Tag: Cuotas Obrero Patronales

El IMSS aprobó una simplificación administrativa que cambia la forma en que las empresas consultan sus propuestas de cuotas obrero patronales. A partir de ahora, los documentos EMA y EBA estarán disponibles directamente en el Buzón IMSS, sin necesidad de trámites adicionales ni de acudir a otras plataformas. Para los patrones que administran la nómina y el cumplimiento de obligaciones de seguridad social, esta actualización es un cambio operativo. Antes de determinar y pagar las cuotas correspondientes, ahora es posible revisar la información directamente desde un solo portal, lo que reduce tiempos y evita confusiones entre distintas fuentes de datos. En este artículo explicamos qué son los documentos EMA (Emisión Mensual Anticipada) y EBA (Emisión Bimestral Anticipada), cómo acceder a ellos desde el Buzón IMSS y qué deben tener en cuenta las empresas para aprovechar esta nueva funcionalidad sin descuidar sus obligaciones patronales. ¿Qué son los Documentos EMA y EBA del IMSS? Los documentos EMA y EBA son propuestas de cédulas de determinación que el IMSS elabora con base en los movimientos afiliatorios reportados por cada empresa. Sirven como herramienta de consulta para revisar la información de los trabajadores antes de calcular y pagar las cuotas correspondientes. EMA (Emisión Mensual Anticipada), con formato EMI-1, contiene el detalle mensual de las personas trabajadoras y los movimientos registrados durante ese periodo. EBA (Emisión Bimestral Anticipada), con formato EMI-2, presenta la información correspondiente al periodo bimestral, también con el detalle de las personas trabajadoras y sus movimientos. Ambos documentos permiten a los empleadores revisar y conciliar la información antes de realizar los ajustes correspondientes en el Sistema Único de Autodeterminación (SUA). Si se detectan diferencias entre lo reportado y lo que muestra el IMSS, es posible corregirlas antes de efectuar el pago, lo que reduce el riesgo de errores en la determinación de cuotas. La Nueva Funcionalidad del Buzón IMSS La incorporación de EMA y EBA al Buzón IMSS quedó formalizada mediante el Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290926/280.P.DIR, aprobado por el Consejo Técnico del Instituto en sesión del 29 de septiembre de 2026. El acuerdo se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 8 de octubre de 2026, y estableció la incorporación de los formatos EMI-1 y EMI-2 al apartado "Mis Documentos" del Buzón IMSS. Esta sección ya concentra otros documentos relevantes para los patrones, como el formato de pago SPR-5 y el archivo de texto utilizado en el SUA. La medida entró en vigor el 9 de octubre de 2026, un día después de su publicación. El acuerdo también instruye a la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico del IMSS a realizar las adecuaciones tecnológicas necesarias e informar a la Dirección de Incorporación y Recaudación sobre su implementación. Conoce más sobre la simplificación de trámites del IMSS en 2026. Guía Paso a Paso para Acceder a EMA y EBA en el Buzón IMSS Si eres responsable de la nómina o la administración patronal de tu empresa, así puedes consultar y descargar estos documentos: Requisitos previos Antes de ingresar al portal, asegúrate de contar con: Una e.firma vigente de la persona moral, con sus archivos .cer y .key, además de la contraseña correspondiente. El Buzón IMSS habilitado, con los medios de contacto validados y los términos y condiciones aceptados. El número de registro patronal que deseas consultar, asociado al RFC de la empresa. Paso 1: Ingresa al portal oficial del Buzón IMSS Entra al portal del Buzón IMSS y autentícate con la e.firma de la persona moral correspondiente al registro patronal que quieres revisar. Paso 2: Abre la sección "Mis Documentos" Dentro del Buzón, localiza el icono de carpeta y selecciona Mis Documentos. Ahí encontrarás la documentación relacionada con los registros patronales de tu empresa. Paso 3: Ingresa el número de registro patronal En el campo correspondiente, escribe el número de registro patronal. Cuando el sistema sugiera el registro completo, selecciónalo y presiona Buscar. Paso 4: Entra a la carpeta "Emisiones" Despliega la carpeta Documentos pendientes de leer y selecciona Emisiones. Ahí aparecerán los documentos disponibles para ese registro patronal. Si el listado aparece vacío, revisa también la carpeta Documentos leídos, ya que una emisión consultada previamente puede encontrarse ahí. Paso 5: Descarga los documentos EMI-1 y EMI-2 Localiza la emisión correspondiente y haz clic en el icono de descarga en la columna de Acciones. Recuerda que EMI-1 corresponde a la EMA y EMI-2 corresponde a la EBA. Antes de usar el documento, verifica que el periodo y el registro patronal coincidan con lo que necesitas revisar. Beneficios de esta Nueva Funcionalidad para los Patrones La integración de EMA y EBA al Buzón IMSS aporta las siguientes ventajas operativas: Acceso centralizado: Las propuestas de determinación de cuotas quedan disponibles en el mismo portal donde ya se gestionan otros documentos patronales. Revisión anticipada: Permite consultar la información de los trabajadores y sus movimientos antes de realizar el pago, facilitando la conciliación con la nómina y el SUA. Menos trámites físicos: Elimina la necesidad de solicitar documentos impresos o acudir a oficinas del Instituto. Mayor eficiencia para empresas con múltiples registros patronales: Quienes administran varios registros pueden consultar toda la información desde un solo lugar. Reducción de costos: Se evitan gastos asociados a la obtención física de documentos. Lo que esta Nueva Funcionalidad NO Cambia Es importante que las empresas no confundan esta simplificación administrativa con una reducción de sus obligaciones. El acuerdo del IMSS no elimina ni modifica las responsabilidades patronales en materia de seguridad social. Algunos puntos clave a considerar: Consultar las propuestas de cédulas en el Buzón IMSS no sustituye la obligación de determinar y pagar las cuotas correspondientes. Los patrones deben seguir cumpliendo con las disposiciones aplicables en materia de seguridad social, independientemente de la disponibilidad de estos documentos. La revisión de las propuestas no exime de verificar la información ni de corregir diferencias en el SUA antes del pago. Es recomendable que las empresas den seguimiento a las comunicaciones oficiales del IMSS, ya que el Instituto puede emitir aclaraciones adicionales sobre la operación de esta funcionalidad. Mantente al Día con las Actualizaciones del IMSS La incorporación de EMA y EBA al Buzón IMSS simplifica el acceso a información clave para la determinación de cuotas obrero patronales, pero no reduce la responsabilidad de las empresas de cumplir puntualmente con sus obligaciones.  Familiarizarte con este nuevo proceso te permitirá aprovechar la herramienta y evitar contratiempos en la gestión de tu nómina. El entorno regulatorio del IMSS cambia constantemente y mantenerse informado requiere tiempo y atención especializada.  En Consolidé, somos expertos en trámites ante el IMSS. Acompañamos a las empresas en el cumplimiento de sus obligaciones patronales, ayudándolas a evitar multas y recargos derivados de errores en la determinación o el pago de cuotas. Si buscas tranquilidad en la gestión de tu nómina y seguridad social, conversemos sobre cómo podemos ayudarte.
En 2026, el IMSS implementó 8 medidas de simplificación administrativa dirigidas a microempresas, reduciendo el registro patronal de 80 a 14 campos, eliminando trámites presenciales y digitalizando documentos como la Tarjeta de Identificación Patronal. El objetivo es que los más de 765 mil registros patronales con menos de nueve trabajadores ahorren tiempo, dinero y esfuerzo administrativo. ¿Cuáles procesos sufrieron una simplificación de trámites IMSS? Durante años, dar de alta un registro patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social implicó llenar formularios extensos, acudir en persona a subdelegaciones y esperar semanas (o meses) para completar trámites básicos. Para una microempresa con pocos empleados y recursos limitados, este tipo de carga burocrática puede frenar el crecimiento antes de que comience. El 2026 se simplifican los trámites a través de un conjunto de ocho medidas de simplificación administrativa. Con ello, el IMSS busca reducir trámites, tiempos y costos para las micro y pequeñas empresas de México.  En esta guía, explicamos cada una de las medidas, los requisitos de autenticación digital que las acompañan y qué significan estos cambios para la operación diaria de tu empresa. También revisamos el calendario de implementación y cómo prepararte para adoptarlas sin contratiempos. ¿Por qué era Necesaria la Simplificación de Trámites IMSS? Antes de esta reforma, el registro patronal exigía capturar información en 80 campos distintos, muchos de los cuales ya existían en otras bases de datos gubernamentales, como las del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Esta duplicidad generaba carga administrativa innecesaria, especialmente para negocios que apenas comienzan operaciones. Según cifras del IMSS, existen más de 765 mil registros patronales con menos de nueve trabajadores y otras fuentes sitúan en 665 mil el número de empresas con hasta 10 trabajadores que podrían beneficiarse de estas medidas. Para este segmento, cada hora invertida en papeleo es una hora que no se dedica a atender clientes, vender o contratar personal. Los tiempos de espera también representaban un obstáculo. La reactivación de un registro patronal, por ejemplo, podía tardar hasta tres meses bajo el esquema anterior. Sumado a la necesidad de acudir físicamente a las oficinas del IMSS para trámites como la obtención de la Tarjeta de Identificación Patronal, el sistema generaba fricción constante entre los patrones y la autoridad. 8 Medidas de Simplificación Administrativa del IMSS El 10 de septiembre de 2026, el IMSS presentó formalmente este paquete de medidas mediante el Boletín de Prensa No. 482/2026, dirigido a micro, pequeñas y medianas empresas (Chévez, 2026). A continuación, el detalle de cada una. 1. Registro digital simplificado para nuevas microempresas El trámite de alta patronal, que antes requería 80 campos, ahora solo pide 14 datos indispensables. Esto es posible gracias a la interconexión con el SAT, que permite precargar información que la empresa ya tiene registrada en su RFC. El resultado es un proceso de inscripción considerablemente más rápido, sin necesidad de repetir datos que el gobierno ya posee. 2. Pago integrado de impuestos y cuotas de seguridad social A partir de noviembre de 2026, los empleadores podrán descargar desde un solo punto los formatos de pago correspondientes tanto a impuestos como a cuotas de seguridad social. Este proyecto conjunto entre el IMSS y el SAT elimina la necesidad de navegar por múltiples portales para cumplir con obligaciones fiscales y de seguridad social por separado. 3. Movimientos afiliatorios simplificados Las altas, bajas y modificaciones salariales de los trabajadores podrán realizarse desde un espacio digital diseñado específicamente para microempresas. Esto elimina la necesidad de acudir a las subdelegaciones del IMSS y permite procesar estos movimientos de forma directa, sin intermediarios. 4. Determinación digital de la prima de riesgos de trabajo Las microempresas tendrán la opción de no presentar la determinación anual de la prima del Seguro de Riesgos de Trabajo. A cambio, contarán con acompañamiento digital enfocado en la prevención de accidentes laborales, lo que reduce la carga de cumplimiento sin descuidar la seguridad de los trabajadores. 5. Tarjeta de Identificación Patronal digital (TIP Digital) Desde el 10 de septiembre de 2026, el IMSS liberó la TIP Digital, obtenible de forma gratuita e inmediata a través del Buzón IMSS. Este documento permite acreditar hasta tres personas autorizadas por registro patronal para realizar gestiones presenciales, e incorpora elementos de seguridad como código QR, sello digital y firma electrónica del SAT.  Con esta digitalización, los patrones evitan el riesgo de pérdida o robo del documento físico y pueden actualizar representantes autorizados sin acudir a una ventanilla. 6. Reactivación del registro patronal por Buzón IMSS El proceso de reactivación, que antes podía tomar hasta tres meses, ahora cuenta con requisitos más sencillos y un procedimiento homologado a nivel nacional. Esto reduce significativamente los tiempos de espera para empresas que necesitan reactivar su registro ante el Instituto. 7. Formato de pago de cuotas digital A partir de octubre de 2026, los patrones podrán consultar en un solo documento digital el desglose detallado de la propuesta de pago de cuotas obrero-patronales, incluyendo el nombre y la cuota correspondiente a cada trabajador. Esto facilita la conciliación financiera y da mayor transparencia a las deducciones de nómina. 8. Acompañamiento digital y preventivo para nuevas microempresas Durante el primer año de operación, las nuevas microempresas recibirán seguimiento permanente a través del Buzón IMSS, con un enfoque preventivo en lugar de punitivo. La idea es orientar a los empleadores para que cumplan sus obligaciones antes de que se apliquen sanciones, en lugar de corregir errores después de que ocurran. 9. EMA y EBA ahora disponibles en el Buzón IMSS A partir del 9 de octubre de 2026, los patrones y responsables de nómina podrán acceder a los documentos EMA y EBA desde el Buzón IMSS, sin necesidad de trámites adicionales. ¿Qué Requisitos de Autenticación Digital Necesitan las Empresas? El 24 de febrero de 2026, el H. Consejo Técnico del Seguro Social aprobó el Acuerdo de simplificación de trámites IMSS con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (KPMG, 2026). Este acuerdo formaliza los siguientes requisitos de autenticación: CURP con datos biométricos: Una vez que el nuevo sistema esté listo, este será el único medio nacional de identificación oficial para trámites ante el IMSS. Identificación oficial vigente con fotografía: Mientras no se implemente la CURP biométrica obligatoria, este documento sigue siendo válido para trámites presenciales. E.firma del SAT: Necesaria para prácticamente todos los trámites digitales, incluyendo el registro en el Buzón IMSS y la obtención de la TIP Digital. Certificado digital y NPIE activos: Indispensables para realizar gestiones en línea a través de la plataforma IDSE. Para los trámites presenciales, el IMSS continuará solicitando copias simples de documentos para el acuse de recibo hasta que el expediente digital opere en su totalidad. Esto significa que, durante la transición, conviene mantener ambos procesos (digital y físico) organizados. ¿Cómo Impactan estos Cambios a las Micro y Pequeñas Empresas? Para un patrón con pocos empleados, estas medidas se traducen en los siguientes beneficios: Menos tiempo invertido en trámites: Reducir el registro patronal de 80 a 14 campos ahorra horas que antes se destinaban a capturar información redundante. Menor costo operativo: Eliminar visitas presenciales reduce gastos de traslado y tiempo de personal dedicado a gestiones administrativas. Mayor accesibilidad: Los dueños de microempresas, que rara vez cuentan con un equipo de recursos humanos dedicado, pueden resolver trámites desde su computadora en lugar de hacer fila en una subdelegación. Reducción de errores: Al precargar información desde el SAT, se evitan inconsistencias entre lo declarado ante distintas dependencias. Mejor relación con el IMSS: El enfoque preventivo del acompañamiento digital busca resolver dudas antes de que se conviertan en sanciones. Sin embargo, adoptar estos cambios también exige familiarizarse con nuevas plataformas, calendarios de implementación y requisitos de autenticación digital. Aquí es donde contar con un aliado especializado marca la diferencia.  En Consolidé ayudamos a las empresas a entender e implementar correctamente estos nuevos trámites del IMSS, garantizando cero errores en cada proceso, desde el registro patronal hasta la gestión del Buzón IMSS. Calendario de Implementación: Fechas Clave para 2026 El despliegue de estas medidas ocurre de forma escalonada a lo largo del año: 24 de febrero de 2026: El Consejo Técnico del Seguro Social aprueba el Acuerdo de simplificación de trámites con la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones. 10 de septiembre de 2026: El IMSS presenta formalmente las 8 medidas de simplificación administrativa y libera la TIP Digital. Octubre de 2026: Entra en vigor el formato de pago de cuotas digital con desglose detallado por trabajador. Noviembre de 2026: Se espera el lanzamiento del sistema de pago integrado entre el IMSS y el SAT. Este despliegue gradual permite que el IMSS ajuste cada herramienta según la retroalimentación de los usuarios antes de expandir su alcance. Para las empresas, esto significa que conviene revisar periódicamente el Buzón IMSS y los comunicados oficiales, ya que algunas funcionalidades se irán habilitando conforme avance el año. Prepárate para la Nueva Era de Trámites Digitales del IMSS Estas reformas marcan un cambio de fondo en cómo el IMSS se relaciona con las micro y pequeñas empresas de México. Al reducir trámites de 80 a 14 campos, eliminar documentos físicos y centralizar pagos, el Instituto reconoce que la burocracia excesiva frena el crecimiento empresarial, no lo protege. El beneficio a largo plazo va más allá del ahorro inmediato de tiempo. Una relación más ágil con el IMSS facilita que las microempresas formalicen su operación, contraten personal con mayor confianza y dediquen recursos a lo que realmente importa: hacer crecer su negocio. Para aprovechar estos cambios sin cometer errores en la transición, conviene apoyarte en especialistas que conozcan a fondo cada plataforma y requisito. Consolidé acompaña a empresas de todos los tamaños en la correcta implementación de los nuevos trámites del IMSS, desde la configuración del Buzón IMSS hasta la gestión de la TIP Digital, con la garantía de cero errores en cada proceso.  Si tu empresa necesita claridad y certeza durante esta transición, contáctanos. De cara a los próximos meses, es probable que el IMSS continúe ampliando esta estrategia de digitalización hacia empresas medianas y grandes, consolidando un modelo de interoperabilidad con el SAT y otras dependencias. Mantenerse informado sobre estos cambios y contar con el apoyo correcto para implementarlos, será clave para cualquier empresa que busque operar con mayor eficiencia en los próximos años.
El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha lanzado una nueva versión del Sistema Único de Autodeterminación (SUA): el SUA 3.6.7. Esta herramienta es indispensable para que los patrones cumplan con sus obligaciones de seguridad social. Es fundamental que todas las empresas se mantengan al día con estas actualizaciones para garantizar el correcto cálculo y pago de las cuotas obrero-patronales. A partir del 22 de agosto de 2025, la versión 3.6.7 del SUA está disponible y su uso es obligatorio para la generación de los archivos de pago. Esta actualización incluye ajustes clave en materia de INFONAVIT y mejoras generales en la validación de datos. ¿Cuáles son las novedades de la versión 3.6.7? Esta nueva versión se enfoca principalmente en dos áreas: adecuaciones relacionadas con el INFONAVIT y mejoras en la funcionalidad del sistema. Adecuaciones INFONAVIT El cambio más significativo es la adaptación del sistema para cumplir con la reforma al artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Esta reforma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2025 y ahora se ve reflejada en los cálculos del SUA. Mejoras generales del SUA 3.6.7 Para asegurar la precisión en los cálculos, la versión 3.6.7 implementa las siguientes mejoras: Validación de datos: Se refuerza la validación del Salario Mínimo, la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y el Valor INFONAVIT (UMI) vigentes para evitar errores de captura. Actualización de recargos: Se han actualizado los factores de recargos aplicables para el periodo de julio de 1997 a julio de 2025. Eliminación de donativos a FUNDEMEX: Se elimina la opción de realizar donativos al Fideicomiso Fuerza México (FUNDEMEX) a través del sistema. Configuración para plataformas digitales: Se incorpora una opción para configurar patrones de plataformas digitales, facilitando el cumplimiento de sus obligaciones. ¿Cómo instalar la nueva versión del SUA? Para actualizar el sistema a la versión 3.6.7, debes seguir estos pasos: Visita el portal del IMSS: Accede a la sección de "Patrones o empresas" y localiza el apartado del SUA. Descarga el actualizador: Busca y descarga el archivo correspondiente a la versión 3.6.7. Realiza un respaldo: Antes de instalar, es crucial respaldar tu base de datos actual para proteger tu información. Ejecuta el instalador: Sigue las instrucciones del asistente de instalación. El sistema actualizará su versión actual a la 3.6.7 sin afectar sus datos existentes. Si eres un nuevo usuario, primero deberás instalar la versión base del SUA 3.5.3 y posteriormente aplicar el actualizador a la versión 3.6.7. No olvides consultar con expertos en materia de cuotas obrero-patronales para hacerlo de forma correcta. ¿Qué es el SUA y quién debe usarlo? El Sistema Único de Autodeterminación (SUA) es un programa informático obligatorio proporcionado por el IMSS. Su función es determinar de manera automática los importes de las cuotas obrero-patronales que los empleadores deben pagar al IMSS y al INFONAVIT. Su uso es obligatorio para todos los patrones que tengan cinco o más trabajadores. Aquellos con menos de cinco empleados pueden optar por usar el SUA o realizar sus pagos a través de la Cédula de Determinación emitida por el IMSS (emisión mensual o bimestral anticipada). Asesoría y Cumplimiento Garantizado Mantenerse al día con las actualizaciones del SUA y otras disposiciones fiscales es vital para evitar recargos, multas y complicaciones legales. La correcta gestión de la seguridad social no sólo asegura el cumplimiento, sino que también protege el bienestar de tus trabajadores. En Consolidé, ofrecemos asesoría especializada en materia de seguridad social y cumplimiento fiscal. Nuestro equipo de expertos puede ayudarte a navegar estos cambios, garantizando que tu empresa opere de manera eficiente y conforme a la normativa vigente. Contáctanos para asegurar que su transición a la nueva versión del SUA sea exitosa.
Los patrones en México tienen distintas obligaciones ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Como parte de éstas, está el pago oportuno de las cuotas obrero patronales.  Las cuotas obrero patronales son la suma de las aportaciones que hacen tanto el patrón como el empleado para garantizar el acceso a los servicios de atención médica, seguridad social, fondos de retiro y cesantía y vejez. Sin embargo, el patrón tiene la obligación de pagarlas ante el IMSS. Es por ello que el patrón deduce el monto de las cuotas del salario del empleado en su recibo de nómina bajo el concepto de Seguro Social o IMSS. Te invitamos a conocer el calendario de pago de las cuotas para 2025. Calendario de Pago de las Cuotas Obrero Patronales 2025 Según la Ley del Seguro Social (LSS) en su artículo 39, el pago de las cuotas obrero patronales es aplicado por mensualidades vencidas. Los pagos deben realizarse entre el 1 y 17 de cada mes.  Es importante recalcar que el día 17 de cada mes es la fecha límite de pago, si éste día cae en un día inhábil o viernes se mueve la fecha límite de pago al siguiente día hábil. Lo anterior según el artículo 3, último párrafo del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. Por otro lado, cuando el último día de pago oportuno de las cuotas obrero patronales cae en un día inhábil o viernes, nos guiaremos bajo lo dispuesto en el artículo 23 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit así como el artículo 12 antepenúltimo párrafo del Código Fiscal de la Federación.  MesFecha límite de pagoCuotas a pagarDiciembre 202420 Enero de 2025Mensual y bimestralEnero 202517 FebreroMensualFebrero 202518 MarzoMensual y bimestralMarzo 202517 AbrilMensualAbril 202519 MayoMensual y bimestralMayo 202517 JunioMensualJunio 202517 JulioMensual y bimestralJulio 202518 AgostoMensualAgosto 202517 SeptiembreMensual y bimestralSeptiembre 202520 OctubreMensualOctubre 202518 NoviembreMensual y bimestralNoviembre 202517 DiciembreMensualDiciembre 202519 Enero 2026Mensual y bimestral Recuerda que los pagos de las cuotas obrero patronales se realizan mediante el Sistema Único de Autodeterminación (SUA). Este sistema te ayuda a calcular el monto de las cuotas de forma automática. Multas por Incumplimieno de Pago de Cuotas Obrero Patronales Incumplir con el pago de las cuotas obrero patronales o realizar el pago de forma extemporánea implica multas y recargos por parte del IMSS al patrón. Existen dos casos: Pago extemporáneo Incumplimiento de pago: El IMSS notifica el requerimiento de pago y ya hay multa Pago extemporáneo El patrón tiene la obligación de realizar una actualización de las cuotas obrero patronales aplicando el factor que se obtiene de dividir el INPC del mes que va a pagar entre el Índice de Precios Consumidor del mes que debió pagar. Los recargos generados serán producto de multiplicar las cuotas obrero patronales actualizadas por la suma de la tasa de recargos por mora, a partir del mes que debió pagar hasta el mes que efectuará el pago. Incumplimiento de pago El incumplimiento de pago, una vez que el IMSS envió el requerimiento de pago al patrón implica multas: Multa del 40% sobre las cuotas obrero patronales Es posible que la multa del 40% disminuya en un 20% si el patrón paga dentro de los primeros 15 días hábiles al día de la notificación Cálculo de Cuotas Obrero Patronales y Pago Oportuno El cálculo y pago oportuno de las cuotas obrero patronales es una obligación para los patrones. Cumplir no sólo garantiza el acceso a los derechos de tus colaboradores, sino que también evita multas y recargos que podrían generar costos adicionales y afectar la estabilidad de tu negocio.  De no pagar a tiempo y no responder al requerimiento de pago por parte del IMSS, el Instituto puede iniciar el Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal (PAE). Con el PAE, el IMSS exige el pago de las cuotas no cubiertas y realiza un cobro adicional por los gastos de ejecución en un principio. En caso de continuar con el proceso, puede embargar la organización, realizar un remate e inclusive, adjudicarse bienes. En Consolidé, somos expertos consultores en maquila de nómina y en materia de seguridad social. Nuestro equipo especializado está listo para ayudarte a realizar cálculos precisos, cumplir con la normativa vigente y optimizar tus procesos administrativos. Con más de 27 años de experiencia, te brindamos la tranquilidad de saber que todo está en orden para que puedas enfocarte en las áreas estratégicas de tu empresa.
Saber cómo calcular las cuotas obrero patronales te permitirá cumplir con tus obligaciones en materia de seguridad social. En los artículos 15, fracción III, y 39 de la Ley del Seguro Social (LSS) se contempla la obligación del patrón en esta materia. Por un lado, es necesario que el empleador esté inscrito en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realice su alta patronal. También debe dar de alta a sus empleados dentro de los primeros 5 días hábiles.  Hoy te explicamos en qué consisten y cómo calcular las cuotas obrero patronales. ¿Quién hace las aportaciones, cómo se pagan? Si tienes dudas al respecto, todo esto lo abordamos.  Como empleador, tienes la obligación legal de determinar y pagar las cuotas obrero patronales. Este monto junto a la aportación del gobierno federal, es lo que sirve para financiar los servicios de seguridad social que otorga el IMSS a los trabajadores. Cuotas obrero-patronales: ¿Qué son? Las cuotas obrero patronales son la suma de aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social. Estas permiten al colaborador tener beneficios como prestaciones de seguro social, atención médica, vivienda y retiro. Se llama cuotas obrero patronales porque del lado de la empresa, trabajadores y patrones deben hacerla. Sin embargo, también el gobierno de México aporta una cuota social. Esas aportaciones aparecen en los comprobantes fiscales de Nómina como “IMSS” o “Seguro Social”. Para proceder a estas retenciones con cada trabajador, se construye una cuenta individual. Una vez que el empleado tiene el alta ante el IMSS, deberás realizar el pago total ante la entidad, en caso contrario puedes caer el peligro de incumplimiento. Sigue leyendo y notarás por qué es tan importante estar al día con la legislación para saber cómo calcular las cuotas obrero patronales. ¿Quién debe pagarlas? Las cuotas del IMSS las realizan tanto los patrones (persona física o moral) como el trabajador. En el caso del trabajador el monto es menor y se deduce de su salario; por tanto, aparece en su recibo de nómina por concepto de Seguro Social o IMSS. Los patrones, ya sean persona física, autónomo, o persona moral, son los encargados de hacer el pago por medio de una referencia o el SIPARE. ¿Cada cuánto tiempo se pagan? Según lo establecido en el artículo 39 de la LSS, el pago de las cuotas al seguro aplica por mensualidades vencidas; y debe hacerse entre el 1 y 17 de cada mes. Por otro lado, el artículo vigésimo séptimo transitorio del Decreto de la Ley del Seguro Social hace una precisión con el pago respecto del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Éste se seguirá realizando de manera bimestral en tanto no se homologuen los periodos de pago de las leyes del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, ISSSTE, y del Infonavit. La manera en que se realizan los pagos de las cuotas es por medio del SUA (Sistema Único de Autodeterminación). Esta herramienta ayuda a realizar el cálculo de las cuotas obrero patronales de manera automática y verificada. Cómo calcular las cuotas obrero-patronales Es momento de puntualizar algunas novedades para que sepas cómo calcular las cuotas obrero patronales frente a cambios que entran en vigencia este 2025.  Las cuotas y porcentajes que aportas por cada empleado varían, pues su cálculo depende de diferentes conceptos y valores. Entre ellos: El salario base de cotización del trabajador, SBC. La Unidad de Medida y Actualización, UMA. Los porcentajes fijados dentro de la Ley del Seguro Social. Y los seguros y prestaciones sociales que se brinden a los empleados. Salario básico de cotización (SBC)  Debes tener claro que a partir de enero de 2023 las aportaciones patronales de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez aumentan de manera gradual; para ello debes tomar en cuenta la tabla establecida del Salario Base de Cotización del trabajador en la Ley del Seguro Social. Te compartimos la tabla que considera el aumento gradual hasta el 2030: Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM* 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 1.01 SM a 1.50 UMA** 3.281% 3.413% 3.544% 3.676% 3.807% 3.939% 4.070% 4.202% 1.51 a 2.00 UMA 3.575% 4.000% 4.426% 4.851% 5.276% 5.701% 6.126% 6.552% 2.01 a 2.50 UMA 3.751% 4.353% 4.954% 5.556% 6.157% 6.759% 7.360% 7.962% 2.51 a 3.00 UMA 3.869% 4.588% 5.307% 6.026% 6.745% 7.464% 8.183% 8.902% 3.01 a 3.50 UMA 3.953% 4.756% 5.559% 6.361% 7.164% 7.967% 8.770% 9.573% 3.51 a 4.00 UMA 4.016% 4.882% 5.747% 6.613% 7.479% 8.345% 9.211% 10.077% 4.01 UMA en adelante 4.241% 5.331% 6.422% 7.513% 8.603% 9.694% 10.784% 11.875% *Salario Mínimo ** Unidad de Medida y Actualización La fórmula para calcular el SBC es: Salario diario x Factor de Integración. El salario diario incluye los pagos realizados en efectivo de acuerdo a las horas trabajadas, gratificaciones, alimentación, habitación y comisiones, entre otros. Si el salario del empleado es menor al salario mínimo aplicable, se toma el valor del salario mínimo como base para el cálculo de la cuota. Por el contrario, si el salario supera la suma de UMA x 25 veces, se tomará éste último valor para el cálculo de la cuota. Para obtener el valor del salario diario se divide la suma que el empleado cobra entre la cantidad de días. En el caso del factor de integración, usa la siguiente fórmula: (365 días del año + (Días por vacaciones X 25% de prima vacacional*) + Días de aguinaldo)/365 días del año. Unidad de Medida y Actualización (UMA) Es una cifra que actúa como referente económico en varias actividades. Una de ellas es el de las cuotas patronales, como las que corresponden al Seguro de Enfermedades y Maternidad. El valor UMA también influye en el crédito otorgado por el Infonavit. Porcentajes de acuerdo a la Ley del Seguro Social en seguros y prestaciones De acuerdo al seguro o prestación social, patrón y empleado cubren en partes desiguales las primas. Cuando decimos partes desiguales nos referimos a que el patrón cubre la mayor parte. Entre los seguros y prestaciones sociales que corresponden a la regulación obligatoria se encuentran los siguientes: Seguro de riesgos de trabajo. Seguro de enfermedades y maternidad. Seguro de invalidez y vida. Guarderías y prestaciones sociales.  Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. Conclusión El incremento gradual en la cuota patronal que se aplica al Salario Base de Cotización del trabajador tiene un impacto económico a considerar. Desde Consolidé te recomendamos actualizar tus tablas para el cálculo de las cuotas patronales de cesantía en edad avanzada año con año hasta el 2030. Además, recuerda que hay nueva versión del SUA, por lo que se debe actualizar la prima de riesgo de trabajo del IMSS.  Estamos para apoyarte con estos cambios para que puedas centrar los esfuerzos de tu equipo de Recursos Humanos. Y si lo deseas, podrás agilizar la determinación de las cuotas y programarlas mes a mes de manera oportuna y simple con nuestro apoyo. Contáctanos.
Toda empresa en México debe cumplir con las cuotas patronales. Los patrones están en obligación de inscribirse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realizar su alta patronal; así como también dar de alta a sus empleados, realizar modificaciones y bajas. ¿Quién hace las aportaciones, cómo se pagan y qué cubren esas cuotas? Acá explicamos todo al detalle, en qué consisten y cómo funcionan. ¿Qué son las cuotas obrero patronales? Las cuotas IMSS e Infonavit o cuotas obrero patronales, son las aportaciones que deben hacer obrero y patrón; para garantizar el acceso a los servicios de seguridad social; atención médica pública, fondos de retiro, cesantía y vejez. Una vez que el empleado tiene el alta ante el IMSS (dentro de los 5 días hábiles siguientes a su inicio de labores), como patrón deberás realizar el pago total ante la entidad.  Las cuotas y porcentajes que aportas por cada empleado varían, pues su cálculo depende de diferentes conceptos y valores. Más adelante lo explicaremos. Por otro lado, de darse un cambio en la contratación del trabajador, como: aumento en salario, tipo de contratación, cambio de jornada u otro, debes de comunicarlo. ¿Qué dice la Ley? Como empleador tienes la obligación legal de determinar y enterar las cuotas patronales. Sumado a la aportación del gobierno federal, es como se financian los servicios de seguridad social que otorga el IMSS a los trabajadores. Así se establece en los artículos 15, fracción III, y 39 de la Ley del Seguro Social (LSS). También establece determinar y enterar las aportaciones del 5% y las amortizaciones retenidas a los empleados por los créditos otorgados por el Infonavit. Y ya que estamos tocando lo establecido en la ley, es bueno recordar que la retención al empleado debe quedar reflejada en los comprobantes fiscales de nómina o listas de raya, (Artículo 38- LSS). Como patrón, estás obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto.  Los pagos se ejecutan de acuerdo a una tabla de valores que determina el porcentaje que debe aportar cada uno. Listado de cuotas patronales Seguro de enfermedad y maternidad. Cubre al trabajador y sus familiares beneficiados. En servicios, el IMSS también puede realizar prestaciones en dinero para gastos como matrimonio, funeral o desempleo; y el seguro de maternidad es efectivo durante y después de un embarazo.  Seguro de riesgo de trabajo. El pago de esta cuota queda por entero en responsabilidad del patrón. De acuerdo a la Ley de Seguro Social, hay 5 primas de riesgo y cada una varía en el porcentaje que se utilizará para el cálculo de la cuota.  Seguro de invalidez y vida. Destinado para los trabajadores que se encuentran incapacitados y no pueden proveer para sí mismos u otros que dependan de ellos. Seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. La cesantía por edad avanzada aplica cuando el empleado pasa de los 60 años y ya no puede cumplir con sus funciones. La jubilación o retiro es el monto vitalicio que adquiere el trabajador al cubrir sus años de labor, variando según la empresa Seguro de guarderías y prestaciones sociales. Destinado para brindar los cuidados necesarios a los hijos de los trabajadores, mientras el padre o la madre labora. ¿Quién las paga? Tanto la empresa como el empleado realizan sus respectivas aportaciones y cálculos. Ahora bien, la acción de pago la realizas tú como patrón, por medio de una referencia o el SIPARE; sean persona física, autónomo, o persona moral. En el caso del aporte del trabajador, quien es el beneficiario, éste debe aparecer en su recibo de nómina por concepto de Seguro Social o IMSS. ¿Cada cuándo se pagan? El pago de las cuotas al seguro aplica por mes vencido y debe de realizarse entre el día 1 y 17 de cada mes. La manera en que se realiza este pago es por medio del SUA (Sistema Único de Autodeterminación), una herramienta que nos ayuda a realizar el cálculo de las cuotas patronales de manera automática y verificada. ¿Cómo calcular las cuotas obrero patronales? Al principio mencionamos que el porcentaje correspondiente por cada empleado varía. Eso se debe a que se deben considerar varios factores para el cálculo, entre ellos: El salario base de cotización del trabajador, SBC. La Unidad de Medida y Actualización, UMA. Los porcentajes fijados dentro de la Ley del Seguro Social de los seguros y prestaciones sociales que se brinden a los empleados. Salario Base de Cotización (SBC)  Es lo que cobra el trabajador en un día. Se incluyen los pagos realizados en efectivo de acuerdo a las horas trabajadas, gratificaciones, alimentación, habitación y comisiones, entre otros. Si el salario del empleado es menor al salario mínimo aplicable, se tomará el valor del salario mínimo como base para el cálculo de la cuota.  Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 3.150% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.281% 3.413% 3.544% 3.676% 3.807% 3.939% 4.070% 4.202% 1.51 a 2.00 UMA 3.575% 4.000% 4.426% 4.851% 5.276% 5.701% 6.126% 6.552% 2.01 a 2.50 UMA 3.751% 4.353% 4.954% 5.556% 6.157% 6.759% 7.360% 7.962% 2.51 a 3.00 UMA 3.869% 4.588% 5.307% 6.026% 6.745% 7.464% 8.183% 8.902% 3.01 a 3.50 UMA 3.953% 4.756% 5.559% 6.361% 7.164% 7.967% 8.770% 9.573% 3.51 a 4.00 UMA 4.016% 4.882% 5.747% 6.613% 7.479% 8.345% 9.211% 10.077% 4.01 UMA en adelante 4.241% 5.331% 6.422% 7.513% 8.603% 9.694% 10.784% 11.875% Por el contrario, si el salario supera la suma de UMA x 25 veces, se tomará éste último valor para el cálculo de la cuota. La fórmula para calcular el SBC es: Salario diario x Factor de Integración. Para obtener el valor del salario diario se divide la suma que el empleado cobra entre la cantidad de días. En el caso del factor de integración, usa la siguiente fórmula: (365 días del año + (Días por vacaciones X 25% de prima vacacional*) + Días de aguinaldo)/365 días del año. Unidad de Medida y Actualización (UMA) Es una cifra que actúa como referente económico en varias actividades. Una de ellas es el de las cuotas patronales, como las que corresponden al Seguro de Enfermedades y Maternidad. El valor UMA también influye en el crédito otorgado por el Infonavit. La UMA para 2024 fue de $108.57 pesos diarios. Hay que esperar a la actualización a partir de febrero de 2025. Porcentajes de acuerdo a la Ley del Seguro Social en seguros y prestaciones De acuerdo al seguro o prestación social, patrón y empleado cubren en partes desiguales las primas (el patrón cubre la mayor parte). Entre los seguros y prestaciones sociales que corresponden a la regulación obligatoria se encuentran los siguientes: Seguro y conceptoPatrón Prestaciones Cuotas Patrón Trabajador Total Base salarial Riesgos de Trabajo En especie y dinero Conforme con su siniestralidad laboral 0.00 % Prima respectiva Salario base de cotización (SBC) Enfermedades y Maternidad En especie Cuota fija por cada empleado hasta por tres veces la UMA vigente 20.40 % 0.00 % 20.40 % UMA2 Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA 1.10 % 0.40 % 1.50 % Diferencia entre el SBC y tres veces la UMA2   Gastos médicos para pensionados y beneficiarios 1.05 % 0.375 % 1.425 % SBC   En dinero 0.70 % 0.25 % 0.95 % SBC Invalidez y Vida En especie y dinero 1.75 % 0.625 % 2.375 % SBC Guarderías y Prestaciones Sociales En especie 1.00 % 0.00 % 1.00 % SBC Infonavit Crédito de vivienda 5.00 % 0.00 % 5.00 % Salario base de aportación En el caso de la cuota de cesantía y vejez, en el artículo 168 de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación, a partir del 01 de enero de 2023 hay incrementos graduales en el aporte patronal (están citados arriba).  Conclusión Para 2025, el incremento gradual en la cuota patronal que se aplica al Salario Base de Cotización del trabajador tiene un impacto importante en la economía de las empresas. Desde Julio de 1997 hasta diciembre de 2022 el porcentaje patronal de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CEAV) fue de 3.150%.  En Consolidé estamos para apoyarte con tu cálculo de nóminas para que puedas abordar estos cambios de manera oportuna y simple.  Gracias a nuestro servicio de maquila de nómina podrás agilizar la determinación de las cuotas patronales y programarlas mes a mes.
2023 trajo consigo un aumento de las cuotas obrero patronales por concepto de Cesantía y Vejez. Esto significa que los patrones deberán pagar un porcentaje mayor empezando del 3.15% hasta llegar gradualmente a 11.875% para 2030. El decreto entró en vigor el 1ro de enero de 2023. Este aumento de las cuotas obrero patronales se aplicará a todos los empresarios, independientemente de su tamaño o sector de actividad. El porcentaje de las cotizaciones patronales está sujeto a aumentos graduales por año y UMA. ¿Quieres conocer más sobre el incremento de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez? Conoce la actualización de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez En diciembre de 2020 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el cual en México se adicionan, derogan y reforman disposiciones a la Ley del Seguro Social al igual que a la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. El Decreto se dio a conocer como la "Reforma al Sistema de Pensiones". Mediante una disposición transitoria, fue establecida la modificación de los porcentajes que corren por cuenta del patrón en concepto de cuotas obrero patronales. Las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez para 2023 son las siguientes: Salario base de cotización 2023 1.0 SM 3.15% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.28% 1.51 a 2.00 UMA 3.58% 2.01 a 2.50 UMA 3.75% 2.51 a 3.00 UMA 3.87% 3.01 a 3.50 UMA 3.95% 3.51 a 4.00 UMA 4.02% 4.01 UMA en adelante 4.24% Tabla de actualización de cuotas obrero patronales Es importante informar que las aportaciones por parte del trabajador por conceptos de Cesantía y Vejez van a permanecer en 1.125% del SBC. Otro punto importante es que las aportaciones por parte del Gobierno Federal fueron eliminadas el 1ro de enero de 2023 porque se convertirá en una cuota social para los colaboradores que perciban hasta 4 veces la UMA. Otro punto a considerar es que del 1ro de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023, el Gobierno Federal otorgará la cuota social para los trabajadores que ganen entre 4.01 a 7.09 UMAS. Dicha cuota será depositada a la cuenta de cada trabajador. La tabla queda así: Salario base de cotización del trabajador Cuota Social De 4.01 a 5.0 UMA $2.45 De 5.01 a 6.0 UMA $1.80 De 6.01 a 7.09 UMA $1.00 A continuación te compartimos la tabla completa de la actualización de las cuotas obrero patronales de Cesantía y Vejez de 2023 a 2030. Salario base de cotización 2023 2024 2025 2026 2027 2028 2029 2030 1.0 SM 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 3.15% 1.01 SM a 1.50 UMA 3.28% 3.41% 3.54% 3.68% 3.81% 3.94% 4.07% 4.20% 1.51 a 2.00 UMA 3.58% 4.00% 4.43% 4.85% 5.28% 5.70% 6.13% 6.55% 2.01 a 2.50 UMA 3.75% 4.35% 4.95% 5.56% 6.16% 6.76% 7.36% 7.96% 2.51 a 3.00 UMA 3.87% 4.59% 5.31% 6.03% 6.75% 7.46% 8.18% 8.90% 3.01 a 3.50 UMA 3.95% 4.76% 5.56% 6.36% 7.16% 7.97% 8.77% 9.57% 3.51 a 4.00 UMA 4.02% 4.88% 5.75% 6.61% 7.48% 8.35% 9.21% 10.08% 4.01 UMA en adelante 4.24% 5.33% 6.42% 7.51% 8.60% 9.69% 10.78% 11.88% Reforma a la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro Dentro de la reforma al sistema de pensiones, se incluyeron ajustes en la Ley del Seguro Social y Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Sus cambios sustanciales fueron: Incremento de aportaciones obrero patronales para el retiro de los colaboradores Disminución del número de semanas cotizadas para la obtención de la pensión Incremento al valor de la pensión mínima garantizada Disminución de las comisiones cobradas por las AFORES. El aumento de las cuotas obrero patronales influye en el cálculo de la nómina. Es importante que conozcas su impacto durante este año y los venideros. Tanto tu encargado de nómina como tu departamento encargado deben estar actualizados. Contáctanos para saber cómo podemos ayudarte en el cálculo de tu nómina y así evitar cualquier error.
¿Qué sucede cuando los patrones no pueden pagar sus cuotas obrero-patronales? ¿Hay multas por el incumplimiento al pago de las cuotas obrero-patronales? En Consolidé te informamos sobre las consecuencias, multas y recargos que se pueden dar por el incumplimiento del pago de las cuotas obrero-patronales. Y sobre todo, ¿qué puedes hacer para solicitar un plazo más amplio? Pago de cuotas obrero-patronales Toda persona física o moral que paga un salario, tiene la obligación de inscribir a sus trabajadores ante el IMSS, desde el primer día de actividades. El patrón, tiene un plazo límite de hasta 5 días hábiles para presentar ante el IMSS el aviso correspondiente. Todo colaborador que labora en una empresa, debe recibir el pago de su salario máximo el día 17 de cada mes con su correspondiente CFDI de nómina. Dicho comprobante fiscal contempla los siguientes datos obligatorios: Nombre Razón social Denominación social Código postal del contribuyente a favor de quien se emite el CFDI Número de seguridad social Tipo de contrato Periodicidad de pago Salario base Salario diario integrado Número de días pagados Método de pago Concepto del pago Descuentos Y dentro del CFDI de nómina se contemplan los descuentos aplicados sobre la nómina que corresponderá para el pago de las aportaciones del colaborador ante el IMSS e INFONAVIT. En el caso del patrón, éste retendrá las cuotas del colaborador y los días 17 de cada mes deberá pagar las cuotas del colaborador más su aportación para conceptos de vivienda, retiro y salud. En caso de que el patrón de forma inoportuna no pague a tiempo las cuotas obrero-patronales, sólo va a poder descontar al trabajador hasta 4 cotizaciones semanales acumuladas, el resto quedan a cargo del patrón. El pago de las aportaciones del patrón están previstas dentro del artículo 38 de la Ley del Seguro Social, dentro del primer párrafo: Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente. La obligación de determinar las cuotas deberá cumplirse aun en el supuesto de que no se realice el pago correspondiente dentro del plazo señalado en el párrafo anterior. Los capitales constitutivos tienen el carácter de definitivos al momento de notificarse y deben pagarse al Instituto, en los términos y plazos previstos en esta Ley. El IMSS en apoyo a los patrones, entregará una propuesta de cédula de determinación realizada por un Contador Público Autorizado (CPA). Dicha cédula contempla los movimientos afiliatorios comunicados por el mismo patrón al IMSS y comunica las aportaciones a realizar durante el periodo.   El Instituto podrá entregar de forma impresa o digital la cédula de determinación o por previa solicitud del patrón o representante legal. Para el pago con la cédula impresa, el patrón o representante deberá acudir a una oficina autorizada por el IMSS, caso contrario, podrá usar un software autorizado para dicho pago. En caso de solicitar o recibir la cédula de determinación y el patrón decide modificar los datos, se tienen que apegar a los lineamientos de la Ley del Seguro Social. ¿Implica multas? El incumplimiento o pago extemporáneo del pago de las cuotas obrero-patronales sí implica multas y recargos para el patrón. Existen dos casos, el primero es cuando el patrón paga de forma extemporánea y el segundo cuando el patrón no ha pagado y el IMSS notifica el requerimiento de pago, que es cuando existe la multa.  Cuando el patrón notifica que no puede pagar en tiempo, se procede de la siguiente forma: El patrón pagará una actualización de las cuotas obrero-patronales aplicando el factor que se obtiene de dividir el INPC del mes que se va a pagar entre el Índice Nacional de Precios Consumidor del mes que debió pagar Los recargos generados serán producto de multiplicar las cuotas obrero-patronales actualizadas por la suma de la tasa de recargos por mora, a partir del mes que debió pagar hasta el mes que se efectuará el pago El segundo caso que sí implica el pago de multas, es cuando el IMSS notifica el requerimiento de pago: Pago de una multa del 40% sobre las cuotas obrero-patronales La multa del 40% puede disminuir en un 20% si el patrón paga dentro de los primeros 15 días hábiles siguientes al día de la notificación El inicio del Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal (PAE) cuando las autoridades exigen el pago de los patrones que no fueron cubiertos, se hace un cobro adicional por gastos de ejecución Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal A continuación te compartimos las fases del Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal: Mandamiento de ejecución Notificación del mandamiento de ejecución Requerimiento de pago Embargo Remoción de depositario Remate Adjudicación de bienes Aplicación del producto del remate Evita pérdidas, recargos y multas, consulta con los expertos. Cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda El pasado 16 de diciembre de 2020, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LSS y la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Éste decreto contempla el aumento gradual de las cuotas obrero patronales dentro de la Cesantía en Edad Avanzada y Vejez. Es importante mencionar que fue el 1ro de enero de 2023, cuando surtió efecto. Por otro lado, dentro del ramo de las contribuciones de la Seguridad Social, las cuotas obrero-patronales y las aportaciones de vivienda quedaron de la siguiente forma: Seguro y concepto Prestaciones Cuotas del patrón Cuotas del trabajador Total Base salarial Enfermedades y maternidad En especie Cuota fija por cada colaborador hasta por tres veces la UMA vigente 20.40% 0 20.40% Enfermedades y maternidad En especie Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA 1.10% 0.40% 1.50% Enfermedades y maternidad Gastos médicos para pensionados y beneficiarios 1.05% 0.375% 1.425% Enfermedades y maternidad En dinero 0.70% 0.25% 0.95% Guarderías y prestaciones sociales En especie 1% 0% 5% INFONAVIT Crédito de vivienda 5% 0% 5% Invalidez y vida En especie / En dinero 1.75% 0.625% 2.375% Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Retiro 2.00% 0% 2% Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez CEAV 3.150% 1.125% 4.275% Riesgos de trabajo En especie / En dinero Conforme a su siniestralidad laboral Conforme a su siniestralidad laboral 0% Prima que corresponda ¿Cuándo se paga? A continuación te compartimos el calendario de pagos de cuotas obrero-patronales: Mes Fecha límite de pago Cuotas a pagar Diciembre 2024 20 Enero de 2025 Mensual y bimestral Enero 2025 17 Febrero Mensual Febrero 2025 18 Marzo Mensual y bimestral Marzo 2025 17 Abril Mensual Abril 2025 19 Mayo Mensual y bimestral Mayo 2025 17 Junio Mensual Junio 2025 17 Julio Mensual y bimestral Julio 2025 18 Agosto Mensual Agosto 2025 17 Septiembre Mensual y bimestral Septiembre 2025 20 Octubre Mensual Octubre 2025 18 Noviembre Mensual y bimestral Noviembre 2025 17 Diciembre Mensual Diciembre 2025 19 Enero 2026 Mensual y bimestral IMSS e INFONAVIT: Antecedentes Como bien lo sabes, todo trabajador debe ser inscrito ante el IMSS en un plazo máximo de 5 días hábiles. La importancia de esta inscripción radica en que el Gobierno debe asegurarse que todo trabajador reciba una atención en salud digna así como seguridad social. Es por ello que en 1947 se fundó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), organización autónoma que brinda servicios de salud a la población y trabajadores. Más de 30 años más tarde, se funda el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda, INFONAVIT, que apoya con créditos y facilidades para el derecho a una vivienda digna. Conclusión Evita multas y recargos por el incumplimiento del pago de las cuotas obrero-patronales, realiza un cálculo de nómina eficaz y sin errores con el apoyo de expertos en Consolidé. Contáctanos y descubre cómo puedes mejorar tus procesos administrativos sin descuidar lo que más te importa: tus operaciones.
El Sistema Único de Autodeterminación (SUA) es un programa informático que nos ayuda a determinar aportes y cuotas obrero-patronales. Fue creado por el IMSS y su principal objetivo es ayudar a los patrones con más de 5 colaboradores o trabajadores a cumplir con sus obligaciones ante el IMSS e Infonavit. Para patrones con 5 o más colaboradores, el uso del SUA es obligatorio. Las operaciones del SUA cubren las funciones específicas para la información que debe ser manejada dentro del programa. También ayuda a la validación automática de datos, importación y captura de los mismos. ¿Qué es lo que tienes que saber del Sistema Único de Autodeterminación? ¿Cómo llevar una buena gestión? ¿Qué opciones tienes para gestionarlo de forma más sencilla? En esta guía te diremos todo lo que necesitas saber del SUA. Actualización: Nueva versión SUA 3.6.7 ¿Qué es el Sistema Único de Autodeterminación? El Sistema Único de Autodeterminación contempla la emisión de diferentes conceptos de obligaciones, aportaciones, amortizaciones y cuotas obrero-patronales para patrones con 5 o más trabajadores. Para aquellos patrones con 1 a 4 trabajadores, el uso del SUA es opcional. El SUA contempla los siguientes conceptos: Amortizaciones de créditos de trabajadores emitidos por el INFONAVIT Aportaciones patronales por conceptos de vivienda que son contabilizadas en las cuentas de los trabajadores Cuotas obrero-patronales en los ramos del Seguro Social: Prestaciones sociales Riesgos de trabajo Enfermedades y maternidad Invalidez Vida y Guardería Cuotas obrero-patronales a cuentas individuales de los trabajadores por conceptos de: Seguro de retiro Cesantía por Edad Avanzada  Las empresas y patrones pueden hacer uso del SUA mediante el proceso de emisión. Beneficios del Sistema Único de Autodeterminación El Sistema Único de Autodeterminación para patrones con más de 5 colaborares, es obligatorio. Pero no sólo se trata de una obligación, el SUA tiene muchos beneficios para la correcta administración de nómina y aportaciones de los colaboradores. Gracias al SUA, los patrones podrán conocer exactamente: Pago de aportaciones extemporáneas Pago de recargos, si corresponden Determinar las diferencias generadas por omisiones o errores Revisiones por el Dictamen de Contador Público Podrás crear un catálogo con los datos básicos de los trabajadores como: Salarios Movimientos Incidencias Es seguro: las instituciones bancarias podrán identificar que la información proviene directamente del SUA, gracias a un medio magnético Reportes Automatización de cálculos de aportaciones y cuotas   Otros de los beneficios del SUA, en su nueva versión 3.6.1 son: Facilidad de manejo y consultas Multi-tareas Determinación de la Prima de Riesgo de Trabajo Lector de archivos de pago Identificación del importe de cuota obrera y cuota patronal Exportación de información de pago a Excel Es más amigable y simple de usar Seguridad en BBDD Nuevos módulos Confronta la información Portabilidad de reportes a otros medios de consulta Integración con versiones anteriores del SUA Rutina para verificación de RFC y CURP de los registros patronales Guía básica de cómo usar el SUA Para usar la herramienta, la empresa o el patrón deberá haber realizado con anticipación su registro patronal ante el IMSS. Con el registro, el patrón podrá descargar el programa en el sitio web del IMSS, recuerda descargar siempre la última versión (parte inferior del sitio web) y revisar que tu equipo tenga la capacidad mínima para que pueda ejecutarse el programa: Sistema operativo Windows Tecnología 32 bits   Después de instalado el programa SUA, se deberá completar la información correspondiente al patrón o empresa: Datos de la empresa Nombre Razón Social Número de registro patronal RFC Actividad económica Domicilio Fiscal Teléfono Delegación del IMSS Subdelegación del IMSS Prima del Seguro de Riesgos del Trabajo Representante Legal   Cuando se dé de alta un nuevo trabajador, se necesitarán los siguientes datos: Número de seguridad social Fecha de alta RFC CURP Nombre completo Clase del trabajador Tipo de jornada Salario base de cotización  Edad Sexo  Estado civil   Con los datos anteriores, el SUA podrá calcular los cobros que corresponden a la nómina de los colaboradores. Todas las guías de uso del SUA están actualizadas y están disponibles para cualquier usuario dentro del sitio web del IMSS. Generación del Pago de IMSS SIPARE El Sistema de Pago Referenciado o SIPARE es el sistema del SUA que permite generar la línea de captura y realizar los pagos de las obligaciones patronales ante el IMSS. De estar de acuerdo con el monto que el SUA determine, podrás realizar el pago en línea o desde ventanilla. En ocasiones, el patrón podrá no estar de acuerdo con el monto que arroje el SUA, por ello, puede generar una nueva línea de captura a través de SIPARE. En este link te compartimos la guía de SIPARE. ¿Cuándo Debes Cumplir? La Ley del Seguro Social, dentro del artículo 39, primer párrafo, establece que el pago de las cuotas obrero-patronales deberán liquidarse en mensualidades vencidas, a más tardar el día 17 del mes siguiente. En caso de que el patrón omita el pago u opte por realizarlo después de la fecha límite, tendrá que generar una nueva línea de captura desde el SUA. Deberá actualizar el SUA, seleccionar la fecha de pago y en automático, se arrojará el nuevo monto actualizado con los recargos correspondientes.  Conoce la nueva versión del SUA 3.6.1 A partir del 3 de febrero de 2021, el Seguro Social dio a conocer la nueva versión del SUA, es la 3.6.1. ¿Quieres conocer las novedades de esta nueva versión? En primer lugar se hicieron actualizaciones de logotipos del INFONAVIT y del IMSS en reportes y pantallas. Dentro de las mejoras en la nueva versión del SUA 3.6.1 están: La validación de la correcta captura del salario mínimo SM, Unidad de Medida y Actualización (UMA) y valor INFONAVIT UMI vigentes a la fecha Actualización correcta del salario mínimo en SUA Ajuste de nómina de personal con descuento Infonavit Actualización del monto de la UMA en el SUA  Actualización de los factores de recargos para periodos de julio de 1997 a diciembre 2020   Actualización del salario mínimo Desde el 1ro de enero de 2025, se informó sobre el incremento salarial en la Zona libre de la Frontera Norte así como en la Zona Nacional, quedando los nuevos incrementos salariales mínimos en: Zona libre de la frontera norte (Baja California, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas): De $374.89 MXN a $419.88 MXN Zona General: De $248.93 MXN a $278.80 MXN  Por lo anterior, todos los patrones con más de 5 colaboradores, obligados a usar el SUA, debieron de haber actualizado los nuevos importes en dicho programa. De no haberlo hecho, podría resultar en errores de cálculo y posibles multas. Para actualizar el SUA en cuanto a los nuevos montos del salario mínimo, se deben seguir estos pasos: Abrir el SUA para capturar Usuario y Contraseña Localizar en el menú en el lado izquierdo el rubro Actualizar y dar clic en Salarios Mínimos Al desplegarse la siguiente ventana, señalar la fecha de inicio en formato DD/MM/AAAA, que deberá ser 1o de enero de 2025. Se ingresa el nuevo salario mínimo de acuerdo a la zona correspondiente Actualizar   Actualización del UMA La UMA es la unidad de cuenta, base, medida o referencia para determinar el importe del pago de las obligaciones y supuestos de las leyes federales así como disposiciones jurídicas. Para poder dar de alta a nuevos colaboradores, dentro del SUA, el patrón deberá de contar con los importes mínimos del salario. A partir del 1ro de febrero de 2025, el valor de la UMA queda en $113.14 MXN. La importancia de la UMA radica en que en materia de Seguridad Social, nos ayuda a determinar la cuota del: Seguro de enfermedades y maternidad de prestaciones en especie Establecer el límite máximo del salario base de cotización SBC   Para actualizarlo, deberás: Ingresar al SUA con tu usuario y contraseña En el menú izquierdo dentro del rubro Unidad de Medida y Actualización, seleccionar Actualizar UMA Dentro de la ventana Catálogo de Unidad de Medida y Actualización, se anota la fecha de inicio, que deberá ser 01/02/2025. Se señala el valor de la UMA con el importe de $113.14 MXN Actualizar El SUA te solicitará guardar la información Después, verifica que el monto sea correcto así como la fecha   ¿Por qué necesito asesoría para el SUA del IMSS? Una de las principales razones para tener una asesoría sobre la correcta gestión del SUA es evitar multas y recargos por errores humanos debido a cálculos erróneo o una carga de datos que no son reales. Aunque el SUA es un programa que busca que los patrones cumplan con sus obligaciones ante el IMSS y aportaciones ante INFONAVIT y su uso es abierto para quien tenga más de 5 colaboradores, los errores humanos y una mala gestión pueden verse siempre presentes. Existen alternativas para el manejo del SUA, puedes tener una asesoría con una empresa experimentada en la materia, maquila de nómina o softwares de nómina. Con la asesoría de una empresa como Consolidé, podrás tener: Más tiempo para que tu equipo se enfoque en tu negocio Se puede exteriorizar el servicio de nómina, dejando la tarea con expertos en la materia Acceso al único software de nómina avalado por el IMSS, Control del Seguro Social SICOSS, que puede reemplazar al SUA e IDSE   Conclusión El Sistema Único de Autodeterminación del IMSS es un programa informático útil para los patrones con más de 5 colaboradores. Su uso es obligatorio pero es útil para las empresas al facilitar los trámites en cuanto a pago de aportaciones, cálculos y aportaciones. El SUA nos ayuda a determinar, calcular y emitir la información en cuanto a aportaciones de los conceptos de: cuotas obrero-patronales (Cesantía y Vejez, Seguro para el Retiro y Vejez), cuotas obrero patronales en otros ramos de la Seguridad Social (Enfermedades, Maternidad, Riesgos Laborales, Incapacidad Laboral y Vida, etcétera), aportaciones por parte de patrones por concepto de vivienda y amortización de créditos de trabajadores por el INFONAVIT. El programa SUA ha sufrido actualizaciones en los últimos años y la más reciente versión es la 3.6.1. Consolidé cuenta con el único software de nomina en México que está avalado ofocialmente por el IMSS. Evita multas y recargos, contáctanos.