Los trabajadores especializados deben estar debidamente identificados en su lugar de trabajo. Recordemos que en temas de subcontratación lo primero es aparecer en el Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE).
El REPSE es un padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Éste, en cumplimiento del artículo 15 de la LFT se encarga de identificar y regular a personas físicas o morales que prestan servicios especializados o labores especializadas a terceros.
Aquellos trabajadores especializados avalados por el REPSE deben cumplir con una serie de acuerdos; también con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT). Su propósito es garantizar el acatamiento a los deberes laborales, aduaneros y fiscales.
Para que estés al día con las más recientes disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Nación te dejamos el siguiente material.
Modificación al REPSE
El 3 de febrero de 2023, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó un Acuerdo que modifica el mecanismo de inscripción en el Registro de Prestadores de Servicios u Obras Especializadas (REPSE).
Esta modificación reafirma la importancia de que los trabajadores especializados se encuentren debidamente identificados.
Entre los puntos a destacar están:
Subir a la plataforma oficial del REPSE en formato PDF el último comprobante de nómina; el cual previamente debía realizarse en formato XML.
Proporcionar el último comprobante del Sistema Único de Autodeterminación (SUA) emitido por el IMSS en formato PDF.
Artículo 14
Otra modificación a tener en cuenta es el Artículo 14 de las disposiciones generales del REPSE. En el capítulo IV se agregaron causales para la negación y para la cancelación del registro como prestador de servicios especializados.
Por una parte, se adicionaron dos nuevos supuestos para negar el registro al padrón de servicios especializados. Estos, por competencia de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo, son los siguientes:
El incumplimientos a la LFT en materia de subcontratación. Al respecto, la forma en que un patrón incumpliría es con la subcontratación de personal sin contar con el registro en el padrón. Es decir, que al verificarse la irregularidad ya no se le concedería el aval.
Los trabajadores no se encuentran inscritos en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); así como irregularidades relacionadas con el salario de los contratados o irregularidades en el contrato de prestación del servicio especializado.
Artículo 8
Con relación al segundo punto, en el Artículo 8 de las disposiciones generales del REPSE, no se prevé que el contribuyente deba proporcionar el contrato de prestación de servicios especializados. Esto porque se trata de una persona que tramitará el registro por primera vez, es decir, es previo a ofrecer o prestar sus servicios.
Por otro lado, hay cuatro supuestos que conllevan la cancelación del registro y son los siguientes:
Los dos puntos mencionados en causales para negación.
Los datos o documentos aportados durante las visitas de verificación son diferentes o imprecisos; con respecto a los ingresados en la plataforma.
Se detecta información falsa o documentos cuya autoría está errada o es falsa.
Capítulo III Bis
En la adición del Capítulo III Bis “De la vigilancia en materia del Registro”, se señala que las inspecciones estarán a cargo de la Unidad de Trabajo Digno; por conducto de la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo.
Por tanto, los inspectores podrán solicitar a las personas inscritas en el REPSE soportes que avalen el cumplimiento de la normativa vigente. De advertir un posible incumplimiento, la STPS notifica a la persona física o moral; quien tiene cinco días hábiles para resolver lo conducente.
Otro punto a tener en cuenta es que los registrados en el padֶrón podrán solicitar la cancelación de su registro. Para ello, deberán exponer y justificar a la STPS la razón de ello.
Asimismo, por medio de la plataforma REPSE se podrá presentar una solicitud para modificar o actualizar las actividades inscritas. También agregar nuevas actividades, acordes al objeto social (en caso de personas morales) o de la constancia de situación fiscal (en caso de personas físicas).
La respuesta de la STPS deberá darse dentro de 20 días hábiles, posteriores a la recepción. En caso de no recibir la notificación correspondiente, se procederá acorde al Artículo 15 de la LFT.
Inspecciones a los trabajadores especializados
En las disposiciones generales del REPSE, se establece que los Inspectores del Trabajo deberán verificar que los trabajadores especializados se encuentren debidamente identificados.
En ese sentido, quien contrata y recibe el servicio, debe asegurarse que los trabajadores del proveedor se encuentren debidamente identificados.
¿Qué debe hacer tu proveedor de servicios especializados?
Se recomienda que los beneficiarios de servicios de subcontratación implementen el uso de un distintivo; en concordancia con lo señalado en el Artículo 17 de las Disposiciones del REPSE.
El uso de carnet, gafetes o códigos de identidad es una forma simple de evidenciar el vínculo del trabajador con el proveedor.
De acuerdo con las disposiciones en materia del REPSE, las autoridades pueden sancionar al prestador del servicio, hasta con la cancelación de su registro. Como resultado, el servicio prestado no sería deducible para el prestatario.
¿Qué son los servicios especializados?
El término “servicios especializados” surgió como consecuencia de la mala interpretación y aplicación de la subcontratación. Conforme a lo establecido en el artículo 12 de la LFT, los servicios especializados son aquellos que no forman parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante de la empresa contratante.
En consecuencia, desde que entró en vigencia la reforma a la Ley Federal del Trabajo, la subcontratación laboral es legal bajo la figura de servicio especializado u obra especializada.
Para que la relación laboral sea legítima, quienes prestan este tipo de servicios, deben aparecer en el padrón de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). En ese sentido el REPSE es obligatorio para operar.
Conclusión
Luego de la reforma laboral, los trabajadores especializados deben estar al tanto de las novedades relacionadas a la obtención y validación del REPSE.
Como hemos abordado hoy, desde febrero de 2023 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) dio a conocer varias disposiciones para la vigilancia del cumplimiento en términos del REPSE y otras adiciones.
Tales disposiciones publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) corresponden al “Acuerdo que modifica el diverso por el que se dan a conocer las Disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo”.
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