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El Senado de la República aprobó el pasado 20 de abril de 2021 la Reforma Laboral en Materia de Subcontratación Laboral, dando por oficial sus aplicaciones el 23 de abril, cuando fue publicada la resolución en el Diario Oficial de la Federación. Con esto, oficialmente en México quedó prohibida la figura de subcontratación u outsourcing para dar la bienvenida a la figura de subcontratación de servicios especializados. Aunque existen numerosos cambios en distintos códigos y leyes, surgió el nacimiento de figuras que debes conocer como el REPSE, ICSOE y SISUB. Aquellas empresas que sean prestadoras de servicios especializados deberán estar bajo el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas así como presentar declaraciones cuatrimestrales ante el IMSS e INFONAVIT mediante los sistemas ICSOE y SISUB, respectivamente. En este artículo navegaremos sobre los antecedentes de la Reforma, la figura de subcontratación laboral y cómo debe ser el registro del REPSE, realizar las declaraciones cuatrimestrales ante la ICSOE y el SISUB así como los aspectos más relevantes. Antecedentes A partir del 1ro de septiembre de 2022, la figura legal de outsourcing o subcontratación laboral quedó eliminada en el país. Por lo que las empresas debieron contratar directamente a sus colaboradores sin la figura de un tercero y por ende, asegurarse que sus aportaciones fueran equivalentes al sueldo que estaban percibiendo. La única figura de subcontratación de servicios especializados o subcontratación que es legal en México es aquella que “no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público”. Finalmente, todas las empresas que quisieron seguir ofreciendo la subcontratación de servicios especializados debieron de haberse registrado ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Esto bajo el registro de prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE). ¿Qué es el REPSE? El REPSE o Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas es una plataforma habilitada a raíz de la Reforma de Subcontratación por parte de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Esto acorde a la modificación del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo. Dicho artículo establece que personas físicas o morales que ofrezcan servicios especializados o ejecuten obras especializadas deberán de contar con el registro ante la STPS. El mismo artículo 15 establece que la STPS tiene la obligación de publicar en el portal del REPSE el padrón de las personas físicas y morales que obtengan dicho registro. Dicho portal se llama Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas. ¿Qué son los servicios especializados? Los servicios especializados son aquellos que se brindan a clientes pero que no forman parte de la actividad principal de éstos. La STPS habilitó el sitio oficial del REPSE en el cual se puede consultar el catálogo de los servicios especializados dentro del Padrón Público de Contratistas. Ejemplos de servicios especializados son: Empresas de limpieza Empresas de comedores industriales Contratistas Casas de asesoría y certificaciones que tengan que certificar cualquier servicio o producto dentro de las instalaciones del cliente Capacitaciones presenciales en instalaciones del cliente Empresas de logística Empresas de salud ocupacional Empresas de control de calidad Empresas de jardinería Empresas de mantenimiento Empresas de mantenimiento industrial Agencias de diseño, marketing o productoras de video que realicen sus actividades dentro de las instalaciones del cliente Empresas de Tecnologías de la información que ofrezcan sus servicios o capaciten a los colaboradores de su cliente, dentro de las instalaciones Empresas de reparación ¿Por qué tener REPSE? Ante el cambio de la legislación, toda empresa que ofrezca servicios dentro de las instalaciones de sus clientes o que no formen dichos servicios parte de la actividad principal, están obligadas a registrarse ante el REPSE. Esto para estar dentro de los términos del cambio de la legislación. El plazo para el registro ante el REPSE para seguir manteniendo los beneficios fiscales fue en septiembre de 2021 y más de 71 mil empresas terminaron dicho proceso. El registro sigue en funcionamiento. Otro punto importante es que tus clientes te tendrán que solicitar tu registro, en caso de no contar con el mismo y ambas partes siguen sus interacciones comerciales, la autoridad puede multarlos a ambos. ¿Cómo saber si debo registrarme en el REPSE? Es muy sencillo, si tienes una empresa que ofrece servicios dentro de las instalaciones de tu cliente o proveedor, debes registrarte ante el REPSE. Esto por la sencilla razón de no formar parte de la actividad principal de tu cliente. ¿Qué sucede si no se está inscrito en REPSE? Si eres una persona física o moral que ofrece servicios a sus clientes que no forman parte de su actividad principal, la autoridad puede nulificar las facturas remitidas entre ambas partes así como también dictaminar defraudación fiscal y finalmente, multas en UMA. Es por eso que los clientes tienen la obligación de exigir el registro REPSE. En caso de no tenerlo, la autoridad puede considerar el servicio proveído como “servicio de subcontratación”. Éste ya es considerado un acto delictivo y estarías incumpliendo con la Ley. Es por ello que la autoridad puede hacer inspecciones de cumplimiento del REPSE. Las primeras fueron realizadas a partir del 11 de octubre de 2021 y a partir de esa fecha, la autoridad podrá hacer inspecciones estratégicas. Procedimiento para el registro REPSE A continuación te compartimos el proceso para el registro ante el REPSE, recuerda que es importante contar con la asesoría y acompañamiento de un aliado estratégico como Consolidé: Entrar a la página oficial de REPSE Accede mediante la e.firma del negocio El sistema hará una revisión automática para verificar que la persona física o moral está cumpliendo con las obligaciones fiscales y de seguridad social ante el IMSS, SAT e INFONAVIT En caso de que no esté activo el servicio de consulta, el sistema solicitará que se suba en PDF las opiniones positivas de cumplimiento de las 3 instituciones En caso de resultar todas las respuestas positivas podrás avanzar a la siguiente fase En caso de que al menos una respuesta sea negativa, el sistema informará que su trámite de registro está terminado y tendrás que solventar el pago pendiente con la institución correspondiente El sistema le solicitará datos generales de: Representante legal Datos del acta constitutiva Constancia de situación fiscal y del notario o corredor público Después deberás indicar el nivel y categoría de riesgo de acuerdo al "Catálogo de actividades para la clasificación de las empresas en el seguro de riesgos de trabajo” del IMSS El sistema solicitará que se transcriba literalmente la actividad que desea registrar de acuerdo a la constancia de situación fiscal para el caso de las personas físicas, y por lo que hace a las personas morales deberán de transcribir de manera literal el objeto social Después subirás escaneada la hoja o las páginas de la constancia de situación fiscal donde aparecen las actividades que desea registrar o el acta constitutiva en donde aparece el objeto social, resaltando en ellas las actividades que desea registrar. Después deberás capturar la actividad o las actividades que desea registrar, las cuales deberán de formar parte de su constancia de situación fiscal u objeto social. Deberá escribirlas de manera literal tal y como aparecen en su constancia de situación fiscal o en su objeto social. Adicionalmente deberás indicar en qué categoría del catálogo anexo que se desplegará se engloba cada una de las actividades solicitadas.  Después deberás requisitar un cuestionario por cada una de las actividades de las que hayas solicitado el registro. Una vez concluida la requisición del cuestionario o los cuestionarios, el sistema le solicitará que suba en PDF: Identificación Oficial Vigente de la persona física o representante legal Poder Notarial Acta Constitutiva o Constancia de Situación Fiscal Constancia de Inscripción en el RFC Registro (s) Patronal (es) ante el IMSS Comprobante de Domicilio (Luz, Predial, Teléfono) Comprobante de la nómina en formato XML Una vez requisitada y realizada la carga de la información y la documentación, la Plataforma le asignará un número de folio con el que el solicitante podrá dar seguimiento al registro. Después de realizar estos pasos, la STPS tendrá 20 días hábiles para pronunciarse al respecto de tu solicitud, esto bajo la misma plataforma. La STPS hará un análisis de la documentación y verificará el cumplimiento de los requisitos. Después se emitirá el aviso de registro que corresponda al número de folio que se dio por cada actividad del objeto social o constancia de situación fiscal registrada. Con tu registro, cada cuatro meses deberás presentar tu declaración ante la ICSOE ¿Qué es el ICSOE? Una vez que la persona moral o física tenga su registro REPSE, tendrán que reportar ante el IMSS toda la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados u obras especializadas. Estos reportes se hacen sobre la herramienta llamada Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializadas (ICSOE). El objetivo principal de la ICSOE es facilitar el cumplimiento de las obligaciones periódicas ante el IMSS sobre la información de los contratos realizados, de forma cuatrimestral. ¿Quienes están obligados a presentar la declaración o informes cuatrimestrales ante la ICSOE? Las personas físicas o morales que tengan registro REPSE están obligados a presentar la informativa de los contratos celebrados ante la ICSOE. ¿Qué tipo de declaraciones se pueden presentar ante la ICSOE? Se podrán presentar dos tipos de declaratorias: Con información: si tienes contratos de servicio vigentes Sin información: en caso de no contar con contratos vigentes ¿Qué sucede si no se presenta la informativa de los contratos? La organización puede ser sancionada por el IMSS con una multa de 500 a 2000 UMAs de acuerdo a lo establecido en el artículo 304 D de la Ley del Seguro Social en relación con el artículo 304 B. ¿Cuándo se deben presentar los informes cuatrimestrales? Las empresas registradas ante el REPSE tendrán que presentar sus informes de forma cuatrimestral a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre. En caso de que el día 17 caiga en un día inhábil, se prorrogará el plazo para presentar el informe el siguiente día hábil. Cuatrimestre Límite para presentar el informe ante el ICSOE Enero-Abril 17 de Mayo Mayo-Agosto 17 de Septiembre Septiembre-Diciembre 17 de Enero ¿Qué información se necesita para subir el informe cuatrimestral al ICSOE? Toma en consideración lo siguiente: Información del contratante y contratista Nombre Denominación o razón social RFC Domicilio social o convencional Correo electrónico Teléfono Información del contrato Objeto del contrato Periodo de vigencia Información de los trabajadores Número de seguridad social CURP Salario base de cotización Documentos a adjuntar Copia del registro REPSE ¿Cómo ingresar al ICSOE? A continuación te compartimos una guía para acceder al ICSOE: Ingresa al IMSS Selecciona el apartado de Patrones o Empresas Elige la opción cumplimiento de obligaciones fiscales Elige la opción ICSOE Elige cualquiera de las dos opciones de acceso Usuario contratista: ingresa con e.firma (nunca la del representante legal) Usuario capturista: ingresa con el CURP y contraseña de la persona designada por el contratista Para realizar el registro y alta del contratista, ingresa aquí. Ahí podrás encontrar el ingreso del contratista, registro de datos generales y alta de usuarios. ¿Qué es el SISUB? El SISUB o Sistema de Información de Subcontratación es el medio electrónico que permite a los patrones registrados ante el REPSE, cumplir con lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.. Mediante el SISUB, las empresas podrán presentar informes cuatrimestrales ante esta institución o en su caso, solicitar el REPSE a otras empresas.  El artículo 29 Bis menciona: “Las personas físicas o morales que se encuentren registradas en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo para llevar a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos, deberán proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate”. El objetivo principal del SISUB es facilitar el envío de la información de los contratos celebrados con los trabajadores que estuvieron vinculados a dichos contratos durante el periodo que reporta.  ¿Qué se necesita para dar cumplimiento a la informativa ante el SISUB? Estar registrado en el Portal Empresarial REPSE en formato pdf Escritura constitutiva y modificaciones en pdf RFC Envío de formatos preestablecidos que puedes descargar en Material Relacionado Layout detalle contrato Layout detalle trabajadores Layout información sujeto obligado ¿Qué información se debe presentar ante el SISUB? En relación al artículo 29 Bis de la Ley del INFONAVIT, se menciona que la información deberá contener: Datos generales RFC Registro Patronal ante el IMSS Objeto y vigencia de los contratos Número de trabajadores Categoría de los trabajadores Contratos de servicio Montos de las aportaciones y amortizaciones Información de los trabajadores Determinación del salario base de aportación Copia simple del registro REPSE ¿Cómo ingresar al SISUB? Entra al Portal Empresarial Si ingresas por primera vez, elige la opción CREAR CUENTA El sistema solicitará:  Número de Registro Patronal Correo electrónico registrado con el NRP Contraseña generada al momento del registro Podrás consultar la guía de usuario para ingresar al SISUB. ¿Quiénes están obligados a presentar la declaración ante el SISUB? Cualquier persona física o moral que ejecute servicios especializados u obras especializadas registradas ante el REPSE. En el momento que la STPS valide el registro, la persona física o moral está obligada a presentar la declaración de los contratos ante el INFONAVIT y SISUB. Informes cuatrimestrales ¿Cuándo se deben presentar? Al igual que las declaraciones ante la ICSOE, las personas físicas y morales deben presentar de forma cuatrimestral la información de los contratos celebrados durante el periodo. Tienen hasta el día 17 hábil de los meses de enero, mayo y septiembre. En caso de caer en un día inhábil, se pasará al siguiente día hábil la prórroga. Cuatrimestre Límite para presentar el informe ante el SISUB Enero-Abril 17 de Mayo Mayo-Agosto 17 de Septiembre Septiembre-Diciembre 17 de Enero Preguntas más frecuentes en relación al REPSE, ICSOE y SISUB ¿Quiénes pueden acceder al SISUB? Todas las empresas que están registradas en el REPSE. ¿Quiénes pueden acceder al ICSOE? Todas las empresas que están registradas en el REPSE. ¿Cuántas declaraciones se pueden cargar al INFONAVIT? La información declarada debe ser del total de los contratos por subcontratación de servicios especializados activos en el cuatrimestre. ¿Qué sucede si tengo más de un registro patronal? Se enviará un solo conjunto de archivos a través del registro patronal identificado en el Portal Empresarial y se deberá declarar en estos archivos la información de todos los trabajadores que durante el cuatrimestre prestaron servicios. Conclusión Personas físicas o morales que se dediquen a dar servicios especializados dentro de las instalaciones de sus clientes y que sus servicios no formen parte de la actividad principal, deben registrarse ante el REPSE. En caso de ofrecer este tipo de servicios y no estar registrado ante el REPSE, se considera como una actividad fuera de la Ley. Las empresas registradas ante el REPSE deben de subir sus informes cuatrimestrales sobre los contratos realizados durante el periodo ante dos sistemas o herramientas. Para el IMSS es la ICSOE, ante el INFONAVIT es el SISUB. Es importante que estés alineado en términos legales ante las autoridades y presentar en tiempo y forma tus informes. En Consolidé podemos asesorarte para que enfoques a tus equipos en las actividades primordiales.
A raíz de la Reforma de Subcontratación, el Infonavit dio a conocer el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB). Mediante éste, las personas físicas y morales registradas bajo el REPSE podrán entregar los informes cuatrimestrales para hacer cumplimiento de lo establecido en el artículo 29 de la Ley del Infonavit. Si estás dentro del REPSE, sabes que el primer informe cuatrimestral se entregó entre el 1 al 7 de septiembre de este año y el próximo está calendarizado para el próximo 17 de enero de 2022.  ¿Sabes todo lo necesario para hacerlo de forma correcta? En Consolidé creamos una guía práctica: Información a enviar al SISUB Según la Guía de usuario para el servicio Sistema de Información de Subcontratación (SISUB), esta es la información que debes enviar: Entregar información de los sujetos obligados Información de los contratos Información de los trabajadores que estuvieron vinculados a los contratos mencionados Datos del beneficiario del servicio de esquema de subcontratación Presentarás la información de forma electrónica en el Portal Empresarial: 1_SISUB_Ley_29_bis_Sujeto obligado: Archivo en formato *.CSV • 1a_SISUB_ Ley_29_bis_Escritura Constitutiva en formato *.PDF • 2_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.CSV • 2B_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.PDF • 3_SISUB_Ley_29_bis_DetalleTrab: Archivo en formato *.CSV • 4_SISUB_Ley_29_bis_Registro emitido por STPS en formato *.PDF ¿Cómo se presenta la información para el SISUB? A continuación te presentaremos una guía sencilla para hacer la carga de tu información y archivos en el portal de empresarios del Infonavit.  Entra al Portal Empresarial Da clic en INGRESAR El Portal Empresarial te solicitará la siguiente información para entrar a tu cuenta: NRP: Número de Registro Patronal Correo asociado o con el cual te registraste al NRP Contraseña Da clic en ENTRAR En MIS TRÁMITES, elige la opción SISTEMA DE INFORMACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN Lee los términos y condiciones Acepta los términos y condiciones Da clic en CONTINUAR Ingresa tu e.firma vigente de tu empresa Da clic en EXAMINAR para el archivo .cer y después el archivo .key Ingresa la contraseña de e.firma Da clic en el botón VALIDAR En las opciones para la carga de información, ubica la pestaña ENVÍO DE INFORMACIÓN En la opción CUATRIMESTRE, se mostrará el informe disponible que corresponde a la fecha que estás ingresando Adjunta los archivos .cvs, .pdf o .zip y da click en el botón ADJUNTAR Carga los archivos Una vez finalizada la carga da clic en el botón ENVIAR El sistema te mostrará un mensaje informándote que la información está cargada y se evaluará Revisa tu correo, te llegará un mensaje ¿Cómo dar seguimiento a tu solicitud? En caso de presentarse inconsistencias con la información subida al SISUB, podrás adjuntar al correo electrónico un archivo que después podrás descargar en formato .xml. Ahí se mostrarán los errores detectados para que vuelvas a subir los archivos correctos. Si no se detectaron inconsistencias con los archivos .cvs, el sistema en automático te generará un folio que llegará a tu correo electrónico El correo electrónico te indicará que puedes ingresar de nuevo al sistema Entra al sistema Ubica la pestaña CONSULTA DE FOLIOS Descarga el acuse de solicitud Una vez validado el caso, el estatus de tu carga se mostrará como CERRADO Descarga el acuse de recibo electrónico Conclusión Cargar los informes cuatrimestrales del SISUB a la plataforma de Infonavit es muy sencillo. Recuerda que a partir de enero de 2022 es un hecho. La carga de informes cuatrimestrales deberá hacerse cada día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre.  Pero en Consolidé sabemos que una empresa como la tuya no puede perder recursos ni tiempo en tareas administrativas. Agiliza tus procesos y deja que los expertos te apoyen. Contáctanos.
El Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) es una disposición para los patrones del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). Mediante el SISUB, aquellas personas físicas y morales registradas en el REPSE, podrán dar a conocer informativas cuatrimestrales y cumplir con lo establecido en el artículo 29 de la Ley del Infonavit. Esto sucedió a raíz de la serie de reformas publicadas el 23 de abril, en referencia a la Reforma de Subcontratación. ¿Qué debes saber sobre el SISUB? En Consolidé te decimos todo lo que necesitas saber. ¿Qué es el SISUB? El SISUB o el Sistema de Información de Subcontratación es un medio electrónico cuya función es brindar apoyo a los patrones y empresas de servicios y obras especializadas, que cumplieron con el registro REPSE ante la STPS.  Las empresas con registro REPSE tendrán que presentar informes cuatrimestrales ante el Infonavit y en caso de contratar a alguna empresa de este tipo, solicitar el REPSE. Caso contrario, no se podrán ejecutar las actividades y la facturación será inválida ante el SAT. ¿Para qué sirve el SISUB? Su objetivo es que los patrones puedan cumplir con lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Hay que recordar que esta Ley también sufrió adecuaciones en referencia con la Reforma de Subcontratación. ¿Qué dice el artículo 29 Bis?: “Las personas físicas o morales que se encuentren registradas en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo para llevar a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos, deberán proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate”. De acuerdo al artículo 29 Bis, la información de los contratos celebrados: Datos generales Contratos de servicio Montos de las aportaciones y amortizaciones Información de los trabajadores Determinación del salario base de aportación Copia simple del registro emitido por la STPS Es muy importante mencionar que dicho artículo explica claramente que aunque directamente no seas una empresa de prestación de servicios o la ejecución de obras, si tienes un proveedor dentro de este ramo y éste no cumple con las disposiciones del Infonavit, te convertirás en responsable solidario. Sobre los informes cuatrimestrales del SISUB Como lo dicta la Ley y las nuevas adecuaciones, a más tardar los días 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, patrones y empresas de servicios de obras especializadas deberán enviar el informe cuatrimestral a través de la plataforma digital. En septiembre de este año, entre el 1 y el 7 de septiembre, las empresas bajo este régimen debieron de haber hecho el primer envío. A partir de este mes, en enero, mayo y septiembre durante los días 17, deberás presentar el informe.  Entonces, el siguiente informe cuatrimestral será el próximo 17 de enero de 2022. ¿Estás preparado? En caso de que no, comunícate con nuestros expertos en el SIROC. Información que se debe enviar en el SISUB Si estás dentro del REPSE, para cumplir con los informes cuatrimestrales deberás hacer lo siguiente: Entregar información de los sujetos obligados Información de los contratos Información de los trabajadores que estuvieron vinculados a los contratos mencionados Datos del beneficiario del servicio de esquema de subcontratación Presentarás la información de forma electrónica en el Portal Empresarial: 1_SISUB_Ley_29_bis_Sujeto obligado: Archivo en formato *.CSV • 1a_SISUB_ Ley_29_bis_Escritura Constitutiva en formato *.PDF • 2_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.CSV • 2B_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.PDF • 3_SISUB_Ley_29_bis_DetalleTrab: Archivo en formato *.CSV • 4_SISUB_Ley_29_bis_Registro emitido por STPS en formato *.PDF Asegúrate de usar los archivos de guía proporcionados en la Guía de usuario para el servicio Sistema de Información de Subcontratación (SISUB). Reglas establecidas por el Infonavit para presentar la información  Aunada a la información previamente descrita para el envío de los informes cuatrimestrales, las personas físicas o morales que estén bajo el REPSE tienen que cumplir las siguientes reglas: Deberá ser presentada por la persona física o moral que obtuvo el registro en la STPS En caso de que la persona que presentará el informe, cuente con más de un registro ante la STPS, se deberá enviar la información en un solo archivo Deberá declarar la información de todos archivos así como el número total de los trabajadores que durante el cuatrimestre prestaron servicios bajo el esquema de subcontratación La información presentada en el informe será del total de contratos activos de subcontratación por servicios especializados durante ese cuatrimestre El patrón recibirá un mensaje de que los archivos están siendo validados, terminado este período, recibirá la confirmación por correo electrónico para entrar al sistema y consultar el resultado de la validación ¿Qué sucede si no presento los informes cuatrimestrales del SISUB? Es muy importante que no pierdas la fecha para los informes cuatrimestrales. La consecuencia directa de no presentarlos es la cancelación del REPSE. Así, podrás perder la oportunidad de ejecutar las actividades de subcontratación en materia de obras especializadas.  Conclusión El SISUB es un medio electrónico que sirve de apoyo para los patrones registrados ante el REPSE. Se debe presentar 4 veces durante el año, siendo el mes de septiembre de 2021, el primer informe cuatrimestral solicitado.  Es muy importante no perder de vista todos los días 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, ya que esta es la fecha límite para presentar el SISUB. En caso de no presentar tu informe cuatrimestral, podrías perder el registro REPSE y no operar, así como la invalidación de las facturas ante el SAT. En Consolidé somos expertos en el SIROC y podemos ayudarte a estar al día en trámites relacionados al SISUB. Contáctanos y conoce cómo vas a poder ahorrar recursos, evitar multas y estar al día con las instituciones correspondientes.