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Los patrones en México tienen distintas obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Como parte de éstas, está el pago oportuno de las cuotas obrero patronales.  Las cuotas obrero patronales son la suma de las aportaciones que hacen tanto el patrón como el empleado para garantizar el acceso a los servicios de atención médica, seguridad social, fondos de retiro y cesantía y vejez. Sin embargo, el patrón tiene la obligación de pagarlas ante el IMSS. Es por ello que el patrón deduce el monto de las cuotas del salario del empleado en su recibo de nómina bajo el concepto de Seguro Social o IMSS. Te invitamos a conocer el calendario de pago de las cuotas para 2025. Calendario de Pago de las Cuotas Obrero Patronales 2025 Según la Ley del Seguro Social (LSS) en su artículo 39, el pago de las cuotas obrero patronales es aplicado por mensualidades vencidas. Los pagos deben realizarse entre el 1 y 17 de cada mes.  Es importante recalcar que el día 17 de cada mes es la fecha límite de pago, si éste día cae en un día inhábil o viernes se mueve la fecha límite de pago al siguiente día hábil. Lo anterior según el artículo 3, último párrafo del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. Por otro lado, cuando el último día de pago oportuno de las cuotas obrero patronales cae en un día inhábil o viernes, nos guiaremos bajo lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit así como el artículo 12 antepenúltimo párrafo del Código Fiscal de la Federación.  MesFecha límite de pagoCuotas a pagarDiciembre 202420 Enero de 2025Mensual y bimestralEnero 202517 FebreroMensualFebrero 202518 MarzoMensual y bimestralMarzo 202517 AbrilMensualAbril 202519 MayoMensual y bimestralMayo 202517 JunioMensualJunio 202517 JulioMensual y bimestralJulio 202518 AgostoMensualAgosto 202517 SeptiembreMensual y bimestralSeptiembre 202520 OctubreMensualOctubre 202518 NoviembreMensual y bimestralNoviembre 202517 DiciembreMensualDiciembre 202519 Enero 2026Mensual y bimestral Recuerda que los pagos de las cuotas obrero patronales se realizan mediante el Sistema Único de Autodeterminación (SUA). Este sistema te ayuda a calcular el monto de las cuotas de forma automática. Multas por Incumplimieno de Pago de Cuotas Obrero Patronales Incumplir con el pago de las cuotas obrero patronales o realizar el pago de forma extemporánea implica multas y recargos por parte del IMSS al patrón. Existen dos casos: Pago extemporáneo Incumplimiento de pago: El IMSS notifica el requerimiento de pago y ya hay multa Pago extemporáneo El patrón tiene la obligación de realizar una actualización de las cuotas obrero patronales aplicando el factor que se obtiene de dividir el INPC del mes que va a pagar entre el Índice de Precios Consumidor del mes que debió pagar. Los recargos generados serán producto de multiplicar las cuotas obrero patronales actualizadas por la suma de la tasa de recargos por mora, a partir del mes que debió pagar hasta el mes que efectuará el pago. Incumplimiento de pago El incumplimiento de pago, una vez que el IMSS envió el requerimiento de pago al patrón implica multas: Multa del 40% sobre las cuotas obrero patronales Es posible que la multa del 40% disminuya en un 20% si el patrón paga dentro de los primeros 15 días hábiles al día de la notificación Cálculo de Cuotas Obrero Patronales y Pago Oportuno El cálculo y pago oportuno de las cuotas obrero patronales es una obligación para los patrones. Cumplir no sólo garantiza el acceso a los derechos de tus colaboradores, sino que también evita multas y recargos que podrían generar costos adicionales y afectar la estabilidad de tu negocio.  De no pagar a tiempo y no responder al requerimiento de pago por parte del IMSS, el Instituto puede iniciar el Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal (PAE). Con el PAE, el IMSS exige el pago de las cuotas no cubiertas y realiza un cobro adicional por los gastos de ejecución en un principio. En caso de continuar con el proceso, puede embargar la organización, realizar un remate e inclusive, adjudicarse bienes. En Consolidé, somos expertos consultores en maquila de nómina y en materia de seguridad social. Nuestro equipo especializado está listo para ayudarte a realizar cálculos precisos, cumplir con la normativa vigente y optimizar tus procesos administrativos. Con más de 27 años de experiencia, te brindamos la tranquilidad de saber que todo está en orden para que puedas enfocarte en las áreas estratégicas de tu empresa.
La seguridad social es un sistema establecido por un gobierno para que su sociedad obtenga protección. La protección está relacionada con servicios de asistencia médica y la garantía de seguridad de ingresos monetarios en situaciones como la vejez, enfermedad, maternidad y más. En México existen dos instituciones primarias que ofrecen los servicios de seguridad social: Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Ambas instituciones administran y velan por los beneficios de los trabajadores que se encuentran afiliados así como sus familiares. ¿Qué es la seguridad social? Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la seguridad social es la  “Protección que una sociedad proporciona a los individuos y a los hogares para asegurar el acceso a la asistencia médica y garantizar la seguridad del ingreso [...]” Seguridad Social en México La seguridad social en México tuvo sus inicios con la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Aunque en la Carta Magna no se estableció como tal una institución responsable de esa figura, fue un eje clave para la generación de futuras legislaciones que velan por la seguridad de los mexicanos en la actualidad. Después de cambios históricos que presenció la sociedad mexicana, en 1943 el presidente Manuel Ávila Camacho promulgó la Ley del Seguro Social. En ella legislación se establece la creación del IMSS. La finalidad de la Ley del Seguro Social fue garantizar: Derecho a la salud Protección de los medios de subsistencia (enfermedad, invalidez, accidentes de trabajo, maternidad y vejez) Asistencia médica Servicios sociales   Dentro del artículo 2 de la Ley del Seguro Social, se establece la garantía del derecho a la salud: “La asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión que, en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada por el Estado". Es importante mencionar que la seguridad social en México es un derecho humano. Fue reconocido en 2011 e incorporado en el artículo 1 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo, dentro del artículo 123 se establece. Finalidad de la seguridad social La seguridad social es un sistema establecido de prestaciones de derecho público y que cuenta con supervisión estatal. Su finalidad es garantizar el derecho a la asistencia médica, salud así como servicios sociales necesarios para el bienestar de sus afiliados.  El gobierno se compromete a garantizar que las prestaciones de la seguridad social sean accesibles a los afiliados, protegiendo a las personas de la inseguridad financiera en caso de accidente o enfermedad así como en la vejez. Ley del Seguro Social: Elementos más importantes En México, la seguridad social se rige por la Ley del Seguro Social para el IMSS y la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, del ISSSTE. En esta sección exploraremos los elementos más importantes de la Ley del Seguro Social que compete a las empresas mexicanas y sus trabajadores. La Ley del Seguro Social establece los procedimientos legales y administrativos para las prestaciones de la seguridad social. Además de obligar a los patrones a realizar sus aportaciones patronales a la seguridad social. La ley también establece una serie de protecciones para los trabajadores y sus familias en caso de enfermedad, incapacidad o muerte.  Sistemas de Seguridad Social Instituciones clave Como se mencionó previamente, en México existen dos instituciones estatales que se encargan de administrar y proporcionar los derechos de seguridad social: IMSS: Creado en 1943 y su asistencia está enfocada en los trabajadores de empresas privadas, trabajadores independientes o personas que se encuentran vinculadas a otras por una relación de trabajo ISSSTE: Entidad enfocada en los trabajadores del estado en los poderes ejecutivo, legislativo y judicial así como institutos autónomos También, existen otros sistemas que complementan la seguridad social en México: Afores Insabi Infonavit Servicios de seguridad social en México A continuación, te explicaremos los servicios más importantes en México de acuerdo a la Ley de Seguridad Social. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez El IMSS es el instituto encargado de recaudar las aportaciones en materia de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez tanto de los empleados afiliados como de los patrones. La finalidad de este seguro es que cuando el empleado llegue a las semanas cotizadas suficientes y cumpla con los requisitos, pueda pensionarse. El instituto ayuda al empleado a “ahorrar” para su retiro y vejez y en otros casos, para su muerte. Con las aportaciones, el trabajador podrá tener derecho a una pensión, asistencia médica y asignaciones familiares así como ayuda asistencial para cubrir los requisitos que marca la Ley. Riesgos y accidentes de trabajo Además, las prestaciones de la seguridad social en México también incluyen la protección de los afiliados por riesgos y accidentes laborales. Este seguro del IMSS proporciona cobertura médica y económica a los trabajadores que sufran un accidente o enfermedad mientras ejecutan las labores de su trabajo. Enfermedades de trabajo y maternidad El seguro de enfermedades y maternidad brinda atención médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria necesaria para el trabajador y su familia. Para casos concretos, el IMSS proporciona prestaciones en especie o dinero para: Ayuda para lactancia Subsidios para incapacidades temporales Guarderías y prestaciones sociales Este seguro ofrece a los afiliados así como a sus beneficiarios los servicios de guarderías para sus hijos. El IMSS cuenta con cientos de guarderías a lo largo del país en las que cuida a los niños y ofrece programas de alimentación.  Por otro lado, las prestaciones sociales se enfocan en elevar los niveles de vida de los afiliados mediante distintos programas y servicios. Invalidez y vida Este seguro del IMSS ofrece a los afiliados así como a los pensionados la protección contra riesgos de invalidez y muerte. Esto siempre y cuando no se presenten durante el trabajo o a causa de un riesgo de trabajo. Se ofrece una pensión al afiliado o al pensionado y dependiendo el caso, a sus beneficiarios. Servicios médicos Los servicios médicos se proporcionan a los afiliados de la seguridad social en México. Los servicios médicos incluyen medicina preventiva, atención hospitalaria, rehabilitación y terapia ocupacional. En caso de ser necesario, también cubre el costo de las medicinas. Medicina preventiva Como tal no es un seguro pero sí un beneficio del IMSS para sus afiliados. Proporciona servicios de medicina preventiva para garantizar que los afiliados de la seguridad social se mantengan sanos y sean miembros activos de la sociedad. Ofrece información, programas de esparcimiento y comunicación sobre las mejores prácticas para mantener la salud. Conclusión Los servicios de seguridad social en México están diseñados para proporcionar protección social y asistencia de salud a sus beneficiarios. Existen dos instituciones clave que proporcionan dichos servicios, el IMSS y el ISSSTE. La finalidad de la seguridad social es que los afiliados tengan la garantía del acceso a servicios clave como: asistencia médica, salud, enfermedades, maternidad, retiro y vejez.  Los patrones en México deben estar afiliados al IMSS y realizar sus aportaciones patronales en favor de sus trabajadores.
Toda empresa en México debe cumplir con las cuotas patronales. Los patrones están en obligación de inscribirse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realizar su alta patronal; así como también dar de alta a sus empleados, realizar modificaciones y bajas. ¿Quién hace las aportaciones, cómo se pagan y qué cubren esas cuotas? Acá explicamos todo al detalle, en qué consisten y cómo funcionan. ¿Qué son las cuotas obrero patronales? Las cuotas IMSS e Infonavit o cuotas obrero patronales, son las aportaciones que deben hacer obrero y patrón; para garantizar el acceso a los servicios de seguridad social; atención médica pública, fondos de retiro, cesantía y vejez. Una vez que el empleado tiene el alta ante el IMSS (dentro de los 5 días hábiles siguientes a su inicio de labores), como patrón deberás realizar el pago total ante la entidad.  Las cuotas y porcentajes que aportas por cada empleado varían, pues su cálculo depende de diferentes conceptos y valores. Más adelante lo explicaremos. Por otro lado, de darse un cambio en la contratación del trabajador, como: aumento en salario, tipo de contratación, cambio de jornada u otro, debes de comunicarlo. ¿Qué dice la Ley? Como empleador tienes la obligación legal de determinar y enterar las cuotas patronales. Sumado a la aportación del gobierno federal, es como se financian los servicios de seguridad social que otorga el IMSS a los trabajadores. Así se establece en los artículos 15, fracción III, y 39 de la Ley del Seguro Social (LSS). También establece determinar y enterar las aportaciones del 5% y las amortizaciones retenidas a los empleados por los créditos otorgados por el Infonavit. Y ya que estamos tocando lo establecido en la ley, es bueno recordar que la retención al empleado debe quedar reflejada en los comprobantes fiscales de nómina o listas de raya, (Artículo 38- LSS). Como patrón, estás obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto.  Los pagos se ejecutan de acuerdo a una tabla de valores que determina el porcentaje que debe aportar cada uno. Listado de cuotas patronales Seguro de enfermedad y maternidad. Cubre al trabajador y sus familiares beneficiados. En servicios, el IMSS también puede realizar prestaciones en dinero para gastos como matrimonio, funeral o desempleo; y el seguro de maternidad es efectivo durante y después de un embarazo.  Seguro de riesgo de trabajo. El pago de esta cuota queda por entero en responsabilidad del patrón. De acuerdo a la Ley de Seguro Social, hay 5 primas de riesgo y cada una varía en el porcentaje que se utilizará para el cálculo de la cuota.  Seguro de invalidez y vida. Destinado para los trabajadores que se encuentran incapacitados y no pueden proveer para sí mismos u otros que dependan de ellos. Seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. La cesantía por edad avanzada aplica cuando el empleado pasa de los 60 años y ya no puede cumplir con sus funciones. La jubilación o retiro es el monto vitalicio que adquiere el trabajador al cubrir sus años de labor, variando según la empresa Seguro de guarderías y prestaciones sociales. Destinado para brindar los cuidados necesarios a los hijos de los trabajadores, mientras el padre o la madre labora. ¿Quién las paga? Tanto la empresa como el empleado realizan sus respectivas aportaciones y cálculos. Ahora bien, la acción de pago la realizas tú como patrón, por medio de una referencia o el SIPARE; sean persona física, autónomo, o persona moral. En el caso del aporte del trabajador, quien es el beneficiario, éste debe aparecer en su recibo de nómina por concepto de Seguro Social o IMSS. ¿Cada cuándo se pagan? El pago de las cuotas al seguro aplica por mes vencido y debe de realizarse entre el día 1 y 17 de cada mes. La manera en que se realiza este pago es por medio del SUA (Sistema Único de Autodeterminación), una herramienta que nos ayuda a realizar el cálculo de las cuotas patronales de manera automática y verificada. ¿Cómo calcular las cuotas obrero patronales? Al principio mencionamos que el porcentaje correspondiente por cada empleado varía. Eso se debe a que se deben considerar varios factores para el cálculo, entre ellos: El salario base de cotización del trabajador, SBC. La Unidad de Medida y Actualización, UMA. Los porcentajes fijados dentro de la Ley del Seguro Social de los seguros y prestaciones sociales que se brinden a los empleados. Salario Base de Cotización (SBC)  Es lo que cobra el trabajador en un día. Se incluyen los pagos realizados en efectivo de acuerdo a las horas trabajadas, gratificaciones, alimentación, habitación y comisiones, entre otros. Si el salario del empleado es menor al salario mínimo aplicable, se tomará el valor del salario mínimo como base para el cálculo de la cuota.  Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.281% 3.413% 3.544% 3.676% 3.807% 3.939% 4.070% 4.202% 1.51 a 2.00 UMA 3.575% 4.000% 4.426% 4.851% 5.276% 5.701% 6.126% 6.552% 2.01 a 2.50 UMA 3.751% 4.353% 4.954% 5.556% 6.157% 6.759% 7.360% 7.962% 2.51 a 3.00 UMA 3.869% 4.588% 5.307% 6.026% 6.745% 7.464% 8.183% 8.902% 3.01 a 3.50 UMA 3.953% 4.756% 5.559% 6.361% 7.164% 7.967% 8.770% 9.573% 3.51 a 4.00 UMA 4.016% 4.882% 5.747% 6.613% 7.479% 8.345% 9.211% 10.077% 4.01 UMA en adelante 4.241% 5.331% 6.422% 7.513% 8.603% 9.694% 10.784% 11.875% Por el contrario, si el salario supera la suma de UMA x 25 veces, se tomará éste último valor para el cálculo de la cuota. La fórmula para calcular el SBC es: Salario diario x Factor de Integración. Para obtener el valor del salario diario se divide la suma que el empleado cobra entre la cantidad de días. En el caso del factor de integración, usa la siguiente fórmula: (365 días del año + (Días por vacaciones X 25% de prima vacacional*) + Días de aguinaldo)/365 días del año. Unidad de Medida y Actualización (UMA) Es una cifra que actúa como referente económico en varias actividades. Una de ellas es el de las cuotas patronales, como las que corresponden al Seguro de Enfermedades y Maternidad. El valor UMA también influye en el crédito otorgado por el Infonavit. La UMA para 2024 fue de $108.57 pesos diarios. Hay que esperar a la actualización a partir de febrero de 2025. Porcentajes de acuerdo a la Ley del Seguro Social en seguros y prestaciones De acuerdo al seguro o prestación social, patrón y empleado cubren en partes desiguales las primas (el patrón cubre la mayor parte). Entre los seguros y prestaciones sociales que corresponden a la regulación obligatoria se encuentran los siguientes: Seguro y conceptoPatrón Prestaciones Cuotas Patrón Trabajador Total Base salarial Riesgos de Trabajo En especie y dinero Conforme con su siniestralidad laboral 0.00 % Prima respectiva Salario base de cotización (SBC) Enfermedades y Maternidad En especie Cuota fija por cada empleado hasta por tres veces la UMA vigente 20.40 % 0.00 % 20.40 % UMA2 Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA 1.10 % 0.40 % 1.50 % Diferencia entre el SBC y tres veces la UMA2   Gastos médicos para pensionados y beneficiarios 1.05 % 0.375 % 1.425 % SBC   En dinero 0.70 % 0.25 % 0.95 % SBC Invalidez y Vida En especie y dinero 1.75 % 0.625 % 2.375 % SBC Guarderías y Prestaciones Sociales En especie 1.00 % 0.00 % 1.00 % SBC Infonavit Crédito de vivienda 5.00 % 0.00 % 5.00 % Salario base de aportación   En el caso de la cuota de cesantía y vejez, en el artículo 168 de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación, a partir del 01 de enero de 2023 hay incrementos graduales en el aporte patronal (están citados arriba).  Conclusión Para 2025, el incremento gradual en la cuota patronal que se aplica al Salario Base de Cotización del trabajador tiene un impacto importante en la economía de las empresas. Desde Julio de 1997 hasta diciembre de 2022 el porcentaje patronal de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CEAV) fue de 3.150%.  En Consolidé estamos para apoyarte con tu cálculo de nóminas para que puedas abordar estos cambios de manera oportuna y simple.  Gracias a nuestro servicio de maquila de nómina podrás agilizar la determinación de las cuotas patronales y programarlas mes a mes.
2023 trajo consigo un aumento de las cuotas obrero patronales por concepto de Cesantía y Vejez. Esto significa que los patrones deberán pagar un porcentaje mayor empezando del 3.15% hasta llegar gradualmente a 11.875% para 2030. El decreto entró en vigor el 1ro de enero de 2023. Este aumento de las cuotas obrero patronales se aplicará a todos los empresarios, independientemente de su tamaño o sector de actividad. El porcentaje de las cotizaciones patronales está sujeto a aumentos graduales por año y UMA. ¿Quieres conocer más sobre el incremento de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez? Conoce la actualización de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez En diciembre de 2020 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual en México se adicionan, derogan y reforman disposiciones a la Ley del Seguro Social al igual que a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. El Decreto se dio a conocer como la "Reforma al Sistema de Pensiones". Mediante una disposición transitoria, fue establecida la modificación de los porcentajes que corren por cuenta del patrón en concepto de cuotas obrero patronales. Las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez para 2023 son las siguientes: Salario base de cotización 2023 1.0 SM 3.15% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.28% 1.51 a 2.00 UMA 3.58% 2.01 a 2.50 UMA 3.75% 2.51 a 3.00 UMA 3.87% 3.01 a 3.50 UMA 3.95% 3.51 a 4.00 UMA 4.02% 4.01 UMA en adelante 4.24% Tabla de actualización de cuotas obrero patronales Es importante informar que las aportaciones por parte del trabajador por conceptos de Cesantía y Vejez van a permanecer en 1.125% del SBC. Otro punto importante es que las aportaciones por parte del Gobierno Federal fueron eliminadas el 1ro de enero de 2023 porque se convertirá en una cuota social para los colaboradores que perciban hasta 4 veces la UMA. Otro punto a considerar es que del 1ro de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, el Gobierno Federal otorgará la cuota social para los trabajadores que ganen entre 4.01 a 7.09 UMAS. Dicha cuota será depositada a la cuenta de cada trabajador. La tabla queda así: Salario base de cotización del trabajador Cuota Social De 4.01 a 5.0 UMA $2.45 De 5.01 a 6.0 UMA $1.80 De 6.01 a 7.09 UMA $1.00 A continuación te compartimos la tabla completa de la actualización de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez de 2023 a 2030. Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.28% 3.41% 3.54% 3.68% 3.81% 3.94% 4.07% 4.20% 1.51 a 2.00 UMA 3.58% 4.00% 4.43% 4.85% 5.28% 5.70% 6.13% 6.55% 2.01 a 2.50 UMA 3.75% 4.35% 4.95% 5.56% 6.16% 6.76% 7.36% 7.96% 2.51 a 3.00 UMA 3.87% 4.59% 5.31% 6.03% 6.75% 7.46% 8.18% 8.90% 3.01 a 3.50 UMA 3.95% 4.76% 5.56% 6.36% 7.16% 7.97% 8.77% 9.57% 3.51 a 4.00 UMA 4.02% 4.88% 5.75% 6.61% 7.48% 8.35% 9.21% 10.08% 4.01 UMA en adelante 4.24% 5.33% 6.42% 7.51% 8.60% 9.69% 10.78% 11.88% Reforma a la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro Dentro de la reforma al sistema de pensiones, se incluyeron ajustes en la Ley del Seguro Social y Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Sus cambios sustanciales fueron: Incremento de aportaciones obrero patronales para el retiro de los colaboradores Disminución del número de semanas cotizadas para la obtención de la pensión Incremento al valor de la pensión mínima garantizada Disminución de las comisiones cobradas por las AFORES. El aumento de las cuotas obrero patronales influye en el cálculo de la nómina. Es importante que conozcas su impacto durante este año y los venideros. Tanto tu encargado de nómina como tu departamento encargado deben estar actualizados. Contáctanos para saber cómo podemos ayudarte en el cálculo de tu nómina y así evitar cualquier error.
El IDSE o IMSS desde tu Empresa es un portal del Instituto cuyo objetivo es facilitar la ejecución de distintos trámites en línea. Los patrones o sus representantes pueden realizar altas y bajas de empleados, movimientos afiliatorios, modificaciones de salarios y mucho más. Al ser una plataforma tan importante para el cumplimiento de las obligaciones patronales, es importante que la conozcas. Por ello en Consolidé creamos una guía esencial de todo lo que debes saber del IDSE. ¿Qué es el IDSE? El IDSE o IMSS desde tu Empresa es un servicio a través del cual los patrones o empresas pueden realizar trámites electrónicos en línea. Los trámites que puedes realizar en el IDSE son: registro de prestaciones de los salarios de los empleados, descarga de las emisiones mensuales anticipadas (EMA) además de las emisiones bimestrales anticipadas y mucho más. El IDSE prácticamente es un medio de comunicación directo entre patrones y el Instituto que ayuda a agilizar los procesos y trámites de la gestión de su personal. Para el departamento de Recurso Humano, esta plataforma online permite facilitar el cálculo de nómina y agilizar las tareas que conciernen a la gestión de personal ante el IMSS. Funciones del IDSE Como se mencionó previamente, en el IDSE los responsables de Recurso Humano o maquila de nómina tendrán facilidades para realizar movimientos y cumplir con las obligaciones patronales: Aclaración administrativa de Créditos Fiscales de Seguridad Social Aviso de huelga en empresa Aviso de reincorporación de colaboradores a una relación laboral Aviso de modificaciones de salario base de un colaborador Aviso de baja de colaborador Cancelación de Registro Patronal Único Emisión y pago SUA Envío de documentos afiliatorios para dar de alta a colaboradores Estado de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de Seguridad Social Determinación de primas de riesgos de una organización Descarga de la Emisión Mensual Anticipada (EMA) Descarga de la Emisión Bimensual Anticipada (EBA) Informe de la terminación de relaciones laborales Solicitud de certificados digitales Renovación de certificados digitales ¿Cómo se usa? Es importante aclarar que para poder entrar y realizar los trámites antes mencionados, el patrón deberá de estar dado de alta ante el IMSS y haber realizado su registro correspondiente en el IDSE. También es importante que tenga disponible su firma electrónica o haber solicitado ante el IMSS su Número Patronal de Identificación Electrónica. Requisitos para su uso Los patrones deberán cumplir con lo siguiente: Acceso a Internet Adobe Reader Firma electrónica o Certificado Digital expedido por el IMSS Internet Explorer 7 o superior Java vesión 1.4 Java 1.4 Java Policy Llave privada de usuario y contraseña Windows Vista ¿Cómo obtener el Certificado Digital? El Certificado Digital permitirá tanto a patrones como representantes legales realizar trámites en el IDSE. Es una herramienta necesaria para poder agilizar los procesos ante el Instituto y también ayuda a reducir las cargas administrativas de los patrones. Para obtenerlo deberás: Capturar una solicitud de Certificado Digital ante el IMSS Tener a la mano los datos de identificación del Patrón, Sujeto Obligado o Representante legal Datos de Domicilio Fiscal Correo para recibir notificaciones Definir un usuario de 8 caracteres como mínimo y 20 como máximo Definir una contraseña de 8 caracteres como mínimo y 20 como máximo Tener un USB para guardar el archivo con extensión .key (llave privada) Cuando se solicite el Certificado Digital, el patrón o representante legal contará con un máximo de 10 días hábiles posteriores para concluir su trámite en la Subdelegación que le corresponde. Una vez entregado en la ventanilla de la Subdelegación, se le entregará su Certificado Digital expedido por el IMSS en el plazo de una hora. En caso de que más personas dentro de la organización requieran de acceso al IDSE, se pueden expedir certificados digitales extras. Pasos para ingresar al IDSE Una vez que el patrón o su representante legal tenga el Certificado Digital, podrá ingresar al IDSE. Ingresa al IDSE Ingresa la información del Certificado Digital, Llave Privada, usuario y contraseña Accede fácilmente Conclusión El IMSS es el organismo que otorga y facilita servicios para la seguridad social de los empleados en México. Acorde a la LFT, todo patrón debe asegurarse de otorgar las distintas prestaciones básicas que cumple el IMSS.  Si no sabes cómo facilitar el uso del IDSE, recuerda que cuentas con aliados estratégicos como Consolidé. Contamos con más de 50 años de experiencia y un sistema de gestión de nómina avalado por el mismo IMSS. Contáctanos.
El pago oportuno de las cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una obligación por parte del patrón. Este pago es una aportación con el objetivo de conformar el patrimonio para el retiro, cesantía y vejez de los colaboradores. Dicho pago es realizado mediante el SIPARE o Sistema de Pagos Referenciados. El SIPARE es una herramienta que facilita el pago de las cuotas obrero-patronales y se usa desde el 1ro de julio de 2018. Es importante recalcar que el SIPARE elimina la necesidad de utilizar el disco de 3 ½ o USB para efectuar la transmisión del archivo de pago a los bancos al migrar a una línea de captura alfanumérica. En este artículo vamos a compartirte la importancia del SIPARE, una guía sencilla para entenderlo y cómo se obtiene. ¿Qué es el SIPARE? El SIPARE o Sistema de Pagos Referenciados es una herramienta del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que facilita a los patrones el pago de las cuotas obrero-patronales, RCV (Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez) e INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores). Es importante recalcar que el pago oportuno es una de las obligaciones patronales. La plataforma de SIPARE facilita la obtención de una línea de captura alfanumérica que permite el pago tanto en portales bancarios digitales como en ventanillas. Anteriormente se tenía que usar un disco 3 ½ o USB para realizar la transmisión de los archivos de pago en bancos. Las entidades receptoras que están autorizadas por el IMSS para el pago de SIPARE son: Afirme Citibanamex BanBajio Banca Mifel BBVA Banorte Banregio Bansi HSBC Inbursa Santander Scotiabank IntercamBanco Banco Multiva Banco Bancrea ¿Para qué sirve el SIPARE? El Sistema de Pagos Referenciados facilita a las empresas y patrones la obtención de una línea de captura alfanumérica para efectuar el pago de las cuotas obrero-patronales. Este sistema es confiable al validar los archivos de pago y permitir la consulta de las líneas de captura previamente pagadas. Usualmente los patrones aprovechan el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) del IMSS para generar las líneas de captura SIPARE. Otros beneficios del uso de SIPARE son: Consulta de líneas de captura vigentes, canceladas y pagadas Para seleccionar nuevos archivos SUA y así generar nuevas líneas de captura Validar archivos de pago válidos Consulta de aportaciones, amortizaciones de crédito y accesorios Facilita también el pago de las amortizaciones de créditos Aporta más seguridad y transparencia Simplifica el proceso de sustituir los archivos de pago en discos 3 ½ o USB Ahorra tiempo al departamento de RRHH para el cumplimiento de las obligaciones patronales Todo en un mismo lugar. Registro SIPARE El IMSS facilita a cualquier persona o entidad interesada en el SIPARE una guía de registro y uso del sistema. A continuación te detallaremos los pasos para dar de alta un nuevo usuario con registro patronal al Sistema de Pagos Referenciados: Ingresa al Portal de IMSS Seleccionar la opción de PATRONES O EMPRESAS Seleccionar “Servicios en Línea” y después seleccionar el botón de “SIPARE” Seleccionar el botón de “ENTRA A SIPARE” Si es la primera vez, tendrás que registrar un nuevo usuario (registro patronal), da clic en es opción Tienes dos opciones: la línea de captura que aparece en la propuesta de pago de la Emisión Bimestral enviada por el IMSS o archivo de pago .SUA Si seleccionaste la opción de archivo de pago, se abrirá una nueva ventana para la búsqueda del SUA, da clic en la opción de “Abrir” En caso de que no hayas seleccionado esta opción, no procederás con este paso Cargado el SUA, da clic en la opción de “Aceptar” Si el SUA es válido o la línea de captura es correcta, el SIPARE presentará los datos: Nombre o Razón Social, Registro Patronal y Dirección. No olvides digitar la cuenta de correo donde se recibirá la confirmación de alta al SIPARE al igual que la contraseña Da clic en la opción de “Aceptar” El SIPARE deberá de mostrarte un mensaje de “Usuario dado de alta exitosamente” Vuelve a la opción de “Inicio” Ingresa tu usuario y contraseña Da clic en “Aceptar” Guía de uso del SIPARE El objetivo principal del SIPARE es facilitar el pago de las cuotas obrero-patronales y ser un sistema de consulta y validación de las mismas. Su fin es que el patrón, de forma sencilla, pueda estar al día con sus obligaciones patronales ante el IMSS y por supuesto, evitar el pago de recargos y multas. Para ingresar al SIPARE tendrás que tener un usuario, contraseña y hacerlo desde el portal del IMSS. Justo como lo mostramos más arriba. ¿Cuándo debes pagar? Según la Ley del Seguro Social en su artículo 39, el pago de las cuotas obrero patronales deberán liquidarse en mensualidades vencidas, a más tardar el día 17 del mes siguiente. Si sucediera el caso de que el patrón no pueda realizar el pago en la fecha establecida tendrá que generar una nueva línea de captura desde el SUA. Para realizarlo deberá seleccionar la fecha de pago y el sistema de forma automática actualizará el nuevo monto a pagar, con sus recargos correspondientes. Es por ello que es tan importante contar con el apoyo y asesoría de aliados estratégicos en RRHH como Consolidé. Contamos con más de 29 años de experiencia en temas fiscales, legales y de seguridad social. ¿Cómo se obtiene la línea de captura en SIPARE? Para obtener la línea de captura alfanumérica deberás ingresar al portal del Sistema de Pagos Referenciados con tu usuario y contraseña. Escribe la línea de captura mostrada en la propuesta de pago de Emisión Bimestral enviada por el IMSS Descarga y revisa la propuesta de pago en “Consulta de línea de captura” Si no estás de acuerdo, podrás modificarla, aquí puedes seleccionar el archivo .SUA para corregir y generar un nueva línea de captura Genera el archivo de pago en SUA Obtén la nueva línea de captura para pagar tus cuotas Paga en cualquiera de los bancos antes mencionados o a través de sus portales bancarios digitales Conclusión El Sistema de Pagos Referenciados (SIPARE) es una herramienta del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que facilita a los patrones el pago de las cuotas obrero-patronales, RCV (Jubilación, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez) e INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores). El pago oportuno de las aportaciones patronales es fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales y legales de la empresa, así como para evitar recargos y sanciones. Por ello, es importante contar con el apoyo de aliados estratégicos como Consolidé, nosotros podemos asesorarte para el correcto uso del SIPARE y el cumplimiento de tus obligaciones patronales ante el IMSS e INFONAVIT.
La Participación de los Trabajadores en el Reparto de Utilidades, mejor conocido como PTU o reparto de utilidades sucede todos los años. En México es un incentivo que se da a los colaboradores para estimular su productividad y es una obligación por parte de los patrones. La figura del reparto de utilidades es bastante conocida entre los patrones y los departamentos de RRHH. Sin embargo, la Reforma del Outsourcing también trajo cambios en la PTU. A continuación te contaremos todo lo que necesitas saber sobre el PTU así como los cambios al artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo y su adición en la sección VIII.  ¿Qué es el PTU? La participación del trabajador en las utilidades de una empresa se conoce como PTU o Participación de los Trabajadores en las Utilidades. Esta prestación está establecida dentro del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como en la Ley Federal del Trabajo en los artículos 120 y 123. Dentro del artículo 120 de la LFT se contempla lo siguiente: El Porcentaje fijado por la Comisión constituye la participación que corresponderá a los trabajadores en las utilidades de cada empresa. Para los efectos de esta Ley, se considera utilidad en cada empresa la renta gravable, de conformidad con las normas de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Y dentro de la LFT en el artículo 123 se contempla lo siguiente: La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año. La PTU es una obligación por parte del patrón a todos sus colaboradores. Por ende es un derecho de los trabajadores. Todo colaborador que preste servicios o un trabajo subordinado y reciba un salario a cambio, tiene derecho a recibir el reparto de utilidades. Por ende, los patrones deberán de entregar una copia de la declaración anual dentro de los primeros 10 días contados a partir de la fecha de la presentación de ésta. Es importante mencionar que todos los contribuyentes deben incluir dentro de su declaración anual el monto del PTU o Participación a los Trabajadores en las Utilidades. Cambios al PTU con la Reforma Laboral Para el ejercicio de 2021, se deben de considerar distintos aspectos con respecto al PTU esto acorde a las reformas realizadas a la Ley Federal del Trabajo en 23 de abril del año pasado. Antes, los colaboradores podían recibir hasta un 90% menos de utilidades, unos tres o cinco días de salario. Ahora con la Reforma, el pago promedio del PTU subirá a 57 días o aproximadamente tres meses de salario. Este cambio fue reflejado dentro del artículo 127 de la LFT con la nueva adición de la fracción VIII: “El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable para el trabajador” PTU en 2021 y 2022 La declaración anual de impuestos debe ser presentada por las empresas y personas morales a más tardar en marzo. Por su lado, las personas físicas deberán presentarla en abril. Y el reparto de utilidades deberá de ser pagado a más tardar 60 días después, durante los meses de mayo y junio, respectivamente. Cálculo del PTU A partir del ejercicio 2021,  la adición de la fracción VIII al artículo 127 de la LFT se debe considerar. Ésta establece que el monto del PTU tendrá cómo máximo tres meses de salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años. Esto siempre en consideración al cálculo que le beneficie más al colaborador. Lo anterior significa que para el ejercicio de 2021, a pagar en 2022, el patrón deberá determinar el tope de la PTU de forma individual. Si resulta mayor el cálculo, a lo establecido dentro de la fracción VIII, el colaborador tiene derecho a recibir la cantidad determinada conforme a la tradicional del artículo 123 de la misma ley. El PTU representa el 10% de las utilidades netas, dentro de la mitad de dichas utilidades, se determinan los días trabajados. La segunda mitad considera el monto de los salarios percibidos por los colaboradores. En pocas palabras: Se considera el monto de la utilidad de la empresa dentro del ejercicio fiscal pasado: número de trabajadores, sueldo, tiempo laboral de cada colaborador durante el año. El salario se considera efectivo por cuota diaria, en caso de que el pago sea variable, se toma en consideración el salario promedio de las percepciones que fueron obtenidas en el año. No se consideran los ingresos como primas, tiempo extra o gratificaciones. Plazos para pagar el PTU: ¿Cuándo se paga? En 2022, las empresas están obligadas a repartir las utilidades del 2021.  El pago del PTU deberá hacerse dentro de los 60 días desp ués de la fecha en la que deba pagarse el impuesto anual y presentarse la declaración anual: Empresas: 31 de marzo Personas físicas: 30 de abril Por ende, el periodo de plazo para el pago del PTU es: Empresas: del 1ro de abril al 30 de mayo Personas físicas: del 1 de mayo al 29 de junio ¿Cómo se paga el PTU? El pago de utilidades se puede dividir en dos partes. Primera parte: Se reparte por igual entre todos los trabajadores considerando el número de días trabajados Segunda parte: Se divide proporcionalmente con base al salario percibido por el trabajador durante el año ¿Qué pasa si no se paga el PTU? El patrón o empresas que no paguen el PTU a sus trabajadores pueden tener una multa entre los $22,405 a $448,100 pesos mexicanos. Esto en consideración al artículo 994 de la LFT que dicta la multa equivalente de 250 a 5000 veces el salario mínimo general calculado actualmente en UMAs. ¿Quiénes tienen derecho a recibir el pago de las utilidades? Todo colaborador que ofrezca un servicio a un patrón y por dicho servicio o trabajo reciba un sueldo, podrá recibir su reparto de utilidades. A la par, las siguientes figuras también tendrán que recibirlo: Trabajadores eventuales: Cuando su periodo laboral haya sido por lo menos de 60 días durante el año Madres y padres en periodos de incapacidad temporal Ex empleados que hayan trabajado durante el año fiscal anterior en un plazo mínimo de 60 días ¿Quiénes no tienen derecho? Todos los colaboradores de una empresa tienen derecho a recibir su participación en las utilidades salvo los siguientes casos: Directores Administradores Gerentes generales Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días Socios Accionistas Profesionistas que presten servicios independientes Colaboradores que trabajen bajo esquema de pago de honorarios Profesionistas que estén como asimilados a salarios Trabajadores domésticos Empresas no obligadas a pagar el PTU en México En México, cuando una empresa ha reportado pérdidas, no está obligada a pagar la PTU. También aquellas empresas que no tengan utilidades fiscales así como: IMSS Instituciones públicas descentralizadas Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro Empresas de nueva creación durante su primer año de operaciones Empresas de nueva creación que elaboren un producto nuevo están exentas durante dos años Empresas de industrias extractivas de nueva creación durante su periodo de exploración Empresas que hayan fusionado o cambiado su nombre o razón social Empresas que hayan tenido un ingreso anual declarado al ISR no superior a 300,000 pesos mexicanos Conclusión El reparto de utilidades es una prestación que el patrón debe pagar a sus empleados en México, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos establecidos por la ley. El más importante es haber trabajado para la empresa por lo menos 60 días durante el año. El monto a recibir por el empleado como PTU no puede exceder de tres meses de salario o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, lo que sea más favorable para el empleado. La PTU debe ser pagada a más tardar 60 días después del final del año fiscal, durante los meses de mayo y junio, respectivamente. Si tienes dudas de cómo pagar el reparto de utilidades, acércate a un aliado estratégico como Consolidé.
Los patrones en México tienen una serie de derechos y obligaciones en virtud de la Ley Federal del Trabajo. En caso de que un colaborador incumpla sus obligaciones, el patrón, según la Ley, cuenta con determinadas atribuciones. Sin embargo, se debe de estar alineado con las obligaciones de los patrones para así evitar posibles multas y sanciones. ¿Qué es lo que debes saber sobre las obligaciones de los patrones? En Consolidé trabajamos esta guía esencial. Sigue leyendo. Obligaciones de los patrones ante la LFT En la Ley Federal del Trabajo, dentro de los artículos 132 y 133 se detallan las obligaciones de los patrones así como sus representantes legales. En pocas palabras, como patrón debes de dar acceso a las prestaciones de la seguridad social, pago de sueldos y salarios con sus determinadas deducciones acorde a la ley, entre otros. A continuación te detallamos las obligaciones más importantes de los patrones. Contrato de trabajo Dentro de los artículos 21, 24, 25, 35 y el 1002 de la Ley Federal del Trabajo se contemplan las obligaciones de los patrones dentro de los contratos de trabajo. Los contratos de trabajo son documentos documentos en los cuales el patrón o su representante legal establece los términos en los cuales se desarrollará la relación laboral con el colaborador. Según los artículos antes mencionados, un contrato de trabajo debe contener: Lugar donde se prestarán los servicios Descripción de las actividades laborales: duración de jornada, salario, fechas de pago, capacitaciones, actividades, vacaciones Tipo de contrato: tiempo determinado o indeterminado, actividades especiales por temporada   Es importante mencionar que el patrón debe compartir una copia del contrato a su colaborador. En caso de que el patrón no cumpla con lo provisto por la Ley, se procederá a sanciones. Sanciones Las sanciones por incumplimiento en cuanto a la elaboración del contrato pueden ser de 50 a 5000 veces la UMA correspondiente del año. Aproximadamente entre $4,344.00 a $434,400 pesos mexicanos. Jornada del trabajo La jornada de trabajo se prevé dentro de los artículos 58 al 68 de la LFT así como el artículo 994, fracción I. Dentro de las obligaciones patronales de la jornada de trabajo se establece: Respetar los máximos semanales Descanso de al menos 30 minutos para comer o descansar Las jornadas extraordinarias no rebasarán las tres horas diarias ni serán más de tres veces a la semana Solo se podrán programar y autorizar jornadas extraordinarias cuando sea indispensable Cubrir al doble las primeras 9 horas de jornadas extraordinarias semanales   Sanción En caso de incumplir con este punto, la multa va de los 50 a 250 UMA. Descansos Una de las obligaciones de los patrones más importantes previstas dentro de la LFT son los descansos semanales y obligatorios. Se prevén dentro de los artículos 69 al 75 así como el 994, fracción I. Descansos obligatorios señalados en la LFT: 1ro enero, primer lunes de febrero, tercer lunes de marzo, 1ro de mayo, 16 de septiembre, tercer lunes de noviembre, 1ro de diciembre, 25 de diciembre   Sanción Los colaboradores podrían optar por trabajar en esos días obligatorios, la Ley marca que deben de recibir el pago doble del salario diario por sus tareas. Sin embargo, en caso de que no se realice ese pago o el patrón o encargados obliguen a los colaboradores a laborar durante esos días de descanso obligatorio, se prevé una multa de 50 a 250 UMA. Salud y seguridad Los aspectos de salud y seguridad se prevén dentro de los artículos 509 y 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo. Establecimiento de una comisión extra que indague las causas de los accidentes, enfermedades Que la comisión verifique las acciones preventivas y correctivas Mantener informada a la STPS sobre los riesgos de trabajo Ejecutar las obligaciones estipuladas en las NOM aplicables   Sanción En caso de incumplimiento, el patrón deberá pagar una multa de 250 a 5000 UMA. Salarios La Ley Federal del Trabajo establece las obligaciones de los patrones dentro de los artículos 82 al 116, 1002 y 1004. En resumen, son: No omitir el pago de los salarios Pagar dentro de las fechas establecidas dentro del contrato: semanales, catorcenales, quincenales o mensuales Pagar en moneda nacional Pagar el sueldo de forma directa o en caso extraordinario, un tercero podrá pagarlo. Se debe presentar carta poder firmada por el colaborador y dos testigos No pagar salarios inferiores a los mínimos   Sanción por incumplimiento de salarios Las multas por incumplimiento del pago de salarios van desde las 50 a 5000 UMA. En caso de que se emitan facturas de nómina mayores a las establecidas dentro del salario, la autoridad correspondiente puede multar al patrón por 800 a 3200 UMA. En otros casos, se contempla delitos y es acreedor a prisión de 6 meses hasta 4 años más la multa establecida. Obligaciones de los patrones: Participación de utilidades Dentro de los artículos 117 a al 131 así como el artículo 994 fracción II de la LFT, se establecen las obligaciones de los patrones en cuanto a la participación de utilidades (PTU). Los patrones deben retribuir el 10% de su utilidad dentro del periodo de 60 días siguientes a la fecha en que se presente la declaración anual del ISR Los patrones deben crear una comisión extra que se encargue de la elaboración de la individualización del reparto. Publicar el proyecto de reparto de utilidades dentro de las instalaciones de trabajo   A finales de mayo, los patrones deben pagar la participación de utilidades. Sanción En caso de incumplir con la participación de utilidades, el patrón puede pagar una multa de 250 a 5000 UMA. ¿Cómo se cuantifican las sanciones y multas? Si un empresario no cumple con estas obligaciones, puede ser objeto de multas y sanciones. La cuantía de la multa dependerá de la naturaleza del incumplimiento y de si se trata de una primera infracción o de una reincidencia. También se pueden imponer sanciones por el incumplimiento de otras obligaciones previstas en la LFT, como no proporcionar los registros de los empleados o hacer declaraciones falsas o engañosas. La base para calcular el valor monetario de las sanciones y multas, se toma como base la UMA. Conclusión Las principales obligaciones de los patrones son : Firmar un contrato de trabajo con el empleado en el que se establezcan los términos de la relación laboral Pagar los salarios a tiempo y en su totalidad Proporcionar prestaciones de la seguridad social Cumplir con las normas de seguridad e higiene Cumplir con las demás obligaciones establecidas en la LFT   Si un empleador no cumple con estas y las demás obligaciones patronales previstas en este artículo, puede ser objeto de sanciones y multas. La cuantía de la multa dependerá de la naturaleza del incumplimiento y de si se trata de una primera infracción o de una reincidencia. Los empresarios deben familiarizarse con las obligaciones que les impone la LFT para evitar posibles sanciones. Las sanciones por violar la LFT pueden ser severas, y pueden incluir multas, penas de prisión, o ambas. A los empresarios que infrinjan la ley también se les puede exigir que reincorporen a los trabajadores que hayan sido despedidos ilegalmente y que les paguen los salarios atrasados. Para evitarlo, contempla tener la asesoría y ayuda de un experto en Recurso Humano como Consolidé. Contamos con equipos especializados en la materia así como los más actualizados para evitar recargos y multas.
La evasión fiscal es un concepto que como organización siempre queremos evitar. Aunque ciertamente existen personas físicas o morales que pueden caer en esta práctica, la mayor parte de las evasiones fiscales en México se deben a errores que pudieron ser evitados en los departamentos de Recursos Humanos, Contabilidad y Fiscales. De acuerdo a la firma Fixat en su análisis llamado “Situación de Adeudos Fiscales durante la Pandemia”, en 2021 se reportó que la evasión fiscal en México alcanzó un total de 1.4 billones de pesos. Esto representa un 6% del PIB del país. Revisaremos qué es la evasión fiscal, los tipos, los marcos legales que revisan su regulación así como qué se considera como evasión fiscal. Acompáñanos. Evasión fiscal: definición De acuerdo al Cuaderno de Investigación de la Dirección General de Análisis Legislativo, “Evasión Fiscal en México”, redactado por Juan Pablo Aguirre Quezada y María Cristina Sánchez Ramírez, la evasión fiscal es un delito y tiene relación con otros delitos como la piratería, fraude y lavado de dinero. Formalmente, la definición de evasión fiscal es la siguiente: “El no pago de una contribución; no hacer el pago de una contribución es equivalente a eludir el deber de cubrirla. Se trata de una violación de la ley que establece la obligación de pagar al fisco lo que este órgano tiene derecho de exigir” Marco jurídico de la evasión fiscal En México, existe un marco jurídico con leyes y códigos que establecen las reglas, tipificaciones, definiciones y multas de la evasión fiscal: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Código Fiscal de la Federación Código Penal Federal Ley Aduanera Ley de Firma Electrónica Avanzada Ley del servicio de administración Financiera Ley del Impuesto al Valor Agregado Ley del Impuesto sobre la Renta Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita Cada uno de los códigos y leyes antes mencionados tienen determinados artículos que hacen referencia a la evasión fiscal, a continuación te los compartimos: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 3 Código Fiscal de la Federación Artículo 26 Artículo 71 Artículo 72 Artículo 75 Artículo 108 Artículo 109 Código Penal Federal Artículo 11 Bis ¿Cuándo se trata de una evasión fiscal? La evasión fiscal es cuando una persona física o moral evade el pago de sus impuestos. Esto puede suceder con distintas acciones como una facturación falsa, contrabando, etcétera. Dentro del Código Fiscal de la Federación se definen los delitos fiscales en el artículo 95 y se contextualiza a aquellos que considera responsables: Concierten la realización del delito. Realicen la conducta o el hecho descritos en la Ley. Cometan conjuntamente el delito. Se sirvan de otra persona como instrumento para ejecutarlo. Induzcan dolosamente a otro a cometerlo. Ayuden dolosamente a otro para su comisión. Auxilien a otro después de su ejecución, cumpliendo una promesa anterior. Tengan la calidad de garante derivada de una disposición jurídica, de un contrato o de los estatutos sociales, en los delitos de omisión con resultado material por tener la obligación de evitar el resultado típico. Derivado de un contrato o convenio que implique desarrollo de la actividad independiente, propongan, establezcan o lleven a cabo por sí o por interpósita persona, actos, operaciones o prácticas, de cuya ejecución directamente derive la comisión de un delito fiscal. Los delitos fiscales más comunes en México son: Contrabando Defraudación fiscal Falsificación de facturas Multas por evasión fiscal Las personas físicas y morales deben de realizar su declaración de impuestos así como reportes ante el IMSS, ISSSTE, INFONAVIT y STPS de los contratos así como prestaciones, sueldos y salarios de sus colaboradores.  Año con año, el SAT así como otras instituciones del país informan a los contribuyentes sobre sus declaraciones y reportes. Sin embargo, ante el SAT se vuelve obligación presentar la declaración anual (hay casos concretos que no como las personas físicas asalariadas que tengan un tope de ingresos). En caso de no hacerlo, la persona física o moral podrá tener una multa de 30 mil pesos mexicanos.  Es dentro del Código Fiscal de la Federación, en su artículo 109 donde se comunica la obligación de presentar la declaración anual: “Presentar, por más de doce meses, la declaración de un ejercicio que exijan las leyes fiscales, dejando de pagar la contribución correspondiente, serán acusados por delitos de defraudación fiscal”: Por otro lado, de acuerdo al artículo 108 del Código Fiscal de la Federación, el contribuyente que haya evadido sus obligaciones fiscales podrá ser sujeto a prisión, desde los 3 meses hasta los 9 años. Esto acorde al monto total que las autoridades consideren que fue evadido. Conclusión La evasión fiscal es un delito en México. Se define como el no pago de una contribución y por ende, eludir el deber de encubrirla. Aunque en muchas ocasiones las personas físicas y morales caen en evasión fiscal por descuidos, es importante contar con un aliado estratégico que te mantenga informado y te colabore. En Consolidé contamos con un grupo experto de asesores fiscales que podrán ayudarte en el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, mientras tú te enfocas en lo más importante de tu negocio.
¿Qué sucede cuando los patrones no pueden pagar sus cuotas obrero-patronales? ¿Hay multas por el incumplimiento al pago de las cuotas obrero-patronales? En Consolidé te informamos sobre las consecuencias, multas y recargos que se pueden dar por el incumplimiento del pago de las cuotas obrero-patronales. Y sobre todo, ¿qué puedes hacer para solicitar un plazo más amplio? Pago de cuotas obrero-patronales Toda persona física o moral que paga un salario, tiene la obligación de inscribir a sus trabajadores ante el IMSS, desde el primer día de actividades. El patrón, tiene un plazo límite de hasta 5 días hábiles para presentar ante el IMSS el aviso correspondiente. Todo colaborador que labora en una empresa, debe recibir el pago de su salario máximo el día 17 de cada mes con su correspondiente CFDI de nómina. Dicho comprobante fiscal contempla los siguientes datos obligatorios: Nombre Razón social Denominación social Código postal del contribuyente a favor de quien se emite el CFDI Número de seguridad social Tipo de contrato Periodicidad de pago Salario base Salario diario integrado Número de días pagados Método de pago Concepto del pago Descuentos Y dentro del CFDI de nómina se contemplan los descuentos aplicados sobre la nómina que corresponderá para el pago de las aportaciones del colaborador ante el IMSS e INFONAVIT. En el caso del patrón, éste retendrá las cuotas del colaborador y los días 17 de cada mes deberá pagar las cuotas del colaborador más su aportación para conceptos de vivienda, retiro y salud. En caso de que el patrón de forma inoportuna no pague a tiempo las cuotas obrero-patronales, sólo va a poder descontar al trabajador hasta 4 cotizaciones semanales acumuladas, el resto quedan a cargo del patrón. El pago de las aportaciones del patrón están previstas dentro del artículo 38 de la Ley del Seguro Social, dentro del primer párrafo: Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente. La obligación de determinar las cuotas deberá cumplirse aun en el supuesto de que no se realice el pago correspondiente dentro del plazo señalado en el párrafo anterior. Los capitales constitutivos tienen el carácter de definitivos al momento de notificarse y deben pagarse al Instituto, en los términos y plazos previstos en esta Ley. El IMSS en apoyo a los patrones, entregará una propuesta de cédula de determinación realizada por un Contador Público Autorizado (CPA). Dicha cédula contempla los movimientos afiliatorios comunicados por el mismo patrón al IMSS y comunica las aportaciones a realizar durante el periodo.   El Instituto podrá entregar de forma impresa o digital la cédula de determinación o por previa solicitud del patrón o representante legal. Para el pago con la cédula impresa, el patrón o representante deberá acudir a una oficina autorizada por el IMSS, caso contrario, podrá usar un software autorizado para dicho pago. En caso de solicitar o recibir la cédula de determinación y el patrón decide modificar los datos, se tienen que apegar a los lineamientos de la Ley del Seguro Social. ¿Implica multas? El incumplimiento o pago extemporáneo del pago de las cuotas obrero-patronales sí implica multas y recargos para el patrón. Existen dos casos, el primero es cuando el patrón paga de forma extemporánea y el segundo cuando el patrón no ha pagado y el IMSS notifica el requerimiento de pago, que es cuando existe la multa.  Cuando el patrón notifica que no puede pagar en tiempo, se procede de la siguiente forma: El patrón pagará una actualización de las cuotas obrero-patronales aplicando el factor que se obtiene de dividir el INPC del mes que se va a pagar entre el Índice Nacional de Precios Consumidor del mes que debió pagar Los recargos generados serán producto de multiplicar las cuotas obrero-patronales actualizadas por la suma de la tasa de recargos por mora, a partir del mes que debió pagar hasta el mes que se efectuará el pago El segundo caso que sí implica el pago de multas, es cuando el IMSS notifica el requerimiento de pago: Pago de una multa del 40% sobre las cuotas obrero-patronales La multa del 40% puede disminuir en un 20% si el patrón paga dentro de los primeros 15 días hábiles siguientes al día de la notificación El inicio del Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal (PAE) cuando las autoridades exigen el pago de los patrones que no fueron cubiertos, se hace un cobro adicional por gastos de ejecución Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal A continuación te compartimos las fases del Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal: Mandamiento de ejecución Notificación del mandamiento de ejecución Requerimiento de pago Embargo Remoción de depositario Remate Adjudicación de bienes Aplicación del producto del remate Evita pérdidas, recargos y multas, consulta con los expertos. Cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda El pasado 16 de diciembre de 2020, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LSS y la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Éste decreto contempla el aumento gradual de las cuotas obrero patronales dentro de la Cesantía en Edad Avanzada y Vejez. Es importante mencionar que fue el 1ro de enero de 2023, cuando surtió efecto. Por otro lado, dentro del ramo de las contribuciones de la Seguridad Social, las cuotas obrero-patronales y las aportaciones de vivienda quedaron de la siguiente forma: Seguro y concepto Prestaciones Cuotas del patrón Cuotas del trabajador Total Base salarial Enfermedades y maternidad En especie Cuota fija por cada colaborador hasta por tres veces la UMA vigente 20.40% 0 20.40% Enfermedades y maternidad En especie Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA 1.10% 0.40% 1.50% Enfermedades y maternidad Gastos médicos para pensionados y beneficiarios 1.05% 0.375% 1.425% Enfermedades y maternidad En dinero 0.70% 0.25% 0.95% Guarderías y prestaciones sociales En especie 1% 0% 5% INFONAVIT Crédito de vivienda 5% 0% 5% Invalidez y vida En especie / En dinero 1.75% 0.625% 2.375% Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Retiro 2.00% 0% 2% Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez CEAV 3.150% 1.125% 4.275% Riesgos de trabajo En especie / En dinero Conforme a su siniestralidad laboral Conforme a su siniestralidad laboral 0% Prima que corresponda ¿Cuándo se paga? A continuación te compartimos el calendario de pagos de cuotas obrero-patronales: Mes Fecha límite de pago Cuotas a pagar Diciembre 2024 20 Enero de 2025 Mensual y bimestral Enero 2025 17 Febrero Mensual Febrero 2025 18 Marzo Mensual y bimestral Marzo 2025 17 Abril Mensual Abril 2025 19 Mayo Mensual y bimestral Mayo 2025 17 Junio Mensual Junio 2025 17 Julio Mensual y bimestral Julio 2025 18 Agosto Mensual Agosto 2025 17 Septiembre Mensual y bimestral Septiembre 2025 20 Octubre Mensual Octubre 2025 18 Noviembre Mensual y bimestral Noviembre 2025 17 Diciembre Mensual Diciembre 2025 19 Enero 2026 Mensual y bimestral IMSS e INFONAVIT: Antecedentes Como bien lo sabes, todo trabajador debe ser inscrito ante el IMSS en un plazo máximo de 5 días hábiles. La importancia de esta inscripción radica en que el Gobierno debe asegurarse que todo trabajador reciba una atención en salud digna así como seguridad social. Es por ello que en 1947 se fundó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), organización autónoma que brinda servicios de salud a la población y trabajadores. Más de 30 años más tarde, se funda el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda, INFONAVIT, que apoya con créditos y facilidades para el derecho a una vivienda digna. Conclusión Evita multas y recargos por el incumplimiento del pago de las cuotas obrero-patronales, realiza un cálculo de nómina eficaz y sin errores con el apoyo de expertos en Consolidé. Contáctanos y descubre cómo puedes mejorar tus procesos administrativos sin descuidar lo que más te importa: tus operaciones.