La planeación para el ejercicio fiscal 2025 viene acompañada de cambios y facilidades que buscan apoyar a las personas físicas y morales, especialmente a las PyMEs. Entre los puntos más destacados se encuentra la ausencia de modificaciones al CFF, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del IVA y Ley del IEPS.
Para el ejercicio fiscal 2025, los RESICO también obtienen más facilidades. A continuación, desglosamos los principales aspectos que debes considerar para optimizar tu planeación financiera este año.
Sin Cambios en las Principales Leyes Fiscales
En 2025, el panorama legislativo fiscal permanece sin actualizaciones significativas. No se han realizado modificaciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) ni al Código Fiscal de la Federación (CFF).
La ausencia de modificaciones a las principales legislaciones fiscales representa una mayor facilidad de planificación para las personas físicas y morales, ya que las reglas permanecen consistentes. A la par, permiten que las empresas mantengan la planeación realizada en el precierre fiscal y cierre fiscal de 2024.
Estímulo Fiscal para PyMEs y Personas Físicas
Un punto clave para la planeación financiera y fiscal de 2025 es el estímulo que consiste en la eliminación del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución otorgado a micro, pequeñas y medianas empresas, así como a personas físicas cuyos ingresos no superen los 35 millones de pesos.
Sin embargo, es importante señalar que este beneficio no será acumulable para efectos del ISR. Adicionalmente, para aprovecharlo, deberá solicitarse antes del 30 de septiembre de 2025.
Es importante recalcar que la eliminación del 100% de las multas, recargos y gastos de ejecución no será aplicable para:
Aquellos que se han beneficiado de programas generalizados y masivos de condonación fiscal anteriores
Aquellos que tengan sentencia condenatoria por la Comisión de Delitos Fiscales
No hayan desvirtuado los hechos que se les imputaron en los procedimientos establecidos en los artículos 69-B y 69-B Bis del CFF
Plazos para la Cancelación de CFDI
El plazo para cancelar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) será la fecha en la que deba presentarse la declaración del ISR del ejercicio en que se expidió el comprobante que se cancela.
Para los contribuyentes que formen parte del Régimen Simplificado de Confianza, RESICO, los plazos para cancelar los CFDI globales emitidos será a más tardar el último día del mes de abril correspondiente al ejercicio fiscal siguiente en el cual se expida el citado CFDI.
Facilidades para Contribuyentes RESICO
Las personas físicas inscritas en el RESICO cuentan con nuevas facilidades para obtener saldos a favor. Estos podrán solicitarse en los pagos mensuales o de manera conjunta en enero del ejercicio inmediato posterior.
Por otro lado, se aclara que los socios de sociedades cooperativas de producción (AGAPES) podrán tributar en este régimen siempre y cuando dichas sociedades no hayan utilizado la exención prevista en el artículo 74 de la LISR.
Adicionalmente, aquellos contribuyentes que cumplan con los requisitos de los artículos 113-E y 113-H de la LISR tendrán la opción de reincorporarse al RESICO presentando el aviso correspondiente antes del 31 de enero de 2025. Los requerimientos del SAT también han sido simplificados, eliminando barreras administrativas que anteriormente complicaban este proceso.
Aumenta la Tasa del Impuesto sobre Nóminas de la CDMX
La tasa del ISN para la Ciudad de México sufrió una actualización para el ejercicio fiscal 2025. Ahora será del 4%, aumentó un punto porcentual en relación al ejercicio anterior.
Se informó que será otorgado un beneficio fiscal de reducción del 1% para las microempresas (de 0 a 10 trabajadores) y de 0.5% para las pequeñas empresas (de 11 a 50 trabajadores)
Finaliza con la Mejor Estrategia Fiscal
El ejercicio fiscal 2025 presenta excelentes oportunidades para las personas físicas y morales, pero también requiere un enfoque estratégico para aprovechar al máximo los estímulos y facilitar el cumplimiento fiscal.
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