De acuerdo al artículo 540 de la LFT que señala que la Inspección del Trabajo tiene entre otras funciones vigilar el cumplimiento de las normas laborales y poner en conocimiento de la autoridad las deficiencias y las violaciones a las normas de trabajo que observe en las empresas y establecimientos.
Con esto y por instrucción del Titular de la Dirección General de Inspección del Trabajo se iniciará a partir del 20 de diciembre el “Operativo Inspección”, en donde se realizará la verificación de la entrega de aguinaldos por parte de las empresas.
Esto a efecto de brindar a todo trabajador que no haya recibido aguinaldo asistencia y asesoría gratuita según lo requieran ya que según palabras del Director:
“el pago del aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores y el patrón en ningún caso puede argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe”.
Los inspectores tienen planificado verificar empresas, entre grandes, medianas, pequeñas y micro.