Obligaciones estatales REPSE ISN

Obligaciones Estatales REPSE: Impuesto sobre Nómina

octubre 10, 2025

El cumplimiento federal de la normativa en relación a la subcontratación de servicios u obras especializadas puede tornarse un desafío para las empresas. Aunque estas obligaciones son más conocidas, existe una capa adicional de complejidad: los requisitos estatales. Muchas empresas desconocen que, además de cumplir con la normativa federal, deben cumplir obligaciones estatales REPSE específicas en cada entidad federativa donde operan, como el impuesto sobre nómina (ISN).

En este artículo aclararemos el panorama de las obligaciones estatales vinculadas al REPSE, específicamente en lo que respecta al Impuesto Sobre Nómina (ISN).

¿Qué es el REPSE?

El REPSE, o Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas, es un padrón obligatorio administrado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Su objetivo principal es regular a las empresas que proporcionan servicios o ejecutan obras especializadas que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de sus clientes.

A nivel federal, las empresas con registro REPSE deben cumplir con varias obligaciones fiscales y de seguridad social. El incumplimiento puede llevar a consecuencias severas. De hecho, en 2024, la STPS realizó cancelaciones REPSE de más de 16,000 registros, lo que representa casi el 11% de las inscripciones activas. Lo anterior lo realizó principalmente por no cumplir con las obligaciones fiscales y de seguridad social. 

Además, las autoridades planean realizar más de 43,000 inspecciones laborales en 2025, muchas de ellas sin previo aviso.

Obligaciones Estatales del REPSE y el Impuesto Sobre Nómina (ISN)

Cada estado contempla un impuesto estatal conocido como el Impuesto sobre Nómina (ISN). Éste deberá ser pagado por todos los patrones de forma obligatoria. La obligación se da cuando existe una relación laboral y cuando los empleados están a cargo de una persona física o moral. Y ser empresa REPSE no exime de la obligación. 

Recordemos, el ISN es un impuesto estatal que se aplica a los pagos realizados por concepto de remuneración al trabajo personal. Sin embargo, las tasas y las reglas en relación a la obligación de retención varían considerablemente de un estado a otro. 

Tasas del Impuesto Sobre Nómina (ISN) por Estado

Cada entidad federativa define su propia tasa de ISN, que generalmente oscila entre el 2% y el 4.25%. A continuación, se presenta una tabla con las tasas correspondientes para cada estado. Es fundamental verificar la legislación vigente, ya que estas pueden cambiar.

Entidad FederativaTasa del ISNObligación de Retención REPSE
Aguascalientes2.0%
Baja California4.25%No
Baja California Sur2.5%
Campeche3.0%No
Coahuila3.0%
Colima2.0%
Chiapas2.0%
Chihuahua4.0%No
Ciudad de México4.0%No
Durango3.0%No
Estado de México3.0%
Guanajuato3.0%
Guerrero2.0%
Hidalgo3.0%
Jalisco2.5%
Michoacán3.0%No
Morelos2.0%No
Nayarit3.0%
Nuevo León3.0%
Oaxaca3.0%
Puebla3.0%
Querétaro3.0%
Quintana Roo3.0%
San Luis Potosí3.0%
Sinaloa3.0%
Sonora2.0%
Tabasco3.0%
Tamaulipas3.0%
Tlaxcala3.0%
Veracruz3.0%
Yucatán3.0%No
Zacatecas3.0%

Nota: La información sobre la obligación de retención se basa en la legislación vigente a 2025 y puede estar sujeta a cambios. Se recomienda siempre consultar la normativa estatal actualizada.

Ejemplos Clave de Obligaciones Estatales REPSE e ISN

Para ilustrar la diversidad de requisitos, analicemos algunos casos específicos:

Ciudad de México (CDMX)

En la CDMX, la tasa del ISN es del 4%. Sin embargo, la legislación local ofrece subsidios para incentivar la creación de empleo y apoyar a las pequeñas empresas:

  • Microempresas (hasta 10 empleados): Obtienen una reducción que deja la tasa efectiva en 3%.
  • Pequeñas empresas (11 a 50 empleados): La tasa se reduce al 3.5%.
  • Nuevas empresas: Gozan de una reducción del 1% durante su primer año.
  • Aumento de plantilla: Las empresas que incrementan su plantilla en un 33% anual pueden acceder a una tasa del 3%.

Aunque la CDMX tiene una de las tasas más altas, no establece una obligación de retención del ISN para los contratantes de servicios REPSE. La responsabilidad recae directamente en el proveedor del servicio.

Estados con Obligación de Retención

En contraste, estados como Aguascalientes, Estado de México, Quintana Roo y Sonora sí tienen la obligación de retener el ISN.

  • Quintana Roo: 3 días hábiles después del pago.
  • Sonora e Hidalgo: 10 días después del pago.
  • Aguascalientes, Colima, Estado de México: A más tardar el día 15 o 17 del mes siguiente al periodo.

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