Category: Contabilidad Empresarial

Como parte de la aprobación del Paquete Económico 2026 y de la Reforma Fiscal 2026, una nueva era de fiscalización empieza. Y, uno de los cambios más importantes es la actuación de la autoridad fiscal ante la emisión de CFDIs falsos, cuya respuesta se encuentra en el nuevo Artículo 49-Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF). Esta nueva disposición introduce un procedimiento exprés que busca frenar de golpe las prácticas de simulación de operaciones. Para los contribuyentes, esto significa que la prevención y el control interno ya no son opcionales, sino vitales para la supervivencia del negocio. ¿Qué dicta el Artículo 49-Bis del CFF ante la emisión de CFDIs falsos y su consecuente suspensión del Certificado de Sello Digital? Procedimiento Exprés en el Paquete Económico La adición del Artículo 49-Bis al CFF surge como una respuesta contundente de la autoridad fiscal ante la persistencia de empresas que facturan operaciones simuladas (EFOS). A diferencia de los procesos de fiscalización tradicionales, que pueden durar meses o años, este nuevo artículo habilita una visita domiciliaria exprés y la suspensión inmediata del Certificado de Sello Digital (CSD). El objetivo es detectar irregularidades en tiempo real y así neutralizar la emisión de CFDIs falsos o sin materialidad. La autoridad fiscal ahora cuenta con herramientas más ágiles para verificar si el contribuyente realmente cuenta con los activos, personal e infraestructura para realizar las operaciones que factura. El Inicio del Proceso: ¿Cómo Detecta la Autoridad una Irregularidad en la Emisión de CFDIs Falsos? El procedimiento no inicia al azar. Generalmente, los sistemas del SAT detectan inconsistencias a través del análisis de datos masivos (Big Data). Algunas señales de alerta que pueden detonar este proceso incluyen: Emisión de CFDI por montos altos sin tener activos registrados. Incongruencia entre los ingresos declarados y los gastos operativos. Falta de personal registrado ante el IMSS en comparación con los servicios facturados. Relación comercial con proveedores que ya se encuentran en listas negras. Una vez que la autoridad presume la falsedad de los comprobantes fiscales, emite una orden de visita domiciliaria específica bajo el Artículo 49-Bis. Consecuencia Inmediata: Suspensión del Certificado de Sello Digital Este es quizás el punto más crítico y agresivo de la reforma. En el mismo momento en que se notifica la orden de visita, la autoridad ordena la suspensión inmediata de la emisión de comprobantes fiscales debido a la suspensión del Certificado de Sello Digital (CSD). El procedimiento en resumen es: Orden emitida por el SAT Suspensión inmediata del CSD Visita domiciliaria Levantamiento de actas Periodo de aportación de pruebas Esto significa que, desde el día uno de la revisión, tu empresa pierde la capacidad de facturar. A diferencia de otros procedimientos en los cuales la suspensión ocurre después de no desvirtuar las irregularidades, aquí la medida es preventiva y automática. Esta acción congela efectivamente la operación comercial, impidiendo el cobro a clientes y deteniendo el flujo de efectivo.  El Proceso de Suspensión del CSD El Artículo 49-Bis establece plazos sumamente reducidos, diseñados para resolver la situación en menos de un mes. A continuación, desglosamos las etapas clave: 1. La Visita Domiciliaria Los auditores del SAT se presentan en el domicilio fiscal, sucursales o donde se realicen las actividades. Tienen facultades para: Tomar fotografías y videos de las instalaciones. Entrevistar al personal. Revisar inventarios y activos. Solicitar documentación que acredite la materialidad de las operaciones. Si no encuentran a nadie o se les niega el acceso, la autoridad levantará un acta circunstanciada y notificará por Buzón Tributario. Si el impedimento persiste, la autoridad puede resolver que los comprobantes son falsos en un plazo de 15 días, sin mayor trámite. 2. Los Derechos del Contribuyente (5 Días) Una vez iniciada la visita y levantada el acta con las irregularidades detectadas, el reloj empieza a correr en contra. El contribuyente tiene sólo 5 días hábiles para aportar pruebas. En este breve periodo, debes entregar contratos, bitácoras, evidencia de entregables, pruebas de pagos bancarios y cualquier otro elemento que demuestre que la operación fue real (materialidad de las operaciones). Dado lo corto del plazo, si no tienes tu "expediente de defensa" listo antes de la visita, será muy difícil reunirlo a tiempo. https://youtu.be/_DINnddcusE?si=jijnhWxKuJBmtMjk 3. Resolución de la Autoridad (15 Días) Una vez vencido el plazo de pruebas, la autoridad fiscal cuenta con 15 días hábiles para analizar la información y emitir una resolución final. El procedimiento total, desde la notificación hasta la resolución, no debe exceder los 24 días hábiles. Escenarios Finales y Consecuencias de la Emisión de CFDIs Falsos Al terminar el plazo, existen dos posibles desenlaces: Escenario A: Desvirtúas la Presunción Si lograste acreditar la materialidad de tus operaciones, la autoridad emitirá una resolución favorable y se levantará la suspensión de tu Certificado de Sello Digital (CSD), permitiéndote volver a facturar. Escenario B: Se Confirma la Falsedad Si no lograste probar la existencia de las operaciones, las consecuencias son: Efectos Generales: Se declara oficialmente que tus CFDI son falsos y carecen de efectos fiscales. Listas Negras: Tu nombre y RFC se publican en el Portal del SAT y en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Responsabilidad Penal: La autoridad puede proceder penalmente bajo el artículo 113 Bis del CFF, que sanciona la compra-venta de facturas. Efecto Dominó: Tus clientes (terceros receptores) tienen 30 días para corregir su situación fiscal (eliminar esas facturas de su contabilidad y pagar el impuesto correspondiente). Si no lo hacen, su propio CSD será restringido. Recomendaciones para Blindar tu Empresa Ante un procedimiento tan rápido y severo, la única estrategia viable es la prevención. Aquí te dejamos acciones concretas: Auditoría de Proveedores: Verifica constantemente que tus proveedores no estén en las listas del 69-B. Archivo de Materialidad: No basta con tener la factura XML. Asegúrate de conservar contratos, correos, fotos de entregas, bitácoras de servicio y comprobantes de pago para cada operación o emisión de CFDIs. Simulacros de Visita: Prepara a tu personal para recibir una visita domiciliaria. Deben saber qué documentos mostrar y cómo atender a los visitadores. Revisión de Domicilio: Asegúrate de que tu domicilio fiscal esté localizable y cuente con los elementos que demuestren tu capacidad operativa (activos, personal, infraestructura). Protege tu Continuidad Operativa: Materialidad de las Operaciones El Artículo 49-Bis del CFF marca un antes y un después en la fiscalización en México. La autoridad ha dejado claro que no tolerará simulaciones y que cuenta con las herramientas para cerrar negocios irregulares en cuestión de semanas. La mejor defensa es un cumplimiento fiscal impecable y una gestión administrativa ordenada. No esperes a recibir una orden de visita para organizar tu contabilidad empresarial. Si tienes dudas sobre cómo fortalecer tus controles internos, la materialidad de tus operaciones o necesitas una auditoría preventiva, busca la asesoría contable de aliados estratégicos como Consolidé. Contáctanos.
Si eres responsable de la nómina o la contabilidad de una empresa en México, sabes que el inicio de año trae consigo ajustes fiscales cruciales. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha publicado recientemente las nuevas tablas de Impuesto Sobre la Renta (ISR) para el ejercicio 2026. Estas nuevas tarifas entrarán en vigor a partir del 1ro de enero de 2026. Entender estas actualizaciones es vital para asegurar el cumplimiento fiscal y evitar errores costosos en el cálculo de las retenciones de tus trabajadores. En este artículo, desglosamos los nuevos valores, analizamos su impacto en los diferentes niveles salariales y te ofrecemos recomendaciones prácticas para adaptar tus procesos internos. Resumen de los Cambios en el ISR 2026 El Impuesto Sobre la Renta (ISR) es una de las principales contribuciones que realizan los trabajadores sobre sus ingresos. Para el ejercicio 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en conjunto con el SAT, ha actualizado las tarifas aplicables, reconociendo el impacto de la inflación acumulada. Según lo publicado el pasado 28 de diciembre de 2024 en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, los límites inferior y superior de las tablas se han incrementado en un 13%. Este ajuste, conocido técnicamente como deflactación, busca evitar que un aumento salarial nominal (por inflación) empuje a los trabajadores a un renglón de impuestos más alto de manera desproporcionada. Entre los datos más relevantes destacan: Aumento de límites: El límite superior del primer renglón de la tarifa mensual pasó de $8,952.49 pesos en 2025 a $10,135.11 pesos para 2026. Nuevas cuotas fijas: Para quienes ganan entre $10,135.12 y $86,022.11 pesos mensuales, la cuota fija será de $194.59 pesos, con una tasa del 6.40% sobre el excedente del límite inferior. Tablas ISR 2026 A continuación te compartimos los nuevos valores de las tablas ISR 2026 Tarifa del ISR 2026 Mensual Límite inferiorLímite superiorCuota fijaPor ciento paraaplicarse sobre elexcedente del límiteinferior$$$%0.01844.5901.92844.67,168.5116.226.47,168.5212,598.02420.9510.8812,598.0314,644.641,011.681614,644.6517,533.641,339.1417.9217,533.6535,362.831,856.8421.3635,362.8455,736.685,665.1623.5255,736.69106,410.5010,457.0930106,410.51141,880.6625,659.2332141,880.67425,641.9937,009.6934425,642.00En adelante133,488.5435 Tarifa del ISR 2026 Anual Límite inferiorLímite superiorCuota fijaPor ciento para aplicarsesobre el excedente del límiteinferior$$$%0.0110,135.1101.9210,135.1286,022.11194.596.486,022.12151,176.195,051.3710.88151,176.20175,735.6612,140.1316175,735.67210,403.6916,069.6417.92210,403.70424,353.9722,282.1421.36424,353.98668,840.1467,981.9223.52668,840.151,276,925.98125,485.07301,276,925.991,702,567.97307,910.81321,702,567.985,107,703.92444,116.23345,107,703.93En adelante1,601,862.4635 Tarifa del ISR 2026 Diario Límite inferiorLímite superiorCuota fijaPor ciento paraaplicarse sobre elexcedente dellímite inferior$$$%0.0127.7801.9227.79235.810.536.4235.82414.4113.8510.88414.42481.7333.2816481.74576.7644.0517.92576.771,163.2561.0821.361,163.261,833.44186.3523.521,833.453,500.35343.98303,500.364,667.13844.05324,667.1414,001.381,217.423414,001.39En adelante4,391.0735 Tarifa del ISR 2026 7 Días Límite inferiorLímite superiorCuota fijaPor ciento paraaplicarse sobre elexcedente del límiteinferior$$$%0.01194.4601.92194.471,650.673.716.41,650.682,900.8796.9510.882,900.883,372.11232.96163,372.124,037.32308.3517.924,037.338,142.75427.5621.368,142.7612,834.081,304.4523.5212,834.0924,502.452,407.863024,502.4632,669.915,908.353232,669.9298,009.668,521.943498,009.67En adelante30,737.4935 Tarifa del ISR 2026 10 Días Límite inferiorLímite superiorCuota fijaPor ciento paraaplicarse sobre elexcedente del límiteinferior$$$%0.01277.801.92277.812,358.105.36.42,358.114,144.10138.510.884,144.114,817.30332.8164,817.315,767.60440.517.925,767.6111,632.50610.821.3611,632.5118,334.401,863.5023.5218,334.4135,003.503,439.803035,003.5146,671.308,440.503246,671.31140,013.8012,174.2034140,013.81En adelante43,910.7035 Tarifa del ISR 2026 15 Días Límite inferiorLímite superiorCuota fijaPor ciento paraaplicarse sobre elexcedente del límiteinferior$$$%0.01416.701.92416.713,537.157.956.43,537.166,216.15207.7510.886,216.167,225.95499.2167,225.968,651.40660.7517.928,651.4117,448.75916.221.3617,448.7627,501.602,795.2523.5227,501.6152,505.255,159.703052,505.2670,006.9512,660.753270,006.96210,020.7018,261.3034210,020.71En adelante65,866.0535 Implicaciones Prácticas para las Empresas La actualización de las tablas ISR 2026 no es sólo un trámite administrativo. Representa un reto operativo significativo para los departamentos de Recursos Humanos y Contabilidad. Ajuste de Tabuladores: Las empresas enfrentan el "efecto faro", donde el aumento del salario mínimo y los ajustes fiscales presionan la estructura salarial completa. Es necesario revisar los tabuladores para mantener la competitividad y la equidad interna, especialmente para aquellos roles que quedaron atrapados en la franja cercana al mínimo donde el neto disminuye. Actualización de Software: El riesgo inmediato es tecnológico. Los sistemas de nómina  deben estar actualizados con las tablas del Anexo 8 desde el primer minuto de enero. Una retención calculada con las tablas de 2025 generará discrepancias que el SAT detectará inmediatamente a través del timbrado de nómina, lo que podría derivar en cartas invitación o auditorías. Presupuesto: Las compañías deben recalcular sus presupuestos de nómina considerando no sólo el aumento salarial, sino el impacto fiscal real en el ingreso neto de los colaboradores, lo que podría requerir ajustes en las compensaciones para retener talento clave. Recomendaciones para Contadores y Responsables de Nómina Recomendamos las siguientes acciones inmediatas: Asesoría Especializada: Ante la complejidad de las nuevas reglas y el riesgo de fiscalización en tiempo real, es altamente recomendable buscar la guía de expertos. En Consolidé podemos ayudarte a auditar tus procesos de nómina y asegurar el cumplimiento normativo al 100%. Contáctanos. Auditoría de Sistemas: Verifica con tu proveedor de software de nómina que las tarifas del Anexo 8 ya estén cargadas y operativas. No asumas que la actualización es automática. Comunicación Interna: Informa a los colaboradores sobre cómo estos cambios fiscales afectarán sus recibos de nómina en la primera quincena de enero para gestionar expectativas. Revisión de Casos Críticos: Identifica a los empleados cuyo sueldo bruto está ligeramente por encima del nuevo salario mínimo y evalúa estrategias de compensación para evitar que su ingreso neto caiga por debajo del mínimo legal. Prepárate para los Cambios en 2026 Las Tablas ISR 2026 traen consigo un alivio para algunos y retos complejos para otros. La clave para las empresas reside en la anticipación y la precisión. Entender el impacto fiscal y en el cálculo de la nómina en orden evitará contingencias ante las autoridades fiscales. En Consolidé contamos con más de 20 años de experiencia en el cálculo correcto de la nómina. Contáctanos. 
A finales de noviembre de este año, se presentaron iniciativas legislativas en los estados de Baja California Sur y Yucatán que proponen modificar las tasas del Impuesto Sobre Nómina (ISN). Estos cambios, ya fueron aprobados, impactarán directamente en las obligaciones fiscales de las empresas y en el cálculo de su nómina a partir de 2026. En este artículo, analizaremos en qué consistieron estas propuestas, su impacto en las empresas y cómo prepararse para cumplir con las nuevas disposiciones. ¿Qué es el Impuesto Sobre Nómina (ISN)? El Impuesto Sobre Nómina, también conocido como Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, es un gravamen estatal que se aplica a los pagos que un empleador realiza a sus trabajadores.  El ISN es una de las principales fuentes de recaudación para las entidades federativas y los fondos obtenidos suelen destinarse a proyectos de infraestructura, seguridad y desarrollo social. La obligación de pagar el ISN recae en todas las personas físicas y morales que tengan empleados y realicen pagos por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado. La base para el cálculo del impuesto incluye conceptos como: Salarios y sueldos. Tiempo extra. Bonos y comisiones. Primas vacacionales y de antigüedad. Aguinaldos. Cada estado tiene la facultad de definir su propia tasa de ISN, la cual generalmente oscila entre el 2% y el 4.25%. Este impuesto debe declararse y pagarse de forma mensual, por lo general, antes del día 17 del mes siguiente al que corresponde el pago. Aumento del ISN en Baja California Sur El 26 de noviembre de 2025, se presentó una iniciativa en Baja California Sur para reformar la Ley de Hacienda del Estado. La propuesta, ya aprobada, busca incrementar la tasa del Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal. Tasa anterior: 2.5% Tasa ISN BCS para 2026: 3.0% Este ajuste representó un aumento del 0.5% en la carga fiscal para los empleadores del estado. Entró en vigor el 1 de enero de 2026, una vez publicado en el Diario Oficial del Gobierno del Estado. Propuesta de Modificación del ISN en Yucatán De manera similar, el 24 de noviembre de 2025, se presentó en Yucatán una iniciativa para modificar la Ley General de Hacienda del Estado. En este caso, el aumento para el Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal es más significativo. Tasa anterior: 3.0% Tasa ISN Yucatán 2026: 3.75% Este incremento del 0.75% busca fortalecer las finanzas públicas del estado para hacer frente a las crecientes demandas en servicios e infraestructura. Al igual que en Baja California Sur, la entrada en vigor de esta nueva tasa se programó para el 1 de enero de 2026, sujeta a su publicación oficial. ¿Por Qué se Propusieron estos Aumentos? Aunque las justificaciones específicas pueden variar, los gobiernos estatales suelen proponer aumentos en el ISN para incrementar la recaudación y financiar proyectos prioritarios. Las razones más comunes incluyen: Inversión en Infraestructura: Financiar la construcción y el mantenimiento de carreteras, hospitales, escuelas y otros servicios públicos. Seguridad Pública: Aumentar los recursos destinados a mejorar la seguridad en el estado. Desarrollo Social: Fortalecer programas sociales y de apoyo a la comunidad. Saneamiento de Finanzas Públicas: Cubrir déficits presupuestarios y asegurar la sostenibilidad financiera del gobierno estatal. Estas medidas, aunque impopulares para el sector empresarial, son una herramienta clave para que los estados puedan cumplir con sus responsabilidades y promover el desarrollo económico y social. Impacto en las Empresas y el Cálculo de Nómina Un aumento en la tasa del ISN tiene un impacto directo y medible en los costos operativos de las empresas. Al ser un impuesto aplicado sobre el total de las remuneraciones pagadas, cualquier incremento se traduce en un mayor desembolso mensual. Este aumento en la carga fiscal obliga a las empresas a: Revisar sus presupuestos: Ajustar las proyecciones de gastos para el próximo año. Actualizar sus sistemas o controles de nómina: Configurar el software o controles de cálculo para aplicar la nueva tasa correctamente y evitar errores. Evaluar el impacto en la rentabilidad: Analizar cómo afectará este costo adicional al margen de utilidad del negocio. Es vital que los departamentos de Recursos Humanos y Contabilidad trabajen en conjunto para asegurar que los cálculos sean precisos desde el primer mes de aplicación de la nueva tasa. Prepárate para los Cambios: Cumplimiento y Asesoría Aunque estas iniciativas aún no son oficiales, la anticipación es clave para un cumplimiento fiscal sin contratiempos. Las empresas en Baja California Sur y Yucatán deben comenzar a prepararse para estos posibles cambios. Mantente Informado: Sigue de cerca las noticias legislativas y espera la publicación oficial en el DOF de tu estado. Planifica tu Presupuesto: Realiza proyecciones financieras para entender cómo el aumento del ISN afectará tus finanzas en 2026. Revisa tus Procesos de Nómina: Asegúrate de que tu control de nómina pueda ser actualizado fácilmente para reflejar la nueva tasa. La gestión de la nómina y el cumplimiento de las obligaciones fiscales estatales pueden ser complejos, especialmente ante cambios legislativos constantes.  Un error en el cálculo puede derivar en multas, recargos e incluso disputas laborales. Mantén tu Nómina Actualizada con Consolidé El entorno regulatorio en México está en constante cambio, contar con un aliado experto es fundamental para garantizar la tranquilidad operativa y el cumplimiento normativo.  En Consolidé, contamos con más de 29 años de experiencia en la gestión de nómina, así como en materia fiscal, legal y de seguridad social. Nuestro equipo de especialistas puede ayudarte a navegar estos cambios, asegurando que tu cálculo de nómina sea preciso y esté siempre alineado con la legislación vigente. Te ofrecemos un diagnóstico preventivo y la asesoría especializada que tu empresa necesita para adaptarse a las nuevas tasas del ISN y otras obligaciones estatales. No esperes a que los cambios entren en vigor. Contáctanos y descubre cómo podemos convertirnos en tu socio estratégico para una gestión de nómina eficiente y libre de errores.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) se mantiene activo en la actualización de sus disposiciones. Apenas unos días después de la publicación oficial de la quinta resolución, el SAT ha difundido en su portal una versión anticipada de la Sexta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 (RMISC 2025) y su Anexo 1-A. Estos cambios, aunque aún no están en el Diario Oficial de la Federación (DOF), son de aplicación inmediata desde su publicación en el portal del SAT, según lo estipulado en la regla 1.8., tercer párrafo, de la propia RMISC 2025. Por ello, es fundamental que los contribuyentes y profesionales del área fiscal y contable conozcan y comprendan las nuevas directrices para asegurar el cumplimiento y evitar contratiempos. En este artículo, detallaremos las modificaciones más importantes, explicando su impacto y las consideraciones prácticas para las empresas. Te puede interesar: Conoce las Actualizaciones de la RMISC 2026 Cambios Clave y sus Implicaciones La sexta modificación a la RMISC 2025 introduce ajustes precisos en áreas como la garantía del interés fiscal, los requisitos para órganos certificadores y las reglas para la emisión de monederos electrónicos. A continuación, analizamos cada uno de estos cambios. Garantía del Interés Fiscal mediante Billetes de Depósito En consonancia con la reciente reforma a la Ley de Amparo, la regla 2.12.12. se actualiza para especificar los requisitos que deben cumplir los billetes de depósito utilizados para garantizar el interés fiscal. Esta medida busca asegurar la validez y correcta identificación de las garantías presentadas ante la autoridad. Los billetes de depósito ahora deben ser emitidos por una institución autorizada y contener obligatoriamente los siguientes datos: Identificación del depositante: Nombre, denominación o razón social y el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Datos de emisión: Fecha de emisión, número de folio legible y la firma autógrafa del funcionario que lo emite. Beneficiario: Deberá estar emitido a favor de la Tesorería de la Federación (TESOFE) o del organismo descentralizado competente para el cobro coactivo. Importe: El monto total del depósito, expresado en número y letra. Identificación del adeudo: Información que permita identificar el crédito fiscal que se garantiza, como el número del determinante y los conceptos. Este ajuste proporciona mayor certeza jurídica tanto para la autoridad como para el contribuyente, al estandarizar la información requerida y minimizar el riesgo de rechazo de la garantía. Requisitos para Órganos Certificadores Autorizados La regla 2.18.1. endurece los requisitos para las personas morales que deseen operar como órganos certificadores. El SAT busca fortalecer la integridad y confianza en estas entidades. Los nuevos requisitos incluyen: Antecedentes penales: Se exige que la persona moral, así como sus socios, accionistas, representantes legales, miembros del consejo o cualquier integrante de su estructura directiva, no estén sujetos a un proceso penal ni tengan una sentencia condenatoria firme por delitos fiscales. Proceso de solicitud: Se establecen dos trámites obligatorios: Validación y opinión técnica: A través de la ficha de trámite 262/CFF. Solicitud de autorización: Una vez obtenida la opinión favorable, se debe presentar la solicitud mediante la ficha 263/CFF. Sin medios de defensa: No se admitirá la solicitud si la persona moral ha interpuesto algún medio de defensa en los últimos cinco ejercicios fiscales contra resoluciones de no renovación, revocación o negativa de autorización. Estas medidas pretenden asegurar que sólo las entidades con un historial impecable y una sólida estructura ética puedan certificar el cumplimiento de obligaciones fiscales. Reglas para Emitir Monederos Electrónicos de Combustible La regla 3.3.1.8. también se modifica para alinear los requisitos de los emisores de monederos de combustible con los de los órganos certificadores. La autoridad añade una condición para la admisión de la solicitud: la persona moral no debe haber interpuesto medios de defensa en los últimos cinco años contra resoluciones de revocación o negativa de autorización. Además, se establece una nueva causa de revocación: cualquier modificación al nombre comercial, cambio de modalidad o emisión de un prototipo adicional que no haya sido validado previamente por la Administración Central de Seguridad, Monitoreo y Control (ACSMC) resultará en la revocación de la autorización. Reglas para Emitir Monederos Electrónicos de Vales de Despensa De manera similar, la regla 3.3.1.17. para emisores de monederos de despensa incorpora el requisito de no contar con medios de defensa interpuestos en los últimos cinco ejercicios fiscales. Un punto importante es que si una empresa obtiene opinión técnica favorable para más de un monedero electrónico con distintos nombres comerciales, deberá presentar una solicitud de autorización por cada uno, utilizando la ficha de trámite 6/ISR. Asimismo, la modificación del nombre comercial o cambios en la tecnología del monedero sin la validación previa de la ACSMC se convierte en una causal de revocación, tal como ocurre con los monederos de combustible. Revocación de Autorización para Emisores de Monederos Las reglas 3.3.1.12. (combustibles) y 3.3.1.21. (despensas) se actualizan para añadir una nueva causal de revocación de manera explícita: la modificación del nombre comercial o cambios tecnológicos en el monedero que no hayan sido validados previamente por la ACSMC. Esta adición unifica los criterios y subraya la importancia de mantener a la autoridad informada y obtener su validación antes de implementar cualquier cambio en los productos autorizados. Aplicaciones Prácticas y Consideraciones Estos cambios de la RMISC 2025 exigen que las empresas afectadas tomen acciones proactivas. Contribuyentes con créditos fiscales: Al garantizar un adeudo, verifiquen que el billete de depósito cumpla con todos los nuevos requisitos para evitar demoras o rechazos. Aspirantes a órganos certificadores: Antes de iniciar el trámite, realicen una autoevaluación exhaustiva para confirmar que cumplen con los estrictos requisitos de integridad y antecedentes. Emisores de monederos electrónicos: Si planean modificar sus productos (cambio de nombre, tecnología, etc.), es crucial que primero gestionen la validación técnica con la ACSMC. Ignorar este paso resultará en la revocación de su autorización, afectando gravemente su operación. Es fundamental que los departamentos fiscales y legales revisen sus procesos internos para alinearlos con estas nuevas disposiciones y comuniquen los cambios a las áreas operativas correspondientes. Prepárate para los Cambios Fiscales La publicación de la Sexta Resolución de Modificaciones a la RMISC 2025, aunque anticipada, marca la pauta de un SAT cada vez más enfocado en la transparencia, el control y la integridad de sus procesos y de los actores que colaboran con la autoridad fiscal. Las organizaciones deben mantenerse al día con estas actualizaciones para garantizar el cumplimiento normativo y mitigar riesgos operativos. Ignorar estas nuevas reglas no es una opción, ya que su aplicación es inmediata. La clave está en la anticipación y en la adaptación ágil de los procedimientos internos.Si tienes dudas sobre cómo impactan estas y futuras modificaciones a la RMISC 2025, contáctanos.
La Reforma Fiscal 2026 ha sido aprobada, marcando el inicio de una nueva era en la fiscalización en México. Con modificaciones sustanciales al Código Fiscal de la Federación (CFF 2026), la Ley del IEPS y la Ley Federal de Derechos (LFD), esta reforma busca fortalecer la recaudación y combatir frontalmente la evasión fiscal. Para las empresas, es sumamente importante comprender estas nuevas adiciones y disposiciones para garantizar la continuidad del negocio y evitar sanciones severas. El panorama fiscal actual exige mayor control interno. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha sido dotado de más facilidades para supervisar las operaciones de los contribuyentes, con un enfoque particular en desmantelar las redes de facturación falsa (EFOS y EDOS) que han afectado la recaudación durante años. En este artículo, en Consolidé analizaremos a fondo las adiciones y modificaciones clave al Código Fiscal de la Federación para 2026. Desglosaremos el impacto de cada cambio, desde las nuevas facultades del SAT hasta los plazos ajustados para la cancelación de CFDI y las obligaciones sin precedentes para proveedores de servicios digitales. ¿Qué motivó la Reforma Fiscal 2026? Durante años, las autoridades fiscales han combatido esquemas de evasión sofisticados, principalmente a través de las Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS) y las Empresas que Deducen Operaciones Simuladas (EDOS).  La Reforma Fiscal 2026 así como las nuevas disposiciones al CFF 2026 surge como una respuesta directa para reforzar los mecanismos de control. El objetivo principal es desmantelar las redes de "factureras", prevenir la creación de empresas fantasma y asegurar que cada comprobante fiscal respalde una operación real y tangible. Con estas modificaciones, el SAT adquiere un rol más proactivo y reactivo para una fiscalización más efectiva y en tiempo real. Modificaciones Clave al Código Fiscal de la Federación 2026 La Reforma introduce cambios significativos en artículos clave del CFF. A continuación, se presenta una tabla comparativa que detalla las modificaciones más relevantes, su estado anterior y las consecuencias jurídicas y fiscales para los contribuyentes. Artículo 17-F (último párr.) ¿Cómo era antes del dictamen? Permitía que otros entes, además del SAT, verificaran la identidad en el uso de la e.firma. Texto o modificación aprobada Se elimina la referencia a “así como el de la verificación de identidad de los usuarios”. Sólo el SAT podrá validar la identidad. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Centraliza la verificación de identidad en el SAT, lo que aumenta la seguridad y reduce el riesgo de suplantación. Artículo 17-H (nueva fracc. XIII) ¿Cómo era antes del dictamen? No existía esta causal de cancelación. Texto o modificación aprobada Nueva fracción: se restringe el certificado digital cuando el contribuyente no desvirtúe comprobantes fiscales falsos detectados conforme al art. 49 Bis. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Permite cancelar temporalmente sellos a emisores de CFDI falsos. Artículo 17-H Bis (fraccs. I, VII, IX, XII-XIV) ¿Cómo era antes del dictamen? Regulaba un número limitado de causales para la restricción temporal de sellos. Texto o modificación aprobada Se agregan nuevas causales:  Créditos fiscales firmes impagos. CFDI sin clave de ingreso. CFDI de combustibles sin permiso válido. Recepción de CFDI falsos sin corrección. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Amplía las causas de restricción de sellos digitales; refuerza el control contra simulación y evasión. Artículo 27 C (fraccs. VI, XII-XIV) ¿Cómo era antes del dictamen? No exigía a fedatarios confirmar autenticidad; suspensión/cancelación RFC genérica. Texto o modificación aprobada Se obliga a fedatarios a confirmar autenticidad documental; se precisan supuestos de suspensión (3 años sin actividad) y cancelación (5 años sin actividad o créditos). Nueva fracción XIV: negar inscripción a PM vinculadas a entes sancionados. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Mayor depuración del RFC y prevención de empresas fachada. Artículo 29-A (4o párr.) ¿Cómo era antes del dictamen? CFDI podían cancelarse hasta dentro del mismo ejercicio fiscal. Texto o modificación aprobada Se permite cancelar hasta el mes en que se presenta la declaración anual del ISR. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Facilita conciliación fiscal en cierre anual. https://www.youtube.com/watch?v=KMakqsjWYMg Artículo 29-A (nueva fracc. IX) y 29-A Bis ¿Cómo era antes del dictamen? No existía control directo sobre CFDI falsos. Texto o modificación aprobada Se incorpora la obligación de que CFDI amparen operaciones reales, y se crea procedimiento para verificarlo (49 Bis). ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Tipifica CFDI falsos como infracción fiscal inmediata. Artículo 36 (3er párr.) ¿Cómo era antes del dictamen? Procedía revisión administrativa de resoluciones diversas. Texto o modificación aprobada Solo procede respecto de resoluciones determinantes de créditos fiscales. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Limita revisiones discrecionales y da mayor certeza. Artículo 42 (nuevo inc. g, tercer párr., y reforma a 5o y 6o párr.) ¿Cómo era antes del dictamen? No contemplaba uso de herramientas tecnológicas ni obligación de informar hechos/omisiones en plazos cortos. Texto o modificación aprobada Se permite usar foto, audio o video en visitas; se exige informar hechos y omisiones en 10 días hábiles posteriores. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Transparencia y trazabilidad en auditorías fiscales. Artículos 45, 48, 59 III ¿Cómo era antes del dictamen? Referencia exclusiva a “cuentas bancarias”. Texto o modificación aprobada Sustituido por “cuentas o estados de cuenta” para incluir otras instituciones financieras. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Reconoce Fintech y entidades no bancarias. Artículo 52 (III) ¿Cómo era antes del dictamen? CPA debía informar al SAT y MP en casos limitados. Texto o modificación aprobada Precisa que informará al SAT sobre incumplimientos fiscales y al MP en caso de delitos. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Refuerza obligación del contador público inscrito (CPI). Artículo 66-A VI b) ¿Cómo era antes del dictamen? Excluía el pago a plazos en materia aduanera. Texto o modificación aprobada Se deroga el inciso b). ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Permite pago a plazos en créditos aduaneros. Artículos 81 y 82 (I y XXV) ¿Cómo era antes del dictamen? No sancionaba destrucción de sellos ni incumplimiento de reportes. Texto o modificación aprobada Se agregan sanciones por no entregar reportes (art. 28 B) y por destruir sellos de clausura. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Se agregan sanciones por no entregar reportes (art. 28 B) y por destruir sellos de clausura. Artículo 83 IX y 84 IV b) ¿Cómo era antes del dictamen? No preveía sanción por exigir Constancia Fiscal para emitir CFDI. Texto o modificación aprobada No preveía sanción por exigir Constancia Fiscal para emitir CFDI. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Elimina prácticas indebidas contra receptores. Artículo 103 (fraccs. XIII, XXIV-XXVII) ¿Cómo era antes del dictamen? No sancionaba contrabando mediante simulación o falsedad de origen. Texto o modificación aprobada Se agregan supuestos:  Simulación de retorno temporal Ingreso o retiro irregular Falsedad de origen. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Se amplía el catálogo de presunciones de contrabando. Artículo 104 (V) ¿Cómo era antes del dictamen? Sin correlativo. Texto o modificación aprobada Establece pena de 5 a 8 años por supuestos del nuevo art. 103. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Endurece sanciones por contrabando simulado. Artículo 105 (I y XVIII) ¿Cómo era antes del dictamen? Solo contrabando y equiparables tradicionales. Texto o modificación aprobada Se agrega equiparable por códigos de seguridad apócrifos en tabaco o nicotina y falsedad de origen. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Cierra brechas en delitos de comercio ilícito. Artículo 113 Bis (segundo párrafo y adición) ¿Cómo era antes del dictamen? Aplicaba a emisores de CFDI falsos. Texto o modificación aprobada Se amplía a plataformas digitales que faciliten o publiquen venta de CFDI falsos. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Extiende responsabilidad penal a intermediarios digitales. Artículo 141 (nuevo orden y adiciones) ¿Cómo era antes del dictamen? Sin orden obligatorio; aceptaba títulos valor y cartera. Texto o modificación aprobada Nuevo orden jerárquico y eliminación de títulos valor; se agrega billete de depósito (Banco del Bienestar) y carta de crédito. ¿Cuáles son las consecuencias o efectos juríricos o fiscales? Reestructura garantías y fortalece la ejecución fiscal. Nuevas Disposiciones Incorporadas al CFF Además de las modificaciones, la Reforma al CFF 2026 introduce artículos completamente nuevos que transforman la fiscalización, control, seguimiento así como las acciones en el entorno digital: Artículo 17-H fracción XIII Texto aprobado: Se restringirá el uso del certificado de sello digital cuando el contribuyente emisor de CFDI no desvirtúe la presunción de falsedad y se determine que se ubica en el supuesto del art. 49 Bis, fracción VIII, inciso b). Finalidad jurídica y efectos prácticos: Refuerza la lucha contra factureras y simulación de operaciones. Permite al SAT suspender sellos digitales de emisores que no logren acreditar autenticidad del CFDI. Artículo 17-H Bis fracciones XII, XIII y XIV Texto aprobado: XII: Restricción del sello por créditos fiscales firmes no pagados cuyo monto supere cuatro veces el crédito. XIII: Restricción por emitir CFDI sin clave de ingreso o sin permiso vigente de la Comisión Nacional de Energía. XIV: Restricción a quienes reciban CFDI falsos y no corrijan su situación en 30 días. Finalidad jurídica y efectos prácticos: XII: Crea nuevos supuestos de restricción temporal del sello digital vinculados a evasión, hidrocarburos y recepción de CFDI falsos. Establece control preventivo y sancionador. Artículo 30-B: Revisión en Tiempo Real para Plataformas Digitales Esta nueva disposición entrará en vigor el 1 de abril de 2026. Texto aprobado: Establece la obligación para los prestadores de servicios digitales de permitir a las autoridades fiscales, de forma permanente, el acceso en línea y en tiempo real a la información que obre en sus sistemas o registros, relacionada con las operaciones que proporcionan. Finalidad jurídica y efectos prácticos: El objetivo es gestionar eficientemente la información de los contribuyentes que operan a través de modelos de economía digital, mejorar la recaudación y garantizar una mayor equidad tributaria. En la práctica, el SAT podrá monitorear las transacciones para verificar el cumplimiento del IVA y el ISR casi instantáneamente. El incumplimiento puede derivar en el bloqueo temporal del acceso al servicio digital en México. Esta disposición entrará en vigor el 1 de abril de 2026. Artículo 49 Bis: Procedimiento para Verificar la Autenticidad de los CFDI Texto aprobado: Crea un procedimiento específico para que la autoridad verifique si los CFDI amparan operaciones reales. Incluye visitas domiciliarias con una duración máxima de 24 días hábiles. Finalidad jurídica y efectos prácticos: Otorga al SAT una vía rápida para identificar y sancionar la emisión de facturas falsas. Para los contribuyentes (EDOS) que dieron efecto fiscal a estos comprobantes, se establece un plazo de 24 días hábiles para autocorregirse. De no hacerlo, enfrentarán la restricción de su Certificado de Sello Digital (CSD) o consecuencias penales. Artículo 115 Ter Texto aprobado: Delito por declarar hechos o presentar documentos falsos en cualquier procedimiento fiscal. Pena: 3 a 6 años. Finalidad jurídica y efectos práctics: Crea nuevo delito fiscal administrativo. Impacto de la Reforma en Empresas y Contribuyentes Los cambios aprobados imponen un mayor nivel de escrutinio y responsabilidad para todas las empresas. Las principales implicaciones son: Mayor fiscalización: El SAT ahora tiene la capacidad de negar la inscripción en el RFC y restringir CSD con base en el historial de los socios o representantes legales, lo que obliga a una mayor diligencia en las relaciones comerciales. Riesgo operacional elevado: La restricción o cancelación del CSD es un riesgo severo, ya que paraliza la capacidad de una empresa para facturar y operar. Las nuevas causales amplían este riesgo a situaciones que antes no lo conllevaban. Necesidad de controles internos robustos: Las empresas deben fortalecer sus procesos para asegurar que cada transacción registrada y facturada sea real, existente y esté debidamente documentada. Diligencia debida en la selección de proveedores: Es crucial implementar un proceso de validación para verificar que los proveedores no se encuentren en las listas negras del SAT (EFOS). En Consolidé, nuestro equipo de expertos fiscales y contables está preparado para guiar a tu empresa a través de estos cambios. Contáctanos para recibir una consultoría personalizada y asegurar que su negocio esté listo para afrontar los retos de la Reforma Fiscal 2026. El Futuro de la Fiscalización en México La Reforma Fiscal 2026 no es un evento aislado, sino un paso decisivo hacia un modelo de fiscalización digital, automatizado y en tiempo real. Las empresas que logren adaptar sus procesos y adopten una cultura de cumplimiento y transparencia no sólo evitarán sanciones, sino que también fortalecerán su posición competitiva en el mercado.
El pasado 28 de octubre de 2025, el Pleno de la Cámara de Senadores aprobó las iniciativas del Paquete Económico 2026, marcando el inicio de una serie de cambios significativos que impactarán directamente la operación y estrategia de las empresas en el país. Esta Reforma Fiscal busca fortalecer los mecanismos de recaudación, combatir la evasión y la elusión fiscal. Entender a fondo estas modificaciones no es sólo una obligación, sino una necesidad estratégica para garantizar la continuidad del negocio y evitar sanciones. La Reforma introduce mayores facultades para el Servicio de Administración Tributaria (SAT), ajusta los plazos para la cancelación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) y endurece los criterios para el manejo del Registro Federal de Contribuyentes (RFC). En este artículo, desglosaremos los puntos clave de la aprobación de la Reforma Fiscal 2026, desde los cambios al Código Fiscal de la Federación (CFF) hasta los nuevos gravámenes en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) y los ajustes en la Ley Federal de Derechos (LFD).  Resumen de los Cambios Aprobados: Reforma Fiscal 2026 La Reforma Fiscal 2026, aprobada por el Senado como parte del Paquete Económico, introduce un conjunto de modificaciones legislativas con un objetivo claro: reforzar la fiscalización y aumentar la recaudación. Se estima que los ingresos presupuestarios alcancen los 8 billones 721 mil millones de pesos, un incremento de 519 mil millones respecto al cierre de 2025. Esta reforma no es un evento aislado, sino la continuación de un esfuerzo por parte de las autoridades para desmantelar redes de facturación falsa y simulación de operaciones, otorgando al SAT herramientas más robustas para su labor de vigilancia.  Las empresas se enfrentarán a un entorno de mayor escrutinio, donde la diligencia debida en la selección de proveedores y el fortalecimiento de controles internos serán cruciales. La restricción o cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD) se consolida como un riesgo operativo severo, ya que impide la capacidad de facturar y, por ende, de operar. Cambios Clave en el Código Fiscal de la Federación (CFF) El corazón de la Reforma reside en las modificaciones al CFF, diseñadas para cerrar brechas que permitían prácticas de evasión. A continuación, se detallan los cambios más relevantes para las empresas. Mayores facultades para el SAT El SAT ahora posee poderes ampliados para combatir la emisión de comprobantes fiscales falsos. Esto incluye la capacidad de: Negar la inscripción en el RFC: La autoridad podrá negar el registro a personas morales sí su representante legal, socios o accionistas han estado previamente involucrados en la emisión de facturas por operaciones inexistentes, han deducido operaciones simuladas o figuran en las "listas negras" del artículo 69-B del CFF. Fortalecimiento recaudatorio: Se habilitan nuevas facilidades, como el pago en parcialidades en materia aduanera, para incentivar el cumplimiento voluntario. Tipificación de nuevos delitos: Se expanden los supuestos de contrabando y se tipifican nuevas conductas delictivas relacionadas con la operación de plataformas digitales. Restricción y cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD) Se amplían las facultades del SAT para restringir o cancelar el uso del CSD, una de las herramientas más poderosas de la autoridad para presionar a los contribuyentes. Una restricción temporal puede escalar a cancelación si no se subsanan las irregularidades detectadas, paralizando la capacidad de una empresa para emitir facturas. Esto subraya la importancia de mantener un historial fiscal impecable. Revisión en tiempo real para plataformas digitales Con la adición del Artículo 30-B al CFF, se establece la obligación para los proveedores de servicios digitales de permitir al SAT acceso en línea y en tiempo real a la información de operaciones en sus sistemas.  El SAT ha aclarado que esta medida no constituye espionaje digital, ya que no podrá revisar datos personales de usuarios ni comunicaciones privadas. Su acceso se limitará a información consolidada de operaciones de compra-venta para verificar el correcto cumplimiento de las obligaciones de IVA e ISR. El incumplimiento de esta obligación puede derivar en el bloqueo temporal del acceso al servicio digital en México. Nuevos plazos para la cancelación de CFDI Uno de los cambios más operativos es el ajuste en el plazo para cancelar un CFDI. Ahora, el límite para realizar la cancelación será la fecha en que se deba presentar la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio fiscal en el que se emitió el comprobante. Esto obliga a las empresas a tener un proceso de conciliación y corrección de facturas mucho más ágil y riguroso. Criterios más estrictos para el RFC La reforma también endurece los criterios para la depuración del RFC. Se fortalecerán las reglas para suspender o cancelar el registro de contribuyentes que se consideren inactivos, buscando tener un padrón más limpio y confiable. Esto afectará a empresas que, por diversas razones, han dejado de tener operaciones pero no han formalizado su suspensión. https://www.youtube.com/watch?v=KMakqsjWYMg Artículos Transitorios en la Ley de Ingresos La Ley de Ingresos de la Federación para 2026 incluye disposiciones transitorias que ofrecen tanto facilidades como reglas específicas para ciertos sectores y situaciones. Acreditamiento de IVA para aseguradoras: Las instituciones de seguros podrán acreditar el IVA que les fue trasladado por bienes o servicios adquiridos hasta el 31 de diciembre de 2024, siempre que estos se destinen al cumplimiento de contratos de seguro. Estímulos fiscales para contribuyentes en verificación: Se otorga un estímulo equivalente al monto del IVA acreditado a aquellos contribuyentes que se encuentren bajo un proceso de verificación sin resolución definitiva y soliciten aplicar el beneficio, o a aquellos que desistan de medios de defensa sobre créditos fiscales ya firmes. Garantía del interés fiscal: Los contribuyentes que interpongan un recurso de revocación a partir del 1 de enero de 2026 tendrán hasta seis meses para constituir la garantía del interés fiscal, contados desde la fecha de presentación del recurso. Reglas sobre cuentas incobrables: Se faculta al SAT para emitir reglas de carácter general que otorguen facilidades administrativas a las instituciones de crédito para comprobar la notoria imposibilidad práctica de cobro de cuentas. Otros Cambios Fiscales Relevantes La Reforma se extiende más allá del CFF, impactando impuestos específicos y derechos federales. Modificaciones a la Ley del IEPS La Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios presenta algunos de los aumentos más notorios: Juegos con apuestas y sorteos: La tasa del IEPS para esta categoría aumenta del 30% al 50%, incluyendo explícitamente los juegos realizados en línea. Impuesto a videojuegos violentos: Se gravará con una tasa del 8% la venta y descarga de videojuegos que contengan contenido de violencia intensa, sangre, contenido sexual, lenguaje fuerte o apuestas con dinero real. Ajustes a tabaco y nicotina: La cuota para cigarros se incrementa de 160% a 200%. Además, se ajusta la tasa ad valorem para bolsas de nicotina del 200% al 100%, y se gravan con un 100% otros productos que contengan nicotina. Impuestos a bebidas azucaradas: Se incrementa la cuota por litro para bebidas con azúcares añadidos. Adicionalmente, se acordó reducir la propuesta inicial de cuota para bebidas con edulcorantes a 1.5 pesos por litro, con el compromiso de que las empresas reduzcan el contenido de azúcar y restrinjan su publicidad dirigida a menores de 16 años. Se exime del IEPS a los sueros orales que contengan exclusivamente glucosa y ciertos electrolitos. Se establece un régimen de transición de cuatro años (2026-2029) para alcanzar la tasa final de IEPS en bebidas azucaradas. Cambios en la Ley Federal de Derechos (LFD) Las modificaciones en esta ley se centran en la actualización de cuotas por servicios gubernamentales: Documentos migratorios: Se proponen ajustes en las cuotas para la obtención de documentos migratorios, incorporando descuentos en ciertas modalidades de residencia temporal y permanente. Acceso a museos y zonas arqueológicas: Se actualizan los derechos por el acceso a sitios culturales a cargo del INAH y el INBAL. Telecomunicaciones: Se realizan alineaciones al marco jurídico vigente para el sector de telecomunicaciones y radiodifusión. Cómo Preparar a tu Empresa para la Reforma Fiscal 2026 Ante un panorama fiscal más exigente, la inacción no es una opción. Las empresas deben adoptar un enfoque proactivo para asegurar el cumplimiento fiscal y mitigar riesgos operativos y financieros. 1. Realiza una auditoría de procesos internos Es fundamental revisar y fortalecer los controles internos. Asegúrate de que cada operación registrada y facturada sea real y esté debidamente documentada para probar su materialidad. Esto incluye desde contratos y órdenes de compra hasta evidencias de entrega de bienes o servicios. 2. Implementa un proceso de validación de proveedores La responsabilidad fiscal se extiende a la cadena de suministro. Implemente un proceso recurrente para validar a sus proveedores, verificando que no se encuentren en las listas publicadas por el SAT de Empresas que Facturan Operaciones Simuladas (EFOS). 3. Mantente actualizado constantemente El entorno fiscal mexicano es dinámico. Es crucial mantenerse al día sobre las reglas misceláneas, criterios normativos y facilidades administrativas que publica la autoridad. Suscribirse a boletines especializados y contar con un aliado estratégico en estrategia fiscal como Consolidé, es clave. 4. Consulta a expertos en planificación fiscal La asesoría de expertos puede ayudar a tu empresa a diseñar e implementar una estrategia fiscal robusta, optimizar la carga tributaria dentro del marco legal y prepararse para cualquier eventualidad. En Consolidé, somos expertos en planificación financiera y fiscal. Nuestro equipo de profesionales se dedica a generar estrategias personalizadas que aseguran el cumplimiento de las obligaciones fiscales de su empresa, al tiempo que maximizan su salud financiera. No espere a que las nuevas disposiciones lo tomen por sorpresa. Contáctanos y descubre cómo podemos ayudarte a preparar a tu empresa para los desafíos y oportunidades de la Reforma Fiscal 2026.
A partir del 1 de octubre de 2025, las reglas para las transferencias bancarias en México cambiarán con la introducción del Monto Transaccional del Usuario (MTU). Esta nueva regulación, impulsada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), tiene como objetivo principal reforzar la seguridad de las operaciones digitales y reducir la creciente incidencia de fraudes. La implementación será gradual, con una fase inicial a partir del 1 de octubre de 2025. Sin embargo, se volverá obligatoria para todos los usuarios de la banca a partir del 1 de enero de 2026. Para las empresas, especialmente las pequeñas y medianas (PYMES), comprender y adaptarse a este cambio es crucial para garantizar la continuidad de sus operaciones monetarias y proteger sus finanzas.  ¿Qué es el Monto Transaccional del Usuario (MTU)? El Monto Transaccional del Usuario (MTU) es un límite máximo personalizado que cada usuario de la banca establece para la cantidad de dinero que puede transferir diariamente a través de los canales de banca digital, como aplicaciones móviles y portales web. El MTU ha sido impelemntado por la CNBV como un esquema de seguridad. Su función principal es actuar como una barrera de seguridad. Si una transacción excede el límite que has configurado, el banco está obligado por ley a solicitar un segundo factor de autenticación para validar la operación. Este paso adicional, que puede ser un código enviado por SMS, una notificación en la app o una llamada, dificulta que los delincuentes completen transferencias fraudulentas, incluso si han logrado obtener tus credenciales de acceso. El Impacto Directo del MTU en las Empresas Para las personas físicas con actividad empresarial y las PYMES, la implementación del MTU presenta desafíos operativos que no deben pasarse por alto. El principal problema radica en el límite predeterminado que los bancos aplicarán (basado en el historial) si el usuario no configura su propio MTU. Este monto por defecto se ha fijado en 1,500 UDIS, lo que equivale a aproximadamente $12,800 pesos mexicanos diarios. Aunque esta cantidad puede ser suficiente para las transacciones personales cotidianas, a menudo resulta insuficiente para las necesidades de un negocio. Las operaciones que podrían verse afectadas incluyen: Pagos a proveedores: Muchas empresas realizan pagos diarios a proveedores que superan los $12,800 pesos. Sin un MTU ajustado, estos pagos podrían ser rechazados, causando retrasos y afectando la relación con los socios comerciales. Transferencias recurrentes: El pago de nóminas, rentas de locales comerciales o cuotas de créditos son ejemplos de transferencias programadas que podrían fallar si exceden el límite predeterminado. Recepción de pagos: Si un cliente intenta realizar una transferencia a tu cuenta por un monto superior a tu límite de MTU, la operación podría ser rechazada, generando inconvenientes y afectando tu flujo de caja. Para evitar estas interrupciones, es fundamental que las empresas revisen sus patrones de transacciones y ajusten proactivamente su MTU a un nivel que cubra sus necesidades operativas diarias. Prevención de Fraudes y la Responsabilidad del Usuario El MTU está diseñado para ser una herramienta de protección. Al establecer un límite bajo, el usuario reduce el riesgo de grandes pérdidas en caso de que su cuenta sea comprometida. Sin embargo, esta medida también transfiere una parte de la responsabilidad de la seguridad al cliente. Configurar un MTU adecuado es un acto de corresponsabilidad. Si un usuario entrega voluntariamente sus claves o autoriza una operación por engaño (phishing), sigue siendo parcialmente responsable del fraude. No obstante, si el banco procesa una transferencia que excede el MTU configurado sin solicitar el segundo factor de autenticación, la institución financiera deberá asumir la responsabilidad y reembolsar los fondos no autorizados.  Por ello, la configuración del MTU puede ser un factor determinante en la resolución de disputas por cargos no reconocidos. Cumplimiento Normativo y las Obligaciones de los Bancos La regulación de la CNBV surge como respuesta directa al aumento superior al 50% en fraudes digitales durante los últimos cinco años. Por ello, la normativa no sólo se enfoca en el usuario, sino que también impone obligaciones claras a las instituciones bancarias. Los bancos deben proporcionar a sus clientes medios accesibles y sencillos para configurar y modificar su MTU a través de sus aplicaciones y plataformas digitales. Además, la regulación contempla protecciones especiales para usuarios en situación de vulnerabilidad, como adultos mayores o personas con discapacidad. Estos usuarios pueden autodeclararse ante su banco para recibir atención personalizada, monitoreo proactivo y acceso a campañas de educación financiera para prevenir abusos. ¿Tiene el MTU implicaciones fiscales? Aunque el MTU no es una medida fiscal directa, su implementación puede tener un efecto indirecto en la transparencia financiera. Al registrarse un límite para las transacciones, se crea una capa adicional de datos que podría ser utilizada por las autoridades fiscales, como el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Las operaciones que superen montos significativos (por ejemplo, los $12,800 pesos mencionados) podrían ser catalogadas como inusuales. Esto no significa que automáticamente generarán una auditoría, pero sí podrían ser seleccionadas para un seguimiento aleatorio por parte del SAT si se detectan patrones de gasto o ingresos que no coinciden con las declaraciones del contribuyente. Por tanto, el MTU contribuye a un ecosistema financiero más transparente. ¿Qué Pasa si no Configuras tu MTU a Tiempo? La fecha límite para configurar voluntariamente el MTU es el 30 de septiembre de 2025. Si para el 1 de enero de 2026 un usuario no ha establecido su propio límite, el banco aplicará de forma automática el monto predeterminado de aproximadamente $12,800 pesos diarios. La consecuencia más inmediata será el rechazo de cualquier transferencia enviada o recibida que exceda ese límite. Como advierte Laura Becerra Rodríguez, presidenta de la Comisión Técnica de Finanzas del Colegio de Contadores Públicos de México en El Financiero, "si a alguien le depositan $15,000 pesos y no ha hecho el cambio del MTU, le van a detener la transferencia; no va a pasar". ¿El MTU Aplica para Todas las Entidades Financieras? Es importante destacar que, por el momento, la obligación de implementar el MTU aplica exclusivamente a las instituciones de banca múltiple. Esto significa que las FINTECH y las Sofipos, no están obligadas a adoptar esta medida regulatoria. Prepárate para el Cambio La llegada del MTU representa un paso importante hacia un sistema financiero digital más seguro en México. Para las empresas, es una llamada a la acción para revisar sus procesos y tomar el control de su seguridad financiera. Ignorar esta nueva disposición puede llevar a interrupciones operativas, problemas de flujo de caja y complicaciones innecesarias en pagos como la nómina. Te recomendamos tomar medidas inmediatas para entender tus flujos de dinero y configurar un MTU que se alinee con las necesidades de tu negocio. No esperes hasta el último momento. Accede a la aplicación de tu banco, define tu límite transaccional y asegura que tus operaciones sigan funcionando sin contratiempos.
El pasado 8 de septiembre, el Ejecutivo Federal de México presentó el Paquete Económico 2026 ante el Congreso de la Unión. Esta propuesta establece las bases tributarias y presupuestarias para el próximo ejercicio fiscal. Es importante comprender que se trata de una propuesta sujeta a debate y posibles modificaciones por parte de la Cámara de Diputados y el Senado. Sin embargo, las empresas deben prepararse desde ahora para los cambios potenciales que podrían impactar significativamente sus operaciones y estrategias de precierre fiscal. El paquete incluye los Criterios Generales de Política Económica, la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, además de reformas propuestas al Código Fiscal de la Federación y otras leyes tributarias. En Consolidé nos dimos a la tarea de reunir las actualizaciones y los cambios propuestos más importantes que pueden impactar a las empresas en términos fiscales, de seguridad social y contables. Proyección de Ingresos Tributarios: 8.7 Billones de Pesos La Ley de Ingresos de la Federación 2026 estima recaudar 8.7 billones de pesos en ingresos tributarios. Esta cifra mantiene al ISR como la principal fuente de recursos, seguido del IVA y el IEPS. Un aspecto particularmente relevante es el incremento proyectado de más del 62% en impuestos al comercio exterior, lo que refleja una estrategia de reforzamiento aduanero. Esta medida sugiere un enfoque más estricto en el control de importaciones y exportaciones. La estructura de ingresos se distribuye de la siguiente manera: ISR: Principal fuente de recaudación. IVA: Segunda fuente más importante. IEPS: Tercera fuente de ingresos. Impuestos al comercio exterior: Con incremento significativo del 62% Programa de Regularización Fiscal: Oportunidad para PYMES Una de las medidas más relevantes para las pequeñas y medianas empresas es el programa de regularización que permite condonar el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución. Este beneficio aplica para contribuyentes que: No superen ingresos de 300 millones de pesos en 2024. Cuenten con créditos fiscales firmes. Soliciten el beneficio antes del 31 de octubre de 2026. Restricciones del programa de regularización: No es acumulable para efectos del ISR. Excluye a quienes ya recibieron condonaciones masivas previas. No aplica para contribuyentes en listas negras del SAT. Esta medida representa una última ventana de regularización para empresas medianas y personas físicas con actividad empresarial, ofreciendo una oportunidad valiosa para sanear pasivos fiscales. Si tu organización se encuentra en esta situación, en Consolidé podemos ayudarte a regularizar. Contáctanos. https://www.youtube.com/watch?v=KMakqsjWYMg Flexibilización para Fondos de Capital Privado Extranjero El paquete propone flexibilizar los requisitos para que fondos de capital privado extranjeros accedan al régimen de transparencia fiscal. Esta medida: Facilita la entrada de inversión extranjera a México. Fomenta la inversión en proyectos productivos. Abre oportunidades de financiamiento para empresas nacionales. Refuerza la atracción de capital extranjero. Esta flexibilización busca posicionar a México como un destino más atractivo para la inversión internacional, especialmente en sectores productivos. Nuevas Tasas de Recargos en Pagos Diferidos La propuesta del Paquete Económico ajusta las tasas aplicables cuando los contribuyentes difieren créditos fiscales, estableciendo un sistema escalonado basado en el plazo de diferimiento: Prórroga simple: 1.38% mensual. Hasta 12 meses: 1.42% mensual. De 12 a 24 meses: 1.63% mensual. Más de 24 meses: 1.97% mensual. Este esquema incentiva la regularización rápida de adeudos, ya que el costo de diferir pagos con el SAT puede resultar más oneroso que acudir a financiamiento bancario. Las empresas deben evaluar cuidadosamente sus estrategias de flujo de efectivo. Ampliación del Régimen de Retenciones en Plataformas Digitales El régimen de retenciones se extiende a personas morales que operen en plataformas digitales, estableciendo diferentes tasas según el estatus del contribuyente: Para personas morales con RFC válido: 4% de ISR 8% de IVA Para personas morales sin RFC válido: 20% de ISR 16% de IVA Para operaciones con no residentes o depósitos en cuentas extranjeras: 16% de IVA Esta medida busca eliminar esquemas de evasión y obliga a mantener el RFC en regla. Las empresas que operan en plataformas digitales deben asegurar el cumplimiento de estos requisitos para evitar retenciones elevadas que afecten su liquidez. Supervisión en Tiempo Real de Plataformas Digitales Se establece la obligación para plataformas digitales de otorgar al SAT acceso directo y en tiempo real a sus sistemas. Esta disposición permite: Fiscalización inmediata y constante Reducción de márgenes para simular operaciones Prevención de retrasos en reportes Las empresas que operen como plataformas digitales deben preparar sus sistemas tecnológicos para cumplir con estos nuevos requerimientos. Medidas Reforzadas Contra Operaciones Inexistentes El combate a las operaciones inexistentes se endurece significativamente. El SAT tendrá facultades ampliadas para: Negar la inscripción al RFC a empresas vinculadas con empresas factureras. Restringir inmediatamente el sello digital por uso de comprobantes falsos. Validar que los CFDI respalden operaciones reales con sustancia económica. Nuevas disposiciones sobre CFDI: Plazo límite para cancelación: hasta el mes de presentación de la declaración anual del ISR. Facultades ampliadas del SAT para suspender y cancelar RFC inactivos. Suspensión automática si en tres ejercicios no se presentan declaraciones ni se emiten CFDI. Cancelación definitiva si la omisión se prolonga cinco ejercicios. Continuidad de Beneficios para Sectores Estratégicos El Paquete Económico 2026 mantiene diversos estímulos fiscales dirigidos a sectores clave de la economía mexicana. Estos beneficios ofrecen continuidad y certidumbre a industrias estratégicas: Beneficios energéticos y de transporte: Acreditamiento del IEPS en diésel, biodiésel y combustibles fósiles. Acreditamiento de hasta el 50% en cuotas de peaje. Sector editorial y cultural: Deducción adicional del 8% en libros, periódicos y revistas. Sector minero: Acreditamiento del derecho especial sobre minería para empresas con ingresos menores a 50 millones de pesos. Sector energético: Exención de derechos en la importación de gas natural. Estos incentivos representan una señal de estabilidad para las industrias beneficiadas, aunque su peso recaudatorio es menor frente al endurecimiento de otras medidas fiscales. Modificaciones al IEPS: Nuevas Cuotas y Tasas El Impuesto Especial sobre Producción y Servicios experimentará cambios significativos: Bebidas saborizadas: Cuota de 3.0818 pesos por litro (incluyendo edulcorantes no calóricos). Tabacos labrados: Tasa ad valorem del 200% (incremento desde 160%). Ajuste gradual de cuota hasta 2030. Tabacos hechos a mano: Tasa del 32% (incremento desde 30.4%) Nuevos gravámenes: Videojuegos violentos: 8% ad valorem. Apuestas: 50% ad valorem (incremento desde 30%). Impacto en el Precierre Fiscal 2025 Las empresas deben considerar el impacto potencial de estas medidas en sus actividades de precierre fiscal. Aunque el paquete aún requiere aprobación legislativa, es recomendable: Evaluar posiciones fiscales actuales: Revisar créditos fiscales pendientes de regularización. Analizar la conveniencia de acogerse al programa de condonación. Validar la sustancia económica de operaciones y CFDI. Planificar estrategias de cumplimiento: Asegurar que el RFC esté en regla y activo. Implementar controles internos para validar operaciones reales. Preparar sistemas para posibles requerimientos de supervisión en tiempo real. Optimizar flujos de efectivo: Evaluar el costo-beneficio de diferir pagos fiscales. Considerar alternativas de financiamiento ante las nuevas tasas de recargos. Preparándose para los Cambios: La Importancia de la Asesoría Especializada El Paquete Económico 2026 presenta tanto desafíos como oportunidades para las empresas. La complejidad de las nuevas disposiciones y su impacto potencial en las operaciones empresariales requieren una planificación cuidadosa y asesoría especializada. Es fundamental recordar que estas son propuestas sujetas a debate y posibles modificaciones en el Congreso. Sin embargo, la preparación anticipada permitirá a las empresas adaptarse eficientemente a los cambios finales que se publiquen en el DOF. La implementación exitosa de estas medidas requerirá una comprensión profunda de sus implicaciones técnicas y estratégicas. Las empresas que actúen proactivamente estarán mejor posicionadas para aprovechar los beneficios disponibles y minimizar los riesgos asociados. Prepárate para tu precierre fiscal considerando las propuestas del Paquete Económico 2026. Nuestro equipo de contadores y expertos fiscales puede ayudarte a navegar estos cambios y optimizar tu posición tributaria. Contáctanos para conocer cómo nuestros servicios de planeación financiera, fiscal y contabilidad empresarial pueden beneficiar a tu organización.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció la implementación de una nueva plataforma digital destinada exclusivamente para la presentación de la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT). Esta nueva herramienta, que es obligatoria a partir del 1 de agosto, facilita el cumplimiento de obligaciones tributarias de las personas morales. Recordemos que el pasado 7 de febrero, el SAT informó sobre el lanzamiento de dos plataformas digitales: la DIOT 2025 y la de pagos provisionales y definitivos. La primera permite presentar la DIOT hasta el último mes del mes siguiente al periodo consecutivo así como facilitadades como carga tipo batch, tipo manual y envío de más de 40 mil registros. La segunda permite realizar la presentación de los pagos provisionales o definitivos del ISR e IVA a partir del ejercicio 2025. ¿Qué es la DIOT y por qué es importante?  La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es un documento fiscal mediante el cual los contribuyentes reportan el pago, retención, acreditamiento y traslado de IVA derivado de sus operaciones comerciales con proveedores. Esta declaración, presentada de manera mensual o semestral en el caso de ciertas actividades específicas (agricultura, silvicultura, ganadería y pesca), es clave para garantizar transparencia y precisión en el manejo de impuestos.  Principales Características de la Nueva Plataforma  La plataforma desarrollada por el SAT introduce una serie de funcionalidades diseñadas para adaptarse a distintos niveles de operación, desde pequeños negocios hasta grandes empresas con un volumen considerable de transacciones. A continuación, destacamos las funciones más relevantes: 1. Envío masivo de registros  La plataforma permite enviar más de 40,000 registros sin necesidad de acudir físicamente a las oficinas del SAT. Lo anterior elimina barreras logísticas y reduce los tiempos de espera.} 2. Acuses automáticos  Los contribuyentes recibirán un acuse de recibo de la declaración de forma automática tras el envío, brindando tranquilidad y un mayor control sobre los trámites realizados.  3. Carga masiva mediante archivo .txt  Para negocios con un alto volumen de operaciones, la plataforma incluye la opción de cargar información de IVA a través de un archivo en formato .txt, haciendo que este proceso sea más eficiente y evitando errores humanos que podrían surgir con la captura manual.  4. Acceso para operaciones limitadas  Los contribuyentes que manejan un menor número de operaciones pueden ingresar manualmente hasta 30 registros. Esta funcionalidad también resulta útil para quienes realizaron una carga masiva, pero necesitan añadir ajustes o registros adicionales.  5. Compatibilidad con ejercicios fiscales anteriores  Además de las declaraciones de 2025, la plataforma está disponible para presentar declaraciones correspondientes a ejercicios fiscales anteriores, incluyendo las de carácter extemporáneo.  Beneficios para los contribuyentes  Gracias a esta nueva interfaz digital, los contribuyentes podrán disfrutar de múltiples ventajas que hacen más accesible y manejable su cumplimiento fiscal. Entre los principales beneficios se encuentran: Eficiencia en los tiempos de gestión: Las opciones de carga masiva y el acuse instantáneo aseguran que los trámites se realicen rápidamente.  Flexibilidad para diferentes niveles de operación: Ya sea que manejes 10 registros o 10,000, la plataforma se adapta a tus necesidades.  Acceso remoto y sin complicaciones: Al eliminar la necesidad de acudir físicamente a las oficinas, se reduce significativamente el tiempo invertido en trámites.  Documentación organizada y accesible: La posibilidad de consultar y reimprimir acuses de declaraciones anteriores es un gran apoyo para mantener la contabilidad al día.  ¿Cómo Acceder y Usar la plataforma?  Para hacer uso de esta herramienta, el SAT ha indicado que será necesario contar con la Contraseña o la e.firma (en el caso de personas morales). Los contribuyentes deben ingresar a la plataforma a través de este enlace oficial: https://psitcd.clouda.sat.gob.mx.  Por otro lado, las guías de llenado están disponibles en el Portal oficial del SAT, ofreciendo un paso a paso detallado para cada tipo de contribuyente. Adicionalmente, si necesitas reimprimir acuses de declaraciones anteriores al 2025 hechas mediante el sistema anterior, puedes acceder a esta dirección específica para hacerlo fácilmente: https://www.cuse.sat.gob.mx/ReimpresionInternet/REIMDefault.htm.  Conclusión  Si eres contribuyente en México y estás obligado a presentar la DIOT, este es el momento para familiarizarte con la nueva plataforma y aprovechar sus beneficios. Recuerda que, con herramientas como esta, cumplir con tus responsabilidades fiscales será más fácil, rápido y accesible que nunca.Además, si buscas apoyo especializado para garantizar el correcto cumplimiento de tus obligaciones fiscales y optimizar la gestión financiera de tu empresa, en Consolidé ofrecemos servicios de contabilidad empresarial diseñados para brindarte tranquilidad y eficiencia. Permítenos acompañarte en cada paso del proceso y asegurar una administración fiscal impecable.
Mes a mes, las organizaciones enfrentan constantemente desafíos que ponen a prueba su eficiencia, ahorro en costos, cumplimiento normativo y capacidad de operación. Uno de estos desafíos es la administración de nómina o el cálculo de nómina sin errores para un pago puntual a sus colaboradores. Sin embargo, muchas empresas caen en equivocaciones que resultan en multas, sanciones o un pago incorrecto. Por ello, líderes empresariales han optado por integrar la maquila de nómina externa. Y hoy en Consolidé queremos compartirte un caso de éxito de una de esas empresas líderes en su sector que gracias a la implementación de la maquila de nómina, lograron una transformación notable en sus procesos. Es el caso de éxito de una empresa mexicana de seguridad privada que con el apoyo de Consolidé, logró superar problemas críticos relacionados con la gestión de recursos humanos, cálculo puntual de la nómina y el cumplimiento fiscal. Los Retos Iniciales La empresa, que opera con una amplia plantilla de guardias distribuidos en diversas sedes, enfrentaba serias dificultades administrativas. Entre ellas: Altísima rotación de personal: Esto afectaba no sólo el control administrativo, sino también la gestión eficiente de recursos humanos. Errores en cálculos de nómina: Esto resultó en visitas frecuentes de autoridades fiscales y laborales, especialmente en relación a inspecciones laborales, multas y recargos que afectaban su viabilidad económica. Falta de herramientas tecnológicas: La empresa usaba procesos manuales para nómina y recursos humanos, incrementando la carga operativa y el margen de error. Estos problemas no sólo impactaban la operación diaria, sino que ponían en riesgo la continuidad de la empresa. Para resolver este panorama crítico, decidieron confiar en Consolidé como aliado estratégico de maquila de nómina. La Solución Implementada por Consolidé Tras un análisis detallado de las áreas de nómina, fiscalidad y recursos humanos, en Consolidé diseñamos una estrategia integral. Las principales acciones implementadas incluyeron: Maquila de nómina: Un servicio completo para la gestión de cálculos, pagos y cumplimiento de las obligaciones laborales y patronales. Automatización de procesos: Se implementó un sistema de recursos humanos que redujo en un 80% las tareas manuales, liberando tiempo valioso para el equipo administrativo. Cumplimiento fiscal y laboral optimizado: Consolidé se encargó de la administración de la seguridad social y el acompañamiento contable, eliminando errores que previamente habían generado multas y sanciones. Planeación financiera más efectiva: Se fortaleció la planificación estratégica financiera para alinear los objetivos financieros con el crecimiento continuo de la empresa. Cada una de estas soluciones fue diseñada específicamente para atacar las áreas críticas que afectaban la operación de la compañía. Resultados Obtenidos de la Implementación de la Maquila de Nómina Los resultados tras implementar estas medidas no sólo fueron inmediatos, sino también sostenibles a largo plazo. Algunos de los beneficios más destacados fueron: Eliminación de multas y recargos derivados de inspecciones fiscales y laborales. Errores cero en la gestión de nóminas y el pago de impuestos. 30 horas mensuales ahorradas en tareas administrativas gracias a la automatización. Mejora en la planeación financiera, lo que permitió una operación más saludable y alineada al crecimiento. Confianza renovada por parte de los líderes de la empresa en la gestión de recursos humanos y nómina. Estos resultados refuerzan el valor estratégico de contar con un socio especializado en negocios y operaciones empresariales como Consolidé, capaz de transformar problemas complejos en éxitos tangibles. ¿Cómo puede ayudarte Consolidé? Este caso de éxito es sólo uno de los cientos de empresas que han optimizado sus procesos no sólo a nivel nómina, también en cumplimiento contable, fiscal, laboral y financiero. Consolidé es un aliado estratégico que te ayudará a enfrentar los desafíos del día a día en la operación de tu empresa. Desde la optimización de procesos hasta la mejora de tu planificación financiera, ayudamos a que tu empresa sea más eficiente y esté mejor preparada para las actualizaciones en normativas que afectan tu día a día. Contamos con más de 20 años de experiencia.¿Quieres descubrir cómo Consolidé puede generar un impacto positivo en tu negocio? Solicita un diagnóstico gratuito.