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La terminación de relaciones laborales, es un momento delicado para cualquier empresa. En caso de existir un mal manejo de esta situación, pueden presentarse consecuencias que pongan en riesgo la integridad de la compañía. Cuando se trata de una terminación colectiva, hay algunas condiciones que es importante conocer. Para evitar cualquier complicación, lo primero es conocer a fondo la Ley Federal del Trabajo. Ya sea de forma individual, o colectiva, a continuación encontrarás todo lo que necesitas saber sobre la terminación de relaciones laborales. Descubre cuáles son los lineamientos para aplicarlos de forma adecuada. ¿Qué establece la Ley Federal del Trabajo? De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la terminación de las relaciones laborales puede ocurrir, tanto de forma individual, como colectiva. En ambos casos, la ley especifica los motivos de la finalización de dicha relación. Los artículos que comprenden la información relativa a la terminación de relaciones laborales, son los 53 y 433, de la Ley Federal del Trabajo. Ahí se pueden encontrar, respectivamente, todas las especificaciones para lo individual y lo colectivo. Cada uno de los casos estipulados de terminación de relaciones, tiene características distintas, por lo que no pueden ser tratados de la misma forma. A continuación encontrarás la información detallada para cada uno de los casos. Terminación de la relación laboral de forma individual La terminación laboral individual, ocurre cuando el empleado manifiesta, ya sea una incapacidad, o una inconformidad de continuar trabajando. Si el empleador está de acuerdo con la situación, ocurre un común acuerdo. Esta es la causa más habitual para que ocurra dicha terminación de relaciones. Sin embargo, existen otros factores que pueden provocar una baja laboral: Muerte del trabajador Terminación del proyecto, término de la obra o del capital Incapacidad física o mental que inhabilita al trabajador Puedes consultar todas las especificaciones de la terminación individual dentro de los artículos 53, 54 y 55 de la Ley Federal del Trabajo. Características y pasos La terminación de relaciones laborales por mutuo consentimiento, ocurre de forma individual. Para ello, el trabajador debe manifestar su negativa a continuar prestando los servicios. Como resolución acepta el finiquito de sus prestaciones. Se trata de una formalidad, en donde se debe validar que ambas partes están de acuerdo y que estarán protegidos ante cualquier proceso posterior. Los pasos son los siguientes: Se obtiene una renuncia por escrito por parte del trabajador. Se deja una constancia de la entrega del finiquito equivalente a las prestaciones. Se realiza un convenio, ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, donde se establezca la liquidación. Esto se aplica únicamente en caso de ser necesario. El primer paso para iniciar este proceso debe de ser la renuncia unilateral por parte del trabajador. El único requisito para dar validez a este acto, es que el empleado manifieste, ya sea de forma verbal, o escrita, su intención de terminar la relación. Si la empresa no está de acuerdo con dicha situación, es posible proceder ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para llegar a un acuerdo en común. Terminación de la relación laboral de forma colectiva Ante la Ley Federal del Trabajo, la terminación colectiva de relaciones laborales ocurre cuando la empresa toma esta decisión. Esto sucede si la compañía se ve afectada por una circunstancia fuera de su control. Como consecuencia, el patrón debe terminar las relaciones laborales con más de un empleado. Esto viene establecido en los artículos 433 a 439 de la Ley Federal del Trabajo. Características y pasos Al tratarse del cierre de la empresa, la terminación de la relación laboral puede ocurrir en cualquiera de las siguiente situaciones: Cuando el empleado es incapaz, física o mentalmente, de desarrollar su trabajo. La muerte del empleado. La incapacidad económica de cubrir los sueldos y salarios. Cuando se agota la materia prima en la industria de la extracción. Para ello, se establece que la empresa deberá dar aviso de la terminación ante el Tribunal. Dicha instancia deberá otorgar la autorización para proceder. Los trabajadores tendrán derecho a una indemnización de tres meses de salario, así como una prima de antigüedad. Si se trata de una reducción de personal, deberá existir una preferencia a los trabajadores que llevan más tiempo laborando. Si la empresa llega a reanudar actividades, tendrá la obligación de ofrecer los puestos a los trabajadores, de acuerdo con el artículo 154. Foto de Pixabay en Pexels. Licencia CC0 Por su parte, cuando se trate de la implementación de procedimientos, tecnologías o maquinarias que ocasionen la reducción de personal, el patrón deberá tener autorización del Tribunal. En este caso de terminación de relaciones laborales, los empleados tendrán derecho a una indemnización equivalente a cuatro meses de salario. A esto se le suman veinte días por cada uno de los años de servicio, así como una prima de antigüedad. Conclusión La terminación de relaciones laborales puede ocurrir tanto de forma individual, como colectiva. La Ley Federal del Trabajo contempla las condiciones para que esto ocurra dentro de una normativa. Cuando se trata de un caso individual, debe ocurrir de forma mutua, después de un aviso de renuncia por parte del trabajador. En caso de ser colectivo, debe tratarse de una reducción de operaciones o, en dado caso, el cierre de la empresa. En Consolidé podemos ayudarte para mejorar la operatividad de tu departamento de recursos humanos. Nuestras herramientas facilitarán el manejo de las distintas áreas de tu empresa para mantenerla de acuerdo a la ley.
En muchos de los contratos celebrados hay la posibilidad de que en un litigio, se consideren falsificadas las firmas autógrafas realizadas por los involucrados, esto incluye los contratos individuales de trabajo que se le solicita firmar a los colaboradores de las empresas. Pero, ¿qué sucede con la huella dactilar en contratos laborales? La legislación mexicana reconoce diferentes tipos de firmas, cuyo objetivo es reconocer y autentificar el acuerdo, aceptación e intensión de obligarse de la persona que firma. Pero ¿qué pasa si la persona no sabe escribir o se llega a un punto en un juicio en donde la persona niega haber firmado un cierto documento? En este sentido la huella dactilar es una firma, ya que es un dato único y distintivo de la persona interesada , el estampado de la huella de cualquier dedo reúne los elementos indubitables para la celebración de un contrato y obligarse a su contenido. Las técnicas dactiloscópicas nos proveen de la confianza de afirmar que es un dato único e irrepetible en la población, que no puede ser imitado, ni existe margen de duda o error del perito. La huella dactilar de acuerdo a la Tesis publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima época, Materia Civil, Tesis I.14o.C.11 C (10a.), Tesis Aislada, Registro 2011599, mayo de 2016, sustenta que es un elemento jurídicamente reconocido para demostrar la individualización de su autor y su manifestación de voluntad con el contenido. Con esto lo invitamos a considerar si debería implementar esta doble verificación en sus contratos con los colaboradores, ya que el plasmar una huella dactilar con o sin la firma de un interventor o del mismo interesado representa el pleno reconocimiento de la obligación adquirida.
¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre la rescisión de contrato? En el capítulo IV de la Ley Federal del Trabajo se encuentra todo lo relacionado con el término de las relaciones laborales justificado, lo que legalmente se conoce como “rescisión de contrato”. La rescisión de contrato pone fin a la relación laboral entre un trabajador y una empresa o patrón. Se trata de un proceso difícil y sensible, que por ello ha quedado normado por ley. En la Ley del Trabajo Artículo 47 establece sus causas, ya sea por incumplimiento del colaborador o de la empresa.  Vamos a hablarte de todo lo relacionado con la rescisión de un contrato laboral, de las particularidades de este proceso judicial y de las causas que la provoca. También te explicaremos sus diferencias con la suspensión de relaciones laborales y con el despido.  ¿Cuál es la diferencia con la suspensión de relaciones de trabajo?  Según la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 47, la rescisión de un contrato laboral pone fin a las relaciones de trabajo entre una empresa y un trabajador, sin obligaciones para la parte afectada, siempre que ocurran causas justificadas. Es decir, se trata del término de las relaciones laborales, y de las prestaciones que, según el caso, se anulan para el trabajador.    En cambio, la suspensión de relaciones de trabajo es una figura jurídica, contenida en el Capítulo III de la Ley Federal del Trabajo.  La suspensión de relaciones de trabajo pugna por defender la estabilidad laboral. Por ello señala situaciones en las que un trabajador posee el derecho a que no se extinga su relación laboral si no presta sus servicios por un tiempo determinado.  Según ciertas causales (como enfermedad, la prisión preventiva o el llamado a las fuerzas armadas, entre otras señalada por la LFT) el trabajador podrá obtener una suspensión válida, y permanecer en su puesto de trabajo, disfrutando de todos los beneficios de la relación laboral. Despido y rescisión de contrato Es importante distinguir las diferencias jurídicas entre un despido y una rescisión de contrato, pues aunque de manera coloquial es usual usar indistintamente ambos términos, según la Ley Federal del Trabajo no son lo mismo. Un despido es una decisión unilateral del patrón o de la empresa. Tiene como fin separar al trabajador de sus funciones y es necesario un preaviso para su efecto. En la Ley Federal del Trabajo Artículo 47 se establecen las causas que lo justifican: Engaños por parte del trabajador Maltrato a compañeros Actos dolosos Revelar data sensible de la empresa Si el patrón despide al trabajador sin apego a estos causales, se considera un despido injustificado, y puede ser impugnado.  En cambio, la rescisión de contrato es la disolución de las relaciones de trabajo y puede ser decretada por uno de los sujetos del contrato en el caso de que el otro incumpla sus obligaciones. Es decir, se trata de un proceso que puede ser iniciado tanto por los patrones como por los trabajadores. ¿Cuáles son las causas que avalan la rescisión de un contrato laboral? Imagen por Nik MacMillan en Unsplash Causas de rescisión de relación de trabajo La Ley Federal del Trabajo establece en el Capítulo IV, en su artículo 46 que una rescisión del contrato laboral puede ser llevada a cabo por el trabajador o el patrón en cualquier momento, siempre que sea por una causa justificada. De ser así, tanto el patrón como el trabajador que rescindan la relación laboral quedan eximidos de cualquier responsabilidad. Las causas principales para este fin se definen de la siguiente manera en la Ley Federal del Trabajo Artículo 47. Artículo 47: Motivos de la rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón Si el trabajador usó certificados falsos o referencias que avalan capacidades o titulaciones de las que carece (siempre que alegue antes de los treinta días de que el empleado preste sus servicios).  Cuando el colaborador incurre en faltas de probidad, actos de violencia o maltratos contra su patrón, sus familiares o sus compañeros de trabajo, si no hay provocación o se alega defensa propia, dentro o fuera de su lugar y horario de trabajo.  Si el colaborador comete intencionalmente daños contras las instalaciones, equipos y materias primas relacionados con su trabajo, o si por su negligencia se compromete la seguridad del establecimiento y de las personas que se encuentren en él. Si el trabajador revela secretos corporativos o data sensible. Cuando el trabajador incurra en más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin permiso o sin causa justificada. Si el empleado desobedece órdenes directas, se niega a tomar medidas de seguridad o concurre en estado de embriaguez o bajo la influencia de drogas.  Entre otras análogas.  Artículo 51 : Motivos de la rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador Si el patrón mintió sobre las condiciones y funciones del puesto de trabajo (dentro de los primeros treinta días de la relación laboral). Si el patrón, sus familiares o su personal directivo o administrativo cometen actos de falta de probidad, ejercen actos de violencia o amenazan al trabajador o su familia.  Cuando el patrón reduce el salario o se niega a pagarlo.  Si el patrón daña las herramientas o útiles de trabajo. Cuando existe peligro grave para la seguridad o salud del trabajador o de su familia debido a falta de medidas preventivas o malas condiciones de las instalaciones. Entre otras análogas.    ¿Qué otras causas pueden generar una rescisión Hay algunas condiciones especiales bajo las que se puede rescindir el contrato laboral. En su Título Cuarto, en el Artículo 161, la Ley Federal del Trabajo señala que, una vez que han pasado 20 años de la antigüedad del trabajador, el patrón podrá rescindir su relación según las causas contenidas en el Artículo 47, pero respetando los derechos del trabajador devenidos de su antigüedad.  En su Titulo Sexto, en el Artículo 185, en el apartado 353-G, se señalan causales concretas en el caso de médicos que carezcan de alguna etapa de la instrucción académica. Se hacen efectivas cuando el o los empleados se resisten a someterse a evaluaciones o a recibir capacitaciones y a realizar actividades académicas relacionadas con su especialización. También, en este caso, se puede rescindir el contrato si el médico viola las normas técnicas o administrativas necesarias para el funcionamiento de la Unidad Médica Receptora de Residentes en la que se efectúe la residencia, o si infringe las normas de conducta propias de la profesión médica. Baja de comisiones o ventas La Ley Federal del Trabajo también señala causales para la rescisión de un contrato en el caso de los Agentes de comercio y otros semejantes.  En su  capítulo IX señala que “los agentes de comercio, de seguros, los vendedores, viajantes, propagandistas o impulsores de ventas y otros semejantes” pueden ver rescindido su contrato si, como se señala en el Artículo 291, si se observa una disminución de sus ventas sin una justificación suficiente.  Conclusión La rescisión de contrato es un proceso a través del cual se finaliza una relación laboral. Puede ser puesto en marcha por el empleador o por el trabajador al ver afectados sus intereses y siempre que se su contraparte se encuentre bajo algunas de las causales que se marcan en la Ley Federal del Trabajo.  Por ejemplo, que trabajador o patrón proporcionen información engañosa, cometan actos de negligencia o de violencia que pongan en riesgo a otras personas o las labores productivas.  Es importante distinguir entre rescisión de contrato, despido y suspensión de relaciones laborales. Para despejar esa y otras dudas, puedes contar con la experiencia y personal especializado de Consolidé.  En Consolidé somos expertos. Te ofrecemos la asesoría y toda la infraestructura que necesitas para llevar adelante la administración de tus relaciones laborales con todos tus colaboradores.  Ponte en contacto con nosotros.
Si tienes una situación de desempleo o conoces a alguien que pueda requerir tramitar la constancia de baja para el retiro por desempleo, este comunicado te será de utilidad: “El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informa que como parte de las medidas de simplificación y digitalización de trámites implementadas desde el inicio de esta administración, a partir de ayer se eliminó el trámite denominado “Constancia de baja para el retiro de desempleo”. La obtención de esta constancia era parte del proceso que tenían que seguir las personas que desafortunadamente se ubicaban en una situación de desempleo y que requerían disponer de recursos de sus cuentas individuales de retiro, pues además de tener que presentarse en su AFORE tenían que acudir a las subdelegaciones del IMSS para realizar el trámite correspondiente cuando menos en dos ocasiones. Este trámite se realizaba de manera presencial en las subdelegaciones del IMSS y el tiempo promedio de respuesta era de 10 días hábiles. De ahora en adelante la gente sólo tendrá que acudir a sus AFORES, presentar su solicitud y éstas, a través de validaciones electrónicas con este Instituto, podrán dar la respuesta en un menor tiempo.”