Saber cómo calcular las cuotas obrero patronales te permitirá cumplir con tus obligaciones en materia de seguridad social. En los artículos 15, fracción III, y 39 de la Ley del Seguro Social (LSS) se contempla la obligación del patrón en esta materia.
Por un lado, es necesario que el empleador esté inscrito en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realice su alta patronal. También debe dar de alta a sus empleados dentro de los primeros 5 días hábiles.
Hoy te explicamos en qué consisten y cómo calcular las cuotas obrero patronales. ¿Quién hace las aportaciones, cómo se pagan? Si tienes dudas al respecto, todo esto lo abordamos.
Como empleador, tienes la obligación legal de determinar y pagar las cuotas obrero patronales. Este monto junto a la aportación del gobierno federal, es lo que sirve para financiar los servicios de seguridad social que otorga el IMSS a los trabajadores.
Cuotas obrero-patronales: ¿Qué son?
Las cuotas obrero patronales son la suma de aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social. Estas permiten al colaborador tener beneficios como prestaciones de seguro social, atención médica, vivienda y retiro.
Se llama cuotas obrero patronales porque del lado de la empresa, trabajadores y patrones deben hacerla. Sin embargo, también el gobierno de México aporta una cuota social.
Esas aportaciones aparecen en los comprobantes fiscales de Nómina como “IMSS” o “Seguro Social”. Para proceder a estas retenciones con cada trabajador, se construye una cuenta individual.
Una vez que el empleado tiene el alta ante el IMSS, deberás realizar el pago total ante la entidad, en caso contrario puedes caer el peligro de incumplimiento. Sigue leyendo y notarás por qué es tan importante estar al día con la legislación para saber cómo calcular las cuotas obrero patronales.
¿Quién debe pagarlas?
Las cuotas del IMSS las realizan tanto los patrones (persona física o moral) como el trabajador. En el caso del trabajador el monto es menor y se deduce de su salario; por tanto, aparece en su recibo de nómina por concepto de Seguro Social o IMSS.
Los patrones, ya sean persona física, autónomo, o persona moral, son los encargados de hacer el pago por medio de una referencia o el SIPARE.
¿Cada cuánto tiempo se pagan?
Según lo establecido en el artículo 39 de la LSS, el pago de las cuotas al seguro aplica por mensualidades vencidas; y debe hacerse entre el 1 y 17 de cada mes.
Por otro lado, el artículo vigésimo séptimo transitorio del Decreto de la Ley del Seguro Social hace una precisión con el pago respecto del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Éste se seguirá realizando de manera bimestral en tanto no se homologuen los periodos de pago de las leyes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, ISSSTE, y del Infonavit.
La manera en que se realizan los pagos de las cuotas es por medio del SUA (Sistema Único de Autodeterminación). Esta herramienta ayuda a realizar el cálculo de las cuotas obrero patronales de manera automática y verificada.
Cómo calcular las cuotas obrero-patronales
Es momento de puntualizar algunas novedades para que sepas cómo calcular las cuotas obrero patronales frente a cambios que entran en vigencia este 2025.
Las cuotas y porcentajes que aportas por cada empleado varían, pues su cálculo depende de diferentes conceptos y valores. Entre ellos:
El salario base de cotización del trabajador, SBC.
La Unidad de Medida y Actualización, UMA.
Los porcentajes fijados dentro de la Ley del Seguro Social.
Y los seguros y prestaciones sociales que se brinden a los empleados.
Salario básico de cotización (SBC)
Debes tener claro que a partir de enero de 2023 las aportaciones patronales de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez aumentan de manera gradual; para ello debes tomar en cuenta la tabla establecida del Salario Base de Cotización del trabajador en la Ley del Seguro Social.
Te compartimos la tabla que considera el aumento gradual hasta el 2030:
Salario base de cotización
2023
2024
2025
2026
2027
2028
2029
2030
1.0 SM*
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
1.01 SM a 1.50 UMA**
3.281%
3.413%
3.544%
3.676%
3.807%
3.939%
4.070%
4.202%
1.51 a 2.00 UMA
3.575%
4.000%
4.426%
4.851%
5.276%
5.701%
6.126%
6.552%
2.01 a 2.50 UMA
3.751%
4.353%
4.954%
5.556%
6.157%
6.759%
7.360%
7.962%
2.51 a 3.00 UMA
3.869%
4.588%
5.307%
6.026%
6.745%
7.464%
8.183%
8.902%
3.01 a 3.50 UMA
3.953%
4.756%
5.559%
6.361%
7.164%
7.967%
8.770%
9.573%
3.51 a 4.00 UMA
4.016%
4.882%
5.747%
6.613%
7.479%
8.345%
9.211%
10.077%
4.01 UMA en adelante
4.241%
5.331%
6.422%
7.513%
8.603%
9.694%
10.784%
11.875%
*Salario Mínimo
** Unidad de Medida y Actualización
La fórmula para calcular el SBC es: Salario diario x Factor de Integración.
El salario diario incluye los pagos realizados en efectivo de acuerdo a las horas trabajadas, gratificaciones, alimentación, habitación y comisiones, entre otros.
Si el salario del empleado es menor al salario mínimo aplicable, se toma el valor del salario mínimo como base para el cálculo de la cuota. Por el contrario, si el salario supera la suma de UMA x 25 veces, se tomará éste último valor para el cálculo de la cuota.
Para obtener el valor del salario diario se divide la suma que el empleado cobra entre la cantidad de días. En el caso del factor de integración, usa la siguiente fórmula: (365 días del año + (Días por vacaciones X 25% de prima vacacional*) + Días de aguinaldo)/365 días del año.
Unidad de Medida y Actualización (UMA)
Es una cifra que actúa como referente económico en varias actividades. Una de ellas es el de las cuotas patronales, como las que corresponden al Seguro de Enfermedades y Maternidad. El valor UMA también influye en el crédito otorgado por el Infonavit.
Porcentajes de acuerdo a la Ley del Seguro Social en seguros y prestaciones
De acuerdo al seguro o prestación social, patrón y empleado cubren en partes desiguales las primas. Cuando decimos partes desiguales nos referimos a que el patrón cubre la mayor parte.
Entre los seguros y prestaciones sociales que corresponden a la regulación obligatoria se encuentran los siguientes:
Seguro de riesgos de trabajo.
Seguro de enfermedades y maternidad.
Seguro de invalidez y vida.
Guarderías y prestaciones sociales.
Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
Conclusión
El incremento gradual en la cuota patronal que se aplica al Salario Base de Cotización del trabajador tiene un impacto económico a considerar.
Desde Consolidé te recomendamos actualizar tus tablas para el cálculo de las cuotas patronales de cesantía en edad avanzada año con año hasta el 2030.
Además, recuerda que hay nueva versión del SUA, por lo que se debe actualizar la prima de riesgo de trabajo del IMSS.
Estamos para apoyarte con estos cambios para que puedas centrar los esfuerzos de tu equipo de Recursos Humanos. Con nuestro servicio especializado de payrolling no necesitas ocupar tiempo en cómo calcular las cuotas obrero patronales.
Y si lo deseas, podrás agilizar la determinación de las cuotas y programarlas mes a mes de manera oportuna y simple con nuestro apoyo. Contáctanos.