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Cada empresa posee una siniestralidad específica, es decir: sus trabajadores enfrentan un nivel de riesgo de accidentes según las labores que desempeñan. Como empresario debes pagar una cuota que cubra a tus empleados en caso de un incidente, una prima acorde a las actividades de la compañía y a su grado de riesgo. ¿Cómo se calcula esa prima? ¿Ante qué autoridades debe liquidarse? ¿Cuál es el trámite para hacerlo? Este es un artículo para resolver todas tus dudas sobre la declaración anual de riesgos de trabajo. ¿Qué es la declaración anual de riesgos de trabajo? La declaración anual de riesgos de trabajo es un compromiso que estableces al registrar tu actividad empresarial. Las leyes laborales mexicanas señalan que si tienes trabajadores a tu cargo, debes cubrir una cuota según los riesgos en sus actividades laborales, contemplando también cualquier tipo de accidentes inesperados. Esta cuota es la prima de riesgo de trabajo y debe pagarse ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). La prima se comienza a revisar al año de operación, pues durante esos primeros doce meses se recaba la información para calcular el monto que se deberá declarar. Tales datos incluyen la cantidad de accidentes y enfermedades laborales sucedidos en ese lapso de trabajo, así como las incapacidades pagadas a los trabajadores. Asimismo, se toman en cuenta puntos específicos de la empresa, como sus actividades, servicios, grupo económico, clase social, entre otras clasificaciones consideradas en la Ley de Afiliación del IMSS. Dicha suma de información compone la llamada revisión anual de siniestralidad. A partir de la siniestralidad de tu organización (nivel de riesgo enfrentado por tus empleados al ejercer su función) se calcula el monto de la prima mencionada. La revisión debes realizarla una vez al año y entregarla al IMSS dentro de sus plazos establecidos; tiene vigencia de marzo a febrero. No se trata de una cuota fija para toda la vida de la compañía, con cada inspección puede aumentar o disminuir acorde al número de accidentes o enfermedades laborales presentes en el periodo. A menor incidencia registrada en la declaración anual de riesgos de trabajo, menor la cuota. Vamos a hablar un poco acerca del trámite, para que tengas claro si tu empresa debe efectuarlo o no, de qué manera y ante qué instancias del IMSS. ¿Por qué las empresas deben presentar su declaración anual de riesgos de trabajo? Más allá del cumplimiento de la legislación de la seguridad social en cuanto a accidentes y enfermedades laborales, presentar la declaración anual de riesgos de trabajo y el cálculo de la prima correspondiente es un ejercicio saludable para tu compañía, así como para el bienestar de tus empleados. Es benéfico para tu organización porque te aporta una herramienta de evaluación de su seguridad interna. El seguimiento de las enfermedades e imprevistos te ayudará a detectar zonas o prácticas riesgosas, mejorar el mantenimiento de tus instalaciones y evitar factores que atenten contra el bienestar de tus trabajadores. También te aporta otro saldo positivo, no menos importante: si reduces la siniestralidad en un año, tu prima de riesgo de trabajo disminuirá, reduciendo tus gastos operativos. Incluso si la siniestralidad aumenta, tendrás un referente para saber si las medidas de protección establecidas son eficientes, así podrás corregirlas en tus instalaciones, procesos y políticas. En todo caso, una prima de riesgo alta es una compensación y una seguridad para aquellos trabajadores cuyo empleo es de naturaleza riesgosa. ¿Qué empresas deben realizar la declaración anual de riesgos de trabajo? Una vez llevada a cabo por primera vez la evaluación de siniestralidad, dependerá del desempeño en seguridad de cada empresa si es necesario o no presentar nuevamente la declaración anual de riesgos de trabajo ante las instancias de la seguridad social. Si hubo alguna variación en la incidencia de accidentes o enfermedades es debido presentar el nuevo cálculo, pues el monto de la prima de riesgo será distinto. Si, en cambio, no hubo variación alguna, no será requerido que presentes esa declaración ante el IMSS. Tampoco es obligatorio presentarla si recién registraste tu compañía ante el IMSS o si acabas de cambiar de actividad laboral y no has cumplido un año de operación. Si tu organización cuenta con menos de diez empleados no es necesario calcular su prima, y pagarás una cuota determinada por su clase. ¿Cómo se determina la prima de riesgo en la declaración anual de riesgo de trabajo? Para calcularla, como ya hemos mencionado, deberás llevar un registro actualizado del número de trabajadores expuestos a riesgos laborales, de los accidentes sufridos en la empresa y de los días pagados por incapacidades o enfermedades de trabajo. La prima se calcula con los datos anteriores y con la siguiente fórmula: Prima de riesgo = [(S/365) + 28 x (I + D)] x (2.3/N) + 0.0005 Donde S representa los días pagados por causa de una incapacidad temporal (parcial o total). I representa las incapacidades permanentes concedidas a los empleados D representa la cantidad de muertes ocurridas en la compañía en el año de operación. N representa el número de empleados expuestos de manera frecuente o permanente a altos riesgos de trabajo. En el caso de algún trabajador se haya accidentado en el trayecto de su casa al empleo, o viceversa, no se considera como parte de la siniestralidad. Como titular de la organización, puedes calcular la prima de riesgo a través de la aplicación descargable que el IMSS pone a tu disposición en la página del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), la cual cuenta con una muy clara guía para el usuario. Una vez hecho el cálculo, la declaración anual de riesgos de trabajo generada por el SUA se puede enviar a través de Internet, desde el sistema IDSE, o de forma presencial en la ventanilla en tu subdelegación del IMSS más cercana. En ese caso debes reunir la siguiente documentación: Tarjeta de identificación patronal Formatos CLEM 22 (determinación de la prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, derivada de la revisión anual de la siniestralidad realizada por el SUA) CLEM 22 A (relación de casos de riesgo de trabajo) Archivo DAP SUA EN USB Todos debidamente firmados por el patrón, representante legal o sujeto obligado. De no presentar la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo, como patrón podrás estar sujeto a sanciones. De igual manera lo estarás si la presentas con retraso o con datos falsos o incompletos. La multa oscila de 20 a 210 veces la Unidad de Medida y Actualización (entre 1,689.80 pesos  y 17,742.90 pesos). Además, será el IMSS quien determinará la prima de riesgo a pagar en el año que corre. Conclusión Los accidentes y enfermedades laborales son una realidad que debes enfrentar como empresario,  ofreciendo bienestar a tus empleados. El primer paso en ese sentido es calcular la prima de riesgo de tu empresa a través del ejercicio de la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo, la cual se debe presentar ante el IMSS, como órgano mayor de la seguridad social de los trabajadores. El cálculo de dicha cuota involucra los accidentes, enfermedades o muertes sucedidas en tu compañía, sucesos que en conjunto con las indemnizaciones por incapacidades concedidas a tus trabajadores, marcan el nivel de siniestralidad de tu organización y terminan por definir el monto anual de pago al IMSS. Lejos de tratarse solo del cumplimiento de una obligación, la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo es una herramienta para mejorar la seguridad de tus empleados, optimizar tus instalaciones, procesos, y dar una mejor cobertura a las personas que laboran contigo realizando actividades riesgosas.
Cada año, el cumplimiento de obligaciones fiscales y sus procedimientos genera mucha confusión. Esto se debe a las mejoras, cambios y actualizaciones del Servicio de Administración Tributaria; ya sea que tu empresa esté registrada como persona física o moral, debes conocer todos los puntos a cumplir. Constantemente el Servicio Administración Tributaria (SAT), en conjunto con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, generan diferentes estrategias con el fin de asegurar una mayor recaudación de recursos para el gasto público. Entre las principales estrategias se encuentra la de facilitar por medio de herramientas en línea el cumplimiento y procedimientos cada vez más sencillos para el cumplimiento voluntario. Para hacer esta tarea más fácil, te presentamos un checklist de obligaciones y trámites que debes tener siempre presentes; este checklist te permitirá estar al día con tu situación fiscal y la de tu compañía. Te sugerimos leer con calma cada uno de los puntos e ir marcando sólo aquellos que tengas absoluta certeza de tener al corriente. Emisión de recibos de nómina según las nuevas disposiciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) Emisión de facturas según las nuevas disposiciones del SAT Declaración anual de impuestos Declaraciones y pagos mensuales de impuestos Auditoría interna anual Avisos de privacidad en la página web de la empresa y comunicación hacia el exterior Seguros de riesgo de trabajo Sistemas financieros y contables actualizados Registro contable en orden Reparto anual de utilidades ¿Cómo te fue con el checklist? ¿Los marcaste todos? ¿Los conocías? A continuación te hablaremos brevemente sobre cada punto. Lee con calma y al terminar revisa si los puntos sin marcar merecen una palomita o si es necesario quitarla de alguno de ellos. Emisión de recibos de nómina según las nuevas disposiciones del Servicio de Administración Tributaria (SAT) Recuerda que en noviembre de 2017 el SAT publicó en su sitio web una guía del llenado del comprobante de recibo de pago de nómina. Consúltalo aquí y conoce a detalle las nuevas disposiciones. Sin importar si es nuestro primer acercamiento al SAT como contribuyentes o si llevamos años cumpliendo con nuestros compromisos fiscales como empresa, a veces podemos pasar por alto algún paso para emitir recibos de nómina correctamente. Como consecuencia podrían presentarse elevadas multas, sanciones o trámites complicados además de largos tiempos de espera para alguna solución. Emisión de facturas según las nuevas disposiciones del SAT No te confíes. Lo que podría ser una tarea casi de rutina, merece una revisión precisa para cumplir con las nuevas disposiciones del SAT. En su sitio web podrás consultar videos tutoriales y así conocer a detalle cada paso a seguir cuando emitas facturas. Declaración anual de impuestos Marzo es un mes al cual prestar especial atención. Por ningún motivo puedes olvidar la declaración anual. Es muy importante cumplir con este requisito porque las multas pueden superar los $44,000 pesos. Considera de principal relevancia el cuidado y la precisión en registros. La declaración no se genera en treinta días, es un trámite para el que te preparas durante todo el año. Los motivos de multas incluyen: Obligaciones no declaradas de forma voluntaria Declaraciones fuera de plazo o descuidos Omisiones al declarar por internet, cuando se está obligado a ello Declaraciones y pagos mensuales de impuestos El 17 de cada mes debe estar marcado en tu calendario para que lo tengas siempre presente. Es el último día en el que podrás calcular y enterar los pagos de declaraciones provisionales o definitivas sobre impuestos federales. En otras palabras, es la fecha límite de la declaración mensual de impuestos, tanto para personas físicas como morales. Auditoría interna anual Una empresa necesita de un sistema de control e inspección en términos legales y contables. Entre más grande sea tu compañía, mayores serán los riesgos que corre en el sector financiero. Así que una auditoría interna anual no sólo indicará si se están cumpliendo objetivos o qué tan cerca están de ellos. También los ayudará a detectar posibles estafas, desvíos de capital o fraudes para poder buscar una solución a la brevedad. Será relevante contemplar la contratación de un experto externo, cuya labor sea revisar a detalle toda la información y documentos requeridos. Avisos de privacidad en la página web de la empresa y comunicación hacia el exterior El manejo de información personal es uno de los temas más delicados que enfrenta una compañía en la actualidad. Recibimos y enviamos datos sensibles vinculados a clientes, colegas o candidatos a un puesto, entre otros. Necesitamos tener una política muy estricta sobre su manipulación. Asi mismo se deben de dar a conocer los avisos de privacidad o hacerlos fácilmente accesibles; para que los usuarios tengan la certeza de que sus datos están siendo tratados con responsabilidad. Seguros de riesgo de trabajo Independientemente del riesgo aparente que pueda representar un cargo específico, tus empleados deben contar con un seguro laboral, el cual debe cubrir cualquier lesión o afectación funcional, ya sea inmediata o posterior; también debe cubrir la muerte provocada por motivos de trabajo. Sistemas financieros y contables actualizados Tu compañía debe estar actualizada en cuanto a sistemas financieros, de tal manera que la ejecución en esa área se facilite. Dichos sistemas deben de tener la capacidad de reunir tareas como: control de ingresos y egresos, informes, facturación, actualizaciones del SAT, comprobantes, entre otras. Busca los que mejor se adapten a las necesidades específicas de tu lugar de trabajo. Los siguientes son los sistemas de software financieros más populares: Contalínea Contpaqi SAP ContadorMX Aspel Miskuentas Registro contable en orden Es indispensable que cuenten con un registro detallado de cada movimiento y operación que se lleve a cabo en tu empresa. Lo necesitarán para poder tomar decisiones sobre nuevos rumbos o modificaciones a planes de acción actuales. Reparto anual de utilidades Si tu compañía declara más de $300,000 pesos ante el SAT, está obligada al reparto anual de utilidades. Es crucial que estén informados sobre este procedimiento y que lo realicen. Se trata de un derecho constitucional de los trabajadores. Ahora tienes una visión panorámica sobre cada uno de los puntos del checklist para el cumplimiento de las obligaciones fiscales de tu empresa. Revisa cada uno y pon atención en los que no conocías o habías olvidado.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente presentó en días pasados conjuntamente con Diputados del Grupo Parlamentario de Morena, una iniciativa de ley que resulta por demás interesante, ello derivado de las operaciones inexistentes que son soportadas con un comprobante fiscal a efecto de disminuir la carga impositiva. La iniciativa propone: Retención de IVA e ISR Se obligaría a retener y enterar dos terceras partes del IVA causado en la contratación de servicios, así como un 10% de la contraprestación que se pague por dichos servicios, como pago provisional de ISR. Obligados a retener Serían contribuyentes obligados a retener las Personas Físicas con actividad empresarial, las Personas Morales así como  la Federación, Ciudad de México, Estados, Municipios y sus organismos descentralizados. Acreditamiento Con la finalidad de no afectar la liquidez de las empresas se propone que el ISR retenido se acredite contra: el ISR propio, El retenido a terceros. En caso de un excedente del ISR que se le hubiera retenido al contribuyente: Compensación, o Devolución. Derivado de lo anterior serían afectadas las siguientes disposiciones: Reformas a los artículos 1-A, 3 y 5, fracción IV, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, 113 del Código Fiscal de la Federación, 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, 86 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, y adicionar los artículos 14-A y 106-A a dicha ley. Delito grave Es importante señalar que se considerará como delito grave, la expedición, adquisición o enajenación de comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados. En próximos días estaremos en condiciones de conocer la aprobación de la propuesta, la cual tiene comentarios en contra y a favor, sin embargo desde un particular punto de vista ayudará a la autoridad a combatir sin lugar a dudas las operaciones inexistentes.  
El pasado primero de septiembre del 2018 entró en vigor la obligación de utilizar el complemento de pago o el ahora llamado recibo electrónico de pago, por lo que nos permitimos dar a conocer diez puntos importantes para su emisión: Cuando la contraprestación no se pague en una sola exhibición se emitirá un CFDI por el valor total de la operación en el momento en que ésta se realice y posteriormente se expedirá un CFDI por cada uno de los pagos que se reciban, en el que se deberá señalar “cero” en el campo “Total”, sin registrar dato alguno en los campos “método de pago” y “forma de pago”, debiendo incorporar al mismo el “Complemento para recepción de pagos” que al efecto publique en el Portal del SAT. Los contribuyentes personas físicas que tributen en el RIF podrán optar por expedir un CFDI usando la versión 3.3. del Anexo 20 sin incorporar el complemento para recepción de pagos durante el ejercicio fiscal 2018, únicamente por lo que respecta a las operaciones relacionadas con dicho régimen y siempre que el importe total del CFDI sea menor o igual a $5,000.00. Se podrá emitir un CFDI con complemento de pago por cada pago recibido o uno por todos los pagos recibidos en un periodo de un mes siempre que estos correspondan a un mismo receptor del comprobante. Se tiene la opción de emitir el CFDI con complemento de pago a más tardar al décimo día natural del mes inmediato siguiente al que corresponda el o los pagos recibidos. En caso de emitir un CFDI que acredite que la contraprestación ha sido total o parcialmente pagada, el CFDI emitido por el total de la operación no podrá ser objeto de cancelación, las correcciones deberán realizarse mediante la emisión de CFDI de egresos. En el caso que exista error en el RFC del receptor, el CFDI podrá ser cancelado, a condición de que se sustituya por un nuevo comprobante con la clave del RFC correcta, debiendo, en su caso, seguir la misma suerte el o los CFDI con complemento para recepción de pagos que estén relacionados a dicho comprobante emitido con error. En el supuesto de que el CFDI con complemento de pagos no debió emitirse por que la contraprestación ya se había pagado totalmente, al cancelarse el mismo, deberá ser sustituido por otro con un importe de un peso. En el CFDI con complemento de pago se deberá señalar “84111506” como clave de producto y servicio a utilizar y que corresponde a servicios de facturación, en clave de unidad será “ACT” que corresponde a actividad; en el campo de descripción se debe de registrar el valor “Pago” y, en cantidad, se debe llenar con el valor “1”. Sin embargo en valor unitario debe llevar el valor “0”. Es importante asentar en el CFDI que se emita por el total de la operación, en forma de pago “99 por definir” y método de pago “PPD pago en parcialidades o diferido”. Finalmente debemos cuidar que en caso de utilizar proveedores de facturación, estos cumplan con los requerimientos de catálogos a que obliga la normatividad vigente.
El Salario es el pago que en forma periódica recibirá un trabajador de parte de su empleador a cambio de los servicios prestados y por los cuáles fue previamente contratado, además del salario, incluyen también cualquier prestación que el trabajador obtenga derivado de la relación laboral, tales como la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas y las percepciones recibidas a consecuencia de la terminación laboral. Un trabajador al estar contratado por un patrón o empleador no realiza la determinación y pago del ISR a su cargo, puesto que, la obligación es del patrón. Sin embargo, el trabajador debe por sí mismo determinar el ISR anual a su cargo cuando: Presta sus servicios a dos o más patrones durante un mismo ejercicio o El monto de sus salarios excede 400 mil pesos anuales Decide voluntariamente determinar el ISR anual a su cargo Cuando los trabajadores asalariados determinan por sí mismos el ISR anual a su cargo, pueden realizar deducciones personales tales como: gastos médicos, dentales y hospitalarios del trabajador y sus dependientes; gastos funerarios del trabajador y sus dependientes; intereses reales por créditos hipotecarios destinados a casa habitación; aportaciones complementarias de retiro; primas de seguros de gastos médicos, colegiaturas, entre otros. Cabe destacar que la ley establece una tarifa mensual progresiva que va desde un 1.92% hasta 35%, que aplica el patrón a la base. El resultado son los impuestos que retiene el patrón mensualmente. De esta manera, cuando el trabajador recibe su salario, ya está descontada la cantidad correspondiente al ISR. Para el cálculo anual del impuesto, la base gravable consiste en el total de salarios pagados al trabajador en todo el año; incluyendo, las primas, vacaciones, gratificaciones y demás prestaciones. Finalmente el trabajador en el cálculo anual del impuesto; tiene que cubrir el impuesto a su cargo no pagado o solicitar la devolución del ISR pagado en exceso.
Sin lugar a dudas una de las mayores ventajas que tenemos como empresarios es el cobro de ventas al contado y en efectivo, ya que ello nos permite tener liquidez inmediata para solventar gastos menores o bien el pago de nómina entre otros. Sin embargo de acuerdo a la normatividad vigente, debemos controlar la obtención de dinero en efectivo de una manera hasta cierto punto diferente a lo que usualmente hacemos. ¿Cómo se hace el manejo de efectivo en una organización? ¿Qué es la Obtención de Ingresos en Efectivo? Podemos resumir dos aspectos fundamentales en la obtención de ingresos en efectivo que sin lugar a dudas nos evitarán molestias o sanciones con nuestras autoridades fiscales. Código Fiscal de la Federación El Código Fiscal de la Federación (CFF) el pasado 1 de junio de 2018 se reformó para establecer una nueva facultad de comprobación, la cual consiste en que las autoridades fiscales podrán practicar visitas domiciliarias a los contribuyentes, a fin de verificar el número de operaciones que deban ser registradas como ingresos y, en su caso, el valor de los actos o actividades, el monto de cada una de ellas, así como la fecha y hora en que se realizaron, durante el período de tiempo que dure la verificación. En otras palabras la autoridad verificará que en un periodo determinado, el contribuyente haya registrado correctamente sus ingresos, el monto de estos y el momento en que se obtuvieron. Sin lugar a dudas los ingresos obtenidos mediante  transferencias o cheques son detectados de manera inmediata por dichas autoridades, no así el efectivo. Control de Operaciones en Efectivo De conformidad con la resolución miscelánea y el propio CFF, los contribuyentes que tienen operaciones con el público en general deben de controlar dichas operaciones de la siguiente manera: Los contribuyentes podrán elaborar un comprobante fiscal digital por internet de manera diaria, semanal o mensual donde consten los importes correspondientes a cada una de las operaciones realizadas con el público en general del periodo al que corresponda y el número de folio o de operación de los comprobantes de operaciones con el público en general, si hablamos de un contribuyente del régimen de incorporación fiscal podrán elaborar el  de forma bimestral, incluyendo únicamente el monto total de las operaciones del bimestre y el periodo correspondiente. Para ello, por las operaciones con el público en general, se deberán expedir los comprobantes de operaciones con el público en general, en alguna de las formas siguientes: Comprobantes impresos en original y copia (nota de venta). Comprobantes consistentes en copia de la parte de los registros de auditoría de sus máquinas registradoras. Comprobantes emitidos por los equipos de registro de operaciones con el público en general, (sistema electrónico) con características similares o iguales a las que manejan las tiendas de conveniencia. El comprobante fiscal digital global deberá emitirse a más tardar dentro de las 72 horas siguientes al cierre de las operaciones realizadas de manera diaria, semanal, mensual o bimestral y se deberá separar el monto del IVA e IEPS a cargo del contribuyente (excepto tratándose de contribuyentes del régimen de incorporación fiscal). Es importante señalar que cuando los adquirentes de los bienes o receptores de los servicios no soliciten comprobantes de operaciones realizadas con el público en general, los contribuyentes no estarán obligados a expedirlos por operaciones celebradas con el público en general, cuyo importe sea inferior a $100.00 (cien pesos 00/100 M.N.), o bien, inferior a $250.00 (doscientos cincuenta pesos 00/100 M.N.) tratándose de contribuyentes que tributen en el régimen de incorporación fiscal. Por ello podemos concluir que al emitir  los comprobantes de operaciones con el público en general y el comprobante fiscal digital por internet global de manera correcta y oportuna difícilmente las autoridades fiscales nos emitirán el acto de fiscalización o de hacerlo seguramente saldría sin observaciones.
En el ámbito de los impuestos, tenemos obligaciones fiscales primarias y secundarias. Centralmente de las primeras tenemos la más importante que es la de contribuir para los gastos públicos. Por su parte, en las secundarias nos encontramos con las “de hacer” “de no hacer” y “de tolerar”. Las obligaciones “de hacer” prácticamente nacen cuando emprendemos un negocio sea cual sea el tamaño o la actividad, ya que surgen diferentes obligaciones de carácter municipal, estatal y federal.  El aspecto fiscal en la actualidad ha tomado fuerza, por lo que las obligaciones que debemos cumplir ante el Servicio de Administración Tributaria al iniciar un negocio requiere de un mayor compromiso empresarial.  Finalmente no debemos perder de vista las obligaciones de “no hacer” que serían aquellos actos que no debemos realizar, por ejemplo evadir o eludir el pago de impuestos; así como las obligaciones de “tolerar” que se traduce en que debemos permitir, los actos de molestia o facultades de comprobación por parte de nuestras autoridades. Sigue leyendo para entender qué son las obligaciones fiscales y cómo deben priorizarse en la empresa. ¿Qué son las obligaciones fiscales? Las obligaciones fiscales son aquellas que resultan de la relación tributaria entre el Estado y el contribuyente. Estas se deben cumplir ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).  Como mencionamos al inicio, las responsabilidades fiscales pueden consistir en obligaciones de dar, hacer, no hacer o tolerar. El pago de impuestos es una de las principales entre las obligaciones de dar. Es la contribución obligatoria para fortalecer la economía del país. Además tenemos lo siguiente: En las obligaciones de hacer, el contribuyente presenta al Estado sus declaraciones de impuestos. En las obligaciones de no hacer, el contribuyente tiene prohibido por la ley determinadas conductas. Por ejemplo, considerar en su contabilidad comprobantes fiscales falsos. En las obligaciones de tolerar, el contribuyente permitirá que el Estado compruebe que se encuentra dando debido cumplimiento a sus obligaciones fiscales. A continuación detallamos las principales obligaciones fiscales de una empresa. Obligaciones fiscales de una empresa Estas son las obligaciones fiscales de una empresa: Inscripción al RFC El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es la base de datos del SAT al que deben inscribirse las empresas, a través de una cédula de identificación fiscal. Esto con el fin de poder distribuir un producto o servicio de forma legal.  El RFC es requerido en los siguientes supuestos: Cuando deban presentar declaraciones periódicas. Cuando estén obligadas a expedir comprobantes fiscales digitales por Internet por los actos o actividades que realicen o por los ingresos que perciban. Que hayan abierto una cuenta a su nombre en las entidades del sistema financiero o en las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo en las que reciban depósitos. Cuando realicen operaciones susceptibles de ser sujetas de contribuciones. El Servicio de Administración Tributaria establece los mecanismos de inscripción al registro federal de contribuyentes, atendiendo a las características del régimen de tributación del contribuyente. Actualización de la información del RFC Periódicamente debe actualizarse el RFC, a fin de mantener actualizada tu situación fiscal. Para ello, debes presentar los avisos correspondientes ingresando a la Sección de Trámites con tu RFC y Contraseña. Expedición de facturas electrónicas En orden, toda empresa debe expedir el Certificado de Sello Digital, para tener acceso a la generación de facturas electrónicas. Con ellas se informa a la autoridades fiscales de los ingresos obtenidos.  Las facturas electrónicas expedidas en cada transacción comercial, reflejan toda la información de operaciones de compraventa. Actualmente existe la versión de la factura digital CFDI 3.3, la cual te ayuda a reportar información importante, completa y correcta al SAT, evitando así multas o sanciones.  Llevar la contabilidad Algunos contribuyentes tienen obligación de llevar contabilidad de conformidad con las disposiciones fiscales que les sean aplicables. El Código Fiscal de la Federación y el Reglamento del Código Fiscal de la Federación disponen que la contabilidad está integrada por: Registros, asientos contables auxiliares, pólizas. Avisos o solicitudes de inscripción al registro federal de contribuyentes. Declaraciones anuales, informativas y de pagos provisionales, mensuales, bimestrales, trimestrales o definitivos. Estados de cuenta bancarios, conciliaciones de los depósitos y retiros. Acciones, partes sociales y títulos de crédito en los que sea parte el contribuyente. La documentación relacionada con la contratación de personas física que presten servicios personales subordinados, Documentación relativa a importaciones y exportaciones en materia aduanera o comercio exterior. Documentación e información de los registros de todas las operaciones, actos o actividades. Las demás declaraciones a que estén obligados en términos de las disposiciones fiscales aplicables. Presentación de Declaraciones Mensuales, Declaración Anual y Declaraciones Informativas Así como las facturas, las declaraciones mensuales y anuales de tus operaciones sirven para hacer seguimiento de tus ingresos y egresos. Llevar una contabilidad constante y sana, implica presentar la declaración mensual, anual e informativa, según sea el caso. Será el tipo de régimen que tengas el que determinará las obligaciones con Hacienda. El pago de impuestos por lo general se realiza a través de declaraciones mensuales y también anuales de IVA, ISR y retenciones.  Estas declaraciones se presentan en documentos digitales con firma electrónica avanzada, a través de los medios, formatos electrónicos, con la información y requisitos que señale el SAT; con la periodicidad y en las fechas que dispongan las leyes fiscales respectivas. Estado de posición financiera Con estos informes se refleja la situación financiera de tu empresa en un período de tiempo. En éste se debe levantar el inventario de existencias al 31 de diciembre de cada año; lo cual ayuda a la toma de decisiones.  Realizar la retención del ISR Dado que toda empresa cuenta con personal de trabajo formalizado, debe aplicar la retención del ISR al momento de emitir los pagos. En caso de presentarse a favor del empleado un subsidio, devolver el dinero en efectivo.  Calcular en la Declaración Anual del ISLR, la PTU Una vez teniendo un desarrollo administrativo de los egresos por nómina, la empresa ha de presentar la Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta y la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU). Conclusión Gran parte de los trámites y pagos ante el SAT son más simples gracias a los recursos que el ente ofrece por medio de su portal. Sin embargo, para cumplir con tus obligaciones fiscales en tiempo y forma se requiere de mucho cuidado. México cuenta con alrededor de 43 leyes que regulan las actividades de las empresas. Cada una contiene una serie de reglamentos que se adaptan según las disposiciones de cada empresa, entre ellas, las que tienen por objetivo el cobro de impuestos que son: IVA e ISLR.  Ante la diversidad de compromisos diarios en el departamento de Recursos Humanos, la atención del personal se dispersa. Esto puede traer como consecuencia retrasos o errores en las operaciones administrativas y contables relacionadas al pago de impuestos. Para ello, Consolidé es la solución. Agilizar el cumplimento fiscal y de Recurso Humano con el cálculo de nómina es posible. Tener una empresa exitosa implica más que un producto o servicio de calidad. La adecuada administración y disposición de recursos financieros suficientes es fundamental.  Pero más allá de eso, cumplir con tus obligaciones fiscales evitará que tu empresa incurra en multas o sanciones. Libera a tu equipo de Recursos Humanos de estas tareas administrativas con el mejor aliado: Consolidé. Contáctanos.
Nuestras leyes fiscales establecen la obligación de expedir comprobantes fiscales en los siguientes casos: 1) Por los actos o actividades que realicen, 2) Por los ingresos que se perciban, y 3) Por las retenciones de contribuciones que efectúen. Asimismo, se establece la obligación en el Código Fiscal de la Federación para que las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios o aquéllas a las que les hubieren retenido contribuciones, soliciten el comprobante fiscal digital por Internet respectivo. Para ello, señala el artículo 29 del citado Código, entre otras obligaciones, que el emisor del comprobante deberá remitir al Servicio de Administración Tributaria (SAT), antes de su expedición, el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) respectivo para que dicho órgano proceda a validar que este contiene los requisitos establecidos en el artículo 29-A del ordenamiento en comento, le asigne un folio y le incorpore el sello digital. Señala también dicha disposición que el SAT podrá autorizar a proveedores de certificación de CFDI para que efectúen la validación, asignación de folio e incorporación del sello. Por su parte, el artículo 29, fracción V del multicitado Código, señala que posteriormente los contribuyentes deberán entregar o poner a disposición de sus clientes el archivo electrónico del CFDI y, cuando les sea solicitada por el cliente, su representación impresa. Derivado de lo anterior, señala la autoridad que es una práctica indebida que el contribuyente emisor indique a su cliente para que este, por su cuenta, provee sus datos con la finalidad de poder obtener el comprobante fiscal y no permitir, en el mismo acto y lugar, que el cliente proporcione sus datos para la generación de dicho comprobante en el propio establecimiento. Finalmente indica la autoridad que, al realizar esta práctica, el contribuyente emisor no cumple con su obligación de expedir el comprobante fiscal y tampoco con su remisión al SAT o al proveedor de certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet con el objeto de que se certifique, lo que se traduce de manera automática en el traslado de dicha obligación, al cliente. Fuente: Criterio no vinculativo 1/CFF/NV 2018
Las prestaciones laborales son beneficios que complementan y otorgan mayor bienestar a los trabajadores, ya sea en ayuda económica o en servicio social en adición a su salario. Estas prestaciones tienen vigencia a partir de ciertas condiciones que dependen del tiempo del trabajador en la empresa. Es conveniente conocer a partir de que día inicia el derecho de los trabajadores para disfrutar o exigir el pago de las diferentes prestaciones por ley: Un año, contado a partir de la fecha en la cual son exigibles, es decir, al día siguiente del vencimiento de los seis meses  en los cuales los patrones deben otorgarlas (arts. 81 y 516). Por ser una prestación accesoria a las vacaciones, el término prescriptorio es el mismo que para las vacaciones (art. 516).  La siguiente tabla resume los días a que se tiene derecho de vacaciones según el periodo trabajado: Los trabajadores temporales tendrán derecho a un período anual de vacaciones, en proporción al número de días trabajados en el año. Los trabajadores deberán disfrutar en forma continua seis días de vacaciones como mínimo. Los patrones deben de entregar anualmente a sus trabajadores una constancia que contenga su antigüedad y de acuerdo con ella, el periodo de vacaciones que les corresponda y la fecha en que deberán disfrutarlo. Un año contado a partir del día 21 de diciembre del año del que se trate (art. 516 ). Un año contado a partir de la conclusión del plazo de los 60 días con que cuenta el patrón para efectuar el pago de reparto de utilidades, esto es, en el caso de patrones personas: físicas, el 30 de junio,  y morales, 31 de mayo del año de que se trate (arts. 122, primer párrafo y 516). Un año contado a partir del día siguiente a la fecha de terminación de la relación laboral (art. 516). Afiliación de colaboradores en el Instituto Mexicano del Seguro Social desde el primer día de trabajo. (LSS). Es importante resaltar que el trabajador, no puede renunciar a ninguna de sus prestaciones. No se le puede retener salario a un trabajador, salvo los descuentos permitidos tales como pensiones, pago de deudas, pago de renta, entre otros. El control administrativo de este derecho laboral, representa un reto para las empresas, por eso se debe solicitar ayuda profesional, que permita cumplir con todas las prestaciones mínimas sin excepción.
Aplica para las personas que tienen ingresos distintos de salarios o salarios combinados con otra actividad. En éste caso los de nuestro interés son los que ofrecen servicios empresariales, que al visitar este portal: Declaración Anual pueden abrir la aplicación para presentar su declaración.¿Conoce el monto de la multa por no presentar la declaración en tiempo y a través de los medios electrónicos? 1,240 a 15,430 por cada una de las obligaciones no declaradas 12,640 a 25,300, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos que establezcan las disposiciones fiscales. ¿Como se sabe que se cumplió la obligación correctamente presentada por medios electrónicos? Existen 3 posibles comprobantes: a) Sin impuesto a cargo: cuando se envíe al SAT la información vía internet y la citada dependencia le envíe por la misma vía, el acuso de recibo electrónico, el cual deberá contener el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado por dicho órgano. b) Con impuesto a cargo: cuando envíe al SAT la información vía internet y realice el pago correspondiente mediante la transferencia electrónica de fondos en el portal de internet del banco donde tenga su cuenta. El banco enviará por la misma vía, el recibo bancario de pago de contribuciones federales con sello digital generado por éste, que permita autentificar la operación realizada y su pago. c) Ventanilla bancaria: Cuando envíe al SAT la información vía internet y realice el pago correspondiente ante las ventanillas bancarias de las instituciones de crédito autorizadas con la línea de captura contenida en el acuse de presentación de la Declaración Anual. Cumpla con la declaración en tiempo y evite requerimientos innecesarios que ponen en riesgo la tranquilidad de su empresa.