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El IMSS aprobó una simplificación administrativa que cambia la forma en que las empresas consultan sus propuestas de cuotas obrero patronales. A partir de ahora, los documentos EMA y EBA estarán disponibles directamente en el Buzón IMSS, sin necesidad de trámites adicionales ni de acudir a otras plataformas. Para los patrones que administran la nómina y el cumplimiento de obligaciones de seguridad social, esta actualización es un cambio operativo. Antes de determinar y pagar las cuotas correspondientes, ahora es posible revisar la información directamente desde un solo portal, lo que reduce tiempos y evita confusiones entre distintas fuentes de datos. En este artículo explicamos qué son los documentos EMA (Emisión Mensual Anticipada) y EBA (Emisión Bimestral Anticipada), cómo acceder a ellos desde el Buzón IMSS y qué deben tener en cuenta las empresas para aprovechar esta nueva funcionalidad sin descuidar sus obligaciones patronales. ¿Qué son los Documentos EMA y EBA del IMSS? Los documentos EMA y EBA son propuestas de cédulas de determinación que el IMSS elabora con base en los movimientos afiliatorios reportados por cada empresa. Sirven como herramienta de consulta para revisar la información de los trabajadores antes de calcular y pagar las cuotas correspondientes. EMA (Emisión Mensual Anticipada), con formato EMI-1, contiene el detalle mensual de las personas trabajadoras y los movimientos registrados durante ese periodo. EBA (Emisión Bimestral Anticipada), con formato EMI-2, presenta la información correspondiente al periodo bimestral, también con el detalle de las personas trabajadoras y sus movimientos. Ambos documentos permiten a los empleadores revisar y conciliar la información antes de realizar los ajustes correspondientes en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA). Si se detectan diferencias entre lo reportado y lo que muestra el IMSS, es posible corregirlas antes de efectuar el pago, lo que reduce el riesgo de errores en la determinación de cuotas. La Nueva Funcionalidad del Buzón IMSS La incorporación de EMA y EBA al Buzón IMSS quedó formalizada mediante el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290926/280.P.DIR, aprobado por el Consejo Técnico del Instituto en sesión del 29 de septiembre de 2026. El acuerdo se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 8 de octubre de 2026, y estableció la incorporación de los formatos EMI-1 y EMI-2 al apartado "Mis Documentos" del Buzón IMSS. Esta sección ya concentra otros documentos relevantes para los patrones, como el formato de pago SPR-5 y el archivo de texto utilizado en el SUA. La medida entró en vigor el 9 de octubre de 2026, un día después de su publicación. El acuerdo también instruye a la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico del IMSS a realizar las adecuaciones tecnológicas necesarias e informar a la Dirección de Incorporación y Recaudación sobre su implementación. Conoce más sobre la simplificación de trámites del IMSS en 2026. Guía Paso a Paso para Acceder a EMA y EBA en el Buzón IMSS Si eres responsable de la nómina o la administración patronal de tu empresa, así puedes consultar y descargar estos documentos: Requisitos previos Antes de ingresar al portal, asegúrate de contar con: Una e.firma vigente de la persona moral, con sus archivos .cer y .key, además de la contraseña correspondiente. El Buzón IMSS habilitado, con los medios de contacto validados y los términos y condiciones aceptados. El número de registro patronal que deseas consultar, asociado al RFC de la empresa. Paso 1: Ingresa al portal oficial del Buzón IMSS Entra al portal del Buzón IMSS y autentícate con la e.firma de la persona moral correspondiente al registro patronal que quieres revisar. Paso 2: Abre la sección "Mis Documentos" Dentro del Buzón, localiza el icono de carpeta y selecciona Mis Documentos. Ahí encontrarás la documentación relacionada con los registros patronales de tu empresa. Paso 3: Ingresa el número de registro patronal En el campo correspondiente, escribe el número de registro patronal. Cuando el sistema sugiera el registro completo, selecciónalo y presiona Buscar. Paso 4: Entra a la carpeta "Emisiones" Despliega la carpeta Documentos pendientes de leer y selecciona Emisiones. Ahí aparecerán los documentos disponibles para ese registro patronal. Si el listado aparece vacío, revisa también la carpeta Documentos leídos, ya que una emisión consultada previamente puede encontrarse ahí. Paso 5: Descarga los documentos EMI-1 y EMI-2 Localiza la emisión correspondiente y haz clic en el icono de descarga en la columna de Acciones. Recuerda que EMI-1 corresponde a la EMA y EMI-2 corresponde a la EBA. Antes de usar el documento, verifica que el periodo y el registro patronal coincidan con lo que necesitas revisar. Beneficios de esta Nueva Funcionalidad para los Patrones La integración de EMA y EBA al Buzón IMSS aporta las siguientes ventajas operativas: Acceso centralizado: Las propuestas de determinación de cuotas quedan disponibles en el mismo portal donde ya se gestionan otros documentos patronales. Revisión anticipada: Permite consultar la información de los trabajadores y sus movimientos antes de realizar el pago, facilitando la conciliación con la nómina y el SUA. Menos trámites físicos: Elimina la necesidad de solicitar documentos impresos o acudir a oficinas del Instituto. Mayor eficiencia para empresas con múltiples registros patronales: Quienes administran varios registros pueden consultar toda la información desde un solo lugar. Reducción de costos: Se evitan gastos asociados a la obtención física de documentos. Lo que esta Nueva Funcionalidad NO Cambia Es importante que las empresas no confundan esta simplificación administrativa con una reducción de sus obligaciones. El acuerdo del IMSS no elimina ni modifica las responsabilidades patronales en materia de seguridad social. Algunos puntos clave a considerar: Consultar las propuestas de cédulas en el Buzón IMSS no sustituye la obligación de determinar y pagar las cuotas correspondientes. Los patrones deben seguir cumpliendo con las disposiciones aplicables en materia de seguridad social, independientemente de la disponibilidad de estos documentos. La revisión de las propuestas no exime de verificar la información ni de corregir diferencias en el SUA antes del pago. Es recomendable que las empresas den seguimiento a las comunicaciones oficiales del IMSS, ya que el Instituto puede emitir aclaraciones adicionales sobre la operación de esta funcionalidad. Mantente al Día con las Actualizaciones del IMSS La incorporación de EMA y EBA al Buzón IMSS simplifica el acceso a información clave para la determinación de cuotas obrero patronales, pero no reduce la responsabilidad de las empresas de cumplir puntualmente con sus obligaciones.  Familiarizarte con este nuevo proceso te permitirá aprovechar la herramienta y evitar contratiempos en la gestión de tu nómina. El entorno regulatorio del IMSS cambia constantemente y mantenerse informado requiere tiempo y atención especializada.  En Consolidé, somos expertos en trámites ante el IMSS. Acompañamos a las empresas en el cumplimiento de sus obligaciones patronales, ayudándolas a evitar multas y recargos derivados de errores en la determinación o el pago de cuotas. Si buscas tranquilidad en la gestión de tu nómina y seguridad social, conversemos sobre cómo podemos ayudarte.
En 2026, el IMSS implementó 8 medidas de simplificación administrativa dirigidas a microempresas, reduciendo el registro patronal de 80 a 14 campos, eliminando trámites presenciales y digitalizando documentos como la Tarjeta de Identificación Patronal. El objetivo es que los más de 765 mil registros patronales con menos de nueve trabajadores ahorren tiempo, dinero y esfuerzo administrativo. ¿Cuáles procesos sufrieron una simplificación de trámites IMSS? Durante años, dar de alta un registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social implicó llenar formularios extensos, acudir en persona a subdelegaciones y esperar semanas (o meses) para completar trámites básicos. Para una microempresa con pocos empleados y recursos limitados, este tipo de carga burocrática puede frenar el crecimiento antes de que comience. El 2026 se simplifican los trámites a través de un conjunto de ocho medidas de simplificación administrativa. Con ello, el IMSS busca reducir trámites, tiempos y costos para las micro y pequeñas empresas de México.  En esta guía, explicamos cada una de las medidas, los requisitos de autenticación digital que las acompañan y qué significan estos cambios para la operación diaria de tu empresa. También revisamos el calendario de implementación y cómo prepararte para adoptarlas sin contratiempos. ¿Por qué era Necesaria la Simplificación de Trámites IMSS? Antes de esta reforma, el registro patronal exigía capturar información en 80 campos distintos, muchos de los cuales ya existían en otras bases de datos gubernamentales, como las del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esta duplicidad generaba carga administrativa innecesaria, especialmente para negocios que apenas comienzan operaciones. Según cifras del IMSS, existen más de 765 mil registros patronales con menos de nueve trabajadores y otras fuentes sitúan en 665 mil el número de empresas con hasta 10 trabajadores que podrían beneficiarse de estas medidas. Para este segmento, cada hora invertida en papeleo es una hora que no se dedica a atender clientes, vender o contratar personal. Los tiempos de espera también representaban un obstáculo. La reactivación de un registro patronal, por ejemplo, podía tardar hasta tres meses bajo el esquema anterior. Sumado a la necesidad de acudir físicamente a las oficinas del IMSS para trámites como la obtención de la Tarjeta de Identificación Patronal, el sistema generaba fricción constante entre los patrones y la autoridad. 8 Medidas de Simplificación Administrativa del IMSS El 10 de septiembre de 2026, el IMSS presentó formalmente este paquete de medidas mediante el Boletín de Prensa No. 482/2026, dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas (Chévez, 2026). A continuación, el detalle de cada una. 1. Registro digital simplificado para nuevas microempresas El trámite de alta patronal, que antes requería 80 campos, ahora solo pide 14 datos indispensables. Esto es posible gracias a la interconexión con el SAT, que permite precargar información que la empresa ya tiene registrada en su RFC. El resultado es un proceso de inscripción considerablemente más rápido, sin necesidad de repetir datos que el gobierno ya posee. 2. Pago integrado de impuestos y cuotas de seguridad social A partir de noviembre de 2026, los empleadores podrán descargar desde un solo punto los formatos de pago correspondientes tanto a impuestos como a cuotas de seguridad social. Este proyecto conjunto entre el IMSS y el SAT elimina la necesidad de navegar por múltiples portales para cumplir con obligaciones fiscales y de seguridad social por separado. 3. Movimientos afiliatorios simplificados Las altas, bajas y modificaciones salariales de los trabajadores podrán realizarse desde un espacio digital diseñado específicamente para microempresas. Esto elimina la necesidad de acudir a las subdelegaciones del IMSS y permite procesar estos movimientos de forma directa, sin intermediarios. 4. Determinación digital de la prima de riesgos de trabajo Las microempresas tendrán la opción de no presentar la determinación anual de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo. A cambio, contarán con acompañamiento digital enfocado en la prevención de accidentes laborales, lo que reduce la carga de cumplimiento sin descuidar la seguridad de los trabajadores. 5. Tarjeta de Identificación Patronal digital (TIP Digital) Desde el 10 de septiembre de 2026, el IMSS liberó la TIP Digital, obtenible de forma gratuita e inmediata a través del Buzón IMSS. Este documento permite acreditar hasta tres personas autorizadas por registro patronal para realizar gestiones presenciales, e incorpora elementos de seguridad como código QR, sello digital y firma electrónica del SAT.  Con esta digitalización, los patrones evitan el riesgo de pérdida o robo del documento físico y pueden actualizar representantes autorizados sin acudir a una ventanilla. 6. Reactivación del registro patronal por Buzón IMSS El proceso de reactivación, que antes podía tomar hasta tres meses, ahora cuenta con requisitos más sencillos y un procedimiento homologado a nivel nacional. Esto reduce significativamente los tiempos de espera para empresas que necesitan reactivar su registro ante el Instituto. 7. Formato de pago de cuotas digital A partir de octubre de 2026, los patrones podrán consultar en un solo documento digital el desglose detallado de la propuesta de pago de cuotas obrero-patronales, incluyendo el nombre y la cuota correspondiente a cada trabajador. Esto facilita la conciliación financiera y da mayor transparencia a las deducciones de nómina. 8. Acompañamiento digital y preventivo para nuevas microempresas Durante el primer año de operación, las nuevas microempresas recibirán seguimiento permanente a través del Buzón IMSS, con un enfoque preventivo en lugar de punitivo. La idea es orientar a los empleadores para que cumplan sus obligaciones antes de que se apliquen sanciones, en lugar de corregir errores después de que ocurran. 9. EMA y EBA ahora disponibles en el Buzón IMSS A partir del 9 de octubre de 2026, los patrones y responsables de nómina podrán acceder a los documentos EMA y EBA desde el Buzón IMSS, sin necesidad de trámites adicionales. ¿Qué Requisitos de Autenticación Digital Necesitan las Empresas? El 24 de febrero de 2026, el H. Consejo Técnico del Seguro Social aprobó el Acuerdo de simplificación de trámites IMSS con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (KPMG, 2026). Este acuerdo formaliza los siguientes requisitos de autenticación: CURP con datos biométricos: Una vez que el nuevo sistema esté listo, este será el único medio nacional de identificación oficial para trámites ante el IMSS. Identificación oficial vigente con fotografía: Mientras no se implemente la CURP biométrica obligatoria, este documento sigue siendo válido para trámites presenciales. E.firma del SAT: Necesaria para prácticamente todos los trámites digitales, incluyendo el registro en el Buzón IMSS y la obtención de la TIP Digital. Certificado digital y NPIE activos: Indispensables para realizar gestiones en línea a través de la plataforma IDSE. Para los trámites presenciales, el IMSS continuará solicitando copias simples de documentos para el acuse de recibo hasta que el expediente digital opere en su totalidad. Esto significa que, durante la transición, conviene mantener ambos procesos (digital y físico) organizados. ¿Cómo Impactan estos Cambios a las Micro y Pequeñas Empresas? Para un patrón con pocos empleados, estas medidas se traducen en los siguientes beneficios: Menos tiempo invertido en trámites: Reducir el registro patronal de 80 a 14 campos ahorra horas que antes se destinaban a capturar información redundante. Menor costo operativo: Eliminar visitas presenciales reduce gastos de traslado y tiempo de personal dedicado a gestiones administrativas. Mayor accesibilidad: Los dueños de microempresas, que rara vez cuentan con un equipo de recursos humanos dedicado, pueden resolver trámites desde su computadora en lugar de hacer fila en una subdelegación. Reducción de errores: Al precargar información desde el SAT, se evitan inconsistencias entre lo declarado ante distintas dependencias. Mejor relación con el IMSS: El enfoque preventivo del acompañamiento digital busca resolver dudas antes de que se conviertan en sanciones. Sin embargo, adoptar estos cambios también exige familiarizarse con nuevas plataformas, calendarios de implementación y requisitos de autenticación digital. Aquí es donde contar con un aliado especializado marca la diferencia.  En Consolidé ayudamos a las empresas a entender e implementar correctamente estos nuevos trámites del IMSS, garantizando cero errores en cada proceso, desde el registro patronal hasta la gestión del Buzón IMSS. Calendario de Implementación: Fechas Clave para 2026 El despliegue de estas medidas ocurre de forma escalonada a lo largo del año: 24 de febrero de 2026: El Consejo Técnico del Seguro Social aprueba el Acuerdo de simplificación de trámites con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones. 10 de septiembre de 2026: El IMSS presenta formalmente las 8 medidas de simplificación administrativa y libera la TIP Digital. Octubre de 2026: Entra en vigor el formato de pago de cuotas digital con desglose detallado por trabajador. Noviembre de 2026: Se espera el lanzamiento del sistema de pago integrado entre el IMSS y el SAT. Este despliegue gradual permite que el IMSS ajuste cada herramienta según la retroalimentación de los usuarios antes de expandir su alcance. Para las empresas, esto significa que conviene revisar periódicamente el Buzón IMSS y los comunicados oficiales, ya que algunas funcionalidades se irán habilitando conforme avance el año. Prepárate para la Nueva Era de Trámites Digitales del IMSS Estas reformas marcan un cambio de fondo en cómo el IMSS se relaciona con las micro y pequeñas empresas de México. Al reducir trámites de 80 a 14 campos, eliminar documentos físicos y centralizar pagos, el Instituto reconoce que la burocracia excesiva frena el crecimiento empresarial, no lo protege. El beneficio a largo plazo va más allá del ahorro inmediato de tiempo. Una relación más ágil con el IMSS facilita que las microempresas formalicen su operación, contraten personal con mayor confianza y dediquen recursos a lo que realmente importa: hacer crecer su negocio. Para aprovechar estos cambios sin cometer errores en la transición, conviene apoyarte en especialistas que conozcan a fondo cada plataforma y requisito. Consolidé acompaña a empresas de todos los tamaños en la correcta implementación de los nuevos trámites del IMSS, desde la configuración del Buzón IMSS hasta la gestión de la TIP Digital, con la garantía de cero errores en cada proceso.  Si tu empresa necesita claridad y certeza durante esta transición, contáctanos. De cara a los próximos meses, es probable que el IMSS continúe ampliando esta estrategia de digitalización hacia empresas medianas y grandes, consolidando un modelo de interoperabilidad con el SAT y otras dependencias. Mantenerse informado sobre estos cambios y contar con el apoyo correcto para implementarlos, será clave para cualquier empresa que busque operar con mayor eficiencia en los próximos años.
A partir del 10 de septiembre de 2026, el IMSS reemplaza la Tarjeta de Identificación Patronal física por una versión 100% digital, obtenible de forma gratuita e inmediata a través del Buzón IMSS. Permite registrar hasta tres representantes autorizados y elimina la necesidad de visitas presenciales para gestionar la identificación patronal. México está avanzando hacia una administración de seguridad social más ágil. Uno de los pasos más concretos de esa transformación es la digitalización de la Tarjeta de Identificación Patronal (TIP), el documento con el que los patrones acreditan a sus representantes ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Según el comunicado oficial del IMSS del 1 de septiembre de 2026, la TIP Digital estará disponible para todos los patrones activos del país a partir del 10 de septiembre de 2026. El trámite se convierte así en un proceso 100% digital, eliminando el formato físico que históricamente generaba riesgos de pérdida, robo o deterioro. Para los directores y gerentes de RRHH, nómina o administración, este cambio tiene implicaciones inmediatas: nuevos requisitos de registro, una plataforma diferente para gestionar representantes y una oportunidad real de reducir tiempos y costos operativos. ¿Qué es la Tarjeta de Identificación Patronal Digital? La TIP es el documento mediante el cual las personas empleadoras o patrones acreditan a sus representantes o personas autorizadas para realizar trámites presenciales ante el IMSS. En su versión digital, este documento abandona el formato físico y se emite directamente a través del Buzón IMSS. A diferencia de la tarjeta tradicional, la TIP Digital se genera por cada registro patronal y permite designar, actualizar o eliminar hasta tres personas autorizadas para actuar en nombre de la empresa. Esto resulta especialmente valioso para organizaciones con múltiples registros patronales, donde la gestión de representantes puede volverse compleja. El IMSS declaró en su boletín de prensa que el objetivo es "simplificar gestiones y fortalecer la seguridad de los trámites patronales", estandarizando el formato y reforzando los mecanismos de autenticidad. ¿Cómo funciona la TIP Digital? A continuación te explicamos cómo funciona la nueva TIP digital: Registro a través del Buzón IMSS El proceso de obtención es directo y no requiere acudir a ninguna subdelegación. Los pasos son: Ingresar a www.imss.gob.mx/buzonimss Autenticarse con la e.firma vigente del SAT Registrar y validar al menos un correo electrónico y un número de celular asociados al RFC Firmar electrónicamente los Términos y Condiciones de uso del Buzón IMSS Registrar los datos de los representantes autorizados (incluyendo CURP) Una vez completados estos pasos, la TIP Digital se emite de forma inmediata y gratuita, disponible las 24 horas del día. ¿Qué trámites pueden realizar los representantes autorizados? Una vez acreditados mediante la TIP Digital, los representantes pueden gestionar presencialmente ante el IMSS los siguientes trámites: Presentación de escritos y solicitudes oficiales Movimientos afiliatorios de empleados (altas, bajas y modificaciones) Aclaraciones patronales relacionadas con cobranza Avisos de trabajadores eventuales del campo Trámites derivados de auditorías fiscales Elementos de seguridad y contenido del documento La TIP Digital incorpora mecanismos técnicos que garantizan su autenticidad y trazabilidad. El documento incluye: Código QR para verificación electrónica Sello digital y cadena original que aseguran la integridad del documento E.firma utilizada durante la designación de representantes Número de serie del certificado y folio del trámite Datos generales del patrón, domicilio, fecha de solicitud y datos de las personas autorizadas Estos elementos hacen que la TIP Digital sea significativamente más segura que su versión física, donde la falsificación o el uso indebido de documentos representaban un riesgo real para los patrones y para el propio IMSS. Requisitos para Obtener la TIP Digital Para tramitarla, la empresa necesita contar con: Cuenta habilitada en el Buzón IMSS E.firma del SAT vigente (del representante legal o apoderado) Correo electrónico y número de celular válidos y asociados al RFC Aceptación de los Términos y Condiciones del Buzón IMSS CURP de las personas autorizadas que se deseen registrar La emisión es gratuita, inmediata y puede realizarse desde cualquier dispositivo con acceso a internet. Beneficios para los Patrones La transición a la TIP Digital no es solo un cambio de formato. Tiene un impacto directo en la operación diaria de las áreas de recursos humanos y administración: Eliminación de visitas presenciales obligatorias a subdelegaciones para gestionar la identificación patronal Ahorro en tiempo y costos de traslado para el equipo administrativo Cero riesgo de pérdida, robo o deterioro del documento Actualización inmediata de representantes autorizados sin trámites adicionales en ventanilla Acceso en cualquier momento y lugar, sin depender de horarios de atención institucional Mayor certeza jurídica gracias a los mecanismos de autenticidad integrados Para empresas con múltiples registros patronales o con alta rotación de personal autorizado, estas ventajas se multiplican. Impacto en la Operación del IMSS y en los Trabajadores Desde la perspectiva institucional, la TIP Digital permite al IMSS verificar en tiempo real si la autorización de un representante está activa y vigente. Esto elimina situaciones en las que representantes no vigentes intentaban realizar trámites con documentación desactualizada. Para los trabajadores, el beneficio es indirecto pero relevante: una administración patronal más eficiente reduce los tiempos de gestión de movimientos afiliatorios, lo que se traduce en altas, bajas y modificaciones procesadas con mayor agilidad. Un Paso hacia la Administración Patronal del Futuro La digitalización de la TIP es una señal clara de que la relación entre patrones e IMSS se mueve hacia canales digitales seguros, verificables y accesibles. Para las áreas de recursos humanos y administración, adaptarse a tiempo no es opcional: es una condición para operar sin fricciones. Gestionar correctamente estos cambios normativos requiere procesos internos bien estructurados, herramientas adecuadas y un seguimiento constante de las actualizaciones del IMSS. En Consolidé somos tu aliado estratégico en trámites, cumplimiento y actualizaciones ante el IMSS. Desde la gestión de movimientos afiliatorios hasta el acompañamiento en cambios regulatorios como este, te ayudamos a mantener tu operación en orden, sin desviar el foco de lo que realmente importa: el crecimiento de tu empresa.  Contáctanos y descubre cómo podemos optimizar tu administración patronal.
Saber cómo calcular las cuotas obrero patronales te permitirá cumplir con tus obligaciones en materia de seguridad social. En los artículos 15, fracción III, y 39 de la Ley del Seguro Social (LSS) se contempla la obligación del patrón en esta materia. Por un lado, es necesario que el empleador esté inscrito en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realice su alta patronal. También debe dar de alta a sus empleados dentro de los primeros 5 días hábiles.  Hoy te explicamos en qué consisten y cómo calcular las cuotas obrero patronales. ¿Quién hace las aportaciones, cómo se pagan? Si tienes dudas al respecto, todo esto lo abordamos.  Como empleador, tienes la obligación legal de determinar y pagar las cuotas obrero patronales. Este monto junto a la aportación del gobierno federal, es lo que sirve para financiar los servicios de seguridad social que otorga el IMSS a los trabajadores. Cuotas obrero-patronales: ¿Qué son? Las cuotas obrero patronales son la suma de aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social. Estas permiten al colaborador tener beneficios como prestaciones de seguro social, atención médica, vivienda y retiro. Se llama cuotas obrero patronales porque del lado de la empresa, trabajadores y patrones deben hacerla. Sin embargo, también el gobierno de México aporta una cuota social. Esas aportaciones aparecen en los comprobantes fiscales de Nómina como “IMSS” o “Seguro Social”. Para proceder a estas retenciones con cada trabajador, se construye una cuenta individual. Una vez que el empleado tiene el alta ante el IMSS, deberás realizar el pago total ante la entidad, en caso contrario puedes caer el peligro de incumplimiento. Sigue leyendo y notarás por qué es tan importante estar al día con la legislación para saber cómo calcular las cuotas obrero patronales. ¿Quién debe pagarlas? Las cuotas del IMSS las realizan tanto los patrones (persona física o moral) como el trabajador. En el caso del trabajador el monto es menor y se deduce de su salario; por tanto, aparece en su recibo de nómina por concepto de Seguro Social o IMSS. Los patrones, ya sean persona física, autónomo, o persona moral, son los encargados de hacer el pago por medio de una referencia o el SIPARE. ¿Cada cuánto tiempo se pagan? Según lo establecido en el artículo 39 de la LSS, el pago de las cuotas al seguro aplica por mensualidades vencidas; y debe hacerse entre el 1 y 17 de cada mes. Por otro lado, el artículo vigésimo séptimo transitorio del Decreto de la Ley del Seguro Social hace una precisión con el pago respecto del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Éste se seguirá realizando de manera bimestral en tanto no se homologuen los periodos de pago de las leyes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, ISSSTE, y del Infonavit. La manera en que se realizan los pagos de las cuotas es por medio del SUA (Sistema Único de Autodeterminación). Esta herramienta ayuda a realizar el cálculo de las cuotas obrero patronales de manera automática y verificada. Cómo calcular las cuotas obrero-patronales Es momento de puntualizar algunas novedades para que sepas cómo calcular las cuotas obrero patronales frente a cambios que entran en vigencia este 2025.  Las cuotas y porcentajes que aportas por cada empleado varían, pues su cálculo depende de diferentes conceptos y valores. Entre ellos: El salario base de cotización del trabajador, SBC. La Unidad de Medida y Actualización, UMA. Los porcentajes fijados dentro de la Ley del Seguro Social. Y los seguros y prestaciones sociales que se brinden a los empleados. Salario básico de cotización (SBC)  Debes tener claro que a partir de enero de 2023 las aportaciones patronales de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez aumentan de manera gradual; para ello debes tomar en cuenta la tabla establecida del Salario Base de Cotización del trabajador en la Ley del Seguro Social. Te compartimos la tabla que considera el aumento gradual hasta el 2030: Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM* 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 1.01 SM a 1.50 UMA** 3.281% 3.413% 3.544% 3.676% 3.807% 3.939% 4.070% 4.202% 1.51 a 2.00 UMA 3.575% 4.000% 4.426% 4.851% 5.276% 5.701% 6.126% 6.552% 2.01 a 2.50 UMA 3.751% 4.353% 4.954% 5.556% 6.157% 6.759% 7.360% 7.962% 2.51 a 3.00 UMA 3.869% 4.588% 5.307% 6.026% 6.745% 7.464% 8.183% 8.902% 3.01 a 3.50 UMA 3.953% 4.756% 5.559% 6.361% 7.164% 7.967% 8.770% 9.573% 3.51 a 4.00 UMA 4.016% 4.882% 5.747% 6.613% 7.479% 8.345% 9.211% 10.077% 4.01 UMA en adelante 4.241% 5.331% 6.422% 7.513% 8.603% 9.694% 10.784% 11.875% *Salario Mínimo ** Unidad de Medida y Actualización La fórmula para calcular el SBC es: Salario diario x Factor de Integración. El salario diario incluye los pagos realizados en efectivo de acuerdo a las horas trabajadas, gratificaciones, alimentación, habitación y comisiones, entre otros. Si el salario del empleado es menor al salario mínimo aplicable, se toma el valor del salario mínimo como base para el cálculo de la cuota. Por el contrario, si el salario supera la suma de UMA x 25 veces, se tomará éste último valor para el cálculo de la cuota. Para obtener el valor del salario diario se divide la suma que el empleado cobra entre la cantidad de días. En el caso del factor de integración, usa la siguiente fórmula: (365 días del año + (Días por vacaciones X 25% de prima vacacional*) + Días de aguinaldo)/365 días del año. Unidad de Medida y Actualización (UMA) Es una cifra que actúa como referente económico en varias actividades. Una de ellas es el de las cuotas patronales, como las que corresponden al Seguro de Enfermedades y Maternidad. El valor UMA también influye en el crédito otorgado por el Infonavit. Porcentajes de acuerdo a la Ley del Seguro Social en seguros y prestaciones De acuerdo al seguro o prestación social, patrón y empleado cubren en partes desiguales las primas. Cuando decimos partes desiguales nos referimos a que el patrón cubre la mayor parte. Entre los seguros y prestaciones sociales que corresponden a la regulación obligatoria se encuentran los siguientes: Seguro de riesgos de trabajo. Seguro de enfermedades y maternidad. Seguro de invalidez y vida. Guarderías y prestaciones sociales.  Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Conclusión El incremento gradual en la cuota patronal que se aplica al Salario Base de Cotización del trabajador tiene un impacto económico a considerar. Desde Consolidé te recomendamos actualizar tus tablas para el cálculo de las cuotas patronales de cesantía en edad avanzada año con año hasta el 2030. Además, recuerda que hay nueva versión del SUA, por lo que se debe actualizar la prima de riesgo de trabajo del IMSS.  Estamos para apoyarte con estos cambios para que puedas centrar los esfuerzos de tu equipo de Recursos Humanos. Y si lo deseas, podrás agilizar la determinación de las cuotas y programarlas mes a mes de manera oportuna y simple con nuestro apoyo. Contáctanos.
Los patrones en México tienen una serie de derechos y obligaciones en virtud de la Ley Federal del Trabajo. En caso de que un colaborador incumpla sus obligaciones, el patrón, según la Ley, cuenta con determinadas atribuciones. Sin embargo, se debe de estar alineado con las obligaciones de los patrones para así evitar posibles multas y sanciones. ¿Qué es lo que debes saber sobre las obligaciones de los patrones? En Consolidé trabajamos esta guía esencial. Sigue leyendo. Obligaciones de los patrones ante la LFT En la Ley Federal del Trabajo, dentro de los artículos 132 y 133 se detallan las obligaciones de los patrones así como sus representantes legales. En pocas palabras, como patrón debes de dar acceso a las prestaciones de la seguridad social, pago de sueldos y salarios con sus determinadas deducciones acorde a la ley, entre otros. A continuación te detallamos las obligaciones más importantes de los patrones. Contrato de trabajo Dentro de los artículos 21, 24, 25, 35 y el 1002 de la Ley Federal del Trabajo se contemplan las obligaciones de los patrones dentro de los contratos de trabajo. Los contratos de trabajo son documentos documentos en los cuales el patrón o su representante legal establece los términos en los cuales se desarrollará la relación laboral con el colaborador. Según los artículos antes mencionados, un contrato de trabajo debe contener: Lugar donde se prestarán los servicios Descripción de las actividades laborales: duración de jornada, salario, fechas de pago, capacitaciones, actividades, vacaciones Tipo de contrato: tiempo determinado o indeterminado, actividades especiales por temporada   Es importante mencionar que el patrón debe compartir una copia del contrato a su colaborador. En caso de que el patrón no cumpla con lo provisto por la Ley, se procederá a sanciones. Sanciones Las sanciones por incumplimiento en cuanto a la elaboración del contrato pueden ser de 50 a 5000 veces la UMA correspondiente del año. Aproximadamente entre $4,344.00 a $434,400 pesos mexicanos. Jornada del trabajo La jornada de trabajo se prevé dentro de los artículos 58 al 68 de la LFT así como el artículo 994, fracción I. Dentro de las obligaciones patronales de la jornada de trabajo se establece: Respetar los máximos semanales Descanso de al menos 30 minutos para comer o descansar Las jornadas extraordinarias no rebasarán las tres horas diarias ni serán más de tres veces a la semana Solo se podrán programar y autorizar jornadas extraordinarias cuando sea indispensable Cubrir al doble las primeras 9 horas de jornadas extraordinarias semanales   Sanción En caso de incumplir con este punto, la multa va de los 50 a 250 UMA. Descansos Una de las obligaciones de los patrones más importantes previstas dentro de la LFT son los descansos semanales y obligatorios. Se prevén dentro de los artículos 69 al 75 así como el 994, fracción I. Descansos obligatorios señalados en la LFT: 1ro enero, primer lunes de febrero, tercer lunes de marzo, 1ro de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre, 1ro de diciembre, 25 de diciembre   Sanción Los colaboradores podrían optar por trabajar en esos días obligatorios, la Ley marca que deben de recibir el pago doble del salario diario por sus tareas. Sin embargo, en caso de que no se realice ese pago o el patrón o encargados obliguen a los colaboradores a laborar durante esos días de descanso obligatorio, se prevé una multa de 50 a 250 UMA. Salud y seguridad Los aspectos de salud y seguridad se prevén dentro de los artículos 509 y 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo. Establecimiento de una comisión extra que indague las causas de los accidentes, enfermedades Que la comisión verifique las acciones preventivas y correctivas Mantener informada a la STPS sobre los riesgos de trabajo Ejecutar las obligaciones estipuladas en las NOM aplicables   Sanción En caso de incumplimiento, el patrón deberá pagar una multa de 250 a 5000 UMA. Salarios La Ley Federal del Trabajo establece las obligaciones de los patrones dentro de los artículos 82 al 116, 1002 y 1004. En resumen, son: No omitir el pago de los salarios Pagar dentro de las fechas establecidas dentro del contrato: semanales, catorcenales, quincenales o mensuales Pagar en moneda nacional Pagar el sueldo de forma directa o en caso extraordinario, un tercero podrá pagarlo. Se debe presentar carta poder firmada por el colaborador y dos testigos No pagar salarios inferiores a los mínimos   Sanción por incumplimiento de salarios Las multas por incumplimiento del pago de salarios van desde las 50 a 5000 UMA. En caso de que se emitan facturas de nómina mayores a las establecidas dentro del salario, la autoridad correspondiente puede multar al patrón por 800 a 3200 UMA. En otros casos, se contempla delitos y es acreedor a prisión de 6 meses hasta 4 años más la multa establecida. Obligaciones de los patrones: Participación de utilidades Dentro de los artículos 117 a al 131 así como el artículo 994 fracción II de la LFT, se establecen las obligaciones de los patrones en cuanto a la participación de utilidades (PTU). Los patrones deben retribuir el 10% de su utilidad dentro del periodo de 60 días siguientes a la fecha en que se presente la declaración anual del ISR Los patrones deben crear una comisión extra que se encargue de la elaboración de la individualización del reparto. Publicar el proyecto de reparto de utilidades dentro de las instalaciones de trabajo   A finales de mayo, los patrones deben pagar la participación de utilidades. Sanción En caso de incumplir con la participación de utilidades, el patrón puede pagar una multa de 250 a 5000 UMA. ¿Cómo se cuantifican las sanciones y multas? Si un empresario no cumple con estas obligaciones, puede ser objeto de multas y sanciones. La cuantía de la multa dependerá de la naturaleza del incumplimiento y de si se trata de una primera infracción o de una reincidencia. También se pueden imponer sanciones por el incumplimiento de otras obligaciones previstas en la LFT, como no proporcionar los registros de los empleados o hacer declaraciones falsas o engañosas. La base para calcular el valor monetario de las sanciones y multas, se toma como base la UMA. Conclusión Las principales obligaciones de los patrones son : Firmar un contrato de trabajo con el empleado en el que se establezcan los términos de la relación laboral Pagar los salarios a tiempo y en su totalidad Proporcionar prestaciones de la seguridad social Cumplir con las normas de seguridad e higiene Cumplir con las demás obligaciones establecidas en la LFT   Si un empleador no cumple con estas y las demás obligaciones patronales previstas en este artículo, puede ser objeto de sanciones y multas. La cuantía de la multa dependerá de la naturaleza del incumplimiento y de si se trata de una primera infracción o de una reincidencia. Los empresarios deben familiarizarse con las obligaciones que les impone la LFT para evitar posibles sanciones. Las sanciones por violar la LFT pueden ser severas, y pueden incluir multas, penas de prisión, o ambas. A los empresarios que infrinjan la ley también se les puede exigir que reincorporen a los trabajadores que hayan sido despedidos ilegalmente y que les paguen los salarios atrasados. Para evitarlo, contempla tener la asesoría y ayuda de un experto en Recurso Humano como Consolidé. Contamos con equipos especializados en la materia así como los más actualizados para evitar recargos y multas.
La Reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación de personal u outsourcing detalló su prohibición salvo a la subcontratación de servicios especializados. Con los cambios expuestos en la Reforma, uno de los más importantes fue el de la sustitución patronal.  La sustitución patronal debe hacerse en todas las empresas que tercerizaban o tenían el formato de outsourcing previo a la Reforma. Esto nos indica que los patrones anteriores deberán trasladar a los colaboradores entre patrones, conversando sus derechos y absorbiendo la antigüedad así como los riesgos de trabajo. ¿Qué es la sustitución patronal? ¿Hay una fecha límite para realizarla? ¿Qué consideraciones debes de tomar en cuenta? En Consolidé te explicamos.  ¿Qué es una sustitución patronal? La sustitución patronal es cuando un nuevo empleador puede sustituir al anterior, pero la responsabilidad solidaria continuará. La obligación de cumplir con las obligaciones laborales y las prestaciones dura seis meses desde la fecha del cambio, siempre que se haya notificado al sindicato o a los trabajadores antes de que transcurra este plazo. El artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo expone:  “El patrón substituido será solidariamente responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo y de la Ley, nacidas antes de la fecha de la substitución, hasta por el término de seis meses; concluido éste, subsistirá únicamente la responsabilidad del nuevo patrón”.Artículo 41, Ley Federal del Trabajo ¿Cuándo se da una sustitución patronal? Una sustitución patronal se da cuando la empresa cambia de dueño o se sustituye a los empleadores. Mantiene la vigencia de los contratos de los colaboradores, así como sus derechos, antigüedad y riesgos de trabajo. ¿Qué dice la Ley del Seguro Social en materia de sustitución patronal? La Ley del Seguro Social, bajo el numeral 16 del reglamento de la Ley, en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, establece que la sustitución patronal debe ser comunicada ante el IMSS.  La sustitución patronal debe materializarse ante el IMSS mediante el Escritorio Virtual. El patrón deberá adjuntar el documento con el cual fueron notificados los colaboradores. Dicho documento deberá reconocer la antigüedad, derechos laborales y riesgos de trabajo. Reglas del IMSS para realizarla El Instituto Mexicano del Seguro Social expuso determinadas reglas, que fueron derivadas de la Reforma, para que el patrón anterior pueda llevar a cabo el proceso: Procedimiento simplificado para comunicar al Instituto la baja de los registros patronales, en relación al artículo 5 transitorio. Procedimiento simplificado para comunicar al Instituto la sustitución patronal, determinado en el transitorio del artículo 7. Por otro lado, para poder facilitar los convenios, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), llevará a cabo mesas de trabajo especializadas. Aunado a lo anterior, la misma Junta compartió de manera pública un ejemplo de convenio para realizar la sustitución patronal.  Cabe recalcar que los convenios sólo serán firmados con cita previa ante la JFCA.  Photo by Campaign Creators on Unsplash. Licencia CC0 Requisitos para la firma de convenios ante la JFCA Original y copia de identificaciones del Secretario General del Sindicato así como de los representantes legales de la empresa sustituta y la sustituida Original y copia de cédulas profesionales Testimonios notariales de los representants legales Original o la copia certificada de la toma de nota vigente del sindicato Cartas poder a favor de personas que autoricen la ratificación Número de contrato colectivo de trabajo ante la JFCA Original del Convenio firmado por el Secretario General así como de los representantes legales Límite para realizar la sustitución patronal El día líimte para realizar el procedimiento de sustitución atronal será el 23 de julio del presente año.  ¿Qué necesito para realizarla? Para llevar a cabo una sustitución patronal en línea necesitarás: E-firma emitida por el SAT Escrito que comunique la sustitución patronal así como sus detalles Documento de notificación ante colaboradores Aviso de Inscripción Patronal o Modificación en su Registro Para realizar una sustitución patronal de forma presencial: Escrito que comunique la sustitución patronal así como sus detalles RFC Documento que acredite personalidad del patrón ya sea persona física o representante legal en caso de ser persona moral Identificación oficial vigente del patrón, si es persona física o del representante legal, si es persona moral CURP del patrón si es persona física, CURP del representante legal, si es persona moral Documento de notificación ante colaboradores Aviso de Modificación de empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo Aviso de Inscripción Patronal o la modificación de su registro  Conclusión El 24 de abril de este año entró en vigor el decreto por el cual se adicionan y derogan artículos de las leyes: Infonavit, CFF, LIVA, LISR, LFT y LSS. Uno de los cambios más importantes fue la sustitución patronal dentro del artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo. Dicho cambio prevé que las empresas que se dedicaban a la subcontratación de personal tienen un plazo de 90 días naturales para transferir al patrón beneficiario a los colaboradores de una empresa en particular. En cualquier caso, los derechos laborales, prestaciones, antigüedad así como riesgos de trabajo serán respetados.  La fecha límite para realizar la sustitución patronal será el 23 de julio de 2021. Acércate a expertos en la materia y resuelve todas tus dudas. En Consolidé podemos apoyarte.