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Como responsable del pago de nómina en tu organización, estás muy familiarizado con el factor de integración. Es aquel que se utiliza para determinar el salario base cotización (SBC) así como para el cálculo de beneficios de los colaboradores. Por ello, el factor de integración es base para la relación con el IMSS. Con la última reforma a la Ley Federal del Trabajo que modifica los días de vacaciones a partir del primer año de trabajo, el factor de integración se vuelve esencial. Conoce cómo queda el nuevo factor de integración IMSS por año. ¿Qué es el factor de integración? El factor de integración es un cálculo que se utiliza para determinar el Salario Base de Cotización (SBC) y para calcular las prestaciones a las que tiene derecho el empleado. Por otro lado, también el FI es importante para determinar la pensión que recibirá el empleado en su jubilación. El FI también se usa para realizar el cálculo de las cotizaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, específicamente para determinar las cuotas obrero patronales. Para los encargados del cálculo de nómina, el factor de integración es clave para el cálculo de nómina ya que en este cálculo reside la compensación o remuneración de los empleados. Según el marco legal de México, todo empleado contratado por una empresa, por ley tiene derecho a prestaciones laborales como: aguinaldo, prima vacacional y vacaciones. Por ello, es obligación del patrón definir el importe proporcional de las prestaciones que recibirá el empleado. Los factores de integración son clave para calcular los importes. Dentro de la Ley Federal del Trabajo se establecen los factores de integración para determinar la remuneración de los empleados: Aguinaldo Asistencia y puntualidad Comisiones Prima dominical Prima vacacional Horas extra Gratificaciones Propinas Salario base Vacaciones Salario Base Cotización El Salario Base Cotización (SBC) es empleado para determinar las cotizaciones de los trabajadores dentro del sistema de seguridad social. Con el SBC se calculan las prestaciones sociales y contribuciones así como cotizaciones e impuestos a la seguridad social. Siguiendo la misma línea, el Salario Base Cotización tiene su base legal dentro de la Ley del Seguro Social en su Capítulo II “De las bases de cotización y de las cuotas”, en su artículo 27:  El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo. Se excluyen como integrantes del salario base de cotización, dada su naturaleza, los siguientes conceptos: Instrumentos de trabajo: herramienta, ropa, similares Ahorro, cuando se integre por depósito de cantidad semanaria, quincenal o mensual igual del trabajo y de la empresa Aportaciones adicionales por parte del patrón por cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez Cuotas en término de la Ley a cubrir por el patrón, aportaciones al INFONAVIT y participaciones en las utilidades Alimentación y habitación cuando se otorgue en forma onerosa a los trabajadores Despensas en especie o dinero, cuando el importe no rebase el 40% del salario mínimo general vigente en Distrito Federal Premios por asistencia y puntualidad, sin rebasar el 10% del salario base de cotización Cantidades aportadas para fines sociales: fonso para algún plan de pensiones por parte del patrón o derivado de contratación colectiva Tiempo extraordinario dentro de los márgenes de la LFT Factores de integración por año de antigüedad Años de antigüedad Días de Prima vacacional Factor de integración Aguinaldo Vacaciones 1 15 12 25% 1.0493 2 15 14 25% 1.0507 3 15 16 25% 1.0521 4 15 18 25% 1.0534 5 15 20 25% 1.0548 6-10 15 22 25% 1.0562 11-15 15 24 25% 1.0575 16-20 15 26 25% 1.0589 21-25 15 28 25% 1.0603 26-30 15 30 25% 1.0616 Cómo se relaciona con el Salario Diario Integrado El factor de integración también es clave para el cálculo del Salario Diario Integrado (SDI). El SDI se utiliza para calcular las aportaciones de seguridad social del empleado y es la suma de las percepciones del mismo. El SDI cuenta con su marco legal en la LFT dentro del artículo 89: “Para determinar el monto de las indemnizaciones que deban pagarse a los trabajadores se tomará como base el salario correspondiente al día en que nazca el derecho a la indemnización, incluyendo en él la cuota diaria y la parte proporcional de las prestaciones mencionadas en el artículo 84. En los casos de salario por unidad de obra, y en general, cuando la retribución sea variable, se tomará como salario diario el promedio de las percepciones obtenidas en los treinta días efectivamente trabajados antes del nacimiento del derecho. Si en ese lapso hubiese habido aumento en el salario, se tomará como base el promedio de las percepciones obtenidas por el trabajador a partir de la fecha del aumento. Cuando el salario se fije por semana o por mes, se dividirá entre siete o entre treinta, según el caso, para determinar el salario diario.” Para resumir, el factor de integración es un coeficiente que es aplicado al SDI para integrar también percepciones adicionales: bonos, comisiones o prestaciones. ¿Cómo se relaciona el SDI y el SBC con el factor de integración? El primero se usa como base para el cálculo de liquidaciones e indemnizaciones al final de una relación laboral mientras que el segundo para calcular las cotizaciones ante el IMSS. Para calcular ambos, los expertos en cálculo de nómina utilizan el factor de integración por año acorde a la antigüedad del trabajador. Cálculo del factor de integración Para poder calcular el factor de integración vamos a tomar el SBC de los empleados. Debemos recordar que el SBC puede estar sujeto a límites establecidos por la legislación. Veamos los pasos para calcular el factor de integración: Considerar el SBC Multiplicar el SBC por la tasa de cotización establecida (varía dependiendo de sistema de seguridad social o fondo de pensiones) Compara el resultado con los requisitos del financiamiento del sistema Si es inferior es aplicado el factor de integración para aumentar el monto de la contribución El factor de integración puede ser fijo o variable ¿Cuándo se debe cambiar? El factor de integración puede cambiar cuando el empleado acumula otro año de trabajo en la empresa, a partir del primero. Por ejemplo, al 1er año de trabajo, el factor de integración es de 1.0493, el segundo año de 1.0507, progresivamente. El factor de integración es esencial para calcular las cuotas obrero-patronales así como para determinar el salario base cotización y sus prestaciones ante el IMSS. Por otro lado, su cálculo también es esencial para el cálculo de nómina. Si tienes dudas sobre cómo agilizar el cálculo de nómina, contáctanos. En Consolidé contamos con más de 27 años de experiencia en gestión y administración de Recurso Humano.
Saber cómo calcular las cuotas obrero patronales te permitirá cumplir con tus obligaciones en materia de seguridad social. En los artículos 15, fracción III, y 39 de la Ley del Seguro Social (LSS) se contempla la obligación del patrón en esta materia. Por un lado, es necesario que el empleador esté inscrito en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realice su alta patronal. También debe dar de alta a sus empleados dentro de los primeros 5 días hábiles.  Hoy te explicamos en qué consisten y cómo calcular las cuotas obrero patronales. ¿Quién hace las aportaciones, cómo se pagan? Si tienes dudas al respecto, todo esto lo abordamos.  Como empleador, tienes la obligación legal de determinar y pagar las cuotas obrero patronales. Este monto junto a la aportación del gobierno federal, es lo que sirve para financiar los servicios de seguridad social que otorga el IMSS a los trabajadores. Cuotas obrero-patronales: ¿Qué son? Las cuotas obrero patronales son la suma de aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social. Estas permiten al colaborador tener beneficios como prestaciones de seguro social, atención médica, vivienda y retiro. Se llama cuotas obrero patronales porque del lado de la empresa, trabajadores y patrones deben hacerla. Sin embargo, también el gobierno de México aporta una cuota social. Esas aportaciones aparecen en los comprobantes fiscales de Nómina como “IMSS” o “Seguro Social”. Para proceder a estas retenciones con cada trabajador, se construye una cuenta individual. Una vez que el empleado tiene el alta ante el IMSS, deberás realizar el pago total ante la entidad, en caso contrario puedes caer el peligro de incumplimiento. Sigue leyendo y notarás por qué es tan importante estar al día con la legislación para saber cómo calcular las cuotas obrero patronales. ¿Quién debe pagarlas? Las cuotas del IMSS las realizan tanto los patrones (persona física o moral) como el trabajador. En el caso del trabajador el monto es menor y se deduce de su salario; por tanto, aparece en su recibo de nómina por concepto de Seguro Social o IMSS. Los patrones, ya sean persona física, autónomo, o persona moral, son los encargados de hacer el pago por medio de una referencia o el SIPARE. ¿Cada cuánto tiempo se pagan? Según lo establecido en el artículo 39 de la LSS, el pago de las cuotas al seguro aplica por mensualidades vencidas; y debe hacerse entre el 1 y 17 de cada mes. Por otro lado, el artículo vigésimo séptimo transitorio del Decreto de la Ley del Seguro Social hace una precisión con el pago respecto del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Éste se seguirá realizando de manera bimestral en tanto no se homologuen los periodos de pago de las leyes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, ISSSTE, y del Infonavit. La manera en que se realizan los pagos de las cuotas es por medio del SUA (Sistema Único de Autodeterminación). Esta herramienta ayuda a realizar el cálculo de las cuotas obrero patronales de manera automática y verificada. Cómo calcular las cuotas obrero-patronales Es momento de puntualizar algunas novedades para que sepas cómo calcular las cuotas obrero patronales frente a cambios que entran en vigencia este 2025.  Las cuotas y porcentajes que aportas por cada empleado varían, pues su cálculo depende de diferentes conceptos y valores. Entre ellos: El salario base de cotización del trabajador, SBC. La Unidad de Medida y Actualización, UMA. Los porcentajes fijados dentro de la Ley del Seguro Social. Y los seguros y prestaciones sociales que se brinden a los empleados. Salario básico de cotización (SBC)  Debes tener claro que a partir de enero de 2023 las aportaciones patronales de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez aumentan de manera gradual; para ello debes tomar en cuenta la tabla establecida del Salario Base de Cotización del trabajador en la Ley del Seguro Social. Te compartimos la tabla que considera el aumento gradual hasta el 2030: Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM* 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 1.01 SM a 1.50 UMA** 3.281% 3.413% 3.544% 3.676% 3.807% 3.939% 4.070% 4.202% 1.51 a 2.00 UMA 3.575% 4.000% 4.426% 4.851% 5.276% 5.701% 6.126% 6.552% 2.01 a 2.50 UMA 3.751% 4.353% 4.954% 5.556% 6.157% 6.759% 7.360% 7.962% 2.51 a 3.00 UMA 3.869% 4.588% 5.307% 6.026% 6.745% 7.464% 8.183% 8.902% 3.01 a 3.50 UMA 3.953% 4.756% 5.559% 6.361% 7.164% 7.967% 8.770% 9.573% 3.51 a 4.00 UMA 4.016% 4.882% 5.747% 6.613% 7.479% 8.345% 9.211% 10.077% 4.01 UMA en adelante 4.241% 5.331% 6.422% 7.513% 8.603% 9.694% 10.784% 11.875% *Salario Mínimo ** Unidad de Medida y Actualización La fórmula para calcular el SBC es: Salario diario x Factor de Integración. El salario diario incluye los pagos realizados en efectivo de acuerdo a las horas trabajadas, gratificaciones, alimentación, habitación y comisiones, entre otros. Si el salario del empleado es menor al salario mínimo aplicable, se toma el valor del salario mínimo como base para el cálculo de la cuota. Por el contrario, si el salario supera la suma de UMA x 25 veces, se tomará éste último valor para el cálculo de la cuota. Para obtener el valor del salario diario se divide la suma que el empleado cobra entre la cantidad de días. En el caso del factor de integración, usa la siguiente fórmula: (365 días del año + (Días por vacaciones X 25% de prima vacacional*) + Días de aguinaldo)/365 días del año. Unidad de Medida y Actualización (UMA) Es una cifra que actúa como referente económico en varias actividades. Una de ellas es el de las cuotas patronales, como las que corresponden al Seguro de Enfermedades y Maternidad. El valor UMA también influye en el crédito otorgado por el Infonavit. Porcentajes de acuerdo a la Ley del Seguro Social en seguros y prestaciones De acuerdo al seguro o prestación social, patrón y empleado cubren en partes desiguales las primas. Cuando decimos partes desiguales nos referimos a que el patrón cubre la mayor parte. Entre los seguros y prestaciones sociales que corresponden a la regulación obligatoria se encuentran los siguientes: Seguro de riesgos de trabajo. Seguro de enfermedades y maternidad. Seguro de invalidez y vida. Guarderías y prestaciones sociales.  Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Conclusión El incremento gradual en la cuota patronal que se aplica al Salario Base de Cotización del trabajador tiene un impacto económico a considerar. Desde Consolidé te recomendamos actualizar tus tablas para el cálculo de las cuotas patronales de cesantía en edad avanzada año con año hasta el 2030. Además, recuerda que hay nueva versión del SUA, por lo que se debe actualizar la prima de riesgo de trabajo del IMSS.  Estamos para apoyarte con estos cambios para que puedas centrar los esfuerzos de tu equipo de Recursos Humanos. Con nuestro servicio especializado de payrolling no necesitas ocupar tiempo en cómo calcular las cuotas obrero patronales.  Y si lo deseas, podrás agilizar la determinación de las cuotas y programarlas mes a mes de manera oportuna y simple con nuestro apoyo. Contáctanos.
Los movimientos afiliatorios son parte habitual del trabajo de Recursos Humanos en una empresa. Si tienes una nómina de colaboradores a tu cargo debes saber que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es el organismo encargado de otorgar y gestionar los servicios vinculados a la seguridad social de los trabajadores.  De ahí que, tú como patrón estés en obligación de estar afiliado y afiliar a tus colaboradores; así como cumplir con las notificaciones correspondientes a los movimientos afiliatorios.  Al realizar los avisos al IMSS de los movimientos afiliatorios garantizas al trabajador su acceso a los servicios médicos. También a las prestaciones económicas y sociales a las que tiene derecho. Hoy te explicamos los tipos de movimientos afiliatorios que existen y cómo hacer el trámite. ¿Qué son los movimientos afiliatorios? Los movimientos afiliatorios son las notificaciones de cambios de estatus del trabajador ante el Seguro Social, es decir, cuando se le da el alta o baja al trabajador; también cuando se modifica su salario o tiene un reingreso.  Ley del IMSS La Ley del Seguro Social (LSS) en su artículo 15 establece que es obligación de los patrones registrarse e inscribir a sus trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social. Asimismo, es obligatorio realizar los avisos de los movimientos afiliatorios al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Puedes hacerlo tú o un representante legal dentro de plazos no mayores a cinco días hábiles.  Para ello, se deben presentar en los formularios autorizados AFIL02, AFIL03 y AFIL04 en la forma y términos que señale el Instituto. También puedes hacer los avisos vía electrónica, a través de IDSE. Es necesario que cuentes con tu certificado digital, tu usuario y contraseña. Tipos de movimientos afiliatorios Aunque ya los mencionamos, ahora te explicamos los tipos de movimientos afiliatorios. Estos son: Alta Es la notificación por parte de la empresa de la incorporación a la organización de trabajadores permanentes, por obra o tiempo determinado o trabajadores eventuales. Esta acción sirve para inscribirlos ante el Instituto. Reingreso Es el aviso relacionado a los trabajadores que se reincorporan a la relación laboral y nuevamente adquieren el derecho de estar sujetos al régimen del Seguro Social. Modificación de salario Esta notificación debe hacerse ante cualquier variación que sufre el salario diario base de cotización de sus trabajadores inscritos en el régimen del Seguro Social. Existen tres casos: Salarios fijos: El aviso se debe presentar dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que ocurrió la modificación. También puede hacerse el día hábil anterior a la fecha en que surta efectos la modificación. Salarios variables: Los avisos se deben presentar dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre, las modificaciones del salario del bimestre anterior. Los avisos llevarán por fecha el día primero del mes siguiente al bimestre en que ocurrió la modificación. Salarios mixtos: Cuando se modifica el elemento fijo, deberá presentarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que ocurrió la modificación. Si al concluir el bimestre respectivo hubo modificación del elemento variable, los avisos se deben presentar dentro de los primeros cinco días hábiles de los meses de enero, marzo, mayo, julio, septiembre y noviembre. Baja Esta notificación se hace ante la disolución de la relación laboral con el  trabajador. Lo que conlleva la finalización de tu obligación como patró de tenerlo inscrito en el régimen del Seguro Social. Constancia de movimientos afiliatorios Para obtener la constancia de movimientos afiliatorios ingresa a la página idse.imss.gob.mx/imss. Allí podrás, luego de realizar la notificación, obtener la constancia. Sigue leyendo que te explicamos cómo hacerlo. Aviso de los movimientos afiliatorios ¿Qué contiene? Las notificaciones de movimientos afiliatorios reflejan la siguiente información: Tipo de movimiento afiliatorio. Número de Registro Patronal. Número de Seguridad Social (NSS) del trabajador. Nombre completo del trabajador. Clave Trabajador. Clave Única de Registro de Población (CURP). Salario diario integrado (excepto en los movimientos de baja). Fecha del movimiento. Causa de Baja (en caso de que aplique). Unidad de Medicina Familiar (excepto en los movimientos de baja y modificación). Tipo Trabajador (excepto en los movimientos de baja). Tipo de salario: Fijo, variable o mixto (excepto en los movimientos de baja). Tipo de jornada laboral (excepto en los movimientos de baja). ¿Cómo se realiza el trámite? El IDSE es una plataforma que permite a las empresas gestionar la información de sus trabajadores, por lo que puedes reportar los movimientos afiliatorios. Es el IMSS Desde Su Empresa, de ahí sus siglas IDSE.  En otras palabras, se trata de una sistema automatizado que permite mantener la información actualizada de tus trabajadores ante el IMSS. Para realizar el trámite sigue estos pasos: Ingresa al portal idse.imss.gob.mx/imss. Debe de tener a la mano su Certificado Digital, la llave privada, el usuario y contraseña previamente asignada. Ubica y selecciona el apartado “Movimientos Afiliatorios”. Haz clic en “Capturar y envía tus movimientos afiliatorios”. Selecciona el movimiento afiliatorio que deseas realizar. Debes llenar la información del trabajador que se solicita. Antes de presionar “Agregar” verifica que toda la información está correcta. Selecciona el campo agregado del trabajador. Posteriormente debes dar clic en el botón “Enviar” y te redireccionará a otra página en donde debes poner la cuenta junto con el Certificado Digital y Llave Privada.  Por último, debe de darle click en ‘Firmar”.  En caso de realizar la notificación de manera presencial, acude a la Subdelegación que controla tu registro patronal de lunes a viernes en días hábiles para el IMSS de 8:00 a 15:30 horas. Debes llevar los siguientes documentos: Copia de la escritura constitutiva / poder notarial a quien realizará el trámite. Tarjeta Patronal. Copia del contrato laboral. Documento probatorio de no haber podido realizar el trámite por internet. Formato AFIL-02 con la información adicional que requiere. Hoja membretada dirigida al IMSS solicitando la inscripción del trabajador (debe contener los datos de la empresa y del trabajador). Toma en cuenta que de forma presencial se recibirán hasta cinco avisos afiliatorios. Conclusión Desde Consolidé te recomendamos que antes de iniciar el trámite revises que los documentos y formatos a entregar no presenten tachaduras o enmendaduras en fecha de movimiento y Salario Base de Cotización. Recuerda que la presentación de los movimientos afiliatorios debe hacerse dentro del plazo no mayor a cinco días hábiles, contados a partir de la realización de los supuestos.  Si necesitas apoyo de expertos para diligenciar estos trámites, contáctanos. Nuestros servicios incluyen asesoría fiscal y financiera, reclutamiento de personal, administración de nómina y maquila de nómina.
Las prestaciones de ley son beneficios concedidos por el gobierno a individuos que laboran en México. Las prestaciones son derechos garantizados por la Ley Federal de Trabajo y por ende deben ser cumplidas por el patrón.  En esta guía abordaremos las prestaciones de ley que deben existir en las organizaciones. ¿Qué son las prestaciones de ley en México? En México, las prestaciones de ley son los beneficios por derecho que todo patrón debe otorgar a sus trabajadores. Las prestaciones de ley son aquellas a las cuales el trabajador tiene acceso a partir del inicio de la relación laboral subordinada.  La Ley Federal de Trabajo establece dos tipos de prestaciones laborales, las de ley y las superiores a la ley. Éstas últimas son aquellas que la organización ofrece como beneficios adicionales para que la empresa sea más atractiva para el talento humano. Marcos jurídicos Toda relación laboral que es establecida entre un empleado y una empresa está regida por la Ley Federal de Trabajo. Dentro de esta legislación se establece el marco jurídico de todos los aspectos de las relaciones de trabajo en el país. También dentro de la legislación, se estipulan los lineamientos, derechos y prestaciones de ley en México así como: Derechos de los trabajadores Obligaciones de los trabajadores Obligaciones de los patrones Procedimientos para resolver conflictos laborales   Específicamente hablando del derecho al trabajo digno, otro marco jurídico que lo contempla es la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dentro de sus artículos 1 y 123. Para los trabajadores del Estado dentro de los tres poderes en México (ejecutivo, legislativo y judicial), es aplicable la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Prestaciones de ley que toda organización debe garantizar Toda organización legalmente establecida en México debe garantizar prestaciones de ley a sus empleados en relación de subordinados. Es importante mencionar que las prestaciones son independientes al salario. Exploremos cuáles son: Aguinaldo El aguinaldo es una prestación legal que se paga a todos los empleados en México antes del final de cada año. El pago del aguinaldo se establece dentro del artículo 87 de la LFT y menciona que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre de cada año. También deberá corresponder a 15 días del salario del colaborador, como mínimo.  Para aquellos colaboradores que tengan menos de un año laborando dentro de la organización, el cálculo de su aguinaldo es proporcional. Días de descanso obligatorios De acuerdo al artículo 74 de la LFT, todos los empleados de México tienen derecho a prestaciones de ley como los días de descanso obligatorio. Los días son: 1ro de enero 1er lunes de febrero para conmemorar el 5 de febrero Tercer lunes de marzo para conmemorar el 21 de marzo 1ro de mayo 16 de septiembre Tercer lunes de noviembre para conmemorar el 20 de noviembre 1ro de diciembre de cada 6 años cuando se transmite el Poder Ejecutivo Federal 25 de diciembre Cuando haya elecciones ordinarias y se efectúe la jornada electoral, acorde a las leyes federales y locales electorales Por otro lado, también se establece dentro de la ley que los trabajadores no podrán laborar más de 6 días sin recibir un día de descanso.  Prestaciones de ley: Pago de utilidades Otra de las prestaciones de ley que establece la LFT es el pago de utilidades o PTU. Se trata de un incentivo que otorga la empresa para estimular la productividad de sus trabajadores y es una prestación de ley que los trabajadores reciben a partir de las ganancias que obtiene el patrón durante el año. Está establecida dicha prestación dentro del capítulo VIII de los artículos 117 al 131. El artículo 120 de la LFT establece que el porcentaje del PTU que podrán recibir los empleados estará fijado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas: “[...] se considera utilidad en cada empresa la renta gravable, de conformidad con las normas de la Ley del Impuesto sobre la Renta.” El artículo 123 establece la división: “La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.”   Finalmente, el pago del PTU deberá realizarse a más tardar 60 días después de la fecha en que deba pagarse el impuesto anual. Sucede entre mayo y junio. Licencias por maternidad, periodo de lactancia, paternidad o adopción Dentro de la LFT se contemplan los derechos de las mujeres trabajadoras. Las prestaciones de ley que tienen son: Según el artículo 170 Durante el periodo de embarazo no realizarán actividades que exijan esfuerzos considerables y que signifiquen un peligro para la gestación o su salud Disfrutarán de un descanso de 6 semanas anteriores y 6 posteriores al parto (a solicitud de la trabajadora con autorización médica). Si el hijo nació con alguna discapacidad o requieran de atención médica, se podrá disfrutar de 8 semanas posteriores al parto Adopción: se podrá gozar de 6 semanas de descanso con goce de sueldo posteriores al día que reciban al menor. Periodo de lactancia: hasta por el término de 6 meses, con dos reposos extraordinarios por día de media hora cada uno o la reducción de una hora de la jornada laboral con previo acuerdo con el patrón   Por otro lado, dentro del artículo 132 de la LFT se establece el permiso por paternidad, ya sea por nacimiento o por adopción. El permiso otorga a los padres 5 días laborales con goce de sueldo. Por su lado, la madre podrá descansar 6 semanas con goce de sueldo en temas de adopción. Prima vacacional La prima vacacional es otra de las prestaciones de ley que debes conocer. Se trata de un ingreso extra que tiene el colaborador para disfrutar de su periodo de vacaciones. Dentro del artículo 80 se establece también la importancia de la prima vacacional: “Los trabajadores tendrán derecho a una prima no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones”. Todos los trabajadores asalariados en México tienen legalmente derecho a una semana de vacaciones pagadas cada año. Esta prestación legal se conoce como vacaciones, y también otorga una gratificación equivalente a un mes de salario o más. Los beneficios legales antes mencionados proporcionan a los trabajadores en México una medida de seguridad económica y protección legal que de otra manera no tendrían Prima dominical Además de prestaciones legales como las vacaciones y la prima vacacional, los trabajadores en México también tienen derecho a prestaciones de ley como la prima dominical. Ésta se refiere a que si un colaborador tiene que trabajar en domingo, la organización que lo contrata deberá pagar como mínimo un 25% adicional al salario de los días normales. La prima dominical está establecida dentro del artículo 71 de la LFT: “En los reglamentos de esta Ley se procurará que el día de descanso semanal sea el domingo. Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.” Prima de antigüedad Otra prestación de ley en México para los trabajadores es la prima de antigüedad. Es una de las prestaciones más conocidas y contempla 6 puntos importantes: Consistirá en el importe de 12 días de salario, por cada año de servicios Para determinar el monto del salario, se estará a lo dispuesto en los artículos 485 y 486;  Se pagará a los trabajadores que se separen voluntariamente de su empleo, siempre que hayan cumplido 15 años de servicios, por lo menos. Asimismo se pagará a los que se separen por causa justificada y a los que sean separados de su empleo, independientemente de la justificación o injustificación del despido;  Para el pago de la prima en los casos de retiro voluntario de los trabajadores, se observarán las normas siguientes:  Si el número de trabajadores que se retire dentro del término de un año no excede del diez por ciento del total de los trabajadores de la empresa o establecimiento, o de los de una categoría determinada, el pago se hará en el momento del retiro. Si el número de trabajadores que se retire excede del diez por ciento, se pagará a los que primeramente se retiren y podrá diferirse para el año siguiente el pago a los trabajadores que excedan de dicho porcentaje. Si el retiro se efectúa al mismo tiempo por un número de trabajadores mayor del porcentaje mencionado, se cubrirá la prima a los que tengan mayor antigüedad y podrá diferirse para el año siguiente el pago de la que corresponda a los restantes trabajadores;  En caso de muerte del trabajador, cualquiera que sea su antigüedad, la prima que corresponda se pagará a las personas mencionadas en el artículo 501; y  La prima de antigüedad a que se refiere este artículo se cubrirá a los trabajadores o a sus beneficiarios, independientemente de cualquier otra prestación que les corresponda. Vacaciones Además de las prestaciones de ley como la prima dominical y la prima de antigüedad, los trabajadores en México también tienen derecho a sus días de vacaciones. La LFT en su capítulo IV, del artículo 76 al 81 establece la normativa para el otorgamiento de las vacaciones de los trabajadores. Las vacaciones son pagadas, es decir, la empresa paga los días que el colaborador se encuentre disfrutando de ellas. Por ninguna razón, según el artículo 79, las vacaciones podrán ser intercambiadas por una remuneración. Por otro lado, si el trabajador termina la relación laboral antes de cumplir el primer año de servicio, la empresa deberá pagar la remuneración proporcional al tiempo de los servicios prestados. El artículo 81 de la LFT también menciona que los trabajadores podrán disfrutar de sus vacaciones a partir de los 6 meses siguientes del cumplimiento de un año de servicios. Por su lado, el patrón deberá entregar de forma anual una constancia que contenga la antigüedad del colaborador y el periodo de vacaciones que corresponda. A partir de 2023 con la Reforma a la Ley Federal de Trabajo, los trabajadores que cumplan un año de servicios en una organización tendrán derecho a 12 días de vacaciones. Anteriormente eran sólo 6. La misma Reforma también establece que se aumentarán 2 días de vacaciones por cada año subsecuente al año laboral hasta llegar a los 20 días.  Dentro de la misma línea, los trabajadores que tengan 6 años de antigüedad en la organización, aumentarán dos días por cada 5 años de servicio. A marzo del 2023, la actualización no ha sido publicada en el DOF ni la LFT actualizada. Seguridad social La seguridad social es un beneficio que tienen los trabajadores en México. Se contempla dentro de esta prestación de ley servicios de atención médica, incapacidades por riesgos de trabajo y más. Existen dos instituciones estatales que se encargan de ofrecer estos beneficios: IMSS e ISSSTE. Las prestaciones de ley en materia de seguridad social son: Atención médica Cesantía y vejez Enfermedades y maternidad Guarderías y prestaciones sociales Invalidez y vida Riesgos de trabajo Gastos médicos de pensionados Prestaciones de ley por renuncia o despido En caso de dimisión o despido justificado, los empleados en México tienen derecho legalmente a determinadas prestaciones de ley. Estamos hablando de la rescisión de las relaciones de trabajo, ya sea por parte del empleado o por parte del patrón. Hay dos figuras que se conocen y son populares dentro de este tema que son el finiquito y la liquidación. La LFT contempla ambas figuras de la rescisión de las relaciones de trabajo dentro del capítulo IV. El artículo 46 menciona que tanto el trabajador como el patrón podrán rescindir en cualquier momento de la relación de trabajo por una causa justificada, sin incurrir en responsabilidad. El finiquito es el pago que hace la organización a un trabajador cuando la relación laboral se da por terminada. Este pago se hace sin importar la situación que dio por terminada la relación. No importa si es por renuncia o por despido.  La liquidación es una indemnización que recibe el trabajador cuando el patrón tiene la responsabilidad. Está determinado en el artículo 51 de la LFT. Las prestaciones de ley son beneficios que los trabajadores deben recibir de forma obligatoria. Los patrones en México deben estar atentos a cualquier cambio en la legislación y por supuesto, asegurarse de ofrecer en tiempo y forma.   Si tienes alguna duda sobre el cumplimiento de las prestaciones de ley así como de las obligaciones patronales, contáctanos. En Consolidé contamos con más de 27 años de experiencia en el manejo del Recurso Humano.
La seguridad social es un sistema establecido por un gobierno para que su sociedad obtenga protección. La protección está relacionada con servicios de asistencia médica y la garantía de seguridad de ingresos monetarios en situaciones como la vejez, enfermedad, maternidad y más. En México existen dos instituciones primarias que ofrecen los servicios de seguridad social: Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Ambas instituciones administran y velan por los beneficios de los trabajadores que se encuentran afiliados así como sus familiares. ¿Qué es la seguridad social? Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la seguridad social es la  “Protección que una sociedad proporciona a los individuos y a los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del ingreso [...]” Seguridad Social en México La seguridad social en México tuvo sus inicios con la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Aunque en la Carta Magna no se estableció como tal una institución responsable de esa figura, fue un eje clave para la generación de futuras legislaciones que velan por la seguridad de los mexicanos en la actualidad. Después de cambios históricos que presenció la sociedad mexicana, en 1943 el presidente Manuel Ávila Camacho promulgó la Ley del Seguro Social. En ella legislación se establece la creación del IMSS. La finalidad de la Ley del Seguro Social fue garantizar: Derecho a la salud Protección de los medios de subsistencia (enfermedad, invalidez, accidentes de trabajo, maternidad y vejez) Asistencia médica Servicios sociales   Dentro del artículo 2 de la Ley del Seguro Social, se establece la garantía del derecho a la salud: “La asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado". Es importante mencionar que la seguridad social en México es un derecho humano. Fue reconocido en 2011 e incorporado en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, dentro del artículo 123 se establece. Finalidad de la seguridad social La seguridad social es un sistema establecido de prestaciones de derecho público y que cuenta con supervisión estatal. Su finalidad es garantizar el derecho a la asistencia médica, salud así como servicios sociales necesarios para el bienestar de sus afiliados.  El gobierno se compromete a garantizar que las prestaciones de la seguridad social sean accesibles a los afiliados, protegiendo a las personas de la inseguridad financiera en caso de accidente o enfermedad así como en la vejez. Ley del Seguro Social: Elementos más importantes En México, la seguridad social se rige por la Ley del Seguro Social para el IMSS y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, del ISSSTE. En esta sección exploraremos los elementos más importantes de la Ley del Seguro Social que compete a las empresas mexicanas y sus trabajadores. La Ley del Seguro Social establece los procedimientos legales y administrativos para las prestaciones de la seguridad social. Además de obligar a los patrones a realizar sus aportaciones patronales a la seguridad social. La ley también establece una serie de protecciones para los trabajadores y sus familias en caso de enfermedad, incapacidad o muerte.  Sistemas de Seguridad Social Instituciones clave Como se mencionó previamente, en México existen dos instituciones estatales que se encargan de administrar y proporcionar los derechos de seguridad social: IMSS: Creado en 1943 y su asistencia está enfocada en los trabajadores de empresas privadas, trabajadores independientes o personas que se encuentran vinculadas a otras por una relación de trabajo ISSSTE: Entidad enfocada en los trabajadores del estado en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial así como institutos autónomos También, existen otros sistemas que complementan la seguridad social en México: Afores Insabi Infonavit Servicios de seguridad social en México A continuación, te explicaremos los servicios más importantes en México de acuerdo a la Ley de Seguridad Social. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez El IMSS es el instituto encargado de recaudar las aportaciones en materia de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez tanto de los empleados afiliados como de los patrones. La finalidad de este seguro es que cuando el empleado llegue a las semanas cotizadas suficientes y cumpla con los requisitos, pueda pensionarse. El instituto ayuda al empleado a “ahorrar” para su retiro y vejez y en otros casos, para su muerte. Con las aportaciones, el trabajador podrá tener derecho a una pensión, asistencia médica y asignaciones familiares así como ayuda asistencial para cubrir los requisitos que marca la Ley. Riesgos y accidentes de trabajo Además, las prestaciones de la seguridad social en México también incluyen la protección de los afiliados por riesgos y accidentes laborales. Este seguro del IMSS proporciona cobertura médica y económica a los trabajadores que sufran un accidente o enfermedad mientras ejecutan las labores de su trabajo. Enfermedades de trabajo y maternidad El seguro de enfermedades y maternidad brinda atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria necesaria para el trabajador y su familia. Para casos concretos, el IMSS proporciona prestaciones en especie o dinero para: Ayuda para lactancia Subsidios para incapacidades temporales Guarderías y prestaciones sociales Este seguro ofrece a los afiliados así como a sus beneficiarios los servicios de guarderías para sus hijos. El IMSS cuenta con cientos de guarderías a lo largo del país en las que cuida a los niños y ofrece programas de alimentación.  Por otro lado, las prestaciones sociales se enfocan en elevar los niveles de vida de los afiliados mediante distintos programas y servicios. Invalidez y vida Este seguro del IMSS ofrece a los afiliados así como a los pensionados la protección contra riesgos de invalidez y muerte. Esto siempre y cuando no se presenten durante el trabajo o a causa de un riesgo de trabajo. Se ofrece una pensión al afiliado o al pensionado y dependiendo el caso, a sus beneficiarios. Servicios médicos Los servicios médicos se proporcionan a los afiliados de la seguridad social en México. Los servicios médicos incluyen medicina preventiva, atención hospitalaria, rehabilitación y terapia ocupacional. En caso de ser necesario, también cubre el costo de las medicinas. Medicina preventiva Como tal no es un seguro pero sí un beneficio del IMSS para sus afiliados. Proporciona servicios de medicina preventiva para garantizar que los afiliados de la seguridad social se mantengan sanos y sean miembros activos de la sociedad. Ofrece información, programas de esparcimiento y comunicación sobre las mejores prácticas para mantener la salud. Conclusión Los servicios de seguridad social en México están diseñados para proporcionar protección social y asistencia de salud a sus beneficiarios. Existen dos instituciones clave que proporcionan dichos servicios, el IMSS y el ISSSTE. La finalidad de la seguridad social es que los afiliados tengan la garantía del acceso a servicios clave como: asistencia médica, salud, enfermedades, maternidad, retiro y vejez.  Los patrones en México deben estar afiliados al IMSS y realizar sus aportaciones patronales en favor de sus trabajadores.
Toda empresa en México debe cumplir con las cuotas patronales. Los patrones están en obligación de inscribirse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realizar su alta patronal; así como también dar de alta a sus empleados, realizar modificaciones y bajas. ¿Quién hace las aportaciones, cómo se pagan y qué cubren esas cuotas? Acá explicamos todo al detalle, en qué consisten y cómo funcionan. ¿Qué son las cuotas obrero patronales? Las cuotas IMSS e Infonavit o cuotas obrero patronales, son las aportaciones que deben hacer obrero y patrón; para garantizar el acceso a los servicios de seguridad social; atención médica pública, fondos de retiro, cesantía y vejez. Una vez que el empleado tiene el alta ante el IMSS (dentro de los 5 días hábiles siguientes a su inicio de labores), como patrón deberás realizar el pago total ante la entidad.  Las cuotas y porcentajes que aportas por cada empleado varían, pues su cálculo depende de diferentes conceptos y valores. Más adelante lo explicaremos. Por otro lado, de darse un cambio en la contratación del trabajador, como: aumento en salario, tipo de contratación, cambio de jornada u otro, debes de comunicarlo. ¿Qué dice la Ley? Como empleador tienes la obligación legal de determinar y enterar las cuotas patronales. Sumado a la aportación del gobierno federal, es como se financian los servicios de seguridad social que otorga el IMSS a los trabajadores. Así se establece en los artículos 15, fracción III, y 39 de la Ley del Seguro Social (LSS). También establece determinar y enterar las aportaciones del 5% y las amortizaciones retenidas a los empleados por los créditos otorgados por el Infonavit. Y ya que estamos tocando lo establecido en la ley, es bueno recordar que la retención al empleado debe quedar reflejada en los comprobantes fiscales de nómina o listas de raya, (Artículo 38- LSS). Como patrón, estás obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto.  Los pagos se ejecutan de acuerdo a una tabla de valores que determina el porcentaje que debe aportar cada uno. Listado de cuotas patronales Seguro de enfermedad y maternidad. Cubre al trabajador y sus familiares beneficiados. En servicios, el IMSS también puede realizar prestaciones en dinero para gastos como matrimonio, funeral o desempleo; y el seguro de maternidad es efectivo durante y después de un embarazo.  Seguro de riesgo de trabajo. El pago de esta cuota queda por entero en responsabilidad del patrón. De acuerdo a la Ley de Seguro Social, hay 5 primas de riesgo y cada una varía en el porcentaje que se utilizará para el cálculo de la cuota.  Seguro de invalidez y vida. Destinado para los trabajadores que se encuentran incapacitados y no pueden proveer para sí mismos u otros que dependan de ellos. Seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. La cesantía por edad avanzada aplica cuando el empleado pasa de los 60 años y ya no puede cumplir con sus funciones. La jubilación o retiro es el monto vitalicio que adquiere el trabajador al cubrir sus años de labor, variando según la empresa Seguro de guarderías y prestaciones sociales. Destinado para brindar los cuidados necesarios a los hijos de los trabajadores, mientras el padre o la madre labora. ¿Quién las paga? Tanto la empresa como el empleado realizan sus respectivas aportaciones y cálculos. Ahora bien, la acción de pago la realizas tú como patrón, por medio de una referencia o el SIPARE; sean persona física, autónomo, o persona moral. En el caso del aporte del trabajador, quien es el beneficiario, éste debe aparecer en su recibo de nómina por concepto de Seguro Social o IMSS. ¿Cada cuándo se pagan? El pago de las cuotas al seguro aplica por mes vencido y debe de realizarse entre el día 1 y 17 de cada mes. La manera en que se realiza este pago es por medio del SUA (Sistema Único de Autodeterminación), una herramienta que nos ayuda a realizar el cálculo de las cuotas patronales de manera automática y verificada. ¿Cómo calcular las cuotas obrero patronales? Al principio mencionamos que el porcentaje correspondiente por cada empleado varía. Eso se debe a que se deben considerar varios factores para el cálculo, entre ellos: El salario base de cotización del trabajador, SBC. La Unidad de Medida y Actualización, UMA. Los porcentajes fijados dentro de la Ley del Seguro Social de los seguros y prestaciones sociales que se brinden a los empleados. Salario Base de Cotización (SBC)  Es lo que cobra el trabajador en un día. Se incluyen los pagos realizados en efectivo de acuerdo a las horas trabajadas, gratificaciones, alimentación, habitación y comisiones, entre otros. Si el salario del empleado es menor al salario mínimo aplicable, se tomará el valor del salario mínimo como base para el cálculo de la cuota.  Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.281% 3.413% 3.544% 3.676% 3.807% 3.939% 4.070% 4.202% 1.51 a 2.00 UMA 3.575% 4.000% 4.426% 4.851% 5.276% 5.701% 6.126% 6.552% 2.01 a 2.50 UMA 3.751% 4.353% 4.954% 5.556% 6.157% 6.759% 7.360% 7.962% 2.51 a 3.00 UMA 3.869% 4.588% 5.307% 6.026% 6.745% 7.464% 8.183% 8.902% 3.01 a 3.50 UMA 3.953% 4.756% 5.559% 6.361% 7.164% 7.967% 8.770% 9.573% 3.51 a 4.00 UMA 4.016% 4.882% 5.747% 6.613% 7.479% 8.345% 9.211% 10.077% 4.01 UMA en adelante 4.241% 5.331% 6.422% 7.513% 8.603% 9.694% 10.784% 11.875% Por el contrario, si el salario supera la suma de UMA x 25 veces, se tomará éste último valor para el cálculo de la cuota. La fórmula para calcular el SBC es: Salario diario x Factor de Integración. Para obtener el valor del salario diario se divide la suma que el empleado cobra entre la cantidad de días. En el caso del factor de integración, usa la siguiente fórmula: (365 días del año + (Días por vacaciones X 25% de prima vacacional*) + Días de aguinaldo)/365 días del año. Unidad de Medida y Actualización (UMA) Es una cifra que actúa como referente económico en varias actividades. Una de ellas es el de las cuotas patronales, como las que corresponden al Seguro de Enfermedades y Maternidad. El valor UMA también influye en el crédito otorgado por el Infonavit. La UMA para 2024 fue de $108.57 pesos diarios. Hay que esperar a la actualización a partir de febrero de 2025. Porcentajes de acuerdo a la Ley del Seguro Social en seguros y prestaciones De acuerdo al seguro o prestación social, patrón y empleado cubren en partes desiguales las primas (el patrón cubre la mayor parte). Entre los seguros y prestaciones sociales que corresponden a la regulación obligatoria se encuentran los siguientes: Seguro y conceptoPatrón Prestaciones Cuotas Patrón Trabajador Total Base salarial Riesgos de Trabajo En especie y dinero Conforme con su siniestralidad laboral 0.00 % Prima respectiva Salario base de cotización (SBC) Enfermedades y Maternidad En especie Cuota fija por cada empleado hasta por tres veces la UMA vigente 20.40 % 0.00 % 20.40 % UMA2 Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA 1.10 % 0.40 % 1.50 % Diferencia entre el SBC y tres veces la UMA2   Gastos médicos para pensionados y beneficiarios 1.05 % 0.375 % 1.425 % SBC   En dinero 0.70 % 0.25 % 0.95 % SBC Invalidez y Vida En especie y dinero 1.75 % 0.625 % 2.375 % SBC Guarderías y Prestaciones Sociales En especie 1.00 % 0.00 % 1.00 % SBC Infonavit Crédito de vivienda 5.00 % 0.00 % 5.00 % Salario base de aportación   En el caso de la cuota de cesantía y vejez, en el artículo 168 de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación, a partir del 01 de enero de 2023 hay incrementos graduales en el aporte patronal (están citados arriba).  Conclusión Para 2025, el incremento gradual en la cuota patronal que se aplica al Salario Base de Cotización del trabajador tiene un impacto importante en la economía de las empresas. Desde Julio de 1997 hasta diciembre de 2022 el porcentaje patronal de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CEAV) fue de 3.150%.  En Consolidé estamos para apoyarte con tu cálculo de nóminas para que puedas abordar estos cambios de manera oportuna y simple.  Gracias a nuestro servicio de maquila de nómina podrás agilizar la determinación de las cuotas patronales y programarlas mes a mes.
Como encargado del departamento de RRHH en tu empresa, seguramente estás familiarizado con el concepto de UMI (Unidad Mixta Infonavit). La UMI es una unidad de medida para los créditos del Infonavit denominados en salarios mínimos. UMI del Infonavit 2025 El pasado 10 de enero de 2025, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), dio a conocer el nuevo valor de la Unidad Mixta Infonavit (UMI) 2025. Sin embargo hubo incertidumbre debido a que es el mismo valor que el 2024, $100.81 pesos diarios. Con lo anterior, la UMI 2025 tendría un incremento del 0%. Pero el aviso ha creado incertidumbre porque el mismo Instituto señaló en su comunicado el aumento del 4.21%. UMI diaria 2025: $100.81 pesos diarios UMI mensual 2025: $3,064.62 UMI anual 2025: $36,775.44   UMI del Infonavit 2024 Se difundió en el Diario Oficial de la Federación el pasado 11 de enero de 2024 el nuevo valor del UMI para 2024. Tuvo un ajuste del 4.66% contra el año anterior. Por ende, el monto del UMI para 2024 queda en $100.81 UMI diaria 2024: $100.81 UMI mensual 2024: $3,064.62 UMI anual 2024: $36,775.44   UMI del Infonavit 2023 El pasado 11 de enero de 2022, el Infonavit dio a conocer el nuevo valor de la UMI para 2023 a través de un comunicado en su portal. Para este ejercicio del 2023, el valor de la UMI es de $96.32. Esto representa un incremento de 5.20% con respecto al valor del 2022. UMI diaria: $96.32 UMI mensual: $2,928.13 UMI anual: $35,137.56 El valor de la UMI 2023 de $96.32 entró en vigor a partir del 1ro de enero de 2023. Recordemos que la UMI es el valor que se usa para calcular los montos a pagar (descuentos) relacionados a los créditos del Infonavit denominados en Veces Salarios Mínimos (VSM). ¿Cada cuándo se actualiza? Según la reforma a la Ley del Infonavit en 2016, hay una actualización anual de los créditos que son originados en los salarios mínimos. La UMI se ajusta a lo que resulte menor entre el incremento porcentual del salario mínimo y el crecimiento porcentual de la UMA (Unidad de Medida de Actualización). La UMI es la referencia monetaria. UMI a lo largo del tiempo Como se mencionó anteriormente, a partir de la reforma a la Ley del Infonavit de 2016, se actualiza el valor de la UMI. La diferencia radica entre el valor del salario mínimo y el valor de la UMA.  Conoce cómo ha variado desde el 2016 a la fecha: AÑO UMI DIARIA UMI MENSUAL UMI ANUAL VIGENCIA 2025 $100.81 $3,064.62 $36,775.44 1° Enero 2025 2024 $100.81 $3,064.62 $36,775.44 1° Enero 2024 2023 $96.32 $2,928.12 $35,137.44 1° Enero 2023 2022 $91.56 $2,783.42 $33,401.04 1° Enero 2022 2021 $87.21 $2,651.18 $31,814.21 1° Enero 2021 2020 $84.55 $2,570.32 $30,843.84 1° Enero 2020 2019 $82.22 $2,466.60 $29,599.20 1° Enero 2019 2018 $78.43 $2,384.27 $28,611.24 1° Enero 2018 2017 $75.49 $2,294.60 $27,538.80 1° Enero 2017 2016 $73.04 $2,220.42 $26,645.04 1° Enero 2016 ¿Qué debes saber de la UMI? La Unidad Mixta Infonavit (UMI) es el indicador o valor creado por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit). Su objetivo es ajustar los valores de los créditos hipotecarios otorgados a los trabajadores beneficiados. Se busca que con la UMI, los trabajadores mexicanos no vean afectado su poder adquisitivo por un incremento al salario mínimo, como sucedió recientemente. El valor de la UMI siempre es menor a la inflación debido a que su límite de aumento está sujeto a la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Éste crece por debajo de los salarios mínimos de México. La UMI en valor mensual es calculado mediante la multiplicación de su valor diario por 30.4 veces y su valor anual es calculado al multiplicar su valor mensual por 12. La UMI también forma parte del cálculo de nómina en cuanto a las aportaciones por parte de patrón y empleado.
2023 trajo consigo un aumento de las cuotas obrero patronales por concepto de Cesantía y Vejez. Esto significa que los patrones deberán pagar un porcentaje mayor empezando del 3.15% hasta llegar gradualmente a 11.875% para 2030. El decreto entró en vigor el 1ro de enero de 2023. Este aumento de las cuotas obrero patronales se aplicará a todos los empresarios, independientemente de su tamaño o sector de actividad. El porcentaje de las cotizaciones patronales está sujeto a aumentos graduales por año y UMA. ¿Quieres conocer más sobre el incremento de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez? Conoce la actualización de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez En diciembre de 2020 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual en México se adicionan, derogan y reforman disposiciones a la Ley del Seguro Social al igual que a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. El Decreto se dio a conocer como la "Reforma al Sistema de Pensiones". Mediante una disposición transitoria, fue establecida la modificación de los porcentajes que corren por cuenta del patrón en concepto de cuotas obrero patronales. Las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez para 2023 son las siguientes: Salario base de cotización 2023 1.0 SM 3.15% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.28% 1.51 a 2.00 UMA 3.58% 2.01 a 2.50 UMA 3.75% 2.51 a 3.00 UMA 3.87% 3.01 a 3.50 UMA 3.95% 3.51 a 4.00 UMA 4.02% 4.01 UMA en adelante 4.24% Tabla de actualización de cuotas obrero patronales Es importante informar que las aportaciones por parte del trabajador por conceptos de Cesantía y Vejez van a permanecer en 1.125% del SBC. Otro punto importante es que las aportaciones por parte del Gobierno Federal fueron eliminadas el 1ro de enero de 2023 porque se convertirá en una cuota social para los colaboradores que perciban hasta 4 veces la UMA. Otro punto a considerar es que del 1ro de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, el Gobierno Federal otorgará la cuota social para los trabajadores que ganen entre 4.01 a 7.09 UMAS. Dicha cuota será depositada a la cuenta de cada trabajador. La tabla queda así: Salario base de cotización del trabajador Cuota Social De 4.01 a 5.0 UMA $2.45 De 5.01 a 6.0 UMA $1.80 De 6.01 a 7.09 UMA $1.00 A continuación te compartimos la tabla completa de la actualización de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez de 2023 a 2030. Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.28% 3.41% 3.54% 3.68% 3.81% 3.94% 4.07% 4.20% 1.51 a 2.00 UMA 3.58% 4.00% 4.43% 4.85% 5.28% 5.70% 6.13% 6.55% 2.01 a 2.50 UMA 3.75% 4.35% 4.95% 5.56% 6.16% 6.76% 7.36% 7.96% 2.51 a 3.00 UMA 3.87% 4.59% 5.31% 6.03% 6.75% 7.46% 8.18% 8.90% 3.01 a 3.50 UMA 3.95% 4.76% 5.56% 6.36% 7.16% 7.97% 8.77% 9.57% 3.51 a 4.00 UMA 4.02% 4.88% 5.75% 6.61% 7.48% 8.35% 9.21% 10.08% 4.01 UMA en adelante 4.24% 5.33% 6.42% 7.51% 8.60% 9.69% 10.78% 11.88% Reforma a la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro Dentro de la reforma al sistema de pensiones, se incluyeron ajustes en la Ley del Seguro Social y Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Sus cambios sustanciales fueron: Incremento de aportaciones obrero patronales para el retiro de los colaboradores Disminución del número de semanas cotizadas para la obtención de la pensión Incremento al valor de la pensión mínima garantizada Disminución de las comisiones cobradas por las AFORES. El aumento de las cuotas obrero patronales influye en el cálculo de la nómina. Es importante que conozcas su impacto durante este año y los venideros. Tanto tu encargado de nómina como tu departamento encargado deben estar actualizados. Contáctanos para saber cómo podemos ayudarte en el cálculo de tu nómina y así evitar cualquier error.
Cuando un colaborador sufre una incapacidad IMSS debe saber cómo está amparado y sobre todo, como empleador, qué puede representar para tu cálculo de nómina. Como patrón, debes conocer cómo está amparado tu empleado ante el IMSS y la Ley Federal del Trabajo, cómo debe cobrarlo y los pasos que debe seguir. ¿Qué es una incapacidad laboral? La incapacidad laboral se refiere a la disminución o pérdida de la capacidad para desempeñar un trabajo. En ese sentido, el trabajador recibe un subsidio por incapacidad laboral IMSS, que es un certificado que emite el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por medio de la evaluación de un profesional de la salud.  Ese documento médico legal se expide a los trabajadores cuando no se encuentran aptos para trabajar debido a algún padecimiento, como los que mencionaremos más adelante. Este certificado es el que garantiza los procedimientos legales y administrativos de protección al trabajador. LFT y la incapacidad laboral De conformidad con lo establecido en la Ley Federal del Trabajo (LFT), existen 3 tipos de incapacidad IMSS, derivados de un riesgo laboral: Incapacidad temporal es cuando el trabajador pierde por algún tiempo sus facultades o aptitudes para desempeñar su trabajo; sea de manera parcial o total (artículo 478). Un ejemplo es cuando el empleado sufre un esguince o fractura. Otro ejemplo de este tipo es la incapacidad por maternidad, que abordaremos más adelante. Incapacidad permanente parcial se da cuando disminuyen definitivamente las facultades o aptitudes del trabajador para ejercer su actividad. Incapacidad permanente total es cuando el colaborador ya no está en capacidad de desempeñar su trabajo por el resto de su vida; pierde sus facultades o aptitudes para el trabajo. La Ley también contempla el fallecimiento de las personas por riesgo de trabajo. Tipos de incapacidad laboral En el caso del IMSS, la cobertura del pago y cómo cobrar este subsidio dependerá de la situación. Para ello, hay una clasificación en tres grupos. Riesgo de Trabajo Se trata de accidentes y enfermedades a los que están expuestos los trabajadores por la naturaleza y condiciones de su actividad. De esos riesgos pueden derivarse las incapacidades laborales. Cuando los trabajadores sufren riesgos de trabajo tienen derecho a: Asistencia médica y quirúrgica. Medicamentos y material de curación. Rehabilitación. Hospitalización. Aparatos de prótesis y ortopedia. Indemnización. En esta clasificación no se exigen semanas cotizadas previas. El pago corresponde al 100% del salario registrado en el IMSS al inicio de la incapacidad. El límite de pago del subsidio es de un día hasta el término de 52 semanas, con base en lo que determine el médico. Tanto la Ley Federal del Trabajo, como la Constitución Política de México contemplan este derecho de los trabajadores.  Enfermedad General Las enfermedades contempladas en la LFT(que se origina en el entorno incapacidad laboral) son: Broncopulmonares, causadas por aspiración de polvos y humos de origen animal, vegetal o mineral. De las vías respiratorias, a raíz de la inhalación de gases y vapores. De la piel, causadas por agentes mecánicos, físicos, químicos inorgánicos u orgánicos, o biológicos. Del aparato ocular, por efecto de polvos y otros agentes físicos, químicos y biológicos. Aquellas ocasionadas por absorción de polvos, humos, líquidos, gases o vapores tóxicos. Sean de origen químico, orgánico o inorgánico. Generalizadas o localizadas, causadas por acción de bacterias, parásitos, hongos y virus. Aquellas producidas por el contacto con productos biológicos. Aquellas producidas por factores mecánicos y variaciones de los elementos naturales del medio de trabajo. Otras, derivadas de la fatiga industrial. Para aplicar a la incapacidad IMSS, el colaborador debe tener una antigüedad de cuatro semanas inmediatas previas al padecimiento. “Si eres trabajador eventual, seis semanas en los cuatro meses anteriores al inicio de la enfermedad”, según el sitio web oficial. El pago corresponde al 60% del salario registrado en el IMSS, cuando se determina la incapacidad. A partir del cuarto día hasta el final de las 52 semanas. De acuerdo a la información disponible “se podrá prorrogar hasta por 26 semanas más”. Maternidad De acuerdo con datos de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, 22 millones de mexicanas trabajan y el 66 por ciento está en edad reproductiva. Por ende, un alto porcentaje puede quedar embarazada mientras forman parte de una empresa. En ese contexto, la Ley Federal del Trabajo contempla que las mujeres trabajadoras en México podrán disfrutar de un descanso previo y posterior al parto. Esta prestación se complementa con un subsidio de incapacidad por maternidad IMSS. En el transcurso de este tiempo, la trabajadora sigue recibiendo su salario. Otro punto contemplado en el derecho por maternidad es que durante el embarazo, e incluso en el periodo posterior al parto, la empresa no puede despedir a la trabajadora.  Para acceder al pago de esta prestación por el IMSS, la mujer requiere haber cotizado 20 semanas en los 12 meses previos a la semana 34 de gestación. Si no es el caso, “cuando la asegurada no cumpla con este requisito, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro, mientras dure el periodo de incapacidad (artículo 103 de la Ley del Seguro Social)”; según parámetros del IMSS. Con relación al pago, corresponde el 100% del salario registrado ante el servicio de salud al inicio de la semana 34 de gestación; esto por el total de días que cubra el documento. Los enlaces (que el parto ocurra posterior a la fecha marcada) se subsidiarán al 60% y por las fechas que se muestren en la incapacidad. Acerca del límite de pago, el IMSS contempla hasta por 84 días. En el caso de enlaces será por un máximo de 21 días. Pago de la incapacidad laboral según el IMSS Para que puedas cobrar por concepto de incapacidad laboral debes contar con el certificado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Este ente lo otorga al tener un riesgo de trabajo; es decir, un accidente o padecimiento derivado de tus actividades laborales, afecciones a tu salud o porque requieres ausentarte para el nacimiento de tu bebé. Los requisitos para cobrar la incapacidad ante el IMSS por ventanilla es el siguiente: Una identificación oficial vigente con fotografía (INE o Pasaporte). Estado de cuenta de tu banco (No mayor a tres meses), para hacer constar el número de cuenta y nombre del asegurado. Documento que contenga el Número de Seguridad Social. Otra forma de cobro es vía internet. Necesitas una Firma Electrónica Avanzada (FIEL), a través de los certificados vigentes que emita el Servicio de Administración Tributaria en favor del asegurado. Si decidas dar de alta este servicio por correo electrónico habilitado por tu delegación, necesitas anexar a la solicitud: Estado de cuenta bancario  (no mayor a tres meses de antigüedad). Debe aparecer nombre del asegurado y la cuenta CLABE interbancaria. Documento oficial que contenga el Número de Seguridad Social (ADIMSS, cartilla nacional de salud, estado de cuenta de AFORE, y alta patronal). Credencial del Instituto Nacional Electoral o el Instituto Federal Electoral, también puede ser el pasaporte vigente. Solicitud de Alta y Modificación de Pago en Cuenta Bancaria (PDF). Para efectuar el cobro de incapacidad IMSS debes esperar al tercer día hábil posterior a la expedición del documento en la ventanilla del banco autorizado, presentando en original y copia fotostática: la “copia - asegurado” del certificado único de incapacidad e identificación oficial vigente con fotografía. Conclusión Los patrones tienen la obligación de adoptar medidas de seguridad preventivas de seguridad en sus instalaciones; así como normas y elementos de higiene adecuadas para cada actividad. Para tener mejor control de este tipo de incidencias laborales a la hora de realizar el cálculo periódico de la nómina, cuentas con el servicio especializado de Consolidé. Delega en expertos esta tarea tan compleja e importante y lleva a tu equipo de Recursos Humanos a la excelencia en objetivos estratégicos del negocio.
La Ley Federal del Trabajo es una legislación que toda persona en Capital Humano y Recurso Humano conoce. Tanto colaboradores como encargados de dichos departamentos la consultan cuando llega a ser necesario. Esta legislación detalla la relación entre patrones y colaboradores, así como sus derechos y obligaciones. Hay algunos aspectos clave de la legislación laboral federal que los empresarios y los empleados deben conocer. Es por ello que en Consolidé hemos creado esta guía básica para que la conozcas y sepas dónde encontrar la información más importante. Ley Federal del Trabajo: Antecedentes Los primeros antecedentes de la Ley Federal del Trabajo los podemos encontrar en legislaciones de accidentes de trabajo en el año 1904 en Veracruz y en 1906 en Nuevo León. Más adelante, el presidente Venustiano Carranza habló de la libertad de trabajo en 1916 para que finalmente en 1917, el Congreso Constituyente reconociera el derecho a la huelga y a su organización. Otros antecedentes de la Ley Federal del Trabajo los encontramos en Veracruz en los años 1918 y 1924 y en Yucatán en 1918 y 1926. Uno de los organismos más importantes para las relaciones entre patrones y empleados es la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje que el 17 de septiembre de 1927, fue creada por decreto del Ejecutivo Federal en la presidencia de Plutarco Elías Calles. Finalmente el 28 de agosto de 1931 la primera Ley Federal del Trabajo fue promulgada. Reformas Laborales La Ley Federal del Trabajo al día de hoy ha sufrido reformas laborales que reflejan la realidad y necesidades de las personas trabajadoras en México. Las primeras modificaciones más importantes tomaron lugar el 5 de diciembre de 1960 y el 21 de noviembre de 1962. En esta reforma se reconoció la naturaleza laboral entre las relaciones del Estado Federal y servidores públicos. Otra reforma importante fue el aumento de la edad mínima para trabajar, de 12 a 14 años, modificando la fracción III del artículo 123. El 1ro de abril de 1970 fue promulgada la nueva Ley Federal del Trabajo en el Diario Oficial de la Federación. Con esta publicación se sustituyó la Ley de 1931. Las reformas más recientes fueron en 2019 y en 2021 con el presidente Andrés Manuel López Obrador: Se crearon nuevas autoridades de trabajo: Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral así como centros de conciliación a nivel local Se transformó el sistema de impartición de justicia laboral Se establecieron responsables solidarios Figura de servicios y obras especializadas Se implementaron mecanismos para asegurar el ejercicio de derecho a la libertad y asociación sindical así como el reconocimiento a la transparencia de negociación colectiva Prohibición del outsourcing Descuento a salarios: salvo excepciones para pago de cuotas sindicales Ahora que ya conoces las reformas más importantes a la Ley Federal del Trabajo, conoceremos los aspectos más importantes de la misma. Contrato El artículo 21 de la Ley Federal del Trabajo establece la figura de un contrato en una relación entre patrón y empleado. Por ello supone que existe uno. Dentro de los contratos laborales se deben estipular: Consideraciones básicas de la relación entre ambas figuras Remuneraciones Prestaciones de Ley Horas y días de trabajo Beneficios extras Condiciones de trabajo Datos personales del trabajador Datos del patrón o empresa que contrata Condiciones de trabajo Las condiciones de trabajo son de los aspectos más importantes dentro de la LFT. A lo largo de la legislación se establece que tanto patrones como empleados deberán de crear las condiciones necesarias para que los segundos puedan desarrollar sus actividades de la forma adecuada y acorde a lo que fueron contratados. NOM 035 Factores de Riesgo Psicosocial en el Trabajo El entorno empresarial competitivo de hoy en día hace que los empleados sientan que tienen mayores obligaciones con un aumento de la carga de trabajo. Esto hace que los niveles de estrés aumenten entre estos trabajadores, lo que no puede ser ignorado por ninguna organización que espere tener éxito. Para combatir este problema, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social ha establecido directrices con la NOM 035 para identificar los trastornos relacionados con los entornos de trabajo exigentes. A partir de octubre de 2019, estas normas son obligatorias para todos los empleadores del país. Edad mínima de trabajo Dentro del artículo 22 de la Ley Federal del Trabajo se menciona que los mayores a 15 años podrán prestar libremente sus servicios bajo ciertas limitaciones establecidas dentro de la misma legislación. Esto significa que los padres o tutores tendrán que dar autorización. Por otro lado, se establece que los menores a 15 años no podrán prestar sus servicios. Finalmente los menores entre los 15 y 18 años no podrán prestar sus servicios si no han completado la educación básica.  Trabajo Los artículos 2 y 3 de la Ley Federal de Trabajo estipulan que toda persona en México tiene derecho a un trabajo digno y remuneración justa por sus labores. Específicamente el artículo 2 habla de un trabajo digno con respeto a los: Derechos colectivos de los trabajadores Libertad de asociación Autonomía Derecho a huelga Contratación colectiva Igualdad ante el patrón Por su parte el artículo 3 especifica que se debe exigir el derecho para las libertades, reconocimiento a las diferencias entre hombres y mujeres para obtener igualdad hacia la Ley. También habla de no establecer condiciones para la discriminación por: Origen étnico o nacional Género Edad Discapacidad Condición social Condiciones de salud Religión Condiciones migratorias Opiniones Preferencias sexuales Estado civil Salario mínimo El capítulo VI de la LFT enlista los artículos relacionados al salario mínimo. El artículo 90 establece qué es el salario mínimo: “Salario mínimo es la cantidad menor que debe recibir en efectivo la persona trabajadora por los servicios prestados en una jornada de trabajo. El salario mínimo deberá ser suficiente para satisfacer las necesidades normales de una o un jefe de familia en el orden material, social y cultural, y para proveer a la educación obligatoria de las y los hijos. Se considera de utilidad social el establecimiento de instituciones y medidas que protejan la capacidad adquisitiva del salario y faciliten el acceso de toda persona trabajadora a la obtención de satisfactores. La fijación anual de los salarios mínimos, o la revisión de los mismos, nunca estará por debajo de la inflación observada durante el periodo de su vigencia transcurrido.” Por su parte, el artículo 91 describe que el salario mínimo podrá ser general para “una o varias áreas geográficas de aplicación, que pueden extenderse a una o más entidades federativas o profesionales [...]”. El artículo 97 especifica que los salarios mínimos no podrán ser objetos de compensación, descuento o reducción salvo los siguientes casos: Pensiones alimenticias Pago de rentas (Artículo 151) Pago de abonos para cubrir préstamos del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores Pago de abonos para cubrir créditos por el Instituto, establecido en el artículo 103 Bis Pago de utilidades El pago o reparto de utilidades (PTU) está establecido dentro del capítulo VIII en el artículo 117. Aquí se explica que los trabajadores podrán participar en la repartición de utilidades de la empresa. Es importante recalcar que es una obligación por parte de los patrones salvo cuando no se hayan obtenido utilidades en el ejercicio fiscal anterior. Pago de aguinaldo Dentro del artículo 87 se establece que todos los trabajadores tienen derecho a recibir el aguinaldo. Este derecho deberá pagarse antes del día 20 de diciembre de cada año y es importante recalcar que corresponderá a 15 días del salario.  Por otro lado, aquellos trabajadores que tienen menos de un año trabajando en una empresa recibirán su aguinaldo proporcional. Prestaciones laborales Las prestaciones laborales a las cuales los trabajadores en México tienen derecho también están establecidas dentro de la Ley Federal del Trabajo: Aguinaldo: 15 días de sueldo Acceso a la Seguridad Social Prima vacacional del 25% Participación en las utilidades o reparto de utilidades Es importante mencionar que los patrones pueden ofrecer más prestaciones a aquellas establecidas por Ley. Esto usualmente se hace para que la empresa sea más atractiva para los trabajadores. En Consolidé contamos con un plan de Beneficios con descuentos educativos, de entretenimiento y más. Obligaciones del patrón La Ley Federal del Trabajo es una legislación que establece los derechos y obligaciones de los patrones y empleados. Una de las obligaciones más importantes es que el patrón deberá otorgar un día de descanso por cada 6 días de trabajo. Si el patrón necesita de la colaboración del trabajador en su día de descanso, deberá pagarlo al doble, según el artículo 73 de la LFT. A lo largo del texto legislativo se mencionan las obligaciones, sin embargo dentro del artículo 132 se enlistan aquellas a las cuales el patrón está obligado: Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo aplicables a sus empresas o establecimientos Pagar a los trabajadores los salarios e indemnizaciones Proporcionar útiles, instrumentos y materiales necesarios y de calidad para la ejecución del trabajo de los colaboradores. El patrón deberá reponerlos  cuando se dé el caso y no cobrar al trabajador por su uso o desgaste natural. Asegurarse de tener un local seguro para almacenar instrumentos y útiles de trabajo. Mantener un número suficiente de sillas para los trabajadores No maltratar de palabra o de obra a los colaboradores Cada 15 días el patrón deberá expedir una constancia escrita de los días trabajados y salarios percibidos, a solicitud de los mismos colaboradores Dentro del término de tres días, expedir una constancia escrita sobre los servicios ofrecidos ya sea por un trabajador o uno que decida separarse de la organización Permitir a los trabajadores el tiempo necesario para ejercer su derecho a voto  Permitir que los colaboradores falten al trabajo cuando se desempeñe una comisión accidental o permanente de su sindicato o del Estado. Deberán informar con anticipación y no deberá afectar las actividades de la organización. El patrón tendrá derecho a descontar el tiempo perdido Comunicar al sindicato titular el contrato colectivo Establecer y sostener las escuelas Artículo 123 de la Carta Magna en conformidad con la SEP Colaborar con las autoridades del Trabajo y Educación para la alfabetización de los colaboradores Cuando se empleen más de 100 y menos de 1000 trabajadores, el patrón sostendrá los gastos necesarios para sostener de forma decorosa estudios técnicos (becas), industriales o prácticos en centros especiales, nacionales o extranjeros de uno de los trabajadores o uno de sus hijos. Éstos se designarán por cualidades y dedicación. Cuando se tengan más de 1000 trabajadores, el patrón deberá sostener a 3 becarios bajo las mismas condiciones. Proporcionar capacitación y adiestramiento a los colaboradores, cuidando el cumplimiento del Capítulo III Bis de la LFT Respetar las NOMs en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo para prevención de accidentes y enfermedades laborales dentro de sus fábricas, talleres, oficinas, locales y fábricas. Al contar con más de 50 colaboradores, deberán haber accesos para personas con discapacidad. También contar con medicamentos y materiales de curación. Visibilizar y difundir en los lugares de trabajo disposiciones, reglamentos y NOMs en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo Proporcionar medicamentos profilácticos que determinen las autoridades sanitarias en lugares de trabajo donde puedan existir enfermedades tropicales o endémicas o peligro de epidemia Cumplir con disposiciones en caso de emergencia sanitaria en caso de declaratoria de contingencia sanitaria Realizar las deducciones de las cuotas para sindicatos Realizar las deducciones para la constitución y fomento de sociedades cooperativas y de cajas de ahorro Realizar las deducciones de pensiones alimenticias Permitir que las autoridades competentes puedan inspeccionar y vigilar el establecimiento de trabajo Contribuir al fomento de actividades culturales y de deporte entre los trabajadores, proporcionar equipos y útiles Realizar deducciones previstas por créditos del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores y otras instituciones Proporcionar a mujeres embarazadas la protección que se establezca en los reglamentos correspondientes Proporcionar permiso de paternidad de 5 días con goce de sueldo a hombres por nacimiento o adopción Entregar copia del contrato colectivo a los trabajadores Implementar un protocolo para prevenir discriminación por género, atención en casos de violencia y acoso u hostigamiento sexual Obligaciones del empleado En el capítulo II, artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo enlista las obligaciones por parte del empleado: Cumplir con las disposiciones de las normas de trabajo que sean aplicables Observar disposiciones en el reglamento, NOMs en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo Desempeñar sus funciones y servicios bajo la dirección del patrón o representante Ejecución de su trabajo con intensidad, cuidado y esmero apropiados en forma, tiempo y lugar convenidos Avisar de forma inmediata a su patrón, salvo un caso de fuerza mayor, con causas justificadas que le impidan incurrir a su trabajo Restituir al patrón materiales no usados y conservarlos en buen estado. No es responsable del deterioro por caso fortuito, fuerza mayor, mala calidad o por defectos de construcción Observar buenas costumbres durante el servicio Prestar auxilios cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas o los intereses del patrón o de sus compañeros de trabajo Integrar los organismos que establece esta Ley Someterse a reconocimientos médicos previstos en el reglamento interior y demás normas vigentes en la empresa o establecimiento, para comprobar que no padecen alguna incapacidad o enfermedad de trabajo, contagiosa o incurable Comunicar al patrón sobre enfermedades contagiosas que padezcan Comunicar al patrón deficiencias Guardar los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de productos Pago de finiquitos y liquidación Conocer la diferencia entre finiquito y liquidación es una obligación por parte de los encargados de Recurso Humano. Toda relación laboral puede llegar a un término, tanto por parte del patrón como por parte del empleado. Si el colaborador decide renunciar o se da el caso de un despido justificado, el patrón está obligado por Ley a pagar un finiquito que deberá incluir: Días de trabajo dentro del periodo Parte proporcional del aguinaldo y prima vacacional Prestaciones definidas dentro del contrato laboral Si el empleado ha laborado por más de 15 años, el finiquito deberá incluir la prima por antigüedad que tomará en consideración 12 días de salario por cada año trabajado.  Por otro lado, cuando el patrón decide finalizar la relación laboral mediante una rescisión de contrato, de acuerdo al artículo 51 de la LFT, el patrón deberá pagar una liquidación: 3 meses de salario 20 días de sueldo por cada año de servicios prestados por parte del empleado Prima de antigüedad de 12 días por cada año trabajado Partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y bonos Cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo con un servicio de maquila de nómina Es una obligación para todos los patrones cumplir con la Ley Federal del Trabajo pero es importante mencionar que con las cargas de trabajo administrativo, muchas veces los departamentos encargados de los pagos de sueldos pueden cometer errores en su cálculo de nómina. Esto puede traer como consecuencia pérdidas monetarias o en casos más extremos, multas. Por ello, la maquila de nómina puede ser una solución. Las empresas en México deberían de poder concentrarse en sus actividades principales, por lo que es importante contar con un experto en gestión de nóminas que ofrezca una solución integral y cumpla con la normativa laboral federal. Consolidé tiene más de 50 años de experiencia dentro del ramo y con nosotros podrás maquilar tu nómina, teniendo la confianza de obtener los siguientes beneficios: Parametrización de cualquier tipo de nómina Personal experto en materia legal, laboral y fiscal Asesoría de IMSS, INFONAVIT, SAT y migración Actualización de nómina acorde a las últimas reformas y disposiciones Conclusión La Ley Federal del Trabajo regula las condiciones laborales de los empleados en México. Establece, por ejemplo, el número máximo de horas que se pueden trabajar al día y a la semana, así como los días de descanso obligatorios. La ley también protege a los trabajadores en caso de despido y obliga a los empresarios a pagar una indemnización. Es importante que todos los patrones conozcan los aspectos más relevantes de la Ley Federal del Trabajo para cumplir con sus obligaciones. Por ello es importante que tengan la ayuda de un aliado estratégico en Recurso Humano como Consolidé.  Contáctanos para conocer cómo podemos agilizar tus procesos de RRHH y maquila de nómina.