante el REPSE? Como ya lo mencionamos anteriormente, antes de contratar cualquier servicio especializado, debes asegurarte de que tu proveedor esté registrado ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas. Éste es emitido por la STPS. Las empresas que ofrecen servicios especializados deberán contar con una constancia ante el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas de la STPS, la constancia contiene: Número de registro Actividad registrada Inscripción en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas Vigencia de la constancia de 3 años Dentro de la LFT en su artículo 15 se dicta que las empresas que ofrecen estos servicios especializados deben contar con su registro. Por su parte, la empresa contratante de los servicios especializados deberá de verificar que su proveedor efectivamente esté registrado ante el padrón del REPSE y que le proporcione: Comprobantes de pagos fiscales del pago de salario de los colaboradores Recibo de pago expedido por instituciones bancarias por la declaración de entero de las retenciones de impuestos Pago de las cuotas obrero patronales ante el IMSS e INFONAVIT Lo anterior según la Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 27, fracción V: [...] Tratándose de la prestación de servicios especializados o de la ejecución de obras especializadas a que se refiere el artículo 15-D, tercer párrafo del Código Fiscal de la Federación, el contratante deberá verificar cuando se efectúe el pago de la contraprestación por el servicio recibido, que el contratista cuente con el registro a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, asimismo, deberá obtener del contratista copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores con los que le hayan proporcionado el servicio o ejecutado la obra correspondiente, del recibo de pago expedido por institución bancaria por la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a dichos trabajadores, del pago de las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social, así como del pago de las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. El contratista estará obligado a entregar al contratante los comprobantes y la información a que se refiere este párrafo. Otro punto importante es que las empresas que ofrecen servicios especializados y estén registradas ante el REPSE también deben presentar sus declaraciones cuatrimestrales ante el IMSS e INFONAVIT mediante los sistemas ICSOE y SISUB. ¿Cuáles son las multas por incumplimiento? Según la Ley Federal del Trabajo dentro de sus artículos 14 y 15, los proveedores que no estén registrados ante el REPSE pueden ser acreedores a multas como: 2000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) Por otro lado, la autoridad tiene el derecho de invalidar las facturas emitidas por los servicios de los proveedores REPSE y por ende, la organización no podrá comprobar su gasto. Otra consecuencia es que las autoridades fiscales y de trabajo podrán pedir una revisión de los comprobantes fiscales y se podría dar lugar a una sospecha de operaciones simuladas. Finalmente, si la empresa contratante hace negocios con una empresa no registrada ante el REPSE, la primera puede ser considerada como una entidad que deduce operaciones simuladas.  Evita problemas en tu organización y acércate a aliados estratégicos con años de experiencia y cumplimiento de sus obligaciones ante las autoridades.
En 2021, el Senado Mexicano aprobó la reforma en materia de subcontratación laboral. El 23 de abril de 2021, dicha reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación. A partir de esa fecha, en México quedó prohibida la subcontratación de personal o de servicios dando paso a la contratación de servicios especializados o proyectos especializados. A partir del 24 de abril de 2021, los patrones de empresas de subcontratación tenían 3 meses para regularizarse acorde a la reforma, contratar o transferir como propios a los colaboradores que representaban. Entonces, ¿qué es lo que debes saber de los servicios especializados? ¿Qué son los servicios especializados? Los servicios especializados en México son una externalización de procesos y recursos hacia un proveedor externo de la empresa cuyo fin es la especialización en un área así como una mayor eficacia en las operaciones. Es importante recalcar que dentro de la definición, un servicio especializado es también aquel que no forma parte de las actividades primarias o actividades económicas de la empresa en cuestión así como del objeto social. Cuando una empresa contrata servicios especializados a partir del 24 de abril de 2021, contrata personal o servicios que no forman parte del giro principal de la empresa y que cuenta con el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), emitido por la STPS. Ejemplos de servicios especializados: Limpieza Comedores industriales Contratistas Casas de asesoría y certificaciones que tengan que certificar cualquier servicio o producto dentro de las instalaciones del cliente Capacitaciones presenciales en instalaciones del cliente Empresas de logística Empresas de salud ocupacional Empresas de control de calidad Empresas de jardinería Empresas de mantenimiento Empresas de mantenimiento industrial Agencias de diseño, marketing o productoras de video que realicen sus actividades dentro de las instalaciones del cliente Empresas de Tecnologías de la información que ofrezcan sus servicios o capaciten a los colaboradores de su cliente, dentro de las instalaciones Empresas de reparación Servicios especializados para Recurso Humano Uno de los servicios especializados más buscados por las organizaciones es la administración y gestión de Recursos Humanos. Consolidé es una empresa experta en este ramo y nos encargamos de procesos como: Reclutamiento y selección de personal Gestiones administrativas ante el IMSS e INFONAVIT Maquila de nómina Asesoría en el cumplimiento y pago de impuestos Soporte en temas laborales, legales, seguridad social, servicios financieros y fiscales Finalmente, otro de los beneficios principales de trabajar con Consolidé es nuestro Software Sicoss, avalado y autorizado por el IMSS para poder realizar cálculos, procesos y cumplimiento puntual del pago de cuotas obrero-patronales. Descarga nuestro eBook Ventajas de los servicios especializados La contratación de servicios especializados permite a las organizaciones trabajar bajo un esquema positivo para sus operaciones. Ayuda a aumentar la productividad de tu equipo y equipo de RRHH, aporta tranquilidad por la especialización y contratación de personal enfocado en sus actividades así como: Menos cargas administrativas para tus departamentos Permiten enfocar tus esfuerzos en el core de tu negocio Rapidez en la toma de decisiones Reducción de costos administrativos Aumento de productividad por enfocar tus esfuerzos en actividades centrales de tu negocio Hacen a tu negocio más competitivo Permiten a tu negocio crecer de forma continua Especialización en un ramo o área en la que tu empresa no es experta ¿Qué debe ofrecer y tener la empresa de servicios especializados? Como se ha mencionado, hay una serie de requisitos que deben cumplir las empresas que ofrecen servicios u obras especializadas. Veamos cada uno. Registro REPSE Antes de contratar a una empresa de servicios especializados, debes saber que ésta deberá estar registrada ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), emitido por la STPS. Esto en cumplimiento con el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo. Experiencia en el ramo de servicios especializados Otro punto importante al momento de contratar una empresa de servicios especializados es que ésta deberá de contar con años de experiencia dentro del ramo. En Consolidé somos expertos en administración y gestión de Recursos Humanos y nuestra larga trayectoria lo comprueba. Prestaciones de Ley Otro punto que deberás revisar es que la empresa de servicios especializados ofrezca al personal las prestaciones de ley así como condiciones de trabajo dignas. También es sumamente importante que la misma empresa cumpla con las obligaciones ante la ley. Sanciones por contratar empresas de servicios especializados sin registro ante la STPS Es importante recalcar que contratar a una empresa que ofrezca servicios especializados y no cuente con el REPSE activo ante la STPS es objeto de multa. Dicha multa puede ir desde los $192,440 hasta $4 millones 811 mil pesos mexicanos. Esto es aproximadamente de 2000 hasta 50 mil veces la UMA. Otra desventaja de contratar una empresa de servicios especializados sin REPSE activo es que no podrás hacer deducibles sus servicios. Puntos esenciales de los servicios especializados: La empresa de servicios especializados debe contar con el REPSE Los servicios especializados contratados no deben formar parte de tu actividad principal o económica La empresa de servicios especializados debe acreditar su especialización Es importante que puedas validar los servicios especializados con el proveedor mediante un contrato Marco jurídico de los servicios especializados La Ley Federal del Trabajo es la autoridad máxima de este tipo de servicios. Están enunciados dentro del artículo 15. Sin embargo también existen otros códigos y leyes que lo avalan: Código Fiscal de la Federación Ley del IMSS Ley del INFONAVIT Ley del IVA Ley del ISR Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Conclusión A partir del 23 de abril de 2021 en México queda prohibido el outsourcing o subcontratación laboral para dar entrada al nuevo esquema de servicios u obras especializadas. Los servicios especializados son una gran opción para externar procesos y recursos a una organización experta en actividades que no son foco esencial de tu empresa. La mejor manera de evitar cualquier problema con los servicios especializados que contrates es trabajando con una empresa que cumpla con los requisitos legales y experiencia en el ramo. En Consolidé tenemos más de 30 años de experiencia en Recurso Humano. Contáctanos.
El Senado de la República aprobó el pasado 20 de abril de 2021 la Reforma Laboral en Materia de Subcontratación Laboral, dando por oficial sus aplicaciones el 23 de abril, cuando fue publicada la resolución en el Diario Oficial de la Federación. Con esto, oficialmente en México quedó prohibida la figura de subcontratación u outsourcing para dar la bienvenida a la figura de subcontratación de servicios especializados. Aunque existen numerosos cambios en distintos códigos y leyes, surgió el nacimiento de figuras que debes conocer como el REPSE, ICSOE y SISUB. Aquellas empresas que sean prestadoras de servicios especializados deberán estar bajo el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas así como presentar declaraciones cuatrimestrales ante el IMSS e INFONAVIT mediante los sistemas ICSOE y SISUB, respectivamente. En este artículo navegaremos sobre los antecedentes de la Reforma, la figura de subcontratación laboral y cómo debe ser el registro del REPSE, realizar las declaraciones cuatrimestrales ante la ICSOE y el SISUB así como los aspectos más relevantes. Antecedentes A partir del 1ro de septiembre de 2022, la figura legal de outsourcing o subcontratación laboral quedó eliminada en el país. Por lo que las empresas debieron contratar directamente a sus colaboradores sin la figura de un tercero y por ende, asegurarse que sus aportaciones fueran equivalentes al sueldo que estaban percibiendo. La única figura de subcontratación de servicios especializados o subcontratación que es legal en México es aquella que “no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público”. Finalmente, todas las empresas que quisieron seguir ofreciendo la subcontratación de servicios especializados debieron de haberse registrado ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Esto bajo el registro de prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE). ¿Qué es el REPSE? El REPSE o Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas es una plataforma habilitada a raíz de la Reforma de Subcontratación por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Esto acorde a la modificación del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo. Dicho artículo establece que personas físicas o morales que ofrezcan servicios especializados o ejecuten obras especializadas deberán de contar con el registro ante la STPS. El mismo artículo 15 establece que la STPS tiene la obligación de publicar en el portal del REPSE el padrón de las personas físicas y morales que obtengan dicho registro. Dicho portal se llama Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas. ¿Qué son los servicios especializados? Los servicios especializados son aquellos que se brindan a clientes pero que no forman parte de la actividad principal de éstos. La STPS habilitó el sitio oficial del REPSE en el cual se puede consultar el catálogo de los servicios especializados dentro del Padrón Público de Contratistas. Ejemplos de servicios especializados son: Empresas de limpieza Empresas de comedores industriales Contratistas Casas de asesoría y certificaciones que tengan que certificar cualquier servicio o producto dentro de las instalaciones del cliente Capacitaciones presenciales en instalaciones del cliente Empresas de logística Empresas de salud ocupacional Empresas de control de calidad Empresas de jardinería Empresas de mantenimiento Empresas de mantenimiento industrial Agencias de diseño, marketing o productoras de video que realicen sus actividades dentro de las instalaciones del cliente Empresas de Tecnologías de la información que ofrezcan sus servicios o capaciten a los colaboradores de su cliente, dentro de las instalaciones Empresas de reparación ¿Por qué tener REPSE? Ante el cambio de la legislación, toda empresa que ofrezca servicios dentro de las instalaciones de sus clientes o que no formen dichos servicios parte de la actividad principal, están obligadas a registrarse ante el REPSE. Esto para estar dentro de los términos del cambio de la legislación. El plazo para el registro ante el REPSE para seguir manteniendo los beneficios fiscales fue en septiembre de 2021 y más de 71 mil empresas terminaron dicho proceso. El registro sigue en funcionamiento. Otro punto importante es que tus clientes te tendrán que solicitar tu registro, en caso de no contar con el mismo y ambas partes siguen sus interacciones comerciales, la autoridad puede multarlos a ambos. ¿Cómo saber si debo registrarme en el REPSE? Es muy sencillo, si tienes una empresa que ofrece servicios dentro de las instalaciones de tu cliente o proveedor, debes registrarte ante el REPSE. Esto por la sencilla razón de no formar parte de la actividad principal de tu cliente. ¿Qué sucede si no se está inscrito en REPSE? Si eres una persona física o moral que ofrece servicios a sus clientes que no forman parte de su actividad principal, la autoridad puede nulificar las facturas remitidas entre ambas partes así como también dictaminar defraudación fiscal y finalmente, multas en UMA. Es por eso que los clientes tienen la obligación de exigir el registro REPSE. En caso de no tenerlo, la autoridad puede considerar el servicio proveído como “servicio de subcontratación”. Éste ya es considerado un acto delictivo y estarías incumpliendo con la Ley. Es por ello que la autoridad puede hacer inspecciones de cumplimiento del REPSE. Las primeras fueron realizadas a partir del 11 de octubre de 2021 y a partir de esa fecha, la autoridad podrá hacer inspecciones estratégicas. Procedimiento para el registro REPSE A continuación te compartimos el proceso para el registro ante el REPSE, recuerda que es importante contar con la asesoría y acompañamiento de un aliado estratégico como Consolidé: Entrar a la página oficial de REPSE Accede mediante la e.firma del negocio El sistema hará una revisión automática para verificar que la persona física o moral está cumpliendo con las obligaciones fiscales y de seguridad social ante el IMSS, SAT e INFONAVIT En caso de que no esté activo el servicio de consulta, el sistema solicitará que se suba en PDF las opiniones positivas de cumplimiento de las 3 instituciones En caso de resultar todas las respuestas positivas podrás avanzar a la siguiente fase En caso de que al menos una respuesta sea negativa, el sistema informará que su trámite de registro está terminado y tendrás que solventar el pago pendiente con la institución correspondiente El sistema le solicitará datos generales de: Representante legal Datos del acta constitutiva Constancia de situación fiscal y del notario o corredor público Después deberás indicar el nivel y categoría de riesgo de acuerdo al "Catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el seguro de riesgos de trabajo” del IMSS El sistema solicitará que se transcriba literalmente la actividad que desea registrar de acuerdo a la constancia de situación fiscal para el caso de las personas físicas, y por lo que hace a las personas morales deberán de transcribir de manera literal el objeto social Después subirás escaneada la hoja o las páginas de la constancia de situación fiscal donde aparecen las actividades que desea registrar o el acta constitutiva en donde aparece el objeto social, resaltando en ellas las actividades que desea registrar. Después deberás capturar la actividad o las actividades que desea registrar, las cuales deberán de formar parte de su constancia de situación fiscal u objeto social. Deberá escribirlas de manera literal tal y como aparecen en su constancia de situación fiscal o en su objeto social. Adicionalmente deberás indicar en qué categoría del catálogo anexo que se desplegará se engloba cada una de las actividades solicitadas.  Después deberás requisitar un cuestionario por cada una de las actividades de las que hayas solicitado el registro. Una vez concluida la requisición del cuestionario o los cuestionarios, el sistema le solicitará que suba en PDF: Identificación Oficial Vigente de la persona física o representante legal Poder Notarial Acta Constitutiva o Constancia de Situación Fiscal Constancia de Inscripción en el RFC Registro (s) Patronal (es) ante el IMSS Comprobante de Domicilio (Luz, Predial, Teléfono) Comprobante de la nómina en formato XML Una vez requisitada y realizada la carga de la información y la documentación, la Plataforma le asignará un número de folio con el que el solicitante podrá dar seguimiento al registro. Después de realizar estos pasos, la STPS tendrá 20 días hábiles para pronunciarse al respecto de tu solicitud, esto bajo la misma plataforma. La STPS hará un análisis de la documentación y verificará el cumplimiento de los requisitos. Después se emitirá el aviso de registro que corresponda al número de folio que se dio por cada actividad del objeto social o constancia de situación fiscal registrada. Con tu registro, cada cuatro meses deberás presentar tu declaración ante la ICSOE ¿Qué es el ICSOE? Una vez que la persona moral o física tenga su registro REPSE, tendrán que reportar ante el IMSS toda la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados u obras especializadas. Estos reportes se hacen sobre la herramienta llamada Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializadas (ICSOE). El objetivo principal de la ICSOE es facilitar el cumplimiento de las obligaciones periódicas ante el IMSS sobre la información de los contratos realizados, de forma cuatrimestral. ¿Quienes están obligados a presentar la declaración o informes cuatrimestrales ante la ICSOE? Las personas físicas o morales que tengan registro REPSE están obligados a presentar la informativa de los contratos celebrados ante la ICSOE. ¿Qué tipo de declaraciones se pueden presentar ante la ICSOE? Se podrán presentar dos tipos de declaratorias: Con información: si tienes contratos de servicio vigentes Sin información: en caso de no contar con contratos vigentes ¿Qué sucede si no se presenta la informativa de los contratos? La organización puede ser sancionada por el IMSS con una multa de 500 a 2000 UMAs de acuerdo a lo establecido en el artículo 304 D de la Ley del Seguro Social en relación con el artículo 304 B. ¿Cuándo se deben presentar los informes cuatrimestrales? Las empresas registradas ante el REPSE tendrán que presentar sus informes de forma cuatrimestral a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre. En caso de que el día 17 caiga en un día inhábil, se prorrogará el plazo para presentar el informe el siguiente día hábil. Cuatrimestre Límite para presentar el informe ante el ICSOE Enero-Abril 17 de Mayo Mayo-Agosto 17 de Septiembre Septiembre-Diciembre 17 de Enero ¿Qué información se necesita para subir el informe cuatrimestral al ICSOE? Toma en consideración lo siguiente: Información del contratante y contratista Nombre Denominación o razón social RFC Domicilio social o convencional Correo electrónico Teléfono Información del contrato Objeto del contrato Periodo de vigencia Información de los trabajadores Número de seguridad social CURP Salario base de cotización Documentos a adjuntar Copia del registro REPSE ¿Cómo ingresar al ICSOE? A continuación te compartimos una guía para acceder al ICSOE: Ingresa al IMSS Selecciona el apartado de Patrones o Empresas Elige la opción cumplimiento de obligaciones fiscales Elige la opción ICSOE Elige cualquiera de las dos opciones de acceso Usuario contratista: ingresa con e.firma (nunca la del representante legal) Usuario capturista: ingresa con el CURP y contraseña de la persona designada por el contratista Para realizar el registro y alta del contratista, ingresa aquí. Ahí podrás encontrar el ingreso del contratista, registro de datos generales y alta de usuarios. ¿Qué es el SISUB? El SISUB o Sistema de Información de Subcontratación es el medio electrónico que permite a los patrones registrados ante el REPSE, cumplir con lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.. Mediante el SISUB, las empresas podrán presentar informes cuatrimestrales ante esta institución o en su caso, solicitar el REPSE a otras empresas.  El artículo 29 Bis menciona: “Las personas físicas o morales que se encuentren registradas en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo para llevar a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos, deberán proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate”. El objetivo principal del SISUB es facilitar el envío de la información de los contratos celebrados con los trabajadores que estuvieron vinculados a dichos contratos durante el periodo que reporta.  ¿Qué se necesita para dar cumplimiento a la informativa ante el SISUB? Estar registrado en el Portal Empresarial REPSE en formato pdf Escritura constitutiva y modificaciones en pdf RFC Envío de formatos preestablecidos que puedes descargar en Material Relacionado Layout detalle contrato Layout detalle trabajadores Layout información sujeto obligado ¿Qué información se debe presentar ante el SISUB? En relación al artículo 29 Bis de la Ley del INFONAVIT, se menciona que la información deberá contener: Datos generales RFC Registro Patronal ante el IMSS Objeto y vigencia de los contratos Número de trabajadores Categoría de los trabajadores Contratos de servicio Montos de las aportaciones y amortizaciones Información de los trabajadores Determinación del salario base de aportación Copia simple del registro REPSE ¿Cómo ingresar al SISUB? Entra al Portal Empresarial Si ingresas por primera vez, elige la opción CREAR CUENTA El sistema solicitará:  Número de Registro Patronal Correo electrónico registrado con el NRP Contraseña generada al momento del registro Podrás consultar la guía de usuario para ingresar al SISUB. ¿Quiénes están obligados a presentar la declaración ante el SISUB? Cualquier persona física o moral que ejecute servicios especializados u obras especializadas registradas ante el REPSE. En el momento que la STPS valide el registro, la persona física o moral está obligada a presentar la declaración de los contratos ante el INFONAVIT y SISUB. Informes cuatrimestrales ¿Cuándo se deben presentar? Al igual que las declaraciones ante la ICSOE, las personas físicas y morales deben presentar de forma cuatrimestral la información de los contratos celebrados durante el periodo. Tienen hasta el día 17 hábil de los meses de enero, mayo y septiembre. En caso de caer en un día inhábil, se pasará al siguiente día hábil la prórroga. Cuatrimestre Límite para presentar el informe ante el SISUB Enero-Abril 17 de Mayo Mayo-Agosto 17 de Septiembre Septiembre-Diciembre 17 de Enero Preguntas más frecuentes en relación al REPSE, ICSOE y SISUB ¿Quiénes pueden acceder al SISUB? Todas las empresas que están registradas en el REPSE. ¿Quiénes pueden acceder al ICSOE? Todas las empresas que están registradas en el REPSE. ¿Cuántas declaraciones se pueden cargar al INFONAVIT? La información declarada debe ser del total de los contratos por subcontratación de servicios especializados activos en el cuatrimestre. ¿Qué sucede si tengo más de un registro patronal? Se enviará un solo conjunto de archivos a través del registro patronal identificado en el Portal Empresarial y se deberá declarar en estos archivos la información de todos los trabajadores que durante el cuatrimestre prestaron servicios. Conclusión Personas físicas o morales que se dediquen a dar servicios especializados dentro de las instalaciones de sus clientes y que sus servicios no formen parte de la actividad principal, deben registrarse ante el REPSE. En caso de ofrecer este tipo de servicios y no estar registrado ante el REPSE, se considera como una actividad fuera de la Ley. Las empresas registradas ante el REPSE deben de subir sus informes cuatrimestrales sobre los contratos realizados durante el periodo ante dos sistemas o herramientas. Para el IMSS es la ICSOE, ante el INFONAVIT es el SISUB. Es importante que estés alineado en términos legales ante las autoridades y presentar en tiempo y forma tus informes. En Consolidé podemos asesorarte para que enfoques a tus equipos en las actividades primordiales.
A raíz de la Reforma de Subcontratación, el Infonavit dio a conocer el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB). Mediante éste, las personas físicas y morales registradas bajo el REPSE podrán entregar los informes cuatrimestrales para hacer cumplimiento de lo establecido en el artículo 29 de la Ley del Infonavit. Si estás dentro del REPSE, sabes que el primer informe cuatrimestral se entregó entre el 1 al 7 de septiembre de este año y el próximo está calendarizado para el próximo 17 de enero de 2022.  ¿Sabes todo lo necesario para hacerlo de forma correcta? En Consolidé creamos una guía práctica: Información a enviar al SISUB Según la Guía de usuario para el servicio Sistema de Información de Subcontratación (SISUB), esta es la información que debes enviar: Entregar información de los sujetos obligados Información de los contratos Información de los trabajadores que estuvieron vinculados a los contratos mencionados Datos del beneficiario del servicio de esquema de subcontratación Presentarás la información de forma electrónica en el Portal Empresarial: 1_SISUB_Ley_29_bis_Sujeto obligado: Archivo en formato *.CSV • 1a_SISUB_ Ley_29_bis_Escritura Constitutiva en formato *.PDF • 2_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.CSV • 2B_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.PDF • 3_SISUB_Ley_29_bis_DetalleTrab: Archivo en formato *.CSV • 4_SISUB_Ley_29_bis_Registro emitido por STPS en formato *.PDF ¿Cómo se presenta la información para el SISUB? A continuación te presentaremos una guía sencilla para hacer la carga de tu información y archivos en el portal de empresarios del Infonavit.  Entra al Portal Empresarial Da clic en INGRESAR El Portal Empresarial te solicitará la siguiente información para entrar a tu cuenta: NRP: Número de Registro Patronal Correo asociado o con el cual te registraste al NRP Contraseña Da clic en ENTRAR En MIS TRÁMITES, elige la opción SISTEMA DE INFORMACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN Lee los términos y condiciones Acepta los términos y condiciones Da clic en CONTINUAR Ingresa tu e.firma vigente de tu empresa Da clic en EXAMINAR para el archivo .cer y después el archivo .key Ingresa la contraseña de e.firma Da clic en el botón VALIDAR En las opciones para la carga de información, ubica la pestaña ENVÍO DE INFORMACIÓN En la opción CUATRIMESTRE, se mostrará el informe disponible que corresponde a la fecha que estás ingresando Adjunta los archivos .cvs, .pdf o .zip y da click en el botón ADJUNTAR Carga los archivos Una vez finalizada la carga da clic en el botón ENVIAR El sistema te mostrará un mensaje informándote que la información está cargada y se evaluará Revisa tu correo, te llegará un mensaje ¿Cómo dar seguimiento a tu solicitud? En caso de presentarse inconsistencias con la información subida al SISUB, podrás adjuntar al correo electrónico un archivo que después podrás descargar en formato .xml. Ahí se mostrarán los errores detectados para que vuelvas a subir los archivos correctos. Si no se detectaron inconsistencias con los archivos .cvs, el sistema en automático te generará un folio que llegará a tu correo electrónico El correo electrónico te indicará que puedes ingresar de nuevo al sistema Entra al sistema Ubica la pestaña CONSULTA DE FOLIOS Descarga el acuse de solicitud Una vez validado el caso, el estatus de tu carga se mostrará como CERRADO Descarga el acuse de recibo electrónico Conclusión Cargar los informes cuatrimestrales del SISUB a la plataforma de Infonavit es muy sencillo. Recuerda que a partir de enero de 2022 es un hecho. La carga de informes cuatrimestrales deberá hacerse cada día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre.  Pero en Consolidé sabemos que una empresa como la tuya no puede perder recursos ni tiempo en tareas administrativas. Agiliza tus procesos y deja que los expertos te apoyen. Contáctanos.
El Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) es una disposición para los patrones del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). Mediante el SISUB, aquellas personas físicas y morales registradas en el REPSE, podrán dar a conocer informativas cuatrimestrales y cumplir con lo establecido en el artículo 29 de la Ley del Infonavit. Esto sucedió a raíz de la serie de reformas publicadas el 23 de abril, en referencia a la Reforma de Subcontratación. ¿Qué debes saber sobre el SISUB? En Consolidé te decimos todo lo que necesitas saber. ¿Qué es el SISUB? El SISUB o el Sistema de Información de Subcontratación es un medio electrónico cuya función es brindar apoyo a los patrones y empresas de servicios y obras especializadas, que cumplieron con el registro REPSE ante la STPS.  Las empresas con registro REPSE tendrán que presentar informes cuatrimestrales ante el Infonavit y en caso de contratar a alguna empresa de este tipo, solicitar el REPSE. Caso contrario, no se podrán ejecutar las actividades y la facturación será inválida ante el SAT. ¿Para qué sirve el SISUB? Su objetivo es que los patrones puedan cumplir con lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Hay que recordar que esta Ley también sufrió adecuaciones en referencia con la Reforma de Subcontratación. ¿Qué dice el artículo 29 Bis?: “Las personas físicas o morales que se encuentren registradas en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo para llevar a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos, deberán proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate”. De acuerdo al artículo 29 Bis, la información de los contratos celebrados: Datos generales Contratos de servicio Montos de las aportaciones y amortizaciones Información de los trabajadores Determinación del salario base de aportación Copia simple del registro emitido por la STPS Es muy importante mencionar que dicho artículo explica claramente que aunque directamente no seas una empresa de prestación de servicios o la ejecución de obras, si tienes un proveedor dentro de este ramo y éste no cumple con las disposiciones del Infonavit, te convertirás en responsable solidario. Sobre los informes cuatrimestrales del SISUB Como lo dicta la Ley y las nuevas adecuaciones, a más tardar los días 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, patrones y empresas de servicios de obras especializadas deberán enviar el informe cuatrimestral a través de la plataforma digital. En septiembre de este año, entre el 1 y el 7 de septiembre, las empresas bajo este régimen debieron de haber hecho el primer envío. A partir de este mes, en enero, mayo y septiembre durante los días 17, deberás presentar el informe.  Entonces, el siguiente informe cuatrimestral será el próximo 17 de enero de 2022. ¿Estás preparado? En caso de que no, comunícate con nuestros expertos en el SIROC. Información que se debe enviar en el SISUB Si estás dentro del REPSE, para cumplir con los informes cuatrimestrales deberás hacer lo siguiente: Entregar información de los sujetos obligados Información de los contratos Información de los trabajadores que estuvieron vinculados a los contratos mencionados Datos del beneficiario del servicio de esquema de subcontratación Presentarás la información de forma electrónica en el Portal Empresarial: 1_SISUB_Ley_29_bis_Sujeto obligado: Archivo en formato *.CSV • 1a_SISUB_ Ley_29_bis_Escritura Constitutiva en formato *.PDF • 2_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.CSV • 2B_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.PDF • 3_SISUB_Ley_29_bis_DetalleTrab: Archivo en formato *.CSV • 4_SISUB_Ley_29_bis_Registro emitido por STPS en formato *.PDF Asegúrate de usar los archivos de guía proporcionados en la Guía de usuario para el servicio Sistema de Información de Subcontratación (SISUB). Reglas establecidas por el Infonavit para presentar la información  Aunada a la información previamente descrita para el envío de los informes cuatrimestrales, las personas físicas o morales que estén bajo el REPSE tienen que cumplir las siguientes reglas: Deberá ser presentada por la persona física o moral que obtuvo el registro en la STPS En caso de que la persona que presentará el informe, cuente con más de un registro ante la STPS, se deberá enviar la información en un solo archivo Deberá declarar la información de todos archivos así como el número total de los trabajadores que durante el cuatrimestre prestaron servicios bajo el esquema de subcontratación La información presentada en el informe será del total de contratos activos de subcontratación por servicios especializados durante ese cuatrimestre El patrón recibirá un mensaje de que los archivos están siendo validados, terminado este período, recibirá la confirmación por correo electrónico para entrar al sistema y consultar el resultado de la validación ¿Qué sucede si no presento los informes cuatrimestrales del SISUB? Es muy importante que no pierdas la fecha para los informes cuatrimestrales. La consecuencia directa de no presentarlos es la cancelación del REPSE. Así, podrás perder la oportunidad de ejecutar las actividades de subcontratación en materia de obras especializadas.  Conclusión El SISUB es un medio electrónico que sirve de apoyo para los patrones registrados ante el REPSE. Se debe presentar 4 veces durante el año, siendo el mes de septiembre de 2021, el primer informe cuatrimestral solicitado.  Es muy importante no perder de vista todos los días 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, ya que esta es la fecha límite para presentar el SISUB. En caso de no presentar tu informe cuatrimestral, podrías perder el registro REPSE y no operar, así como la invalidación de las facturas ante el SAT. En Consolidé somos expertos en el SIROC y podemos ayudarte a estar al día en trámites relacionados al SISUB. Contáctanos y conoce cómo vas a poder ahorrar recursos, evitar multas y estar al día con las instituciones correspondientes.