Category: Planeación Financiera y Fiscal

Los ciudadanos mexicanos por medio del pago de impuestos contribuyen con el gasto público. A través de este ejercicio es posible que se genere un excedente o saldo positivo que el contribuyente puede exigir como Compensación de Saldos a Favor. Para entender mejor en qué consisten los Saldos a Favor, cómo se realiza la solicitud de devolución y los requisitos, sigue leyendo. ¿Qué es la Compensación de Saldos a Favor o Compensación de Impuestos? Cada contribuyente, según el régimen fiscal en el que se encuentre, está obligado a presentar declaraciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), entre otros.  Para regímenes de sueldos y salarios y actividades profesionales, el Impuesto Sobre la Renta (ISR) es un impuesto anual. Los contribuyentes deben presentar su declaración a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT).  ¿Qué ocurre? Las personas físicas y morales reportan por este medio sus ingresos, deducciones, retenciones y pagos provisionales de impuesto. Al finalizar este ejercicio puede resultar que el contribuyente ha pagado en exceso; lo que genera un saldo a favor. Entonces, la Compensación de Saldos a Favor, también conocida como Compensación de Impuestos, es un mecanismo fiscal en México que permite a los contribuyentes utilizar esos saldos positivos de ciertos impuestos federales para compensar futuras obligaciones fiscales o solicitar su devolución.  ¿Qué pasa si tengo más deudas fiscales? Si el contribuyente tiene deudas fiscales adicionales, puede utilizar el saldo a favor para compensarlas. En caso de que el saldo a favor no sea suficiente para cubrir todas las deudas, el contribuyente deberá pagar la diferencia. No obstante, revisemos lo que detalla el marco legal. Marco Legal La Compensación de Saldos a Favor está regulada por el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y el artículo 31, fracción IV de la Constitución Mexicana. Estos artículos establecen las bases para el pago de impuestos y la posibilidad de  entre impuestos federales. El Código Fiscal de la Federación establece las obligaciones y derechos que tienen los contribuyentes al momento de pagar impuestos.  Específicamente el artículo 23 habla sobre cómo deberán de hacerse las devoluciones a favor del contribuyente:  "Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración únicamente podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio, siempre que ambas deriven de un mismo impuesto, incluyendo sus accesorios". Según el artículo 23 del CFF la compensación de impuestos se puede presentar de dos formas: A solicitud del interesado, contra las cantidades que esté obligado a pagar por adeudo propio. De oficio. La autoridad aplica los saldos a favor de los contribuyentes contra el crédito fiscal que tengan firme. Con respecto al artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, éste contempla la obligación de los mexicanos a contribuir para los gastos públicos. Y una forma de contribuir es a través del pago de impuestos. ¿Qué se Necesita para Solicitar la Compensación de Saldos a Favor? Los contribuyentes podrán hacer la solicitud de Compensación de Saldos, si cumplen con las siguientes condiciones: Que sean impuestos federales La compensación sólo puede realizarse entre impuestos federales. Dicho de otro modo, no se admite compensación de impuestos locales o estatales. Tener saldo a favor de ISR Es necesario tener un saldo positivo en el Impuesto Sobre la Renta (ISR). Es decir, un excedente que resulta del pago. Presentar el aviso de compensación El contribuyente debe presentar un aviso de compensación ante el SAT a través del buzón tributario, acompañado de la documentación que establezca el ente. Este trámite debes hacerlo dentro de los 5 días siguientes a aquel en que la hayas efectuado, o bien, en el día que corresponda al sexto dígito numérico de la clave del RFC. Diferencia entre Devolución de Saldos a Favor y Compensación de Saldos a Favor La Devolución de Saldos a Favor, que suele conocerse y llamarse por los contribuyentes Devolución de Impuestos, se refiere a la solicitud del contribuyente para que las autoridades fiscales le reembolsen el saldo a favor. En cambio, al hablar de Compensación de Saldos a Favor, se refiere a utilizar el saldo a favor para pagar otras obligaciones fiscales. ¿Recibir la Compensación de Saldos a Favor o Dejarlo para Pagar Futuras Obligaciones? La decisión entre recibir la compensación o dejarla para pagar futuras obligaciones depende de la situación financiera del contribuyente. Si se anticipan futuras obligaciones fiscales, puede ser conveniente dejar el saldo a favor como un crédito. ¿Cuándo no Podría Suceder la Devolución de Saldos a Favor? El SAT puede rechazar la solicitud de devolución de saldos a favor en los siguientes casos: Errores en la declaración, como datos incorrectos o incompletos. Deudas fiscales pendientes. En estos casos, el SAT puede aplicar el saldo a favor para cubrir esas deudas en lugar de devolverlo. Incumplimiento de requisitos, la devolución puede ser denegada ante la falta de documentos necesarios o el incumplimiento de plazos. Revisión adicional. En algunos casos, el SAT puede requerir una revisión adicional de la solicitud, lo que puede retrasar o impedir la devolución del saldo a favor. ¿Cuándo se Puede Solicitar la Compensación o Devolución? La compensación de impuestos o devolución de saldos a favor puede solicitarse una vez que se haya presentado la declaración anual y se haya determinado el saldo a favor.  Conclusión La Compensación de Saldos a Favor es una herramienta útil para que los contribuyentes salden deudas de otros impuestos federales. Si deseas aplicar esta opción, ten en cuenta los plazos y requisitos establecidos por las autoridades fiscales. De esa manera evitarás retrasos o denegaciones. Si necesitas ayuda con estos procesos contables en tu empresa, no dudes en contactarnos. En Consolidé ofrecemos una gestión eficiente para la determinación de impuestos, apegados al marco legal y nos encargamos de las declaraciones tributarias.
La Declaración Anual 2024 es una de las obligaciones fiscales más importantes para las personas morales en México. Este proceso permite a las empresas reportar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sus ingresos, deducciones, retenciones y pagos de impuestos correspondientes al ejercicio fiscal anterior.  ¿Qué se necesita reportar? ¿Cómo optimizar la presentación? ¿Hay multas por no presentación o por atraso? Conoce todo en este artículo. Declaración Anual 2024 para Personas Morales La Declaración Anual es un informe fiscal que detalla los ingresos y gastos reportados por una organización durante el año fiscal anterior. En el caso de la Declaración Anual 2024, se deben incluir los movimientos registrados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024. Esta declaración ayuda al SAT a calcular el monto de Impuesto Sobre la Renta (ISR) anual que corresponde pagar. Este proceso es clave para garantizar una transparencia fiscal adecuada, además de evitar posibles sanciones o bloqueos de operaciones empresariales. ¿Qué incluye la Declaración Anual? Las personas morales tienen que incluir dentro de su Declaración Anual conceptos como: ingresos, deducciones, pagos provisionales así como retenciones. Es importante que antes antes presentar tu Declaración Anual estés al corriente con los pagos de: Declaraciones de pago de ISR de ejercicios anteriores Declaraciones de pagos provisionales Fechas clave La fecha límite para presentar la Declaración Anual 2024 es el 31 de marzo de 2025. De no cumplir con esta obligación en tiempo y forma, el SAT podría imponer multas y sanciones. Inclusive hasta la suspensión del certificado de sello digital. ¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual 2024? Están obligados a presentar la Declaración Anual las personas morales como: Sociedades mercantiles Asociaciones civiles Sociedades cooperativas de producción Instituciones de crédito, seguros y fianzas Fideicomisos de actividades empresariales Organismos descentralizados con actividades comerciales Cómo hacer la Declaración Anual 2024 para Personas Morales Contar con la documentación adecuada evitará contratiempos al realizar el trámite. A continuación, un checklist para preparar todo lo necesario antes de iniciar el proceso: Balance general o estado de situación financiera. Declaraciones de pagos provisionales y definitivos de ISR e IVA. CFDIs emitidos, incluidos los de nómina, arrendamiento y honorarios. Estados de resultados. Registro Federal de Contribuyentes (RFC). e.firma actualizada. CFDIs Transacciones realizadas durante el año fiscal. Documentos que acrediten pagos realizados y conciliación de saldos. Es importante mantener un registro claro y actualizado de todos los movimientos financieros realizados durante el ejercicio fiscal. Pasos para presentar la Declaración Anual 2024 Accede al portal oficial del SAT. Selecciona la opción de “Anual”. Selecciona la opción de “Anual de personas morales plataforma anterior”. Ingresa a la aplicación con el RFC registrado, contraseña y la e.firma. Llena los campos correspondientes, como ingresos, deducciones autorizadas y otros datos adicionales. La información será precargada con base en los registros de pagos provisionales previos. Revisa la vista previa para asegurarte de que todos los datos sean correctos. Envía la declaración y obtén el acuse de recibo o línea de captura en caso de saldo a cargo. Recuerda que, en caso de errores en la información enviada, siempre puedes presentar una declaración complementaria. Tips para optimizar tu Declaración Anual 2024 A continuación te compartimos algunos tips para optimizar tu Declaración Anual 2024 para personas morales: 1. Identifica los ingresos no acumulables Existen ingresos que no deben considerarse como acumulables, como el aumento de capital, dividendos entre personas morales residentes en México o ganancias derivadas de la revaluación de activos. 2. Corrige errores en los CFDIs de nómina Si detectaste errores en los CFDIs de nómina emitidos durante 2024, para antes del 28 de febrero de 2025 debieron ser corregidos, cancelados y sustituidos por nuevos comprobantes.  3. Aprovecha las deducciones permitidas Algunas deducciones importantes incluyen gastos de nómina, costo de lo vendido y cuotas de seguridad social. Revisa que todos los registros estén correctamente documentados para respaldar estas deducciones. 4. Registra las pérdidas fiscales oportunamente Si el sistema precargado no incluye las pérdidas fiscales de años anteriores, agrégalas manualmente en la sección correspondiente para no perder beneficios fiscales. 5. Utiliza el simulador de declaración El SAT ofrece un simulador, donde puedes revisar anticipadamente la información prellenada de tu Declaración Anual. Tómate el tiempo para verificar que todos los datos sean correctos. Consecuencias de Incumplimiento: Multas De no cumplir con esta obligación en tiempo y forma, el SAT podría imponer multas que van desde $1,810 hasta $44,790 MXN: No presentar la Declaración Anual 2024: Multas desde los $1,810 MXN hasta los $22,400 MXN. Si dentro de los 6 meses siguientes a la fecha que se presentó la Declaración por la cual fue impuesta la multa, el contribuyente puede presentar la declaración complementaria. Presentarla fuera de plazo o por incumplimiento por requisitos: Multa de los $1,810 MXN hasta los $44,790 MXN. En caso de que el contribuyente esté obligado a presentar la Declaración vía Internet y no lo hace, lo hace fuera de plazo o incumple con los requisitos: Multa desde los $18,360 MXN hasta los $36,740 MXN. Además, otra consecuencia de presentar tarde la declaración, hacerlo de forma incorrecta o fuera de tiempo también es la suspensión del certificado de sello digital. Lo anterior puede limitar la emisión de las facturas. Cumplir con los plazos y requisitos no solo evita sanciones, sino que también refuerza una opinión fiscal favorable para futuras operaciones, como la solicitud de créditos. Presenta tu Declaración Anual 2024 a Tiempo Preparar y presentar la Declaración Anual 2024 exige organización, conocimiento de la normativa fiscal vigente y la documentación adecuada. De hecho, el ejercicio inicia con el precierre fiscal.Este año, asegúrate de cumplir con esta obligación fiscal, evita retrasos y sanciones. En Consolidé contamos con un equipo de especialistas en temas contables y fiscales que pueden ayudarte a presentar la Declaración Anual.
¿Hubo una equivocación en la emisión de los comprobantes de nómina 2024? No te preocupes, todavía estás a tiempo de corregir los CFDI de nómina 2024. El plazo es a más tardar el 28 de febrero de 2025.  ¿Quieres saber más? Sustitución de Comprobantes de Nómina 2024 o CFDI de Nómina 2024 Según la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2025, regla 2.7.5.6: “los contribuyentes que durante el ejercicio fiscal 2024 hayan emitido CFDI de nómina que contengan errores u omisiones en su llenado o en su versión podrán, por única ocasión, corregir estos, siempre y cuando el nuevo comprobante que se elabore se emita a más tardar el 28 de febrero de 2025 y se cancelen los comprobantes que sustituyen.” Con lo anterior, si dentro de tu cálculo de nómina y por ende, la emisión de CFDI de nómina existió un error, podrás corregirlo siempre y cuando emitas un nuevo comprobante fiscal que refleje como fecha de pago el día correspondiente a 2024.  Es muy importante que lo realices a más tardar el 28 de febrero de 2025 y que el CFDI de nómina con errores sea sustituido por el nuevo. ¿Por qué es Importante Emitir Correctamente los CFDI de Nómina? Según el artículo 99, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), los empleadores tienen la obligación de emitir y entregar los comprobantes de nómina: “Expedir y entregar comprobantes fiscales a las personas que reciban pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, en la fecha en que se realice la erogación correspondiente, los cuales podrán utilizarse como constancia o recibo de pago para efectos de la legislación laboral a que se refieren los artículos 132 fracciones VII y VIII, y 804, primer párrafo, fracciones II y IV, de la Ley Federal de Trabajo.” Por otro lado, el Código Fiscal de la Federación (CFF) en su artículo 29, primer párrafo, menciona la obligación de la expedición de los CFDI: “Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria. Las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios, realicen pagos parciales o diferidos que liquidan saldos de comprobantes fiscales digitales por Internet, o aquéllas a las que les hubieren retenido contribuciones deberán solicitar el comprobante fiscal digital por Internet respectivo. Los contribuyentes que exporten mercancías que no sean objeto de enajenación o cuya enajenación sea a título gratuito, deberán expedir el comprobante fiscal digital por Internet que ampare la operación.” Por su parte, el artículo 29-A del CFF menciona los requisitos de los comprobantes fiscales: RFC, nombre o razón social de quien los expida y régimen fiscal. En caso de tener más de un local o establecimiento, se deberá señalar el domicilio del local o establecimiento en el que se expidan los comprobantes fiscales Número de folio y sello digital del SAT así como el sello digital del contribuyente que lo expide Lugar y fecha de expedición Clave del RFC, nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal de la persona a favor de quien se expida  Clave del uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal Cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen Cumplimiento de la Emisión Adecuada de Comprobantes de Nómina La labor del cálculo de nómina requiere detalle pero en algunas ocasiones los noministas pueden cometer errores. Es muy importante que dentro de la empresa se verifique que los comprobantes de nómina sean emitidos acorde a lo que estipulan las autoridades correspondientes. No olvides revisar a detalle la “Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento”. Si estás en proceso de sustitución de CFDI de nómina 2024, realiza a tiempo la corrección. Recuerda que forman parte de los requisitos de deducibilidad. Si tienes dudas, contáctanos. En Consolidé contamos con expertos en emisión de CFDI de nómina.
La planeación para el ejercicio fiscal 2025 viene acompañada de cambios y facilidades que buscan apoyar a las personas físicas y morales, especialmente a las PyMEs. Entre los puntos más destacados se encuentra la ausencia de modificaciones al CFF, Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley del IVA y Ley del IEPS. Para el ejercicio fiscal 2025, los RESICO también obtienen más facilidades. A continuación, desglosamos los principales aspectos que debes considerar para optimizar tu planeación financiera este año. Sin Cambios en las Principales Leyes Fiscales En 2025, el panorama legislativo fiscal permanece sin actualizaciones significativas. No se han realizado modificaciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la Ley de Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) ni al Código Fiscal de la Federación (CFF). La ausencia de modificaciones a las principales legislaciones fiscales representa una mayor facilidad de planificación para las personas físicas y morales, ya que las reglas permanecen consistentes. A la par, permiten que las empresas mantengan la planeación realizada en el precierre fiscal y cierre fiscal de 2024. Descarga el Ebook Precierre Fiscal 2024 Estímulo Fiscal para PyMEs y Personas Físicas Un punto clave para la planeación financiera y fiscal de 2025 es el estímulo que consiste en la eliminación del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución otorgado a micro, pequeñas y medianas empresas, así como a personas físicas cuyos ingresos no superen los 35 millones de pesos.  Sin embargo, es importante señalar que este beneficio no será acumulable para efectos del ISR. Adicionalmente, para aprovecharlo, deberá solicitarse antes del 30 de septiembre de 2025.  Es importante recalcar que la eliminación del 100% de las multas, recargos y gastos de ejecución no será aplicable para: Aquellos que se han beneficiado de programas generalizados y masivos de condonación fiscal anteriores Aquellos que tengan sentencia condenatoria por la Comisión de Delitos Fiscales No hayan desvirtuado los hechos que se les imputaron en los procedimientos establecidos en los artículos 69-B y 69-B Bis del CFF Plazos para la Cancelación de CFDI El plazo para cancelar los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) será la fecha en la que deba presentarse la declaración del ISR del ejercicio en que se expidió el comprobante que se cancela. Para los contribuyentes que formen parte del Régimen Simplificado de Confianza, RESICO, los plazos para cancelar los CFDI globales emitidos será a más tardar el último día del mes de abril correspondiente al ejercicio fiscal siguiente en el cual se expida el citado CFDI.  Facilidades para Contribuyentes RESICO Las personas físicas inscritas en el RESICO cuentan con nuevas facilidades para obtener saldos a favor. Estos podrán solicitarse en los pagos mensuales o de manera conjunta en enero del ejercicio inmediato posterior.  Por otro lado, se aclara que los socios de sociedades cooperativas de producción (AGAPES) podrán tributar en este régimen siempre y cuando dichas sociedades no hayan utilizado la exención prevista en el artículo 74 de la LISR. Adicionalmente, aquellos contribuyentes que cumplan con los requisitos de los artículos 113-E y 113-H de la LISR tendrán la opción de reincorporarse al RESICO presentando el aviso correspondiente antes del 31 de enero de 2025. Los requerimientos del SAT también han sido simplificados, eliminando barreras administrativas que anteriormente complicaban este proceso. https://www.youtube.com/watch?v=KMakqsjWYMg Aumenta la Tasa del Impuesto sobre Nóminas de la CDMX La tasa del ISN para la Ciudad de México sufrió una actualización para el ejercicio fiscal 2025. Ahora será del 4%, aumentó un punto porcentual en relación al ejercicio anterior.  Se informó que será otorgado un beneficio fiscal de reducción del 1% para las microempresas (de 0 a 10 trabajadores) y de 0.5% para las pequeñas empresas (de 11 a 50 trabajadores) Finaliza con la Mejor Estrategia Fiscal El ejercicio fiscal 2025 presenta excelentes oportunidades para las personas físicas y morales, pero también requiere un enfoque estratégico para aprovechar al máximo los estímulos y facilitar el cumplimiento fiscal.  En Consolidé contamos con un equipo de expertos en asesoría fiscal listos para guiarte en cada paso. No dejes pasar la oportunidad de optimizar tu planeación financiera. ¡Agenda una consulta y asegura un futuro fiscal sólido para tu empresa!
El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) acaba de informar sobre el nuevo valor de la UMA 2025. Este indicador es clave para la actualización de precios en servicios, obligaciones fiscales, pensiones, multas y sanciones. Actualización: Así quedó la UMA 2026 Valor de la UMA 2025 El valor actualizado de la UMA para 2025 es fue $113.14 MXN. Esto conforme a la Ley de la Unidad de Medida y Actualización. UMA 2025 diaria: $113.14 MXN UMA 2025 mensual: $3,439.46 MXN UMA 2025 anual: $41,273.52 MXN La UMA tuvo un incremento del 4.21% contra el año anterior, su valor era de $108.57 MXN. El aumento fue debido a la alza del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).  ¿Cuándo entra en Vigencia la UMA en 2025? El nuevo valor de la UMA será vigente a partir del 1ro de febrero de 2025. ¿Cómo Influye el Valor de la UMA en las Empresas? La UMA o Unidad de Medida y Actualización es un indicador económico clave que es empleado para determinar el monto de obligaciones fiscales, multas y sanciones, prestaciones y más. El valor es actualizado de forma anual por el INEGI. Este indicador económico es un factor clave para saber la cantidad económica en pesos mexicanos de obligaciones económicas, multas y prestaciones previstas en las legislaciones estatales y federales así como disposiciones jurídicas. La actualización de la UMA influye en: Cálculo de aportaciones al IMSS e INFONAVIT Créditos hipotecarios Contribuciones fiscales Impuestos Monto de multas y sanciones Pensiones  Planificación financiera y fiscal Es sumamente importante tener en cuenta la actualización de la UMA en 2025 para evitar errores en cálculos relacionados a las aportaciones de seguridad social, cálculo de nómina, pago de las obligaciones fiscales y más. Si tienes dudas, contacta con nuestros expertos en asesoría financiera, fiscal y de seguridad social para obtener una asesoría. ¿Qué es la UMA? La Unidad de Medida y Actualización es un indicador actualizado de forma anual que se usa para la determinación de diversas contribuciones, obligaciones fiscales y pagos. La UMA es actualizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI). Antes de la UMA, se empleaba el salario mínimo o Veces Salario Mínimo (VSM) para determinar los montos. Sin embargo, conforme aumentaba el salario mínimo, también aumentaban los montos a pagar. Para evitar esta situación, el 27 de enero de 2016 se publica en el Diario Oficial de la Federación la reforma, con efecto el 1ro de febrero del mismo año. Valores de la UMA en años anteriores AÑOUMA DIARIAUMA MENSUALUMA ANUAL2025$113.14$3,439.46$41,273.522024$108.57$3,300.53$39,606.362023$103.74$3,153.70$37,844.402022$96.22$2,925.09$35,101.082021$89.62$2,724.45$32,693.402020$86.88$2,641.15$31,693.802019$84.49$2,568.50$30,822.002018$80.60$2,450.24$29,402.882017$75.49$2,294.90$27,538.802016$73.04$2,220.42$26,645.04
Durante la conferencia habitual, la Presidenta de México, Claudia Sheinbaum anunció el aumento al salario mínimo para 2025. El salario mínimo 2025 tuvo un aumento del 12% contra el de 2024 tanto para la Zona Libre de la Frontera Norte como la Zona General. Actualización: El salario mínimo 2026 tendrá un aumento del 13% con respecto al 2025, estos son los nuevos valores: Salario Mínimo General 2026: $315.04 MXN diarios Salario Zona Libre de la Frontera Norte 2026: $440.87 MXN diarios Salario Mínimo 2025 De 2024 a 2025, el salario mínimo tuvo un aumento del 12% en todo el país. Lo anterior fue confirmado por la Presidenta Claudia Sheinbaum el pasado 4 de diciembre. El salario mínimo 2025 fue efectivo a partir del 1ro de enero de 2025: Zona libre de la frontera norte (Baja California, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas): De $374.89 MXN a $419.88 MXN. Zona General: De $248.93 MXN a $278.80 MXN.  En la misma conferencia se anunció que el promedio mensual del salario a nivel general de los trabajadores será de $8,364 MXN por su lado, el de la frontera será de $12,596 MXN. Salario Mínimo 2025 por hora El salario mínimo 2025 por hora dentro de una jornada laboral estándar de 8 horas quedó en: Zona libre de la frontera norte (Baja California, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas): $52.48 MXN Zona General: $34.85 MXN  Aprobación del Aumento al Salario Mínimo 2025 Marath Bolaños López, Secretario de la STPS comentó que el aumento al salario mínimo 2025 fue aprobado el 3 de diciembre por consenso unánime por parte de la Conasami (Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de Salarios Mínimos) integrado por los sectores obrero, patronal y del gobierno. Recordemos que el 28 de noviembre inició la sesión ordinaria del Conasami. A la par, el Secretario de la STPS comentó que dicho aumento beneficiará directamente a 8.5 trabajadores. Por su lado, la Presidenta Sheinbaum afirmó que con este aumento, se avanza con el objetivo de que cada trabajador pueda acceder a 2.5 veces la canasta básica para el año 2030. De 2018 a 2025, el incremento acumulado del salario mínimo alcanza una recuperación del 135%, de acuerdo al Gobierno. ¿Cuál ha sido el aumento en porcentajes del salario mínimo a través de los años? El aumento en porcentajes del salario mínimo en México, desde el 2019: 2026: 13% 2025: 12% 2024: 20% 2023: 20% 2022: 22% 2021: 15% 2020: 20% 2019: 16.2% Aumentos al Salario Mínimo a través de los Años A continuación te compartimos una tabla que reúne los montos del salario mínimo desde el 2015 hasta la actualidad: AñoSalario Mínimo VigenteÁrea AÁrea BÁrea CResto del PaísZLFN2026315.04440.872025278.8419.882024248.93374.892023207.44312.412022172.87260.342021141.7213.392020123.22185.562019102.68176.72102.68201888.36201780.04201673.04201570.166.45 ¿Qué es el salario mínimo? Según la Ley Federal del Trabajo, el salario es la “retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo”, según el artículo 82. El artículo 83 establece la fijación del salario que puede ser por unidad de tiempo, unidad de obra, comisión, precio alzado o de cualquier otra manera.  El salario mínimo está garantizado dentro del artículo 85 de la Ley Federal del Trabajo: El salario debe ser remunerador y nunca menor al fijado como mínimo de acuerdo con las disposiciones de esta Ley. Para fijar el importe del salario se tomarán en consideración la cantidad y calidad del trabajo.  En el salario por unidad de obra, la retribución que se pague será tal, que para un trabajo normal, en una jornada de ocho horas, dé por resultado el monto del salario mínimo, por lo menos. En resumen, ningún trabajador en México podrá tener un sueldo inferior al total establecido como salario mínimo. Salario Mínimo en el Cálculo de Nómina y el IMSS Es importante que tengas en consideración el aumento al salario mínimo 2025 para el cálculo de tu nómina para el siguiente año.  Con la misma importancia, no olvides presentar tus modificaciones al salario ante el IMSS. Informa antes del 31 de diciembre o el mismo 31 de forma anticipada el SBC que corresponde al trabajador real con base en el factor de integración por antigüedad así como las prestaciones laborales. De no presentar las modificaciones al salario 2025 ante el IMSS, el Instituto las realizará de forma automática, igualando el salario mínimo con factor mínimo de integración 1.0493. Si necesitas asesoría para ajustar el salario mínimo dentro del cálculo de tu nómina o presentar las modificaciones ante el IMSS, contáctanos. Somos una consultoría especializada en Maquila de Nómina con más de 29 años de experiencia.
El Impuesto sobre Nóminas (ISN) es un impuesto estatal que es calculado del salario de los empleados cada periodo de pago. Este impuesto es abonado por el patrón a las autoridades fiscales. El ISN varía dependiendo del estado al igual que las leyes o requisitos. En el caso de Quintana Roo, equivale al 4%. ¿Sabías que tanto las personas físicas como morales están obligadas a dictaminar sus contribuciones estatales y como parte de éstas el impuesto sobre nóminas? ¿Qué sucede si las organizaciones en el estado de Quintana Roo no presentan el dictamen del Impuesto sobre Nóminas? ¿Cuándo debe presentarse? En este artículo te compartimos toda la información. Dictamen del Impuesto sobre Nóminas para Quintana Roo Las personas físicas y morales tienen la obligación de presentar el dictamen sobre sus contribuciones estatales en dos casos: Contribuyentes con 150 colaboradores o más hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior Contribuyentes que en el ejercicio inmediato anterior hubieran realizado erogaciones superiores a $30,000,000 MXN por conceptos del artículo 2 de la Ley del Impuesto sobre Nóminas del Estado de Quintana Roo: Son objeto de este impuesto, las erogaciones en efectivo o en especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal, independientemente de la designación que se les dé, prestado dentro del territorio del Estado, bajo la dirección y/o dependencia de un patrón, contratista, intermediario, terceros o cualquiera que sea su denominación. Para los efectos de este impuesto, quedan comprendidas entre las erogaciones mencionadas anteriormente, aquellas que se realicen por concepto de prestaciones o contraprestaciones cualquiera que sea el nombre con el que se le designe, ya sean ordinarias o extraordinarias, incluyendo honorarios asimilables a salarios, comisiones a trabajadores, premios, gratificaciones, rendimientos, primas vacacionales, dominicales, por antigüedad, así como cualquier otra erogación que en razón de su trabajo o por la relación laboral reciba el trabajador. Son también objeto de este impuesto, las erogaciones por pagos realizados a los socios o accionistas, administradores, comisarios o miembros de los consejos directivos y de vigilancia en toda clase de sociedades y asociaciones. También quedan comprendidos los anticipos que reciban los miembros de sociedades y asociaciones civiles, así como los rendimientos y anticipos que obtengan los miembros de sociedades cooperativas de productores de bienes y/o servicios. Son también objeto de este impuesto las erogaciones hechas de manera ocasional en contratos por eventos o servicios determinados. ¿Cuándo se presenta el dictamen? El dictamen sobre las contribuciones estatales se debe presentar a más tardar el último día del mes de febrero del año siguiente. Consideraciones para realizar el dictamen El dictamen debe presentarse vía medios digitales del SATQ (el Servicio de Administración Tributaria de Quintana Roo). A la par, debe ser firmado tanto por el contribuyente como por el contador público certificado que realizará el dictamen. Es importante que sepas que si alguna de las siguientes condiciones se presenta, el dictamen de las contribuciones no procederá: El dictamen fue presentado fuera de plazo El contador público propuesto por el contribuyente no cuenta con su registro o éste está cancelado o suspendido El contribuyente recibió una notificación de orden de visita domiciliaria por el periodo fiscal a que se refiere el aviso antes de su presentación Consecuencias de no presentar el dictamen de contribuciones Si el contribuyente falla en la presentación del dictamen de contribuciones, incumple con las fechas de presentación o los requisitos, puede ser multado hasta 600 veces la UMA. En Consolidé podemos ayudarte a presentar el dictamen de las contribuciones estatales para el estado de Quintana Roo. Contamos con más de 27 años de experiencia en México.
Un precierre fiscal es un corte que se realiza antes de finalizar el ejercicio fiscal de una empresa con el objetivo de obtener información precisa para identificar posibles errores o incumplimientos fiscales, prevenir riesgos y tomar decisiones informadas para mejorar la situación financiera de la empresa.  Es importante realizarlo con tiempo suficiente antes del cierre anual para corregir cualquier error o irregularidad detectada.  Descarga el Ebook Precierre Fiscal 2024 ¿Qué es el precierre fiscal? El precierre fiscal es un corte parcial en el cual se identifican aspectos clave que pueden tener impactos positivos o negativos en las finanzas de la empresa. Esta revisión se lleva a cabo en el último trimestre del ejercicio fiscal y resulta fundamental para prepara adecuadamente la Declaración Anual ante el SAT. Es importante recordar que la presentación de la Declaración Anual es una obligación fiscal, tanto para personas morales como físicas. Debe realizarse conforme a las normativas vigentes.  Con un análisis exhaustivo durante el precierre fiscal, las empresas pueden anticipar y mitigar posibles consecuencias derivadas del incumplimiento de las normativas fiscales, evitando así que se active el proceso de facultades de comprobación por parte de la autoridad fiscal. ¿Por qué hacer un precierre fiscal? Un precierre fiscal es una guía general de mucha utilidad. Este corte ayuda a las empresas a: Prever el resultado fiscal del año Prever el flujo de efectivo para el pago del ISR (Impuesto sobre la Renta) del ejercicio siguiente Conocer si habrá utilidades o pérdidas durante el ejercicio Conocer el Coeficiente de Utilidad Validar si las cifras contables presentan saldos correctos en cuentas por pagar a proveedores o acreedores Conciliar de forma anticipada de cifras mes a mes acorde con la conciliación de CFDIs de ingresos y gastos Anticipar el pago de PTU Validar si el saldo en Cuentas por Cobrar a clientes es correcto Corregir aspectos contables, fiscales, legales y de operación Realizar la planeación fiscal para el cierre Si hay inventarios, validar el registro de compras, productos y costo de lo vendido Mejor toma de decisiones Encontrar oportunidades de mejora en procesos internos Con el precierre fiscal, los expertos en Contaduría y Fiscal pueden realizar recomendaciones que impacten de forma positiva la Declaración Anual. Antecedentes normativos Una de las contribuciones más importantes en México es el pago del Impuesto sobre la Renta. Este pago está previsto en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) en su artículo 1, Título I: Artículo 1. Las personas físicas y las morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos: Las residentes en México, respecto de todos sus ingresos, cualquiera que sea la ubicación de la fuente de riqueza de donde procedan. Los residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento permanente. Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuentes de riqueza situadas en territorio nacional, cuando no tengan un establecimiento permanente en el país, o cuando teniéndolo, dichos ingresos no sean atribuibles a éste. Por otro lado, el artículo 9 de la LISR, Título II, define la tasa del 30% del pago del ISR para las personas morales. Dentro de este artículo también se define cómo será determinado el resultado fiscal: INGRESOS ACUMULABLES DEL EJERCICIO( - )  DEDUCCIONES AUTORIZADAS DE ESTE TÍTULO( - )  PTU PAGADA   =   UTILIDAD FISCAL( - )  PÉRDIDAS FISCALES ACTUALIZADAS( = ) UTILIDAD FISCAL RESULTADO FISCAL Esto permitirá conocer con anticipación los impuestos anuales que pagarás pero sobre todo tomar decisiones importantes con base en el análisis de tus cifras contables. Consecuencias de no realizar un precierre fiscal Las empresas pueden perder oportunidades valiosas para revisar su contabilidad o en el peor de los casos: Cometer errores de fiscalización ante la autoridad Cancelación de los Certificados de Sellos Digitales (CSD) Deducciones autorizadas: Si no se realiza el precierre no conocerás la cantidad de deducciones faltantes para disminuir la utilidad fiscal Incumplimiento de requisitos fiscales Imposición por parte de la autoridad fiscal de un crédito fiscal que surge de recibir una carta invitación del SAT o una auditoría. Imposición por parte de la autoridad fiscal de una multa Imposición por parte de la autoridad fiscal de una opinión negativa https://www.youtube.com/watch?v=KMakqsjWYMg Paso a paso para realizar el precierre fiscal Antes de iniciar el precierre fiscal, es importante que realices un balance de los ingresos del ejercicio así como una depuración y conciliación de las cuentas contables, fiscales y financieras de la empresa. Este es el paso a paso para realizar el precierre fiscal: 1. Determinación de ingresos acumulables De acuerdo al artículo 17 de la LISR, los ingresos se obtienen cuando hay una enajenación de bienes o prestación de servicios, en cualquiera de estos supuestos: Emisión de comprobantes fiscales que amparen el precio o la contraprestación prestada Envío o entrega del bien de forma material o cuando hay prestación de servicios Se cobre o sea exigible el total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada, aun cuando provenga de anticipos ¿Qué otros ingresos se consideran? Ajuste anual por inflacion acumulable Contratos de obra inmueble Construcciones o mejoras a instalaciones de las cuales se prestó el uso o goce temporal Seguros - Cantidades que los contribuyentes obtengan como indemnización para resarcirlo de la disminución que en su productividad haya causado la muerte, accidente o enfermedad de técnicos o dirigentes Cantidades que se perciban para efectuar gastos por cuentas de terceros (sin comprobantes fiscales) Dividendos percibidos - utilidades tanto en México como en el extranjero Estímulos fiscales Fluctuación del tipo de cambio Intereses del tipo moratorio y enajenación de activos fijos Ingresos determinados presuntamente por la autoridad fiscal Ingreso por ganancia de transmisión de propiedad Ganancia de enajenación de activos fijos Pagos que se reciban de créditos deducidos por incobrable Recuperación de cuentas incobrables 2. Determinación de deducciones La LISR indica las deducciones en su artículo 25, Capítulo II. Ejemplos de deducciones para personas morales son: Ajuste anual por inflación deducible (Artículos 44, 45 y 46 de la LISR) Aportaciones para pensiones de empleados Bonificaciones Créditos incobrables (pérdidas por caso fortuito) Compras Combustibles Contribuciones Costo de lo vendido o de compras Cuotas patronales del Seguro Social Devoluciones Descuentos Donativos Fianzas Gastos de viaje Gastos netos de descuentos (en casos donde fueron aplicados en el flujo) Gastos relacionados al personal Intereses a cargo Primas de antigüedad Seguros Retenciones del ISR no efectuadas y quedaron absorbidas como gasto 3. Determinación de la deducción de inversiones Para determinar la deducción de inversiones se deben considerar los porcientos máximos autorizados por la Ley del ISR. De conformidad con el artículo 32º de la LISR se considera como inversión: Activos fijos Gastos y cargos diferidos Erogaciones realizadas en los periodos pre-operativos: 4. Determinación del ajuste anual por inflación El ajuste anual por inflación se refiere al cálculo para determinar o medir el impacto de la inflación (aumento de precios) en sus activos y pasivos (créditos o deudas de la organización). El cálculo del ajuste anual está previsto dentro de los artículos 44, 45 y 46, Capítulo III de la LISR. 5. Determinación de indicadores globales En este apartado del precierre fiscal se incluye: Resultado contable Utilidad fiscal Resultado fiscal Renta gravable para PTU Conclusión El precierre fiscal es una herramienta clave para prevenir riesgos y tomar decisiones estratégicas en la empresa.  Previene riesgos y permite tomar decisiones estratégicas para la empresa. Al realizarlo con anticipación y de manera adecuada, se minimizan los errores fiscales que podrían generar conflictos con la autoridad fiscal.  En Consolidé contamos con un equipo de expertos contables y fiscales que te apoyarán en la realización de un precierre fiscal exitoso para el 2024. 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Un concepto clave dentro de la Contabilidad para el cálculo de impuestos es el Coeficiente de Utilidad. Este indicador es clave para medir la rentabilidad de una organización pero también es vital para calcular el ISR, monto de los pagos provisionales y declaraciones de impuestos de las empresas.  El  Coeficiente de Utilidad también es importante para analistas e inversionistas ya que ayuda a evaluar la salud financiera de las empresas. ¿Qué es el Coeficiente de Utilidad? El Coeficiente de Utilidad (CU) se refiere al margen de Utilidad del ejercicio de las operaciones de una persona moral. Obtener esta información permite a las organizaciones conocer sobre su capacidad de generar beneficios con los recursos disponibles. Sin embargo, en el ámbito de obligaciones fiscales, el Coeficiente de Utilidad se utiliza para calcular los pagos provisionales de ISR. Su correcto o incorrecto cálculo tiene un impacto directo en la determinación de los montos a pagar. También se usa para las declaraciones fiscales. El Coeficiente de Utilidad se obtiene al dividir la utilidad fiscal entre los ingresos nominales de un ejercicio.  Utilidad Fiscal: El monto de ganancias que obtiene una organización después de aplicar las deducciones fiscales Ingresos Nominales: Ingresos totales generados por la empresa dentro de un periodo fiscal. No se ajusta la inflación ni deducciones fiscales Un CU alto puede resultar en pagos provisionales de ISR más elevados. Por otro lado, un CU bajo puede indicar problemas de rentabilidad. Fundamento legal El artículo 14.° del Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (RLISR) establece que los contribuyentes tienen el deber de efectuar los pagos provisionales de forma mensual a cuenta del impuesto del ejercicio a más tardar el día 17 del mes inmediato. Por otro lado, los contribuyentes pueden solicitar la autorización de la disminución de los pagos provisionales a partir del segundo semestre del ejercicio fiscal que corresponda.  Es importante destacar que la solicitud anterior debe presentarse un mes antes de la fecha en la que se deba efectuar el entero del pago provisional que se solicite disminuir. ¿Qué dice el artículo 14º de la LISR? Artículo 14. Los contribuyentes efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda el pago, conforme a las bases que a continuación se señalan: Se calculará el coeficiente de utilidad correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración. Para este efecto, la utilidad fiscal del ejercicio por el que se calcule el coeficiente, se dividirá entre los ingresos nominales del mismo ejercicio.  Las personas morales que distribuyan anticipos o rendimientos en los términos de la fracción II del artículo 94 de esta Ley, adicionarán a la utilidad fiscal o reducirán de la pérdida fiscal, según corresponda, el monto de los anticipos y rendimientos que, en su caso, hubieran distribuido a sus miembros en los términos de la fracción mencionada, en el ejercicio por el que se calcule el coeficiente.  Tratándose del segundo ejercicio fiscal, el primer pago provisional comprenderá el primero, el segundo y el tercer mes del ejercicio, y se considerará el coeficiente de utilidad fiscal del primer ejercicio, aun cuando no hubiera sido de doce meses.  Cuando en el último ejercicio de doce meses no resulte coeficiente de utilidad conforme a lo dispuesto en esta fracción, se aplicará el correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se tenga dicho coeficiente, sin que ese ejercicio sea anterior en más de cinco años a aquél por el que se deban efectuar los pagos provisionales. ¿Por qué es importante conocerlo? Calcular y conocer tu Coeficiente de Utilidad te permitirá: Aumentar tu Liquidez: Menores pagos provisionales de ISR implican más efectivo para tu empresa. El CU es la base para determinar los pagos anticipados del ISR. Facilitar la Reinversión: Al reducir el CU, liberas recursos que puedes reinvertir en tu negocio. Mejorar la Planeación Fiscal: Con un CU optimizado, puedes prever y mitigar cargas fiscales innecesarias. El SAT lo utiliza: Sí, el CU es utilizado por el SAT para realizar la verificación fiscal porque compara la información fiscal declarada por las organizaciones.  ¿Para qué sirve? El Coeficiente de Utilidad se utiliza para calcular los pagos provisionales de ISR. Sin embargo, gestionarlo de forma inadecuada puede representar cargas tributarias más altas. Al gestionar adecuadamente el Coeficiente de Utilidad, las empresas pueden: Disminuir sus pagos provisionales de ISR Tomar decisiones más acertadas Liberar recursos para reinvertir Mejorar el flujo de efectivo Fortalecer su negocio Beneficios de optimizar tu Coeficiente de Utilidad ¿Sabías que puedes optimizar tu Coeficiente de Utilidad? Estos son los beneficios de optimizar tu coeficiente de utilidad: Menos pagos provisionales: Un CU bajo significa menores anticipos mensuales de ISR.  Más liquidez y flujo de efectivo: Menos pagos fiscales permiten mantener más efectivo disponible Mayor capacidad de reinversión: Libera recursos financieros que puedan ser utilizados  para el crecimiento y expansión de tu negocio Ajuste por inflación:  ¿Cómo se Calcula? El artículo 14.° de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) explica el cálculo: Coeficiente de Utilidad: Utilidad fiscal / Ingresos nominales del ejercicio. El resultado se expresa como porcentaje. El resultado obtenido se multiplica por 100. 2. Cálculo del impuesto a cargo Los Ingresos nominales del periodo se multiplican por el coeficiente de utilidad y a este resultado se le denomina utilidad fiscal previa, una vez teniendo esta, se multiplicará por la Tasa de ISR (Art.9) y finalmente tendremos nuestro ISR causado mensual. Es importante mencionar que el cálculo del Coeficiente de Utilidad se actualiza de forma anual con base en los resultados fiscales más recientes. ¿Sabías que puedes solicitar disminuirlo? La solicitud de la disminución de tu Coeficiente de Utilidad te permite realizar pagos provisionales más bajos a partir de Julio (este año fue el 17 de julio), aliviando la carga fiscal de tu empresa y permitiéndote una planificación fiscal más efectiva. La ficha de trámite 29/ISR del Anexo 1-A de la RMFV determina que puedes realizar la solicitud en el portal del SAT o de forma presencial. Conocer y gestionar tu Coeficiente de Utilidad no solo te ayudará a cumplir con tus obligaciones fiscales, sino que también te permitirá tomar decisiones financieras más inteligentes y estratégicas. Conclusión El Coeficiente de Utilidad es un cálculo imprescindible para las organizaciones que tienen obligación de realizar pagos provisionales y declaraciones. Si el cálculo resulta alto puede impactar directamente en el flujo de caja de las empresas porque significan mayores pagos provisionales de ISR. En Consolidé podemos ayudarte a analizar, revisar y realizar la planificación fiscal y financiera así como la gestión y optimización de impuestos para cumplir con tus obligaciones fiscales.
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) tiene como objetivo simplificar el pago de ISR para personas físicas. Este mes, mediante un comunicado, el SAT lanzó la 4ta versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2024 y anexos 1 y 1-A. Entre otras actualizaciones, se propone que a partir del siguiente año, las personas físicas con actividades empresariales, profesionales o arrendamiento que tributen bajo el régimen RESICO no presenten su declaración anual para abril de 2025, tomando como definitivos los pagos provisionales del ISR. Retorno de los RESICOS expulsados Esta versión preliminar señala que quienes hayan sido trasladados de régimen por el SAT debido a la falta de presentación de sus declaraciones pueden reincorporarse al RESICO, siempre que:  No hayan excedido los 3.5 millones de pesos en ingresos Presenten, a más tardar el 31 de diciembre de 2024, una petición de aclaración en el portal del SAT, mencionando el cambio de régimen. Para quienes interpusieron recursos como juicios de nulidad o amparos, la autoridad realizará el cambio de régimen sin necesidad de presentar la aclaración en el portal del SAT. Fracción III, Art. Tercero transitorio. Los pagos provisionales realizados bajo el régimen de actividades empresariales y  profesionales que retornen al RESICO podrán restar del ISR del RESICO el ISR abonado por su actividad empresarial, a partir de diciembre de 2024. Aún no se  detalla el procedimiento, por lo que será necesario esperar más información o recurrir al mecanismo de compensación por pago indebido.  Regla 3.13.7 Pagos Mensuales del Régimen Simplificado de Personas Físicas, artículo 4to transitorio. Para aquellos contribuyentes que quieran entrar en el RESICO, deberán realizar actualización de sus actividades económicas  en términos de la fecha de trámite 71/CFF del Anexo 1-A, a partir  del 1 de enero del año 2025. Fin a la Declaración Anual 2024 para RESICO personas físicas Las personas físicas que se encuentren bajo el régimen de RESICO, dentro de las actividades empresariales, profesionales o de arrendamiento no tendrán la obligación fiscal de presentar su Declaración Anual que corresponde al ejercicio 2024, en abril de 2025. Los contribuyentes que forman parte del grupo anteriormente mencionado podrán realizar los pagos del ISR mensuales como definitivos. La eliminación de la Declaración Anual 2024 para RESICO personas físicas forma parte de la cuarta versión del segundo anteproyecto de la Resolución Miscelánea Fiscal 2024 (RMISC 2024), regla 3.13.7 Pagos Mensuales del Régimen Simplificado de Personas Físicas. A la par, la regla establece dentro de su artículo 4to transitorio que los contribuyentes podrán solicitar saldos a favor que determinen los pagos mensuales definitivos del ejercicio 2024, a partir de diciembre del mismo año. ¿Para quienes no aplica el fin de la Declaración Anual 2024 de RESICO personas físicas? Es importante destacar que no todos los que se encuentren bajo el régimen de RESICO podrán exentarse de presentar su Declaración Anual 2024. Aquellos que se encuentren dentro de las siguientes actividades: Actividades agrícolas Actividades ganaderas Actividades silvícolas Actividades pesqueras Aquellos que opten por no presentar las declaraciones mensuales bajo RESICO Más facilidades por parte del SAT La eliminación de la Declaración Anual 2025 para RESICO personas físicas no fue la única actualización que informó el SAT. Dentro de sus comunicados también informó sobre: Trámites del RFC y e.firma: El SAT ya no requiere realizar la pre-inscripción en su portal previo a la cita. Las personas físicas podrán presentar solo su credencial para votar vigente (con domicilio completo y visible). Antes requería comprobante de domicilio y CURP. Constancia de situación fiscal: Se podrá obtener en las oficinas del SAT solo con huella digital o credencial para votar vigente o desde cualquier portal del SAT, SAT ID, SAT Móvil, chat u oficina virtual Estos son algunos de los cambios que el Poder Ejecutivo propone al Congreso; es importante seguir el proceso legislativo, ya que puede afectar la Reforma Fiscal final. Obligaciones fiscales de RESICO para personas físicas Según el SAT, RESICO beneficia al 82% de los contribuyentes personas físicas. Sin embargo es importante no olvidar las obligaciones fiscales para este régimen a partir de 2025: Expedir CFDIs a clientes Contar con firma electrónica avanzada y buzón tributario activos Contar con los CFDIs por la totalidad de ingresos cobrados Conservar los CFDIs que amparen los gastos e inversiones Efectuar retenciones por concepto de salarios Calcular mensualmente la retención de ISR a trabajadores Presentar el pago mensual de impuestos a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior Determinar la PTU de los trabajadores Cumplir con el pago de impuestos en tiempo y en forma Si tienes dudas sobre las nuevas actualizaciones de la RMISC 2024, sus aplicaciones y la realización de los pagos mensuales para RESICO de personas físicas o estás buscando orientación sobre el manejo adecuado del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y cómo prepararte para el fin de la declaración anual, podemos ayudarte a cumplir con todas las obligaciones fiscales de manera eficiente. En Consolidé somos una consultoría experta en Planeación Financiera y Fiscal, ofrecemos servicios de Contabilidad y contamos con un equipo especializado que te brindará el soporte necesario para optimizar tu situación fiscal, garantizando el cumplimiento normativo y ayudándote a aprovechar los beneficios de este régimen.  ¡Contáctanos y descubre cómo podemos simplificar tu carga fiscal mientras te enfocas en el crecimiento de tu negocio!