Multas repse

¿Cuáles son las Multas REPSE?

marzo 24, 2023

Las Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas deben cumplir con algunos requisitos para evitar incurrir en multas REPSE. A partir de la Reforma de outsourcing, tanto contratistas como contratantes han de cuidar los términos de su relación laboral, ya que existen parámetros legales que prohíben la subcontratación.

Tendrás claridad del tema una vez termines de leer este interesante contenido preparado para ti.

Prohibición de la subcontratación en México

Desde el 1 de septiembre de 2021 entró en vigor la reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), con la que se prohíbe la subcontratación laboral. Es decir, de acuerdo a lo expuesto en el artículo 12, una empresa no puede dejar a disposición sus trabajadores en beneficio de otra.

Sin embargo, en términos de servicios especializados hay total libertad de establecer una relación laboral. Para ello, los servicios no deben formar parte del objeto social ni de la actividad económica principal de la empresa contratante. Lo aclara el artículo 13 de la LFT. 

Se incluye en esa licencia la ejecución de obras especializadas, lo fundamental siempre será que no forme parte de la actividad económica preponderante del contratante

Ahora bien, para que la contratación esté apegada a la ley, el contratista debe estar inscrito en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE). Es el primer paso para evitar multas REPSE.

Claves del registro de proveedores REPSE

  • El REPSE se realiza por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y debe incluirse en cada contrato que el contratista ejecute. 
  • Es un trámite que debe renovarse cada 3 años
  • Al obtener el registro deberá hacerse público en un portal web la inscripción en el padrón.

Otros puntos claves a tomar en cuenta:

  • El límite máximo de Participación de los Trabajadores en las Utilidades es de 3 meses de salario o al promedio de los últimos 3 años.
  • Se homologan los criterios del Código Fiscal, de la Ley de ISR y la del IVA con la Ley Federal del Trabajo para evitar simulación y defraudación fiscal.
  • Derogación de la retención del 6% de IVA en subcontratación. Para ello la empresa contratante debe tener copia del registro de la empresa contratista ante la STPS; así como de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios; recibo bancario del pago de retenciones de ISLR; pago de cuotas al IMSS y aportaciones al Infonavit. 

¿Qué debe revisar la empresa contratante?

Ante los nuevos criterios para la subcontratación de servicios u obras especializadas, es importante que la empresa contratante verifique lo siguiente: 

  • La contratista debe estar inscrita en el REPSE. Si es el caso, comprueba que esté vigente, ya que es un trámite que se renueva cada tres años. Para corroborar si tu proveedor está en el padrón de servicios especializados, busca en el catálogo de registros REPSE por medio de su RFC o razón social.
  • Para formalizar la subcontratación debe celebrarse un contrato. Éste debe detallar el alcance de la prestación de los servicios especializados o las obras a ejecutar; así como las obligaciones de ambas partes. También debe indicar el número aproximado de trabajadores que participarán. 
  • Ha de utilizar los sistemas electrónicos desarrollados por el IMSS e Infonavit para transmitir los datos de los contratos. A saber, son: la Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE) y el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB), respectivamente.
  • Corrobora que los servicios a contratar no tienen impedimentos, de acuerdo con el objeto social de su empresa como contratante de estos servicios.
  • La contratista debe proporcionar copias de (i) los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet o Factura Electrónica (CFDI) de los colaboradores; (ii) de los recibos de pago expedidos por institución bancaria, por la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a esos trabajadores; (iii) del pago de las cuotas obrero-patronales al IMSS, y (iv) del pago de las aportaciones al Infonavit.
  • Verifica que el contratista esté al corriente en sus obligaciones laborales y de seguridad social.

Multas REPSE por incumplimiento

Para el proveedor REPSE

Aquellas personas que presten servicios de subcontratación de servicios especializados sin contar con el registro ante la STPS serán objeto de multa por 2 mil a 50 mil UMAs (Unidades de Medida y Actualización). 

También se les aplicará limitación de deducción y de acreditamiento de impuestos de pagos realizados.

Aparte, las facturas que se emitan por servicios de subcontratación no tendrán validez; lo que conlleva un problema para el cliente, ya que no tendrá manera de comprobar ese gasto y su posterior deducción.

Si el proveedor no cumple con la entrega de información y documentación exigida en las leyes del ISR e IVA, será multado por un monto de 150 mil pesos mexicanos a 300 mil pesos mexicanos.

Para la empresa contratante

Al igual que con la empresa contratista, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece en los artículos 14 y 15 que las empresas que no cumplan con lo establecido serán acreedoras a una multa de 2,000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA 2022).

Por otra parte, en caso de que el patrón no permita la inspección y vigilancia que ordenen las autoridades de trabajo, se podrá imponer una multa de 250 a 5000 UMAs.

La empresa contratante será la responsable de responder frente a los trabajadores en caso de incumplimiento en materia de seguridad social; tal es el caso de la inscripción en el IMSS, pago de cuotas obrero – patronales, retenciones, entre otras.

Asimismo, será responsable solidaria en materia de la Ley del Infonavit.

Conclusión

La contratación de servicios especializados resulta muy útil e incluso necesaria para atender necesidades puntuales de las empresas. Al ser actividades que no forman parte de la actividad principal de la organización, se entiende que tener personal propio para ello es un despropósito en muchas ocasiones.

Por consiguiente, delegar actividades no fundamentales de la empresa permite mantener el talento interno enfocado en los objetivos comerciales del negocio. 

Desde Consolidé te recomendamos estudiar bien a quienes serán tus proveedores de servicio. Es importante revisar no sólo que estén inscritos ante el padrón. También comprobar todos los puntos que hemos explicado hoy y atender a los parámetros establecidos en la LFT.

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