Category: Contabilidad Empresarial

La DIEMSE o la Declaratoria Informativa de Empresas Manufactureras, Maquiladoras y de Servicios de Exportación es una declaración efectuada por personas morales dentro del régimen general. Está dirigida a las personas morales que tengan operaciones de maquila y comercio exterior. Con la DIEMSE, las empresas maquiladoras y de comercio exterior están obligadas al cumplimiento de sus obligaciones tributarias de ISR ante el SAT. Conoce más sobre esta declaración. ¿Qué es la DIEMSE? La DIEMSE es la Declaratoria Informativa de Empresas Manufactureras, Maquiladoras y de Servicios de Exportación. Se trata de una declaración informativa de las operaciones de maquila. Forma parte de las obligaciones fiscales en materia del Impuesto sobre la Renta. El fundamento legal de esta obligación fiscal para las maquiladoras es el Código Fiscal de la Federación dentro de sus artículos 31 y 32. Por otro lado, la Ley del Impuesto sobre la Renta en sus artículos 182, segundo párrafo y artículo 183, segundo párrafo, fracción III. Una vez que se hace la presentación, la persona moral queda relevada de presentar el informe de aplicación de la deducción adicional calculada sobre los ingresos exentos pagados a los trabajadores. ¿Quiénes deben presentarla? Las personas morales dentro del régimen general de ley que realicen actividades en empresas manufactureras, maquiladoras (en cualquiera de sus modalidades) y de servicios de exportación. Se considera el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación. ¿Cuándo se presenta? La Declaratoria o DIEMSE debe presentarse de forma anual a más tardar en el mes de junio del año entrante de que se trate. Se hace mediante un trámite online en el portal del SAT. Para su presentación es obligatorio contar con e.firma o firma electrónica así como la contraseña. Un aspecto relevante de su presentación en tiempo y forma es que se pueden realizar declaraciones complementarias. En caso de que sea necesario. ¿Qué información se presenta? Para presentar la DIEMSE se deben seguir los siguientes pasos: Entrar al portal del SAT Entrar a la sección de Declaraciones Elige el apartado de Informativas Da click en el botón de iniciar Selecciona los documentos digitales solicitados Añade datos generales del declarante así como la información solicitada en los anexos Envía la declaración
Como integrante del departamento de RRHH debes saber que la nómina incluye conceptos a pagar como los impuestos. Cada periodo de pago, el empleado paga de su nómina impuestos que recibe el SAT. ¿Sabías que también en algunos casos se contemplan los impuestos sobre nómina? Los impuestos sobre la nómina o ISN variarán dependiendo de la localidad o el estado donde se encuentre tu empresa. Conoce todo sobre estos impuestos, cómo se calculan y el porcentaje a pagar. Impuesto sobre nómina El impuesto sobre nómina o ISN es un impuesto estatal y que debe ser pagado por todo patrón, de forma obligatoria. Esto sucede cuando se tiene una relación laboral por lo que es un concepto de remuneración a los empleados cuando están a cargo de una persona física o moral.  Como se mencionó anteriormente, el ISN es una cuota estatal que es abonada cuando se realizan las transacciones de las relaciones laborales en una empresa. Dicho impuesto se verá reflejado cuando sucedan las siguientes operaciones: Horas extra Sueldo Bonos Comisiones por ventas Compensaciones Primas de antigüedad Primas vacacionales Aguinaldos El pago del ISN aplica para cualquier tipo de patrón, ya sea persona física o moral, inclusive autónomo, que tengan título de patrón o sean dueños de una organización o empresa. También es conocido como impuesto sobre erogaciones por remuneraciones al trabajo personal Cabe recalcar que aunque los impuestos sobre nómina dependen de cada estado, su pago es obligatorio. Incumplir con el pago de este impuesto podrá resultar en multas o sanciones para el patrón. ¿Por qué hay un impuesto sobre nómina? El impuesto sobre nómina es una tarifa que establece el Estado Mexicano hacia los empleadores por las transacciones que correspondan a las relaciones laborales. Cada entidad federativa del país establece la tasa de contribución que puede ser del 0.5% hasta el 3.0%. Los impuestos sobre nómina impactan directamente en el salario de los trabajadores. Por esta razón, el Estado solicita su pago a los patrones. ¿Cómo se compone? El pago del impuesto sobre nómina es aplicado desde el primer pago que se realiza a un trabajador. Así que desde el primer periodo de pago de un colaborador nuevo, el ISN deberá estar reflejado. Los componentes del impuesto sobre nómina son: Horas extra Sueldo Bonos Comisiones por ventas Compensaciones Primas de antigüedad Primas vacacionales Aguinaldos Es importante mencionar que el impuesto sobre nómina es declarado de forma mensual ante la Secretaría de Finanzas de cada estado que corresponda. Debe ser abonado antes del día 17 de cada mes. Impuesto sobre nómina por estado para 2025 Como se mencionó anteriormente, el impuesto sobre nómina (ISN) depende de cada estado dentro del país. Te compartimos las tasas que corresponden a 2025: Entidad Federativa Tasa del impuesto sobre nómina Aguascalientes 2% Baja California 4.25% (Impuesto sobre Remuneraciones al Trabajo Personal) Baja California Sur 2.50% Campeche 3% Coahuila 3% Colima 2% Chiapas 2% sobre tasa 6% Chihuahua 3% sobre tasa 4% Ciudad de México 4% Durango 3% sobre tasa 40% Guerrero 2% sobre tasa 45% (Impuesto sobre Remuneraciones al Trabajo Personal) Guanajuato 3% Hidalgo 3% Jalisco 3% Estado de México 3% (Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal) Michoacán 3% (Impuesto sobre Remuneraciones al Trabajo Personal, Prestado Bajo Dirección y Dependencia de un Patrón) Morelos 2% (Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal) Nayarit 3% Nuevo León 3% Oaxaca 3% Puebla 3% (Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal) Querétaro 3% Quintana Roo 4% San Luis Potosí 3% (Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal) Sinaloa 2.4% al 3% Sonora 3% (Impuesto sobre Remuneraciones al Trabajo Personal) Tabasco 2.5% Tamaulipas 3% (Impuesto sobre Remuneraciones al Trabajo Personal Subordinado) Tlaxcala 3% Veracruz 3% sobre tasa 15% (Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal) Yucatán 3% (Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración al Trabajo Personal) Zacatecas 3% sobre tasa 10% Los impuestos sobre nómina son parte de las obligaciones fiscales de los patrones en México. Su cálculo y contribución dependerán de la entidad federativa en la que esté construida tu empresa. Su pago es obligatorio y fallar en el mismo, contempla multas y sanciones ante las autoridades correspondientes. El cálculo de nómina contempla los impuestos sobre nómina. Evita errores de cálculo y encuentra al aliado estratégico que podrá ayudarte en esta tarea de RRHH. En Consolidé contamos con más de 27 años de experiencia en temas de nómina así como fiscal, legal y de seguridad social.
El reparto de utilidades 2023 o también conocido como la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas es un derecho laboral al que tienen acceso los trabajadores. También es un incentivo que dan los patrones en México para estimular la productividad. Se trata de una obligación expuesta en la Constitución al igual que la LFT. Del 1 de abril de 2023 al 29 de junio de este año, los patrones en México deben asegurarse de realizar el reparto de utilidades 2023, que corresponde al ejercicio fiscal anterior (2022). Conoce los detalles. Reparto de utilidades 2023 Como cada año, los patrones en México realizan el reparto de utilidades. Esta prestación que recibe el trabajador depende de distintos factores como el contrato, utilidades de la empresa, tiempo de existencia de la anterior, utilidades y el tiempo laborado por parte del trabajador. A partir del ejercicio 2021 y acorde a las reformas realizadas a la Ley Federal del Trabajo el 23 de abril de 2020, los colaboradores podrán recibir un promedio de 57 días o tres meses de salario aproximadamente. Anteriormente, los trabajadores en México podían recibir hasta un 90% menos de utilidades. El reparto de utilidades 2023 debe ser pagado a más tardar 60 días después de presentadas las declaraciones anuales de impuestos del año fiscal 2022. Las empresas o personas morales lo debían hacer hasta marzo mientras que las personas físicas hasta abril. ¿Cuándo se paga el reparto de utilidades 2023? En este punto hay que recordar que el plazo del reparto de utilidades 2023 depende de si se labora para una empresa o persona física: Si tu patrón es persona moral o empresa: Del 1ro de abril al 30 de mayo Si tu patrón es persona física: Del 1ro de mayo al 29 de junio ¿Cómo calcular el reparto de utilidades 2023? Para saber cómo calcular el reparto de utilidades 2023 se deben de considerar los siguientes factores: Tiempo de trabajo o días trabajados durante el periodo fiscal: Haber laborado en la empresa por lo menos 60 días.  Tiempo de existencia de la empresa: Cuando la empresa ha estado en funcionamiento al menos un año Tipo de servicio prestado a la empresa o persona física contratante: Estar contratado bajo la empresa o persona física y no realizar un servicio que tenga el pago de honorarios o prestar servicios especializados Utilidades netas de la empresa: La empresa deberá de tener un ingreso superior de $300,000 pesos declarados del ISR en el ejercicio fiscal anterior. Se considera el 10% de las utilidades netas Sueldo de los empleados: Según el artículo 127 de la LFT, el monto de la participación de las utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del empleado. Por otro lado, también puede ser el promedio de la participación recibida en los últimos tres años. En los dos casos, se aplicará el monto que más favorezca al trabajador. Es importante mencionar que el monto del reparto de utilidades 2023, el 10% de las utilidades, debe dividirse en dos. La primera parte es distribuida entre los colaboradores conforme a los días trabajados a lo largo del año. La segunda parte corresponde a la proporción de la base del salario percibido de los colaboradores. Preguntas frecuentes sobre PTU A continuación compartimos las preguntas más frecuentes de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de una empresa o reparto de utilidades. ¿Qué es el reparto de utilidades? El reparto de utilidades o participación del trabajador en las utilidades de una empresa es una prestación laboral. Está protegida por el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos al igual que en los artículos 120 y 123 de la Ley Federal del Trabajo. ¿Quién tiene derecho al reparto de utilidades? Los que tienen derecho a recibir el reparto de utilidades son los colaboradores con contrato dentro de una organización que hayan laborado al menos 60 días. También aquellos ex-empleados que hayan laborado dentro del año fiscal anterior y que no recibieron las utilidades de ese año. ¿Quién no tiene derecho al reparto de utilidades? Los que no tienen derecho a recibir el reparto de las utilidades 2023 son: Accionistas Adminstradores Directores Gerentes generales Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días Socios Profesionistas que presten servicios independientes Trabajadores domésticos Colaboradores que cobren con pago de honorarios Profesionistas que estén como asimilados a asalariados ¿Cuándo se paga el reparto de utilidades? Si tu patrón es persona moral o empresa, debe pagar del 1ro de abril al 30 de mayo Si tu patrón es persona física tiene del 1ro de mayo al 29 de junio para liquidar el PTU 2022 Conclusión Como líder de Recursos Humanos, es importante que se revise con antelación el reparto de utilidades 2023. Hay que recordar que los colaboradores también tienen derecho a denunciar el no pago o pago menor a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo. También, los ex-empleados tienen hasta un año para reclamarlo. En Consolidé podemos ayudarte al cálculo del reparto de las utilidades 2023 al igual que darte asesoría en temas legales, fiscales, de seguro social y Recurso Humano. Contáctanos, tenemos más de 27 años de experiencia ayudando a las empresas en administración de personal y nómina.
La Información Sobre la Situación Fiscal o ISSIF es una de las obligaciones que se presentan junto con la declaración anual. Sin embargo, no todos los contribuyentes están obligados a hacerlo ya que depende del tipo de régimen fiscal al cual se está inscrito al igual que los ingresos obtenidos en el ejercicio fiscal anterior. ¿Qué es el ISSIF? El ISSIF o la Información sobre la Situación Fiscal es una de las obligaciones que son presentadas conjuntamente a la declaración anual. El artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación establece quienes están obligados a presentar el ISSIF: Personas morales o quienes tributen en términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que en el último ejercicio fiscal hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del ISR iguales o superiores a un monto equivalente a $1,062,919,860.00, así como aquéllos que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores y que no se encuentren en cualquier otro supuesto señalado en este artículo. El monto de la cantidad establecida en el párrafo anterior se actualizará en el mes de enero de cada año, con el factor de actualización correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre del penúltimo año al mes de diciembre del último año inmediato anterior a aquél por el cual se efectúe el cálculo, de conformidad con el procedimiento a que se refiere el artículo 17-A de este Código.  Las sociedades mercantiles que pertenezcan al régimen fiscal opcional para grupos de sociedades en los términos del Capítulo VI, Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.  Las entidades paraestatales de la administración pública federal.  Las personas morales residentes en el extranjero que tengan establecimiento permanente en el país, únicamente por las actividades que desarrollen en dichos establecimientos.  Cualquier persona moral residente en México, respecto de las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.  Los contribuyentes que sean partes relacionadas de los sujetos establecidos en el artículo 32- A, segundo párrafo de este Código. ¿Quienes están obligados a presentar el ISSIF? De acuerdo a la Regla 2.16.5 RMF2025, los contribuyentes o personas morales obligadas a presentar la ISSIF son aquellas que hayan realizado operaciones con partes relacionadas que están obligados a dictaminar sus estados financieros. También, el monto de sus operaciones: Actividades empresariales: Monto mayor a $13,000,000 pesos. Prestación de servicios profesionales: $3,000,000 pesos. Por otro lado, los contribuyentes que hayan llevado a cabo una operación por fusión en calidad de fusionada, también están obligados a presentar el ISSIF. Lo anterior según la regla 2.16.4: Para los efectos de los artículos 29 y 30 del Reglamento del CFF, los contribuyentes que hubieran presentado aviso de cancelación en el RFC por fusión de sociedades que no cuenten con certificado de e.firma y estén obligados a presentar la Información sobre su situación fiscal (ISSIF), estarán a lo siguiente: II. La sociedad que subsista (fusionante) a través del aplicativo denominado ISSIF (32H-CFF) capturará la información correspondiente a la fusionada. II. Posteriormente, la fusionante deberá firmar el documento que contiene la información de la sociedad fusionada, generándose un archivo con extensión .sb2X, el cual deberá adjuntar a la declaración del ejercicio de dicha sociedad fusionada, para su envío de manera conjunta vía Internet. La fecha de presentación, será aquella en la que el SAT emita el acuse de recepción correspondiente. ¿Quienes están liberados de no presentar el ISSIF? Los contribuyentes que estén obligados a dictaminar sus estados financieros así como los que opten por dictaminar sus estados financieros, no están obligados a presentar el ISSIF. ¿Quienes quedan relevados de la obligación de presentar el ISSIF? Según la Regla 2.16.3 RMF2025, los contribuyentes que estén obligados a presentar la información sobre su situación fiscal por haber llevado a cabo operaciones con residentes en el extranjero (referente a la fracción V, del artículo 32-H del CFF) podrán optar por no presentar el ISSIF cuando el importe total de las operaciones en el ejercicio fiscal sea inferior a $100,000,000.00 MXN. Proceso para su presentación El proceso de presentación de la Información sobre la Situación Fiscal o ISSIF se puede hacer a través del SAT, incluyendo la que es presentada de forma complementaria. Con ello estás a un paso más de estar al día con tus obligaciones fiscales. Para su presentación, es importante que cuentes con el certificado de e.firma. Puedes aprovechar el programa o sistema lanzado por el SAT: ISSIF (32H-CFF) que te facilitará el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, pero su formato dependerá:  a) Personas morales en general (incluyendo a las entidades paraestatales de la administración pública federal y a cualquier persona moral residente en México, respecto de las operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero). b) Instituciones de crédito (sector financiero). c) Grupos financieros (sector financiero). d) Casas de cambio (sector financiero). e) Casas de bolsa (sector financiero). f) Instituciones de seguros y fianzas (sector financiero). g) Otros intermediarios financieros (sector financiero). h) Fondos de inversión (sector financiero). i) Sociedades integradoras e integradas a que se refiere el Capítulo VI del Título II de la Ley del ISR. j) Establecimientos permanentes de residentes en el extranjero. k) Régimen de los coordinados. l) Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras. Consulta las instrucciones y la información enviada. Después del llenado, se deberá generar un archivo .sb2x que deberá ser adjuntado a la declaración del ejercicio que corresponde o a la declaración complementaria. ¿Aún tienes dudas sobre la presentación de la Información Sobre la Situación Fiscal (ISSIF)? Nuestro equipo de expertos está listo para asesorarte. Asegúrate de cumplir con esta obligación fiscal de forma correcta y a tiempo.
Según la Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 152, se indica que las personas físicas deberán calcular el impuesto del ejercicio sumando a los ingresos obtenidos conforme a un listado de Capítulos de la Ley. Después, se deberán efectuar las deducciones autorizadas. Más adelante, a la utilidad gravada obtenida se le disminuirán las deducciones necesarias. A ese resultado, se le aplicarán las tarifas de ISR.  Las tarifas de ISR son esenciales para el cálculo de nómina, es por ello que cada actualización debe ser conocida por cualquier persona que se encuentre en el departamento de RRHH. Para enero de 2023, se actualizarán los valores de las tarifas de ISR. Esto fue ocasionado debido a que hubo un aumento inflacionario del 10% entre 2020 y 2022. Tablas de ISR 2025 Conoce la actualización de las tablas para 2025. Causas del ajuste de las tablas de ISR para 2023 Cuando hay un aumento por arriba del 10%, las tablas de ISR deben ser actualizadas. Esto sucedió debido a la inflación acumulada entre 2020 y 2022. La última vez que fueron actualizadas fue en 2021. ¿Qué dice la Ley del ISR? Como se mencionó al principio, las tablas de ISR son mencionadas en la Ley del Impuesto sobre la Renta en el artículo 152. Éste menciona: Las personas físicas calcularán el impuesto del ejercicio sumando, a los ingresos obtenidos conforme a los Capítulos I, III, IV, V, VI, VIII y IX de este Título, después de efectuar las deducciones autorizadas en dichos Capítulos, la utilidad gravable determinada conforme a la Sección I del Capítulo II de este Título, al resultado obtenido se le disminuirá, en su caso, las deducciones a que se refiere el artículo 151 de esta Ley. A la cantidad que se obtenga se le aplicará la siguiente: No será aplicable lo dispuesto en este artículo a los ingresos por los que no se esté obligado al pago del impuesto y por los que ya se pagó impuesto definitivo. Contra el impuesto anual calculado en los términos de este artículo, se podrán efectuar los siguientes acreditamientos: El importe de los pagos provisionales efectuados durante el año de calendario. El impuesto acreditable en los términos de los artículos 5, 140 y 145, penúltimo párrafo, de esta Ley. En los casos en los que el impuesto a cargo del contribuyente sea menor que la cantidad que se acredite en los términos de este artículo, únicamente se podrá solicitar la devolución o efectuar la compensación del impuesto efectivamente pagado o que le hubiera sido retenido. Para los efectos de la compensación a que se refiere este párrafo, el saldo a favor se actualizará por el periodo comprendido desde el mes inmediato anterior en el que se presentó la declaración que contenga el saldo a favor y hasta el mes inmediato anterior al mes en el que se compense. Cuando la inflación observada acumulada desde el último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización de las cantidades establecidas en moneda nacional de las tarifas contenidas en este artículo y en el artículo 96 de esta Ley, exceda del 10%, dichas cantidades se actualizarán por el periodo comprendido desde el último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización y hasta el último mes del ejercicio en el que se exceda el porcentaje citado. Para estos efectos, se aplicará el factor de actualización que resulte de dividir el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes inmediato anterior al más reciente del periodo, entre el Índice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al último mes que se utilizó en el cálculo de la última actualización. Dicha actualización entrará en vigor a partir del 1 de enero del ejercicio siguiente en el que se haya presentado el mencionado incremento. ¿Cuándo quedarán actualizadas las tablas de ISR? Las tablas de ISR para 2023 quedarán actualizadas al inicio del año que viene. Los expertos en maquila de nómina deberán estar atentos a su actualización debido a que las tarifas de ISR son parte esencial en el cálculo de la nómina. Recuerda que un error de cálculo puede hacerte acreedor a multas, recargos y sobre todo, pérdidas económicas para la organización. ¿Cómo afecta la actualización de ISR para el cálculo de nómina? Las tarifas de ISR son un factor esencial para el cálculo de la nómina de cualquier organización en México. Esto se debe a que en las tablas de ISR, el encargado de la nómina calcula el monto de retenciones a realizarse del ISR.  Para poder realizar dicho cálculo de retenciones, el encargado de la nómina debe revisar en las tablas el Límite Inferior y Límite Superior acorde al pago del sueldo que se realice: diario, semanal, decenal, quincenal o mensual. Las tablas o tarifas de ISR también se pueden consultar en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente. Si quieres saber más sobre el impacto de los ajustes de las tarifas del ISR en México y otros aspectos relevantes para un cálculo de nómina, sigue leyendo nuestro contenido.
El pasado 31 de enero de 2022 fue el último día para dar aviso a las autoridades fiscales sobre la permanencia o cambio de RIF a RESICO. Los contribuyentes que quisieron permanecer en el RIF debieron presentar su Aviso de Actualizaciones de Actividades Económicas y Obligaciones. Aquellos contribuyentes que no presentaron dicho aviso o decidieron cambiarse a RESICO, tienen que realizar su declaración RESICO. La declaración RESICO, el nuevo régimen de confianza para personas físicas y morales y otros cambios relevantes se dieron gracias a la Reforma Fiscal 2022. Este nuevo régimen contempla como principal beneficio para los contribuyentes menor carga administrativa para cumplir con las cargas tributarias en ISR. En este artículo te compartiremos todo lo que necesitas saber sobre la declaración RESICO. NOTA IMPORTANTE: A partir del ejercicio fiscal 2024, las personas físicas que están bajo el régimen de RESICO ya no tendrán que presentar la Declaración Anual. Cambios de la declaración RIF contra RESICO Como se mencionó anteriormente, uno de los cambios más relevantes del régimen RIF a RESICO es la simplificación de la carga administrativa para cumplir con las obligaciones tributarias en materia de ISR. Esto sucede debido a que el cálculo se basa en la aplicación de un porcentaje sobre los ingresos del contribuyente sin considerar las deducciones. Esto acorde al numeral 96 de la Ley de Impuesto sobre la Renta. Otro punto a considerar es el numeral 113-E, éste establece las características que deben tener los contribuyentes para poder tributar en RESICO. Uno de los principales requisitos es no exceder 3 millones 500 mil pesos de ingresos: Los contribuyentes personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades señaladas que realicen, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos. A continuación te compartimos la tabla con la cual los contribuyentes determinarán los pagos mensuales considerando el total de sus ingresos, siempre amparando con comprobantes fiscales, sin incluir el IVA y sin aplicar alguna deducción: Monto de ingresos amparados por comprobantes fiscales efectivamente cobrados sin IVA    Tasa aplicable Hasta 25,000    1.00% Hasta 50,000    1.10% Hasta 83,333.33    1.50% Hasta 208,333.33   2.00% Hasta 3,500,000   2.50% También debes recordar qué actividades económicas se consideran para la declaración RESICO: Actividades empresariales y profesionales Régimen de Incorporación Fiscal Uso o goce de bienes inmuebles (arrendamientos) Actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras o Silvícolas ¿Cuándo se presenta? Es importante que recuerdes que una de las características principales del régimen RESICO es la no deducción de gastos, de ningún tipo. También debes recordar que si tus ingresos superan el monto de 3.5 millones de pesos anuales en cualquier momento del año de tributación o no cumplas con las obligaciones para permanencia dentro del RESICO, dejarás de tributar dentro del mismo. Esto te obligará a pagar el impuesto respectivo en conformidad con las disposiciones aplicables a partir del mes siguiente de la fecha. La declaración RESICO se presenta de forma mensual a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquel que corresponde el pago o a más tardar, considerando el 6to dígito numérico de la clave de RFC acorde al artículo 5.1: 1 y 2 día 17 más un día hábil 3 y 4 día 17 más dos días hábiles 5 y 6 día 17 más tres días hábiles 7 y 8 día 17 más cuatro días hábiles 9 y 0 día 17 más cinco días hábiles Es importante mencionar que los impuestos a declarar en RESICO serán calculados de forma automática por el SAT, por lo que ayuda a la simplificación de dicha declaración. Cómo hacer la declaración RESICO Se puede realizar la declaración RESICO en línea dentro del sitio web del SAT. Es importante mencionar que la declaración de ISR estará previamente llenada con la información de los comprobantes fiscales de tipo ingreso que fueron emitidos para las personas físicas durante el periodo dado.  También es importante mencionar que la declaración del IVA también estará prellenada con la información de los comprobantes fiscales de tipo ingreso y egreso emitidos y recibidos por las personas físicas durante el periodo dado. Sigue las siguientes instrucciones: Entra al SAT dentro del apartado de RESICO Da clic en el botón de iniciar Ingresa el RFC, contraseña o e.firma Llena los datos solicitados en la declaración Envía la declaración Obtén el acuse de recibo de la declaración Conclusión El Régimen Simplificado de Confianza es “una simplificación administrativa para que el pago de impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz”. Está dirigido para contribuyentes que perciban ingresos anuales menores a 3.5 millones de pesos mexicanos facturados. La declaración RESICO contemplaba las declaraciones de ISR y las declaraciones de IVA. El SAT dentro de su formato de declaración RESICO llenará de forma automática los impuestos a declarar.
La expedición de una factura electrónica en México debe incorporar información para que el SAT reconozca su validez. Los datos más importantes son el RFC, domicilio del emisor, CSD con número de serie, descripción, código del bien o servicio adquirido así como la unidad de medida. También se considera el uso del CFDI, dato obligatorio que se debe introducir desde la versión 3.3. A partir del 1 de enero, el SAT confirmó que a partir de la publicación de la Segunda Resolución de Modificaciones de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, la versión 3.3 era reemplazada por la 4.0, que prevé la eliminación del CFDI por definir.  Dentro del catálogo de la versión 3.3 se prevé la clave P01-Por definir. Ésta es usada cuando el receptor aún no tiene definido el uso dado a ese comprobante fiscal. Según las Modificaciones, hay un periodo de convivencia entre la versión 3.3 y la 4.0, siendo el 30 de junio de 2022 el día límite para el uso de la 3.3. Sin embargo, durante el mes de junio de 2022 se informó que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2022. ¿Qué conlleva este cambio? ¿Cómo afectará las expediciones de CFDI en el futuro? Continúa leyendo para saber más. "CFDI Por definir" El 1ro de enero de 2022 entró en vigor el uso de la versión CFDI 4.0. Aunque las autoridades fiscales dieron un periodo de convivencia con la versión 3.3, es importante que sepas que a partir del 30 de junio de 2022, tendrás que usar la versión 4.0 y con ella, dejar atrás la clave de uso P01 Por definir. Esto con base en la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022. La clave de uso del CFDI por definir se empleaba cuando el emisor expedía un CFDI y en ese momento el mismo no tiene definido el uso que le dará a ese comprobante. Los cambios más sustanciales de la nueva versión contra la anterior es que también se reconfiguró el catálogo de uso de comprobantes. A partir del 31 de diciembre de 2022 y acorde a la reforma del Código Fiscal de la Federación para 2022, dentro del artículo 29-A, fracción IV,  los emisores que expidan CFDI deberán indicar el uso fiscal que el receptor le dará al comprobante fiscal, dando por terminado el uso del CFDI por definir. ¿Qué debe hacerse sin el uso del CFDI por definir? Como bien sabes, deberás indicar la clave del uso fiscal que el receptor de tu CFDI le dará. Por ello, uno de los requisitos para la versión 4.0 es establecer si se le dará un uso distinto al que se expidió. En caso de serlo, deberás cancelar el CFDI 4.0 y emitir uno nuevo.  ¿Qué claves de uso se usarán para el CFDI versión 4.0? A continuación te compartimos las claves de uso que existen dentro del catálogo para la expedición de la versión 4.0 del CFDI. Esto en relación con la fracción III de la regla 2.7.1.29 de la RMISC 2022. CPO1 Pagos CN01 Nómina G01 Gastos en general Se usa cuando no se localice en ninguno de los otros conceptos el uso del CFDI G02 Devoluciones, descuentos o bonificaciones Son las devoluciones, descuentos y bonificaciones G03 Gastos generales D01 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios Este será usado como lo menciona la descripción, excluyendo medicamentos D02 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios D02 Gastos médicos por incapacidad o discapacidad Es válido en la compra o alquiler de aparatos para rehabilitación de pacientes derivados de incapacidades. Se contempla dentro del artículo 477 de la Ley Federal del Trabajo. D03 Gastos funerales D04 Donativos D05 Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios (casa habitación) Si el emisor cuenta con un crédito hipotecario, bancario o del INFONAVIT o mixto, con este código se debe emitir una factura para la declaración anual. D06 Aportaciones voluntarias al SAR Este uso aplica cuando realices aportaciones a tu cuenta del retiro SAR  D07 Primas por seguros de gastos médicos D08 Gastos de transportación escolar obligatoria D09 Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones Cuando se realizan deducciones por aportaciones para el retiro en otros instrumentos de inversión o institución distinto al SAR que estén regulados bajo LISR  dentro de los artículos 176, fracc. V, LISR; artículo 224-A, artículo 231-A y artículo 231-B, RLISR. D10 Pagos por servicios educativos (colegiaturas) I01 Construcciones I02 Mobiliario y equipo de oficina por inversiones I03 Equipo de transporte I04 Equipo de cómputo y accesorios I05 Dados, troqueles, moldes, matrices y herramental I06 Comunicaciones telefónicas I07 Comunicaciones satelitales I08 Otra maquinaria y equipo Conclusión Ahora ya lo sabes, tienes hasta el 31 de diciembre de 2022 para migrar hacia el CFDI 4.0 y dejar atrás la versión 3.3. Con ello, ya no será posible usar la clave de uso P01-Por definir. Si tienes dudas sobre cómo este cambio impactará en tus operaciones y expediciones de CFDI, acércate a un experto en temas fiscales como Consolidé. Estamos listos para ayudarte.
Cuando un colaborador recibe su recibo de nómina, el departamento encargado del cálculo de la nómina realiza un proceso llamado timbrado de nómina. Este proceso es un aviso al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre la información que contiene dicho recibo y tiene mucha importancia ante las declaraciones fiscales de la empresa. Hoy te detallaremos todo lo que necesitas saber sobre el timbrado de nómina y su importancia en la administración y cálculo de la misma. ¿Qué es el timbrado de nómina? El timbrado de nómina es el procedimiento de notificación al SAT sobre toda la información dentro de la nómina o un recibo de nómina. Es una certificación fiscal digital dentro del recibo. Fue aplicado por primera vez el 1ro de enero de 2014 y a partir de esa fecha, los patrones quedaron obligados a expedir y entregar los recibos de nómina con las mismas características que un CFDI. ¿Por qué su importancia? El timbrado de nómina permite que ante el SAT, el recibo de nómina tenga validez oficial porque su información fue verificada. El SAT debe conocer y ser notificado de cualquier pago que sea realizado por parte de una empresa por conceptos de sueldos, servicios prestados o finiquitos. Para ello, todos los recibos de nómina deberán llevar un proceso por parte del PAC o Proveedor Autorizado de Certificación, haciendo esto que el recibo sea válido ante el SAT. ¿Hay fecha límite para realizar el timbrado de nómina? Sí, las empresas deben realizar el timbrado de los recibos de nómina en un periodo de 3 días después de la fecha de pago. En caso de no hacerlo, este gasto para la empresa no podrá ser deducido de las declaraciones fiscales. El timbrado de nómina es un proceso que puede llevar tiempo en los departamentos. Para ello las organizaciones pueden hacer uso de la maquila de nómina o administración de cálculo de la nómina. ¿Qué es un recibo de nómina? El recibo de nómina es el documento que demuestra el pago de salario y prestaciones por parte de un patrón a un colaborador por sus servicios laborales. Estos documentos son personales. Un recibo de nómina adquiere la validez cuando el colaborador firma dicho documento y de esta forma comprueba que el patrón realizó el pago correspondiente. También con su firma avala que está conforme con el pago del sueldo. Requisitos del timbrado de nómina El timbrado de nómina tiene determinados requisitos para poder ser realizado. En primer lugar, tanto el cálculo y pago de nómina deben de estar alineados a los requisitos de: Ley Federal del Trabajo Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social Código Fiscal de la Federación  Una vez que tengas esto en consideración, los requisitos para el timbrado de nómina son: Cumplir con todos los requisitos del CFDI Firma electrónica avanzada - FIEL Trámite y registro al Certificado del Sello Digital (CSD) Un proveedor autorizado de certificación - PAC Conclusión La administración de nómina es un proceso esencial dentro de cualquier organización. Asegura que todos los colaboradores reciban el pago de su salario en tiempo y en forma. Para el pago del salario, las empresas deben expedir los recibos de nómina y asegurarse que se realice el timbrado de la nómina. El recibo de nómina es un documento de gran importancia ya que sirve como prueba de pago pero también contiene toda la información relacionada con el salario del empleado. Por este motivo, es fundamental que el departamento de nóminas lleve a cabo el proceso de timbrado de nóminas correctamente. Para un correcto timbrado de nómina y un cálculo efectivo de la misma, ten un aliado estratégico como Consolidé. Contamos con expertos en el área fiscal y recursos humanos que te ayudarán a cumplir con tus obligaciones ante las autoridades y al mismo tiempo, cuidar tu negocio.
La Participación de los Trabajadores en el Reparto de Utilidades, mejor conocido como PTU o reparto de utilidades sucede todos los años. En México es un incentivo que se da a los colaboradores para estimular su productividad y es una obligación por parte de los patrones. La figura del reparto de utilidades es bastante conocida entre los patrones y los departamentos de RRHH. Sin embargo, la Reforma del Outsourcing también trajo cambios en la PTU. A continuación te contaremos todo lo que necesitas saber sobre el PTU así como los cambios al artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo y su adición en la sección VIII.  ¿Qué es el PTU? La participación del trabajador en las utilidades de una empresa se conoce como PTU o Participación de los Trabajadores en las Utilidades. Esta prestación está establecida dentro del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos así como en la Ley Federal del Trabajo en los artículos 120 y 123. Dentro del artículo 120 de la LFT se contempla lo siguiente: El Porcentaje fijado por la Comisión constituye la participación que corresponderá a los trabajadores en las utilidades de cada empresa. Para los efectos de esta Ley, se considera utilidad en cada empresa la renta gravable, de conformidad con las normas de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Y dentro de la LFT en el artículo 123 se contempla lo siguiente: La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se repartirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año. La PTU es una obligación por parte del patrón a todos sus colaboradores. Por ende es un derecho de los trabajadores. Todo colaborador que preste servicios o un trabajo subordinado y reciba un salario a cambio, tiene derecho a recibir el reparto de utilidades. Por ende, los patrones deberán de entregar una copia de la declaración anual dentro de los primeros 10 días contados a partir de la fecha de la presentación de ésta. Es importante mencionar que todos los contribuyentes deben incluir dentro de su declaración anual el monto del PTU o Participación a los Trabajadores en las Utilidades. Cambios al PTU con la Reforma Laboral Para el ejercicio de 2021, se deben de considerar distintos aspectos con respecto al PTU esto acorde a las reformas realizadas a la Ley Federal del Trabajo en 23 de abril del año pasado. Antes, los colaboradores podían recibir hasta un 90% menos de utilidades, unos tres o cinco días de salario. Ahora con la Reforma, el pago promedio del PTU subirá a 57 días o aproximadamente tres meses de salario. Este cambio fue reflejado dentro del artículo 127 de la LFT con la nueva adición de la fracción VIII: “El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable para el trabajador” PTU en 2021 y 2022 La declaración anual de impuestos debe ser presentada por las empresas y personas morales a más tardar en marzo. Por su lado, las personas físicas deberán presentarla en abril. Y el reparto de utilidades deberá de ser pagado a más tardar 60 días después, durante los meses de mayo y junio, respectivamente. Cálculo del PTU A partir del ejercicio 2021,  la adición de la fracción VIII al artículo 127 de la LFT se debe considerar. Ésta establece que el monto del PTU tendrá cómo máximo tres meses de salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años. Esto siempre en consideración al cálculo que le beneficie más al colaborador. Lo anterior significa que para el ejercicio de 2021, a pagar en 2022, el patrón deberá determinar el tope de la PTU de forma individual. Si resulta mayor el cálculo, a lo establecido dentro de la fracción VIII, el colaborador tiene derecho a recibir la cantidad determinada conforme a la tradicional del artículo 123 de la misma ley. El PTU representa el 10% de las utilidades netas, dentro de la mitad de dichas utilidades, se determinan los días trabajados. La segunda mitad considera el monto de los salarios percibidos por los colaboradores. En pocas palabras: Se considera el monto de la utilidad de la empresa dentro del ejercicio fiscal pasado: número de trabajadores, sueldo, tiempo laboral de cada colaborador durante el año. El salario se considera efectivo por cuota diaria, en caso de que el pago sea variable, se toma en consideración el salario promedio de las percepciones que fueron obtenidas en el año. No se consideran los ingresos como primas, tiempo extra o gratificaciones. Plazos para pagar el PTU: ¿Cuándo se paga? En 2022, las empresas están obligadas a repartir las utilidades del 2021.  El pago del PTU deberá hacerse dentro de los 60 días desp ués de la fecha en la que deba pagarse el impuesto anual y presentarse la declaración anual: Empresas: 31 de marzo Personas físicas: 30 de abril Por ende, el periodo de plazo para el pago del PTU es: Empresas: del 1ro de abril al 30 de mayo Personas físicas: del 1 de mayo al 29 de junio ¿Cómo se paga el PTU? El pago de utilidades se puede dividir en dos partes. Primera parte: Se reparte por igual entre todos los trabajadores considerando el número de días trabajados Segunda parte: Se divide proporcionalmente con base al salario percibido por el trabajador durante el año ¿Qué pasa si no se paga el PTU? El patrón o empresas que no paguen el PTU a sus trabajadores pueden tener una multa entre los $22,405 a $448,100 pesos mexicanos. Esto en consideración al artículo 994 de la LFT que dicta la multa equivalente de 250 a 5000 veces el salario mínimo general calculado actualmente en UMAs. ¿Quiénes tienen derecho a recibir el pago de las utilidades? Todo colaborador que ofrezca un servicio a un patrón y por dicho servicio o trabajo reciba un sueldo, podrá recibir su reparto de utilidades. A la par, las siguientes figuras también tendrán que recibirlo: Trabajadores eventuales: Cuando su periodo laboral haya sido por lo menos de 60 días durante el año Madres y padres en periodos de incapacidad temporal Ex empleados que hayan trabajado durante el año fiscal anterior en un plazo mínimo de 60 días ¿Quiénes no tienen derecho? Todos los colaboradores de una empresa tienen derecho a recibir su participación en las utilidades salvo los siguientes casos: Directores Administradores Gerentes generales Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días Socios Accionistas Profesionistas que presten servicios independientes Colaboradores que trabajen bajo esquema de pago de honorarios Profesionistas que estén como asimilados a salarios Trabajadores domésticos Empresas no obligadas a pagar el PTU en México En México, cuando una empresa ha reportado pérdidas, no está obligada a pagar la PTU. También aquellas empresas que no tengan utilidades fiscales así como: IMSS Instituciones públicas descentralizadas Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro Empresas de nueva creación durante su primer año de operaciones Empresas de nueva creación que elaboren un producto nuevo están exentas durante dos años Empresas de industrias extractivas de nueva creación durante su periodo de exploración Empresas que hayan fusionado o cambiado su nombre o razón social Empresas que hayan tenido un ingreso anual declarado al ISR no superior a 300,000 pesos mexicanos Conclusión El reparto de utilidades es una prestación que el patrón debe pagar a sus empleados en México, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos establecidos por la ley. El más importante es haber trabajado para la empresa por lo menos 60 días durante el año. El monto a recibir por el empleado como PTU no puede exceder de tres meses de salario o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, lo que sea más favorable para el empleado. La PTU debe ser pagada a más tardar 60 días después del final del año fiscal, durante los meses de mayo y junio, respectivamente. Si tienes dudas de cómo pagar el reparto de utilidades, acércate a un aliado estratégico como Consolidé.
Las personas físicas o morales que quisieron permanecer bajo el RIF tuvieron hasta el 31 de enero de 2022 para dar su aviso de permanencia. Aquellas que prefirieron o que no dieron el aviso correspondiente, pasaron de forma automática al Régimen Simplificado de Confianza RESICO. Pero, ¿cómo funciona el RESICO para personas morales? En este artículo aprenderás todo sobre el régimen RESICO para las personas morales, cómo funciona, sus beneficios y las diferencias de RESICO para personas físicas. Régimen RESICO El Régimen Simplificado de Confianza RESICO simplifica distintos procesos tributarios y su objetivo es obtener tasas más bajas de impuestos para los que tributan. Esto sucedió el pasado 27 de diciembre cuando fue publicada la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2022 en el DOF, donde se adicionó el capítulo 3.13. De acuerdo con el SAT, el RESICO es: “Simplificación administrativa para que le pago de impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz” Según las autoridades correspondientes, RESICO ofrece un cálculo más rápido y un pago más justo del ISR. Si no realizaste tu aviso de permanencia en el RIF antes del 31 de enero de 2022, la autoridad fiscal realizó ya la actualización a RESICO. RESICO para personas físicas El RESICO para las personas físicas no es obligatorio, pero sí lo es para las personas morales. Las personas físicas obtienen la ventaja de que las tasas de ISR oscilan entre el 1% y el 2.5%. ¿Cómo se maneja el RESICO para las personas morales? Según las autoridades, el RESICO para las personas morales establece que éstas deberán pagar el impuesto a partir de su utilidad fiscal o su flujo de efectivo menos las erogaciones realizadas efectivamente. Por ello, es importante que pongas atención a la expedición de los CFDI. Es importante mencionar que para las personas morales que estén constituidas por personas físicas con ingresos totales de hasta 35 millones de pesos, sí es obligatorio el RESICO. Esto también es válido para las personas morales con menos de un año de operación pero que sus ingresos totales no superen los 35 millones de pesos. Cálculo de la utilidad fiscal El pago del ISR de RESICO para personas morales se calcula con base al flujo de efectivo o el total de los ingresos efectivamente percibidos menos las erogaciones efectivas pagadas.  Acumulación de ingresos Cualquier ingreso considerado acumulable se considera así desde el momento que son efectivamente percibidos por la persona moral, ya sea mediante efectivo o bienes y servicios. ¿Se modifica el IVA? No, dentro del RESICO para personas morales el pago de IVA no considera una mecánica de pago distinta. Dicho impuesto se sigue calculando de acuerdo a la Ley del IVA. Pagos provisionales Las personas morales bajo RESICO tendrán que pagar el impuesto resultante sobre su utilidad fiscal del mes anterior a más tardar el día 17 de cada mes. Esto bajo la tasa de ISR del 30% acorde al artículo 9 de la Ley de ISR. Deducciones autorizadas de RESICO para personas morales Las deducciones autorizadas de RESICO para personas morales podrán ser: Aportaciones entregadas para las reservas de los fondos de pensiones y jubilaciones del personal así como primas de antigüedad en términos de la Ley del ISR Adquisiciones de mercancías y materias primas Cuotas pagadas al IMSS por parte de los patrones Descuentos o bonificaciones realizadas  Devoluciones que se reciban Gastos netos de descuentos, bonificaciones o devoluciones Intereses pagados, derivados de la actividad sin ajustes Inversiones Obligaciones fiscales de las personas morales bajo RESICO Las obligaciones fiscales de las personas morales bajo RESICO, además de las ya establecidas en la Ley del ISR y disposiciones fiscales son: Contabilidad empresarial en conformidad con el Código Fiscal de la Federación Expedición y entrega de CFDI de ingresos, gastos e inversiones Declaración Anual Informar sobre préstamos y aumentos de capital Formulación de estados financieros Levantar inventarios Presentación de saldos insolutos de préstamos al 31 de diciembre, del ejercicio anterior de su presentación Proporcionar los CFDI que señalen el ISR retenido Registro de operaciones efectuadas con títulos de valor La Declaración Anual para RESICO personas físicas ya no es necesaria.   ¿Quiénes no pueden tributar en RESICO para personas morales? Aquellos contribuyentes que no podrán tributar en el RESICO para personas morales son: Organizaciones que estén conformadas por socios o accionistas que participen en otras sociedades donde tengan el control Aquellos que tributan bajo el Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras Contribuyentes que sean instituciones de crédito Contribuyentes que sean instituciones de seguros Contribuyentes que sean instituciones de fianzas Contribuyentes que sean almacenes generales de depósito Contribuyentes que sean arrendadoras financieras Uniones de crédito Se realicen actividades a través de fideicomisos o asociación en participación Aquellos que tributen bajo el Régimen de Personas Morales con fines no lucrativos Sociedades cooperativas de producción   ¿Qué necesitas saber sobre el RESICO para las personas morales? Existen una serie de beneficios para aquellos contribuyentes que están bajo el RESICO para personas morales. Hay un esquema de deducción de inversiones a menor plazo El ISR ya no es calculado a partir del coeficiente de utilidad El ISR es calculado sobre los ingresos percibidos y erogaciones realizadas Es más fácil presentar las declaraciones provisionales y anuales Conclusión El Régimen Simplificado de Confianza para personas morales facilita un rápido cálculo y más justo del ISR. Las personas morales deberán pagar el impuesto de ISR a partir de su utilidad fiscal o flujo de efectivo menos las erogaciones realizadas efectivamente. Para tener una mejor administración y estar al día con el pago de impuestos ante el SAT y otras instituciones, acércate a un aliado de confianza como Consolidé.