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Si eres dueño de una empresa o negocio, es necesario que presentes la prima de riesgo de trabajo ante el IMSS. También se le conoce como Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo y es necesario hacerlo a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA).  En este artículo conocerás los pasos a seguir, cómo se calcula la prima de riesgo de trabajo y las fechas para completar dicho proceso. Presentación de la prima de riesgo de trabajo 2026: Del 1 al 28 de febrero de 2026 Con información de enero 2025 a diciembre 2025. ¿Qué es la prima de riesgo de trabajo? La prima de riesgo de trabajo es un factor para determinar ciertos apartados de las cuotas patronales ante el IMSS como previsión que los patrones deben de tener ante cualquier posible accidente dentro del lugar de trabajo o durante la realización de las labores de los colaboradores. La prima de riesgo de trabajo es una responsabilidad para todas las empresas registradas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Y el objetivo de ésta es que se pueda revisar la siniestralidad dentro del lugar de trabajo y determinar si la prima permaneció igual, aumentó o disminuyó. Es importante mencionar que la prima de riesgo de trabajo variará de una organización a otra. Esto se debe a que el grado de peligrosidad de una empresa no será la misma que otra debido a la diferencia en sus actividades así como sus industrias. Cada año, durante febrero, se actualiza su valor y dicha actualización corresponde al año en curso. Por ejemplo, se presenta la prima de riesgo de trabajo de 2026. Y dentro del mismo mes de febrero las empresas presentan la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo, que servirá para dictaminar si la empresa mantiene los valores o no. ¿Cuándo se presenta la prima de riesgo de trabajo? La prima de riesgo de trabajo se presenta durante el mes de febrero de cada año. Para este año, el plazo empieza a correr desde el 1ro de febrero hasta el 28. Si el patrón se registra por primera vez ante el IMSS o cambia de actividad, deberá de identificar la prima de riesgo de trabajo bajo la cual cotiza y dependerá de la industria en la que opere su organización.  ¿Cómo obtener la prima de riesgo de trabajo? Si el patrón se registra por primera vez ante el IMSS o cambia de actividad, deberá de identificar la prima de riesgo de trabajo bajo la cual cotizará y dependerá de la industria o actividades en la que opere su organización. Para ello, deberás conocer la clase de “Riesgo”. Esto está previsto en el artículo 196 del Reglamento de la Ley del Seguro Social: El patrón procederá a elegir el grupo al que pertenece su actividad y una vez definida ésta, buscará la prima media, basándose en el artículo 73 de la Ley del Seguro Social: "Al inscribirse por primera vez en el Instituto o al cambiar de actividad, las empresas cubrirán la prima media de la clase que conforme al Reglamento les corresponda, de acuerdo a la tabla siguiente: Prima Media En por cientos Clase I 0.54355 Clase II 1.13065 Clase III 2.59840 Clase IV 4.65325 Clase V 7.58875 Se aplicará igualmente lo dispuesto por este artículo cuando el cambio de actividad de la empresa se origine por una sentencia definitiva o por disposición de esta Ley o de un reglamento". ¿Cómo se calcula la prima de riesgo de trabajo? Una vez que como patrón hayas conocido tu actividad, la clase a la que perteneces y el porcentaje de la prima media mostrado más arriba, cotizarás acorde a ésta durante el primer ejercicio de tus actividades.  El cálculo de la prima de trabajo se obtiene sumando los días cotizados de todos los colaboradores de la organización durante el periodo de cómputo y después se divide el resultado entre 365. Dentro del artículo 72 de la Ley de Seguridad Social se define la fórmula para el cálculo de la prima de riesgos: Prima de Riesgos=[(S/365)+V*(I+D)]*(F/N)+M Los valores son: S = Total de días subsidiados por la incapacidad temporal V = 28 años, que equivalen al tiempo de vida activa de un individuo que no haya sido víctima de un accidente mortal o de una incapacidad permanente total I = Suma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos entre 100 D = Número de defunciones F = 2.3, que es el factor de la prima N = Número de trabajadores promedio expuestos al riesgo M = 0.005 que es la Prima mínima de Riesgo Es importante aclarar que este cálculo se puede hacer a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), presentar en internet a través del IDSE o presencialmente en la subdelegación que corresponda. ¿Quiénes deben presentar la prima de riesgo? Absolutamente todos los patrones que estén registrados ante el IMSS. Pero, si después del cálculo sabes que estás dentro de la prima mínima y tus colaboradores no sufrieron accidentes o enfermedades de trabajo durante el periodo del 1ro de enero al 31 de diciembre. También está el caso de tener menos de 10 trabajadores, entonces puede optar por presentar la determinación de prima y cubrir la prima media de tu clase.  Otra forma de saber si tienes que presentar prima de riesgo de trabajo es cuando ésta fue diferente al periodo anterior. Pasos para presentar la prima de riesgo ante el IMSS en el SUA A continuación te compartimos los pasos para presentar la prima de riesgo de trabajo ante el SUA: Genera la determinación usando el SUA Envía la determinación de la prima mediante el IDSE Ingresa tu e.firma o firma digital del número de identificación electrónica ¿Qué sucede si no se presenta, se hace de forma extemporánea o errónea la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo? Es importante mencionar que no es necesario presentar la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo si tu organización cuenta con la prima mínima. En caso contrario, continúa leyendo. Si el patrón no presenta la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo junto con la prima de riesgo de trabajo antes del 28 de febrero o en su caso debido a: Se hace de forma extemporánea Con datos falsos Con datos incompletos El patrón será sujeto a sanciones y multas. En estos casos puede ser entre el 20 y 210 veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA) con montos desde los $1792.4 hasta los $18,820.2 pesos mexicanos. Conclusión La prima de riesgo de trabajo ayuda a determinar ciertos apartados dentro de las cuotas patronales ante el IMSS. Es una forma de previsión que los patrones deben tener respecto a cualquier actividad que presente o pueda presentar un accidente dentro del lugar de trabajo o durante la gestión de la actividad del colaborador. La prima de riesgo de trabajo se presenta durante el mes de febrero y como límite es el 28 de ese mes. Algunos patrones deben presentar la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo. Dependiendo de la actividad, algunos patrones no deberán presentarla cuando la prima de riesgo de trabajo es la mínima (0.5000). En Consolidé estamos para ayudarte en el cálculo de la prima de riesgo de trabajo y su presentación y declaración ante el SUA. Contáctanos para tener al día tus obligaciones ante el IMSS y dedicar más tiempo y esfuerzo a actividades clave de tu organización.
A raíz de la Reforma de Subcontratación, el Infonavit dio a conocer el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB). Mediante éste, las personas físicas y morales registradas bajo el REPSE podrán entregar los informes cuatrimestrales para hacer cumplimiento de lo establecido en el artículo 29 de la Ley del Infonavit. Si estás dentro del REPSE, sabes que el primer informe cuatrimestral se entregó entre el 1 al 7 de septiembre de este año y el próximo está calendarizado para el próximo 17 de enero de 2022.  ¿Sabes todo lo necesario para hacerlo de forma correcta? En Consolidé creamos una guía práctica: Información a enviar al SISUB Según la Guía de usuario para el servicio Sistema de Información de Subcontratación (SISUB), esta es la información que debes enviar: Entregar información de los sujetos obligados Información de los contratos Información de los trabajadores que estuvieron vinculados a los contratos mencionados Datos del beneficiario del servicio de esquema de subcontratación Presentarás la información de forma electrónica en el Portal Empresarial: 1_SISUB_Ley_29_bis_Sujeto obligado: Archivo en formato *.CSV • 1a_SISUB_ Ley_29_bis_Escritura Constitutiva en formato *.PDF • 2_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.CSV • 2B_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.PDF • 3_SISUB_Ley_29_bis_DetalleTrab: Archivo en formato *.CSV • 4_SISUB_Ley_29_bis_Registro emitido por STPS en formato *.PDF ¿Cómo se presenta la información para el SISUB? A continuación te presentaremos una guía sencilla para hacer la carga de tu información y archivos en el portal de empresarios del Infonavit.  Entra al Portal Empresarial Da clic en INGRESAR El Portal Empresarial te solicitará la siguiente información para entrar a tu cuenta: NRP: Número de Registro Patronal Correo asociado o con el cual te registraste al NRP Contraseña Da clic en ENTRAR En MIS TRÁMITES, elige la opción SISTEMA DE INFORMACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN Lee los términos y condiciones Acepta los términos y condiciones Da clic en CONTINUAR Ingresa tu e.firma vigente de tu empresa Da clic en EXAMINAR para el archivo .cer y después el archivo .key Ingresa la contraseña de e.firma Da clic en el botón VALIDAR En las opciones para la carga de información, ubica la pestaña ENVÍO DE INFORMACIÓN En la opción CUATRIMESTRE, se mostrará el informe disponible que corresponde a la fecha que estás ingresando Adjunta los archivos .cvs, .pdf o .zip y da click en el botón ADJUNTAR Carga los archivos Una vez finalizada la carga da clic en el botón ENVIAR El sistema te mostrará un mensaje informándote que la información está cargada y se evaluará Revisa tu correo, te llegará un mensaje ¿Cómo dar seguimiento a tu solicitud? En caso de presentarse inconsistencias con la información subida al SISUB, podrás adjuntar al correo electrónico un archivo que después podrás descargar en formato .xml. Ahí se mostrarán los errores detectados para que vuelvas a subir los archivos correctos. Si no se detectaron inconsistencias con los archivos .cvs, el sistema en automático te generará un folio que llegará a tu correo electrónico El correo electrónico te indicará que puedes ingresar de nuevo al sistema Entra al sistema Ubica la pestaña CONSULTA DE FOLIOS Descarga el acuse de solicitud Una vez validado el caso, el estatus de tu carga se mostrará como CERRADO Descarga el acuse de recibo electrónico Conclusión Cargar los informes cuatrimestrales del SISUB a la plataforma de Infonavit es muy sencillo. Recuerda que a partir de enero de 2022 es un hecho. La carga de informes cuatrimestrales deberá hacerse cada día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre.  Pero en Consolidé sabemos que una empresa como la tuya no puede perder recursos ni tiempo en tareas administrativas. Agiliza tus procesos y deja que los expertos te apoyen. Contáctanos.
El Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) es una disposición para los patrones del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). Mediante el SISUB, aquellas personas físicas y morales registradas en el REPSE, podrán dar a conocer informativas cuatrimestrales y cumplir con lo establecido en el artículo 29 de la Ley del Infonavit. Esto sucedió a raíz de la serie de reformas publicadas el 23 de abril, en referencia a la Reforma de Subcontratación. ¿Qué debes saber sobre el SISUB? En Consolidé te decimos todo lo que necesitas saber. ¿Qué es el SISUB? El SISUB o el Sistema de Información de Subcontratación es un medio electrónico cuya función es brindar apoyo a los patrones y empresas de servicios y obras especializadas, que cumplieron con el registro REPSE ante la STPS.  Las empresas con registro REPSE tendrán que presentar informes cuatrimestrales ante el Infonavit y en caso de contratar a alguna empresa de este tipo, solicitar el REPSE. Caso contrario, no se podrán ejecutar las actividades y la facturación será inválida ante el SAT. ¿Para qué sirve el SISUB? Su objetivo es que los patrones puedan cumplir con lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Hay que recordar que esta Ley también sufrió adecuaciones en referencia con la Reforma de Subcontratación. ¿Qué dice el artículo 29 Bis?: “Las personas físicas o morales que se encuentren registradas en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo para llevar a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos, deberán proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate”. De acuerdo al artículo 29 Bis, la información de los contratos celebrados: Datos generales Contratos de servicio Montos de las aportaciones y amortizaciones Información de los trabajadores Determinación del salario base de aportación Copia simple del registro emitido por la STPS Es muy importante mencionar que dicho artículo explica claramente que aunque directamente no seas una empresa de prestación de servicios o la ejecución de obras, si tienes un proveedor dentro de este ramo y éste no cumple con las disposiciones del Infonavit, te convertirás en responsable solidario. Sobre los informes cuatrimestrales del SISUB Como lo dicta la Ley y las nuevas adecuaciones, a más tardar los días 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, patrones y empresas de servicios de obras especializadas deberán enviar el informe cuatrimestral a través de la plataforma digital. En septiembre de este año, entre el 1 y el 7 de septiembre, las empresas bajo este régimen debieron de haber hecho el primer envío. A partir de este mes, en enero, mayo y septiembre durante los días 17, deberás presentar el informe.  Entonces, el siguiente informe cuatrimestral será el próximo 17 de enero de 2022. ¿Estás preparado? En caso de que no, comunícate con nuestros expertos en el SIROC. Información que se debe enviar en el SISUB Si estás dentro del REPSE, para cumplir con los informes cuatrimestrales deberás hacer lo siguiente: Entregar información de los sujetos obligados Información de los contratos Información de los trabajadores que estuvieron vinculados a los contratos mencionados Datos del beneficiario del servicio de esquema de subcontratación Presentarás la información de forma electrónica en el Portal Empresarial: 1_SISUB_Ley_29_bis_Sujeto obligado: Archivo en formato *.CSV • 1a_SISUB_ Ley_29_bis_Escritura Constitutiva en formato *.PDF • 2_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.CSV • 2B_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.PDF • 3_SISUB_Ley_29_bis_DetalleTrab: Archivo en formato *.CSV • 4_SISUB_Ley_29_bis_Registro emitido por STPS en formato *.PDF Asegúrate de usar los archivos de guía proporcionados en la Guía de usuario para el servicio Sistema de Información de Subcontratación (SISUB). Reglas establecidas por el Infonavit para presentar la información  Aunada a la información previamente descrita para el envío de los informes cuatrimestrales, las personas físicas o morales que estén bajo el REPSE tienen que cumplir las siguientes reglas: Deberá ser presentada por la persona física o moral que obtuvo el registro en la STPS En caso de que la persona que presentará el informe, cuente con más de un registro ante la STPS, se deberá enviar la información en un solo archivo Deberá declarar la información de todos archivos así como el número total de los trabajadores que durante el cuatrimestre prestaron servicios bajo el esquema de subcontratación La información presentada en el informe será del total de contratos activos de subcontratación por servicios especializados durante ese cuatrimestre El patrón recibirá un mensaje de que los archivos están siendo validados, terminado este período, recibirá la confirmación por correo electrónico para entrar al sistema y consultar el resultado de la validación ¿Qué sucede si no presento los informes cuatrimestrales del SISUB? Es muy importante que no pierdas la fecha para los informes cuatrimestrales. La consecuencia directa de no presentarlos es la cancelación del REPSE. Así, podrás perder la oportunidad de ejecutar las actividades de subcontratación en materia de obras especializadas.  Conclusión El SISUB es un medio electrónico que sirve de apoyo para los patrones registrados ante el REPSE. Se debe presentar 4 veces durante el año, siendo el mes de septiembre de 2021, el primer informe cuatrimestral solicitado.  Es muy importante no perder de vista todos los días 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, ya que esta es la fecha límite para presentar el SISUB. En caso de no presentar tu informe cuatrimestral, podrías perder el registro REPSE y no operar, así como la invalidación de las facturas ante el SAT. En Consolidé somos expertos en el SIROC y podemos ayudarte a estar al día en trámites relacionados al SISUB. Contáctanos y conoce cómo vas a poder ahorrar recursos, evitar multas y estar al día con las instituciones correspondientes.
El pasado 8 de septiembre de 2021 el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo ACDO.AS2.HCT.250821/213.P.DPES. En éste se da la aprobación para que patrones presenten una sustitución patronal en cumplimiento con la Reforma de Subcontratación para trabajadores con Incapacidad Temporal para el Trabajo (ITT) A partir de esta aprobación, los patrones pueden exhibir los movimientos afiliatorios de baja para aquellos trabajadores con incapacidad temporal (ITT)A. Así, los trabajadores incapacitados podrán ser dados de alta por la empresa sustituta al día siguiente inmediato de su baja en la empresa sustituida. Esto, hasta el 24 de julio. ¿Quieres saber qué más cambios fueron hechos? Sustitución patronal y trabajadores con incapacidad laboral Los patrones que comunicaron al IMSS sobre la sustitución patronal en términos de Reforma de Subcontratación, ya pueden realizar el movimiento afiliatorio de baja de los trabajadores y aquellos incapacitados temporalmente (ITT). A la par, los últimos también serán dados de alta en la empresa sustituta.  Cabe aclarar que la migración de trabajadores contempla la baja inmediata en la empresa sustituida. Los trabajadores serán migrados también con el mismo salario que cotizaban para garantizar la continuidad de sus derechos.  Con el movimiento afiliatorio de baja, los trabajadores con Incapacidad Temporal para el Trabajo (expedida por el IMSS) tendrán también el reconocimiento de: Derechos laborales Salario base Antigüedad Primas de riesgo Sustitución patronal en pocas palabras La sustitución patronal es cuando un nuevo empleador puede sustituir al anterior tomando en consideración que la responsabilidad solidaria continuará. La sustitución puede deberse a la nueva reforma laboral o cuando una empresa cambia de dueño. Esta figura se contempla en el artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo: “El patrón substituido será solidariamente responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo y de la Ley, nacidas antes de la fecha de la substitución, hasta por el término de seis meses; concluido éste, subsistirá únicamente la responsabilidad del nuevo patrón”. Dentro de la Reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de la subcontratación, la sustitución patronal resultó ser de los cambios más relevantes. Esta acción debía hacerse en todas las empresas que tercerizan o tenían el formato laboral de outsourcing.  ¿Qué es la Incapacidad Temporal?  De acuerdo con el artículo 478 de la Ley Federal del Trabajo, la incapacidad temporal de un trabajador es: “Pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo por algún tiempo”. Y de acuerdo al artículo 137 del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, la incapacidad temporal es:   “Pérdida de facultades o aptitudes físicas o mentales que imposibilitan parcial o totalmente al subordinado para desempeñar su actividad laboral habitual por algún tiempo”.   Photo by Pawel Chu on Unsplash. Licencia CC0 Actualización al 24 de julio de 2021  A partir del 23 de abril de 2021, se dieron 90 días naturales para que los patrones realizaran la sustitución patronal de trabajadores con incapacidad laboral en términos dictados por la reforma de subcontratación. Después del 24 de julio, quienes no lo hicieron tendrán que esperar a que termine al incapacidad laboral del colaborador, darlo de baja y después darlo de alta bajo el nuevo registro patronal.  Después del 24 de julio, la sustitución patronal con el beneficio dado en el plazo previamente dicho, ya no es posible. A partir de esta fecha, se tendrá que esperar a que termine la incapacidad laboral del empleado para pedir la baja y después proceder a dar de alta en el nuevo registro patronal.  Si tienes alguna duda sobre cómo la nueva reforma puede ayudarte o necesitas una consulta en relación al IMSS, trámites y mucho más, contáctanos. En Consolidé podemos convertirnos en tu aliado estratégico.  
El Sistema Único de Autodeterminación (SUA) es un programa informático que nos ayuda a determinar aportes y cuotas obrero-patronales. Fue creado por el IMSS y su principal objetivo es ayudar a los patrones con más de 5 colaboradores o trabajadores a cumplir con sus obligaciones ante el IMSS e Infonavit. Para patrones con 5 o más colaboradores, el uso del SUA es obligatorio. Las operaciones del SUA cubren las funciones específicas para la información que debe ser manejada dentro del programa. También ayuda a la validación automática de datos, importación y captura de los mismos. ¿Qué es lo que tienes que saber del Sistema Único de Autodeterminación? ¿Cómo llevar una buena gestión? ¿Qué opciones tienes para gestionarlo de forma más sencilla? En esta guía te diremos todo lo que necesitas saber del SUA. Actualización: Nueva versión SUA 3.6.7 ¿Qué es el Sistema Único de Autodeterminación? El Sistema Único de Autodeterminación contempla la emisión de diferentes conceptos de obligaciones, aportaciones, amortizaciones y cuotas obrero-patronales para patrones con 5 o más trabajadores. Para aquellos patrones con 1 a 4 trabajadores, el uso del SUA es opcional. El SUA contempla los siguientes conceptos: Amortizaciones de créditos de trabajadores emitidos por el INFONAVIT Aportaciones patronales por conceptos de vivienda que son contabilizadas en las cuentas de los trabajadores Cuotas obrero-patronales en los ramos del Seguro Social: Prestaciones sociales Riesgos de trabajo Enfermedades y maternidad Invalidez Vida y Guardería Cuotas obrero-patronales a cuentas individuales de los trabajadores por conceptos de: Seguro de retiro Cesantía por Edad Avanzada  Las empresas y patrones pueden hacer uso del SUA mediante el proceso de emisión. Beneficios del Sistema Único de Autodeterminación El Sistema Único de Autodeterminación para patrones con más de 5 colaborares, es obligatorio. Pero no sólo se trata de una obligación, el SUA tiene muchos beneficios para la correcta administración de nómina y aportaciones de los colaboradores. Gracias al SUA, los patrones podrán conocer exactamente: Pago de aportaciones extemporáneas Pago de recargos, si corresponden Determinar las diferencias generadas por omisiones o errores Revisiones por el Dictamen de Contador Público Podrás crear un catálogo con los datos básicos de los trabajadores como: Salarios Movimientos Incidencias Es seguro: las instituciones bancarias podrán identificar que la información proviene directamente del SUA, gracias a un medio magnético Reportes Automatización de cálculos de aportaciones y cuotas   Otros de los beneficios del SUA, en su nueva versión 3.6.1 son: Facilidad de manejo y consultas Multi-tareas Determinación de la Prima de Riesgo de Trabajo Lector de archivos de pago Identificación del importe de cuota obrera y cuota patronal Exportación de información de pago a Excel Es más amigable y simple de usar Seguridad en BBDD Nuevos módulos Confronta la información Portabilidad de reportes a otros medios de consulta Integración con versiones anteriores del SUA Rutina para verificación de RFC y CURP de los registros patronales Guía básica de cómo usar el SUA Para usar la herramienta, la empresa o el patrón deberá haber realizado con anticipación su registro patronal ante el IMSS. Con el registro, el patrón podrá descargar el programa en el sitio web del IMSS, recuerda descargar siempre la última versión (parte inferior del sitio web) y revisar que tu equipo tenga la capacidad mínima para que pueda ejecutarse el programa: Sistema operativo Windows Tecnología 32 bits   Después de instalado el programa SUA, se deberá completar la información correspondiente al patrón o empresa: Datos de la empresa Nombre Razón Social Número de registro patronal RFC Actividad económica Domicilio Fiscal Teléfono Delegación del IMSS Subdelegación del IMSS Prima del Seguro de Riesgos del Trabajo Representante Legal   Cuando se dé de alta un nuevo trabajador, se necesitarán los siguientes datos: Número de seguridad social Fecha de alta RFC CURP Nombre completo Clase del trabajador Tipo de jornada Salario base de cotización  Edad Sexo  Estado civil   Con los datos anteriores, el SUA podrá calcular los cobros que corresponden a la nómina de los colaboradores. Todas las guías de uso del SUA están actualizadas y están disponibles para cualquier usuario dentro del sitio web del IMSS. Generación del Pago de IMSS SIPARE El Sistema de Pago Referenciado o SIPARE es el sistema del SUA que permite generar la línea de captura y realizar los pagos de las obligaciones patronales ante el IMSS. De estar de acuerdo con el monto que el SUA determine, podrás realizar el pago en línea o desde ventanilla. En ocasiones, el patrón podrá no estar de acuerdo con el monto que arroje el SUA, por ello, puede generar una nueva línea de captura a través de SIPARE. En este link te compartimos la guía de SIPARE. ¿Cuándo Debes Cumplir? La Ley del Seguro Social, dentro del artículo 39, primer párrafo, establece que el pago de las cuotas obrero-patronales deberán liquidarse en mensualidades vencidas, a más tardar el día 17 del mes siguiente. En caso de que el patrón omita el pago u opte por realizarlo después de la fecha límite, tendrá que generar una nueva línea de captura desde el SUA. Deberá actualizar el SUA, seleccionar la fecha de pago y en automático, se arrojará el nuevo monto actualizado con los recargos correspondientes.  Conoce la nueva versión del SUA 3.6.1 A partir del 3 de febrero de 2021, el Seguro Social dio a conocer la nueva versión del SUA, es la 3.6.1. ¿Quieres conocer las novedades de esta nueva versión? En primer lugar se hicieron actualizaciones de logotipos del INFONAVIT y del IMSS en reportes y pantallas. Dentro de las mejoras en la nueva versión del SUA 3.6.1 están: La validación de la correcta captura del salario mínimo SM, Unidad de Medida y Actualización (UMA) y valor INFONAVIT UMI vigentes a la fecha Actualización correcta del salario mínimo en SUA Ajuste de nómina de personal con descuento Infonavit Actualización del monto de la UMA en el SUA  Actualización de los factores de recargos para periodos de julio de 1997 a diciembre 2020   Actualización del salario mínimo Desde el 1ro de enero de 2025, se informó sobre el incremento salarial en la Zona libre de la Frontera Norte así como en la Zona Nacional, quedando los nuevos incrementos salariales mínimos en: Zona libre de la frontera norte (Baja California, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León, Sonora y Tamaulipas): De $374.89 MXN a $419.88 MXN Zona General: De $248.93 MXN a $278.80 MXN  Por lo anterior, todos los patrones con más de 5 colaboradores, obligados a usar el SUA, debieron de haber actualizado los nuevos importes en dicho programa. De no haberlo hecho, podría resultar en errores de cálculo y posibles multas. Para actualizar el SUA en cuanto a los nuevos montos del salario mínimo, se deben seguir estos pasos: Abrir el SUA para capturar Usuario y Contraseña Localizar en el menú en el lado izquierdo el rubro Actualizar y dar clic en Salarios Mínimos Al desplegarse la siguiente ventana, señalar la fecha de inicio en formato DD/MM/AAAA, que deberá ser 1o de enero de 2025. Se ingresa el nuevo salario mínimo de acuerdo a la zona correspondiente Actualizar   Actualización del UMA La UMA es la unidad de cuenta, base, medida o referencia para determinar el importe del pago de las obligaciones y supuestos de las leyes federales así como disposiciones jurídicas. Para poder dar de alta a nuevos colaboradores, dentro del SUA, el patrón deberá de contar con los importes mínimos del salario. A partir del 1ro de febrero de 2025, el valor de la UMA queda en $113.14 MXN. La importancia de la UMA radica en que en materia de Seguridad Social, nos ayuda a determinar la cuota del: Seguro de enfermedades y maternidad de prestaciones en especie Establecer el límite máximo del salario base de cotización SBC   Para actualizarlo, deberás: Ingresar al SUA con tu usuario y contraseña En el menú izquierdo dentro del rubro Unidad de Medida y Actualización, seleccionar Actualizar UMA Dentro de la ventana Catálogo de Unidad de Medida y Actualización, se anota la fecha de inicio, que deberá ser 01/02/2025. Se señala el valor de la UMA con el importe de $113.14 MXN Actualizar El SUA te solicitará guardar la información Después, verifica que el monto sea correcto así como la fecha   ¿Por qué necesito asesoría para el SUA del IMSS? Una de las principales razones para tener una asesoría sobre la correcta gestión del SUA es evitar multas y recargos por errores humanos debido a cálculos erróneo o una carga de datos que no son reales. Aunque el SUA es un programa que busca que los patrones cumplan con sus obligaciones ante el IMSS y aportaciones ante INFONAVIT y su uso es abierto para quien tenga más de 5 colaboradores, los errores humanos y una mala gestión pueden verse siempre presentes. Existen alternativas para el manejo del SUA, puedes tener una asesoría con una empresa experimentada en la materia, maquila de nómina o softwares de nómina. Con la asesoría de una empresa como Consolidé, podrás tener: Más tiempo para que tu equipo se enfoque en tu negocio Se puede exteriorizar el servicio de nómina, dejando la tarea con expertos en la materia Acceso al único software de nómina avalado por el IMSS, Control del Seguro Social SICOSS, que puede reemplazar al SUA e IDSE   Conclusión El Sistema Único de Autodeterminación del IMSS es un programa informático útil para los patrones con más de 5 colaboradores. Su uso es obligatorio pero es útil para las empresas al facilitar los trámites en cuanto a pago de aportaciones, cálculos y aportaciones. El SUA nos ayuda a determinar, calcular y emitir la información en cuanto a aportaciones de los conceptos de: cuotas obrero-patronales (Cesantía y Vejez, Seguro para el Retiro y Vejez), cuotas obrero patronales en otros ramos de la Seguridad Social (Enfermedades, Maternidad, Riesgos Laborales, Incapacidad Laboral y Vida, etcétera), aportaciones por parte de patrones por concepto de vivienda y amortización de créditos de trabajadores por el INFONAVIT. El programa SUA ha sufrido actualizaciones en los últimos años y la más reciente versión es la 3.6.1. Consolidé cuenta con el único software de nomina en México que está avalado ofocialmente por el IMSS. Evita multas y recargos, contáctanos.
La seguridad social es un derecho de todos los trabajadores mexicanos. Si existen irregularidades en la prestación de este derecho, los colaboradores pueden presentar reclamos ante el IMSS, denunciando a la empresa. ¿Qué puedes hacer como patrón para evitar este tipo de situaciones? Lo primero es conocer y cumplir con tus obligaciones ante el IMSS. En segundo lugar, es importante saber cuáles son los reclamos que tus colaboradores pueden efectuar. Con toda la información a la mano podrás realizar un plan para que tu empresa cumpla con lo establecido por la ley. Esto te ayudará a evitar que tus empleados presenten algún reclamo ante el IMSS. ¿Tu colaborador ha presentado una queja o denuncia ante el IMSS? El seguro social es un derecho humano. Los colaboradores tienen la posibilidad de presentar reclamos ante el IMSS en caso de un incumplimiento de prestaciones laborales. Esto para garantizar condiciones laborales dignas y dentro de la ley. Si uno de tus colaboradores ha presentado una queja, es posible que tu empresa enfrente una investigación y sea sujeta a una infracción. Esto queda estipulado dentro de los artículos 304 A y 304 B de la Ley del Seguro Social (LSS). Existen algunas excepciones para estas infracciones. Esto puede ser al regularizar la situación antes de recibir una notificación o requerimiento. También se desacredita la infracción si se demuestra el cumplimiento de las obligaciones. Escenarios posibles de quejas ante el IMSS Además de conocer cuáles son las obligaciones de tu empresa ante el IMSS, es importante saber los tipos de queja que pueden presentarse. Con esta información podrás regularizar cualquier situación que pueda estar incorrecta. A continuación encontrarás los distintos tipos de reclamos ante el IMSS que tus colaboradores podrían presentar. Cada una de ellas atiende al incumplimiento de las obligaciones como empleador. Dejó de pagar las aportaciones ante el IMSS La afiliación ante el instituto, tanto de la empresa como de los colaboradores, es una de las obligaciones que tu empresa tiene. Ello conlleva el pago de las aportaciones de acuerdo al salario base del trabajador. Si tu empresa deja de pagar esas aportaciones sin motivo alguno, y sin dar aviso al Instituto, será sujeta a una sanción. Esto puede significar actualizaciones, recargos y multas con respecto a los montos defraudados. Dependiendo de la gravedad del caso, puede existir una sanción de prisión por defraudación que va de los 3 meses a los 9 años. Reducción de salario En caso de existir una reducción al salario, el trabajador deberá firmar un acuerdo de reducción. El patrón tiene la obligación de informar estos cambios ante el IMSS. En el caso de que el trabajador no esté de acuerdo, la empresa tiene dos opciones: Continuar pagando el mismo salario Rescindir el contrato Si se finalizan las relaciones laborales, el trabajador tendrá derecho a la indemnización. Esta será proporcional al tiempo en que se prestaron los servicios. Los empleados que experimenten una reducción de salario, sin haber firmado un acuerdo, podrán presentar una queja ante el IMSS.  Separación del trabajo Las condiciones laborales han cambiado a raíz de la pandemia por Covid-19. Muchas empresas se han visto en la necesidad de despedir a sus empleados al no poder cubrir sus sueldos. Si tu empresa experimenta la necesidad de separar a sus colaboradores, es importante hacerlo dentro de los protocolos de la ley. Si un trabajador queda insatisfecho con el proceso de separación, podrá presentar una queja dentro de los siguientes dos meses. Para evitar este tipo de situaciones, lo mejor es dar aviso tanto al IMSS como a tus empleados acerca de las razones de la separación. Lo más importante es procurar la indemnización correspondiente establecida en la ley. No tengo prestaciones de Ley Las empresas están obligadas a brindar 12 prestaciones de ley a sus empleados: Aguinaldo. Vacaciones y prima vacacional. Prima dominical. Día de descanso semanal. Licencia por maternidad. Licencia por adopción. Licencia por paternidad. Periodo de lactancia. Prima de antigüedad. Utilidades. Renuncia. Despido. Si tus empleados no gozan de alguno de estos derechos, es posible que decidan presentar denuncias. Esto puede significar una enorme batalla legal para tu empresa, con costos muy elevados. Asegúrate de estar brindando todas las prestaciones estipuladas por la ley. Evita los problemas que representan los reclamos ante el IMSS. No paga mi seguro social Tu empresa debe brindar seguridad social a todos sus colaboradores. En el caso contrario, ellos pueden presentar una denuncia ante el Instituto que puede derivarse de estos tres escenarios: Esto puede derivarse de tres escenarios: La empresa no está afiliada, ni tiene afiliados a sus trabajadores. La empresa está afiliada pero no ha realizado nunca los pagos correspondientes. La empresa está afiliada, realizó aportaciones de forma regular y dejó de hacerlas. Para el IMSS, esto constituye un delito de defraudación que puede implicar hasta 9 años de prisión, dependiendo del monto defraudado. Estoy registrado con un salario menor Uno de los reclamos ante el IMSS más comunes es el registro de los trabajadores con un salario menor al real. Esto implica una serie de faltas administrativas, laborales y un delito fiscal, por ello se regula por el Código Penal Federal. Afiliar de forma incorrecta a los trabajadores puede implicar una sanción de entre tres meses y tres años de prisión. Además, los colaboradores tienen el derecho a solicitar una rescisión del contrato, junto con la indemnización correspondiente. Conclusión Los reclamos ante el IMSS ocurren cuando los patrones no brindan prestaciones de ley a sus colaboradores. Este es un derecho humano fundamental, por lo que el IMSS ofrece la posibilidad de levantar una queja o denuncia en caso de inconformidad. Cuando las empresas son denunciadas ante el IMSS, serán sujetas a una inspección. En caso de encontrar que están incumpliendo con sus obligaciones, deberán pagar multas, gastos administrativos e inclusive, ir a prisión. Evita que tu empresa tenga que lidiar con los reclamos ante el IMSS. En Consolidé contamos con las mejores soluciones para gestionar tu capital humano y sus prestaciones, de acuerdo a lo estipulado por la ley.
La pandemia por Covid-19 nos ha llevado a replantearnos la forma y los métodos con los que nos desenvolvemos en el ámbito laboral. Actualmente, esta enfermedad ya es considerada como un riesgo de trabajo. Ante un virus de alto contagio, esta medida busca darle la importancia necesaria a una situación de riesgo en el ambiente laboral. Se trata de una protección tanto para las empresas, como para los empleados y la precariedad que esto puede implicar. Este reconocimiento atiende a una revisión de la tabla de enfermedades y situaciones consideradas de riesgo en el ambiente laboral. A continuación profundizaremos un poco más en lo que significa esta nueva enfermedad de trabajo. ¿Qué es un riesgo de trabajo? La Secretaria de Trabajo y Previsión Social (STPS) considera como riesgo de trabajo a cualquier afectación potencial a la salud del empleado. Esto puede ser por enfermedad o accidente derivado de realizar sus labores, incluyendo los traslados de y al hogar. Se consideran dos tipos principales de riesgo laboral. El primero de ellos atiende a aquellos que son responsabilidad directa del patrón. Aquí se abarcan todos los accidentes o enfermedades relacionadas a las condiciones laborales. Puede implicar caídas, luxaciones y fracturas, o heridas ocasionadas por maquinarias o instrumental de trabajo.  El segundo tipo constituye los riesgos cuya responsabilidad es ajena al patrón. Son aquellos accidentes o enfermedades que suceden de camino a su casa o al trabajo. Photo by Maxime on Unsplash ¿Qué es una enfermedad de trabajo? En su artículo 475, La Ley Federal del Trabajo establece como enfermedad de trabajo a cualquier estado patológico que se derive de la realización continua de labores. Ahí se consideran tres tipos de enfermedades relacionadas con el ambiente laboral: 1. Enfermedades pulmonares por inhalación: Refiere a cualquier afección ocasionada en vías pulmonares por inhalación de hierro, talcos, carbón, arena, etc. 2. Hipoacusias: Consiste en la pérdida de la audición, parcial o total, ocasionada por la exposición a ruidos de alto decibelaje. 3. Dorsopatías: Enfermedades o lesiones en la columna vertebral ocasionadas por el esfuerzo físico y cargas pesadas. Hasta el año pasado los riesgos y enfermedades de trabajo se limitaban a las industrias con actividades de alto riesgo. Sin embargo, la llevada del Coronavirus llevó a replantear esta situación para dar una mayor protección a los trabajadores. Coronavirus SARS-Cov-2 ya se considera como riesgo de trabajo El 28 de enero de 2021 la STPS hizo de conocimiento público el reconocimiento del SARS-Cov-2 como una enfermedad de trabajo.  Esto queda contemplado dentro del artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo, en la fracción 136. La lista relativa a virosis incluye, entre otras, las siguientes enfermedades: Hepatitis Enterovirus Rabia Psitacosis Neumonías a virus Mononucleosis infecciosa Poliomielitis Photo by Maxime on Unsplash Con este reconocimiento los trabajadores pueden solicitar una incapacidad temporal a causa del SARS-Cov-2. Esto significa que los empleados que se vean afectados por el virus podrán recibir un beneficio como parte del seguro de riesgos de trabajo. Criterios para calificar como enfermedad de trabajo Para el Instituto Mexicano del Seguro Social fue necesario establecer los criterios para calificar los casos de SARS-Cov-2 como enfermedad de trabajo. Se establece como causa y efecto los casos donde el trabajador estuvo expuesto por motivos laborales. Se debe demostrar que el trabajador estuvo expuesto a una persona contagiada, sin protección y por motivo de su labor. ¿Para quiénes aplica? De acuerdo con las fuentes de contagio se establecen tres niveles de riesgo de exposición. Los primeros dos, muy alto y alto, se centran en el personal de salud que está en contacto directo e indirecto con pacientes con Covid-19. El nivel medio tiene dos categorías: Trabajadores que tienen contacto directo con el público general. Con ello se incrementa su riesgo de entrar en contacto con superficies o materiales contaminados. Trabajadores que tienen contacto por convivencia sin equipo de protección. Esto abarca interacciones con público en general, otros trabajadores, clientes, grupos de individuos, etc. Finalmente, está el nivel de riesgo bajo. Aplica para los trabajadores que no tienen un trato directo con el público en general, pero que su actividad los obliga a ponerse en riesgo de contagio. ¿Qué podrán solicitar los colaboradores? Aunque el Covid-19 se considera enfermedad de trabajo, el IMSS realizará el pago como incapacidad por riesgo de trabajo. Esto significa que se cubrirá el 100% del salario desde el primer día de la enfermedad. Dentro del sitio oficial del IMSS es posible realizar el trámite de forma digital, lo cual también ayuda a reducir los riesgos generales de contagio. Para las empresas es importante reducir los riesgos, brindando el equipo de protección adecuado para limitar las posibilidades de contagio. En cuanto a lo administrativo, esto puede significar un incremento en el nivel de riesgo y la cuota anual a cubrir. Conclusión Este 2021 el SARS-Cov-2 fue reconocido como una enfermedad de trabajo, dándole una mayor protección a los trabajadores. Anteriormente, el riesgo de trabajo se limitaba a industrias de alto riesgo, pero la pandemia nos hizo replantear muchas cosas. Para las empresas, esto implica un incremento en la cuota anual referente al nivel de riesgo que se maneja en la empresa. Los trabajadores tendrán la oportunidad de obtener el 100% de su salario desde el primer día. En Consolidé nos especializamos en soluciones para la gestión del capital humano. Nuestro equipo de expertos te ofrecen la mejor experiencia como una herramienta para alcanzar el éxito en tu estrategia empresarial.
Una de las mejores decisiones estratégicas para el crecimiento empresarial, es la contratación de personal más experimentado. En México, es posible incorporar trabajadores que ya se encuentren pensionados. La contratación de un pensionado es una forma efectiva de obtener una visión más amplia que favorezca la operatividad de tu empresa. Esto también representa algunas ventajas a nivel económico que pueden beneficiar al negocio. Para poder obtener los mayores beneficios con la contratación de pensionados, es importante conocer los requisitos establecidos por la ley. De esta forma, te aseguras de generar las condiciones laborales adecuadas dentro de tu empresa. ¿Qué es el ROSS? El Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS) comprende todas las reglas y lineamientos referentes a la contratación de personal. Este documento permite establecer los criterios que competen a las prestaciones laborales. Aquí se indican todos los derechos que tiene el trabajador, así como las obligaciones que tiene el patrón ante la ley. Las cuotas obrero-patronales, el seguro de enfermedad, maternidad, invalidez y vida son algunos de los ejemplos. El ROSS obliga al patrón a afiliar a su empresa y trabajadores al Seguro Social, como resultado de la relación laboral. Esto significa que todos los patrones deben inscribir a sus empleados en el IMSS. En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, está dispuesto que todos los ciudadanos tienen derecho a un trabajo digno y útil para la sociedad. Aquí también se protege a todos los individuos para dedicarse a cualquier trabajo. Una persona que ha trabajado toda su vida, adquiere derechos, a través de una pensión, correspondiente a los años laborados. Cuando estos trabajadores retoman sus actividades laborales, las condiciones de sus prestaciones cambian. El trabajador jubilado tendrá la posibilidad de continuar recibiendo su pensión de forma regular. Así mismo, la contratación de personal pensionado hace que los compromisos y aportaciones de la empresa sean mucho menores. ¿En qué casos el IMSS otorga una pensión? Existen dos tipos de pensión otorgadas por el IMSS. La primera de ellas es para los trabajadores asegurados que hayan sido privados de su trabajo y no hayan podido procurar otro, Se encuentra dentro del artículo 154 de la Ley del Seguro Social (LSS), y se brinda a partir de los 60 años. Por el otro lado se encuentra la pensión por vejez, que se otorga a los trabajadores que han visto disminuidas sus capacidades o salud a causa natural de la edad. Está en el artículo 162 de la LSS y se puede obtener a partir de los 65 años. De acuerdo con las resoluciones a los  amparos interpuestos en contra de la LSS, al reincorporarse al ROSS, la pensión recibida quedará intacta. Solamente se suspende el pago cuando los recursos acumulados son insuficientes para tener una renta vitalicia. Cuando se trata de contratar personal pensionado, es importante que la empresa vuelva a dar de alta al trabajador. Esta reincorporación representa beneficios para el patrón y el empleado, cumpliendo con todos los requisitos de la ley. Importancia de la Afiliación forzosa Tanto patrones como empleados pueden solicitar la afiliación e incorporación al Seguro Social. La afiliación forzosa consiste en el registro voluntario de la empresa y sus trabajadores para obtener beneficios y prestaciones otorgados por ley. Las empresas están obligadas a cumplir con esta afiliación de acuerdo con los siguientes documentos: Ley Federal del Trabajo Ley del Seguro Social Régimen Obligatorio del Seguro Social A través de la afiliación forzosa, tu empresa deberá de pagar una cuota anual para incorporarse al ROSS. Así, estarás cumpliendo con los requisitos que exigen la protección y respaldo de tus trabajadores. Esto también te ayuda a ofrecer las condiciones laborales adecuadas para tener un ambiente de trabajo digno. Recuerda que en Consolidé podemos ayudarte con todos los trámites relacionados con el manejo de nómina. ¿Hay ventajas de contratar personal pensionado? El promedio de vida del ser humano, así como la cantidad de años productivos ha ido aumentando con el paso del tiempo. En la actualidad, las edades de jubilación ya no son un referente de incapacidad para trabajar. Por eso mismo, la ley ha sufrido adaptaciones para acoplarse a los cambios de la sociedad. Ahí se contempla la posibilidad de retomar un trabajo aún después de haber cumplido con los años de trabajo establecidos por la ley para la jubilación. Debido a las adecuaciones que se han hecho dentro de la ley, las empresas pueden favorecerse con la contratación de personal pensionado. Esto puede representar muchas ventajas, sobre todo en cuanto al aspecto económico. Para el patrón se reducirán las cuotas obrero-patronales relacionadas con la maternidad, incapacidad, por ejemplo. Así mismo, se elimina lo referente al seguro de vida, por enfermedad o invalidez. De esta forma, el trabajador podrá seguir gozando de sus beneficios como pensionado. Al mismo tiempo, la empresa obtiene beneficios tanto económicos como estratégicos para la eficiencia operativa. Conclusión La contratación de personal pensionado puede representar muchas ventajas para tu empresa. Los trabajadores jubilados, ante la ley, tienen derecho a seguir trabajando en el área de su interés. Estos empleados podrán seguir disfrutando de los beneficios de su jubilación al ser contratados por tu empresa. Para ti, esto se traduce en un ahorro en las cuotas de aportación al IMSS. En Consolidé somos expertos en capital humano, administrando a más de 1 millón de trabajadores en México. Nuestros especialistas te brindarán las herramientas y asesoría necesaria para hacer crecer a tu empresa. 
Existe una sanción que el IMSS aplica a los patrones cuando no inscribe a los trabajadores en los regímenes de aseguramiento o no los registra en absoluto. Una vez ocurrido un siniestro el intentar avisar del alta o modificar el salario del trabajador, no libera al patrón de la obligación de pagar los capitales constitutivos y la multa correspondiente del IMSS. ¿Sabías de la existencia del capital constitutivo? ¿Qué es un capital constitutivo y para qué sirve? Un capital constitutivo sirve para no afectar las reservas de los seguros que se administran para otorgar las prestaciones de seguridad social (dinero o especie) a un trabajador o a los beneficiarios de éste, en razón de que el patrón no cumplió oportuna y correctamente con las obligaciones impuestas por la Ley del Seguro Social. ¿Como determinar el capital constitutivo? La manera de calcular un capital constitutivo se hace considerando la cuantía de prestaciones económicas y médicas otorgadas, calculado con los costos unitarios por nivel de atención médica, vigentes en la fecha de determinación del crédito fiscal (art. 112, penúltimo párrafo Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización –RACERF–). En otras palabras va en función directa al costo invertido o a invertir por el Instituto en la atención médica que el trabajador haya requerido a requerirá, además de establecer un diagnóstico y tratamiento especificando su duración, tipo y número de prestaciones a otorgar. Prestaciones del Capital Constitutivo Todo Capital Constitutivo se integra de acuerdo con el Artículo 79 de la LSS, por alguna o algunas de las siguientes prestaciones: Asistencia médica; Hospitalización; Medicamentos y material de curación; Servicios auxiliares de diagnóstico y de tratamiento; Intervenciones quirúrgicas; Aparatos de prótesis y ortopedia; Gastos de traslado del trabajador accidentado y pago de viáticos, en su caso; Subsidios; Gastos de funeral, en su caso; Indemnizaciones globales sustitutas de pensión (equivalentes a cinco anualidades),cuando el Instituto valúe un porcentaje de incapacidad hasta de un 25%, y 5% del importe de los conceptos que integren el Capital Constitutivo, como gastos de administración. Es importante señalar que para determinar el monto de las prestaciones en especie, los servicios médicos del IMSS al iniciar la atención del trabajador o sus beneficiarios, están obligados a: Realizar el diagnóstico y tratamiento requerido; Señalar la duración del tratamiento, tipo y número de prestaciones en especie a otorgar, así como las secuelas orgánicas o funcionales derivadas del siniestro, y Determinar el importe de las prestaciones a otorgar con base en los costos unitarios por nivel de atención aplicables a los pacientes no derechohabientes. Por lo anterior, el Instituto determinará y cobrará el monto del Capital Constitutivo correspondiente, al inicio de la atención, independientemente de que al concluir el tratamiento prescrito emita otros Capitales Constitutivos por las prestaciones otorgadas y no incluidas inicialmente. Evita la aplicación de multas Existe un gran riesgo al permitir el acceso a áreas de trabajo a empleados recién contratados, que no hayan sido dados de alta en el IMSS, los accidentes de trabajo, incapacidades o muertes de los trabajadores pueden ocurrir en cualquier momento. Si lo anterior sucede a un colaborador no dado de alta, el patrón cargará con el costo total del servicio en el que incurra el IMSS, generando capitales constitutivos muy altos.
¿En qué casos concretos se debe presentar un dictamen IMSS? Patrones con 300 trabajadores promedio o más a su servicio en el ejercicio fiscal deben acatar esta obligación por medio de un Contador Público Autorizado. Dictamen voluntario si no cuentan con el promedio de trabajadores pero quieren diagnosticar el cumplimiento de sus obligaciones. Derivado de una visita domiciliaria, pueden dictaminar los últimos tres ejercicios previa autorización del IMSS, siempre y cuando no se haya iniciado la revisión documental respectiva. ¿En dónde y cuándo se deben presentar el aviso y el dictamen de IMSS? La primera obligación que se debe presentar  es el Aviso de Dictamen para efectos del Seguro Social,  además del aviso para dictaminarse, se tiene  la obligación de presentar el dictamen, ambas obligaciones se pueden presentar de 2 formas: la primera es de manera electrónica vía  portal IDSE y la segunda en el área de Auditoría a Patrones de la subdelegación del IMSS respectiva a su domicilio fiscal, en donde deben exhibir el formato “DICP-02, Aviso de dictamen para efectos del Seguro social”, firmado por el patrón o su representante legal y por el CPA responsable de la formulación del dictamen. Es muy importante que el CPA no elabore la revisión de las cargas patronales cuando: Sea el patrón, socio, asociado, director o intervenga en la administración de la empresa. Mantenga una relación conyugal o consanguinidad de la persona a revisar. Trabaje o lo hubiese hecho para el patrón o alguna empresa filial, subsidiariao vinculado económicamente con el patrón. Tenga un vínculo de negocios. Preste sus servicios al IMSS o a otra autoridad fiscal Se encuentre en una situación análoga a las anteriores que afecte su imparcialidad. De cumplir con este deber o hacerlo voluntariamente el patrón no es sujeto a visitas domiciliarias por el periodo revisado salvo situaciones como que el instituto detecte diferencias a cargo de la empresa sin ser pagadas, o inconsistencias en el dictamen. La implementación de cualquier recurso que simplifique la regularización con la autoridad debe ser tomada en cuenta por los patrones para el sano desempeño de las obligaciones patronales que dicta el Instituto Mexicano del Seguro Social. El IMSS tiene en proceso de evaluación, la implementación de una herramienta digital llamada Sistema de Dictamen Electrónico SIDEIMSS, que servirá en un futuro para presentar los dictámenes del IMSS sin tener que acudir a las oficinas del Instituto. Todo indica que para el año 2018  posiblemente podría estar en pleno funcionamiento y ser de uso obligatorio, siendo benéfica para todas las partes pues ahorrará tiempo y sobre todo se presume mejore la regularización.