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La Ley de Economía Digital busca que los pagos electrónicos sustituyan gradualmente al efectivo en México, obligando a comercios, instituciones financieras y los tres órdenes de gobierno a habilitar infraestructura digital. Fue aprobada por la Cámara de Diputados con 327 votos y avanza en el Senado.  México está avanzando hacia la modernización de su ecosistema financiero. La Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, presentada por el Ejecutivo federal el 8 de septiembre de 2026 como parte del Paquete Económico 2027, busca obligar a que la infraestructura de pagos que México ya tiene (SPEI, CoDi, DiMo) finalmente se use de forma generalizada. Para los directores de RR.HH, finanzas y nómina que gestionan el cumplimiento normativo de sus organizaciones, este cambio es importante. La digitalización de pagos impacta directamente la forma en que las empresas procesan transacciones, cumplen con trámites gubernamentales y acceden a servicios financieros. Entender esta ley a tiempo permite anticipar ajustes operativos, en lugar de reaccionar bajo presión cuando entre en vigor. En este artículo revisamos qué es la Ley de Economía Digital, qué medios de pago reconoce, cómo afecta a los sectores estratégicos y qué beneficios y desafíos trae consigo para comercios, ciudadanos y gobierno. ¿Qué es la Ley de Economía Digital en México? La Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos es una norma nueva y transversal cuyo objetivo principal es promover la adopción de medios de pago electrónicos y digitales en todo el territorio nacional. No sustituye leyes fiscales como la LISR, la LIVA o el CFF, sino que establece un marco de reglas aplicable a operaciones comerciales y trámites gubernamentales. La Cámara de Diputados aprobó la iniciativa el 6 de octubre de 2026 con 327 votos a favor y el expediente ya fue turnado al Senado, donde las Comisiones Unidas de Economía y de Estudios Legislativos Primera lo avalaron con 19 votos a favor y ocho en contra el 14 de octubre. El dictamen contempla una norma de 22 artículos y cinco transitorios, aplicable tanto a operaciones comerciales entre particulares como a trámites ante los tres órdenes de gobierno. ¿Qué Medios de Pago Reconoce la Nueva Ley? El dictamen enviado por la Cámara de Diputados reconoce como Medios de Pago Digitales y Electrónicos, entre otros, los siguientes: Códigos QR Dispositivos NFC Tarjetas de débito y crédito Transferencias electrónicas, incluyendo SPEI y CoDi, con recepción instantánea de fondos Servicios de domiciliación Plataformas, aplicaciones web y móviles, y otros programas de cómputo que la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones determine Según José Antonio Peña Merino, titular de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), el cobro en comercios podrá realizarse desde el celular, sin comisiones y con recepción instantánea del dinero. ¿La Ley de Economía Digital Elimina el Efectivo en México? No. La presidenta Claudia Sheinbaum ha sido enfática: "No es que 'se vaya a prohibir el efectivo ni mucho menos'". La ley no elimina el efectivo de manera general ni inmediata; cambia las reglas para que los pagos digitales se conviertan en la forma predominante de realizar ciertas operaciones económicas, de manera gradual. El artículo 13 de la iniciativa faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) para determinar los sectores estratégicos y actividades relevantes en los que la aceptación de medios de pago digitales podrá ser la única modalidad ordinaria.  Las gasolineras y las casetas de peaje ya figuran entre las primeras actividades señaladas por la ATDT para avanzar en esta transición, por tratarse de operaciones de alta frecuencia donde ya existe infraestructura tecnológica. De acuerdo con los transitorios de la iniciativa, la SHCP tendrá 15 días hábiles tras la entrada en vigor de la Ley para identificar estos sectores, y las autoridades sectoriales correspondientes contarán con otros 15 días hábiles para emitir las reglas operativas de implementación. ¿Qué Mecanismos de Confianza Digital Introduce la Ley? Para facilitar la contratación remota de servicios financieros, la ley introduce dos mecanismos clave: CURP Digital: Reconocida como mecanismo de confianza para la contratación digital de servicios financieros, sin excluir otros medios de identificación oficial que las personas usuarias puedan elegir libremente. Expediente Digital Ciudadano: Permite que los documentos digitales de una persona produzcan los mismos efectos jurídicos que sus equivalentes físicos. Además, se contempla una Plataforma Nacional de Establecimientos Mercantiles, que simplificará licencias y trámites para comercios, reduciendo de siete licencias a seis avisos y una licencia, según cifras de la ATDT. ¿Qué Obligaciones Tendrán las Empresas y el Gobierno? La ley distribuye responsabilidades entre el sector privado y el público: Proveedores de bienes y servicios: Deberán habilitar la infraestructura necesaria para recibir pagos electrónicos y digitales, e informar a sus clientes qué medios tienen disponibles. Fuera de los sectores designados como estratégicos, esta obligación opera en términos potestativos. Los tres órdenes de gobierno: Deberán aceptar medios de pago digitales en trámites y servicios, habilitar la infraestructura correspondiente y promover su utilización entre la ciudadanía. Instituciones financieras: Quedan obligadas a promover la inclusión financiera, difundir sus productos y facilitar el otorgamiento de crédito, financiamiento y préstamos por medios digitales. Para los equipos de RH y finanzas de empresas medianas, esto implica revisar cómo sus procesos de pago, nómina y trámites administrativos interactúan con proveedores y autoridades que progresivamente exigirán medios digitales. ¿Qué Beneficios se Esperan de la Digitalización de Pagos? Según la Presidencia y la ATDT, los beneficios esperados incluyen: Inclusión financiera: Acceso a cuentas bancarias, generación de historial crediticio y facilidad para obtener crédito más barato. Formalización: Los negocios que reciben pagos digitales generan un registro de ingresos que puede acreditar sus operaciones y reducir las barreras para la formalización. Seguridad y eficiencia: Menor manejo de efectivo, reducción de fraude y operaciones más rápidas. Impulso económico: Facilitación del intercambio comercial entre personas y empresas. La ATDT ha planteado como meta conservadora que los pagos digitales alcancen el 50% de las transacciones durante el primer año de aplicación de la ley, cifra que se espera crezca con el tiempo. ¿Qué Desafíos Enfrenta la Implementación de esta Ley? A pesar del potencial de la ley, los datos disponibles muestran una brecha considerable entre la infraestructura existente y su uso real. Según la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera (ENIF 2024), el 85.2% de los adultos en México paga en efectivo sus compras de hasta 500 pesos y el 73.5% hace lo mismo en compras de mayor monto. En el lado comercial, el 86% de los micronegocios y el 76% de las pequeñas empresas reciben pagos en efectivo, según la Encuesta Nacional de Financiamiento de las Empresas (ENAFIN 2024). Esto no se debe a falta de tecnología: el 76% de los pequeños comerciantes cuenta con teléfono inteligente y el 58% tiene cuenta bancaria, sino a que el retorno de inversión de aceptar pagos digitales no es evidente ni exigido activamente por sus clientes. Otro dato relevante: el 52% de los trabajadores informales carece de acceso a servicios financieros, frente al 11% en el sector formal, lo que limita el historial transaccional necesario para acceder a crédito, ahorro formal y seguros. México Evalúa también señala una tensión jurídica pendiente: el artículo 4 de la Ley Monetaria otorga poder liberatorio ilimitado a los billetes, lo que puede entrar en contradicción con las restricciones de pago digital que la nueva ley propone para ciertos sectores. La organización recomienda armonizar ambos marcos normativos en un plazo de 365 días. ¿Qué Excepciones Contempla la Ley? La iniciativa prevé una excepción operativa por "contingencia": si un evento extraordinario, imprevisto o inevitable impide temporalmente recibir pagos digitales, podrá utilizarse efectivo o cheque. Sin embargo, esta contingencia no podrá invocarse de forma permanente o recurrente para justificar el incumplimiento continuo de la obligación de aceptar pagos digitales. Especialistas como México Evalúa proponen que cualquier restricción al uso de efectivo se condicione a tres garantías verificables:  Ciberseguridad certificada. Capacitación documentada a usuarios y comercios. Cobertura demostrada de conectividad y servicios financieros en la región o sector correspondiente. Lo que esta Ley significa para tu Empresa La Ley de Economía Digital representa un paso fundamental hacia la modernización financiera de México, con un enfoque gradual que busca equilibrar la innovación tecnológica con las realidades del mercado.  Aunque todavía está pendiente su aprobación definitiva en el Senado, las empresas medianas (sus equipos de RH, finanzas y nómin)  tienen una ventana de oportunidad para anticiparse. Revisar cómo se procesan los pagos a proveedores, empleados y autoridades y evaluar si la infraestructura tecnológica actual está lista para una eventual obligatoriedad de medios digitales en sectores estratégicos, son pasos que conviene empezar a dar desde ahora. 
El 8 de septiembre de 2025, el gobierno de México presentó el Paquete Económico 2027. Para empresas, inversionistas y hogares, este paquete marca los parámetros bajo los cuales operarán durante 2027: desde el tipo de cambio esperado hasta los cambios en la deducción del ISR que afectarán directamente el flujo de caja corporativo.  A continuación, en Consolidé revisamos las proyecciones económicas, la estrategia fiscal, las reformas tributarias y los programas sociales que componen este paquete, además de los plazos legislativos que las empresas deben tener en el radar. Puntos clave El gobierno proyecta un crecimiento del PIB de entre 1.5% y 2.5% para 2027, con una inflación objetivo de 3.0% al cierre del año. El gasto público total asciende a 10.63 billones de pesos, mientras que los ingresos presupuestarios se estiman en 9.15 billones de pesos. Las reformas al ISR introducen un mecanismo de estandarización de deducciones con un tope de 96.67% del ingreso y reducen la deducción de intereses netos de 30% a 20% de la utilidad fiscal ajustada. El déficit público se reduce de 4.1% del PIB en 2026 a 3.9% en 2027, mientras la deuda pública se ubica en 55% del PIB. Las empresas deben preparar ajustes contables y fiscales antes de las fechas límite legislativas de octubre y noviembre de 2027. ¿Qué Proyecciones Macroeconómicas Contempla el Paquete Económico 2027? El marco macroeconómico para 2027 anticipa una recuperación moderada respecto a 2026, sustentada en el consumo interno y la inversión en infraestructura. La Secretaría de Hacienda estima un crecimiento real del PIB de entre 1.5% y 2.5%, con un punto medio de 2.05%, superior al rango de 1.0% a 2.0% estimado para 2026. Los principales indicadores macroeconómicos para 2027 son: IndicadorEstimación 2027Referencia 2026Crecimiento real del PIB1.5% - 2.5%1.0% - 2.0%Inflación (cierre de año)3.0%3.5%Tipo de cambio (promedio)17.9 pesos/dólar17.6 pesos/dólarPrecio del petróleo (Mezcla Mexicana)61.8 dólares/barril78.4 dólares/barrilPlataforma de producción petrolera1.8 millones de barriles diarios1.8 millones de barriles diariosDéficit de cuenta corriente0.6% del PIB0.5% del PIB Este escenario asume que el mercado interno y la inversión en infraestructura serán los principales motores de crecimiento. Para empresas con operaciones de comercio exterior, esta combinación de variables implica planear con cautela los costos de financiamiento y las coberturas cambiarias durante el año. ¿Cómo se Distribuye el Gasto Público en el Paquete Económico 2027? El gasto público total programado para 2027 alcanza 10.63 billones de pesos, financiado con ingresos presupuestarios estimados en 9.15 billones de pesos. Esta diferencia se traduce en Requerimientos Financieros del Sector Público (RFSP) equivalentes a 3.9% del PIB, una reducción frente al 4.1% registrado en 2026. Entre los aspectos financieros más relevantes destacan: Deuda pública: Se proyecta en 55% del PIB para 2027. Programas sociales: Reciben una asignación superior a 1 billón de pesos. Pensión para el bienestar de las personas adultas mayores: Cuenta con un presupuesto de 543.5 mil millones de pesos, el rubro social individual más grande del paquete. Esta reducción gradual del déficit responde a un objetivo de consolidación fiscal sin recurrir a nuevos impuestos, lo cual traslada la carga del ajuste hacia una recaudación más eficiente y una fiscalización más estricta. ¿Qué Cambios Fiscales Incluye el Paquete Económico 2027 para las Empresas? A diferencia de paquetes económicos anteriores, el de 2027 no contempla la creación de nuevos impuestos ni el incremento de tasas existentes. En su lugar, la estrategia de Hacienda se concentra en fortalecer la recaudación mediante ajustes técnicos al Impuesto Sobre la Renta (ISR) y controles más estrictos sobre deducciones. ¿Qué modificaciones al ISR deben conocer las empresas? Las reformas al ISR contemplan varios ajustes que afectan directamente la planeación fiscal corporativa: Mecanismo de estandarización de deducciones: Limita las deducciones fiscales a un máximo de 96.67% del ingreso, lo que reduce el margen para disminuir la base gravable mediante deducciones excesivas. Deducción de intereses netos: Se reduce del 30% al 20% de la utilidad fiscal ajustada, un cambio que impacta particularmente a empresas con altos niveles de apalancamiento. Controles sobre pagos al extranjero: Se establecen requisitos más estrictos de temporalidad y documentación para deducir pagos realizados a partes relacionadas en el extranjero. Ajustes a CUFIN y CUCA: Buscan cerrar espacios que permitían prácticas de elusión fiscal mediante el manejo de estas cuentas. Eliminación del régimen opcional de tributación en grupos (ROGS): Este régimen se elimina, con un esquema de cobro diferido del impuesto correspondiente. ¿Qué cambios favorecen a las pequeñas empresas? En sentido contrario a los controles anteriores, el paquete amplía el umbral de ingresos para acceder al régimen de pequeños contribuyentes, que pasa de 3.5 a 5 millones de pesos anuales. Esta modificación permite que más negocios se mantengan dentro de un esquema fiscal simplificado conforme crecen sus operaciones. Para las empresas medianas que enfrentan estos ajustes, contar con un análisis oportuno de su situación fiscal es sumamente importante. Consolidé es tu aliado estratégico para revisar la estructura de deducciones, actualizar el manejo de CUFIN y CUCA y anticipar el efecto de la reducción en la deducción de intereses netos, evitando así cargas fiscales imprevistas o sanciones derivadas de un cumplimiento tardío. ¿Cómo Impulsa el Paquete la Inversión en Infraestructura? Plan México se mantiene como el eje central para posicionar al país dentro de las cadenas de suministro globales. El paquete prioriza el aumento de la inversión en infraestructura física, con un énfasis particular en esquemas de participación privada y mixta que permitan multiplicar el impacto de los recursos públicos. Un componente relevante de esta estrategia es la participación de las SIEFORE (fondos de pensiones) en proyectos productivos: Sector energético: 287.4 mil millones de pesos. Infraestructura: 1.05 billones de pesos. Financiamiento carretero: recursos adicionales orientados a proyectos de conectividad. Esta canalización de recursos de pensiones hacia infraestructura busca, además, elevar el contenido nacional en las exportaciones mexicanas, un objetivo que conecta directamente con la estrategia de Plan México de fortalecer las cadenas productivas locales. ¿Qué Prioridades Laborales y Sociales contempla el Paquete? El Paquete Económico 2027 mantiene la recuperación del salario real y la generación de empleo formal como ejes de la política laboral. Junto con esto, se busca fortalecer el acceso a servicios de salud y pensiones, así como ampliar la estrategia educativa, con particular atención a la educación inicial en zonas rurales. El crecimiento del ingreso de los hogares se identifica como el motor principal para reducir la pobreza y sostener el consumo interno, uno de los pilares de crecimiento contemplados en el marco macroeconómico. Para las empresas, este enfoque tiene implicaciones prácticas en materia de nómina. El fortalecimiento del salario real y la formalización del empleo suelen reflejarse en ajustes a los esquemas de compensación y en un mayor escrutinio sobre el cumplimiento de obligaciones laborales y de seguridad social. En Consolidé ofrecemos a los equipos de recursos humanos y nómina un soporte especializado para mantener el cálculo de nómina alineado con la normatividad vigente, reduciendo el riesgo de errores u observaciones en auditorías. ¿Qué Cambios trae el Sistema de Pensiones? El sistema de pensiones también registra avances relevantes dentro del paquete. Al cierre de junio de 2026, se habían emitido 120,900 nuevas pensiones bajo la Ley del IMSS. Adicionalmente: Comisión promedio de las AFORE: Se reduce a 0.538%. Activos totales en AFORE: Alcanzan 8.95 billones de pesos, equivalentes a 25.2% del PIB. Portabilidad de pensiones: 3,278 personas pensionadas ya cuentan con cobertura entre distintos sistemas de pensión. Seguro catastrófico: Ofrece protección por 595 millones de dólares frente a sismos y huracanes. Estos datos reflejan un sistema de pensiones que continúa expandiendo su cobertura y reduciendo costos para los ahorradores, al mismo tiempo que fortalece los mecanismos de protección financiera ante desastres naturales. ¿Cuál es el Calendario de Aprobación del Paquete Económico 2027? El proceso legislativo para la aprobación del paquete sigue un calendario específico que las empresas deben monitorear, ya que cualquier modificación durante la discusión en el Congreso puede alterar las condiciones fiscales finales: 20 de octubre: Fecha límite para que el Congreso apruebe la Ley de Ingresos de la Federación. 31 de octubre: Fecha límite para la aprobación en el Senado. 15 de noviembre: Fecha límite para la aprobación del Presupuesto de Egresos de la Federación. Durante este periodo, es común que se introduzcan ajustes regulatorios y legislativos adicionales, por lo que las empresas deben mantenerse atentas a cualquier modificación que pueda afectar sus obligaciones fiscales o de nómina antes de que el paquete entre en vigor. ¿Qué Riesgos Enfrenta la Sostenibilidad Fiscal del Paquete? La reducción del déficit de 4.1% a 3.9% del PIB es modesta si se compara con el ritmo de crecimiento económico proyectado. Esta combinación genera una tensión evidente: un crecimiento económico bajo puede complicar los esfuerzos de estabilización de la deuda pública, ya que reduce la capacidad de generar ingresos adicionales sin recurrir a mayor endeudamiento. Otros factores de riesgo incluyen: Dependencia de la inversión privada y mixta para amplificar el impacto de los proyectos de infraestructura pública. Vulnerabilidades externas, derivadas de cambios en el comercio global y de la volatilidad en los precios de materias primas, particularmente del petróleo. Necesidad de reformas sostenidas, ya que sin inversión adicional y ajustes continuos, la sostenibilidad fiscal de mediano plazo podría verse comprometida. Para las empresas, estos riesgos macroeconómicos se traducen en la necesidad de mantener una planeación fiscal y financiera flexible, capaz de adaptarse a escenarios de tipo de cambio, tasas de interés o costos de insumos distintos a los proyectados originalmente. Prepara a tu Empresa para el Paquete Económico 2027 El Paquete Económico 2027 combina una consolidación fiscal moderada con una apuesta por el crecimiento económico y la inversión social, sin recurrir a nuevos impuestos.  Para las empresas, esto significa operar bajo un marco de mayor fiscalización sobre deducciones, ajustes en el ISR y cambios en los umbrales del régimen de pequeños contribuyentes. El éxito de este paquete dependerá de la eficiencia con la que se ejecuten los recursos públicos, de la participación efectiva del sector privado en los proyectos de infraestructura y de que las condiciones internacionales acompañen las proyecciones macroeconómicas planteadas. Las empresas que buscan mantenerse en cumplimiento y optimizar su operación fiscal, contable y de nómina pueden apoyarse en Consolidé. Nuestro equipo de especialistas ayuda a interpretar estos cambios normativos y a traducirlos en procesos internos que evitan multas, recargos y contingencias fiscales, permitiendo que los equipos de finanzas y recursos humanos se enfoquen en el crecimiento estratégico del negocio. Contáctanos.
El Acuerdo 115/2026, publicado en el DOF el 7 de agosto de 2026, reforma de forma integral las Reglas de Carácter General de la LFPIORPI. El cambio central es el abandono del modelo reactivo de reporteo para adoptar un Enfoque Basado en Riesgos (EBR) con implementación gradual entre noviembre de 2026 y 2028. El 7 de agosto de 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo 115/2026, firmado por el Secretario Édgar Abraham Amador Zamora. Con él, las Reglas de Carácter General (RCG) de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) experimentan su reforma más profunda desde su publicación original en 2013. El alcance del cambio es un rediseño del marco regulatorio que alinea a México con los estándares del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI/FATF), trasladando la responsabilidad del cumplimiento desde la presentación formal de avisos hacia la gestión activa y preventiva de riesgos. Para los directivos de cumplimiento, finanzas y legal de las empresas que realizan Actividades Vulnerables, esto implica replantear estructuras, procesos, sistemas y recursos. En este artículo desglosaremos qué cambió, qué nuevas obligaciones introduce el Acuerdo, cuáles son los plazos de implementación y qué pasos debe tomar tu organización hoy para llegar preparada al 30 de noviembre de 2026. ¿Qué es el Acuerdo 115/2026 y Qué Actualiza en la LFPIORPI? Para entender la magnitud del Acuerdo 115/2026, conviene ubicarlo dentro del proceso regulatorio completo.  La LFPIORPI establece qué debe hacerse.  El Reglamento define quién supervisa el cumplimiento.  Las Reglas de Carácter General (que este Acuerdo reforma) determinan cómo cumplir: los criterios técnicos, formatos, plazos y consecuencias del incumplimiento. El Acuerdo 115/2026 modifica ese tercer eslabón de manera estructural: Agrega 11 capítulos completamente nuevos a las RCG. Incorpora 8 nuevas definiciones al Artículo 3 para estandarizar conceptos clave. Deroga 5 disposiciones del marco anterior. El resultado es un sistema de cumplimiento que ya no se mide por la cantidad de avisos presentados, sino por la solidez del modelo de gestión de riesgos que cada entidad obligada diseña, documenta, implementa y audita. Línea de Tiempo: Actualizaciones a la LFPIORPI en 2025 y 2026 El Acuerdo 115/2026 es el resultado de un proceso regulatorio escalonado que conviene conocer para entender la lógica del sistema completo: FechaEvento16 de julio de 2025Reforma a la Ley LFPIORPI publicada en el DOF. Establece las obligaciones de fondo y amplía el alcance de las Actividades Vulnerables.27 de marzo de 2026Publicación del Reglamento de la LFPIORPI reformada. Define los mecanismos de supervisión, los responsables de verificación y los criterios para identificar el riesgo bajo y el Beneficiario Controlador.7 de agosto de 2026Publicación del Acuerdo 115/2026 en el DOF. Establece las Reglas de Carácter General que dictan cómo cumplir: metodologías, formatos, plazos y consecuencias.30 de noviembre de 2026Entrada en vigor general del Acuerdo 115/2026.1 de marzo de 2027Fecha límite para la metodología EBR, actualización del Manual de Políticas Internas y cumplimiento en clasificación de clientes e identificación del Beneficiario Controlador.1 de junio de 2027Los mecanismos automatizados deben estar operativos con datos desde esta fecha.30 de agosto de 2027Lanzamiento de la herramienta PEP 2.0 de consulta de la UIF.Enero-diciembre 2027Primer período de capacitación anual obligatoria.Enero-diciembre 2028Primer período de auditoría anual de cumplimiento.31 de marzo de 2029Fecha límite para la entrega de los primeros reportes de auditoría. De la Presentación de Avisos a la Gestión de Riesgos: ¿Qué Cambia en el Modelo de Cumplimiento? El modelo anterior de la LFPIORPI colocaba el peso del cumplimiento en la presentación oportuna de avisos ante la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) a través del SAT. Era, en esencia, un sistema reactivo: detectar una operación sospechosa y reportarla. El Acuerdo 115/2026 cambia lo anteior. El cumplimiento ahora se construye antes de que ocurra cualquier operación, mediante un sistema preventivo que comprende: Identificación y conocimiento del cliente (KYC reforzado). Evaluación del Beneficiario Controlador (Beneficiario Controlador). Evaluación continua de riesgos por cliente, operación, canal y geografía. Políticas internas documentadas con estándares mínimos obligatorios. Capacitación anual del personal involucrado en el cumplimiento. Sistemas automatizados de monitoreo transaccional. Auditorías independientes anuales con escala de calificación formal. La pregunta ya no es "¿presentamos el aviso a tiempo?", sino "¿tenemos un sistema robusto que identifique, mida y mitigue riesgos de forma continua?". Nuevas Obligaciones Clave del Acuerdo 115/2026 Estas son las nuevas obligaciones del acuerdo 115/2026: Enfoque Basado en Riesgos (EBR) El Capítulo II Quáter del Acuerdo introduce la obligación de diseñar e implementar una metodología documentada de evaluación de riesgos. Esta metodología debe contemplar cuatro elementos mínimos: Actos u operaciones. Tipo de clientes o usuarios. Países y áreas geográficas. Canales de envío o distribución. La metodología debe incorporar indicadores específicos para delitos de terrorismo y operaciones con recursos de procedencia ilícita (artículos 139 Quáter y 400 Bis del Código Penal Federal), y alinearse con la Evaluación Nacional de Riesgos emitida por la UIF. Toda la documentación derivada de este proceso debe conservarse por al menos 10 años. Un punto crítico: si la entidad no cuenta con operaciones previas suficientes, puede iniciar con datos proyectados, pero deberá actualizar la metodología al cumplir los primeros 12 meses de operación. Fecha límite: 1 de marzo de 2027. Clasificación de riesgo de clientes: mínimo tres niveles, revisión semestral El Capítulo III Bis establece la obligación de clasificar a cada cliente en al menos tres niveles de riesgo: bajo, medio y alto. Esta clasificación debe revisarse y actualizarse cada seis meses, y los sistemas automatizados de la entidad deben ejecutar este modelo de evaluación de forma continua, conservando el registro histórico de modificaciones por al menos 10 años. Fecha límite: 1 de marzo de 2027. Identificación del Beneficiario Controlador: mayor profundidad y orden de prelación El Capítulo III Quinquies estandariza el proceso de identificación del Beneficiario Controlador para todas las Actividades Vulnerables, estableciendo un orden de prelación claro: La persona física que posea el 25% o más del capital social. La persona física que ejerza control efectivo por otros medios (no necesariamente legal o propietario). En ausencia de los anteriores, el funcionario de mayor rango en la estructura administrativa. Esta información debe actualizarse durante toda la relación comercial y conservarse por 10 años. La obligación aplica incluso cuando el Beneficiario Controlador no es cliente directo de quien realiza la Actividad Vulnerable. Fecha límite: 1 de marzo de 2027. Manual de Políticas Internas: 14 secciones obligatorias en 90 días naturales El Capítulo X del Acuerdo eleva el Manual de Políticas Internas a un documento central del sistema de cumplimiento. Debe contener 14 secciones mínimas que cubren, entre otros aspectos: Identificación y conocimiento del cliente. Clasificación por nivel de riesgo. Detección de desviaciones en el perfil transaccional. Programas de capacitación. Procedimientos de auditoría interna. Metodología del Enfoque Basado en Riesgos. Los criterios para abrir, limitar o terminar relaciones comerciales con clientes o usuarios deben ser congruentes con la metodología EBR incorporada al Manual. El plazo para elaborarlo es de 90 días naturales a partir del alta y registro ante el SAT. Para quienes ya están registrados, la actualización del Manual para incluir la metodología EBR tiene como fecha límite el 1 de marzo de 2027. Mecanismos automatizados: seis funciones mínimas no negociables El Capítulo XIII establece que los sistemas tecnológicos de monitoreo ya no son opcionales. Deben ser capaces de ejecutar, como mínimo, las siguientes seis funciones: Ejecutar el modelo de evaluación de riesgos para clasificar clientes por Grado de Riesgo. Agrupar las operaciones de cada cliente en periodos de hasta seis meses. Generar alertas por transacciones de alto riesgo o vinculadas a Personas Políticamente Expuestas (PEPs). Detectar desviaciones respecto al perfil transaccional del cliente. Generar y conservar un registro histórico de las operaciones y modificaciones al perfil por al menos 10 años. Integrarse con los controles internos y las políticas del Manual. Fecha límite de operación: 1 de junio de 2027, con datos generados desde esa fecha en adelante. Auditoría anual de cumplimiento: revisión independiente con calificación formal El Capítulo XIV introduce una obligación de auditoría anual de cumplimiento, realizada por un auditor independiente. El resultado se documenta en un reporte formal con una escala de calificación de cinco niveles. Los plazos de entrega están definidos y el primer período de auditoría corre de enero a diciembre de 2028, con entrega del reporte al 31 de marzo de 2029. Capacitación anual obligatoria: mínimo un curso por año, registros por 10 años El Capítulo XII establece que todo el personal involucrado en funciones de cumplimiento debe recibir al menos un programa de capacitación anual. Los instructores deben contar con un mínimo de cinco años de experiencia acreditada. Los registros de capacitación deben conservarse por 10 años. El primer período de cumplimiento para esta obligación corre de enero a diciembre de 2027. Avisos de sospecha en 24 horas: sin importar el monto ni la conclusión de la operación Una de las reformas más operativamente exigentes del Acuerdo es la obligación de presentar avisos de operaciones inusuales a la UIF en un plazo máximo de 24 horas desde que se detecta el comportamiento sospechoso. Este plazo aplica incluso si la operación no se completó o si el monto está por debajo del umbral de aviso establecido. ¿Quiénes están Obligados? Actividades Vulnerables y Sectores Afectados El Acuerdo aplica a todas las personas físicas y morales que realizan Actividades Vulnerables conforme al Artículo 17 de la LFPIORPI. Antes de definir qué debe hacer tu organización, el primer paso es confirmar si realiza alguna de estas actividades. Los sectores con mayor impacto del Acuerdo 115/2026 incluyen: Desarrolladores inmobiliarios y constructoras: cambios significativos en la documentación de clientes y en la definición ampliada de "Cliente o Usuario", que ahora incluye explícitamente al desarrollo inmobiliario y proyectos de construcción. Servicios financieros y gestión patrimonial: refuerzo en la identificación del Beneficiario Controlador y en el monitoreo transaccional continuo. Notarios y profesionales del derecho: obligación de presentar avisos de sospecha en no más de 24 horas en actividades de certificación documental. Comercios, joyerías y negocios con alto manejo de efectivo: necesidad urgente de actualizar o implementar sistemas automatizados de monitoreo. Casinos y establecimientos de juego: nuevas capas de revisión para PEPs y clasificación de riesgo. Fideicomisos y figuras jurídicas equivalentes: el Capítulo II Ter habilita ahora su registro formal, con vigencia desde el 30 de noviembre de 2026. Asociaciones sin fines de lucro que reciben donativos: aunque no sean formalmente Actividad Vulnerable, el Capítulo XI les exige implementar medidas de prevención proporcionales con enfoque basado en riesgo. El rol de la tecnología: por qué los sistemas automatizados son ahora el centro del cumplimiento El Acuerdo 115/2026 convierte a la tecnología en un requisito regulatorio, no en una ventaja competitiva opcional. Los mecanismos automatizados deben: Monitorear transacciones en tiempo real. Detectar y alertar sobre comportamientos inusuales o desviaciones del perfil transaccional. Clasificar a los clientes por nivel de riesgo de forma continua. Generar trazabilidad completa para auditorías regulatorias. Retener datos históricos por un mínimo de 10 años. Para muchas organizaciones, esto implica una evaluación honesta de su infraestructura tecnológica actual:  ¿Puede el sistema existente ejecutar las seis funciones mínimas exigidas por el Capítulo XIII? ¿Está integrado con el Manual de Políticas Internas y con los controles de riesgo?  Si la respuesta es no, el proceso de actualización o sustitución tecnológica debe comenzar hoy. Impacto sectorial: lo que cada industria debe anticipar Cada sector enfrenta un nivel diferente de ajuste. A modo de orientación general: Los desarrolladores inmobiliarios deben revisar toda la cadena de documentación de clientes bajo la nueva definición ampliada, que incluye fideicomisos y proyectos de construcción. Las instituciones financieras y administradoras de patrimonio deben fortalecer el proceso de identificación del Beneficiario Controlador y garantizar la actualización semestral del perfil de riesgo de cada cliente. Los notarios y abogados con funciones de certificación documental deben establecer protocolos claros de detección y reporte en 24 horas. Los comercios de alto valor y joyerías necesitan priorizar la inversión en sistemas de monitoreo automatizado que cumplan con las seis funciones mínimas. Las empresas con estructuras corporativas complejas deben asegurarse de identificar y documentar al Beneficiario Controlador efectivo, más allá de la estructura legal formal. Pasos para Iniciar el Proceso de Cumplimiento Ahora El tiempo disponible antes de la entrada en vigor general del Acuerdo (30 de noviembre de 2026) es limitado. Estas son las acciones prioritarias que toda organización obligada debe tomar en los próximos meses: Confirmar si realizas Actividades Vulnerables conforme al Artículo 17 de la LFPIORPI. Si la respuesta es afirmativa, el proceso de adaptación es inmediato. Realizar un diagnóstico interno de los procesos actuales de identificación de clientes, conocimiento del cliente (KYC) y controles existentes, comparándolos con los nuevos estándares. Evaluar el Manual de Políticas Internas vigente frente a las 14 secciones mínimas exigidas por el Capítulo X del Acuerdo, e identificar las brechas documentales. Auditar la infraestructura tecnológica para determinar si los sistemas actuales pueden ejecutar las seis funciones mínimas del Capítulo XIII; si no, iniciar el proceso de evaluación y contratación de soluciones. Asignar presupuesto y recursos para las actualizaciones de sistemas, los programas de capacitación y las funciones de auditoría independiente. Programar una revisión legal y de cumplimiento para mapear todas las nuevas obligaciones frente a los procedimientos actuales e identificar vacíos críticos. Construir un calendario de implementación alineado con las fechas del Acuerdo: noviembre de 2026, marzo de 2027, junio de 2027, y los períodos de 2027 y 2028 para capacitación y auditoría. Acuerdo 115/2026: Gobernanza de Riesgo Sostenible El Acuerdo 115/2026 marca el cierre de una era en la que el cumplimiento antilavado en México se medía por la presentación de formularios y el inicio de una nueva, donde se evalúa la solidez del sistema de gestión de riesgos de cada organización. Las empresas que comiencen hoy el proceso de adaptación (realizando diagnósticos, actualizando sus manuales, evaluando su tecnología y formando a su personal) llegarán al 30 de noviembre de 2026 con una ventaja: menor costo de implementación, menos disrupciones operativas y una estructura de gobernanza diseñada para sostenerse en el tiempo. El marco regulatorio seguirá evolucionando. La Secretaría de Hacienda tiene previsto implementar los mecanismos tecnológicos de notificación electrónica dentro de los ocho meses posteriores a la entrada en vigor del Acuerdo y la UIF lanzará en agosto de 2027 la herramienta PEP 2.0 para consulta de Personas Políticamente Expuestas.  Las organizaciones que establezcan una gobernanza de cumplimiento robusta desde ahora estarán mejor posicionadas para adaptarse a cada nueva capa regulatoria sin incurrir en costos extraordinarios. En Consolidé, acompañamos a empresas de todos los sectores en el diseño e implementación de procesos de cumplimiento normativo eficientes, documentados y auditables.  Si tu organización necesita evaluar su posición frente al Acuerdo 115/2026 y construir un plan de acción, nuestro equipo de especialistas está listo para acompañarte. Contáctanos.
El SAT aplicó por primera vez las "auditorías exprés" del artículo 49 Bis del Código Fiscal de la Federación y publicó en el DOF el 10 de julio de 2026 los primeros tres contribuyentes cuyos CFDI quedaron sin efectos fiscales. Quienes utilizaron esas facturas tienen 30 días naturales para presentar una declaración complementaria o enfrentar la restricción de su Certificado de Sello Digital (CSD). La evasión fiscal mediante facturas falsas ha sido uno de los problemas más persistentes del sistema tributario mexicano. Año tras año, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha perfeccionado sus herramientas para detectar y sancionar a las Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS).  Para 2026, la autoridad fiscal incorporó al Código Fiscal de la Federación (CFF) el artículo 49 Bis, que habilita un procedimiento de fiscalización acelerado conocido como "auditoría exprés". El resultado de su primera aplicación práctica fue la publicación en el DOF de los primeros contribuyentes cuyas facturas fueron declaradas falsas con efectos generales. Si tu empresa recibió CFDI de alguno de los contribuyentes señalados o si deseas entender cómo este nuevo esquema puede afectar su operación, en este artículo te compartimos las acciones preventivas que debes tomar de inmediato. ¿Qué son las Auditorías Exprés del SAT y en qué se Diferencian de una Auditoría Tradicional? El artículo 49 Bis del CFF, vigente desde 2026, creó un nuevo mecanismo de revisión que permite al SAT verificar la validez de los comprobantes fiscales de un contribuyente con mayor rapidez que una auditoría tradicional. A diferencia de los procedimientos convencionales, que pueden extenderse por meses o incluso años, la auditoría exprés opera en plazos considerablemente menores. El proceso funciona de la siguiente manera: Verificación de CFDI: El SAT detecta indicios de que las facturas emitidas por un contribuyente no cumplen los requisitos legales establecidos en el artículo 29-A del CFF. Defensa del contribuyente: La autoridad inicia un procedimiento en el que el contribuyente debe presentar pruebas de la validez y materialidad de sus operaciones. Resolución definitiva: Si el contribuyente no logra desvirtuar la presunción de falsedad, el SAT emite una resolución definitiva que declara que esos CFDI no producen efectos fiscales y publica el nombre y RFC del contribuyente en el DOF. El respaldo legal de estas auditorías proviene de los artículos 29-A y 49 Bis del CFF. El artículo 29-A establece los requisitos que deben cumplir los comprobantes fiscales, mientras que el 49 Bis faculta a la autoridad para actuar de forma directa y expedita cuando detecta incumplimientos durante cualquier revisión fiscal. Primeros Contribuyentes Publicados en el DOF por Facturas Falsas El 10 de julio de 2026, el SAT publicó en el Diario Oficial de la Federación el primer oficio derivado de las auditorías exprés. En los tres casos, la autoridad concluyó que los contribuyentes no lograron desvirtuar la presunción de falsedad de los comprobantes emitidos: ContribuyenteRFCAsociación Patronal Región Zamora, A.C.APR181217P21Alianza Corporativa Camarense, A.C.ACC210823UA5Confederación de Servidores Públicos de los Poderes de los Estados, Municipios e Instituciones Descentralizadas de la República MexicanaCSP170608IV8 La publicación de estos datos tiene implicaciones directas para los contribuyentes señalados y para cualquier persona física o moral que haya utilizado sus CFDI. Los socios comerciales que dedujeran gastos o acreditaran IVA con base en esas facturas quedan automáticamente expuestos a obligaciones de corrección y posibles sanciones. ¿Qué Deben hacer los Contribuyentes que Usaron esos CFDI? Quienes hayan utilizado facturas emitidas por alguno de los tres contribuyentes publicados tienen una obligación y un plazo definido: Presentar una declaración complementaria para eliminar el efecto fiscal que dieron a esos comprobantes, ya sea en deducciones de ISR, acreditamiento de IVA o cualquier otro beneficio fiscal obtenido. El plazo es de 30 días naturales, contados a partir de la publicación del oficio en el DOF (es decir, a partir del 10 de julio de 2026). ¿Qué ocurre si no se regulariza la situación en ese plazo? Las consecuencias son inmediatas y operativamente graves. El SAT podrá restringir temporalmente el Certificado de Sello Digital (CSD) del contribuyente incumplido. Sin el CSD activo, la empresa pierde la capacidad de emitir facturas electrónicas, lo que paraliza su facturación e interrumpe su flujo de efectivo mientras no regularice su situación. El impacto en la reputación ante clientes y proveedores puede ser igualmente significativo. Estrategia del SAT y Criterios de Programación de Auditorías para 2026 Esta publicación forma parte de una estrategia de fiscalización más amplia que el SAT anunció el 20 de octubre de 2025, cuando dio a conocer los criterios de programación de auditorías para el ejercicio fiscal 2026. La medida busca establecer condiciones equitativas en la recaudación y brindar mayor certidumbre jurídica a los contribuyentes. El SAT programó más de 16,200 auditorías para 2026 y ha dejado clara su postura: solo se auditará a contribuyentes identificados con conductas de alto riesgo relacionadas con evasión o elusión fiscal. ¿Cuáles son las conductas de alto riesgo que activan una auditoría? La autoridad fiscal ha definido los siguientes perfiles de riesgo: Operaciones con EFOS: Realizar transacciones con Empresas que Facturan Operaciones Simuladas, entidades que emiten facturas por operaciones inexistentes. Pérdidas fiscales recurrentes: Declarar pérdidas de manera constante sin justificación económica razonable. Simulación o abuso de deducciones: Declarar deducciones que no corresponden a operaciones reales o que exceden los límites legales. Ingresos no declarados: Obtener ganancias que no se reportan al SAT. Solicitud de devoluciones improcedentes: Intentar obtener saldos a favor mediante información falsa o manipulada. Tasa efectiva de impuestos inferior al sector: Pagar un porcentaje significativamente menor de impuestos en comparación con empresas similares. Cómo Proteger a tu Empresa Actuar de forma preventiva es la decisión más inteligente. Estas son las acciones clave: 1. Revisa constantemente tu situación fiscal Realiza auditorías internas periódicas para detectar inconsistencias antes de que la autoridad las identifique. Revisar la contabilidad electrónica al menos cada 30 días es una práctica recomendable. 2. Verifica la materialidad de tus operaciones Un CFDI y una transferencia bancaria ya no son suficientes. El SAT exige evidencia real de que la transacción ocurrió: contratos, cotizaciones, correos electrónicos, bitácoras de entrega y cualquier otro soporte documental. https://youtu.be/_DINnddcusE?si=6hJ24lCnU9neFgG2 3. Monitorea a tus proveedores Verifica de manera constante que ninguno de tus proveedores figure en las listas de EFOS del SAT, tanto en estatus presunto como definitivo. Una sola operación con un proveedor señalado puede derivar en una auditoría exprés. 4. Cuida las nuevas relaciones comerciales Antes de iniciar una relación con un nuevo proveedor o cliente, verifica su situación fiscal. El SAT cuenta con herramientas públicas para consultar el estado de los contribuyentes. 5. Busca asesoría profesional especializada La complejidad del nuevo marco normativo exige el acompañamiento de expertos en cumplimiento fiscal. Un error de interpretación puede tener consecuencias operativas y económicas severas. Lo que esta Primera Publicación Anticipa para el Resto del Año La publicación del 10 de julio de 2026 marca el inicio visible de la aplicación del artículo 49 Bis del CFF. Este primer oficio en el DOF es la señal más clara de que el mecanismo ya opera con plena eficacia, y que sus efectos se extenderán a más contribuyentes en los próximos meses. Las empresas que adopten un enfoque proactivo hacia el cumplimiento tributario podrán evitar sanciones costosas y procesos de fiscalización complejos. Documentar la materialidad de cada operación, auditar proveedores con regularidad y mantener la contabilidad en orden son las tres acciones con mayor impacto preventivo.  No esperes a recibir una notificación del SAT para revisar tu situación fiscal: actúa ahora. Contáctanos.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha restringido los sellos digitales a más de 7,300 contribuyentes en 2026 por presuntos vínculos con Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS). Para recuperar la capacidad de facturación, las empresas deben presentar una aclaración documentada ante el SAT en un plazo máximo de 40 días hábiles. Los Certificados de Sello Digital (CSD) son el motor operativo de cualquier negocio formal en México. Sin este archivo electrónico, una empresa pierde inmediatamente la capacidad de emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI), paralizando su facturación, interrumpiendo su flujo de efectivo y comprometiendo su viabilidad comercial. Para las organizaciones, mantener activo este sello es un requisito indispensable de supervivencia. Recientemente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ejecutó una ofensiva sin precedentes contra las estructuras de evasión fiscal. Según datos revelados por autoridades del organismo recaudador y el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), el SAT restringió los sellos digitales de aproximadamente 7,300 contribuyentes vinculados con operaciones simuladas. Las empresas deben comprender las causas que detonan estas restricciones, los riesgos operativos que conllevan y las estrategias legales disponibles para defenderse. La fiscalización exige controles internos rigurosos y una respuesta técnica inmediata ante cualquier notificación del SAT para evitar el colapso financiero. ¿Cómo ha escalado la fiscalización del SAT contra las factureras en 2026? El escrutinio del Servicio de Administración Tributaria sobre las Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS) ha experimentado un aumento drástico. Mientras que en los años 2022 y 2023 se registraban alrededor de 100 casos anuales, las cifras actuales demuestran una aceleración en la detección de irregularidades. De acuerdo con los reportes oficiales del SAT, hasta mediados de año se publicaron 913 nuevas empresas identificadas como EFOS. Además, los registros relacionados con operaciones simuladas concentran a 14,424 contribuyentes, de los cuales 11,633 (cerca del 80%) ya aparecen en los listados con un estatus definitivo. Gari Flores, administrador general de Recaudación del SAT, declaró públicamente que la institución mantiene una política de cero tolerancia frente a las empresas factureras y los delitos fiscales. Esta rigurosidad responde al grave daño que la evasión causa al erario público y a la competencia económica legítima. Según datos del gobierno federal [La Jornada, 2026], entre 2022 y 2025 el monto defraudado por estas prácticas alcanzó los 54,698 millones de pesos. ¿Cuál es el marco legal que faculta al SAT para suspender sellos? Para ejecutar estas acciones de control, el Servicio de Administración Tributaria se apoya en facultades específicas otorgadas por el Código Fiscal de la Federación (CFF). Conocer estos artículos es fundamental para estructurar una defensa técnica adecuada. ¿Qué establece el artículo 69-B sobre operaciones simuladas? El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación regula el procedimiento para detectar y sancionar a los contribuyentes que emiten comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir los bienes amparados. Según el Instituto Mexicano de Contadores Públicos del universo de casos revisados bajo este artículo, el 80% de los contribuyentes no respondió a los requerimientos de información del SAT, lo que derivó en resoluciones definitivas en su contra. ¿Cómo afecta el artículo 49-Bis a los emisores de facturas? Las reformas al Código Fiscal implementadas recientemente introdujeron el artículo 49-Bis, el cual dota al SAT de un procedimiento de fiscalización exprés. Las implicaciones de esta normativa incluyen: Acción directa contra emisores: La autoridad ahora realiza visitas de verificación más rápidas y directas contra quienes emiten los comprobantes fiscales, no solo contra quienes los deducen. Plazos reducidos: El SAT puede requerir información al emisor y otorgar un plazo perentorio de solo cinco días para responder tras realizar cruces de datos de facturación. Sanciones penales severas: Esta reforma constitucional habilita la prisión preventiva oficiosa para delitos fiscales graves, cambiando radicalmente el panorama de riesgo. La restricción de los Certificados de Sello Digital actúa como una medida cautelar y disruptiva dentro de este marco legal, deteniendo la operación del contribuyente antes de emitir una resolución definitiva. ¿Cuáles son las causas y riesgos de la restricción de sellos digitales? La suspensión operativa de una empresa rara vez ocurre sin advertencias previas en sus métricas de cumplimiento, aunque muchas veces estas inconsistencias pasan desapercibidas para la administración. ¿Por qué el SAT restringe los certificados de sello digital? El Servicio de Administración Tributaria no restringe los sellos de forma arbitraria; se basa en causales específicas detectadas por sus sistemas automatizados. Las más comunes incluyen: No ser localizado en el domicilio fiscal registrado. Presentar omisiones en la entrega de declaraciones periódicas. Mostrar inconsistencias evidentes entre los ingresos declarados y los CFDI emitidos o recibidos. Registrar operaciones comerciales con contribuyentes listados como EFOS o Empresas que Deducen Operaciones Simuladas (EDOS). Reflejar diferencias relevantes en el Impuesto al Valor Agregado (IVA), la contabilidad electrónica o los reportes informativos. ¿Qué impacto tiene la suspensión para las empresas y sus clientes? Al no poder emitir facturas, la empresa no puede cobrar a sus clientes, deteniendo el flujo de efectivo casi de inmediato. Sin embargo, el peligro se extiende a los clientes de la empresa sancionada. Las organizaciones que deducen facturas de proveedores listados como EFOS también enfrentan auditorías y el rechazo de sus deducciones. Un ejemplo claro del nivel de alcance del SAT es el "Caso Caballito". En esta investigación interinstitucional, se desarticuló una red que involucraba a 446 empresas reales que utilizaron y dedujeron comprobantes emitidos por estructuras dedicadas a la simulación de operaciones, culminando en acciones penales directas. ¿Qué estrategias de defensa existen ante la restricción de sellos del SAT? Las empresas deben implementar rutinas de cumplimiento preventivo y saber reaccionar con precisión técnica ante cualquier acto de autoridad. ¿Qué medidas preventivas evitan la suspensión de facturación? Elige priorizar la prevención administrativa si su objetivo es evitar contingencias fiscales. Los expertos recomiendan las siguientes mejores prácticas: Auditoría periódica: Revisa la contabilidad electrónica al menos cada 30 días para identificar discrepancias antes que la autoridad. Monitoreo de proveedores: Verifica de manera constante que ninguno de tus proveedores comerciales aparezca en las listas negras definitivas o presuntas del SAT. Soporte de materialidad: Docuementa la existencia real de todas sus operaciones comerciales mediante contratos, cotizaciones, correos electrónicos, evidencia tus y bitácoras de entrega. Un CFDI y una transferencia bancaria ya no son suficientes para acreditar una operación ante el SAT. https://www.youtube.com/watch?v=_DINnddcusE&t=69s ¿Cómo responder a la notificación de restricción del SAT? Si tu empresa recibe una notificación de restricción de sellos, la velocidad y la calidad de la respuesta son determinantes. El contribuyente cuenta con un plazo legal de hasta 40 días hábiles para presentar un caso de aclaración a través del portal del SAT. Es vital evitar respuestas genéricas; el documento debe abordar específicamente la causal señalada por la autoridad y estar acompañado de pruebas documentales sólidas. Al presentar esta solicitud de aclaración correctamente, la ley obliga al SAT a restablecer el Certificado de Sello Digital de manera provisional al día siguiente hábil. Esto permite a la empresa reactivar su facturación y flujo de caja mientras la autoridad analiza la evidencia y emite una resolución definitiva. Protege la continuidad de tu negocio ante la vigilancia fiscal La restricción simultánea de sellos digitales a más de 7,300 contribuyentes confirma que el Servicio de Administración Tributaria cuenta con la tecnología y la voluntad legal para sancionar inconsistencias fiscales de manera masiva y veloz. El cumplimiento tributario es un pilar fundamental de la estrategia empresarial. Documentar la materialidad de las operaciones, auditar a los proveedores y reaccionar dentro de los márgenes legales son pasos innegociables para garantizar la supervivencia operativa. Recomendamos ejecutar una auditoría de prevención fiscal inmediatamente para alinear tus procesos internos con las exigencias del artículo 49-Bis del Código Fiscal de la Federación y evitar interrupciones costosas en tu cadena de valor. ¿Tienes dudas de la materialidad de las operaciones y cómo proteger a tu empresa? Contáctanos.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha revelado su estrategia fiscal para el próximo periodo, estableciendo una meta de recaudación histórica de 5.8 billones de pesos. Este objetivo está basado en un sistema de fiscalización más inteligente, el uso intensivo de tecnología y un enfoque renovado en la atención al contribuyente. Si eres persona moral o persona física es prioritario entender las directrices del Plan Maestro SAT 2026 para evitar sanciones y mantener la salud financiera de tus negocios. El documento oficial, presentado bajo la administración de la Presidenta Claudia Sheinbaum, presenta una evolución significativa respecto a los planes de años anteriores. Si bien se mantienen los principios de austeridad y combate a la corrupción, el SAT en 2026 pone un énfasis sin precedentes en la digitalización y la corrección voluntaria. Ya no se trata sólo de vigilar, sino de facilitar el cumplimiento para cerrar las brechas de evasión. En esta guía exhaustiva, en Consolidé desglosaremos los pilares fundamentales del Plan Maestro SAT 2026, desde la expansión de oficinas físicas hasta el uso de inteligencia artificial para detectar factureras. Analizaremos cómo estos cambios impactan tu operación diaria y qué medidas preventivas debes tomar. Antecedentes: La Evolución de la Estrategia Fiscal (2024-2026) Para comprender el alcance del Plan Maestro 2026, es necesario mirar brevemente hacia atrás. En 2024 y 2025, el SAT centró sus esfuerzos en "poner la casa en orden". Los planes maestros de esos años se enfocaron en la recuperación de adeudos de grandes contribuyentes y en la limpieza del padrón de importadores. El Plan Maestro 2025, por ejemplo, estableció las bases de la simplificación administrativa que vemos hoy, introduciendo mejoras en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). Sin embargo, el salto hacia 2026 es cualitativo. La autoridad fiscal ha pasado de una etapa de corrección reactiva a una de fiscalización preventiva y predictiva. ¿Qué cambia radicalmente en 2026? La principal diferencia radica en la integración tecnológica y la cobertura territorial. Mientras que años anteriores se centraron en la fiscalización digital remota, el 2026 busca un modelo híbrido: tecnología de punta para el análisis de datos masivos (Big Data) combinada con una presencia física renovada en estados clave.  El SAT estará más cerca, tanto digital como físicamente, cerrando el cerco a la informalidad y la evasión. https://www.youtube.com/watch?v=_DINnddcusE&t=46s Eje 1: Atención Honesta, Cercana y con Calidez Históricamente, la relación entre el contribuyente y el fisco ha sido tensa y burocrática. El primer eje del Plan Maestro 2026 busca transformar esta percepción mediante una inversión significativa en infraestructura de servicio y capital humano. El objetivo es eliminar las barreras que impiden el cumplimiento voluntario. Expansión de la infraestructura física El SAT ha anunciado la apertura de nueve nuevos módulos de atención en puntos estratégicos del país: Baja California y Baja California Sur Ciudad de México Jalisco y Michoacán Nuevo León Oaxaca Quintana Roo y Yucatán Esta expansión responde a la saturación de citas y la necesidad de atención presencial en zonas de alto crecimiento económico. Además, se reforzará la estrategia de Oficinas Móviles en las 32 entidades federativas.  Estas unidades itinerantes acercarán trámites esenciales (como la inscripción al RFC, la renovación de la e.firma y la presentación de declaraciones anuales) a comunidades alejadas de los centros urbanos, facilitando la formalización de la economía en regiones apartadas. La nueva Ventana Virtual de Aclaraciones Uno de los puntos de dolor más frecuentes para los contadores y empresarios es la lentitud en las aclaraciones. El Plan 2026 introduce la renovación del Servicio de Aclaración al Contribuyente, ahora denominado Ventana Virtual. Esta plataforma promete agilizar la resolución de dudas y controversias mediante procesos más eficientes y conclusivos. La meta es reducir los tiempos de espera y ofrecer certeza jurídica más rápida, evitando que pequeños errores administrativos escalen a problemas legales o multas onerosas. Inclusión y atención especializada En un esfuerzo por democratizar el cumplimiento fiscal, el SAT ofrecerá asistencia en lenguas originarias, incluyendo maya, mixteco y zapoteco. Esta medida busca integrar a comunidades indígenas al sistema formal, proporcionando orientación en su propio idioma y con un trato digno. También, se optimizarán los tiempos de atención en las 166 oficinas existentes mediante nuevos protocolos de servicio. Eje 2: Transformación Digital para el Cumplimiento El SAT ha sido pionero en Latinoamérica en la digitalización fiscal. La autoridad espera que los contribuyentes no sólo cumplan, sino que lo hagan de manera casi automática gracias a las herramientas tecnológicas. Actualizaciones en SAT Móvil Las aplicaciones SAT Móvil y Factura SAT Móvil recibirán actualizaciones críticas para mejorar su usabilidad. Se busca que los micro y pequeños empresarios puedan facturar, consultar su situación fiscal y generar constancias desde su celular, sin necesidad de intermediarios costosos o software complejo. Declaraciones Prellenadas y Automatización La autoridad fiscal continuará perfeccionando el prellenado de declaraciones. Utilizando la información de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) emitidos y recibidos, el sistema propondrá los montos de ingresos y deducciones con mayor precisión. Esto implica un reto técnico para las empresas: la sincronización de datos. Si tu contabilidad interna (ERP) no coincide con lo que el SAT tiene en sus repositorios de CFDI, el sistema detectará discrepancias inmediatas.  Eje 3: Regularización e incentivos fiscales Se han diseñado mecanismos para invitar a la regularización espontánea: Condonación de multas y recargos Una de las medidas más atractivas es el Programa de Regularización Fiscal. Este esquema está dirigido a pequeños contribuyentes (personas físicas y morales) con ingresos anuales de hasta 35 millones de pesos. El beneficio es: una reducción del 100% en multas, recargos y gastos de ejecución para aquellos que decidan corregir sus adeudos fiscales. Esta es una oportunidad de oro para limpiar el historial fiscal de tu empresa y evitar el congelamiento de cuentas o la cancelación de sellos digitales. Fortalecimiento del RESICO El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) seguirá siendo la apuesta principal para la formalización. Se brindarán facilidades administrativas adicionales para que más contribuyentes migren a este esquema, que ofrece tasas de Impuesto Sobre la Renta (ISR) reducidas a cambio de una fiscalización basada estrictamente en el flujo de efectivo facturado. Eje 4: Fiscalización estratégica y transparente El SAT ha refinado sus algoritmos para ejercer una "fiscalización inteligente", enfocando sus recursos en sectores y conductas de alto riesgo. Auditorías programadas con Inteligencia Artificial El SAT utilizará modelos de analítica de datos y aprendizaje automático (Machine Learning) para identificar patrones atípicos. Ya no se auditará al azar, las revisiones se dirigirán específicamente a contribuyentes que presenten: Pérdidas fiscales recurrentes injustificadas. Tasas efectivas de impuesto por debajo del promedio de su sector. Inconsistencias notables entre los CFDI de ingresos y el IVA declarado. Operaciones frecuentes con proveedores listados como Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS). Esquemas agresivos de subcontratación o evasión de retenciones de nómina. Sectores bajo la lupa El documento señala sectores específicos que estarán bajo vigilancia intensiva, incluyendo el comercio exterior (para combatir el contrabando y la subvaluación de mercancías), la construcción, y los servicios financieros. Además, se pondrá especial atención en el cumplimiento de regulaciones no arancelarias y en el abuso de beneficios en tratados internacionales para erosionar la base gravable en México. Eje 5: Combate Frontal a las Factureras y Acciones de Cobro El combate a la compra-venta de facturas falsas sigue siendo una prioridad. El Plan Maestro 2026 endurece las consecuencias tanto para quien vende la factura como para quien la deduce. Nuevas medidas contra EFOS y EDOS Para las empresas que emiten facturas falsas (EFOS), la respuesta será inmediata: suspensión de sellos digitales y denuncias penales ante el Ministerio Público bajo los nuevos tipos penales de defraudación fiscal. Además, se negará la inscripción al RFC de nuevas empresas cuyos socios hayan participado previamente en compañías factureras. Para las empresas que deducen estas operaciones (EDOS), el SAT establece un ultimátum: 30 días para corregir su situación fiscal. Si un contribuyente recibe una factura que posteriormente es declarada como falsa o inexistente, tendrá este plazo para eliminar el efecto fiscal de dicho comprobante y pagar el impuesto correspondiente.  De no hacerlo, enfrentará la restricción del uso de sus propios certificados de sello digital, paralizando su capacidad de facturar. Colaboración interinstitucional El SAT no actuará solo. Se reforzará el intercambio de información con otras dependencias clave: IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social): Para detectar esquemas de subvaluación de nómina. UIF (Unidad de Inteligencia Financiera): Para rastrear flujos de dinero ilícito y lavado de activos. STPS (Secretaría del Trabajo y Previsión Social): Para vigilar el cumplimiento de la reforma de subcontratación laboral. Esta triangulación de datos significa que una discrepancia en tu nómina podría detonar no solo una revisión del IMSS, sino también una auditoría del SAT por retenciones de ISR no enteradas. ¿Cómo Blindar tu Empresa ante el SAT en 2026? El Plan Maestro 2026 es un llamado a la profesionalización administrativa. La era de la contabilidad creativa o el "después lo arreglamos" ha terminado. La autoridad fiscal tiene las herramientas tecnológicas para ver tus operaciones en tiempo real y espera que tu cumplimiento sea igual de preciso. ¿Qué medidas puede tomar tu empresa? Conciliación automática: Implementa herramientas que comparen tus CFDI vs. tu ERP y vs. el visor del SAT mensualmente. No esperes a la declaración anual. Revisión de proveedores: Verifica constantemente que tus proveedores no aparezcan en las listas negras del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación. Materialidad de operaciones: Documenta no sólo la factura, sino contratos, entregables, bitácoras y correos que demuestren que los servicios o productos realmente existieron. Aprovecha la regularización: Si tienes esqueletos en el armario fiscal, el programa de condonación de 2026 es la mejor oportunidad para regularizarte al menor costo posible. La prevención es la inversión más inteligente. No permitas que una inconsistencia menor se convierta en un problema legal.¿Necesitas asegurar el cumplimiento fiscal de tu empresa bajo las nuevas reglas del 2026?En Consolidé, contamos con expertos en materia contable y fiscal listos para auditar tu situación actual y diseñar estrategias de blindaje. Contáctanos para una asesoría personalizada y evita multas ante el SAT.
Como parte de la aprobación del Paquete Económico 2026 y de la Reforma Fiscal 2026, una nueva era de fiscalización empieza. Y, uno de los cambios más importantes es la actuación de la autoridad fiscal ante la emisión de CFDIs falsos, cuya respuesta se encuentra en el nuevo Artículo 49-Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF). Esta nueva disposición introduce un procedimiento exprés que busca frenar de golpe las prácticas de simulación de operaciones. Para los contribuyentes, esto significa que la prevención y el control interno ya no son opcionales, sino vitales para la supervivencia del negocio. ¿Qué dicta el Artículo 49-Bis del CFF ante la emisión de CFDIs falsos y su consecuente suspensión del Certificado de Sello Digital? Procedimiento Exprés en el Paquete Económico La adición del Artículo 49-Bis al CFF surge como una respuesta contundente de la autoridad fiscal ante la persistencia de empresas que facturan operaciones simuladas (EFOS). A diferencia de los procesos de fiscalización tradicionales, que pueden durar meses o años, este nuevo artículo habilita una visita domiciliaria exprés y la suspensión inmediata del Certificado de Sello Digital (CSD). El objetivo es detectar irregularidades en tiempo real y así neutralizar la emisión de CFDIs falsos o sin materialidad. La autoridad fiscal ahora cuenta con herramientas más ágiles para verificar si el contribuyente realmente cuenta con los activos, personal e infraestructura para realizar las operaciones que factura. El Inicio del Proceso: ¿Cómo Detecta la Autoridad una Irregularidad en la Emisión de CFDIs Falsos? El procedimiento no inicia al azar. Generalmente, los sistemas del SAT detectan inconsistencias a través del análisis de datos masivos (Big Data). Algunas señales de alerta que pueden detonar este proceso incluyen: Emisión de CFDI por montos altos sin tener activos registrados. Incongruencia entre los ingresos declarados y los gastos operativos. Falta de personal registrado ante el IMSS en comparación con los servicios facturados. Relación comercial con proveedores que ya se encuentran en listas negras. Una vez que la autoridad presume la falsedad de los comprobantes fiscales, emite una orden de visita domiciliaria específica bajo el Artículo 49-Bis. Consecuencia Inmediata: Suspensión del Certificado de Sello Digital Este es quizás el punto más crítico y agresivo de la reforma. En el mismo momento en que se notifica la orden de visita, la autoridad ordena la suspensión inmediata de la emisión de comprobantes fiscales debido a la suspensión del Certificado de Sello Digital (CSD). El procedimiento en resumen es: Orden emitida por el SAT Suspensión inmediata del CSD Visita domiciliaria Levantamiento de actas Periodo de aportación de pruebas Esto significa que, desde el día uno de la revisión, tu empresa pierde la capacidad de facturar. A diferencia de otros procedimientos en los cuales la suspensión ocurre después de no desvirtuar las irregularidades, aquí la medida es preventiva y automática. Esta acción congela efectivamente la operación comercial, impidiendo el cobro a clientes y deteniendo el flujo de efectivo.  El Proceso de Suspensión del CSD El Artículo 49-Bis establece plazos sumamente reducidos, diseñados para resolver la situación en menos de un mes. A continuación, desglosamos las etapas clave: 1. La Visita Domiciliaria Los auditores del SAT se presentan en el domicilio fiscal, sucursales o donde se realicen las actividades. Tienen facultades para: Tomar fotografías y videos de las instalaciones. Entrevistar al personal. Revisar inventarios y activos. Solicitar documentación que acredite la materialidad de las operaciones. Si no encuentran a nadie o se les niega el acceso, la autoridad levantará un acta circunstanciada y notificará por Buzón Tributario. Si el impedimento persiste, la autoridad puede resolver que los comprobantes son falsos en un plazo de 15 días, sin mayor trámite. 2. Los Derechos del Contribuyente (5 Días) Una vez iniciada la visita y levantada el acta con las irregularidades detectadas, el reloj empieza a correr en contra. El contribuyente tiene sólo 5 días hábiles para aportar pruebas. En este breve periodo, debes entregar contratos, bitácoras, evidencia de entregables, pruebas de pagos bancarios y cualquier otro elemento que demuestre que la operación fue real (materialidad de las operaciones). Dado lo corto del plazo, si no tienes tu "expediente de defensa" listo antes de la visita, será muy difícil reunirlo a tiempo. https://youtu.be/_DINnddcusE?si=jijnhWxKuJBmtMjk 3. Resolución de la Autoridad (15 Días) Una vez vencido el plazo de pruebas, la autoridad fiscal cuenta con 15 días hábiles para analizar la información y emitir una resolución final. El procedimiento total, desde la notificación hasta la resolución, no debe exceder los 24 días hábiles. Escenarios Finales y Consecuencias de la Emisión de CFDIs Falsos Al terminar el plazo, existen dos posibles desenlaces: Escenario A: Desvirtúas la Presunción Si lograste acreditar la materialidad de tus operaciones, la autoridad emitirá una resolución favorable y se levantará la suspensión de tu Certificado de Sello Digital (CSD), permitiéndote volver a facturar. Escenario B: Se Confirma la Falsedad Si no lograste probar la existencia de las operaciones, las consecuencias son: Efectos Generales: Se declara oficialmente que tus CFDI son falsos y carecen de efectos fiscales. Listas Negras: Tu nombre y RFC se publican en el Portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Responsabilidad Penal: La autoridad puede proceder penalmente bajo el artículo 113 Bis del CFF, que sanciona la compra-venta de facturas. Efecto Dominó: Tus clientes (terceros receptores) tienen 30 días para corregir su situación fiscal (eliminar esas facturas de su contabilidad y pagar el impuesto correspondiente). Si no lo hacen, su propio CSD será restringido. Recomendaciones para Blindar tu Empresa Ante un procedimiento tan rápido y severo, la única estrategia viable es la prevención. Aquí te dejamos acciones concretas: Auditoría de Proveedores: Verifica constantemente que tus proveedores no estén en las listas del 69-B. Archivo de Materialidad: No basta con tener la factura XML. Asegúrate de conservar contratos, correos, fotos de entregas, bitácoras de servicio y comprobantes de pago para cada operación o emisión de CFDIs. Simulacros de Visita: Prepara a tu personal para recibir una visita domiciliaria. Deben saber qué documentos mostrar y cómo atender a los visitadores. Revisión de Domicilio: Asegúrate de que tu domicilio fiscal esté localizable y cuente con los elementos que demuestren tu capacidad operativa (activos, personal, infraestructura). Protege tu Continuidad Operativa: Materialidad de las Operaciones El Artículo 49-Bis del CFF marca un antes y un después en la fiscalización en México. La autoridad ha dejado claro que no tolerará simulaciones y que cuenta con las herramientas para cerrar negocios irregulares en cuestión de semanas. La mejor defensa es un cumplimiento fiscal impecable y una gestión administrativa ordenada. No esperes a recibir una orden de visita para organizar tu contabilidad empresarial. Si tienes dudas sobre cómo fortalecer tus controles internos, la materialidad de tus operaciones o necesitas una auditoría preventiva, busca la asesoría contable de aliados estratégicos como Consolidé. Contáctanos.
El último trimestre del año representa un momento crucial para cualquier empresa en México. Es durante este periodo cuando se debe realizar el precierre fiscal 2025, una práctica que puede marcar la diferencia entre un cierre exitoso y consecuencias negativas en las finanzas. Este proceso estratégico permite identificar oportunidades de mejora y prevenir riesgos antes de que sea demasiado tarde. Un precierre fiscal bien ejecutado no sólo garantiza el adecuado cumplimiento de las obligaciones fiscales como la Declaración Anual, sino que también proporciona información valiosa para la toma de decisiones estratégicas. Las personas morales que implementan este proceso, pueden obtener ventajas significativas en términos de flujo de efectivo, planificación fiscal y optimización de recursos. La presentación de la Declaración Anual es una obligación tanto para personas físicas como morales. Sin embargo, esperar hasta el último momento puede resultar en errores costosos que activen las facultades de comprobación de la autoridad fiscal. https://www.youtube.com/watch?v=KMakqsjWYMg ¿Qué es el Precierre Fiscal? El precierre fiscal es un corte parcial que se realiza durante el último trimestre del ejercicio fiscal del año en curso para identificar aspectos clave que pueden impactar positiva o negativamente las finanzas empresariales. Este proceso permite una revisión exhaustiva de la situación contable y fiscal antes del cierre definitivo del ejercicio. Durante esta evaluación, se analizan todos los elementos que conformarán la Declaración Anual, desde ingresos acumulables hasta deducciones autorizadas. El objetivo principal es detectar inconsistencias, errores u omisiones que puedan corregirse oportunamente. Esta práctica se fundamenta en el principio de anticipación, permitiendo que las empresas se preparen adecuadamente para cumplir con sus obligaciones fiscales conforme a las normativas vigentes establecidas en la Ley del Impuesto sobre la Renta. Importancia del Precierre Fiscal 2025 ¿Por qué desde los expertos fiscales y contables recomendamos realizar el precierre fiscal 2025? A continuación te explicamos: Preparación anticipada de la Declaración Anual Realizar el precierre fiscal permite preparar con tiempo suficiente toda la documentación necesaria para la Declaración Anual ante el SAT. Esta preparación anticipada reduce significativamente el riesgo de errores y omisiones que pueden generar multas o sanciones. Predicción del resultado fiscal El análisis temprano permite conocer si la empresa tendrá utilidades o pérdidas durante el ejercicio. Esta información es fundamental para planificar estrategias fiscales que optimicen la carga tributaria dentro del marco legal. Planificación del flujo de efectivo Al prever el impuesto sobre la renta (ISR) que se pagará el ejercicio siguiente, las personas morales pueden planificar mejor su flujo de efectivo. Esto evita problemas de liquidez y permite tomar decisiones financieras más informadas. Beneficios Estratégicos del Precierre Fiscal Estos son los beneficios de anticipar tu cierre fiscal: Análisis de rentabilidad El precierre fiscal 2025 permite conocer si habrá utilidades o pérdidas durante el ejercicio. Lo anterior permite evaluar la efectividad de las estrategias comerciales implementadas.  Proyección del Coeficiente de Utilidad Con el precierre fiscal es posible determinar de forma anticipada el Coeficiente de Utilidad. Esto facilita la planificación de pagos provisionales del ejercicio siguiente, optimizando el flujo de efectivo y evitando pagos excesivos o insuficientes. Validación de saldos contables El precierre fiscal 2025 permite verificar que las cifras contables presenten saldos correctos en cuentas por pagar a proveedores o acreedores. Esta validación es esencial para mantener la integridad de la información financiera. Conciliación de CFDIs Realizar la conciliación anticipada de CFDIs de ingresos y gastos mes a mes asegura que toda la documentación fiscal esté en orden. Con el precierre fiscal puedes predecir discrepancias que generen observaciones por parte de la autoridad fiscal. Determinación de PTU Conocer un aproximado de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades permite planificar este importante derecho de tus empleados y así presupuestar adecuadamente los recursos necesarios. Aspectos Clave a Considerar en el Precierre Fiscal Estos son algunos de los aspectos clave a considerar al momento de planificar o realizar tu precierre fiscal 2025: Aspectos contables La revisión contable debe incluir la validación de todos los registros, desde las operaciones diarias hasta los ajustes de fin de período. Es fundamental verificar que los estados financieros reflejen fielmente la situación económica de la empresa. Si la empresa maneja inventarios, debe validarse meticulosamente el registro de compras, productos y costo de lo vendido. Evita cualquier discrepancia en estas cuentas ya que puede afectar significativamente el resultado fiscal. Aspectos fiscales La revisión fiscal debe contemplar el cumplimiento de todas las obligaciones tributarias, incluyendo la correcta determinación de ingresos acumulables y deducciones autorizadas según lo establecido en la LISR. Es esencial verificar que todos los ingresos se hayan registrado conforme al artículo 17 de la LISR, considerando los diferentes supuestos de acumulación como la emisión de comprobantes fiscales o la entrega material de bienes. Aspectos legales La revisión legal debe asegurar que todas las operaciones cumplan con la normatividad vigente. Esto incluye la verificación de contratos, convenios y cualquier documento que pueda tener implicaciones fiscales. En Consolidé no sólo somos líderes en consultoría empresarial fiscal y contable, también contamos con un grupo experto en materia legal que puede validar y revisar que todos tus procesos se estén realizando acorde a las normativas vigentes. Aspectos operacionales Los procesos operativos deben evaluarse para identificar oportunidades de mejora que puedan impactar positivamente los resultados fiscales. Esta revisión puede revelar eficiencias operativas que reduzcan costos y mejoren la rentabilidad. Determinación Técnica de Elementos Fiscales Si ya estás listo para empezar tu precierre fiscal 2025, no olvides los siguientes elementos fiscales: Cálculo de ingresos acumulables Los ingresos deben determinarse considerando todos los supuestos establecidos en la legislación fiscal, incluyendo ajustes por inflación, dividendos percibidos, estímulos fiscales y fluctuaciones cambiarias. Análisis de deducciones autorizadas Las deducciones deben revisarse exhaustivamente para asegurar que cumplan con todos los requisitos legales. Esto incluye desde gastos operativos hasta deducciones de inversión calculadas conforme a los porcentajes máximos autorizados. Ajuste anual por inflación El cálculo del ajuste anual por inflación requiere especial atención, ya que puede representar un elemento significativo en la determinación del resultado fiscal. Este cálculo debe realizarse conforme a los artículos 44, 45 y 46 de la LISR. Maximiza tus Resultados con un Precierre Fiscal 2025 Exitoso  El precierre fiscal 2025 representa una oportunidad invaluable para optimizar la posición fiscal de tu empresa y tomar decisiones estratégicas basadas en información confiable. Las organizaciones que implementan esta práctica de manera sistemática obtienen ventajas competitivas significativas en términos de planificación financiera y cumplimiento fiscal. La clave de un cierre fiscal exitoso inicia con este proceso. Anticípate, realiza los ajustes necesarios cuando aún hay tiempo y corrige cualquier inconsistencia detectada. Una planificación adecuada puede marcar la diferencia entre un cierre fiscal adecuado o problemas costosos ante la autoridad fiscal. En Consolidé, nuestro equipo de expertos contables y fiscales está preparado para apoyarte en la realización de un precierre fiscal 2025. Contáctanos para asegurar el éxito financiero de tu organización y optimizar tu cumplimiento fiscal para el 2025.
Administrar una empresa implica tomar decisiones estratégicas que pueden definir su éxito o fracaso. En este contexto, la figura de un consultor financiero estratégico es clave para analizar la situación financiera, optimizar recursos, minimizar riesgos y llevar a la empresa a conseguir sus objetivos y metas planteados.  Pero, ¿exactamente qué hace un consultor financiero? ¿En qué situaciones es conveniente contratar servicios de consultoría financiera empresarial? En este artículo, exploramos cómo los consultores financieros pueden ser aliados estratégicos para CFOs y CEOs. ¿Qué es un Consultor Financiero y Por Qué es Clave para tu Empresa?  Un consultor financiero es un experto en análisis, estrategia y planificación financiera. Su misión es evaluar, estructurar, optimizar las finanzas y gestionar los recursos económicos de una empresa para garantizar su estabilidad y crecimiento a largo plazo.  Para las empresas, especialmente en épocas de incertidumbre económica, contar con los servicios de un consultor financiero puede marcar la diferencia entre estancarse o identificar oportunidades de crecimiento estratégicas y sostenibles. Los consultores financieros realizan una revisión exhaustiva de la situación financiera de la empresa así como sus desafíos para llevar a cabo planes de acción e implementación de estrategias que no sólo mejoren la salud financiera sino también se cumplan obligaciones fiscales. ¿Qué Hace un Consultor Financiero para Empresas?  Los consultores financieros no sólo analizan números. Son estrategas que aportan soluciones personalizadas y realistas basadas en datos y objetivos empresariales. Cada empresa es única por lo que el consultor deberá analizar exhaustivamente la información empresarial y generar un plan de acción y estrategia personalizada. Entre sus responsabilidades destacan: Diagnosticar la salud financiera de la empresa. Identificar riesgos y oportunidades estratégicas. Diseñar soluciones para la gestión efectiva de costos. Implementar prácticas fiscales y financieras óptimas. Planificación y ejecución de estrategias financieras. Monitorear el rendimiento financiero en tiempo real. Realizar ajustes de la estrategia y acciones en función de los resultados. Este enfoque integral permite que la estrategia financiera esté alineada con los objetivos empresariales globales.  Métodos y Herramientas Utilizadas por un Consultor Financiero para Identificar Áreas de Oportunidad  Para garantizar precisión en el análisis, los consultores financieros utilizan una serie de herramientas y metodologías: Análisis FODA financiero (Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas). Modelos de proyección financiera para anticipar resultados futuros. Software financiero especializado, como sistemas ERP y herramientas de reporting. Indicadores clave de rendimiento (KPIs) financieros adaptados a los objetivos empresariales. Las herramientas y metodologías antes mencionadas son sólo algunas. Cada empresa que ofrezca servicios de consultoría financiera puede tener sus propias metodologías y herramientas. Cómo un Consultor Financiero Crea Estrategias Personalizadas según el Tamaño y Objetivos de la Empresa  Cada empresa es única y los consultores financieros adaptan sus estrategias a medida. Para una startup, puede implicar optimización de recursos iniciales. Para una multinacional, puede enfocar en expansión internacional o reducción de costos globales. Las estrategias generales incluyen: Adecuar comportamientos de inversión según el tamaño de la empresa. Diseñar planes de contingencia para mitigar riesgos financieros. Lograr equilibrio entre liquidez inmediata y crecimiento a largo plazo. Cumplimiento tributario y estrategias fiscales. El enfoque personalizado que aporta un consultor financiero asegura que las decisiones sean sostenibles. Funciones de un Consultor Financiero A continuación te compartimos las principales funciones de un consultor financiero empresarial. Diagnóstico Financiero Profesional  Para tomar decisiones acertadas, es fundamental entender el estado financiero de la empresa. Un diagnóstico financiero profesional analiza aspectos como: Fuentes de ingresos principales. Estructura de costos. Margen de beneficios. Flujo de caja. Deuda y capital.  Maximización de Recursos y Rentabilidad con un Consultor Financiero Estratégico  ¿Sabías que una correcta gestión financiera puede incrementar significativamente los márgenes de rentabilidad? Algunos pasos que implementan los consultores financieros incluyen: Optimización de inventarios para mejorar flujos de caja. Consolidación de deudas para reducir costos financieros. Implementación de análisis de costos-beneficios en proyectos clave.  Los resultados suelen ser medibles en ahorro significativo y en un aumento notable de competitividad empresarial.  Prevención de Riesgos y Sostenibilidad Financiera  Un consultor financiero no sólo resuelve problemas existentes, también prevé y evita futuros obstáculos que puedan afectar la sostenibilidad de tu negocio. Esto lo logran a través de: Modelos predictivos que anticipan riesgos de mercado. Estrategias de diversificación para mitigar riesgos financieros. Planes de continuidad empresarial que consideran escenarios críticos.  Cumpliendo Obligaciones Fiscales con Seguridad  El cumplimiento fiscal es vital para cualquier empresa. Un consultor financiero asegura que las empresas cumplan con normativas locales e internacionales mediante: Planeación fiscal estratégica que optimice impuestos. Gestión de auditorías fiscales internas para prevenir multas. Supervisión de deducciones y créditos fiscales aplicables.  Defensa fiscal en caso de auditoría por parte de las autoridades. Esta guía experta reduce riesgos de incumplimiento y mejora la posición fiscal de la organización.  Consultoría Financiera de Consolidé En Consolidé hemos diseñado un servicio enfocado no sólo en las necesidades financieras de las empresas, sino también fiscales y legales. Con nosotros no sólo tendrás acceso a la asesoría financiera estratégica que tu organización necesita para continuar con su crecimiento también obtendrás: Atención a requerimientos Defensa fiscal Cumplimiento tributario Materialidad y razón de negocio ISN Alta de registros REPSE Asesoría legal Administración y tesorería Auditoría interna Lleva Exitosamente el Control Financiero de tu Empresa con una Consultoría Financiera Personalizada El camino hacia el éxito empresarial requiere decisiones estratégicas y respaldadas por información veraz. Un consultor financiero estratégico es tu socio ideal para alcanzar nuevas metas, optimizar procesos y mantener la estabilidad financiera. En Consolidé contamos con un equipo de consultores financieros y fiscales listos para diseñar soluciones personalizadas que impulsen a tu empresa. Contáctanos y transforma la visión financiera de tu empresa.
La planeación para el ejercicio fiscal 2025 viene acompañada de cambios y facilidades que buscan apoyar a las personas físicas y morales, especialmente a las PyMEs. Entre los puntos más destacados se encuentra la ausencia de modificaciones al CFF, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del IVA y Ley del IEPS. Para el ejercicio fiscal 2025, los RESICO también obtienen más facilidades. A continuación, desglosamos los principales aspectos que debes considerar para optimizar tu planeación financiera este año. Sin Cambios en las Principales Leyes Fiscales En 2025, el panorama legislativo fiscal permanece sin actualizaciones significativas. No se han realizado modificaciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) ni al Código Fiscal de la Federación (CFF). La ausencia de modificaciones a las principales legislaciones fiscales representa una mayor facilidad de planificación para las personas físicas y morales, ya que las reglas permanecen consistentes. A la par, permiten que las empresas mantengan la planeación realizada en el precierre fiscal y cierre fiscal de 2024. Descarga el Ebook Precierre Fiscal 2024 Estímulo Fiscal para PyMEs y Personas Físicas Un punto clave para la planeación financiera y fiscal de 2025 es el estímulo que consiste en la eliminación del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución otorgado a micro, pequeñas y medianas empresas, así como a personas físicas cuyos ingresos no superen los 35 millones de pesos.  Sin embargo, es importante señalar que este beneficio no será acumulable para efectos del ISR. Adicionalmente, para aprovecharlo, deberá solicitarse antes del 30 de septiembre de 2025.  Es importante recalcar que la eliminación del 100% de las multas, recargos y gastos de ejecución no será aplicable para: Aquellos que se han beneficiado de programas generalizados y masivos de condonación fiscal anteriores Aquellos que tengan sentencia condenatoria por la Comisión de Delitos Fiscales No hayan desvirtuado los hechos que se les imputaron en los procedimientos establecidos en los artículos 69-B y 69-B Bis del CFF Plazos para la Cancelación de CFDI El plazo para cancelar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) será la fecha en la que deba presentarse la declaración del ISR del ejercicio en que se expidió el comprobante que se cancela. Para los contribuyentes que formen parte del Régimen Simplificado de Confianza, RESICO, los plazos para cancelar los CFDI globales emitidos será a más tardar el último día del mes de abril correspondiente al ejercicio fiscal siguiente en el cual se expida el citado CFDI.  Facilidades para Contribuyentes RESICO Las personas físicas inscritas en el RESICO cuentan con nuevas facilidades para obtener saldos a favor. Estos podrán solicitarse en los pagos mensuales o de manera conjunta en enero del ejercicio inmediato posterior.  Por otro lado, se aclara que los socios de sociedades cooperativas de producción (AGAPES) podrán tributar en este régimen siempre y cuando dichas sociedades no hayan utilizado la exención prevista en el artículo 74 de la LISR. Adicionalmente, aquellos contribuyentes que cumplan con los requisitos de los artículos 113-E y 113-H de la LISR tendrán la opción de reincorporarse al RESICO presentando el aviso correspondiente antes del 31 de enero de 2025. Los requerimientos del SAT también han sido simplificados, eliminando barreras administrativas que anteriormente complicaban este proceso. https://www.youtube.com/watch?v=KMakqsjWYMg Aumenta la Tasa del Impuesto sobre Nóminas de la CDMX La tasa del ISN para la Ciudad de México sufrió una actualización para el ejercicio fiscal 2025. Ahora será del 4%, aumentó un punto porcentual en relación al ejercicio anterior.  Se informó que será otorgado un beneficio fiscal de reducción del 1% para las microempresas (de 0 a 10 trabajadores) y de 0.5% para las pequeñas empresas (de 11 a 50 trabajadores) Finaliza con la Mejor Estrategia Fiscal El ejercicio fiscal 2025 presenta excelentes oportunidades para las personas físicas y morales, pero también requiere un enfoque estratégico para aprovechar al máximo los estímulos y facilitar el cumplimiento fiscal.  En Consolidé contamos con un equipo de expertos en asesoría fiscal listos para guiarte en cada paso. No dejes pasar la oportunidad de optimizar tu planeación financiera. ¡Agenda una consulta y asegura un futuro fiscal sólido para tu empresa!