Category: Planeación Financiera y Fiscal

El pasado 28 de octubre de 2025, el Pleno de la Cámara de Senadores aprobó las iniciativas del Paquete Económico 2026, marcando el inicio de una serie de cambios significativos que impactarán directamente la operación y estrategia de las empresas en el país. Esta Reforma Fiscal busca fortalecer los mecanismos de recaudación, combatir la evasión y la elusión fiscal. Entender a fondo estas modificaciones no es sólo una obligación, sino una necesidad estratégica para garantizar la continuidad del negocio y evitar sanciones. La Reforma introduce mayores facultades para el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ajusta los plazos para la cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) y endurece los criterios para el manejo del Registro Federal de Contribuyentes (RFC). En este artículo, desglosaremos los puntos clave de la aprobación de la Reforma Fiscal 2026, desde los cambios al Código Fiscal de la Federación (CFF) hasta los nuevos gravámenes en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y los ajustes en la Ley Federal de Derechos (LFD).  Resumen de los Cambios Aprobados: Reforma Fiscal 2026 La Reforma Fiscal 2026, aprobada por el Senado como parte del Paquete Económico, introduce un conjunto de modificaciones legislativas con un objetivo claro: reforzar la fiscalización y aumentar la recaudación. Se estima que los ingresos presupuestarios alcancen los 8 billones 721 mil millones de pesos, un incremento de 519 mil millones respecto al cierre de 2025. Esta reforma no es un evento aislado, sino la continuación de un esfuerzo por parte de las autoridades para desmantelar redes de facturación falsa y simulación de operaciones, otorgando al SAT herramientas más robustas para su labor de vigilancia.  Las empresas se enfrentarán a un entorno de mayor escrutinio, donde la diligencia debida en la selección de proveedores y el fortalecimiento de controles internos serán cruciales. La restricción o cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD) se consolida como un riesgo operativo severo, ya que impide la capacidad de facturar y, por ende, de operar. Cambios Clave en el Código Fiscal de la Federación (CFF) El corazón de la Reforma reside en las modificaciones al CFF, diseñadas para cerrar brechas que permitían prácticas de evasión. A continuación, se detallan los cambios más relevantes para las empresas. Mayores facultades para el SAT El SAT ahora posee poderes ampliados para combatir la emisión de comprobantes fiscales falsos. Esto incluye la capacidad de: Negar la inscripción en el RFC: La autoridad podrá negar el registro a personas morales sí su representante legal, socios o accionistas han estado previamente involucrados en la emisión de facturas por operaciones inexistentes, han deducido operaciones simuladas o figuran en las "listas negras" del artículo 69-B del CFF. Fortalecimiento recaudatorio: Se habilitan nuevas facilidades, como el pago en parcialidades en materia aduanera, para incentivar el cumplimiento voluntario. Tipificación de nuevos delitos: Se expanden los supuestos de contrabando y se tipifican nuevas conductas delictivas relacionadas con la operación de plataformas digitales. Restricción y cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD) Se amplían las facultades del SAT para restringir o cancelar el uso del CSD, una de las herramientas más poderosas de la autoridad para presionar a los contribuyentes. Una restricción temporal puede escalar a cancelación si no se subsanan las irregularidades detectadas, paralizando la capacidad de una empresa para emitir facturas. Esto subraya la importancia de mantener un historial fiscal impecable. Revisión en tiempo real para plataformas digitales Con la adición del Artículo 30-B al CFF, se establece la obligación para los proveedores de servicios digitales de permitir al SAT acceso en línea y en tiempo real a la información de operaciones en sus sistemas.  El SAT ha aclarado que esta medida no constituye espionaje digital, ya que no podrá revisar datos personales de usuarios ni comunicaciones privadas. Su acceso se limitará a información consolidada de operaciones de compra-venta para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones de IVA e ISR. El incumplimiento de esta obligación puede derivar en el bloqueo temporal del acceso al servicio digital en México. Nuevos plazos para la cancelación de CFDI Uno de los cambios más operativos es el ajuste en el plazo para cancelar un CFDI. Ahora, el límite para realizar la cancelación será la fecha en que se deba presentar la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal en el que se emitió el comprobante. Esto obliga a las empresas a tener un proceso de conciliación y corrección de facturas mucho más ágil y riguroso. Criterios más estrictos para el RFC La reforma también endurece los criterios para la depuración del RFC. Se fortalecerán las reglas para suspender o cancelar el registro de contribuyentes que se consideren inactivos, buscando tener un padrón más limpio y confiable. Esto afectará a empresas que, por diversas razones, han dejado de tener operaciones pero no han formalizado su suspensión. Artículos Transitorios en la Ley de Ingresos La Ley de Ingresos de la Federación para 2026 incluye disposiciones transitorias que ofrecen tanto facilidades como reglas específicas para ciertos sectores y situaciones. Acreditamiento de IVA para aseguradoras: Las instituciones de seguros podrán acreditar el IVA que les fue trasladado por bienes o servicios adquiridos hasta el 31 de diciembre de 2024, siempre que estos se destinen al cumplimiento de contratos de seguro. Estímulos fiscales para contribuyentes en verificación: Se otorga un estímulo equivalente al monto del IVA acreditado a aquellos contribuyentes que se encuentren bajo un proceso de verificación sin resolución definitiva y soliciten aplicar el beneficio, o a aquellos que desistan de medios de defensa sobre créditos fiscales ya firmes. Garantía del interés fiscal: Los contribuyentes que interpongan un recurso de revocación a partir del 1 de enero de 2026 tendrán hasta seis meses para constituir la garantía del interés fiscal, contados desde la fecha de presentación del recurso. Reglas sobre cuentas incobrables: Se faculta al SAT para emitir reglas de carácter general que otorguen facilidades administrativas a las instituciones de crédito para comprobar la notoria imposibilidad práctica de cobro de cuentas. Otros Cambios Fiscales Relevantes La Reforma se extiende más allá del CFF, impactando impuestos específicos y derechos federales. Modificaciones a la Ley del IEPS La Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios presenta algunos de los aumentos más notorios: Juegos con apuestas y sorteos: La tasa del IEPS para esta categoría aumenta del 30% al 50%, incluyendo explícitamente los juegos realizados en línea. Impuesto a videojuegos violentos: Se gravará con una tasa del 8% la venta y descarga de videojuegos que contengan contenido de violencia intensa, sangre, contenido sexual, lenguaje fuerte o apuestas con dinero real. Ajustes a tabaco y nicotina: La cuota para cigarros se incrementa de 160% a 200%. Además, se ajusta la tasa ad valorem para bolsas de nicotina del 200% al 100%, y se gravan con un 100% otros productos que contengan nicotina. Impuestos a bebidas azucaradas: Se incrementa la cuota por litro para bebidas con azúcares añadidos. Adicionalmente, se acordó reducir la propuesta inicial de cuota para bebidas con edulcorantes a 1.5 pesos por litro, con el compromiso de que las empresas reduzcan el contenido de azúcar y restrinjan su publicidad dirigida a menores de 16 años. Se exime del IEPS a los sueros orales que contengan exclusivamente glucosa y ciertos electrolitos. Se establece un régimen de transición de cuatro años (2026-2029) para alcanzar la tasa final de IEPS en bebidas azucaradas. Cambios en la Ley Federal de Derechos (LFD) Las modificaciones en esta ley se centran en la actualización de cuotas por servicios gubernamentales: Documentos migratorios: Se proponen ajustes en las cuotas para la obtención de documentos migratorios, incorporando descuentos en ciertas modalidades de residencia temporal y permanente. Acceso a museos y zonas arqueológicas: Se actualizan los derechos por el acceso a sitios culturales a cargo del INAH y el INBAL. Telecomunicaciones: Se realizan alineaciones al marco jurídico vigente para el sector de telecomunicaciones y radiodifusión. Cómo Preparar a tu Empresa para la Reforma Fiscal 2026 Ante un panorama fiscal más exigente, la inacción no es una opción. Las empresas deben adoptar un enfoque proactivo para asegurar el cumplimiento fiscal y mitigar riesgos operativos y financieros. 1. Realiza una auditoría de procesos internos Es fundamental revisar y fortalecer los controles internos. Asegúrate de que cada operación registrada y facturada sea real y esté debidamente documentada para probar su materialidad. Esto incluye desde contratos y órdenes de compra hasta evidencias de entrega de bienes o servicios. 2. Implementa un proceso de validación de proveedores La responsabilidad fiscal se extiende a la cadena de suministro. Implemente un proceso recurrente para validar a sus proveedores, verificando que no se encuentren en las listas publicadas por el SAT de Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS). 3. Mantente actualizado constantemente El entorno fiscal mexicano es dinámico. Es crucial mantenerse al día sobre las reglas misceláneas, criterios normativos y facilidades administrativas que publica la autoridad. Suscribirse a boletines especializados y contar con un aliado estratégico en estrategia fiscal como Consolidé, es clave. 4. Consulta a expertos en planificación fiscal La asesoría de expertos puede ayudar a tu empresa a diseñar e implementar una estrategia fiscal robusta, optimizar la carga tributaria dentro del marco legal y prepararse para cualquier eventualidad. En Consolidé, somos expertos en planificación financiera y fiscal. Nuestro equipo de profesionales se dedica a generar estrategias personalizadas que aseguran el cumplimiento de las obligaciones fiscales de su empresa, al tiempo que maximizan su salud financiera. No espere a que las nuevas disposiciones lo tomen por sorpresa. Contáctanos y descubre cómo podemos ayudarte a preparar a tu empresa para los desafíos y oportunidades de la Reforma Fiscal 2026.
La reforma fiscal propuesta en el Paquete Económico 2026 contempla la adición del artículo 30-B al Código Fiscal de la Federación y ha generado controversia sobre supuestas medidas de espionaje digital por parte de la autoridad fiscal. Es por ello que el pasado 21 de octubre, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) lanzó un comunicado que aclara que la adición propuesta no contempla acciones de espionaje digital de los usuarios, sino se trata de una vigilancia del cumplimiento de obligaciones en plataformas digitales en relación a impuestos. Reforma Fiscal: ¿Qué dice la Propuesta del Artículo 30-B? El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo presentó ante el Congreso de la Unión el Paquete Económico 2026. En éste, se presentaron los Criterios Generales de Política Económica, la Iniciativa de Ley de Egresos de la Federación y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación así como las reformas propuestas al Código Fiscal de la Federación (CFF).  El 17 de octubre de este año, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular las reformas propuestas al CFF, entre ellas la adición del Artículo 30-B que en resumen, dicta: “Revisión en tiempo real a las plataformas digitales [...] establecer la obligación de los prestadores de servicios digitales de permitir a las autoridades fiscales, en forma permanente, el acceso en línea y en tiempo real a la información que obre en sus sistemas o registros, que esté relacionada con las operaciones de los servicios digitales que proporcionen [...] el artículo 1o.-A BIS de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, establece que los contribuyentes residentes en México que proporcionen los servicios digitales en intermediación entre terceros, además de las obligaciones establecidas en la citada Ley, estarán obligados a cumplir con las obligaciones que se refiere el artículo 18-J de la misma. [...] resulta necesario gestionar en forma más eficiente la información de los contribuyentes que realizan operaciones mediante nuevos modelos de economía digital, con la finalidad de mejorar la eficiencia recaudatoria y generar mayor equidad en este gravamen. [...] se requiere un marco que permita a las autoridades fiscales obtener la información suficiente para verificar el cumplimiento de cualquier tipo de obligación de los participantes del sector dentro de la economía nacional. [...] referidos servicios se puedan establecer controles electrónicos que aseguren un cumplimiento adecuado en el pago de impuestos. [...] con el fin de obtener información inmediata de las operaciones que registran, considerando los medios tecnológicos con que cuenta la industria del comercio digital, se propone establecer la obligación de los prestadores de los mencionados servicios digitales de proporcionar la información en línea y en tiempo real de sus operaciones y registros en sus sistemas centrales.  Esta propuesta de adición generó controversias tanto en medios como en el público general por un supuesto espionaje digital. La Posición Oficial del SAT: No Espionaje Digital El SAT, en una tarjeta informativa emitida el 21 de octubre de 2025, estableció claramente que "no hay espionaje digital" y que la medida está enfocada únicamente en la "información fiscal de las plataformas". La reforma propuesta establece que las plataformas digitales deberán permitir a las autoridades fiscales el acceso en línea y en tiempo real, exclusivamente a la información que permita verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales relacionadas con el IVA. Enfatizó el SAT: "En ningún momento se establece que el SAT podrá acceder a la información de los usuarios o a la actividad que tengan en las plataformas, ni mucho menos se incluyen fines de vigilancia a las personas". Alcance Real de la Adición del Artículo 30-B al CFF La adición propuesta permitiría que el SAT tenga acceso en tiempo real a información consolidada de operaciones de compra y venta registradas en las plataformas digitales. Este acceso, según la autoridad fiscal, está limitado exclusivamente a verificar el cumplimiento del pago y retención del IVA. Es importante subrayar que el SAT, según su comunicado, no podrá revisar: Información personal de los usuarios. Contenido de las transacciones individuales. Datos de navegación o comportamiento del consumidor. Comunicaciones privadas entre usuarios. El enfoque se centra únicamente en los ingresos y egresos de las plataformas como entidades comerciales, no en las actividades individuales de los usuarios. ¿Qué Dice la Propuesta de Adición del Artículo 30-B? El texto que propone la adición del Artículo 30-B al Código Fiscal Federal, dentro de la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Reforman, Adicionan y Derogan Diversas Disposiciones del Código Fiscal de la Federación, dicta lo siguiente: “3.6. Revisión en tiempo real a las plataformas digitales Se propone adicionar el artículo 30-B del Código Fiscal de la Federación, para establecer la obligación de los prestadores de servicios digitales de permitir a las autoridades fiscales, en forma permanente, el acceso en línea y en tiempo real a la información que obre en sus sistemas o registros, que esté relacionada con las operaciones de los servicios digitales que proporcionen.  Al respecto, actualmente el artículo 18-B de la del Impuesto al Valor Agregado, dispone que se consideran servicios digitales, los prestados por residentes en el extranjero sin establecimiento en México, cuando dichos servicios son proporcionados mediante aplicaciones o contenidos en formato digital a través de Internet u otra red, fundamentalmente automatizados, pudiendo o no requerir de una intervención humana mínima, siempre que por los mismos se cobre una contraprestación. Dichos servicios consisten en la descarga o acceso a diverso contenido conocido como streaming, los de intermediación entre terceros, clubes en línea y páginas de citas, así como enseñanza a distancia o de test o ejercicios. Por su parte, el artículo 1o.-A BIS de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, establece que los contribuyentes residentes en México que proporcionen los servicios digitales en intermediación entre terceros, además de las obligaciones establecidas en la citada Ley, estarán obligados a cumplir con las obligaciones que se refiere el artículo 18-J de la misma. Ahora bien, derivado del aumento considerable en los últimos años de los servicios digitales regulados en la Ley del Impuesto al Valor Agregado, resulta necesario gestionar en forma más eficiente la información de los contribuyentes que realizan operaciones mediante nuevos modelos de economía digital, con la finalidad de mejorar la eficiencia recaudatoria y general mayor equidad en este gravamen.  Lo anterior cobra gran importancia, dado que estos modelos de negocio no solo tienen impacto en el ámbito fiscal y aduanero, sino también económico y tecnológico y, por tanto, se requiere un marco que permita a las autoridades fiscales obtener la información suficiente para verificar el cumplimiento de cualquier tipo de obligación de los participantes del sector dentro de la economía nacional.  Ahora bien, para formular la presente propuesta se ha considerado la tecnología que utilizan las plataformas de servicios digitales, toda vez que derivado de las características de su operación posibilita que en los referidos servicios se puedan establecer controles electrónicos que aseguren un cumplimiento adecuado en el pago de impuestos. Por ello, con el fin de obtener información inmediata de las operaciones que registran, considerando los medios tecnológicos con que cuenta la industria del comercio digital, se propone establecer la obligación de los prestadores de los mencionados servicios digitales de proporcionar la información en línea y en tiempo real de sus operaciones y registros en sus sistemas centrales.  Por lo cual, se propone establecer en el Código Fiscal de la Federación la obligación de los prestadores de los servicios digitales de permitir a las autoridades fiscales, en forma permanente, el acceso en línea y en tiempo real a la información que obre en sus sistemas o registros que esté relacionada con las operaciones de los servicios digitales que proporcionan.  Para tales efectos, con la finalidad de cumplir con la garantía de legalidad y seguridad jurídica, que establece el artículo 16 Constitucional, el Servicio de Administración Tributaria sería el encargado de establecer las características o especificaciones de los registros y sistemas de cómputo, mediante reglas de carácter general, a efecto de facilitar a los prestadores de servicios digitales la aplicación de la norma. Cabe señalar que dicha atribución no delega ningún tipo de facultad legislativa a favor del Servicio de Administración Tributaria, ya que, al emitir reglas generales de carácter técnico-operativo, únicamente se daría agilidad, prontitud, firmeza y precisión a los actos de aplicación de la norma expedida por el Congreso de la Unión. Es importante destacar que la presente obligación no transgrede de manera alguna lo previsto en el artículo 16 Constitucional, toda vez que su implementación no constituye una acto de fiscalización, sino un simple medio de control en la recaudación a cargo de la autoridad fiscal, que no implica intrusión al domicilio de los prestadores de servicios digitales, al ser una obligación formal que deben cumplir a efecto de que la autoridad hacendaria cuente de forma inmediata con información veraz sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Por otra parte, actualmente en la Ley del Impuesto al Valor Agregado se prevé que en el caso de que los prestadores de servicios digitales incumplan con las obligaciones consistentes en inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes, designar un representante legal y proporcionar un domicilio en territorio nacional y tramitar su firma electrónica avanzada, así como cuando las plataformas digitales de intermediación, omitan realizar el pago del impuesto o el entero de las retenciones y la presentación de las declaraciones de pago e informativas, dará lugar a que se bloquee temporalmente el acceso al servicio digital del prestador de los servicios digitales. Dicho bloqueo se realizará por conducto de los concesionarios de una red pública de telecomunicaciones en México, una vez agotado el procedimiento que se prevé para tales efectos. En congruencia con lo anterior, se considera conveniente proponer a esa Soberanía que ante el incumplimiento de la obligación de los prestadores de los servicios digitales de permitir a las autoridades fiscales el acceso en línea y en tiempo real a la información que obre en sus sistemas o registros, que esté relacionada con las operaciones de los servicios digitales que proporcionen, se establezca también la sanción del bloqueo temporal antes mencionado, mismo que deberá realizarse en los términos de los artículos 18-H BIS a 18-H QUINTUS de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Lo anterior, en virtud de que el incumplimiento de esta obligación generaría consecuencias similares a las que genera el incumplimiento de las obligaciones mencionadas anteriormente para efectos del impuesto al valor agregado." Por otro lado, en términos de la fracción I del artículo 42 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones le corresponde el formular y conducir las políticas de inclusión digital, gobierno digital, informática, tecnologías de la información, comunicación y telecomunicaciones de la Administración Pública Federal. Por ello, se considera conveniente establecer que las autoridades fiscales celebrarán convenios con dicha Agencia a efecto de coadyuvar en materia informática y de tecnologías de la información para la gestión tecnológica, o para el análisis de datos, derivado de la obligación que se propone establecer a las plataformas digitales, con la finalidad de establecer una colaboración entre ambas autoridades que permita contar con información suficiente para el adecuado control de las obligaciones fiscales de las mencionadas plataformas.” Alineación con Estándares Internacionales Esta reforma no es una medida aislada del gobierno mexicano. Las modificaciones se alinean con los criterios internacionales establecidos por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) para la regulación de economías digitales. Diversos países han implementado medidas similares para garantizar que las empresas digitales cumplan con sus obligaciones fiscales, especialmente aquellas que operan sin establecimiento físico permanente. Anticipa y Asesórate con Expertos en Cumplimiento Fiscal La propuesta de adición del Artículo 30-B al Código Fiscal de la Federación demuestra la creciente complejidad del entorno tributario, especialmente para las empresas que operan en la economía digital. Más allá del debate, la realidad es que las regulaciones fiscales están en constante evolución y mantenerse al día es fundamental para garantizar el cumplimiento y evitar sanciones.  Contar con un aliado estratégico especializado en reformas fiscales y cumplimiento tributario te facilitará operar con certeza y seguridad jurídica. Un experto puede traducir la complejidad de la ley en acciones claras y estratégicas, permitiéndote enfocarte en el crecimiento de tu negocio.En Consolidé, ofrecemos la experiencia y el soporte que tu empresa necesita para anticipar y gestionar estos desafíos. Permítenos ser tu guía en el panorama fiscal actual. Contáctanos.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer el pasado 20 de octubre de 2025 los criterios de programación de auditorías para el ejercicio fiscal 2026. La medida forma parte de una estrategia de transparencia proactiva que busca establecer condiciones equitativas en el cobro de contribuciones y brindar mayor certidumbre jurídica a los contribuyentes mexicanos. La autoridad fiscal ha dejado claro su enfoque: sólo se auditará a aquellos contribuyentes identificados con conductas de alto riesgo relacionadas con la evasión o elusión fiscal. El SAT anunció más de 16,200 auditorías programadas para 2026. Marco Legal y Objetivos del SAT Las auditorías fiscales se realizan conforme al Artículo 42 del Código Fiscal de la Federación (CFF), que faculta a la autoridad tributaria para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. El SAT ha adoptado un enfoque preventivo y basado en datos para identificar incumplimientos antes de que representen pérdidas significativas para el erario público. Los objetivos principales de estas auditorías incluyen: Combatir la evasión y elusión fiscal de manera rigurosa y apegada a la ley. Garantizar que todos los contribuyentes cumplan con sus obligaciones tributarias. Promover un sistema de recaudación transparente y equitativo. Proteger los recursos públicos destinados al desarrollo nacional. Durante 2024, el SAT logró recaudar $1 billón MXN a través de la regularización de contribuyentes mediante auditorías y eficiencia en la recaudación tributaria. Esta cifra representó un incremento real del 33% comparado con 2023. Indicadores de Riesgo para Auditorías El SAT ha establecido criterios específicos para identificar a los contribuyentes con mayor probabilidad de incumplimiento fiscal. Estos indicadores de riesgo están diseñados para detectar comportamientos que sugieren evasión o prácticas fiscales irregulares. Conductas de Alto Riesgo La autoridad fiscal considera las siguientes situaciones como señales de alerta: Operaciones con empresas factureras o nomineras: Realizar transacciones con Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS), entidades legalmente constituidas que emiten facturas por operaciones inexistentes para evadir impuestos. Pérdidas fiscales recurrentes: Presentar pérdidas de manera constante sin justificación económica razonable puede indicar manipulación en la declaración de ingresos. Simulación o abuso de deducciones: Declarar deducciones que no corresponden a operaciones reales o que exceden los límites establecidos por la ley. Ingresos no declarados: Obtener ganancias que no se reportan al SAT, evitando así el pago de impuestos correspondientes. Abuso de estímulos fiscales: Utilizar incentivos tributarios de manera indebida o fuera del propósito para el cual fueron creados. No pagar retenciones de empleados: Omitir el entero de retenciones de impuestos sobre la renta y otras contribuciones correspondientes a los trabajadores. Operaciones con paraísos fiscales: Realizar transacciones con jurisdicciones de baja o nula tributación sin la debida justificación y documentación. Solicitud de devoluciones improcedentes: Intentar obtener saldos a favor ilegales mediante la presentación de información falsa o manipulada. Tasa efectiva de impuestos inferior al sector: Pagar un porcentaje significativamente menor de impuestos en comparación con empresas similares en la misma industria. Indicadores Específicos para Comercio Exterior Para los contribuyentes involucrados en operaciones de importación y exportación, el SAT ha definido criterios adicionales: Inconsistencias entre las cantidades importadas o compradas y lo efectivamente vendido. Importación de productos con precios notoriamente inferiores al valor de mercado. Incumplimiento de regulaciones o restricciones no arancelarias establecidas por las autoridades. Durante el cierre del cuarto trimestre de 2024, las administraciones de Auditoría de Comercio Exterior solicitaron 738 suspensiones del padrón de importadores, lo que representó un incremento del 84% respecto a 2023. Áreas Específicas: Criterios de Programación de Auditorías 2026 El SAT ha priorizado ciertas áreas de enfoque para sus auditorías de 2026, basándose en el análisis de riesgos y patrones de incumplimiento detectados en años anteriores. Grandes Contribuyentes Las empresas clasificadas como grandes contribuyentes representan apenas el 0.02% del universo total de contribuyentes (15,873 empresas), pero enfrentarán un escrutinio más intenso. Se programarán aproximadamente 1,200 auditorías para este segmento, lo que equivale al 6.3% de este grupo. Estas organizaciones suelen manejar volúmenes importantes de operaciones y, por tanto, cualquier irregularidad puede tener un impacto significativo en la recaudación fiscal. Pequeños y Medianos Contribuyentes Aunque representan el mayor número de contribuyentes (66,809,431), sólo el 0.02% será auditado, totalizando aproximadamente 12,000 revisiones. El SAT aplicará criterios de selección basados en las conductas de riesgo previamente mencionadas para identificar a quienes requieren verificación. Comercio Exterior Este sector recibirá atención especial con 3,000 auditorías programadas, representando el 2.5% de los 116,467 contribuyentes registrados en actividades de comercio internacional. Las auditorías se enfocarán en detectar subfacturación, triangulación de operaciones y otras prácticas irregulares comunes en importaciones y exportaciones. Esta continuidad en la fiscalización del comercio exterior forma parte del Plan Maestro que el SAT implementó desde 2024. Implicaciones para Contribuyentes y Empresas La publicación anticipada de los criterios de auditoría representa una oportunidad para que los contribuyentes evalúen proactivamente su situación fiscal. Las empresas deben tomar medidas preventivas para garantizar el cumplimiento total de sus obligaciones tributarias. Importancia de las Auditorías Internas Realizar auditorías internas periódicas permite a las organizaciones: Identificar posibles inconsistencias antes de que la autoridad fiscal las detecte. Corregir errores involuntarios en declaraciones y registros contables. Documentar adecuadamente todas las operaciones y deducciones. Asegurar que las retenciones de empleados se calculen y enteren correctamente. Verificar que las operaciones con terceros estén debidamente soportadas. Planeación Financiera y Fiscal Estratégica Una planeación fiscal adecuada va más allá del simple cumplimiento. Implica: Estructura fiscal óptima: Organizar las operaciones de manera que se aprovechen legalmente los beneficios fiscales disponibles sin caer en prácticas de elusión. Documentación robusta: Mantener registros detallados y completos que soporten cada operación, especialmente aquellas que involucren deducciones, estímulos fiscales o transacciones internacionales. Capacitación continua: Asegurar que el personal responsable de las funciones fiscales y contables esté actualizado con las últimas disposiciones legales y criterios del SAT. Asesoría especializada: Contar con el apoyo de expertos en materia fiscal que puedan identificar áreas de riesgo y proponer soluciones preventivas. Revisión de operaciones con terceros: Verificar que los proveedores y clientes estén al corriente con sus obligaciones fiscales y no figuren en listas de empresas con operaciones simuladas. Fortalece tu Cumplimiento Fiscal con Consolidé El anuncio del SAT sobre los criterios de auditoría 2026 subraya la necesidad de mantener prácticas fiscales transparentes y bien documentadas. Las empresas que adopten un enfoque proactivo hacia el cumplimiento tributario podrán evitar sanciones y procesos de fiscalización complejos, sino que también contribuirán a un sistema fiscal más justo para todos. En Consolidé, entendemos los desafíos que enfrentan las empresas mexicanas en materia de cumplimiento fiscal y gestión de nómina. Nuestros servicios integrales de asesoría en planeación financiera y fiscal están diseñados para ayudarte a: Evaluar tu situación fiscal actual frente a los criterios de riesgo del SAT. Implementar controles internos que garanticen el cumplimiento continuo. Optimizar tu estructura fiscal dentro del marco legal vigente. Preparar documentación adecuada que respalde todas tus operaciones. Gestionar eficientemente las obligaciones relacionadas con la nómina y retenciones. No esperes a ser sujeto de una auditoría para revisar tus prácticas fiscales. Contáctanos.
El panorama fiscal en México podría tener cambios sustanciales para el siguiente año. El pasado 17 de octubre, la Cámara de Diputados aprobó en lo general y lo particular las reformas al Código Fiscal de la Federación 2026. Las reformas propuestas marcan un punto de inflexión en la lucha contra la evasión fiscal y la simulación de operaciones. Las reformas propuestas al CFF 2026, que se han turnado al Senado de la República, buscan fortalecer la recaudación y cerrar las brechas que han permitido prácticas indebidas. Para las empresas y contribuyentes, comprender estos cambios es fundamental para asegurar el cumplimiento y evitar sanciones. En este artículo, detallaremos a fondo las propuestas de reformas fiscales para 2026, explicando su contexto, los cambios clave y el impacto que tendrán en las operaciones diarias de las empresas. Antecedentes Durante años, las autoridades fiscales han combatido esquemas de evasión sofisticados, principalmente a través de las llamadas Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS) y las Empresas que Deducen Operaciones Simuladas (EDOS).  Como respuesta, la mesa directiva de la Cámara de Diputados presentó el pasado 8 de septiembre la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones al Código Fiscal de la Federación.  Las reformas al Código Fiscal de la Federación 2026 surgen como una respuesta directa para reforzar los mecanismos de control. El objetivo es claro: desmantelar las redes de facturación falsa (“factureras”), evitar la creación de empresas fantasma y asegurar que cada comprobante fiscal respalde una operación real y tangible.  Dichas reformas propuestas dotan al Servicio de Administración Tributaria (SAT) de mayores facultades y controles de vigilancia fiscal. Posibles Cambios en el Código Fiscal de la Federación para 2026 Las modificaciones propuestas al CFF 2026 son extensas y abarcan múltiples artículos. A continuación, se detallan los cambios más significativos que afectarán directamente a los contribuyentes. 1. Negativa de Inscripción en el RFC Una de las medidas más contundentes es la facultad que se otorga al SAT para negar la inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a personas morales. Esta negativa procederá si se detecta que su representante legal, socios o accionistas han participado previamente en empresas involucradas en: Emisión de facturas por operaciones inexistentes (EFOS). Deducción de operaciones simuladas (EDOS). Incumplimiento al desvirtuar la restricción temporal de su sello digital. Figurar en las listas del artículo 69-B del CFF. Esta medida preventiva busca cortar de raíz la creación de nuevas empresas fantasma. 2. Requisitos de Validez para los CFDI La reforma establece de manera explícita que un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) sólo será válido si ampara operaciones existentes, verdaderas y reales. Cualquier CFDI que no cumpla con esta condición será considerado falso. La emisión, adquisición o uso de estos comprobantes no sólo carecerá de efectos fiscales, sino que también constituirá un delito, endureciendo las consecuencias para quienes participen en estos esquemas. Webinar "Blinda tu empresa con Materialidad" Asegura el soporte de tus operaciones | Consolidé 3. Garantía de Audiencia para Receptores de Comprobantes Falsos Los contribuyentes que hayan dado efectos fiscales a un CFDI considerado como falso (EDOS) tendrán un plazo de 30 días hábiles para corregir su situación fiscal, presentando las declaraciones complementarias correspondientes. Si no lo hacen, el SAT podrá restringir temporalmente su Certificado de Sello Digital (CSD). Esta propuesta está asociada al Artículo 17-H Bis, el cual ampliaría esecenarios de restricción. El endurecimiento del Artículo 17-H Bis tendría un impacto total en las operaciones de las empresas porque sin sello digital, no se pueden emitir factura. En este sentido, los contadores y asesores fiscales tendrán que anticiparse, prevenir riesgos y asegurar la congruencia entre los estados financieros, CFDIs emitidos así como declaraciones. No obstante, se reconoce un periodo de aclaración de hasta 40 días hábiles para que el contribuyente pueda desvirtuar las irregularidades. 4. Duración de las Visitas Domiciliarias Para dar mayor certeza jurídica, se establece que las visitas domiciliarias para verificar la autenticidad de los comprobantes fiscales tendrán una duración máxima de 24 días hábiles. Este plazo comenzará a contar desde la entrega de la orden de visita. El objetivo es agilizar los procedimientos de comprobación y evitar que se extiendan de manera indefinida. 5. Publicación de Contribuyentes Emisores de Facturas Falsas El SAT publicará en su portal y en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el nombre y RFC de los contribuyentes que hayan emitido comprobantes fiscales falsos. Esta medida busca transparentar y alertar a otros contribuyentes sobre las empresas que realizan estas prácticas ilegales, fortaleciendo el control social sobre la evasión fiscal. 6. Facultad de la Autoridad para Presentar Querellas Parte de las reformas al Código Fiscal Federal 2026 es en relación a la facultad de la autoridad para presentar querellas. Es decir, habilita a las autoridades fiscales para presentar querellas penales en contra de los contribuyentes que se determine que han emitido comprobantes fiscales falsos. Esto alinea el CFF con el artículo 19 de la Constitución, que califica la defraudación fiscal y la facturación falsa como delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa. Los posibles cambios son: Negación de inscripción al RFC a personas morales vinculadas con operaciones inexistentes o simuladas. Validación de comprobantes fiscales: Deben amparar operaciones reales, contrario, se considerarán falsos. Nuevas facultades de comprobación: Procedimientos expeditos como las visitas domiciliarias específicas para la suspensión de facturación de contribuyentes que emitan comprobantes presuntamente falsos. 7. RESICO-PF sin Obligación de Declaración Anual La reforma propuesta (Artículo 17-H Bis), elimina la referencia a la obligatoriedad de presentación de la Declaración Anual en caso de las personas físicas dentro de RESICO. Sin embargo, mantiene la causal de restricción por omitir las declaraciones provisionales o definitivas.  8. Infracciones aduaneras por incumplimiento de controles de inventarios En el caso de las empresas dedicadas a la importación y exportación de bienes, las reformas al CFF 2026 proponen infracciones aduaneras por omisión de documentos o incumplimiento de controles de inventarios. En caso de omisión o incumplimiento, la autoridad tendría motivos suficientes para congelar el sello digital.  9. Garantizar que el SAT valide la identidad de los contribuyentes Esta reforma propuesta está asociada al Artículo 17-F del CFF. Se busca eliminar el extracto “así como el de la verificación de identidad de los usuarios” y garantizar que el SAT valide la identidad de los contribuyentes al generar o usar la firma electrónica. Asimismo, se busca evitar que terceros tengan acceso a información sensible y consolidar a la autoridad como la única responsable del resguardo de los datos. Impacto en Empresas y Contribuyentes Estas reformas, de aprobarses, tendrían un impacto profundo en la forma en que las empresas gestionan sus obligaciones fiscales y sus relaciones comerciales. Mayor debida diligencia: Las empresas deberán ser mucho más cuidadosas al elegir a sus proveedores. Será crucial verificar que sus socios comerciales no se encuentren en las "listas negras" del SAT para evitar recibir comprobantes de operaciones simuladas que pongan en riesgo su propia situación fiscal. Fortalecimiento de controles internos: Será indispensable robustecer los controles internos para asegurar que toda operación registrada y facturada sea real y esté debidamente documentada. La carga de la prueba sobre la materialidad de las operaciones recaerá, como hasta ahora, en el contribuyente. Riesgo de restricción de CSD: La restricción del Certificado de Sello Digital representa un riesgo operativo severo, ya que impide la facturación. En la práctica, paraliza la operación del negocio. Corregir la situación fiscal dentro de los plazos establecidos será vital para evitar esta consecuencia. Navegando el Nuevo Entorno Fiscal Ante este panorama, la preparación y la asesoría fiscal experta son más importantes que nunca. Los contribuyentes deben adoptar un enfoque proactivo para adaptarse a las nuevas disposiciones y minimizar riesgos. Audita tus procesos de facturación: Revisa tus políticas y procedimientos internos para garantizar que cada CFDI emitido y recibido tenga el soporte documental que acredite la materialidad de la operación. Verifica a tus Proveedores: Implementa un proceso de validación recurrente de tus proveedores, consultando las listas publicadas por el SAT para confirmar que no están catalogados como EFOS. Mantente actualizado: El entorno fiscal está en constante cambio. Es fundamental estar al tanto de las reglas, criterios y facilidades que publiquen las autoridades para asegurar un cumplimiento continuo. Busque Asesoría Profesional: Contar con el respaldo de expertos en planeación fiscal puede marcar la diferencia entre un cumplimiento exitoso y enfrentar contingencias costosas. Prepara a tu Empresa para el Futuro Fiscal Las reformas al Código Fiscal de la Federación 2026 que han sido propuestas representan un esfuerzo significativo por parte de las autoridades para combatir la evasión fiscal. Estas medidas implican mayores responsabilidades y una vigilancia más estricta para los contribuyentes. La clave para navegar con éxito este nuevo paradigma es la anticipación y la adopción de buenas prácticas corporativas fiscales. No esperes a que una revisión del SAT ponga en jaque su operación. En Consolidé, ofrecemos servicios de asesoría y consultoría en Planeación Financiera y Fiscal, diseñados para ayudar a su empresa a cumplir con la normativa vigente y optimizar tu carga tributaria de manera legal y segura.  Contáctanos para preparar su negocio y enfrentar con confianza los desafíos del futuro fiscal.
A partir del 1 de octubre de 2025, las reglas para las transferencias bancarias en México cambiarán con la introducción del Monto Transaccional del Usuario (MTU). Esta nueva regulación, impulsada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), tiene como objetivo principal reforzar la seguridad de las operaciones digitales y reducir la creciente incidencia de fraudes. La implementación será gradual, con una fase inicial a partir del 1 de octubre de 2025. Sin embargo, se volverá obligatoria para todos los usuarios de la banca a partir del 1 de enero de 2026. Para las empresas, especialmente las pequeñas y medianas (PYMES), comprender y adaptarse a este cambio es crucial para garantizar la continuidad de sus operaciones monetarias y proteger sus finanzas.  ¿Qué es el Monto Transaccional del Usuario (MTU)? El Monto Transaccional del Usuario (MTU) es un límite máximo personalizado que cada usuario de la banca establece para la cantidad de dinero que puede transferir diariamente a través de los canales de banca digital, como aplicaciones móviles y portales web. El MTU ha sido impelemntado por la CNBV como un esquema de seguridad. Su función principal es actuar como una barrera de seguridad. Si una transacción excede el límite que has configurado, el banco está obligado por ley a solicitar un segundo factor de autenticación para validar la operación. Este paso adicional, que puede ser un código enviado por SMS, una notificación en la app o una llamada, dificulta que los delincuentes completen transferencias fraudulentas, incluso si han logrado obtener tus credenciales de acceso. El Impacto Directo del MTU en las Empresas Para las personas físicas con actividad empresarial y las PYMES, la implementación del MTU presenta desafíos operativos que no deben pasarse por alto. El principal problema radica en el límite predeterminado que los bancos aplicarán (basado en el historial) si el usuario no configura su propio MTU. Este monto por defecto se ha fijado en 1,500 UDIS, lo que equivale a aproximadamente $12,800 pesos mexicanos diarios. Aunque esta cantidad puede ser suficiente para las transacciones personales cotidianas, a menudo resulta insuficiente para las necesidades de un negocio. Las operaciones que podrían verse afectadas incluyen: Pagos a proveedores: Muchas empresas realizan pagos diarios a proveedores que superan los $12,800 pesos. Sin un MTU ajustado, estos pagos podrían ser rechazados, causando retrasos y afectando la relación con los socios comerciales. Transferencias recurrentes: El pago de nóminas, rentas de locales comerciales o cuotas de créditos son ejemplos de transferencias programadas que podrían fallar si exceden el límite predeterminado. Recepción de pagos: Si un cliente intenta realizar una transferencia a tu cuenta por un monto superior a tu límite de MTU, la operación podría ser rechazada, generando inconvenientes y afectando tu flujo de caja. Para evitar estas interrupciones, es fundamental que las empresas revisen sus patrones de transacciones y ajusten proactivamente su MTU a un nivel que cubra sus necesidades operativas diarias. Prevención de Fraudes y la Responsabilidad del Usuario El MTU está diseñado para ser una herramienta de protección. Al establecer un límite bajo, el usuario reduce el riesgo de grandes pérdidas en caso de que su cuenta sea comprometida. Sin embargo, esta medida también transfiere una parte de la responsabilidad de la seguridad al cliente. Configurar un MTU adecuado es un acto de corresponsabilidad. Si un usuario entrega voluntariamente sus claves o autoriza una operación por engaño (phishing), sigue siendo parcialmente responsable del fraude. No obstante, si el banco procesa una transferencia que excede el MTU configurado sin solicitar el segundo factor de autenticación, la institución financiera deberá asumir la responsabilidad y reembolsar los fondos no autorizados.  Por ello, la configuración del MTU puede ser un factor determinante en la resolución de disputas por cargos no reconocidos. Cumplimiento Normativo y las Obligaciones de los Bancos La regulación de la CNBV surge como respuesta directa al aumento superior al 50% en fraudes digitales durante los últimos cinco años. Por ello, la normativa no sólo se enfoca en el usuario, sino que también impone obligaciones claras a las instituciones bancarias. Los bancos deben proporcionar a sus clientes medios accesibles y sencillos para configurar y modificar su MTU a través de sus aplicaciones y plataformas digitales. Además, la regulación contempla protecciones especiales para usuarios en situación de vulnerabilidad, como adultos mayores o personas con discapacidad. Estos usuarios pueden autodeclararse ante su banco para recibir atención personalizada, monitoreo proactivo y acceso a campañas de educación financiera para prevenir abusos. ¿Tiene el MTU implicaciones fiscales? Aunque el MTU no es una medida fiscal directa, su implementación puede tener un efecto indirecto en la transparencia financiera. Al registrarse un límite para las transacciones, se crea una capa adicional de datos que podría ser utilizada por las autoridades fiscales, como el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Las operaciones que superen montos significativos (por ejemplo, los $12,800 pesos mencionados) podrían ser catalogadas como inusuales. Esto no significa que automáticamente generarán una auditoría, pero sí podrían ser seleccionadas para un seguimiento aleatorio por parte del SAT si se detectan patrones de gasto o ingresos que no coinciden con las declaraciones del contribuyente. Por tanto, el MTU contribuye a un ecosistema financiero más transparente. ¿Qué Pasa si no Configuras tu MTU a Tiempo? La fecha límite para configurar voluntariamente el MTU es el 30 de septiembre de 2025. Si para el 1 de enero de 2026 un usuario no ha establecido su propio límite, el banco aplicará de forma automática el monto predeterminado de aproximadamente $12,800 pesos diarios. La consecuencia más inmediata será el rechazo de cualquier transferencia enviada o recibida que exceda ese límite. Como advierte Laura Becerra Rodríguez, presidenta de la Comisión Técnica de Finanzas del Colegio de Contadores Públicos de México en El Financiero, "si a alguien le depositan $15,000 pesos y no ha hecho el cambio del MTU, le van a detener la transferencia; no va a pasar". ¿El MTU Aplica para Todas las Entidades Financieras? Es importante destacar que, por el momento, la obligación de implementar el MTU aplica exclusivamente a las instituciones de banca múltiple. Esto significa que las FINTECH y las Sofipos, no están obligadas a adoptar esta medida regulatoria. Prepárate para el Cambio La llegada del MTU representa un paso importante hacia un sistema financiero digital más seguro en México. Para las empresas, es una llamada a la acción para revisar sus procesos y tomar el control de su seguridad financiera. Ignorar esta nueva disposición puede llevar a interrupciones operativas, problemas de flujo de caja y complicaciones innecesarias en pagos como la nómina. Te recomendamos tomar medidas inmediatas para entender tus flujos de dinero y configurar un MTU que se alinee con las necesidades de tu negocio. No esperes hasta el último momento. Accede a la aplicación de tu banco, define tu límite transaccional y asegura que tus operaciones sigan funcionando sin contratiempos.
El pasado 15 de septiembre, el Poder Ejecutivo envió al Senado de la República una iniciativa para reformar la Ley de Amparo. En esta se propone cambios profundos al juicio de amparo, agilización de procesos, suspensiones con nuevos límites y más. Pero, ¿qué más propone la Reforma a la Ley de Amparo y cuál sería su impacto en las empresas?   Cabe recalcar que la iniciativa también busca reformar la Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. ¿Qué es la Ley de Amparo? Históricamente, el juicio de amparo ha sido el principal instrumento para que cualquier persona o empresa se defienda de leyes o actos de autoridad que violen los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales. Su importancia radica en su capacidad para equilibrar el poder del Estado y proteger a los gobernados. Desde 1947 hasta la fecha, la Constitución ha sido reformada once veces en esta materia, casi siempre para ampliar los derechos y facilitar el acceso a la justicia. Para las empresas, el amparo es una herramienta estratégica que permite: Suspender actos de autoridad: A través de la medida cautelar de la suspensión, se puede paralizar temporalmente un acto (como una clausura, una multa o el bloqueo de cuentas) mientras un juez resuelve si dicho acto fue legal. Impugnar leyes inconstitucionales: Permite a las empresas cuestionar normas que afecten desproporcionadamente sus operaciones o derechos. Proteger la propiedad y la libertad económica: Sirve como defensa contra expropiaciones indebidas, regulaciones arbitrarias o cualquier acción que limite la actividad empresarial sin un sustento legal adecuado. Un Vistazo a las Reformas Propuestas La iniciativa busca, según su texto, hacer el juicio de amparo más ágil, simple y accesible. No obstante, introduce cambios sustanciales que podrían limitar su alcance actual. A continuación, se resumen las modificaciones clave: Restricciones a la Suspensión La suspensión, el "escudo" protector del amparo, enfrentaría nuevas limitaciones importantes. No procederá la suspensión para permitir la operación de empresas que carezcan de permisos o concesiones, o si estos han sido revocados. Se prohíbe expresamente la suspensión provisional en casos de bloqueo de cuentas por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) relacionados con presunto lavado de dinero. Solo se podrá obtener una suspensión definitiva si se demuestra la procedencia lícita de los fondos. Los actos relacionados con la deuda pública no podrán ser suspendidos, al considerarse un asunto de interés nacional. Se establece que las suspensiones contra normas generales no tendrán efectos generales, individualizando la protección únicamente para quien promueve el juicio. Materia Fiscal y Actos de la UIF La reforma endurece las reglas en el ámbito fiscal y financiero. Una vez que un crédito fiscal sea firme, no se podrá utilizar el recurso de revocación o el juicio contencioso administrativo para impugnar los actos de cobro. Se restringe drásticamente la suspensión contra el bloqueo de cuentas ordenado por la UIF, argumentando que este recurso se ha utilizado para liberar grandes sumas de dinero de procedencia presuntamente ilícita. Plazos para Resoluciones Para combatir los retrasos procesales, la Reforma establece plazos concretos para actuaciones que antes no los tenían. El más destacado es la imposición de un límite máximo de 60 días naturales para que un juez emita la sentencia del juicio de amparo, buscando agilizar la impartición de justicia. Nueva Definición de Interés Legítimo La Reforma busca añadir la definición del concepto de Interés Legítimo (del Artículo 5), con base en lo establecido por la SCJN. Redefine los requisitos para promover un amparo, exigiendo que la persona o empresa acredite un perjuicio real, actual y diferenciado.  Digitalización de Procedimientos Se formaliza la opción de presentar demandas y promociones mediante firma electrónica, con la misma validez que los documentos físicos. Se creará un expediente digital a la par del físico, y aunque su uso será opcional para los particulares, se obligará a todas las autoridades a contar con un usuario en el Portal de Servicios en Línea del Poder Judicial. Impacto Potencial para las Empresas Estos cambios presentan un escenario de doble filo para el sector empresarial, con desafíos significativos y algunos beneficios puntuales. Desafíos y Riesgos Limitada capacidad para impugnar actos de autoridad: La restricción de las suspensiones, especialmente en materia fiscal y financiera, debilita la principal herramienta de defensa de las empresas. El SAT o la UIF podrían ejecutar sus actos de manera inmediata, causando un daño económico difícil de reparar, incluso si la empresa gana el juicio posteriormente. Mayor dificultad para obtener medidas cautelares: La facultad ampliada de los jueces para negar suspensiones si consideran que afectan el "interés social" o el "orden público" introduce un elemento de discrecionalidad que genera incertidumbre jurídica. Individualización de la defensa: Al eliminar los efectos generales de las suspensiones, cada empresa deberá iniciar su propio juicio de amparo, incluso contra leyes ya declaradas inconstitucionales. Esto encarece y atomiza la defensa legal, colocando la carga económica y procesal sobre el ciudadano. Beneficios Potenciales Procesos legales más eficientes: La fijación de un plazo máximo de 60 días para dictar sentencia y la estandarización de otros términos procesales prometen reducir los largos tiempos de espera que caracterizan a muchos juicios de amparo. A la par, se proponen 5 días para realizar la notificación de la admisión de recursos de revisión o amparos directos. Reducción de cargas administrativas: La digitalización de los procedimientos puede agilizar las notificaciones y la presentación de escritos, simplificando la logística legal y reduciendo costos asociados a la gestión de documentos físicos. Mayor certidumbre por plazos claros: Saber que existe un límite de tiempo para obtener una resolución puede ayudar a las empresas en su planeación financiera y estratégica. Recomendaciones para las Empresas Ante este panorama, la proactividad es fundamental. Las empresas no pueden permitirse esperar a que las reformas entren en vigor para actuar. Se recomienda tomar las siguientes medidas: Revisar y fortalecer las estrategias legales: Es crucial analizar cómo las nuevas reglas de suspensión e interés legítimo podrían afectar los litigios actuales y futuros de la empresa. Las estrategias de defensa deberán adaptarse a un entorno donde obtener medidas cautelares será más complejo. Reforzar los programas de cumplimiento (Compliance): Con un "escudo" de amparo debilitado, la prevención se vuelve más importante que nunca. Asegurarse de que todas las operaciones cumplen rigurosamente con la normativa fiscal, financiera y regulatoria minimiza el riesgo de enfrentar actos de autoridad adversos. Asesoría legal especializada: Contactar con asesores legales para comprender a fondo las implicaciones de la reforma es un paso indispensable. Un análisis personalizado permitirá a cada empresa identificar sus vulnerabilidades específicas y diseñar un plan de acción a medida. En Consolidé, podemos brindarle la asesoría legal corporativa que necesita. Consolidé, tu Aliado Estratégico ante el Cambio La iniciativa de Reforma a la Ley de Amparo representa uno de los cambios más significativos en el sistema de justicia mexicano en años recientes. Si bien busca modernizar y agilizar los procedimientos, también plantea serios desafíos para la defensa de los derechos de las empresas.Mantente informado y prepárate para esta posible Reforma. En Consolidé, entendemos la complejidad de este entorno y estamos listos. Contáctanos para obtener una asesoría legal corporativa.
El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo Federal de México presentó el Paquete Económico 2026 ante el Congreso de la Unión. Esta propuesta establece las bases tributarias y presupuestarias para el próximo ejercicio fiscal. Es importante comprender que se trata de una propuesta sujeta a debate y posibles modificaciones por parte de la Cámara de Diputados y el Senado. Sin embargo, las empresas deben prepararse desde ahora para los cambios potenciales que podrían impactar significativamente sus operaciones y estrategias de precierre fiscal. El paquete incluye los Criterios Generales de Política Económica, la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, además de reformas propuestas al Código Fiscal de la Federación y otras leyes tributarias. En Consolidé nos dimos a la tarea de reunir las actualizaciones y los cambios propuestos más importantes que pueden impactar a las empresas en términos fiscales, de seguridad social y contables. Proyección de Ingresos Tributarios: 8.7 Billones de Pesos La Ley de Ingresos de la Federación 2026 estima recaudar 8.7 billones de pesos en ingresos tributarios. Esta cifra mantiene al ISR como la principal fuente de recursos, seguido del IVA y el IEPS. Un aspecto particularmente relevante es el incremento proyectado de más del 62% en impuestos al comercio exterior, lo que refleja una estrategia de reforzamiento aduanero. Esta medida sugiere un enfoque más estricto en el control de importaciones y exportaciones. La estructura de ingresos se distribuye de la siguiente manera: ISR: Principal fuente de recaudación. IVA: Segunda fuente más importante. IEPS: Tercera fuente de ingresos. Impuestos al comercio exterior: Con incremento significativo del 62% Programa de Regularización Fiscal: Oportunidad para PYMES Una de las medidas más relevantes para las pequeñas y medianas empresas es el programa de regularización que permite condonar el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución. Este beneficio aplica para contribuyentes que: No superen ingresos de 300 millones de pesos en 2024. Cuenten con créditos fiscales firmes. Soliciten el beneficio antes del 31 de octubre de 2026. Restricciones del programa de regularización: No es acumulable para efectos del ISR. Excluye a quienes ya recibieron condonaciones masivas previas. No aplica para contribuyentes en listas negras del SAT. Esta medida representa una última ventana de regularización para empresas medianas y personas físicas con actividad empresarial, ofreciendo una oportunidad valiosa para sanear pasivos fiscales. Si tu organización se encuentra en esta situación, en Consolidé podemos ayudarte a regularizar. Contáctanos. Flexibilización para Fondos de Capital Privado Extranjero El paquete propone flexibilizar los requisitos para que fondos de capital privado extranjeros accedan al régimen de transparencia fiscal. Esta medida: Facilita la entrada de inversión extranjera a México. Fomenta la inversión en proyectos productivos. Abre oportunidades de financiamiento para empresas nacionales. Refuerza la atracción de capital extranjero. Esta flexibilización busca posicionar a México como un destino más atractivo para la inversión internacional, especialmente en sectores productivos. Nuevas Tasas de Recargos en Pagos Diferidos La propuesta del Paquete Económico ajusta las tasas aplicables cuando los contribuyentes difieren créditos fiscales, estableciendo un sistema escalonado basado en el plazo de diferimiento: Prórroga simple: 1.38% mensual. Hasta 12 meses: 1.42% mensual. De 12 a 24 meses: 1.63% mensual. Más de 24 meses: 1.97% mensual. Este esquema incentiva la regularización rápida de adeudos, ya que el costo de diferir pagos con el SAT puede resultar más oneroso que acudir a financiamiento bancario. Las empresas deben evaluar cuidadosamente sus estrategias de flujo de efectivo. Ampliación del Régimen de Retenciones en Plataformas Digitales El régimen de retenciones se extiende a personas morales que operen en plataformas digitales, estableciendo diferentes tasas según el estatus del contribuyente: Para personas morales con RFC válido: 4% de ISR 8% de IVA Para personas morales sin RFC válido: 20% de ISR 16% de IVA Para operaciones con no residentes o depósitos en cuentas extranjeras: 16% de IVA Esta medida busca eliminar esquemas de evasión y obliga a mantener el RFC en regla. Las empresas que operan en plataformas digitales deben asegurar el cumplimiento de estos requisitos para evitar retenciones elevadas que afecten su liquidez. Supervisión en Tiempo Real de Plataformas Digitales Se establece la obligación para plataformas digitales de otorgar al SAT acceso directo y en tiempo real a sus sistemas. Esta disposición permite: Fiscalización inmediata y constante Reducción de márgenes para simular operaciones Prevención de retrasos en reportes Las empresas que operen como plataformas digitales deben preparar sus sistemas tecnológicos para cumplir con estos nuevos requerimientos. Medidas Reforzadas Contra Operaciones Inexistentes El combate a las operaciones inexistentes se endurece significativamente. El SAT tendrá facultades ampliadas para: Negar la inscripción al RFC a empresas vinculadas con empresas factureras. Restringir inmediatamente el sello digital por uso de comprobantes falsos. Validar que los CFDI respalden operaciones reales con sustancia económica. Nuevas disposiciones sobre CFDI: Plazo límite para cancelación: hasta el mes de presentación de la declaración anual del ISR. Facultades ampliadas del SAT para suspender y cancelar RFC inactivos. Suspensión automática si en tres ejercicios no se presentan declaraciones ni se emiten CFDI. Cancelación definitiva si la omisión se prolonga cinco ejercicios. Continuidad de Beneficios para Sectores Estratégicos El Paquete Económico 2026 mantiene diversos estímulos fiscales dirigidos a sectores clave de la economía mexicana. Estos beneficios ofrecen continuidad y certidumbre a industrias estratégicas: Beneficios energéticos y de transporte: Acreditamiento del IEPS en diésel, biodiésel y combustibles fósiles. Acreditamiento de hasta el 50% en cuotas de peaje. Sector editorial y cultural: Deducción adicional del 8% en libros, periódicos y revistas. Sector minero: Acreditamiento del derecho especial sobre minería para empresas con ingresos menores a 50 millones de pesos. Sector energético: Exención de derechos en la importación de gas natural. Estos incentivos representan una señal de estabilidad para las industrias beneficiadas, aunque su peso recaudatorio es menor frente al endurecimiento de otras medidas fiscales. Modificaciones al IEPS: Nuevas Cuotas y Tasas El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios experimentará cambios significativos: Bebidas saborizadas: Cuota de 3.0818 pesos por litro (incluyendo edulcorantes no calóricos). Tabacos labrados: Tasa ad valorem del 200% (incremento desde 160%). Ajuste gradual de cuota hasta 2030. Tabacos hechos a mano: Tasa del 32% (incremento desde 30.4%) Nuevos gravámenes: Videojuegos violentos: 8% ad valorem. Apuestas: 50% ad valorem (incremento desde 30%). Impacto en el Precierre Fiscal 2025 Las empresas deben considerar el impacto potencial de estas medidas en sus actividades de precierre fiscal. Aunque el paquete aún requiere aprobación legislativa, es recomendable: Evaluar posiciones fiscales actuales: Revisar créditos fiscales pendientes de regularización. Analizar la conveniencia de acogerse al programa de condonación. Validar la sustancia económica de operaciones y CFDI. Planificar estrategias de cumplimiento: Asegurar que el RFC esté en regla y activo. Implementar controles internos para validar operaciones reales. Preparar sistemas para posibles requerimientos de supervisión en tiempo real. Optimizar flujos de efectivo: Evaluar el costo-beneficio de diferir pagos fiscales. Considerar alternativas de financiamiento ante las nuevas tasas de recargos. Preparándose para los Cambios: La Importancia de la Asesoría Especializada El Paquete Económico 2026 presenta tanto desafíos como oportunidades para las empresas. La complejidad de las nuevas disposiciones y su impacto potencial en las operaciones empresariales requieren una planificación cuidadosa y asesoría especializada. Es fundamental recordar que estas son propuestas sujetas a debate y posibles modificaciones en el Congreso. Sin embargo, la preparación anticipada permitirá a las empresas adaptarse eficientemente a los cambios finales que se publiquen en el DOF. La implementación exitosa de estas medidas requerirá una comprensión profunda de sus implicaciones técnicas y estratégicas. Las empresas que actúen proactivamente estarán mejor posicionadas para aprovechar los beneficios disponibles y minimizar los riesgos asociados. Prepárate para tu precierre fiscal considerando las propuestas del Paquete Económico 2026. Nuestro equipo de contadores y expertos fiscales puede ayudarte a navegar estos cambios y optimizar tu posición tributaria. Contáctanos para conocer cómo nuestros servicios de planeación financiera, fiscal y contabilidad empresarial pueden beneficiar a tu organización.
El último trimestre del año representa un momento crucial para cualquier empresa en México. Es durante este periodo cuando se debe realizar el precierre fiscal 2025, una práctica que puede marcar la diferencia entre un cierre exitoso y consecuencias negativas en las finanzas. Este proceso estratégico permite identificar oportunidades de mejora y prevenir riesgos antes de que sea demasiado tarde. Un precierre fiscal bien ejecutado no sólo garantiza el adecuado cumplimiento de las obligaciones fiscales como la Declaración Anual, sino que también proporciona información valiosa para la toma de decisiones estratégicas. Las personas morales que implementan este proceso, pueden obtener ventajas significativas en términos de flujo de efectivo, planificación fiscal y optimización de recursos. La presentación de la Declaración Anual es una obligación tanto para personas físicas como morales. Sin embargo, esperar hasta el último momento puede resultar en errores costosos que activen las facultades de comprobación de la autoridad fiscal. ¿Qué es el Precierre Fiscal? El precierre fiscal es un corte parcial que se realiza durante el último trimestre del ejercicio fiscal del año en curso para identificar aspectos clave que pueden impactar positiva o negativamente las finanzas empresariales. Este proceso permite una revisión exhaustiva de la situación contable y fiscal antes del cierre definitivo del ejercicio. Durante esta evaluación, se analizan todos los elementos que conformarán la Declaración Anual, desde ingresos acumulables hasta deducciones autorizadas. El objetivo principal es detectar inconsistencias, errores u omisiones que puedan corregirse oportunamente. Esta práctica se fundamenta en el principio de anticipación, permitiendo que las empresas se preparen adecuadamente para cumplir con sus obligaciones fiscales conforme a las normativas vigentes establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta. Importancia del Precierre Fiscal 2025 ¿Por qué desde los expertos fiscales y contables recomendamos realizar el precierre fiscal 2025? A continuación te explicamos: Preparación anticipada de la Declaración Anual Realizar el precierre fiscal permite preparar con tiempo suficiente toda la documentación necesaria para la Declaración Anual ante el SAT. Esta preparación anticipada reduce significativamente el riesgo de errores y omisiones que pueden generar multas o sanciones. Predicción del resultado fiscal El análisis temprano permite conocer si la empresa tendrá utilidades o pérdidas durante el ejercicio. Esta información es fundamental para planificar estrategias fiscales que optimicen la carga tributaria dentro del marco legal. Planificación del flujo de efectivo Al prever el impuesto sobre la renta (ISR) que se pagará el ejercicio siguiente, las personas morales pueden planificar mejor su flujo de efectivo. Esto evita problemas de liquidez y permite tomar decisiones financieras más informadas. Beneficios Estratégicos del Precierre Fiscal Estos son los beneficios de anticipar tu cierre fiscal: Análisis de rentabilidad El precierre fiscal 2025 permite conocer si habrá utilidades o pérdidas durante el ejercicio. Lo anterior permite evaluar la efectividad de las estrategias comerciales implementadas.  Proyección del Coeficiente de Utilidad Con el precierre fiscal es posible determinar de forma anticipada el Coeficiente de Utilidad. Esto facilita la planificación de pagos provisionales del ejercicio siguiente, optimizando el flujo de efectivo y evitando pagos excesivos o insuficientes. Validación de saldos contables El precierre fiscal 2025 permite verificar que las cifras contables presenten saldos correctos en cuentas por pagar a proveedores o acreedores. Esta validación es esencial para mantener la integridad de la información financiera. Conciliación de CFDIs Realizar la conciliación anticipada de CFDIs de ingresos y gastos mes a mes asegura que toda la documentación fiscal esté en orden. Con el precierre fiscal puedes predecir discrepancias que generen observaciones por parte de la autoridad fiscal. Determinación de PTU Conocer un aproximado de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades permite planificar este importante derecho de tus empleados y así presupuestar adecuadamente los recursos necesarios. Aspectos Clave a Considerar en el Precierre Fiscal Estos son algunos de los aspectos clave a considerar al momento de planificar o realizar tu precierre fiscal 2025: Aspectos contables La revisión contable debe incluir la validación de todos los registros, desde las operaciones diarias hasta los ajustes de fin de período. Es fundamental verificar que los estados financieros reflejen fielmente la situación económica de la empresa. Si la empresa maneja inventarios, debe validarse meticulosamente el registro de compras, productos y costo de lo vendido. Evita cualquier discrepancia en estas cuentas ya que puede afectar significativamente el resultado fiscal. Aspectos fiscales La revisión fiscal debe contemplar el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias, incluyendo la correcta determinación de ingresos acumulables y deducciones autorizadas según lo establecido en la LISR. Es esencial verificar que todos los ingresos se hayan registrado conforme al artículo 17 de la LISR, considerando los diferentes supuestos de acumulación como la emisión de comprobantes fiscales o la entrega material de bienes. Aspectos legales La revisión legal debe asegurar que todas las operaciones cumplan con la normatividad vigente. Esto incluye la verificación de contratos, convenios y cualquier documento que pueda tener implicaciones fiscales. En Consolidé no sólo somos líderes en consultoría empresarial fiscal y contable, también contamos con un grupo experto en materia legal que puede validar y revisar que todos tus procesos se estén realizando acorde a las normativas vigentes. Aspectos operacionales Los procesos operativos deben evaluarse para identificar oportunidades de mejora que puedan impactar positivamente los resultados fiscales. Esta revisión puede revelar eficiencias operativas que reduzcan costos y mejoren la rentabilidad. Determinación Técnica de Elementos Fiscales Si ya estás listo para empezar tu precierre fiscal 2025, no olvides los siguientes elementos fiscales: Cálculo de ingresos acumulables Los ingresos deben determinarse considerando todos los supuestos establecidos en la legislación fiscal, incluyendo ajustes por inflación, dividendos percibidos, estímulos fiscales y fluctuaciones cambiarias. Análisis de deducciones autorizadas Las deducciones deben revisarse exhaustivamente para asegurar que cumplan con todos los requisitos legales. Esto incluye desde gastos operativos hasta deducciones de inversión calculadas conforme a los porcentajes máximos autorizados. Ajuste anual por inflación El cálculo del ajuste anual por inflación requiere especial atención, ya que puede representar un elemento significativo en la determinación del resultado fiscal. Este cálculo debe realizarse conforme a los artículos 44, 45 y 46 de la LISR. Maximiza tus Resultados con un Precierre Fiscal 2025 Exitoso  El precierre fiscal 2025 representa una oportunidad invaluable para optimizar la posición fiscal de tu empresa y tomar decisiones estratégicas basadas en información confiable. Las organizaciones que implementan esta práctica de manera sistemática obtienen ventajas competitivas significativas en términos de planificación financiera y cumplimiento fiscal. La clave de un cierre fiscal exitoso inicia con este proceso. Anticípate, realiza los ajustes necesarios cuando aún hay tiempo y corrige cualquier inconsistencia detectada. Una planificación adecuada puede marcar la diferencia entre un cierre fiscal adecuado o problemas costosos ante la autoridad fiscal. En Consolidé, nuestro equipo de expertos contables y fiscales está preparado para apoyarte en la realización de un precierre fiscal 2025. Contáctanos para asegurar el éxito financiero de tu organización y optimizar tu cumplimiento fiscal para el 2025.
Gestionar una empresa en México también implica cumplir con una serie de obligaciones fiscales establecidas por distintos marcos legales. Y este cumplimiento está bajo supervisión de distintas autoridades fiscales, entre ellas el Servicio de Administración Tributaria (SAT). El incumplimiento de las obligaciones puede derivar en costosas multas y sanciones que afectan la operación y reputación de tu negocio. A continuación, desglosamos cinco claves para mantener a tu empresa libre de SAT multas.  1. Conoce tus Obligaciones Fiscales  El primer paso para evitar multas es entender cuáles son las obligaciones fiscales específicas de tu empresa. Esto incluye registros ante el SAT, declaraciones de impuestos, emisión de comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) y envío de información contable, entre otras.  Para empresas medianas y grandes, las siguientes responsabilidades son clave: Cumplir con los plazos para la declaración anual o mensual de impuestos. Reportar correctamente las transacciones de partes relacionadas. Inscribirse y mantener actualizado el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).  Consejo práctico: Capacita regularmente a tu equipo de contabilidad en normativas fiscales actualizadas. 2. Asegúrate de Cumplir con la Facturación Electrónica  El uso correcto de la facturación electrónica es uno de los aspectos más vigilados por el SAT. Emitir CFDIs que no cumplan con los requisitos o no cancelarlos en los tiempos establecidos puede ocasionar multas sustanciales.  Puntos clave a considerar: Revisa que cada factura contenga información precisa, como los datos fiscales correctos y el uso de CFDI correspondiente. Cancela los comprobantes fiscales que no sean válidos dentro de los plazos indicados. Verifica los requisitos de complemento de pago y el uso de esquemas como las nóminas electrónicas.  Estrategia preventiva: Implementa un sistema de emisión y validación de facturas electrónicas para evitar errores humanos. Además, realiza auditorías regulares para detectar inconsistencias.  3. Mantén Actualizada tu Información ante el SAT  Cambiar de domicilio fiscal, abrir una nueva sucursal o modificar la estructura societaria requiere que informes de inmediato al SAT. No hacerlo, o hacerlo fuera de los plazos, puede resultar en multas que van desde cantidades moderadas hasta valores significativos dependiendo de la infracción.  Acción recomendada: Diseña un protocolo interno para garantizar que cualquier cambio en la operación de tu negocio sea notificado al SAT de manera oportuna. Esto puede incluir designar un responsable administrativo para monitorear dichas obligaciones.  No olvides que la autoridad correspondiente puede enviarte una carta invitación, no la ignores. 4. Optimiza la Presentación de Declaraciones Fiscales  Las declaraciones fiscales incompletas, con errores o presentadas fuera de plazo están entre las principales causas de multas en empresas grandes.  Para prevenir problemas: Realiza simulacros previos como los pre-cierres fiscales en los que revises las métricas fiscales de manera interna para garantizar la exactitud.  Atiende cualquier requerimiento o notificación oficial que recibas por parte de la autoridad fiscal en los plazos establecidos. Usa software especializado que valide automáticamente los cálculos y la captura de datos antes de enviar tus declaraciones. Recomendación: Contrata asesoría fiscal profesional para revisar tus declaraciones y corregir cualquier posible error antes de su presentación oficial.  5. Invierte en Auditorías Fiscales Preventivas  Adoptar una postura proactiva ante las revisiones fiscales significa evaluar periódicamente si tu empresa cumple con las normativas vigentes. Las auditorías fiscales internas o de terceros expertos pueden identificar debilidades y blindar tus procedimientos contables.  Beneficios de esta práctica: Identificación temprana de irregularidades que puedan dar lugar a SAT multas. Reducción de riesgos ante procedimientos de comprobación o auditorías externas. Preparación adecuada para el cumplimiento de normativas internacionales si operas fuera de México.  Sugerencia adicional: Programa auditorías especialmente después de cambios en las leyes fiscales o antes de cierres importantes como el ejercicio fiscal anual.  SAT Multas: Sanciones más Comunes Ahora que ya conoces las claves para evitar SAT multas, conoce las razones por las cuales puedes hacerte acreedor a estas sanciones y a cuánto podría ascender su monto. 1. No presentar las declaraciones fiscales en tiempo y forma  Razón: Incumplir con los plazos establecidos para la declaración de impuestos mensuales, anuales o informativas.  Multa: Entre $1,810.00 y $22,400.00, dependiendo de la declaración omitida.  2. Declaraciones incompletas o con errores  Razón: Presentar declaraciones con datos inexactos, incompletos o errores administrativos.  Multa: De $1,340.00 a $18,360.00 por irregularidades detectadas, dependiendo de su gravedad o tipo de declaración.  3. No emitir o entregar comprobantes fiscales digitales (CFDI)  Razón: No expedir facturas electrónicas o hacerlo sin cumplir con los requisitos fiscales.  Multa: Va desde $19,700.00 hasta $112,650.00. En caso de reincidencia, puede incluir la clausura temporal de locales.  4. No inscribirse o actualizar el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)  Razón: No registrar nueva información relacionada con actividades, socios, domicilio fiscal o cambios en la estructura corporativa.  Multa: De $4,480.00 a $13,430.00, según el tipo de omisión.  5. No llevar la contabilidad conforme a la ley  Razón: Omitir registros contables completos o no cumplir con la normativa que establece el Código Fiscal de la Federación (CFF).  Multa: Desde $1,960.00 hasta $19,530.00, pudiendo incrementarse por reincidencias graves.  6. Incumplir con la facturación electrónica y complementos  Razón: No incluir los complementos de pago, nómina o cualquier requisito adicional en los CFDI emitidos.  Multa: Entre $450.00 y $670.00 por cada comprobante con errores.  7. Registrar operaciones con errores en las relaciones con partes relacionadas  Razón: Fallar en el reporte de actividades comerciales con partes relacionadas, especialmente en operaciones internacionales.  Multa: Oscila entre $2,260.00 y $6,780.00 por cada operación no registrada o incorrecta.  8. No actualizar el buzón tributario  Razón: No registrar o mantener actualizada la información de contacto requerida en el buzón tributario.  Multa: De $3,850.00 a $11,540.00, dependiendo de la infracción.  9. No responder a requerimientos de información  Razón: Ignorar las solicitudes de información emitidas por el SAT en tiempos establecidos.  Multa: De $6,780.00 hasta $44,050.00 por cada solicitud no atendida.  10. Realizar operaciones con contribuyentes no autorizados o con irregularidades  Razón: Utilizar comprobantes fiscales emitidos por terceros con irregularidades fiscales o incluidos en listas negras por el SAT.  Multa: Entre un 55% y un 75% del valor de las operaciones correspondientes.  Conclusión  Evitar multas asociadas al SAT no sólo depende de cumplir con lo básico, sino de implementar estrategias sólidas que aseguren el cumplimiento fiscal de principio a fin. Al conocer tus obligaciones fiscales, automatizar procesos clave, mantener actualizada tu información y realizar auditorías preventivas, tu empresa no sólo estará libre de sanciones, sino que también fortalecerá su estabilidad financiera y operativa. Recuerda, las consecuencias de no cumplir con el SAT pueden ser mucho más costosas que tomar medidas preventivas. Invierte en la salud fiscal de tu empresa con un equipo avanzado en planeación financiera y fiscal. En Consolidé somos líderes, contáctanos.
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) ha experimentado reformas al igual que el artículo 400 Bis del Código Penal Federal (CPF). Las reformas fueron aprobadas por la Cámara de Diputados, en lo general y en lo particular, el 30 de junio de 2025. El proyecto pasó al Ejecutivo para su constitucionalidad. Con las nuevas reformas, la también conocida como Ley Antilavado establece un panorama regulatorio que expande las obligaciones a nuevos sectores y fortalece las herramientas de supervisión. Se establecen también las siguientes adiciones y actualizaciones: Nuevas obligaciones de las Actividades Vulnerables Incorporación de la UMA en sustitución al SM Aumento de sanciones por incumplimiento Los sujetos obligados deberán evaluar con un Enfoque Basado en Riesgos Profundiza la obligación de identificar al Beneficiario Controlador en todas las actividades vulnerables Para Personas Morales se hace obligatorio recabar documentación que permita identificar a su Beneficiario Controlador Introducción de la definición de Personas Políticamente Expuestas (PEP) Obligación de reportar avisos de 24 horas en caso de sospecha o indicios de operaciones con recursos de procedencia ilícita Establecimiento de régimen simplificado de identificación para clientes públicos Reformas a la LFPIORPI: Cambios más Importantes Las reformas a la LFPIORPI contemplan modificaciones a los artíuculos 3, 4, 6, 8, 11, 15, 16, 17, 18, 19, 21, 22, 22 Bis, 23, 25, 26, 27, 32, 33 Bis, 33 ter, 33 Quater, 34, 35, 41 Bis, 45, 47, 51, 51 Bis, 51 Ter, 54 Bis y 55 de la Ley, representando una transformación integral del marco normativo. Por otro lado, estas modificaciones también tienen como objetivo alinear al país con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (GAFI), que evaluará el país este mismo año. Propuesta de Modificación al Artículo 400 Bis del Código Penal Federal La Cámara de Diputados, junto con la reforma a la Ley Antilavado, también presentó una propuesta para modificar el artículo 400 Bis del Código Penal Federal (CPF). Su objetivo es investigar, perseguir y combatir delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita. TEXTO ACTUALTEXTO PROPUESTOCódigo Penal Federal    Artículo 400-Bis Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días de multa a quien por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas: adquiera, enajene, administre, custodie, cambie, deposite, dé en garantía, invierta, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, con conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, con alguno de los siguientes propósitos: ocultar o pretender ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bienes, o alentar alguna actividad ilícita.  ……………… En caso de conductas previstas en este artículo, en las que se utilicen servicios de instituciones que integran el sistema financiero, para proceder penalmente se requerirá la denuncia previa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.     Cuando dicha Secretaría, en ejercicio de sus facultades de fiscalización, encuentre elementos que permitan presumir la comisión de los delitos referidos en el párrafo anterior, deberá ejercer respecto de los mismos las facultades de comprobación que le confieren las leyes y, en su caso, denunciar hechos que probablemente puedan constituir dicho ilícito." Código Penal Federal Párrafo primero. Debe decir: "Se impondrá de diez a veinte años de prisión y de cinco mil a diez mil días de multa al que por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas: adquiera, enajene, administre, custodie, cambie, deposite, dé en garantía, invierta, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, con conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, con alguno de los siguientes propósitos: ocultar o pretender ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bienes, o alentar alguna actividad ilícita."  Párrafo cuarto. Debe decir: "En caso de conductas previstas en este artículo, en las que se utilicen servicios de instituciones que integran el sistema financiero, para proceder penalmente se requerirá la denuncia previa de cualquier institución que forme parte de los órganos federales de supervisión bancaria y financiera o de las unidades de investigación de la Procuraduría General de la República." Párrafo quinto. Debe decir:"Cuando dichos entes supervisores o investigadores, en ejercicio de sus facultades de fiscalización, encuentren elementos que permitan presumir la comisión de los delitos referidos en el párrafo anterior, deberá ejercer respecto de los mismos las facultades de comprobación que le confieren las leyes y, en su caso, denunciar y actuar en hechos que probablemente puedan constituir dicho ilícito." ¿Cuáles son las Definiciones Clave de la Nueva Reforma a la Ley Antilavado? Dentro de la Ley Antilavado o LFPIORPI se establecen definiciones clave que debes conocer: Beneficiario Controlador La reforma amplía este concepto para incluir a quien tenga control de una persona moral, aunque no sea cliente directo de quien realiza actividades vulnerables. Esta definición permite mayor trazabilidad en las estructuras corporativas complejas. Cliente o Usuario Se define como cualquier persona física o moral, incluyendo fideicomisos, que celebre actos u operaciones con quienes realizan actividades vulnerables. Esta ampliación incluye específicamente el desarrollo inmobiliario y proyectos de construcción. Riesgo Se establece como la probabilidad de que las actividades vulnerables sean utilizadas para operaciones que actualicen delitos de lavado de dinero o financiamiento a organizaciones criminales. Persona Políticamente Expuesta Incluye a personas físicas que desempeñan o han desempeñado funciones públicas, así como personas relacionadas con ellas. Las características específicas serán definidas por la SHCP en reglas de carácter general. Modificaciones al Concepto de Beneficiario Controlador La reforma fortalece la identificación del beneficiario controlador: Ampliación del alcance: Incluye a quienes ejercen control efectivo, no solo legal Documentación obligatoria: Requiere respaldo documental del control ejercido Actualización periódica: Establece la obligación de mantener información actualizada Estas modificaciones buscan evitar el uso de estructuras corporativas complejas para ocultar la identidad de los verdaderos controladores. Régimen Simplificado para Clientes Públicos Una novedad importante de la reforma a la Ley Antilavado es el establecimiento de un régimen simplificado de identificación para clientes públicos: Beneficios del régimen: Procedimientos de identificación ágiles Reducción de cargas administrativas Mantenimiento de controles de seguridad Requisitos: Verificación de la naturaleza pública del cliente Documentación específica según el tipo de entidad Actualización periódica de la información Organizaciones Sin Fines de Lucro: Nueva Regulación La reforma a la Ley Antilavado también incluye definiciones específicas para organizaciones sin fines de lucro: Criterios de clasificación: Establece parámetros claros para identificar estas organizaciones Obligaciones diferenciadas: Reconoce la naturaleza particular de estas entidades Supervisión especializada: Crea mecanismos de monitoreo específicos Esta regulación busca equilibrar la prevención del lavado de dinero con la protección de organizaciones legítimas. Nuevas Obligaciones de la SHCP La Secretaría de Hacienda y Crédito Público asume responsabilidades ampliadas bajo la nueva reforma: Establecimiento de requisitos para el alta y registro en sistemas electrónicos Coordinación con autoridades de seguridad, incluyendo la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana y la Guardia Nacional Implementación de medidas proporcionales al riesgo identificado Supervisión del cumplimiento de las obligaciones establecidas Estas medidas buscan crear un sistema más robusto de prevención y detección, con mayor coordinación interinstitucional. Programas de Capacitación: UIF y SAT en Acción La reforma establece que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) implementarán programas de capacitación y orientación durante los primeros seis meses posteriores a la entrada en vigor de las reglas generales. Objetivos de los programas: Facilitar el correcto cumplimiento de las obligaciones Proporcionar herramientas prácticas para la implementación Reducir la incertidumbre en la aplicación de la ley Evitar la informalidad por desconocimiento Estos programas son especialmente importantes para las pequeñas y medianas empresas que enfrentan nuevas obligaciones regulatorias. Expansión a Nuevos Sectores La reforma incorpora nuevos sectores a las obligaciones anti lavado como: Desarrolladores Inmobiliarios Proyectos de construcción de inmuebles Fraccionamiento de lotes destinados a venta o renta Operaciones superiores a 210 veces el valor diario de la UMA Proveedores de Activos Virtuales Servicios de intercambio de criptomonedas Custodia de activos virtuales Operaciones superiores a 400 veces el valor diario de la UMA Profesionales Jurídicos Notarios y corredores públicos Servicios de constitución de sociedades Administración de fideicomisos Esta expansión busca cerrar brechas en sectores tradicionalmente vulnerables al lavado de dinero. Sanciones y Multas por Incumplimiento de la LFPIORPI 2025 La reforma endurece el régimen sancionatorio: Multas Incrementadas Sanciones más severas por incumplimiento Gradación según la gravedad de la infracción Consideración de la capacidad económica del infractor Nuevas Causales de Sanción Incumplimiento de obligaciones de capacitación Falta de actualización de información Deficiencias en sistemas de control Procedimientos Sancionadores Agilización de procesos administrativos Mayor coordinación entre autoridades Protección de derechos del debido proceso Impacto en el Sector Empresarial Las reformas tendrán efectos significativos en diversos aspectos del sector empresarial, incluyendo la organización interna, la gestión de recursos y el cumplimiento normativo.  Las empresas o personas morales deberán implementar medidas más estrictas de control interno para garantizar que las nuevas disposiciones se cumplan. Esto podría implicar la necesidad de invertir en tecnología avanzada para mejorar el seguimiento y la trazabilidad de las operaciones comerciales.  Además, será crucial establecer equipos especializados de auditoría que supervisen continuamente los procesos y aseguren que los estándares regulatorios sean respetados de manera efectiva.  Prepárate para las reformas y actualizaciones a la Ley Antilavado, en Consolidé contamos con equipos especializados en planeación financiera y fiscal.