Tag: Cálculo de Nómina

Cuando termina una relación laboral, surgen muchas dudas sobre las diferencias entre finiquito y liquidación. ¿Cuándo corresponde una u otra? ¿Qué condiciones deben cumplirse para recibir cualquiera de ellas? ¿Cómo calcularlas? El Capítulo IV de la Ley Federal de Trabajo contiene todo lo relacionado con la Rescisión de las relaciones de trabajo. Específicamente en el artículo 46 se explica que “el trabajador o el patrón podrá rescindir en cualquier tiempo la relación de trabajo, por causa justificada, sin incurrir en responsabilidad”. Los artículos siguientes complementan este principio, enumerando las razones por las que se puede romper la relación. Además determinan en quién recae la responsabilidad dependiendo de cada caso. Al tener claro este aspecto, podemos comenzar a entender la diferencia entre finiquito y liquidación y cuál corresponde pagar al momento de la salida del colaborador de nuestra nómina. ¿Qué es el finiquito y cuándo aplica? El finiquito es el pago que hace la empresa a un colaborador cuando la relación laboral entre ellos se da por terminada. Este pago debe hacerse en cualquier situación, ya sea que el trabajador presente la renuncia o el patrón decida despedirlo. Ésta es la más importante diferencia entre finiquito y liquidación. El finiquito debe incluir el pago de los días que el empleado haya trabajado del periodo (de acuerdo a la frecuencia de su pago, por semana, quincena o mes); una parte proporcional del aguinaldo, de la prima vacacional y otras prestaciones definidas en el contrato como bonos o comisiones. En el caso de tener más de 15 años como parte de la empresa, también se debe incluir una prima de antigüedad, que consiste en 12 días de salario por año trabajado. Esta prima se debe pagar, sin importar los años trabajados, en caso de despido, rescisión por falta grave cometida por el patrón (artículo 51 de la LFT) o muerte del trabajador. ¿Qué es la liquidación y cuándo aplica? La liquidación se trata de una indemnización que recibirá el trabajador en caso de que el fin de la relación laboral sea responsabilidad del patrón. Para determinar esto, el artículo 51 de la LFT enumera las “causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador”: Que el patrón haya engañado al colaborador sobre las condiciones de su trabajo, aunque esta causa dejará de tener efecto después de 30 días que el trabajador haya prestado sus servicios. Que el patrón, familiares, o personal directivo y administrativo haya cometido faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, malos tratamientos u otros análogos, en contra del trabajador o familiares. Reducción del salario del trabajador, o que no sea pagado en la fecha o lugar convenidos o acostumbrados. Cuando el trabajador sufra perjuicios causados maliciosamente por el patrón. La existencia de un peligro grave para la seguridad o salud del trabajador o de su familia. Ya sea por carecer de condiciones higiénicas o porque no se cumplan las medidas de seguridad. También procede si la empresa rescinde el contrato por causa de reestructuras de áreas, el cierre de la empresa o desaparición de la posición. Por otro lado, el Artículo 47 de la LFT establece todas las causas justificadas de despido del trabajador. En estos casos no corresponde el pago de liquidación, pero no exoneran el pago del finiquito: Que el trabajador, o el sindicato, haya presentado certificados falsos o referencias en las que se atribuyen capacidades que no posea. Que el colaborador incurra en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, injurias o malos tratos en contra del patrón, familiares, personal directivo y administrativo, compañeros o el establecimiento, salvo que medie provocación o lo haga en defensa propia. Que se ocasionen intencionalmente o por negligencia perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo. Que el trabajador comprometa la seguridad del lugar de trabajo o de las personas que se encuentren allí. Cometer actos considerados inmorales en el lugar de trabajo, además de dar a conocer asuntos de carácter reservado que afecte a la empresa y concurrir al trabajo en estado de embriaguez o bajo influencia de sustancias. Acumular tres faltas de asistencias por un periodo de 30 días, sin permiso del patrón o causa justificada. Desobediencia al patrón o sus representantes, incluida la negación a cumplir con medidas de seguridad y procedimientos establecidos para evitar accidentes de trabajo o enfermedades. El patrón siempre debe notificar por escrito al trabajador, especificando los motivos de su despido; también puede recurrir a las Juntas de Conciliación y Arbitraje para dar aviso al trabajador del término de la relación laboral. El trabajador puede recurrir a esta Junta en caso de que desee que se haga una revisión de su caso para determinar si se trata, o no, de un despido injustificado. Es importante resaltar una de las diferencias entre finiquito y liquidación: el colaborador recibirá el finiquito sin importar el motivo de la rescisión de su relación con la empresa. Sin embargo, la liquidación solo aplica en los casos en los que la empresa sea el responsable de su salida. El pago de la liquidación no anula, de ninguna forma, el pago correspondiente al finiquito. Aprende a calcular el finiquito y la liquidación Los sistemas de nómina pueden ayudarte con esta tarea. Si ya tienes claras las diferencias entre finiquito y liquidación, debes calcular el pago correspondiente al trabajador que ya no prestará funciones en la empresa. Para ello debes tener a la mano la fecha de ingreso y de salida, el salario diario, además de la cantidad de días trabajados en el último periodo de pago. Para el finiquito, debes contar los días laborados no pagados y multiplicarlos por el sueldo diario. En el caso de aguinaldos, vacaciones u otros beneficios tendrás que multiplicar el salario diario por los días correspondientes para dividirlo entre 365. Luego multiplicar el resultado por el total de días trabajados y multiplicarlo nuevamente por el salario diario. ¿Qué incluye la liquidación? La liquidación incluye: Indemnización de tres meses de salario 20 días de sueldo por cada año de servicios prestados Prima de antigüedad de 12 días de salario por año trabajado Partes proporcionales de aguinaldo, vacaciones y otros bonos acordados en el contrato laboral. Más allá de las diferencias entre finiquito y liquidación, es necesario tener en cuenta que se debe descontar el Impuesto sobre la Renta. También se deben descontar las cuotas del IMSS, adeudos de Infonavit, Fonacot o cualquier préstamo obtenido con descuento vía nómina. Conclusión Aunque muchos confundan estos términos, conocer la diferencia entre finiquito y liquidación es importante para terminar la relación laboral con tus colaboradores en las mejores condiciones, además de asegurarte que cumples con las obligaciones fiscales de tu empresa. La LFT es clara en este tema, al establecer las causas de rescisión de la relación laboral, así como de las responsabilidades de cada una de las partes involucradas. De esta manera, se determina si el trabajador recibe solo finiquito (obligatorio para todos los casos), o aplica el pago de liquidación.
Los sistemas de nómina toman cada vez más protagonismo dentro del mundo empresarial en México, ya que agilizan innumerables tareas que deben llevarse a cabo de la manera más eficiente, como cálculos de salario, prestaciones, deducciones, impuestos, bonos, aportes al seguro social, entre otras. Implementar este tipo de programas informáticos es sencillo y puede ser la mejor solución para automatizar ciertos procesos dentro de la empresa. Sin embargo, es necesario conocer tanto sus funcionalidades como los beneficios que pueden aportar, antes de tomar cualquier decisión. ¿Qué es un sistema de nómina y por qué es tan importante para las empresas? En términos simples, un sistema de nómina es un software o programa informático que permite automatizar ciertos procesos relacionados con el manejo de la plantilla de una empresa. En la mayoría de estas herramientas es posible realizar configuraciones que se adapten a tus necesidades, para realizar los cálculos o completar las tareas. Durante tu gestión debes realizar trámites que resultan tediosos y complicados, como dar de alta a los colaboradores en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como en el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit); o realizar los pagos de impuestos y utilidades. Gracias a la automatización, puedes reducir la carga de trabajo, así como disminuir errores que podrían representar multas o sanciones, de acuerdo a la Ley del Seguro Social u otras regulaciones laborales. Beneficios de usar un sistema de nómina Estos son algunas de las ventajas que puedes disfrutar al usar esta herramienta: Automatización de procesos: algunas tareas como cálculos complejos, envío de recibos y notificaciones a los trabajadores, o incluso la actualización de los datos de la nómina, pueden configurarse para que se hagan de manera autónoma. Reducir costos y la carga administrativa: necesitarás menos tiempo, así como menos recursos, para dedicar a estas tareas. De esta manera, podrás enfocarte en crear nuevas propuestas o planes para la gerencia de la empresa. Centralizar información de la nómina: una de las principales ventajas de usar un sistema de nómina es poder tener toda la información de tu equipo en un solo lugar. De este modo, no tendrás que revisar varios archivos o plataformas, para poder obtener datos específicos que necesites en determinado momento. Elimina duplicidad o errores de datos: de acuerdo al IMSS, los patrones con 5 o más empleados deben usar el Sistema Único de Autodeterminación (o SUA)[1], para dar cuenta de las incidencias de sus trabajadores. Un error o falta de concordancia entre los datos del SUA con los de tu nómina podría significar una multa o sanción. Datos actualizados: al contar con un programa informático para gestionar la nómina, podrás hacer una actualización de datos instantánea. Así tendrás la seguridad de que la información que está allí es la más reciente. Cálculos precisos: los cálculos de nómina son complejos, por lo que se pueden cometer errores al hacerlos manualmente. El uso de un sistema de nómina garantiza realizar dichos cálculos de manera precisa, lo que permite evitar multas o cualquier situación legal. Por ejemplo, los creadores del Software SICOSS aseguran que se puede tener hasta 99% de precisión.[2] Mayor seguridad: Los programas informáticos permiten tener un registro actualizado de actividades, identificar qué usuario realizó modificaciones; además de poder hacer copias para resguardar tus datos en una unidad de almacenamiento alternativa o en la nube. Automatización y administración de obligaciones fiscales Cada año, una empresa tiene una serie de obligaciones fiscales que cumplir. Muchas de ellas son procesos largos, complicados, que ameritan una serie de requerimientos, por lo que es más que probable que alguno se te pueda olvidar. Para evitar estas situaciones, que se traducen en multas, sanciones, denuncias y otros procesos legales, puedes implementar un sistema de nómina que te permita tanto automatizar cómo administrar, de forma pertinente, todas estas tareas. Con un sistema de nómina podrás: Tener control de las cuotas obrero-patronales: la gestión del Capital Humano no solo implica el cálculo de sueldos. Es necesario hacer pagos relacionados con la seguridad social, que van desde riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad hasta prestaciones sociales. Un pago retrasado, un mal cálculo o un error en las diligencias puede ser catastrófico para la empresa. Hacer seguimiento de la nómina: cuando utilizas este tipo de herramientas tendrás un registro completo de tus empleados, con todos los datos e incidencias de su trayectoria en la compañía. Realizar tareas múltiples: usar la tecnología para agilizar los procesos ofrece diferentes tipos de beneficios. Uno de ellos es poder realizar varias tareas a la vez. No solo se trata de hacer cálculos, puedes seguir y administrar diferentes procesos relacionados con el departamento de recursos humanos, sin necesidad de instalar más de una plataforma. ¿Cómo elegir un sistema de nómina? En el mercado existen diferentes opciones, así que, antes de tomar una decisión definitiva, debes asegurarte de elegir el mejor software para ti. Para ello, puedes tomar en cuenta estos cuatro criterios:x Que se ajuste a tus necesidades: es fundamental que el sistema de nómina resuelva las tareas que requieren automatizar para agilizar tu gestión; que se pueda ajustar a tus procesos internos y que esté alineado a las reglamentaciones actuales. Que sea personalizable: esto es esencial. Solo así podrás adaptar la herramienta para que responda a las tareas que debes solucionar a tu ritmo, en concordancia con tus propios procesos internos. Que esté en constante actualización: día a día la tecnología evoluciona y los requerimientos legales también, aunque con menos frecuencia. Un buen programa debe estar reinventándose regularmente para ajustarse a estos cambios. Que esté avalado por las autoridades: cumplir las reglas siempre debe ser obligatorio para cualquier empresa, por lo que seleccionar el programa para gestionar tu nómina no debe estar fuera de esta premisa. Por ejemplo, el software SICOSS es el único programa mexicano[3] avalado por el IMSS y el INFONAVIT, para el cumplimiento de las obligaciones patronales. Conclusión Antes de descartar el uso de un sistema de nómina, por creer que es costoso o complicado, debes considerar todos los beneficios que puede significar para tu empresa. No se trata solo de automatizar procesos, sino de mejorar la gestión, realizar cálculos más precisos, así como de hacer un mejor seguimiento de las incidencias en tu plantilla. La clave está en seleccionar el que más se adapte a tus necesidades. Sin embargo, es importante que puedas personalizarlo y que esté dentro del marco legal que rige actualmente. Es posible que para ello necesites un poco de asesoría profesional, pero verás que vale la pena, sobre todo para impulsar el departamento de Capital Humano de tu empresa.
En México, cada hora ocurren alrededor de 45 accidentes de trabajo, de acuerdo a un informe realizado en 2018 por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), que recoge los datos en todo el país [1]. Esto se traduce en 398,740 incidentes contabilizados por el IMSS ese año; siendo el sector industrial, el de comercios y servicios, los más afectados. Este reporte también asegura que cada ocho horas, aproximadamente, muere un colaborador en su lugar de trabajo. Pero, ¿qué rol juega el patrón dentro de esta realidad? ¿Qué medidas puede tomar la empresa para reducir los riesgos laborales, según la Ley Federal del Trabajo? ¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo sobre los riesgos laborales? En el Capítulo Noveno de la Ley Federal de Trabajo (LFT) se encuentra toda la reglamentación relacionada con los riesgos laborales. Lo primero que debes saber es que un riesgo laboral está definido como “accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo”, según el artículo 473 LFT. De igual forma, se explica que los riesgos laborales pueden producir incapacidad temporal, incapacidad permanente, parcial o total, así como la muerte (artículo 477 LFT). En el caso específico de los accidentes laborales, el artículo 474 los cataloga como “toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio, o con motivo del trabajo”. Una particularidad en la ley es que se incluyen los que “se produzcan al trasladarse el trabajador directamente de su domicilio al lugar del trabajo y de este a aquel”. En este sentido, la LFT establece en su artículo 132, numeral XVII, que los patrones deben “cumplir las disposiciones de seguridad e higiene que fijen las leyes y los reglamentos para prevenir los accidentes y enfermedades en los centros de trabajo y, en general, en los lugares en que deban ejecutarse las labores”. ¿Cómo proceder si un empleado tiene un accidente de trabajo? Como patrón, estás en la obligación de dar de alta a tus colaboradores en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) en un plazo de hasta cinco días hábiles, de acuerdo a la Ley del Seguro Social (Artículo 12). De esta manera, puedes asegurarte de que tu plantilla esté protegida con el IMSS, en caso de accidentes de trabajo. Si un empleado sufre un accidente laboral y no se encuentra debidamente registrado en este organismo, la empresa tendrá que hacerse responsable por todos los gastos que conlleve el incidente (artículo 88 LSS, Capital Constitutivo) así como del pago correspondiente al tipo de incapacidad laboral. Cuando ocurre un accidente de trabajo, como lo define el IMSS, es necesario cumplir con los siguientes trámites: Determinar si fue un accidente de trabajo: la LFT y la LSS especifican las condiciones que debe tener el incidente para ser considerado, por el IMSS, como un accidente de trabajo; ya que ello decretará la responsabilidad económica y legal que tiene el empleador con el colaborador. Por otro lado, la ley también establece las situaciones en que no califican como riesgos laborales. Hacer las gestiones en el IMSS: como empleador, debes informar cualquier accidente de trabajo en el IMSS. De esta manera, el colaborador lesionado recibirá beneficios de dos tipos: por un lado, la atención médica y, por otro, los pagos e indemnizaciones correspondientes a cada caso. El artículo 487 de la LFT describe que los trabajadores que sufran un accidente de trabajo tendrán derecho a asistencia médica y quirúrgica, rehabilitación u hospitalización, si es necesario; medicamentos e insumos de curación; aparatos de prótesis y ortopedia, según el caso; además de la indemnización fijada por la ley. Conocer el tipo de incapacidad e indemnización correspondiente: el IMSS tiene la responsabilidad de informar a las partes involucradas (empleador y colaborador) los detalles del caso por accidente de trabajo; así como el tipo de incapacidad determinada o la defunción. Tomando en cuenta este dictamen, se hará el pago de indemnizaciones definido para cada situación. Incapacidad temporal: pago íntegro del salario que deje de percibir, mientras subsista la imposibilidad de trabajar. Incapacidad permanente parcial: pago del porcentaje que fija la tabla de valuación de incapacidades, calculado sobre el importe que debería saldarse, si la incapacidad hubiese sido permanente total. Incapacidad permanente total: pago equivalente a 1095 (mil noventa y cinco) días de salario. Indemnización por muerte: comprenderá dos meses de salario, por concepto de gastos funerarios y el pago de la cantidad que fija el artículo 502 de la LFT. Medidas preventivas para evitar accidentes laborales La Ley Federal del Trabajo es muy clara respecto a las obligaciones de los patrones (Artículo 512-E) Allí se incluyen diversas normas preventivas para evitar accidentes de trabajo, entre las que destacan: Proporcionar capacitación y adiestramiento a los trabajadores, sobre las medidas de seguridad que deben seguir para evitar los accidentes de trabajo según el IMSS; así como los beneficios que tienen como afiliados a Instituciones de Seguridad Social. Proveer los instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo. Estos deben ser de buena calidad, al mismo tiempo que deben ser renovados o sustituidos de manera oportuna. Disponer de un lugar seguro para almacenar los instrumentos y útiles de trabajo, siempre que deban permanecer en el espacio laboral; además de llevar un registro sobre el uso de estas herramientas. Cumplir todas las disposiciones de seguridad e higiene que fijen las leyes, los reglamentos para prevenir los accidentes y enfermedades, tanto en los centros de trabajo como en los lugares en que deban ejecutarse las labores. Tener medicamentos, materiales de curación y de primeros auxilios en el lugar de trabajo. Además, se debe presentar la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo. Esto es porque, de acuerdo al nivel de siniestralidad que posee tu empresa, debes pagar una prima ante el IMSS que dará mayor protección a tus colaboradores. Conclusión Una empresa no solo debe asegurarse de notificar los accidentes de trabajo en el IMSS. Es parte de sus obligaciones tomar las medidas necesarias para prevenir accidentes en su área de trabajo, así como fomentar un ambiente agradable (evitar cualquier tipo de incidente) de tal manera que no se ponga en riesgo la vida de sus colaboradores. Reducir la ocurrencia de accidentes en el trabajo ante el IMSS, hablará bien de ti como empleador, ya que demuestra que te preocupas por el bienestar de tu equipo y que, además, cumples con los reglamentos vigentes. Por otro lado, también se traduce en reducción de costos en la empresa, que pueden derivarse de sanciones, así como de la ausencia de colaboradores en sus actividades laborales o gastos adicionales por atención médica.
Según el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), la pensión es “una prestación económica destinada a proteger al trabajador al ocurrirle un accidente de trabajo, al padecer una enfermedad o accidente no laborales, o al cumplir al menos 60 años de edad”. Además, la pensión del IMSS respalda a los beneficiarios de un colaborador en caso de fallecimiento. Con la reforma de la Ley del Seguro Social, en 1997, las condiciones y requisitos para recibir la pensión del IMSS sufrieron algunos ajustes que debes tener en cuenta. ¿Qué régimen corresponde a cada empleado? ¿Cuáles son los tipos de pensión por las que puede optar? ¿Cómo es el proceso de solicitud de una pensión? En este artículo te contamos los aspectos clave de este tema. Tipos de pensiones Lo primero que debes saber es que existen dos regímenes por los que los asegurados pueden pensionarse ante el IMSS; determinados por el momento en el que fueron dados de alta en este organismo: Régimen de 1973 Aplica si comenzaste a cotizar antes del 1° de julio de 1997. Se conoce popularmente como la Generación de Transición, ya que han cotizado en ambos sistemas. Durante este período, las contribuciones de los trabajadores activos financiaban el pago de los beneficios de los pensionados. Las personas que tienen este régimen tienen la oportunidad de elegir la pensión del IMSS que más les convenga: entre lo que establece la ley de 1997 o lo que dictamina el régimen de 1973. Régimen de 1997 Aplica si comenzaste a cotizar a partir del 1º de julio de 1997. Se denomina como la Generación AFORE, ya que se cambió el antiguo sistema de financiamiento por uno basado en cuentas individuales; administrado por empresas privadas especializadas en la gestión de fondos de retiro (o AFORE). Además, al solicitar tu pensión del IMSS, debes saber cuál es la que más se ajusta a tu caso: Pensión del IMSS por cesantía en edad avanzada o vejez Para comenzar es necesario aclarar la diferencia entre: Cesantía: se refiere al colaborador que no tiene trabajos remunerados a partir de los 60 años. Vejez: se otorga cuando el colaborador alcanza los 65 años y puede oficialmente solicitar su retiro. Estos tipos de pensión sufrieron unas modificaciones. Por ejemplo: la cesantía, para los casos de 1973, podrá recibirse entre los 60 y 64 años, pero solo un porcentaje; pudiendo cobrar el 100% una vez que se hayan cumplido 65 años (como lo detallamos en una tabla más adelante). Mientras tanto, para los casos de 1997, se aplican diversas modalidades de retiro: renta vitalicia, retiro programado y pensión mínima garantizada. Pensión del IMSS por riesgo de trabajo ¿Sabes si tu empresa tiene que presentar la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo? Cada empresa posee una tasa de siniestralidad específica; es decir, que sus trabajadores enfrentan un nivel de riesgo de accidentes, de acuerdo a las labores que desempeñan. Por ello, se debe pagar una cuota que cubra a tus empleados con una pensión del IMSS, en caso de un incidente. Sin embargo, esta prima se establece según las actividades de la compañía y su grado de riesgo. Estas pensiones protegen a los colaboradores, así como a sus beneficiarios, de cualquier riesgo laboral o muerte. Pensión del IMSS por enfermedad Al igual que la pensión por riesgo, un empleado puede solicitar una pensión si sufre una enfermedad ocasionada por sus funciones en la compañía. Pensión del IMSS por invalidez Se concede si un colaborador queda “imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo, un salario superior al 50% del recibido por el último año de trabajo, siempre que la imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no laboral”. Requisitos para tener una pensión del IMSS Las condiciones para solicitar una pensión también varían de acuerdo al régimen que te corresponda. Régimen de 1973 Debes cumplir con las siguientes exigencias: 500 semanas de cotización como mínimo Para determinar la pensión se toma en cuenta el salario diario promedio de los últimos 5 años (aproximadamente 250 semanas cotizadas) y tu nivel salarial Dependiendo de la edad en la que te pensiones, te otorgarán un porcentaje de la pensión que te corresponde si esperaras hasta los 65 años de edad, como se explica en la siguiente tabla: Tipo de Pensión Pensión de vejez: 65 años - 100% de pensión Pensión de cesantía: 64 años - 95% de pensión 63 años - 90% de pensión 62 años - 85% de pensión 61 años - 80% de pensión 60 años - 75% de pensión Régimen de 1997 Debes cumplir los siguientes requisitos: Mínimo 1,250 semanas de cotización Tener 60 a 64 años, en caso de Pensión por Cesantía Tener 65 años, para disfrutar de la Pensión por Vejez Tener tu Expediente de Identificación de Trabajador actualizado Bajo este Régimen de pensión existen 3 opciones para pensionarse: Renta Vitalicia: es una pensión de por vida que se contrata con una aseguradora. Garantiza el pago de una pensión ajustada anualmente, de acuerdo a la inflación. Se puede complementar con un Seguro de Sobrevivencia que permitirá a los beneficiarios recibir una pensión a la muerte del pensionado. Retiro Programado: el monto de la pensión dependerá del saldo acumulado en tu cuenta. Esta pensión la recibes hasta que se agoten los recursos. No recibes aguinaldos, pero cuenta con un Seguro de Sobrevivencia. Pensión Mínima Garantizada: se otorga a las personas que cumplan con los requisitos de edad y 1250 semanas cotizadas; a pesar de que sus recursos en la cuenta AFORE no le alcancen para contratar cualquiera de las otras dos modalidades. En este caso, el monto recibido será el equivalente a un salario mínimo. ¿Cómo solicitar la pensión? Acudir a cualquier sucursal de tu AFORE para entregar los siguientes documentos: Identificación oficial Estado de Cuenta de la AFORE o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE) Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) Para el régimen de 1973, llenar y firmar la solicitud de “Disposición de Recursos” que te proporcionarán Tu AFORE llenará la Pre-solicitud de pensión y te otorgará un folio Luego es necesario ir a la Subdelegación del IMSS que te corresponda y presentar tu folio Una vez entregado tu folio, ante el IMSS, debes esperar la resolución Cuando obtengas respuesta del IMSS y conozcas la modalidad de retiro que te corresponde, acude a tu AFORE nuevamente; quien pondrá a tu disposición los recursos según el régimen pensionario que te corresponde Conclusión Antes de solicitar la pensión del IMSS es necesario tener claro el régimen al que pertenece el trabajador, así como el tipo de renta que le corresponde de acuerdo a su caso. Debido a las reformas a la Ley del Seguro Social en 1997, algunas de estas condiciones y requisitos se ajustaron. Si como empresa necesitas organizar el estatus actual de tus colaboradores, pero no sabes por dónde empezar, siempre puedes ponerte en contacto con especialistas en gestión de nómina. ¡Seguro ellos podrán ayudarte con esta tarea!
Todo líder de negocio en algún momento debe de hacer un alto para analizar desde otra perspectiva el crecimiento de su negocio. Enfocarse en actividades que generen rentabilidad demandarán mayor atención en la toma de decisiones, por lo tanto tiene que dejar a cargo de expertos la parte operativa de la cuál se desprenden otras áreas que son importantes para el correcto funcionamiento del negocio. Es por esto que ha tomado gran popularidad el modelo de negocio de Tercerización de Personal, éste se ha visto envuelto en polémica por malos manejos de algunas empresas. Pero no tiene que ser así, en el mercado existen opciones que te ayudarán a optimizar el funcionamiento de tu negocio bajo una operación transparente; garantizando seguridad, confianza y certeza al brindar soporte legal, financiero y fiscal. La Tercerización de Personal no es una mala opción para tu negocio, siempre y cuando te asegures de que la empresa que te brindará el servicio opera legalmente, cuenta con buena reputación y te garantice que el colaborador se sentirá respaldado en todo momento. Asegúrate de que la empresa que contrates para brindarte dicho servicio cuente con los elementos necesarios para hacer frente a las obligaciones laborales. Recuerda que la misma Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que la subcontratación implica una responsabilidad solidaria entre el patrón y los trabajadores. Antes de que tomes la decisión de contratar una de estas empresas es necesario que te cerciores de que es la mejor opción, por eso te dejamos estos tips para que tomes la mejor decisión.
El Artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo establece que aquellos colaboradores con más de un año en antigüedad en una empresa tienen derecho a un periodo vacacional, con goce de sueldo, de al menos seis días laborales. Además de este periodo los patrones deben proporcionar a su empleado un pago extra para que posea recursos para su descanso: se trata de la prima vacacional. El Artículo 80 establece su obligatoriedad y su monto mínimo, pero muchas compañías aportan un extra. ¿Qué es y cómo calcular la prima vacacional de tus trabajadores? Esta es una sencilla guía para aportar el beneficio que corresponde a cada uno de tus colaboradores. ¿Qué es la prima vacacional? La prima vacacional es un ingreso extra que, como empleador, debes entregar a cada uno de tus trabajadores para su tiempo de vacaciones. Tanto los días vacacionales como el monto de la prima están establecidos por la Ley Federal del Trabajo (LFT). Su artículo 76 señala respecto a las vacaciones de los empleados: “los trabajadores que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a seis días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a doce, por cada año subsecuente de servicios”. Después de los cuatro años, se aumentarán solo dos días por cada cinco días de servicios. Además de estos días con goce de sueldo, la normativa indica que el colaborador disfrutará de una prima vacacional, definida por la ley en su Artículo 80 como “no menor de veinticinco por ciento sobre los salarios que les correspondan durante el periodo de vacaciones”. Es decir, si el empleado con un año de antigüedad cumplido tiene derecho a seis días de descanso; en adición al sueldo por esos seis días, tiene derecho a un ingreso extra equivalente a la cuarta parte de lo percibido. ¿Cuál es la importancia de la prima vacacional? Se trata, al igual que las vacaciones, de una prestación obligatoria, la cual debe concederse por ley. Si bien se establece su mínimo (25% del sueldo correspondiente a los días de vacaciones) tu empresa puede conceder un porcentaje superior, como una forma de incentivar el buen desempeño de los trabajadores más valiosos. ¿Cómo se calcula la prima vacacional? Para calcular el monto mínimo de la prima vacacional de un trabajador, es necesario conocer tres factores: su salario diario, su antigüedad en la organización y los días de vacaciones que le corresponden. Una vez que se conocen estos datos se aplica la siguiente fórmula: Salario diario x Días de vacaciones x .25 = Prima vacacional Si tu empresa concede más del 25% establecido por la LFT, entonces sustituye ese valor en la fórmula y realiza el cálculo. Veamos un ejemplo en concreto para comprender mejor su aplicación: Fabián es un empleado que ha cumplido dos años en tu compañía. Vas a concederle vacaciones y la prima vacacional mínima del 25%. Su sueldo diario es de 100 pesos. Es importante señalar que en este cálculo se debe considerar como sueldo el SDI (Sueldo Diario Integrado), el cual es el promedio del sueldo diario de un trabajador considerando sus prestaciones. La ecuación se realiza de la siguiente manera: Se suman los 365 días del año, más quince días correspondientes de aguinaldo, más 1.5 días (correspondientes a los 6 días de vacaciones por 25% de la prima vacacional mínima). El resultado se divide entre 365 días, con lo que se obtiene 1.0452, cantidad denominada factor de integración mínimo o FIM. Tal factor se multiplica por el salario diario percibido por el trabajador. Si Fabián gana 100 pesos al día, al multiplicarlo por el FIM tenemos que su SDI es de 104.52 pesos diarios y ese es el valor que debemos usar para calcular su prima vacacional. Si el empleado percibe más porcentaje de aguinaldo o de prima vacacional, su SDI debe calcularse con esos valores. También debemos considerar las vacaciones correspondientes a Fabián, pues como ya tiene dos años en la empresa, a los 6 días mínimos se suman dos, con lo que debemos considerar 8 días de vacaciones: De esa manera el cálculo de su prima vacacional es el siguiente: (104.52 x 8) x .25 = 209.4 pesos El sueldo diario integrado se ha multiplicado por 8 días, y ese resultado se ha multiplicado por la prima mínima de .25, con ello obtenemos que Fabián va a recibir 209.4 pesos como ingreso extra para financiar sus vacaciones. ¿Cuándo se debe entregar la prima vacacional? La Ley Federal de Trabajo señala el monto mínimo y que se trata de un derecho, pero no señala la fecha exacta en la cual debe pagarse. Cada empresa elige en qué momento la hace efectiva. Algunas lo hacen al cumplirse el aniversario del ingreso del colaborador a la organización; otras, al final de año, junto con el aguinaldo. La mayoría prefiere darlo al iniciar el periodo de vacaciones del empleado. Lo importante es notificar al trabajador el momento en que se realizará. ¿Provoca impuestos la prima vacacional? La prima vacacional está exenta del pago de impuestos siempre que sea inferior o igual al equivalente a 15 días del salario mínimo de la zona del trabajador. Si se sobrepasa esa cantidad debe pagar el ISR (Impuesto sobre la Renta) correspondiente. La prima vacacional: un compromiso Las vacaciones son el derecho que todo empleado tiene de un descanso o desconexión de los procesos productivos. Sus beneficios son físicos y mentales, van desde un mejor control de la presión arterial hasta la prevención de la ansiedad o la depresión. Las empresas tienen la obligación de aportar recursos para el mejor disfrute de ese periodo. La prima vacacional es una prestación por ley que debe integrarse a las nóminas y requiere ser calculada con especial cuidado. Si deseas que la prima vacacional no se interponga en la realización de tus procesos productivos, encarga su realización a terceros. En Consolidé contamos con expertos en materia laboral y administrativa para dar a tus trabajadores la prima que les permita un descanso merecido.
Es muy común que cuando visitamos un restaurante, hotel o algún otro servicio relacionado con el ramo, demos una propina; ello derivado de la forma en que fuimos atendidos y cuyo importe varía en un porcentaje de acuerdo al consumo o bien de acuerdo a  nuestras posibilidades económicas. En ese sentido el artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo dispone: Las propinas son parte del salario de los trabajadores a que se refiere este capítulo en los términos del artículo 347. Los patrones no podrán reservarse ni tener participación alguna en ellas. Asimismo dispone el citado artículo 347: Si no se determina, en calidad de propina, un porcentaje sobre las consumiciones, las partes fijarán el aumento que deba hacerse al salario de base para el pago de cualquier indemnización o prestación que corresponda a los trabajadores. El salario fijado para estos efectos será remunerador, debiendo tomarse en consideración la importancia del establecimiento donde se presten los servicios. Es importante señalar que se han  emitido acuerdos por parte del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social en los cuales determina que las propinas que cubran los clientes solo serán acumulables al salario base de cotización cuando las mismas se pacten con los clientes y se paguen por el patrón (banquetes, eventos especiales). En esa tesitura las propinas que no estén pactadas y que los clientes entreguen directamente a los meseros, no formarán parte del salario base de cotización. Es importante comentar que en materia del impuesto sobre la renta encontramos  el criterio normativo 43/ISR/N en donde exterioriza que las propinas constituyen un ingreso para el trabajador en base al mismo artículo 346 de la Ley Federal del Trabajo, concluyendo que las propinas que les sean concedidas a los trabajadores, deben ser consideradas por el empleador para efectuar el cálculo y retención del ISR que, en su caso, resulte a cargo del trabajador, en los términos del artículo 96 de la Ley del ISR. No hay que perder de vista que la esencia de la integración del salario, son por las partidas que pague el patrón a su trabajador, sin embargo en el caso que nos ocupa es una tercera persona (cliente) la que otorga un beneficio al trabajador (mesero), no obstante en os casos que se mencionan deben integrase al salario para efectos del IMSS e ISR.
El pasado 4 de enero la STPS publicó el Proyecto de Norma Oficial Mexicana 036-1-STPS-2017 que trata sobre los factores de riesgo ergonómico, asociado a enfermedades laborales que se provocan en consecuencia del uso de equipos, movimientos o posturas forzadas repetitivas en el proceso laboral. Con esta norma se busca proteger la salud de los trabajadores, básicamente en cuestión de trastornos músculo – esqueléticos. El Reglamento de Seguridad en el trabajo considera factores ergonómicos como: Posturas forzadas. Accidentes de trabajo. Exposición a agentes físicos, químicos y biológicos. Factores de riesgo psicosocial y ergonómico. El patrón debe contar con un análisis de factores de riesgo ergonómico de cada puesto de trabajo, y con esto adoptar medidas de prevención. Esta Norma tiene una orientación de evitar riesgos a la salud de los trabajadores dividida en tres partes: La primera entrega presenta las obligaciones de los patrones para prevenir riesgos de salud asociados con el manejo manual de cargas. La segunda parte aborda las buenas prácticas para la realización de movimientos repetitivos. La tercera sección refiere al cuidado de los trabajadores que deben realizar posturas forzadas durante su jornada.
Los contribuyentes que hagan pagos por concepto de sueldos y salarios podrán dar por cumplidas las obligaciones de expedir la constancia y el comprobante fiscal del monto total de los viáticos pagados en el año de calendario mediante la expedición y entrega en tiempo y forma a sus trabajadores del CFDI de nómina, siempre que en dicho CFDI hayan reflejado la información de viáticos que fueron entregados, así como los importes comprobados y no comprobados. De acuerdo al llenado del CFDI de nómina versión 1.2, los viáticos entregados a un trabajador pueden reportarse en los siguientes términos: En el CFDI del periodo en el que fue entregado el viático y no comprobado en el mismo periodo deben registrarse con la clave 003 (viáticos entregados al trabajador) del catálogo c_TipoOtrosPago. Cuando se registra algún importe en la sección “OtrosPagos”, éste no se considera un ingreso acumulable o exento para el trabajador (no es sueldo o salario). La empresa puede decidir emitir de forma inmediata el CFDI de nómina por los viáticos comprobados sin esperar a incluirlos en el comprobante de la siguiente quincena conforme a lo siguiente: En el campo “Tipo percepción” se debe registrar la clave 050 (viáticos) de conformidad con el catálogo c_TipoPercepción, en el campo “ImporteExento” se debe registrar el monto del viático comprobado, más el viático no comprobado por el monto, este último porque se considera exento de conformidad al art. 152 del RLISR, por último se debe registrar con la clave 081 (Ajuste de viáticos entregados al trabajador) del catálogo c_TipoDeduccion, la misma cantidad en el campo “Importe”.
El aguinaldo es una prestación que debe entregarse de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo. Todo trabajador activo tiene derecho a recibir aguinaldo aún cuando no haya laborado el año completo, se debe pagar la parte proporcional de acuerdo al tiempo trabajado durante el año. Antes del 20 de diciembre las empresas que tengan colaboradores por concepto de sueldos y salarios durante el 2017, tienen la obligación de pagar a cada uno de sus trabajadores el aguinaldo, prestación que no debe ser menor a 15 días de su salario. (art. 87, LFT). En el caso de los ex-trabajadores la empresa debe pagarlo en la fecha de la terminación de la relación laboral. La base para el pago es la cuota diaria que se compone del salario fijo; pero para quienes tienen un salario mixto o variable se le suma el promedio de percepciones variables. El aguinaldo está exento del ISR hasta por el equivalente a 30 veces la UMA; la parte excedente está gravada y sobre ella se calcula el ISR a cargo por dicha prestación (art. 93, fracc. XIV, LISR). Es recomendable que al realiza el pago de esta prestación, se determine el ajuste anual del impuesto a cargo de los trabajadores por el ISR del ejercicio, este impuesto puede aplicarse contra el aguinaldo, pues ello permite aminorar la carga económica que se sufriría de aplicar un descuento elevado en un pago ordinario de nómina.