Tag: Nómina

El cálculo de nómina es una tarea esencial dentro de cualquier organización. Desde la aprobación de la Reforma en Materia de Outsourcing el pasado martes 20 de abril, se publicaron distintos cambios en una serie de leyes y códigos. ¿Qué necesitas saber del cálculo de nómina 2024? Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social, Ley de Impuesto sobre la Renta, Código Fiscal Federal, Ley del Impuesto al Valor Agregado, INFONAVIT sufrieron cambios y adecuaciones debido a la Reforma en materia de subcontratación. También, el pasado 26 de octubre, el Senado aprobó los cambios sobre la Miscelánea Fiscal y sobre la Ley de Ingresos para 2022, dentro de las cuales, se adicionan, derogan y reforman disposiciones a la Ley del Impuesto Especial de Producción y Servicios, Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, Ley de Impuesto sobre la Renta, Ley del Impuesto al Valor Agregado y Código Fiscal de la Federación. Con estos cambios, en Consolidé creamos esta guía básica y sencilla para que puedas estar al día y no tener problemas al hacer el cálculo de nómina 2024. Descarga nuestro eBook ¿Qué impacta a la nómina? El pago de salarios es una obligación de todos los patrones deben hacer como retribución por los servicios prestados de sus colaboradores. Como lo sabes, este pago no solo contempla los sueldos, también el cumplimiento de las obligaciones fiscales, seguridad social, bonos, deducciones y otras prestaciones. Por ello, la importancia del cálculo de la nómina. El cálculo y pago de nómina se encuentran apegadas a una serie de requisitos legales o cumplimientos: Ley Federal del Trabajo Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social Código Fiscal de la Federación Y con la Reforma a la Subcontratación Laboral, también se publicaron cambios a las leyes anteriores.  Elementos que integran el cálculo de nómina Repasemos los elementos básicos que se deben contemplar al momento de hacer el cálculo de nómina: Percepciones a pagar Sueldo Prestaciones laborales Prestaciones sociales Horas extra Deducciones Retenciones del IMSS Retenciones del SAT Periodicidad de la nómina Semanal, Quincenal o Mensual Tipo de percepción: ordinaria o extraordinaria Por contrato: nómina de socios, personal de base y personal eventual Formato para entrega de nómina A continuación los elementos que debe incluir un formato estándar de una nómina: Datos de la empresa Datos del trabajador Periodo de liquidación al cual corresponde la nómina Detalles de las percepciones salariales y en su caso, extrasalariales Detalle de deducciones en salario bruto Líquido a percibir Lugar de emisión Firma y sello de empresa Firma del colaborador Cálculo de nómina al 2024 Como ya se mencionó anteriormente, hay una serie de elementos base para el cálculo de nómina. El primero a considerar es el salario base de cotización SBC. Éste está estipulado dentro de la Ley del Seguro Social en el artículo 27.  Integración del salario base de cotización (SBC) Acorde al artículo mencionado, el salario base cotización se integra con los pagos en efectivo, percepciones, alimentación, primas, comisiones, prestaciones en especie, etcétera. Es importante saber el SBC para dos pasos esenciales dentro del cálculo de nómina 2024: Cálculo de contribuciones del Seguro Social: tanto patrones como trabajadores Determinación de prestaciones, pensiones, subsidios y ayudas a los cuales tienen derecho los colaboradores acorde a la LSS. Después se debe analizar a profundidad qué conceptos se van a considerar para integrar el SBC, en caso de omisión accidental, el IMSS puede considerar que es correcto, notificar al patrón un crédito fiscal por omisión de contribuciones.  ¿Qué integra el SBC acorde al artículo 27? Es importante mencionar que cuando el colaborador tiene las prestaciones mínimas marcadas por la ley, el SBC se obtiene mediante un factor de integración. Ahora, lo que debe integrar el SBC: Aguinaldo: percepción fija Bonos: percepción variable Previsión social: no integra Prima vacacional: integración total como percepción fija PTU Pagos en efectivo: comisiones, primas, alimentación, gratificaciones, percepciones, cuota diaria, etc Prestaciones en especie Salario: integración total como percepción fija Otros elementos fijos o variables entregados al colaborador por su trabajo Salario Mínimo El salario mínimo debe ser considerado para el cálculo de nómina 2024. A partir de 2024, habrá un incremento de: Zona libre de la frontera norte (Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas): de $213.39 pesos a $260.34 pesos Zona General: de $141.70 pesos sube a 172.87 Para el cálculo se convertirá el número mensual dentro del plazo que se quiere realizar los pagos (salvo el mensual), después se divide el sueldo mensual entre 30 y se multiplicará por la cantidad de días trabajador: semanal 7, catorcenal 14, quincenal 15. Unidad de medida y actualización (UMA): Retenciones del IMSS La UMA es el índice de referencia o base económica para determinar el pago de obligaciones, multas, impuestos, deducciones personales y créditos INFONAVIT. Cada año se actualiza y es el INEGI el encargado de publicar su valor diario, mensual o anual. Para el 2021, el UMA es de 89.62 pesos, 2724.45 pesos mensuales y 32,693 pesos al año. Recuerda que el valor de la UMA cambia cada 12 meses, para el 2022, se actualizará su valor el 1 de febrero. Una vez que el INEGI actualice el UMA 2022, ¿Cómo lo calculamos? Para calcular el valor mensual de la UMA multiplica su valor diario por 30.4.  Para calcular el valor anual multiplica el valor mensual por 12  Retenciones del ISR Dentro del cálculo de nómina, debemos de calcular el monto de retenciones del ISR. Para ello se deben revisar las tablas de Límite Inferior y Límite Superior dentro del rubro que quieras calcular: diario, semanal, decenal, quincenal o mensual. El SAT es el encargado de publicar tanto las tablas como las tarifas en su anexo 8 de la RMF vigente.  Después de saber el sueldo bruto mensual o ingreso total dentro de la tabla Límite Inferior y Límite Superior, se resta el Límite Inferior al ingreso total, el resultado se conoce como base. Dentro de la tabla, ubica la tasa que corresponde al rango de ingreso total, de ahí calcularás el porcentaje al base. Al resultado se sumará la cuota fija que corresponde a la misma fila de celdas de la tabla.  En pocos pasos: Sueldo bruto Revisar donde se ubica el sueldo bruto dentro de la tabla Restar el monto total menos el límite inferior Al resultado se le aplica el porcentaje Al resultado se suma la cuota fija correspondiente Cuotas del IMSS y SUA Después de haber calculado las retenciones del ISR, se debe calcular el monto total a retener por el IMSS. Para ello, se revisa el SUA, que determina conceptos como: Cuotas obrero patronales a las cuentas individuales de los trabajadores por concepto de Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Cuotas obrero patronales a los demás ramos del Seguro Social (riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, guarderías y prestaciones sociales) Aportaciones patronales por concepto de vivienda Amortización de créditos asignados a trabajadores del INFONAVIT Si tu empresa tiene 5 o más trabajadores, están obligados a ser autodeterminación usando el SUA.  Ejemplo de cálculo de nómina: Presentamos un ejemplo de cómo calcular la nómina con un sueldo bruto de $15,000 pesos mexicanos por mes. Retención Salario 15,000 ISR -1763 IMSS -806 Impuestos totales -2,569 Pago neto 12,413 Tasa tributaria marginal 26.7% Tasa tributaria promedio 17.1%  Cambios en la Ley Federal del Trabajo A partir del 31 de marzo de 2021, entró en vigor la reforma a la LFT. Ésta establece que la fijación anual de los salarios mínimos no podrá estar debajo de la inflación durante el periodo de su vigencia. Evita errores de cálculo y los más comunes. Nuevas reglas aplicables para descuentos en los salarios Acorde a la Ley dentro del artículo 110, los colaboradores pueden acceder a créditos de consumo que repercutan con descuentos a su salario, pero se deben efectuar acorde a las normas y privilegios del salario que establece la LFT. Con la reforma, se introducen reglas de retención y pago así como la atención a empresas para que establezcan nuevas reglas para evaluar si un colaborador tiene la capacidad de endeudamiento.  Es importante recordar que los salarios son inembargables pero sí susceptibles a descuentos previstos bajo la LFT: Pensiones alimenticias Amortizaciones Créditos al INFONAVIT Pago de deudas contraídas con el patrón por anticipos de salario Pagos de exceso y errores, pérdidas, averías Cajas de ahorro Cuotas sindicales Pago a créditos de consumo por el Instituto Nacional para el Consumo de los Trabajadores Pago de la renta que se refiere al artículo 151, no podrá exceder el 15% de su salario Pago de abonos por cubrir préstamos al Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores destinados a la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoras de casas habitación o pago de pasivos adquiridos por esos conceptos.   A continuación un ejemplo del cálculo de descuentos al salario por $15,000 de ingreso mensual con un descuento por pérdidas o averías: Fórmula Sustitución   Salario quincenal del trabajador $15,000.00 Menos Salario mínimo quincenal (resto del país) (172.87x15 días) $2,593.05 Subtotal Excedente del salario mínimo $12,406.95 Por Tope legal 30 % Igual Monto máximo a descontar $ 3,722.08 Cambios Ley de Impuesto Sobre la Renta Las tablas ISR 2021 fueron publicadas en el DOF el pasado 11 de enero de 2021. La última reforma publicada al LISR fue el 12 de noviembre. Acorde a la Ley del Impuesto sobre la Renta dentro del artículo 152, las tarifas deben ser actualizadas cuando la inflación supere el 10%. Dentro de los cambios más importantes para el ejercicio 2022 fue el establecimiento del nuevo régimen de confianza para personas físicas que obtengan ingresos por actividades empresariales, honorarios y arrendamientos menores a $3,500,000 para el pago de ISR con una tasa del 1% al 2.5%. Hasta el momento, los contribuyentes que perciban ingresos por salarios estarán pagando la tarifa establecida por el artículo 96 de la LISR, así que se deberá consultar la tarifa mensual del Límite Inferior y Límite Superior. Por otro lado, el artículo 96 de la LISR establece: Pagos por concepto de gratificación anual, participación de utilidades, primas dominicales y primas vacacionales: efectuarán la retención del impuesto conforme a los requisitos de la Ley Los que hagan retenciones acorde al articulo, deberán deducir de la totalidad de los ingresos obtenidos en el mes de calendario, impuesto local de ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, siempre que la tasa del impuesto no exceda del 5% En cuanto a honorarios de miembros de consejos directivos, de vigitlancia, consultores o de cualquier otra índole así como honorarios de administradores, comisarios y gerentes generales, la retención y entero del artículo 96, no podrá ser inferior a la cantidad que resulte de aplicar la tasa máxima para aplicarse sobre el excedente del límite inferior que establece la tarifa del artículo 152 de la Ley, sobre su monto.  Las personas que hagan pagos por conceptos que se refieren al artículo 95 (obtención de ingresos por concepto de primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones u otros pagos, por separación), se calculará el impuesto anual conforme a las reglas: Del total de percepciones por este concepto se separará una cantidad igual a la del último sueldo mensual ordinario, la cual se sumará a los demás ingresos por los que se deba pagar el impuesto en el año del calendario que se trate y se calculará en términos del artículo Al total de percepciones por el concepto se restará una cantidad igual a la del último sueldo mensual ordinario y al resultado se le aplicará la tasa que correspondió a la fracción anterior. El impuesto que resulte se sumará al calculado conforme a la fracción que antcede.   Base gravable e ingreso exento Acorde al artículo 93 de la Ley del ISR, existen ciertos ingresos para personas físicas a los cuales no se les puede restar el ISR. La suma de este dinero se mide en UMAS. Para el 2021, el valor de las UMAS subió a $89.62, para el 2022, en febrero se publicaría el nuevo valor.  A continuación los ingresos exentos acorde al artículo 93: Prestaciones distintas del salario que reciban los colaboradores del salario mínimo general Excedente de las prestaciones exceptuadas del pago del impuesto Indemnizaciones por riesgos de trabajo o enfermedades acorde a la ley Jubilaciones, prestaciones, haberes de retiro, pensiones vitalicias, cesantía en edad avanzada o vejez Ingresos percibidos por motivo de reembolso de gastos médicos, dentales, hospitalarios y de funeral Prestaciones de seguridad social de instituciones públicas Subsidios por incapacidad, becas educacionales para trabajadores o sus hijos, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas Entrega de aportaciones y rendimientos provenientes de la subcuenta de vivienda de la cuenta individual Cajas de ahorro y fondos de ahorro Cuota de seguridad social de colaboradores pagada por patrones Primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones  Gratificaciones que reciban los colaboradores de sus patrones durante un año de calendario hasta el equivalente de salario mínimo elevado a 30 días Remuneraciones por servicios personales subordinados que perciban los extranjeros Viáticos erogados en servicio por el patrón Contratos de arrendamiento Enajenación Intereses pagados a instituciones de crédito Herencia o legado Donativos Premios obtenidos por concurso científico, artístico, literario, abierto al público general o en determinado gremio Indemnizaciones por daños Acreedores alimenticios Retiros de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez Enajenacion de derechos parcelarios Subsidio al empleo El subsidio al empleo se otorga a los colaboradores que perciben un sueldo catalogado como bajo ($7,382.34 en 2021). Debe ser calculado por el patrón y disminuido sobre el ISR a retener, cuando es mayor que el ISR causado, la diferencia debe ser entregada al colaborador. El patrón debe acreditar el subsidio pagado al colaborador contra las retenciones del ISR de otros trabajadores o contra su propio ISR.  La LISR permite calcular el subsidio por día, si se dividen los valores de la tabla de Límite Inferior y Límite Superior entre 30.4 y multiplicándolo por los días pagados en el periodo. Y claramente se establece que la suma de todos los pagos del subsidio al empleo se realizan al mes, pero no podrán exceder al monto que corresponde a la tabla.   Cuando existe el caso de que hay nóminas con más de 5 semanas en un mes o sueldos variables, el subsidio mensual es diferente al subsidio que correspondió a la suma de todos los periodos que corresponden a dicho mes.  Cambios CFDI Los cambios al CFDI provienen de la Reforma Fiscal 2022. El 26 de octubre de 2021 en el Senado fueron aprobados los dictámenes en la Miscelánea Fiscal y la Ley de Ingresos para 2022. Esperando su publicación para hacerla oficial en el DOF.  Aunque aún no ha sido publicado en el DOF, estos son los cambios que posiblemente veremos en las próximas semanas en referencia al cálculo de salarios y nóminas: Obligación del uso de complementos que publique el SAT La autoridad fiscal podrá actualizar las actividades económicas del contribuyente acorde a las claves de producto o servicio Si se emite un comprobante de egresos que ampare bonificaciones, devoluciones y descuentos y no se cuente con soporte documental, los primeros no podrán disminuir los ingresos del contribuyente. Esto podrá ser verificado por autoridades fiscales El SAT podrá establecer facultades administrativas para que contribuyentes emitan sus propios CFDI o a través de un PAC (Proveedor Autorizado de Certificación). Es obligatorio incluir en el CFDI: Nombre Razón social Denominación social Código postal del contribuyente a favor de quien se emite el CFDI Descarga nuestro eBook Proceso para la elaboración de la nómina Ya sabes sobre los cambios más importantes para el cálculo de la nómina 2022, ahora solo para reforzar, te compartimos el proceso para la elaboración de una nómina: Define los pagos Define las deducciones Elabora un calendario de pagos En caso de tener nuevos colaboradores, darlos de alta y clasificarlos Revisa las incidencias como horas extras, faltas, etcétera Define si hay pagos extras Define si hay descuentos Calcula la nómina De ser necesario, consigue los reportes y archivos Cierre de nómina Presentar declaraciones Ahora que ya sabes los cambios más sustanciales al cálculo de nómina 2021-2022, vamos a compartirte 5 pasos sencillos para realizarlo: Sueldo mensual Define el sueldo mensual del colaborador, calculando su tiempo de pago, ya sea semanal, quincenal o mensual. También considera si su pago es libre de impuestos Salario mínimo Después convierte el número mensual dentro del plazo a realizar el pago, salvo si es mensual Mensual   ( SUELDO MENSUAL / 30 ) x CANTIDAD DE DÍAS TRABAJADOR   Cálculo de retenciones del ISR Revisa las tablas del SAT para calcular las retenciones del ISR El descuento de nómina se realiza equitativamente al incremento con el sueldo   Cálculo de retenciones del IMSS Descuenta de la nómina deducciones como: Anticipos a sueldos Deducciones que apliquen Préstamos personales Créditos INFONAVIT   Descuentos adicionales en nómina   Ahora que ya sabes todo sobre el cálculo de nómina para 2021-2022, debes saber que un buen o mal cálculo puede ser la diferencia entre pagos de multas por omisiones o retrasos.  En Consolidé estamos para apoyarte. Consulta con nuestros especialistas en maquila de nómina y payrolling y asegúrate de siempre tener tu nómina al día y sin equivocaciones. ----
Salario Mínimo 2025 De 2024 a 2025, el salario mínimo tendrá un aumento del 12% en todo el país. Su ajuste será efectivo a partir del 1ro de enero de 2025: Zona libre de la frontera norte (Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas): De $374.89 MXN a $419.88 MXN Zona General: De $248.93 MXN a $278.80 MXN  Salario Mínimo 2024 A partir del 1ro de enero de 2024, el salario mínimo quedó de la siguiente forma: Zona libre de la frontera norte (Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas): De $312.41 MXN a $374.89 MXN Zona General: De $207.44 MXN a $248.93 MXN Salario Mínimo en 2018 La Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) acordó que el salario mínimo general aplicable a partir del 1 de diciembre de este año será de 88.36 pesos. Esta situación afectará a los patrones, debido a que las prestaciones de trabajadores que reciben el salario mínimo tendrían que verse incrementadas por el aumento, lo que acarrea más costos para ellos en esta temporada decembrina. La atadura del “efecto-faro” del incremento del salario mínimo se ha venido diluyendo, lo cual se constata al considerar que el incremento nominal del salario mínimo para el 2017 fue de 9.58%, mientras que en los primeros nueve meses de este año los salarios contractuales en la jurisdicción federal registraron un incremento de 4.6%; así como también que en el período enero julio del año en curso, en la jurisdicción local registraron un incremento de 4.9% y, por su parte, el salario promedio asociado a trabajadores asegurados al Instituto Mexicano del Seguro Social tuvo un incremento de 5.5% de enero a agosto de 2017. Frente a estos resultados, en la presente revisión salarial el Consejo de Representantes valoró la conveniencia de continuar aplicando el procedimiento del Monto Independiente de Recuperación (MIR) para incrementar el monto del salario mínimo general en $5.00 pesos diarios y llevarlo a $85.04 pesos diarios, monto sobre el cual se otorga de manera anticipada el incremento correspondiente a la fijación salarial que entrará en vigor el 1º de enero de 2018 de 3.9%, con lo cual el salario mínimo general que estará vigente a partir del 1º de diciembre de 2017 será de $88.36 pesos diarios. Aumento al Salario Mínimo desde 2015 Te compartimos la siguiente tabla para que conozcas los aumentos al salario mínimo de 2015 a 2025: Año Salario Minimo Vigente Área A Área B Área C Resto del País Zona Libre de la Frontera Norte 2025 278.8 419.88 2024 248.93 374.89 2023 207.44 312.41 2022 172.87 260.34 2021 141.7 213.39 2020 123.22 185.56 2019 102.68 176.72 102.68 2018 88.36 2017 80.04 2016 73.04 2015 70.1 66.45
Sabemos que de acuerdo a la ley deben de expedirse formatos digitales CFDI’s que se envíen a los colaboradores de manera digital, pero ¿sabemos si aún es necesario imprimir los recibos de nómina y solicitar una firma del papel? De acuerdo al artículo 836-D, último párrafo de la LFT indica que la Junta de Conciliación y Arbitraje puede asistirse de cualquier factor humano o tecnológico para proveerse de pruebas. Si bien la LFT está alineada a la exigencia de la era moderna, es una constante señalar que los órganos judiciales en ámbito laboral carecen de la infraestructura necesaria para adecuarse a tales retos tecnológicos. En materia del trabajo, acreditar el pago de las retribuciones al personal a través de pruebas privadas en papel –como son los recibos de nómina– todavía es considerada como acertada por las Juntas de Conciliación y Arbitraje (JCA) siempre que estén firmadas por el colaborador. Por ello, en tanto la LFT no simplifique los procedimientos de perfeccionamiento de estos medios probatorios, se sugiere que paralelamente a la expedición de los CFDI’s las empresas sigan recabando la firma de los trabajadores en recibos impresos, para que puedan exhibirlos en los juicios laborales e inspecciones como formas de acreditación y así evitar las complejidades respecto de la valoración de los elementos electrónicos indicados en la legislación laboral. Si bien la LFT está alineada a la exigencia de la era moderna, es una constante señalar que los órganos judiciales en ámbito laboral carecen de la infraestructura necesaria para adecuarse a tales retos tecnológicos. Si se decide a hacerlo por medios electrónicos es importante establecer un sistema digital mediante el cual los subordinados al momento de recibir su CFDI’s, declaren su conformidad con su contenido digitando una clave o un número de identificación personal (NIP). En este último caso las compañías deben insertar en los contratos individuales de trabajo una cláusula de sumisión, en la que se indiquen las características del funcionamiento de dicho procedimiento además del reconocimiento y consentimiento de los trabajadores de que con la digitación de su clave o NIP reconocen y aceptan el contenido y los pagos efectuados por aquellas. Adicionalmente los recibos de pago a través de los CFDI’s deben incluir la leyenda de que con el acuse de recibo de los citados documentos, el subordinado está conforme con los conceptos y las cantidades que la corporación le está pagando y las deducciones efectuadas, otorgándole el más amplio finiquito liberatorio de obligaciones que en derecho proceda y no reservándose ninguna acción o derecho para ejercitar en su contra.
El pasado 1º de mayo el Senado aprobó una nueva Reforma Laboral en México, que fue promulgada y publicada en el Diario Oficial de la Federación [1]. Esta reforma incluye importantes cambios en la legislación laboral, siendo los más relevantes la libertad sindical, las garantías a los trabajadores del hogar y la creación del Centro Nacional de Conciliación. Como empresa, ¿qué necesitas saber sobre esta reforma? ¿Cuáles cambios que debes implementar? Te compartimos algunos puntos clave para que puedas alinearte a la nueva legislación, evitando así cualquier inconveniente con tus colaboradores o las autoridades. ¿Qué es la Reforma Laboral 2019? La Reforma Laboral en México de 2019 ajustó la Ley Federal del Trabajo (LFT). La iniciativa base de la reforma se presentó el 23 de diciembre de 2018, siendo aprobada el 11 de abril de 2019 por la Cámara de Diputados y el 29 de abril por la Cámara de Senadores. Esta Reforma Laboral surgió como parte de las obligaciones del país, luego de la firma del Tratado México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). En este sentido, era necesario realizar cambios en materia laboral y sindical para adaptarse a los términos de ese acuerdo. Los cambios de la Reforma Laboral en México 2019 Con esta nueva Reforma Laboral se modifica el artículo 3 que define al trabajo como “un derecho y un deber social. No es artículo de comercio, y exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta”.De igual forma, se clama por el reconocimiento a las diferencias entre hombres y mujeres para obtener su igualdad ante la ley; así como por la garantía de “condiciones que aseguren la vida digna y la salud para las y los trabajadores y sus familiares dependientes”. Con este concepto como principio, se ajustaron diversos aspectos en la LFT: Libertad de afiliación sindical: luego de la reforma laboral en México, los trabajadores tendrán derechos de libre afiliación y participación dentro de los sindicatos, federaciones o confederaciones. En este sentido, nadie podrá ser obligado a ser parte de ellas. De igual forma, se promueve la implementación de votaciones ajustadas a las reglas democráticas, así como de igualdad de género, por lo que la participación de los integrantes será personal, libre, directa y secreta. Funcionamiento de sindicatos: el registro de un sindicato puede cancelarse si se confirma que sus dirigentes han cometido actos de extorsión contra sus patrones. Además, se establece que el período de duración de las directivas no puede ser indefinido. Por otro lado, las directivas tendrán la obligación de rendir cuentas de manera detallada. Desaparición de las Juntas de Conciliación: serán sustituidas por tribunales laborales que dependerán del Poder Judicial para la resolución de conflictos entre patrón y empleado, pero se llegará ante tribunales sólo cuando se hayan agotado las instancias de conciliación. Creación del Centro Nacional de Conciliación: de acuerdo a la reforma laboral en México de 2019, estas serán las primeras instancias en donde se buscará la resolución de conflictos entre trabajadores y empresas. Se estiman 32 centros de atención que iniciarán funciones en 2021. También tendrá entre sus actividades llevar el registro de contratos colectivos, legislaciones internas y otros documentos sindicales. Adicionalmente, se expedirá la Ley Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Garantías a los trabajadores del hogar: el patrón debe cooperar para la instrucción de sus trabajadores y darles de alta en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como pagar cuotas u otras obligaciones. Igualmente, la reforma laboral en México también garantiza que tendrán derecho a día y medio de descanso semanal, preferiblemente sábado y domingo. Trabajadores del campo: la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) será la encargada de fijar las percepciones mínimas de los trabajadores del campo. De igual forma, la nueva reforma laboral en México contempla que los patrones tendrán que llevar registro de los trabajadores temporales, para sumar y definir su antigüedad. Otras responsabilidades de los patrones: Protocolo para evitar discriminación: en conjunto con los trabajadores, la empresa debe definir e implementar un protocolo para prevenir casos de discriminación por razones de género, así como atención de casos de violencia, acoso u hostigamiento sexual; además de colaborar para erradicar el trabajo forzoso infantil. Entrega de copia del contrato: los patrones tendrán la obligación de entregar a los trabajadores una copia impresa del contrato colectivo, dentro de los 15 días siguientes al depósito de este documento ante el Centro Federal de Conciliación, y será acreditado con la firma de recibido del colaborador. Revisión de contratos colectivos: los contratos colectivos deben ser discutidos a los cuatro años, luego de la implementación de la reforma laboral en México.  Información clara sobre las deducciones: el recibo de pago debe entregarse al colaborador; este debe detallar las deducciones de pago, explicando los conceptos correspondientes. ¿Cómo deben proceder las empresas? Una empresa siempre debe cumplir con la regulación laboral vigente. Es por ello que, ante esta reforma laboral en México, se hace necesario comenzar a implementar los cambios progresivamente para evitar cualquier situación que implique un perjuicio. Estas son nuestras recomendaciones: Conocer los cambios: revisa la documentación oficial, investiga sobre las repercusiones de estos cambios, así como los mecanismos para implementarlos en tu empresa. Es importante que aclares cualquier duda, por lo que puedes acudir a las autoridades o contactar a asesores especializados en materia laboral en México. Alinearse a la ley: una vez que tengas claros los cambios de la reforma laboral en México tendrás que comenzar a realizar algunas diligencias como: el proceso de legitimación del contrato colectivo, asegurarte de entregar recibos detallados a tus colaboradores, entre otros. Establecer una comunicación directa con los trabajadores: es importante abrir canales de comunicación, al igual que ofrecer charlas informativas a los colaboradores para explicarles qué es la reforma laboral y sus implicaciones. Por otro lado, debes recordar que los Contratos Colectivos deben ser aprobados por los trabajadores. Conclusión La Reforma Laboral en México de 2019 supone nuevos retos para las empresas, así como para los trabajadores. Este cambio en la legislación redefine el concepto del trabajo, con el fin de dar mayor protagonismo a su función social, al tiempo que busca disminuir los casos de discriminación o conflicto. En ese sentido, tanto los sindicatos de trabajadores como los patrones tendrán que ajustar ciertos procesos para garantizar una relación más justa y transparente. Las compañías deben conocer a fondo las implicaciones de la reforma para evitar cualquier inconveniente y realizar los cambios; sin descartar tener asesoría especializada para garantizar una transición exitosa. [1] Secretaría de Gobernación (2019). Diario Oficial de la Federación, 1º de mayo de 2019. México. Recuperado en www.dof.gob.mx
Los sistemas de nómina toman cada vez más protagonismo dentro del mundo empresarial en México, ya que agilizan innumerables tareas que deben llevarse a cabo de la manera más eficiente, como cálculos de salario, prestaciones, deducciones, impuestos, bonos, aportes al seguro social, entre otras. Implementar este tipo de programas informáticos es sencillo y puede ser la mejor solución para automatizar ciertos procesos dentro de la empresa. Sin embargo, es necesario conocer tanto sus funcionalidades como los beneficios que pueden aportar, antes de tomar cualquier decisión. ¿Qué es un sistema de nómina y por qué es tan importante para las empresas? En términos simples, un sistema de nómina es un software o programa informático que permite automatizar ciertos procesos relacionados con el manejo de la plantilla de una empresa. En la mayoría de estas herramientas es posible realizar configuraciones que se adapten a tus necesidades, para realizar los cálculos o completar las tareas. Durante tu gestión debes realizar trámites que resultan tediosos y complicados, como dar de alta a los colaboradores en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit); o realizar los pagos de impuestos y utilidades. Gracias a la automatización, puedes reducir la carga de trabajo, así como disminuir errores que podrían representar multas o sanciones, de acuerdo a la Ley del Seguro Social u otras regulaciones laborales. Beneficios de usar un sistema de nómina Estos son algunas de las ventajas que puedes disfrutar al usar esta herramienta: Automatización de procesos: algunas tareas como cálculos complejos, envío de recibos y notificaciones a los trabajadores, o incluso la actualización de los datos de la nómina, pueden configurarse para que se hagan de manera autónoma. Reducir costos y la carga administrativa: necesitarás menos tiempo, así como menos recursos, para dedicar a estas tareas. De esta manera, podrás enfocarte en crear nuevas propuestas o planes para la gerencia de la empresa. Centralizar información de la nómina: una de las principales ventajas de usar un sistema de nómina es poder tener toda la información de tu equipo en un solo lugar. De este modo, no tendrás que revisar varios archivos o plataformas, para poder obtener datos específicos que necesites en determinado momento. Elimina duplicidad o errores de datos: de acuerdo al IMSS, los patrones con 5 o más empleados deben usar el Sistema Único de Autodeterminación (o SUA)[1], para dar cuenta de las incidencias de sus trabajadores. Un error o falta de concordancia entre los datos del SUA con los de tu nómina podría significar una multa o sanción. Datos actualizados: al contar con un programa informático para gestionar la nómina, podrás hacer una actualización de datos instantánea. Así tendrás la seguridad de que la información que está allí es la más reciente. Cálculos precisos: los cálculos de nómina son complejos, por lo que se pueden cometer errores al hacerlos manualmente. El uso de un sistema de nómina garantiza realizar dichos cálculos de manera precisa, lo que permite evitar multas o cualquier situación legal. Por ejemplo, los creadores del Software SICOSS aseguran que se puede tener hasta 99% de precisión.[2] Mayor seguridad: Los programas informáticos permiten tener un registro actualizado de actividades, identificar qué usuario realizó modificaciones; además de poder hacer copias para resguardar tus datos en una unidad de almacenamiento alternativa o en la nube. Automatización y administración de obligaciones fiscales Cada año, una empresa tiene una serie de obligaciones fiscales que cumplir. Muchas de ellas son procesos largos, complicados, que ameritan una serie de requerimientos, por lo que es más que probable que alguno se te pueda olvidar. Para evitar estas situaciones, que se traducen en multas, sanciones, denuncias y otros procesos legales, puedes implementar un sistema de nómina que te permita tanto automatizar cómo administrar, de forma pertinente, todas estas tareas. Con un sistema de nómina podrás: Tener control de las cuotas obrero-patronales: la gestión del Capital Humano no solo implica el cálculo de sueldos. Es necesario hacer pagos relacionados con la seguridad social, que van desde riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad hasta prestaciones sociales. Un pago retrasado, un mal cálculo o un error en las diligencias puede ser catastrófico para la empresa. Hacer seguimiento de la nómina: cuando utilizas este tipo de herramientas tendrás un registro completo de tus empleados, con todos los datos e incidencias de su trayectoria en la compañía. Realizar tareas múltiples: usar la tecnología para agilizar los procesos ofrece diferentes tipos de beneficios. Uno de ellos es poder realizar varias tareas a la vez. No solo se trata de hacer cálculos, puedes seguir y administrar diferentes procesos relacionados con el departamento de recursos humanos, sin necesidad de instalar más de una plataforma. ¿Cómo elegir un sistema de nómina? En el mercado existen diferentes opciones, así que, antes de tomar una decisión definitiva, debes asegurarte de elegir el mejor software para ti. Para ello, puedes tomar en cuenta estos cuatro criterios:x Que se ajuste a tus necesidades: es fundamental que el sistema de nómina resuelva las tareas que requieren automatizar para agilizar tu gestión; que se pueda ajustar a tus procesos internos y que esté alineado a las reglamentaciones actuales. Que sea personalizable: esto es esencial. Solo así podrás adaptar la herramienta para que responda a las tareas que debes solucionar a tu ritmo, en concordancia con tus propios procesos internos. Que esté en constante actualización: día a día la tecnología evoluciona y los requerimientos legales también, aunque con menos frecuencia. Un buen programa debe estar reinventándose regularmente para ajustarse a estos cambios. Que esté avalado por las autoridades: cumplir las reglas siempre debe ser obligatorio para cualquier empresa, por lo que seleccionar el programa para gestionar tu nómina no debe estar fuera de esta premisa. Por ejemplo, el software SICOSS es el único programa mexicano[3] avalado por el IMSS y el INFONAVIT, para el cumplimiento de las obligaciones patronales. Conclusión Antes de descartar el uso de un sistema de nómina, por creer que es costoso o complicado, debes considerar todos los beneficios que puede significar para tu empresa. No se trata solo de automatizar procesos, sino de mejorar la gestión, realizar cálculos más precisos, así como de hacer un mejor seguimiento de las incidencias en tu plantilla. La clave está en seleccionar el que más se adapte a tus necesidades. Sin embargo, es importante que puedas personalizarlo y que esté dentro del marco legal que rige actualmente. Es posible que para ello necesites un poco de asesoría profesional, pero verás que vale la pena, sobre todo para impulsar el departamento de Capital Humano de tu empresa.
El Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo establece que aquellos colaboradores con más de un año en antigüedad en una empresa tienen derecho a un periodo vacacional, con goce de sueldo, de al menos seis días laborales. Además de este periodo los patrones deben proporcionar a su empleado un pago extra para que posea recursos para su descanso: se trata de la prima vacacional. El Artículo 80 establece su obligatoriedad y su monto mínimo, pero muchas compañías aportan un extra. ¿Qué es y cómo calcular la prima vacacional de tus trabajadores? Esta es una sencilla guía para aportar el beneficio que corresponde a cada uno de tus colaboradores. ¿Qué es la prima vacacional? La prima vacacional es un ingreso extra que, como empleador, debes entregar a cada uno de tus trabajadores para su tiempo de vacaciones. Tanto los días vacacionales como el monto de la prima están establecidos por la Ley Federal del Trabajo (LFT). Su artículo 76 señala respecto a las vacaciones de los empleados: “los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios”. Después de los cuatro años, se aumentarán solo dos días por cada cinco días de servicios. Además de estos días con goce de sueldo, la normativa indica que el colaborador disfrutará de una prima vacacional, definida por la ley en su Artículo 80 como “no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones”. Es decir, si el empleado con un año de antigüedad cumplido tiene derecho a seis días de descanso; en adición al sueldo por esos seis días, tiene derecho a un ingreso extra equivalente a la cuarta parte de lo percibido. ¿Cuál es la importancia de la prima vacacional? Se trata, al igual que las vacaciones, de una prestación obligatoria, la cual debe concederse por ley. Si bien se establece su mínimo (25% del sueldo correspondiente a los días de vacaciones) tu empresa puede conceder un porcentaje superior, como una forma de incentivar el buen desempeño de los trabajadores más valiosos. ¿Cómo se calcula la prima vacacional? Para calcular el monto mínimo de la prima vacacional de un trabajador, es necesario conocer tres factores: su salario diario, su antigüedad en la organización y los días de vacaciones que le corresponden. Una vez que se conocen estos datos se aplica la siguiente fórmula: Salario diario x Días de vacaciones x .25 = Prima vacacional Si tu empresa concede más del 25% establecido por la LFT, entonces sustituye ese valor en la fórmula y realiza el cálculo. Veamos un ejemplo en concreto para comprender mejor su aplicación: Fabián es un empleado que ha cumplido dos años en tu compañía. Vas a concederle vacaciones y la prima vacacional mínima del 25%. Su sueldo diario es de 100 pesos. Es importante señalar que en este cálculo se debe considerar como sueldo el SDI (Sueldo Diario Integrado), el cual es el promedio del sueldo diario de un trabajador considerando sus prestaciones. La ecuación se realiza de la siguiente manera: Se suman los 365 días del año, más quince días correspondientes de aguinaldo, más 1.5 días (correspondientes a los 6 días de vacaciones por 25% de la prima vacacional mínima). El resultado se divide entre 365 días, con lo que se obtiene 1.0452, cantidad denominada factor de integración mínimo o FIM. Tal factor se multiplica por el salario diario percibido por el trabajador. Si Fabián gana 100 pesos al día, al multiplicarlo por el FIM tenemos que su SDI es de 104.52 pesos diarios y ese es el valor que debemos usar para calcular su prima vacacional. Si el empleado percibe más porcentaje de aguinaldo o de prima vacacional, su SDI debe calcularse con esos valores. También debemos considerar las vacaciones correspondientes a Fabián, pues como ya tiene dos años en la empresa, a los 6 días mínimos se suman dos, con lo que debemos considerar 8 días de vacaciones: De esa manera el cálculo de su prima vacacional es el siguiente: (104.52 x 8) x .25 = 209.4 pesos El sueldo diario integrado se ha multiplicado por 8 días, y ese resultado se ha multiplicado por la prima mínima de .25, con ello obtenemos que Fabián va a recibir 209.4 pesos como ingreso extra para financiar sus vacaciones. ¿Cuándo se debe entregar la prima vacacional? La Ley Federal de Trabajo señala el monto mínimo y que se trata de un derecho, pero no señala la fecha exacta en la cual debe pagarse. Cada empresa elige en qué momento la hace efectiva. Algunas lo hacen al cumplirse el aniversario del ingreso del colaborador a la organización; otras, al final de año, junto con el aguinaldo. La mayoría prefiere darlo al iniciar el periodo de vacaciones del empleado. Lo importante es notificar al trabajador el momento en que se realizará. ¿Provoca impuestos la prima vacacional? La prima vacacional está exenta del pago de impuestos siempre que sea inferior o igual al equivalente a 15 días del salario mínimo de la zona del trabajador. Si se sobrepasa esa cantidad debe pagar el ISR (Impuesto sobre la Renta) correspondiente. La prima vacacional: un compromiso Las vacaciones son el derecho que todo empleado tiene de un descanso o desconexión de los procesos productivos. Sus beneficios son físicos y mentales, van desde un mejor control de la presión arterial hasta la prevención de la ansiedad o la depresión. Las empresas tienen la obligación de aportar recursos para el mejor disfrute de ese periodo. La prima vacacional es una prestación por ley que debe integrarse a las nóminas y requiere ser calculada con especial cuidado. Si deseas que la prima vacacional no se interponga en la realización de tus procesos productivos, encarga su realización a terceros. En Consolidé contamos con expertos en materia laboral y administrativa para dar a tus trabajadores la prima que les permita un descanso merecido.
Integrar a personas a tu equipo de trabajo, ya sea que dirijas una pequeña organización o una empresa con necesidad de muchos colaboradores, significa adquirir grandes compromisos y responsabilidades. Entre ellas, la de proporcionar seguridad social a tus empleados, protección contra accidentes, acceso a atención médica oportuna y la posibilidad de ahorro para el retiro, mediante la afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Saber si estás obligado o no a dar de alta en el IMSS a tus trabajadores es muy sencillo. De acuerdo con el Artículo 12 de la Ley del Seguro Social, deberás dar de alta a cualquier persona que preste de forma eventual o permanente un servicio remunerado dentro de tu compañía. Las ganancias y beneficios son mutuos. Con la afiliación de tus trabajadores, el pago de tus cuotas será 100% deducible. Además, generarás sensación de estabilidad y confianza en el empleado, reduciendo así la rotación de personal. También evitarás costosas multas, que van desde elevadas cuotas hasta prisión, según la gravedad de la omisión. En este breve artículo, conocerás paso a paso qué debes hacer para dar de alta en el IMSS a tus trabajadores. Es importante que ellos estén al tanto de la parte que les corresponde llevar a cabo en el trámite. La mayoría de los pasos se pueden hacer en línea, por ello te proporcionaremos diferentes enlaces útiles relacionados al procedimiento. Paso inicial: darte de alta como patrón Si deseas dar de alta a tus empleados, lo primero que debes hacer ante el IMSS es registrarte como patrón. Será necesario que estés constituido como empresa, con tus actividades y responsabilidades fiscales actualizadas en el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Una vez al corriente con las gestiones pertinentes del SAT y del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), podrás proceder con tu registro. Tendrás la posibilidad de efectuarlo en línea en el Escritorio Virtual del IMSS, utilizando tu CURP o tu Firma Electrónica FIEL. O por medio de afiliación directa en tu Subdegelación u Oficina Auxiliar de Afiliación y Cobranza en un horario de atención de 8:00 a 15:30 horas. Los requisitos del proceso dependerán de la vía que elijas. Si optas por darte de alta en línea con CURP, no te pedirán ningún tipo de documento; aunque si prefieres hacerlo utilizando la FIEL, deberás contar un comprobante de domicilio del centro de trabajo. En cuanto a los trámites presenciales, la lista de elementos requeridos es un poco más extensa, puedes consultarla aquí. Al realizar el procedimiento en línea, el sistema del IMSS generará una carta de términos y condiciones para que utilices la firma electrónica avanzada en tus trámites posteriores. Si llevas a cabo tu registro patronal de forma presencial y quieres continuar con tu alta de empleados vía internet, deberás tramitar un certificado digital en tu Escritorio Virtual. Por último, debes contemplar que todo patrón con cinco o más trabajadores está obligado a efectuar la totalidad de sus obligaciones por medio del Sistema Único de Autodeterminación (SUA). Para aquellas organizaciones conformadas por uno a cuatro colaboradores, el uso de SUA es opcional. Consulta más detalles sobre este sistema aquí. Siguiente paso: dar de alta a tus empleados Comencemos por conocer la situación actual de tu trabajador. Si se trata de su primer empleo o no cuenta con seguridad social, deberá realizar la preafiliación. Aunque esto será su responsabilidad, es importante que conozcas qué información le será de utilidad en caso de requerir cierta asesoría. La Asignación del Número de Seguridad Social (NSS) lo puede obtener de manera presencial o en línea. Al igual que en el alta patronal, los requisitos y documentos variarán según la vía utilizada. Para hacer el trámite en línea deberá contar con su CURP y un correo electrónico. El trámite de Solicitud de Asignación del NSS en la Subdelegación u Oficina Auxiliar de Afiliación y Cobranza requiere de: Copia certificada del acta de nacimiento Identificación oficial vigente en original CURP Poder notarial: si el trámite lo efectúa un representante legal, se solicitará un poder notarial expedido por fedatario público. Una vez que tu trabajador cuente con su NSS, deberás continuar el trámite (en línea o presencial) presentando el formato de Aviso de Inscripción del Trabajador AFIL-02. Descarga aquí el pdf o solicítalo en tu Subdelegación y estarás listo para ofrecer a tus empleados seguridad social. Tranquilidad y confianza para ti y tus trabajadores Para procedimientos en línea deberás tener siempre a la mano tus claves, la tarjeta de identificación patronal o número patronal de identificación electrónica (NPIE) y tu certificado digital. En caso de que presentes tus movimientos afiliatorios por ventanilla deberás tomar en cuenta que solo podrás realizar 4 movimientos por día. No olvides que la afiliación debe hacerse dentro de los cinco días hábiles siguientes a la contratación de tus empleados. Velar por sus intereses es parte de tu trabajo y responsabilidad. Además estarás evitando auditorías del IMSS, que podrían resultar en multas muy elevadas. Es mucho más fácil de lo que parece, pero sabemos que tanta información o movimientos pueden causar confusión, así como necesitar de horas de investigación. Permítenos ayudarte, te podemos asesorar sobre cómo dar de alta a un empleado ante el IMSS y otras obligaciones patronales.
Es muy común que cuando visitamos un restaurante, hotel o algún otro servicio relacionado con el ramo, demos una propina; ello derivado de la forma en que fuimos atendidos y cuyo importe varía en un porcentaje de acuerdo al consumo o bien de acuerdo a  nuestras posibilidades económicas. En ese sentido el artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo dispone: Las propinas son parte del salario de los trabajadores a que se refiere este capítulo en los términos del artículo 347. Los patrones no podrán reservarse ni tener participación alguna en ellas. Asimismo dispone el citado artículo 347: Si no se determina, en calidad de propina, un porcentaje sobre las consumiciones, las partes fijarán el aumento que deba hacerse al salario de base para el pago de cualquier indemnización o prestación que corresponda a los trabajadores. El salario fijado para estos efectos será remunerador, debiendo tomarse en consideración la importancia del establecimiento donde se presten los servicios. Es importante señalar que se han  emitido acuerdos por parte del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en los cuales determina que las propinas que cubran los clientes solo serán acumulables al salario base de cotización cuando las mismas se pacten con los clientes y se paguen por el patrón (banquetes, eventos especiales). En esa tesitura las propinas que no estén pactadas y que los clientes entreguen directamente a los meseros, no formarán parte del salario base de cotización. Es importante comentar que en materia del impuesto sobre la renta encontramos  el criterio normativo 43/ISR/N en donde exterioriza que las propinas constituyen un ingreso para el trabajador en base al mismo artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo, concluyendo que las propinas que les sean concedidas a los trabajadores, deben ser consideradas por el empleador para efectuar el cálculo y retención del ISR que, en su caso, resulte a cargo del trabajador, en los términos del artículo 96 de la Ley del ISR. No hay que perder de vista que la esencia de la integración del salario, son por las partidas que pague el patrón a su trabajador, sin embargo en el caso que nos ocupa es una tercera persona (cliente) la que otorga un beneficio al trabajador (mesero), no obstante en os casos que se mencionan deben integrase al salario para efectos del IMSS e ISR.
Mencionaremos 7 puntos que son indispensables para la correcta gestión de una nómina en temas de deducibilidad fiscal: 1.-¿Qué ingresos de mis trabajadores están gravados y cuáles están exentos de ISR? Son varios conceptos y topes de exención como se muestra en el siguiente cuadro: 2.-¿Cómo se calcula el ISR de la nómina? Coloquemos una muestra de un cálculo de nómina mensual de acuerdo a las Tablas de ISR, éste cálculo es el mismo pero con variación de las tablas de acuerdo a nóminas: semanales, quincenales o mensuales. 3.-¿Qué aspectos debo cuidar para que mi nómina sea deducible? Retener y enterar el ISR derivado de la percepción por sueldos y salarios. Cuidar que cada concepto de percepción se grave correctamente. Pagar la carga social (IMSS, SAR, INFONAVIT) generada por el pago de percepciones. Emitir recibos digitales timbrados por el pago del salario. Pagar a los trabajadores el importe de su salarios después de las retenciones correspondientes. Presentar en tiempo y forma las declaraciones informativas de sueldos y salarios. 4.-¿Cuál es el monto deducible de mi nómina? En términos del artículo 28, fracción XXX, de la Ley del ISR serán no deducibles los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos. El factor a que se refiere este párrafo será del 0.47 cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, en el ejercicio de que se trate, no disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior. 5.-¿Qué consecuencias tiene el no presentar de manera correcta el CFDI de nómina? Para la persona física o moral que paga los sueldos y salarios es motivo de no deducibilidad del gasto. Para el asalariado puede representar un problema de ingresos por los que no se pago el impuesto correspondiente. 6.-Además de retener el ISR, ¿qué otras obligaciones tengo como patrón? Dar de alta a los trabajadores en el IMSS, además de todo lo ya mencionado en el tercer punto. 7.-¿Qué son los ingresos asimilados a salarios? El asimilado a salario es una modalidad de pago a los prestadores de servicios independientes, esta modalidad solo se puede llevar a cabo cuando el propio prestador de servicio independiente solicita al beneficiarios del servicio que asimile su pago a salarios, de modo que este último sea quien retiene los impuestos generados por la percepción y que los paga por cuenta del prestador de servicios independientes. TÍTULO IV DE LAS PERSONAS FÍSICAS CAPÍTULO I DE LOS INGRESOS POR SALARIOS Y EN GENERAL POR LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO PERSONAL SUBORDINADO Artículo 94. Se consideran ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado, los salarios y demás prestaciones que deriven de una relación laboral, incluyendo la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las prestaciones percibidas como consecuencia de la terminación de la relación laboral. Para los efectos de este impuesto, se asimilan a estos ingresos los siguientes: III. Los honorarios a miembros de consejos directivos, de vigilancia, consultivos o de cualquier otra índole, así como los honorarios a administradores, comisarios y gerentes generales. IV. Los honorarios a personas que presten servicios preponderantemente a un prestatario, siempre que los mismos se lleven a cabo en las instalaciones de este último. V. Los honorarios que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales a las que presten servicios personales independientes, cuando comuniquen por escrito al prestatario que optan por pagar el impuesto en los términos de este Capítulo. VI. Los ingresos que perciban las personas físicas de personas morales o de personas físicas con actividades empresariales, por las actividades empresariales que realicen, cuando comuniquen por escrito a la persona que efectúe el pago que optan por pagar el impuesto en los términos de este Capítulo.
Es de suma importancia que cómo patrón cuente con el RFC de sus trabajadores. Al momento de realizar la contratación los patrones deben solicitar a sus empleados su Inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) que consta de 10 dígitos alfanuméricos y 3 dígitos que el Servicio de Administración Tributaria asigna, de no contar con RFC el patrón está obligado a inscribir en el Registro Federal de Contribuyentes a sus trabajadores ya que si no cuenta con ello las implicaciones fiscales serían las siguientes: No poder enviar al SAT sus recibos de nómina (timbrado nómina) No podrá hacer deducible los sueldos y salarios y demás prestaciones que le proporcione al empleado por no timbrar la nómina No podrán enviar su declaración informativa de sueldos y salarios correctamente Con el propósito que los Patrones cumplan con sus obligaciones, el trámite se puede realizar vía internet con tan solo el CURP del empleado pero muchas veces el SAT responde en forma tardía,  por tanto es recomendable acudir al Servicio de Administración Tributaria con previa cita, abajo enlistamos que requisitos requiere llevar. Requisitos en el portal web: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/tramites/inscripcion_rfc/Paginas/default.aspx Nombre del archivo RFC ddmmaaaa_consecutivo de dos dígitos (##), donde: El RFC: Se refiere al RFC del patrón persona física o persona moral. ddmmaaaa: (dd) día, (mm) mes y (aaaa) año de la fecha de generación del archivo. consecutivo: Número consecutivo del archivo. Por ejemplo XAXX010101AAA07072015_01 Sin tabuladores. Unicamente mayúsculas. El formato del archivo debe ser en Código Estándar Americano para Intercambio de Información (ASCII). La información del archivo deberá contener los siguientes siete campos delimitados por pipes “|”. Primera columna.- CLAVE CURP a 18 POSICIONES del asalariado. Segunda columna.- Apellido paterno del asalariado. Tercera columna.- Apellido materno del asalariado. (No obligatorio). Cuarta columna.- Nombre(s) del asalariado. Quinta columna.- Fecha de ingreso del asalariado, debe ser en formato DD/MM/AAAA. Sexta columna.- Marca del indicador de los Ingresos del asalariado de acuerdo a los valores siguientes: (únicamente pueden ser los valores 1, 2, 3, 4, 5 ó 6.) Asalariados con ingresos mayores a $400,000.00. Asalariados con ingresos menores o iguales a $400,000.00. Asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00. Asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos mayores a $400,000.00. Ingresos por actividades empresariales asimilables a salarios con ingresos menores o iguales a $400,000.00. Séptima columna.- Clave de RFC del patrón a 12 ó 13 posiciones, según corresponda Persona Moral o Persona Física. Las columnas no deberán contener títulos o estar vacías, excepto la tercera columna (solo si no tiene dato). 6. La información deberá entregarse en archivos de texto plano. Se muestra ejemplo de cómo quedaría el archivo con la información de los trabajadores: El patrón al obtener el RFC de todos sus empleados estará dando cumplimiento al Art. 27 Quinto párrafo del Código Fiscal de la Federación: Art. 27 V Párrafo “Las personas que hagan los pagos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley de Impuesto sobre la Renta, deberán solicitar la inscripción de los contribuyentes a los que hagan dichos pagos, para tal efecto éstos deberán proporcionarles los datos necesarios. Por: Lic. Rebeca Itzel Olivera Villalobos