Category: Gestión de Nómina

Conoce el aumento del salario mínimo en México desde 2018. Salario Mínimo 2026 Para 2026, el salario mínimo tendrá un aumento del 13% con respecto al año anterior, quedando los valores en: Salario Mínimo General: Aumentará de $278.80 pesos a $315.04 pesos diarios. Esto equivale a un salario mensual aproximado de $9,451.20 pesos. Zona Libre de la Frontera Norte (ZLFN): Pasará de $419.88 pesos a $440.87 pesos diarios. Mensualmente, esto representa un salario mensual aproximado de $13,226.10 pesos.   Salario Mínimo 2025 De 2024 a 2025, el salario mínimo tendrá un aumento del 12% en todo el país. Su ajuste será efectivo a partir del 1ro de enero de 2025: Zona libre de la frontera norte (Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas): De $374.89 MXN a $419.88 MXN Zona General: De $248.93 MXN a $278.80 MXN  Salario Mínimo 2024 A partir del 1ro de enero de 2024, el salario mínimo quedó de la siguiente forma: Zona libre de la frontera norte (Baja California, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Nuevo León y Tamaulipas): De $312.41 MXN a $374.89 MXN Zona General: De $207.44 MXN a $248.93 MXN Salario Mínimo en 2018 La Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Conasami) acordó que el salario mínimo general aplicable a partir del 1 de diciembre de este año será de 88.36 pesos. Esta situación afectará a los patrones, debido a que las prestaciones de trabajadores que reciben el salario mínimo tendrían que verse incrementadas por el aumento, lo que acarrea más costos para ellos en esta temporada decembrina. La atadura del “efecto-faro” del incremento del salario mínimo se ha venido diluyendo, lo cual se constata al considerar que el incremento nominal del salario mínimo para el 2017 fue de 9.58%, mientras que en los primeros nueve meses de este año los salarios contractuales en la jurisdicción federal registraron un incremento de 4.6%; así como también que en el período enero julio del año en curso, en la jurisdicción local registraron un incremento de 4.9% y, por su parte, el salario promedio asociado a trabajadores asegurados al Instituto Mexicano del Seguro Social tuvo un incremento de 5.5% de enero a agosto de 2017. Frente a estos resultados, en la presente revisión salarial el Consejo de Representantes valoró la conveniencia de continuar aplicando el procedimiento del Monto Independiente de Recuperación (MIR) para incrementar el monto del salario mínimo general en $5.00 pesos diarios y llevarlo a $85.04 pesos diarios, monto sobre el cual se otorga de manera anticipada el incremento correspondiente a la fijación salarial que entrará en vigor el 1º de enero de 2018 de 3.9%, con lo cual el salario mínimo general que estará vigente a partir del 1º de diciembre de 2017 será de $88.36 pesos diarios. Aumento al Salario Mínimo desde 2015 Te compartimos la siguiente tabla para que conozcas los aumentos al salario mínimo de 2015 a 2025: Año Salario Mínimo Vigente Área A Área B Área C Resto del País ZLFN 2026 315.04 440.87       2025 278.8 419.88       2024 248.93 374.89       2023 207.44 312.41       2022 172.87 260.34       2021 141.7 213.39       2020 123.22 185.56       2019 102.68 176.72 102.68     2018     88.36     2017     80.04     2016     73.04     2015     70.1 66.45  
¿En qué casos concretos se debe presentar un dictamen IMSS? Patrones con 300 trabajadores promedio o más a su servicio en el ejercicio fiscal deben acatar esta obligación por medio de un Contador Público Autorizado. Dictamen voluntario si no cuentan con el promedio de trabajadores pero quieren diagnosticar el cumplimiento de sus obligaciones. Derivado de una visita domiciliaria, pueden dictaminar los últimos tres ejercicios previa autorización del IMSS, siempre y cuando no se haya iniciado la revisión documental respectiva. ¿En dónde y cuándo se deben presentar el aviso y el dictamen de IMSS? La primera obligación que se debe presentar  es el Aviso de Dictamen para efectos del Seguro Social,  además del aviso para dictaminarse, se tiene  la obligación de presentar el dictamen, ambas obligaciones se pueden presentar de 2 formas: la primera es de manera electrónica vía  portal IDSE y la segunda en el área de Auditoría a Patrones de la subdelegación del IMSS respectiva a su domicilio fiscal, en donde deben exhibir el formato “DICP-02, Aviso de dictamen para efectos del Seguro social”, firmado por el patrón o su representante legal y por el CPA responsable de la formulación del dictamen. Es muy importante que el CPA no elabore la revisión de las cargas patronales cuando: Sea el patrón, socio, asociado, director o intervenga en la administración de la empresa. Mantenga una relación conyugal o consanguinidad de la persona a revisar. Trabaje o lo hubiese hecho para el patrón o alguna empresa filial, subsidiariao vinculado económicamente con el patrón. Tenga un vínculo de negocios. Preste sus servicios al IMSS o a otra autoridad fiscal Se encuentre en una situación análoga a las anteriores que afecte su imparcialidad. De cumplir con este deber o hacerlo voluntariamente el patrón no es sujeto a visitas domiciliarias por el periodo revisado salvo situaciones como que el instituto detecte diferencias a cargo de la empresa sin ser pagadas, o inconsistencias en el dictamen. La implementación de cualquier recurso que simplifique la regularización con la autoridad debe ser tomada en cuenta por los patrones para el sano desempeño de las obligaciones patronales que dicta el Instituto Mexicano del Seguro Social. El IMSS tiene en proceso de evaluación, la implementación de una herramienta digital llamada Sistema de Dictamen Electrónico SIDEIMSS, que servirá en un futuro para presentar los dictámenes del IMSS sin tener que acudir a las oficinas del Instituto. Todo indica que para el año 2018  posiblemente podría estar en pleno funcionamiento y ser de uso obligatorio, siendo benéfica para todas las partes pues ahorrará tiempo y sobre todo se presume mejore la regularización.
¿Qué empresas se considerar con alto riesgo laboral? Los numerales 132, fracciones XVI y XVII y 475 Bis de la LFT determinan que los centros de trabajo deben: instalar y operar las fábricas, los talleres, las oficinas, los locales y los demás lugares en que deban ejecutarse las labores, de conformidad con las disposiciones previstas en el RFSST y las NOM’s de la materia con la finalidad de prevenir incidentes de trabajo, y adoptar las medidas preventivas y correctivas que establezca la autoridad competente, pues los patrones son responsables de brindar seguridad e higiene y de prevenir los siniestros laborales. Por su parte el dispositivo 7o. fracción X del RFSST señala que las compañías están constreñidas a proporcionar a los operarios los útiles de seguridad personal, de acuerdo con los peligros a que están expuestos. Es importante resaltar que si los subordinados inclumplieran con la obligación legal que les compete, con negativas a seguir las medidas preventivas y ejecutar los procedimientos de seguridad es causal de rescisión del vínculo del trabajo de acuerdo a la prevista en el numeral 47, fracción XII de la LFT. Una herramienta que ayuda a las empresas La STPS, en ejecución de sus atribuciones, desarrolló un módulo informático denominado Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST) que tiene como finalidad promover la cultura de la auto evaluación por medio de asesorías y orientación a las corporaciones en cuanto a la manera de cumplir la normatividad laboral y así reducir los incidentes derivados del trabajo. Este micro sitio se ubica en la siguiente dirección web: http://autogestion.stps.gob.mx:8162. Aquí compartimos los aspectos a cuidar por los patrones al proporcionar equipo de protección a su personal. Hablando específicamente de los implementos para la salvaguarda de la integridad física y mental de los subordinados la no acreditación u omisión de la presentación de las documentales que prueben el suministro da lugar a la imposición de una multa de 50 a 3,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) cuyo valor actual es el equivalente a 3 mil 652 pesos a 219 mil 120 pesos. Para las compañías que incumplan las normas de seguridad e higiene o las medidas tendientes a prevenir los riesgos de trabajo de acuerdo a la LFT, la cual va de 250 a 5,000 UMA, esto es en la actualidad el equivalente de 18 mil 260 a 365 mil 200 pesos (art. 994, fracc. V, LFT). Por lo expuesto es posible observar que el mecanismo electrónico creado por la STPS es una herramienta útil para la identificación de los productos que protegen la integridad física y mental de los subordinados porque ubica aquellos que sean idóneos según los puestos, las tareas y los peligros del personal de las empresas.
Desde el 1o de Enero 2014 dentro de las reformas fiscales se estipuló que todos los contribuyentes están obligados a la expedición y entrega del comprobante fiscal digital (CFDI). A lo largo de ese tiempo hubo muchas dudas respecto al mismo ya que los empleadores tenían que contratar un proveedor autorizado de certificación o emitirlos a través de facturación electrónica ofrecido por el SAT (Servicio de Administración Tributaria), se tenía la obligación de migrar totalmente al esquema CFDI y emitir todos los comprobantes de cada uno de los pagos de Sueldos, Salarios y Asimilados, el contribuyente contaba con tan solo 3 días hábiles posterior al pago de nómina para expedir y entregar comprobantes, dejándolo con cargas administrativas muy estrictas. En su búsqueda de simplificación y cumplimiento de obligaciones el Servicio de Administración Tributaria emite facilidades en reglas de Resolución Miscelánea; para que el empleador pueda expedir y entregar sus comprobantes fiscales a sus trabajadores. Facilidades El patrón tiene la obligación de entregar o enviar a sus colaboradores el archivo en formato XML de sus remuneraciones cubiertas, si no cumple con lo establecido tiene opción de entregar un CFDI impreso con al menos Folio fiscal, RFC del Patrón y RFC del Empleado. Otra opción de entrega es poner a disposición de sus trabajadores una página o dirección electrónica que permita obtener la representación impresa del CFDI,  muchas veces el empleado no tiene acceso a internet, sin embargo puede elegir por entregar representaciones impresas del CFDI nómina en forma semestral en el mes inmediato posterior al término de cada semestre. Para pagos de nómina correspondientes a periodos menores a un mes se podrá emitir un CFDI de nómina mensual incorporando toda la información sobre cada pago realizado en el mes. La facilidad de timbrar el recibo de nómina por los pagos que cubran a sus trabajadores o a contribuyentes asimilados a salarios; son de 3 a 11 días hábiles, según el número de trabajadores o asimilados a salarios registrados: De 1 a 50, 3 días hábiles. De 51 a 100, 5 días hábiles. De 101 a 300, 7 días hábiles. De 301 a 500, 9 días hábiles. Más de 500, 11 días hábiles. Finalmente aunque se cuente con facilidades para el cumplimiento fiscal; resultaría útil que el trabajador firme todos los recibos de nómina o asimilados donde consten sus percepciones y deducciones entregadas  para que el empleador quede amparado ante cualquier riesgo laboral. Fuente: Reglas de Resolución Miscelánea 2015 2.7.5.2. , 2.7.5.3.
Sabemos que de acuerdo a la ley deben de expedirse formatos digitales CFDI’s que se envíen a los colaboradores de manera digital, pero ¿sabemos si aún es necesario imprimir los recibos de nómina y solicitar una firma del papel? De acuerdo al artículo 836-D, último párrafo de la LFT indica que la Junta de Conciliación y Arbitraje puede asistirse de cualquier factor humano o tecnológico para proveerse de pruebas. Si bien la LFT está alineada a la exigencia de la era moderna, es una constante señalar que los órganos judiciales en ámbito laboral carecen de la infraestructura necesaria para adecuarse a tales retos tecnológicos. En materia del trabajo, acreditar el pago de las retribuciones al personal a través de pruebas privadas en papel –como son los recibos de nómina– todavía es considerada como acertada por las Juntas de Conciliación y Arbitraje (JCA) siempre que estén firmadas por el colaborador. Por ello, en tanto la LFT no simplifique los procedimientos de perfeccionamiento de estos medios probatorios, se sugiere que paralelamente a la expedición de los CFDI’s las empresas sigan recabando la firma de los trabajadores en recibos impresos, para que puedan exhibirlos en los juicios laborales e inspecciones como formas de acreditación y así evitar las complejidades respecto de la valoración de los elementos electrónicos indicados en la legislación laboral. Si bien la LFT está alineada a la exigencia de la era moderna, es una constante señalar que los órganos judiciales en ámbito laboral carecen de la infraestructura necesaria para adecuarse a tales retos tecnológicos. Si se decide a hacerlo por medios electrónicos es importante establecer un sistema digital mediante el cual los subordinados al momento de recibir su CFDI’s, declaren su conformidad con su contenido digitando una clave o un número de identificación personal (NIP). En este último caso las compañías deben insertar en los contratos individuales de trabajo una cláusula de sumisión, en la que se indiquen las características del funcionamiento de dicho procedimiento además del reconocimiento y consentimiento de los trabajadores de que con la digitación de su clave o NIP reconocen y aceptan el contenido y los pagos efectuados por aquellas. Adicionalmente los recibos de pago a través de los CFDI’s deben incluir la leyenda de que con el acuse de recibo de los citados documentos, el subordinado está conforme con los conceptos y las cantidades que la corporación le está pagando y las deducciones efectuadas, otorgándole el más amplio finiquito liberatorio de obligaciones que en derecho proceda y no reservándose ninguna acción o derecho para ejercitar en su contra.
Las aportaciones patronales corresponden a la cantidad proporcional que brinda la empresa, hacia el fondo de ahorro para el retiro de los empleados. Este es uno de los derechos laborales más importantes en la actualidad. Cada cuota de estas aportaciones representa un egreso para la empresa. Durante el 2020, se propone un aumento en estas cifras con la finalidad de incrementar la cantidad y calidad de retiros para los trabajadores. El alza representaría un ajuste necesario para todas las empresas, de tal forma que cumplan con la normativa adecuadamente. A continuación, hablaremos respecto al impacto y repercusiones del aumento a las aportaciones patronales. Aportaciones patronales del IMSS en 2020 Las aportaciones patronales del IMSS son el principal objeto de la reforma propuesta para este 2020. Si se aprueba la iniciativa, los trabajadores podrán recibir una pensión más alta y con un menor tiempo de cotización. Esto se lograría incrementando las aportaciones patronales, de tal forma que sean proporcionales. Es una medida que atiende a las necesidades de los trabajadores frente a las actuales condiciones sanitarias en el mundo. Los cambios propuestos tienen un impacto en la Ley del Seguro Social de 1997, régimen que permite la operación de los fondos de ahorro para el retiro (Afores). Además, permite un reconocimiento de la trayectoria laboral de cada individuo. Así, se puede evaluar la necesidad tanto del trabajo formal, como del informal. Con ello se busca mejorar las condiciones de retiro de los trabajadores mexicanos. El incremento propuesto para las aportaciones patronales busca ejercerse paulatinamente, en un periodo de 8 años. Con ello, las empresas podrán ir adaptándose a las nuevas dinámicas para con el IMSS. Los cambios significarían un incremento de hasta el 40% de la cotización actual de cada trabajador. Traducido en una mejora significativa de la cantidad recibida durante el retiro. ¿Qué cambios sugieren? La propuesta de aumento a las aportaciones patronales contempla tres cambios sugeridos. Estas líneas de acción permiten incrementar la pensión y seguridad social de forma digna, facilitando los trámites y los tiempos de cotización requeridos. La aportación patronal se incrementará de 5.15% hasta llegar a 13.875%, en función del salario en veces de la unidad de medida y actualización (UMA) El incremento corresponderá a los empleadores, mientras que las cantidades del trabajador y el Gobierno permanecen iguales. Estas serán proporcionales a los ingresos de cada empleado. Con la segunda línea se estipula lograr la reducción en los requisitos de semanas de cotización. Hasta ahora, se requieren 24 años, es decir 1,250 semanas de cotización. Con la reforma se reduciría a 750 semanas, un total de 14 años. Finalmente, la tercera línea busca fortalecer la garantía en el incremento del valor en las pensiones. Con el programa se busca alcanzar, eventualmente, un incremento de hasta el 220% de los salarios base para cotizar la pensión. Aumento a aportaciones patronales El aumento a las aportaciones patronales, se traduce en un cambio significativo para las empresas. Los empleadores deberán hacerse cargo de este incremento, de forma paulatina, para cumplir con los lineamientos de la reforma propuesta. Sin embargo, las aportaciones del empleador y del Gobierno, permanecen en las mismas proporciones. La reforma no contempla cambios, por lo que los trabajadores aportarán el 1.125% y el Gobierno el 0.225%. Los esfuerzos para conseguir este aumento se encuentran tanto en el sector privado como el público. Los cambios se pensaron para proteger a las pymes, pues los apoyos del Gobierno estarán centrados en los trabajadores más vulnerables. ¿Cómo afectará el aumento de las aportaciones patronales? Si llegara a aprobarse esta reforma, los cambios también se relacionarán a las comisiones que cobran las Afores, permitiendo que los empleados gocen de una mejor pensión durante su retiro. La reforma busca incrementar la tasa de reemplazo de los trabajadores. De acuerdo con la OCDE, México posee la segunda peor tasa a nivel mundial. Esta iniciativa busca equilibrar el nivel de vida de los trabajadores mexicanos de aquí en adelante. Para algunas empresas, representa la necesidad de negociar los aumentos de salarios acordados con los sindicatos. De tal manera, se lograría un equilibrio más estable para que los empleadores puedan realizar las aportaciones patronales. Conclusión Para este 2020 se ha propuesto un incremento en las aportaciones patronales frente al IMSS, lo cual representaría un aumento significativo en las pensiones que reciben los mexicanos cuando se retiran. Con esta reforma se propone aumentar las cifras que aporta el patrón, así como disminuir la cantidad de semanas cotizadas, parte de un esfuerzo para mejorar la calidad de vida de los jubilados. En Consolidé contamos con los profesionales más aptos para atender las necesidades de tu empresa. Acércate a nosotros y disfruta de nuestra atención personalizada para asesorarte sobre los nuevos pronunciamientos de las autoridades correspondientes.
Cuando existe un accidente de trabajo, el IMSS califica cuáles son o no considerados accidentes de trabajo en base a un análisis de hechos ocurridos. Sabemos que en cualquier empresa los trabajadores son susceptibles a sufrir algún riesgo de trabajo en el desempeño de sus actividades y derivado de los accidentes calificados como riesgo de trabajo, estos impactarán directamente en la determinación de la prima del SRT. Por esto es necesario saber identificar cuando un accidente no se considera como riesgo de trabajo; en el artículo 46 de la Ley del Seguro Social y el 17 del Reglamento de Prestaciones Médicas del Seguro Social mencionan que si un accidente sobreviene por alguna de las siguientes razones no se considerará como riesgo de trabajo: El trabajador se encuentra en estado de embriaguez. El trabajador está bajo la influencia de algún psicotrópico, narcótico o droga enervante (sin haber mostrado previamente a su patrón una prescripción suscrita por un médico titulado). El trabajador se genera intencionalmente la lesión o si lo hace con ayuda de otra persona (es necesario que el patrón lo demuestre). El siniestro es resultado de alguna riña o intento de suicidio. El accidente es consecuencia de un delito intencional del propio trabajador. Para cualquier patrón es importante conocer estos puntos ya que de ser calificado como “de trabajo” por  parte del IMSS se tiene la opción de interponer un recurso de inconformidad ante el Consejo Consultivo Delegacional (art. 294, LSS).
Con el objetivo de transparentar los accidentes de trabajo, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), informó sobre la creación del SIAAT, el Sistema de Avisos de Accidentes de Trabajo. Considerando que los accidentes en los centros de trabajo son los problemas contemporáneos más importantes para la salud de los colaboradores, la STPS con este sistema busca transparentarlos y prevenirlos. ¿Qué es el SIAAT: Sistema de Avisos de Accidentes de Trabajo? El SIAAT es una herramienta y sistema electrónico que tiene como propósito facilitar a los patrones la presentación ante la Secretaría, de los avisos de accidentes de trabajo que sufran los trabajadores y de las defunciones que ocurran con motivo de accidentes y enfermedades de trabajo.  En México, según datos de la STPS, suceden alrededor de 530 mil riesgos de trabajo lo que corresponde a 1460 riesgos por día y aproximadamente, 1 persona por minuto.  El objetivo de este Sistema es establecer acciones preventivas, concurrentes y correctivas para evitar los accidentes de trabajo y minimizar sus efectos. Mediante este sistema, los patrones podrán presentar ante la Secretaría los eventos de posibles riesgos laborales que sufran los trabajadores. SIAAT y publicación en el Diario Oficial de la Federación El 14 de diciembre de 2015 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se crea el “Sistema de Avisos de Accidentes de Trabajo” (SIAAT) y se dan a conocer los formatos mediante los cuales los patrones, trabajadores o familiares presenten ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. El Acuerdo entró en vigor el día 1ro de enero de 2016. Tanto patrones, como trabajadores y familiares están bajo protesta de decir verdad, los avisos de accidentes de trabajo, así como las defunciones como consecuencia de accidentes o enfermedades de trabajo. ¿Qué es un accidente de trabajo? De acuerdo al artículo 2 de la actualización en el DOF, un accidente de trabajo es: Toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se presente. Quedan incluidos en la definición los accidentes que se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de éste a aquél; ¿Qué es el aviso de accidentes de trabajo? Según el artículo 1ro, fracción III, el aviso de accidentes de trabajo se define como: III. Aviso de accidente de trabajo: Aquel que el patrón hace del conocimiento de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, del Inspector del Trabajo y la Junta de Conciliación y Arbitraje, por medios electrónicos o escritos dentro de las 72 horas siguientes de la ocurrencia de un accidente de trabajo o tan pronto tenga conocimiento de la muerte de un trabajador por riesgo de trabajo; En resumen, el aviso de accidentes de trabajo es la notificación que el patrón hace ante la STPS, del Inspector del Trabajo y la Junta de Conciliación y Arbitraje, por medios electrónicos o escritos dentro de las 72 horas siguientes de la ocurrencia de un accidente de trabajo o tan pronto tenga conocimiento de la muerte de un trabajador por riesgo de trabajo.  ¿Quiénes podrán acceder al SIAAT? Al SIAAT podrán acceder todos los patrones y sus representantes, de los centros de trabajo establecidos en la República Mexicana y que hayan tenido la ocurrencia o conocimiento de un accidente de trabajo, o de una defunción. Una vez que el SIAAT reciba un aviso, emitirá un acuse de recibo electrónico como comprobante de la entrega, el cual tendrá la siguiente información: Folio del acuse de recibo electrónico. Nombre, denominación o razón social de la empresa y Registro Federal de Contribuyentes. Nombre del trabajador accidentado y su Clave Única de Registro de Población. Centro de Trabajo en el que ocurrió el accidente o defunción. Fecha y hora en que se presentó el aviso. Fecha y hora del accidente de trabajo o defunción. Entidad Federativa, Municipio o Delegación en donde ocurrió el accidente de trabajo o defunción. Cadena digital. Código QR. Formatos de aviso de accidentes de trabajo El aviso de accidentes de trabajo también podrá presentarse por medios escritos, a través de los formatos “Aviso de accidentes de trabajo”, “Datos complementarios al aviso de accidentes de trabajo” y “Aviso de accidentes de trabajo para trabajadores y familiares”, que estarán disponibles en el mismo sitio de internet. Además del sitio oficial del SIAAT la Secretaría proporciona acceso al SIAAT a través de vínculos en los portales de la STPS y el Gobierno de México. Es importante destacar que para ingresar al sistema, los patrones podrán usar su Firma Electrónica (FIEL o e-firma) como medio de identificación y validación del informante. No olvides que como parte de las obligaciones de los patrones está emitir la notificación de los accidentes y defunciones por riesgos de trabajo. Esto según el Artículo 504, fracciones V y VI de la LFT al igual que dentro del Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, Art´culos 7, 76 y 77, donde se establece el periodo de 72 horas siguientes de ocurrido el accidente o tan pronto se tenga conocimiento. Si tienes alguna duda o requieres de la asesoría de expertos en materia de accidentes de trabajo, no dudes en contactarnos.
En días pasados dieron a conocer el nuevo diseño estandarizado de los formatos de los trámites del Instituto Mexicano del Seguro Social, entrando en vigor a partir del 31 de julio del 2015 según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación. Los cuales pueden ser descargados a través del portal www.gob.mx. Derivado de lo anterior no se podrá presentar ningún aviso de movimiento con los formatos anteriores, ya que no son aceptados en las subdelegaciones del IMSS. ¿Cuáles son los nuevos formatos? Se anexan los nuevos formatos. FormatoHomoclaveDenominación de trámite IMSS-02-002-A Aviso de modificación al registro patronal Modalidad A) Por cambio de nombre, denominación o razón social del registro patronal. IMSS-02-002-B Aviso de modificación al registro patronal Modalidad B) Por cambio de domicilio. Aviso de inscripción patronal o de modificación en su registro (AFIL-01) IMSS-02-002-C Aviso de modificación al registro patronal Modalidad C) Por sustitución patronal. IMSS-02-002-D Aviso de modificación al registro patronal Modalidad D) Por fusión. IMSS-02-002-E Aviso de modificación al registro patronal Modalidad E) Por escisión. IMSS-02-002-J Aviso de modificación al registro patronal Modalidad J) Por clausura. IMSS-02-002-K Aviso de modificación al registro patronal Modalidad K) Por suspensión o término de actividades. FormatoHomoclaveDenominación de trámite Aviso de inscripción del trabajador (AFIL-02) IMSS-02-009 Aviso de movimientos afiliatorios de trabajadores. FormatoHomoclaveDenominación de trámite Aviso de modificación de salario del trabajador (AFIL-03) IMSS-02-009 Aviso de movimientos afiliatorios de trabajadores. FormatoHomoclaveDenominación de trámite Aviso de baja del trabajador o asegurado (AFIL-04) IMSS-02-009 Aviso de movimientos afiliatorios de trabajadores.
El trámite para la alta patronal e inscripción en el Seguro de Riesgos de Trabajo se realiza directamente en ventanilla en la subdelegación del IMSS correspondiente a tu domicilio, ya sea en el domicilio fiscal  de la empresa o donde se tenga alguna sucursal. Proceso de la Alta Patronal Deberás realizar tu pre-alta vía portal IMSS, en la que registrarás las características de la empresa, así como indicar la hora y el día que deseas acudir a la subdelegación a concluir tu trámite, con esto garantizas agilidad una vez que estés en la subdelegación. Documentos que Debes Presentar al Momento de Realizar la Alta Patronal Los documentos que debes presentar en la subdelegación son en original y copia: Registro Federal de Contribuyentes Comprobante del domicilio del centro de trabajo Croquis de localización del domicilio del centro de trabajo Escritura pública o acta constitutiva que contenga el sello del Registro Público de la Propiedad y del Comercio Poder notarial para actos de administración del representante legal Identificación oficial del representante legal Registro Federal de Contribuyentes del representante legal Clave Única de Registro de Población del representante legal En caso de aperturar una sucursal deberás presentar el documento emitido por el SAT junto a la demás información. El personal del IMSS te realizará una serie de preguntas sobre la empresa, en la que deberás tener presente la actividad principal y con base en esto se te asignará la clase de riesgo que tendrá tu empresa. Una vez que te den tu tarjeta patronal deberás tener a la mano un USB para que te generen tu certificado digital y poder realizar desde la comodidad de tu empresa los movimientos afiliatorios vía portal IDSE, tales como alta, baja y modificaciones de salario.