Toda empresa en México debe cumplir con las cuotas patronales. Los patrones están en obligación de inscribirse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y realizar su alta patronal; así como también dar de alta a sus empleados, realizar modificaciones y bajas.
¿Quién hace las aportaciones, cómo se pagan y qué cubren esas cuotas? Acá explicamos todo al detalle, en qué consisten y cómo funcionan.
¿Qué son las cuotas obrero patronales?
Las cuotas IMSS e Infonavit o cuotas obrero patronales, son las aportaciones que deben hacer obrero y patrón; para garantizar el acceso a los servicios de seguridad social; atención médica pública, fondos de retiro, cesantía y vejez.
Una vez que el empleado tiene el alta ante el IMSS (dentro de los 5 días hábiles siguientes a su inicio de labores), como patrón deberás realizar el pago total ante la entidad.
Las cuotas y porcentajes que aportas por cada empleado varían, pues su cálculo depende de diferentes conceptos y valores. Más adelante lo explicaremos.
Por otro lado, de darse un cambio en la contratación del trabajador, como: aumento en salario, tipo de contratación, cambio de jornada u otro, debes de comunicarlo.
¿Qué dice la Ley?
Como empleador tienes la obligación legal de determinar y enterar las cuotas patronales. Sumado a la aportación del gobierno federal, es como se financian los servicios de seguridad social que otorga el IMSS a los trabajadores.
Así se establece en los artículos 15, fracción III, y 39 de la Ley del Seguro Social (LSS). También establece determinar y enterar las aportaciones del 5% y las amortizaciones retenidas a los empleados por los créditos otorgados por el Infonavit.
Y ya que estamos tocando lo establecido en la ley, es bueno recordar que la retención al empleado debe quedar reflejada en los comprobantes fiscales de nómina o listas de raya, (Artículo 38- LSS). Como patrón, estás obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto.
Los pagos se ejecutan de acuerdo a una tabla de valores que determina el porcentaje que debe aportar cada uno.
Listado de cuotas patronales
Seguro de enfermedad y maternidad. Cubre al trabajador y sus familiares beneficiados. En servicios, el IMSS también puede realizar prestaciones en dinero para gastos como matrimonio, funeral o desempleo; y el seguro de maternidad es efectivo durante y después de un embarazo.
Seguro de riesgo de trabajo. El pago de esta cuota queda por entero en responsabilidad del patrón. De acuerdo a la Ley de Seguro Social, hay 5 primas de riesgo y cada una varía en el porcentaje que se utilizará para el cálculo de la cuota.
Seguro de invalidez y vida. Destinado para los trabajadores que se encuentran incapacitados y no pueden proveer para sí mismos u otros que dependan de ellos.
Seguros de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez. La cesantía por edad avanzada aplica cuando el empleado pasa de los 60 años y ya no puede cumplir con sus funciones. La jubilación o retiro es el monto vitalicio que adquiere el trabajador al cubrir sus años de labor, variando según la empresa
Seguro de guarderías y prestaciones sociales. Destinado para brindar los cuidados necesarios a los hijos de los trabajadores, mientras el padre o la madre labora.
¿Quién las paga?
Tanto la empresa como el empleado realizan sus respectivas aportaciones y cálculos. Ahora bien, la acción de pago la realizas tú como patrón, por medio de una referencia o el SIPARE; sean persona física, autónomo, o persona moral.
En el caso del aporte del trabajador, quien es el beneficiario, éste debe aparecer en su recibo de nómina por concepto de Seguro Social o IMSS.
¿Cada cuándo se pagan?
El pago de las cuotas al seguro aplica por mes vencido y debe de realizarse entre el día 1 y 17 de cada mes.
La manera en que se realiza este pago es por medio del SUA (Sistema Único de Autodeterminación), una herramienta que nos ayuda a realizar el cálculo de las cuotas patronales de manera automática y verificada.
¿Cómo calcular las cuotas obrero patronales?
Al principio mencionamos que el porcentaje correspondiente por cada empleado varía. Eso se debe a que se deben considerar varios factores para el cálculo, entre ellos:
El salario base de cotización del trabajador, SBC.
La Unidad de Medida y Actualización, UMA.
Los porcentajes fijados dentro de la Ley del Seguro Social de los seguros y prestaciones sociales que se brinden a los empleados.
Salario Base de Cotización (SBC)
Es lo que cobra el trabajador en un día. Se incluyen los pagos realizados en efectivo de acuerdo a las horas trabajadas, gratificaciones, alimentación, habitación y comisiones, entre otros.
Si el salario del empleado es menor al salario mínimo aplicable, se tomará el valor del salario mínimo como base para el cálculo de la cuota.
Salario base de cotización
2023
2024
2025
2026
2027
2028
2029
2030
1.0 SM
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
3.150%
1.01 SM a 1.50 UMA
3.281%
3.413%
3.544%
3.676%
3.807%
3.939%
4.070%
4.202%
1.51 a 2.00 UMA
3.575%
4.000%
4.426%
4.851%
5.276%
5.701%
6.126%
6.552%
2.01 a 2.50 UMA
3.751%
4.353%
4.954%
5.556%
6.157%
6.759%
7.360%
7.962%
2.51 a 3.00 UMA
3.869%
4.588%
5.307%
6.026%
6.745%
7.464%
8.183%
8.902%
3.01 a 3.50 UMA
3.953%
4.756%
5.559%
6.361%
7.164%
7.967%
8.770%
9.573%
3.51 a 4.00 UMA
4.016%
4.882%
5.747%
6.613%
7.479%
8.345%
9.211%
10.077%
4.01 UMA en adelante
4.241%
5.331%
6.422%
7.513%
8.603%
9.694%
10.784%
11.875%
Por el contrario, si el salario supera la suma de UMA x 25 veces, se tomará éste último valor para el cálculo de la cuota.
La fórmula para calcular el SBC es: Salario diario x Factor de Integración.
Para obtener el valor del salario diario se divide la suma que el empleado cobra entre la cantidad de días. En el caso del factor de integración, usa la siguiente fórmula:
(365 días del año + (Días por vacaciones X 25% de prima vacacional*) + Días de aguinaldo)/365 días del año.
Unidad de Medida y Actualización (UMA)
Es una cifra que actúa como referente económico en varias actividades. Una de ellas es el de las cuotas patronales, como las que corresponden al Seguro de Enfermedades y Maternidad. El valor UMA también influye en el crédito otorgado por el Infonavit.
La UMA para 2024 fue de $108.57 pesos diarios. Hay que esperar a la actualización a partir de febrero de 2025.
Porcentajes de acuerdo a la Ley del Seguro Social en seguros y prestaciones
De acuerdo al seguro o prestación social, patrón y empleado cubren en partes desiguales las primas (el patrón cubre la mayor parte).
Entre los seguros y prestaciones sociales que corresponden a la regulación obligatoria se encuentran los siguientes:
Seguro y conceptoPatrón
Prestaciones
Cuotas
Patrón
Trabajador
Total
Base salarial
Riesgos de Trabajo
En especie y dinero
Conforme con su siniestralidad laboral
0.00 %
Prima respectiva
Salario base de cotización (SBC)
Enfermedades y Maternidad
En especie
Cuota fija por cada empleado hasta por tres veces la UMA vigente
20.40 %
0.00 %
20.40 %
UMA2
Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA
Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA
1.10 %
0.40 %
1.50 %
Diferencia entre el SBC y tres veces la UMA2
Gastos médicos para pensionados y beneficiarios
1.05 %
0.375 %
1.425 %
SBC
En dinero
0.70 %
0.25 %
0.95 %
SBC
Invalidez y Vida
En especie y dinero
1.75 %
0.625 %
2.375 %
SBC
Guarderías y Prestaciones Sociales
En especie
1.00 %
0.00 %
1.00 %
SBC
Infonavit
Crédito de vivienda
5.00 %
0.00 %
5.00 %
Salario base de aportación
En el caso de la cuota de cesantía y vejez, en el artículo 168 de la Ley del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación, a partir del 01 de enero de 2023 hay incrementos graduales en el aporte patronal (están citados arriba).
Conclusión
Para 2025, el incremento gradual en la cuota patronal que se aplica al Salario Base de Cotización del trabajador tiene un impacto importante en la economía de las empresas. Desde Julio de 1997 hasta diciembre de 2022 el porcentaje patronal de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CEAV) fue de 3.150%.
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