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El pago oportuno de las cuotas obrero-patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una obligación por parte del patrón. Este pago es una aportación con el objetivo de conformar el patrimonio para el retiro, cesantía y vejez de los colaboradores. Dicho pago es realizado mediante el SIPARE o Sistema de Pagos Referenciados. El SIPARE es una herramienta que facilita el pago de las cuotas obrero-patronales y se usa desde el 1ro de julio de 2018. Es importante recalcar que el SIPARE elimina la necesidad de utilizar el disco de 3 ½ o USB para efectuar la transmisión del archivo de pago a los bancos al migrar a una línea de captura alfanumérica. En este artículo vamos a compartirte la importancia del SIPARE, una guía sencilla para entenderlo y cómo se obtiene. ¿Qué es el SIPARE? El SIPARE o Sistema de Pagos Referenciados es una herramienta del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que facilita a los patrones el pago de las cuotas obrero-patronales, RCV (Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez) e INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores). Es importante recalcar que el pago oportuno es una de las obligaciones patronales. La plataforma de SIPARE facilita la obtención de una línea de captura alfanumérica que permite el pago tanto en portales bancarios digitales como en ventanillas. Anteriormente se tenía que usar un disco 3 ½ o USB para realizar la transmisión de los archivos de pago en bancos. Las entidades receptoras que están autorizadas por el IMSS para el pago de SIPARE son: Afirme Citibanamex BanBajio Banca Mifel BBVA Banorte Banregio Bansi HSBC Inbursa Santander Scotiabank IntercamBanco Banco Multiva Banco Bancrea ¿Para qué sirve el SIPARE? El Sistema de Pagos Referenciados facilita a las empresas y patrones la obtención de una línea de captura alfanumérica para efectuar el pago de las cuotas obrero-patronales. Este sistema es confiable al validar los archivos de pago y permitir la consulta de las líneas de captura previamente pagadas. Usualmente los patrones aprovechan el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) del IMSS para generar las líneas de captura SIPARE. Otros beneficios del uso de SIPARE son: Consulta de líneas de captura vigentes, canceladas y pagadas Para seleccionar nuevos archivos SUA y así generar nuevas líneas de captura Validar archivos de pago válidos Consulta de aportaciones, amortizaciones de crédito y accesorios Facilita también el pago de las amortizaciones de créditos Aporta más seguridad y transparencia Simplifica el proceso de sustituir los archivos de pago en discos 3 ½ o USB Ahorra tiempo al departamento de RRHH para el cumplimiento de las obligaciones patronales Todo en un mismo lugar. Registro SIPARE El IMSS facilita a cualquier persona o entidad interesada en el SIPARE una guía de registro y uso del sistema. A continuación te detallaremos los pasos para dar de alta un nuevo usuario con registro patronal al Sistema de Pagos Referenciados: Ingresa al Portal de IMSS Seleccionar la opción de PATRONES O EMPRESAS Seleccionar “Servicios en Línea” y después seleccionar el botón de “SIPARE” Seleccionar el botón de “ENTRA A SIPARE” Si es la primera vez, tendrás que registrar un nuevo usuario (registro patronal), da clic en es opción Tienes dos opciones: la línea de captura que aparece en la propuesta de pago de la Emisión Bimestral enviada por el IMSS o archivo de pago .SUA Si seleccionaste la opción de archivo de pago, se abrirá una nueva ventana para la búsqueda del SUA, da clic en la opción de “Abrir” En caso de que no hayas seleccionado esta opción, no procederás con este paso Cargado el SUA, da clic en la opción de “Aceptar” Si el SUA es válido o la línea de captura es correcta, el SIPARE presentará los datos: Nombre o Razón Social, Registro Patronal y Dirección. No olvides digitar la cuenta de correo donde se recibirá la confirmación de alta al SIPARE al igual que la contraseña Da clic en la opción de “Aceptar” El SIPARE deberá de mostrarte un mensaje de “Usuario dado de alta exitosamente” Vuelve a la opción de “Inicio” Ingresa tu usuario y contraseña Da clic en “Aceptar” Guía de uso del SIPARE El objetivo principal del SIPARE es facilitar el pago de las cuotas obrero-patronales y ser un sistema de consulta y validación de las mismas. Su fin es que el patrón, de forma sencilla, pueda estar al día con sus obligaciones patronales ante el IMSS y por supuesto, evitar el pago de recargos y multas. Para ingresar al SIPARE tendrás que tener un usuario, contraseña y hacerlo desde el portal del IMSS. Justo como lo mostramos más arriba. ¿Cuándo debes pagar? Según la Ley del Seguro Social en su artículo 39, el pago de las cuotas obrero patronales deberán liquidarse en mensualidades vencidas, a más tardar el día 17 del mes siguiente. Si sucediera el caso de que el patrón no pueda realizar el pago en la fecha establecida tendrá que generar una nueva línea de captura desde el SUA. Para realizarlo deberá seleccionar la fecha de pago y el sistema de forma automática actualizará el nuevo monto a pagar, con sus recargos correspondientes. Es por ello que es tan importante contar con el apoyo y asesoría de aliados estratégicos en RRHH como Consolidé. Contamos con más de 29 años de experiencia en temas fiscales, legales y de seguridad social. ¿Cómo se obtiene la línea de captura en SIPARE? Para obtener la línea de captura alfanumérica deberás ingresar al portal del Sistema de Pagos Referenciados con tu usuario y contraseña. Escribe la línea de captura mostrada en la propuesta de pago de Emisión Bimestral enviada por el IMSS Descarga y revisa la propuesta de pago en “Consulta de línea de captura” Si no estás de acuerdo, podrás modificarla, aquí puedes seleccionar el archivo .SUA para corregir y generar un nueva línea de captura Genera el archivo de pago en SUA Obtén la nueva línea de captura para pagar tus cuotas Paga en cualquiera de los bancos antes mencionados o a través de sus portales bancarios digitales Conclusión El Sistema de Pagos Referenciados (SIPARE) es una herramienta del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que facilita a los patrones el pago de las cuotas obrero-patronales, RCV (Jubilación, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez) e INFONAVIT (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores). El pago oportuno de las aportaciones patronales es fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales y legales de la empresa, así como para evitar recargos y sanciones. Por ello, es importante contar con el apoyo de aliados estratégicos como Consolidé, nosotros podemos asesorarte para el correcto uso del SIPARE y el cumplimiento de tus obligaciones patronales ante el IMSS e INFONAVIT.
¿Qué sucede cuando los patrones no pueden pagar sus cuotas obrero-patronales? ¿Hay multas por el incumplimiento al pago de las cuotas obrero-patronales? En Consolidé te informamos sobre las consecuencias, multas y recargos que se pueden dar por el incumplimiento del pago de las cuotas obrero-patronales. Y sobre todo, ¿qué puedes hacer para solicitar un plazo más amplio? Pago de cuotas obrero-patronales Toda persona física o moral que paga un salario, tiene la obligación de inscribir a sus trabajadores ante el IMSS, desde el primer día de actividades. El patrón, tiene un plazo límite de hasta 5 días hábiles para presentar ante el IMSS el aviso correspondiente. Todo colaborador que labora en una empresa, debe recibir el pago de su salario máximo el día 17 de cada mes con su correspondiente CFDI de nómina. Dicho comprobante fiscal contempla los siguientes datos obligatorios: Nombre Razón social Denominación social Código postal del contribuyente a favor de quien se emite el CFDI Número de seguridad social Tipo de contrato Periodicidad de pago Salario base Salario diario integrado Número de días pagados Método de pago Concepto del pago Descuentos Y dentro del CFDI de nómina se contemplan los descuentos aplicados sobre la nómina que corresponderá para el pago de las aportaciones del colaborador ante el IMSS e INFONAVIT. En el caso del patrón, éste retendrá las cuotas del colaborador y los días 17 de cada mes deberá pagar las cuotas del colaborador más su aportación para conceptos de vivienda, retiro y salud. En caso de que el patrón de forma inoportuna no pague a tiempo las cuotas obrero-patronales, sólo va a poder descontar al trabajador hasta 4 cotizaciones semanales acumuladas, el resto quedan a cargo del patrón. El pago de las aportaciones del patrón están previstas dentro del artículo 38 de la Ley del Seguro Social, dentro del primer párrafo: Las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente. La obligación de determinar las cuotas deberá cumplirse aun en el supuesto de que no se realice el pago correspondiente dentro del plazo señalado en el párrafo anterior. Los capitales constitutivos tienen el carácter de definitivos al momento de notificarse y deben pagarse al Instituto, en los términos y plazos previstos en esta Ley. El IMSS en apoyo a los patrones, entregará una propuesta de cédula de determinación realizada por un Contador Público Autorizado (CPA). Dicha cédula contempla los movimientos afiliatorios comunicados por el mismo patrón al IMSS y comunica las aportaciones a realizar durante el periodo.   El Instituto podrá entregar de forma impresa o digital la cédula de determinación o por previa solicitud del patrón o representante legal. Para el pago con la cédula impresa, el patrón o representante deberá acudir a una oficina autorizada por el IMSS, caso contrario, podrá usar un software autorizado para dicho pago. En caso de solicitar o recibir la cédula de determinación y el patrón decide modificar los datos, se tienen que apegar a los lineamientos de la Ley del Seguro Social. ¿Implica multas? El incumplimiento o pago extemporáneo del pago de las cuotas obrero-patronales sí implica multas y recargos para el patrón. Existen dos casos, el primero es cuando el patrón paga de forma extemporánea y el segundo cuando el patrón no ha pagado y el IMSS notifica el requerimiento de pago, que es cuando existe la multa.  Cuando el patrón notifica que no puede pagar en tiempo, se procede de la siguiente forma: El patrón pagará una actualización de las cuotas obrero-patronales aplicando el factor que se obtiene de dividir el INPC del mes que se va a pagar entre el Índice Nacional de Precios Consumidor del mes que debió pagar Los recargos generados serán producto de multiplicar las cuotas obrero-patronales actualizadas por la suma de la tasa de recargos por mora, a partir del mes que debió pagar hasta el mes que se efectuará el pago El segundo caso que sí implica el pago de multas, es cuando el IMSS notifica el requerimiento de pago: Pago de una multa del 40% sobre las cuotas obrero-patronales La multa del 40% puede disminuir en un 20% si el patrón paga dentro de los primeros 15 días hábiles siguientes al día de la notificación El inicio del Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal (PAE) cuando las autoridades exigen el pago de los patrones que no fueron cubiertos, se hace un cobro adicional por gastos de ejecución Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal A continuación te compartimos las fases del Procedimiento Administrativo de Ejecución Fiscal: Mandamiento de ejecución Notificación del mandamiento de ejecución Requerimiento de pago Embargo Remoción de depositario Remate Adjudicación de bienes Aplicación del producto del remate Evita pérdidas, recargos y multas, consulta con los expertos. Cuotas obrero-patronales y aportaciones de vivienda El pasado 16 de diciembre de 2020, se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LSS y la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Éste decreto contempla el aumento gradual de las cuotas obrero patronales dentro de la Cesantía en Edad Avanzada y Vejez. Es importante mencionar que fue el 1ro de enero de 2023, cuando surtió efecto. Por otro lado, dentro del ramo de las contribuciones de la Seguridad Social, las cuotas obrero-patronales y las aportaciones de vivienda quedaron de la siguiente forma: Seguro y concepto Prestaciones Cuotas del patrón Cuotas del trabajador Total Base salarial Enfermedades y maternidad En especie Cuota fija por cada colaborador hasta por tres veces la UMA vigente 20.40% 0 20.40% Enfermedades y maternidad En especie Cuota adicional por la diferencia del SBC y de tres veces la UMA 1.10% 0.40% 1.50% Enfermedades y maternidad Gastos médicos para pensionados y beneficiarios 1.05% 0.375% 1.425% Enfermedades y maternidad En dinero 0.70% 0.25% 0.95% Guarderías y prestaciones sociales En especie 1% 0% 5% INFONAVIT Crédito de vivienda 5% 0% 5% Invalidez y vida En especie / En dinero 1.75% 0.625% 2.375% Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Retiro 2.00% 0% 2% Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez CEAV 3.150% 1.125% 4.275% Riesgos de trabajo En especie / En dinero Conforme a su siniestralidad laboral Conforme a su siniestralidad laboral 0% Prima que corresponda ¿Cuándo se paga? A continuación te compartimos el calendario de pagos de cuotas obrero-patronales: Mes Fecha límite de pago Cuotas a pagar Diciembre 2024 20 Enero de 2025 Mensual y bimestral Enero 2025 17 Febrero Mensual Febrero 2025 18 Marzo Mensual y bimestral Marzo 2025 17 Abril Mensual Abril 2025 19 Mayo Mensual y bimestral Mayo 2025 17 Junio Mensual Junio 2025 17 Julio Mensual y bimestral Julio 2025 18 Agosto Mensual Agosto 2025 17 Septiembre Mensual y bimestral Septiembre 2025 20 Octubre Mensual Octubre 2025 18 Noviembre Mensual y bimestral Noviembre 2025 17 Diciembre Mensual Diciembre 2025 19 Enero 2026 Mensual y bimestral IMSS e INFONAVIT: Antecedentes Como bien lo sabes, todo trabajador debe ser inscrito ante el IMSS en un plazo máximo de 5 días hábiles. La importancia de esta inscripción radica en que el Gobierno debe asegurarse que todo trabajador reciba una atención en salud digna así como seguridad social. Es por ello que en 1947 se fundó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), organización autónoma que brinda servicios de salud a la población y trabajadores. Más de 30 años más tarde, se funda el Instituto del Fondo Nacional de Vivienda, INFONAVIT, que apoya con créditos y facilidades para el derecho a una vivienda digna. Conclusión Evita multas y recargos por el incumplimiento del pago de las cuotas obrero-patronales, realiza un cálculo de nómina eficaz y sin errores con el apoyo de expertos en Consolidé. Contáctanos y descubre cómo puedes mejorar tus procesos administrativos sin descuidar lo que más te importa: tus operaciones.
Si eres dueño de una empresa o negocio, es necesario que presentes la prima de riesgo de trabajo ante el IMSS. También se le conoce como Determinación de la Prima del Seguro de Riesgos de Trabajo y es necesario hacerlo a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA).  En este artículo conocerás los pasos a seguir, cómo se calcula la prima de riesgo de trabajo y las fechas para completar dicho proceso. ¿Qué es la prima de riesgo de trabajo? La prima de riesgo de trabajo es un factor para determinar ciertos apartados de las cuotas patronales ante el IMSS como previsión que los patrones deben de tener ante cualquier posible accidente dentro del lugar de trabajo o durante la realización de las labores de los colaboradores. La prima de riesgo de trabajo es una responsabilidad para todas las empresas registradas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Y el objetivo de ésta es que se pueda revisar la siniestralidad dentro del lugar de trabajo y determinar si la prima permaneció igual, aumentó o disminuyó. Es importante mencionar que la prima de riesgo de trabajo variará de una organización a otra. Esto se debe a que el grado de peligrosidad de una empresa no será la misma que otra debido a la diferencia en sus actividades así como sus industrias. Cada año, durante febrero, se actualiza su valor y dicha actualización corresponde al año en curso. Por ejemplo, se presenta la prima de riesgo de trabajo de 2022, corresponde a los valores del 2022. Y dentro del mismo mes de febrero las empresas presentan la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo, que servirá para dictaminar si la empresa mantiene los valores o no. ¿Cuándo se presenta la prima de riesgo de trabajo? La prima de riesgo de trabajo se presenta durante el mes de febrero de cada año. Para este año, el plazo empieza a correr desde el 1ro de febrero hasta el 28. Si el patrón se registra por primera vez ante el IMSS o cambia de actividad, deberá de identificar la prima de riesgo de trabajo bajo la cual cotiza y dependerá de la industria en la que opere su organización.  ¿Cómo obtener la prima de riesgo de trabajo? Si el patrón se registra por primera vez ante el IMSS o cambia de actividad, deberá de identificar la prima de riesgo de trabajo bajo la cual cotizará y dependerá de la industria o actividades en la que opere su organización. Para ello, deberás conocer la clase de “Riesgo”. Esto está previsto en el artículo 196 del Reglamento de la Ley del Seguro Social: El patrón procederá a elegir el grupo al que pertenece su actividad y una vez definida ésta, buscará la prima media, basándose en el artículo 73 de la Ley del Seguro Social: "Al inscribirse por primera vez en el Instituto o al cambiar de actividad, las empresas cubrirán la prima media de la clase que conforme al Reglamento les corresponda, de acuerdo a la tabla siguiente: Prima Media En por cientos Clase I 0.54355 Clase II 1.13065 Clase III 2.59840 Clase IV 4.65325 Clase V 7.58875 Se aplicará igualmente lo dispuesto por este artículo cuando el cambio de actividad de la empresa se origine por una sentencia definitiva o por disposición de esta Ley o de un reglamento". ¿Cómo se calcula la prima de riesgo de trabajo? Una vez que como patrón hayas conocido tu actividad, la clase a la que perteneces y el porcentaje de la prima media mostrado más arriba, cotizarás acorde a ésta durante el primer ejercicio de tus actividades.  El cálculo de la prima de trabajo se obtiene sumando los días cotizados de todos los colaboradores de la organización durante el periodo de cómputo y después se divide el resultado entre 365. Dentro del artículo 72 de la Ley de Seguridad Social se define la fórmula para el cálculo de la prima de riesgos: Prima de Riesgos=[(S/365)+V*(I+D)]*(F/N)+M Los valores son: S = Total de días subsidiados por la incapacidad temporal V = 28 años, que equivalen al tiempo de vida activa de un individuo que no haya sido víctima de un accidente mortal o de una incapacidad permanente total I = Suma de los porcentajes de las incapacidades permanentes, parciales y totales, divididos entre 100 D = Número de defunciones F = 2.3, que es el factor de la prima N = Número de trabajadores promedio expuestos al riesgo M = 0.005 que es la Prima mínima de Riesgo Es importante aclarar que este cálculo se puede hacer a través del Sistema Único de Autodeterminación (SUA), presentar en internet a través del IDSE o presencialmente en la subdelegación que corresponda. ¿Quiénes deben presentar la prima de riesgo? Absolutamente todos los patrones que estén registrados ante el IMSS. Pero, si después del cálculo sabes que estás dentro de la prima mínima y tus colaboradores no sufrieron accidentes o enfermedades de trabajo durante el periodo del 1ro de enero al 31 de diciembre. También está el caso de tener menos de 10 trabajadores, entonces puede optar por presentar la determinación de prima y cubrir la prima media de tu clase.  Otra forma de saber si tienes que presentar prima de riesgo de trabajo es cuando ésta fue diferente al periodo anterior. Pasos para presentar la prima de riesgo ante el IMSS en el SUA A continuación te compartimos los pasos para presentar la prima de riesgo de trabajo ante el SUA: Genera la determinación usando el SUA Envía la determinación de la prima mediante el IDSE Ingresa tu e.firma o firma digital del número de identificación electrónica ¿Qué sucede si no se presenta, se hace de forma extemporánea o errónea la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo? Es importante mencionar que no es necesario presentar la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo si tu organización cuenta con la prima mínima. En caso contrario, continúa leyendo. Si el patrón no presenta la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo junto con la prima de riesgo de trabajo antes del 28 de febrero o en su caso debido a: Se hace de forma extemporánea Con datos falsos Con datos incompletos El patrón será sujeto a sanciones y multas. En estos casos puede ser entre el 20 y 210 veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA) con montos desde los $1792.4 hasta los $18,820.2 pesos mexicanos. Conclusión La prima de riesgo de trabajo ayuda a determinar ciertos apartados dentro de las cuotas patronales ante el IMSS. Es una forma de previsión que los patrones deben tener respecto a cualquier actividad que presente o pueda presentar un accidente dentro del lugar de trabajo o durante la gestión de la actividad del colaborador. La prima de riesgo de trabajo se presenta durante el mes de febrero y como límite es el 28 de ese mes. Algunos patrones deben presentar la Declaración Anual de Riesgos de Trabajo. Dependiendo de la actividad, algunos patrones no deberán presentarla cuando la prima de riesgo de trabajo es la mínima (0.5000). En Consolidé estamos para ayudarte en el cálculo de la prima de riesgo de trabajo y su presentación y declaración ante el SUA. Contáctanos para tener al día tus obligaciones ante el IMSS y dedicar más tiempo y esfuerzo a actividades clave de tu organización.
El Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) es una disposición para los patrones del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT). Mediante el SISUB, aquellas personas físicas y morales registradas en el REPSE, podrán dar a conocer informativas cuatrimestrales y cumplir con lo establecido en el artículo 29 de la Ley del Infonavit. Esto sucedió a raíz de la serie de reformas publicadas el 23 de abril, en referencia a la Reforma de Subcontratación. ¿Qué debes saber sobre el SISUB? En Consolidé te decimos todo lo que necesitas saber. ¿Qué es el SISUB? El SISUB o el Sistema de Información de Subcontratación es un medio electrónico cuya función es brindar apoyo a los patrones y empresas de servicios y obras especializadas, que cumplieron con el registro REPSE ante la STPS.  Las empresas con registro REPSE tendrán que presentar informes cuatrimestrales ante el Infonavit y en caso de contratar a alguna empresa de este tipo, solicitar el REPSE. Caso contrario, no se podrán ejecutar las actividades y la facturación será inválida ante el SAT. ¿Para qué sirve el SISUB? Su objetivo es que los patrones puedan cumplir con lo establecido en el artículo 29 Bis de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Hay que recordar que esta Ley también sufrió adecuaciones en referencia con la Reforma de Subcontratación. ¿Qué dice el artículo 29 Bis?: “Las personas físicas o morales que se encuentren registradas en términos del artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo para llevar a cabo la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas que no forman parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos, deberán proporcionar cuatrimestralmente a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, la información de los contratos celebrados en el cuatrimestre de que se trate”. De acuerdo al artículo 29 Bis, la información de los contratos celebrados: Datos generales Contratos de servicio Montos de las aportaciones y amortizaciones Información de los trabajadores Determinación del salario base de aportación Copia simple del registro emitido por la STPS Es muy importante mencionar que dicho artículo explica claramente que aunque directamente no seas una empresa de prestación de servicios o la ejecución de obras, si tienes un proveedor dentro de este ramo y éste no cumple con las disposiciones del Infonavit, te convertirás en responsable solidario. Sobre los informes cuatrimestrales del SISUB Como lo dicta la Ley y las nuevas adecuaciones, a más tardar los días 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, patrones y empresas de servicios de obras especializadas deberán enviar el informe cuatrimestral a través de la plataforma digital. En septiembre de este año, entre el 1 y el 7 de septiembre, las empresas bajo este régimen debieron de haber hecho el primer envío. A partir de este mes, en enero, mayo y septiembre durante los días 17, deberás presentar el informe.  Entonces, el siguiente informe cuatrimestral será el próximo 17 de enero de 2022. ¿Estás preparado? En caso de que no, comunícate con nuestros expertos en el SIROC. Información que se debe enviar en el SISUB Si estás dentro del REPSE, para cumplir con los informes cuatrimestrales deberás hacer lo siguiente: Entregar información de los sujetos obligados Información de los contratos Información de los trabajadores que estuvieron vinculados a los contratos mencionados Datos del beneficiario del servicio de esquema de subcontratación Presentarás la información de forma electrónica en el Portal Empresarial: 1_SISUB_Ley_29_bis_Sujeto obligado: Archivo en formato *.CSV • 1a_SISUB_ Ley_29_bis_Escritura Constitutiva en formato *.PDF • 2_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.CSV • 2B_SISUB_Ley_29_bis_Contratos: Archivo en formato *.PDF • 3_SISUB_Ley_29_bis_DetalleTrab: Archivo en formato *.CSV • 4_SISUB_Ley_29_bis_Registro emitido por STPS en formato *.PDF Asegúrate de usar los archivos de guía proporcionados en la Guía de usuario para el servicio Sistema de Información de Subcontratación (SISUB). Reglas establecidas por el Infonavit para presentar la información  Aunada a la información previamente descrita para el envío de los informes cuatrimestrales, las personas físicas o morales que estén bajo el REPSE tienen que cumplir las siguientes reglas: Deberá ser presentada por la persona física o moral que obtuvo el registro en la STPS En caso de que la persona que presentará el informe, cuente con más de un registro ante la STPS, se deberá enviar la información en un solo archivo Deberá declarar la información de todos archivos así como el número total de los trabajadores que durante el cuatrimestre prestaron servicios bajo el esquema de subcontratación La información presentada en el informe será del total de contratos activos de subcontratación por servicios especializados durante ese cuatrimestre El patrón recibirá un mensaje de que los archivos están siendo validados, terminado este período, recibirá la confirmación por correo electrónico para entrar al sistema y consultar el resultado de la validación ¿Qué sucede si no presento los informes cuatrimestrales del SISUB? Es muy importante que no pierdas la fecha para los informes cuatrimestrales. La consecuencia directa de no presentarlos es la cancelación del REPSE. Así, podrás perder la oportunidad de ejecutar las actividades de subcontratación en materia de obras especializadas.  Conclusión El SISUB es un medio electrónico que sirve de apoyo para los patrones registrados ante el REPSE. Se debe presentar 4 veces durante el año, siendo el mes de septiembre de 2021, el primer informe cuatrimestral solicitado.  Es muy importante no perder de vista todos los días 17 de los meses de enero, mayo y septiembre, ya que esta es la fecha límite para presentar el SISUB. En caso de no presentar tu informe cuatrimestral, podrías perder el registro REPSE y no operar, así como la invalidación de las facturas ante el SAT. En Consolidé somos expertos en el SIROC y podemos ayudarte a estar al día en trámites relacionados al SISUB. Contáctanos y conoce cómo vas a poder ahorrar recursos, evitar multas y estar al día con las instituciones correspondientes.
La Reforma a la Ley Federal del Trabajo en materia de subcontratación de personal u outsourcing detalló su prohibición salvo a la subcontratación de servicios especializados. Con los cambios expuestos en la Reforma, uno de los más importantes fue el de la sustitución patronal.  La sustitución patronal debe hacerse en todas las empresas que tercerizaban o tenían el formato de outsourcing previo a la Reforma. Esto nos indica que los patrones anteriores deberán trasladar a los colaboradores entre patrones, conversando sus derechos y absorbiendo la antigüedad así como los riesgos de trabajo. ¿Qué es la sustitución patronal? ¿Hay una fecha límite para realizarla? ¿Qué consideraciones debes de tomar en cuenta? En Consolidé te explicamos.  ¿Qué es una sustitución patronal? La sustitución patronal es cuando un nuevo empleador puede sustituir al anterior, pero la responsabilidad solidaria continuará. La obligación de cumplir con las obligaciones laborales y las prestaciones dura seis meses desde la fecha del cambio, siempre que se haya notificado al sindicato o a los trabajadores antes de que transcurra este plazo. El artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo expone:  “El patrón substituido será solidariamente responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo y de la Ley, nacidas antes de la fecha de la substitución, hasta por el término de seis meses; concluido éste, subsistirá únicamente la responsabilidad del nuevo patrón”.Artículo 41, Ley Federal del Trabajo ¿Cuándo se da una sustitución patronal? Una sustitución patronal se da cuando la empresa cambia de dueño o se sustituye a los empleadores. Mantiene la vigencia de los contratos de los colaboradores, así como sus derechos, antigüedad y riesgos de trabajo. ¿Qué dice la Ley del Seguro Social en materia de sustitución patronal? La Ley del Seguro Social, bajo el numeral 16 del reglamento de la Ley, en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, establece que la sustitución patronal debe ser comunicada ante el IMSS.  La sustitución patronal debe materializarse ante el IMSS mediante el Escritorio Virtual. El patrón deberá adjuntar el documento con el cual fueron notificados los colaboradores. Dicho documento deberá reconocer la antigüedad, derechos laborales y riesgos de trabajo. Reglas del IMSS para realizarla El Instituto Mexicano del Seguro Social expuso determinadas reglas, que fueron derivadas de la Reforma, para que el patrón anterior pueda llevar a cabo el proceso: Procedimiento simplificado para comunicar al Instituto la baja de los registros patronales, en relación al artículo 5 transitorio. Procedimiento simplificado para comunicar al Instituto la sustitución patronal, determinado en el transitorio del artículo 7. Por otro lado, para poder facilitar los convenios, la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), llevará a cabo mesas de trabajo especializadas. Aunado a lo anterior, la misma Junta compartió de manera pública un ejemplo de convenio para realizar la sustitución patronal.  Cabe recalcar que los convenios sólo serán firmados con cita previa ante la JFCA.  Photo by Campaign Creators on Unsplash. Licencia CC0 Requisitos para la firma de convenios ante la JFCA Original y copia de identificaciones del Secretario General del Sindicato así como de los representantes legales de la empresa sustituta y la sustituida Original y copia de cédulas profesionales Testimonios notariales de los representants legales Original o la copia certificada de la toma de nota vigente del sindicato Cartas poder a favor de personas que autoricen la ratificación Número de contrato colectivo de trabajo ante la JFCA Original del Convenio firmado por el Secretario General así como de los representantes legales Límite para realizar la sustitución patronal El día líimte para realizar el procedimiento de sustitución atronal será el 23 de julio del presente año.  ¿Qué necesito para realizarla? Para llevar a cabo una sustitución patronal en línea necesitarás: E-firma emitida por el SAT Escrito que comunique la sustitución patronal así como sus detalles Documento de notificación ante colaboradores Aviso de Inscripción Patronal o Modificación en su Registro Para realizar una sustitución patronal de forma presencial: Escrito que comunique la sustitución patronal así como sus detalles RFC Documento que acredite personalidad del patrón ya sea persona física o representante legal en caso de ser persona moral Identificación oficial vigente del patrón, si es persona física o del representante legal, si es persona moral CURP del patrón si es persona física, CURP del representante legal, si es persona moral Documento de notificación ante colaboradores Aviso de Modificación de empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo Aviso de Inscripción Patronal o la modificación de su registro  Conclusión El 24 de abril de este año entró en vigor el decreto por el cual se adicionan y derogan artículos de las leyes: Infonavit, CFF, LIVA, LISR, LFT y LSS. Uno de los cambios más importantes fue la sustitución patronal dentro del artículo 41 de la Ley Federal del Trabajo. Dicho cambio prevé que las empresas que se dedicaban a la subcontratación de personal tienen un plazo de 90 días naturales para transferir al patrón beneficiario a los colaboradores de una empresa en particular. En cualquier caso, los derechos laborales, prestaciones, antigüedad así como riesgos de trabajo serán respetados.  La fecha límite para realizar la sustitución patronal será el 23 de julio de 2021. Acércate a expertos en la materia y resuelve todas tus dudas. En Consolidé podemos apoyarte. 
La seguridad social es un derecho de todos los trabajadores mexicanos. Si existen irregularidades en la prestación de este derecho, los colaboradores pueden presentar reclamos ante el IMSS, denunciando a la empresa. ¿Qué puedes hacer como patrón para evitar este tipo de situaciones? Lo primero es conocer y cumplir con tus obligaciones ante el IMSS. En segundo lugar, es importante saber cuáles son los reclamos que tus colaboradores pueden efectuar. Con toda la información a la mano podrás realizar un plan para que tu empresa cumpla con lo establecido por la ley. Esto te ayudará a evitar que tus empleados presenten algún reclamo ante el IMSS. ¿Tu colaborador ha presentado una queja o denuncia ante el IMSS? El seguro social es un derecho humano. Los colaboradores tienen la posibilidad de presentar reclamos ante el IMSS en caso de un incumplimiento de prestaciones laborales. Esto para garantizar condiciones laborales dignas y dentro de la ley. Si uno de tus colaboradores ha presentado una queja, es posible que tu empresa enfrente una investigación y sea sujeta a una infracción. Esto queda estipulado dentro de los artículos 304 A y 304 B de la Ley del Seguro Social (LSS). Existen algunas excepciones para estas infracciones. Esto puede ser al regularizar la situación antes de recibir una notificación o requerimiento. También se desacredita la infracción si se demuestra el cumplimiento de las obligaciones. Escenarios posibles de quejas ante el IMSS Además de conocer cuáles son las obligaciones de tu empresa ante el IMSS, es importante saber los tipos de queja que pueden presentarse. Con esta información podrás regularizar cualquier situación que pueda estar incorrecta. A continuación encontrarás los distintos tipos de reclamos ante el IMSS que tus colaboradores podrían presentar. Cada una de ellas atiende al incumplimiento de las obligaciones como empleador. Dejó de pagar las aportaciones ante el IMSS La afiliación ante el instituto, tanto de la empresa como de los colaboradores, es una de las obligaciones que tu empresa tiene. Ello conlleva el pago de las aportaciones de acuerdo al salario base del trabajador. Si tu empresa deja de pagar esas aportaciones sin motivo alguno, y sin dar aviso al Instituto, será sujeta a una sanción. Esto puede significar actualizaciones, recargos y multas con respecto a los montos defraudados. Dependiendo de la gravedad del caso, puede existir una sanción de prisión por defraudación que va de los 3 meses a los 9 años. Reducción de salario En caso de existir una reducción al salario, el trabajador deberá firmar un acuerdo de reducción. El patrón tiene la obligación de informar estos cambios ante el IMSS. En el caso de que el trabajador no esté de acuerdo, la empresa tiene dos opciones: Continuar pagando el mismo salario Rescindir el contrato Si se finalizan las relaciones laborales, el trabajador tendrá derecho a la indemnización. Esta será proporcional al tiempo en que se prestaron los servicios. Los empleados que experimenten una reducción de salario, sin haber firmado un acuerdo, podrán presentar una queja ante el IMSS.  Separación del trabajo Las condiciones laborales han cambiado a raíz de la pandemia por Covid-19. Muchas empresas se han visto en la necesidad de despedir a sus empleados al no poder cubrir sus sueldos. Si tu empresa experimenta la necesidad de separar a sus colaboradores, es importante hacerlo dentro de los protocolos de la ley. Si un trabajador queda insatisfecho con el proceso de separación, podrá presentar una queja dentro de los siguientes dos meses. Para evitar este tipo de situaciones, lo mejor es dar aviso tanto al IMSS como a tus empleados acerca de las razones de la separación. Lo más importante es procurar la indemnización correspondiente establecida en la ley. No tengo prestaciones de Ley Las empresas están obligadas a brindar 12 prestaciones de ley a sus empleados: Aguinaldo. Vacaciones y prima vacacional. Prima dominical. Día de descanso semanal. Licencia por maternidad. Licencia por adopción. Licencia por paternidad. Periodo de lactancia. Prima de antigüedad. Utilidades. Renuncia. Despido. Si tus empleados no gozan de alguno de estos derechos, es posible que decidan presentar denuncias. Esto puede significar una enorme batalla legal para tu empresa, con costos muy elevados. Asegúrate de estar brindando todas las prestaciones estipuladas por la ley. Evita los problemas que representan los reclamos ante el IMSS. No paga mi seguro social Tu empresa debe brindar seguridad social a todos sus colaboradores. En el caso contrario, ellos pueden presentar una denuncia ante el Instituto que puede derivarse de estos tres escenarios: Esto puede derivarse de tres escenarios: La empresa no está afiliada, ni tiene afiliados a sus trabajadores. La empresa está afiliada pero no ha realizado nunca los pagos correspondientes. La empresa está afiliada, realizó aportaciones de forma regular y dejó de hacerlas. Para el IMSS, esto constituye un delito de defraudación que puede implicar hasta 9 años de prisión, dependiendo del monto defraudado. Estoy registrado con un salario menor Uno de los reclamos ante el IMSS más comunes es el registro de los trabajadores con un salario menor al real. Esto implica una serie de faltas administrativas, laborales y un delito fiscal, por ello se regula por el Código Penal Federal. Afiliar de forma incorrecta a los trabajadores puede implicar una sanción de entre tres meses y tres años de prisión. Además, los colaboradores tienen el derecho a solicitar una rescisión del contrato, junto con la indemnización correspondiente. Conclusión Los reclamos ante el IMSS ocurren cuando los patrones no brindan prestaciones de ley a sus colaboradores. Este es un derecho humano fundamental, por lo que el IMSS ofrece la posibilidad de levantar una queja o denuncia en caso de inconformidad. Cuando las empresas son denunciadas ante el IMSS, serán sujetas a una inspección. En caso de encontrar que están incumpliendo con sus obligaciones, deberán pagar multas, gastos administrativos e inclusive, ir a prisión. Evita que tu empresa tenga que lidiar con los reclamos ante el IMSS. En Consolidé contamos con las mejores soluciones para gestionar tu capital humano y sus prestaciones, de acuerdo a lo estipulado por la ley.
La terminación de relaciones laborales, es un momento delicado para cualquier empresa. En caso de existir un mal manejo de esta situación, pueden presentarse consecuencias que pongan en riesgo la integridad de la compañía. Cuando se trata de una terminación colectiva, hay algunas condiciones que es importante conocer. Para evitar cualquier complicación, lo primero es conocer a fondo la Ley Federal del Trabajo. Ya sea de forma individual, o colectiva, a continuación encontrarás todo lo que necesitas saber sobre la terminación de relaciones laborales. Descubre cuáles son los lineamientos para aplicarlos de forma adecuada. ¿Qué establece la Ley Federal del Trabajo? De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, la terminación de las relaciones laborales puede ocurrir, tanto de forma individual, como colectiva. En ambos casos, la ley especifica los motivos de la finalización de dicha relación. Los artículos que comprenden la información relativa a la terminación de relaciones laborales, son los 53 y 433, de la Ley Federal del Trabajo. Ahí se pueden encontrar, respectivamente, todas las especificaciones para lo individual y lo colectivo. Cada uno de los casos estipulados de terminación de relaciones, tiene características distintas, por lo que no pueden ser tratados de la misma forma. A continuación encontrarás la información detallada para cada uno de los casos. Terminación de la relación laboral de forma individual La terminación laboral individual, ocurre cuando el empleado manifiesta, ya sea una incapacidad, o una inconformidad de continuar trabajando. Si el empleador está de acuerdo con la situación, ocurre un común acuerdo. Esta es la causa más habitual para que ocurra dicha terminación de relaciones. Sin embargo, existen otros factores que pueden provocar una baja laboral: Muerte del trabajador Terminación del proyecto, término de la obra o del capital Incapacidad física o mental que inhabilita al trabajador Puedes consultar todas las especificaciones de la terminación individual dentro de los artículos 53, 54 y 55 de la Ley Federal del Trabajo. Características y pasos La terminación de relaciones laborales por mutuo consentimiento, ocurre de forma individual. Para ello, el trabajador debe manifestar su negativa a continuar prestando los servicios. Como resolución acepta el finiquito de sus prestaciones. Se trata de una formalidad, en donde se debe validar que ambas partes están de acuerdo y que estarán protegidos ante cualquier proceso posterior. Los pasos son los siguientes: Se obtiene una renuncia por escrito por parte del trabajador. Se deja una constancia de la entrega del finiquito equivalente a las prestaciones. Se realiza un convenio, ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, donde se establezca la liquidación. Esto se aplica únicamente en caso de ser necesario. El primer paso para iniciar este proceso debe de ser la renuncia unilateral por parte del trabajador. El único requisito para dar validez a este acto, es que el empleado manifieste, ya sea de forma verbal, o escrita, su intención de terminar la relación. Si la empresa no está de acuerdo con dicha situación, es posible proceder ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para llegar a un acuerdo en común. Terminación de la relación laboral de forma colectiva Ante la Ley Federal del Trabajo, la terminación colectiva de relaciones laborales ocurre cuando la empresa toma esta decisión. Esto sucede si la compañía se ve afectada por una circunstancia fuera de su control. Como consecuencia, el patrón debe terminar las relaciones laborales con más de un empleado. Esto viene establecido en los artículos 433 a 439 de la Ley Federal del Trabajo. Características y pasos Al tratarse del cierre de la empresa, la terminación de la relación laboral puede ocurrir en cualquiera de las siguiente situaciones: Cuando el empleado es incapaz, física o mentalmente, de desarrollar su trabajo. La muerte del empleado. La incapacidad económica de cubrir los sueldos y salarios. Cuando se agota la materia prima en la industria de la extracción. Para ello, se establece que la empresa deberá dar aviso de la terminación ante el Tribunal. Dicha instancia deberá otorgar la autorización para proceder. Los trabajadores tendrán derecho a una indemnización de tres meses de salario, así como una prima de antigüedad. Si se trata de una reducción de personal, deberá existir una preferencia a los trabajadores que llevan más tiempo laborando. Si la empresa llega a reanudar actividades, tendrá la obligación de ofrecer los puestos a los trabajadores, de acuerdo con el artículo 154. Foto de Pixabay en Pexels. Licencia CC0 Por su parte, cuando se trate de la implementación de procedimientos, tecnologías o maquinarias que ocasionen la reducción de personal, el patrón deberá tener autorización del Tribunal. En este caso de terminación de relaciones laborales, los empleados tendrán derecho a una indemnización equivalente a cuatro meses de salario. A esto se le suman veinte días por cada uno de los años de servicio, así como una prima de antigüedad. Conclusión La terminación de relaciones laborales puede ocurrir tanto de forma individual, como colectiva. La Ley Federal del Trabajo contempla las condiciones para que esto ocurra dentro de una normativa. Cuando se trata de un caso individual, debe ocurrir de forma mutua, después de un aviso de renuncia por parte del trabajador. En caso de ser colectivo, debe tratarse de una reducción de operaciones o, en dado caso, el cierre de la empresa. En Consolidé podemos ayudarte para mejorar la operatividad de tu departamento de recursos humanos. Nuestras herramientas facilitarán el manejo de las distintas áreas de tu empresa para mantenerla de acuerdo a la ley.
¿En qué casos concretos se debe presentar un dictamen IMSS? Patrones con 300 trabajadores promedio o más a su servicio en el ejercicio fiscal deben acatar esta obligación por medio de un Contador Público Autorizado. Dictamen voluntario si no cuentan con el promedio de trabajadores pero quieren diagnosticar el cumplimiento de sus obligaciones. Derivado de una visita domiciliaria, pueden dictaminar los últimos tres ejercicios previa autorización del IMSS, siempre y cuando no se haya iniciado la revisión documental respectiva. ¿En dónde y cuándo se deben presentar el aviso y el dictamen de IMSS? La primera obligación que se debe presentar  es el Aviso de Dictamen para efectos del Seguro Social,  además del aviso para dictaminarse, se tiene  la obligación de presentar el dictamen, ambas obligaciones se pueden presentar de 2 formas: la primera es de manera electrónica vía  portal IDSE y la segunda en el área de Auditoría a Patrones de la subdelegación del IMSS respectiva a su domicilio fiscal, en donde deben exhibir el formato “DICP-02, Aviso de dictamen para efectos del Seguro social”, firmado por el patrón o su representante legal y por el CPA responsable de la formulación del dictamen. Es muy importante que el CPA no elabore la revisión de las cargas patronales cuando: Sea el patrón, socio, asociado, director o intervenga en la administración de la empresa. Mantenga una relación conyugal o consanguinidad de la persona a revisar. Trabaje o lo hubiese hecho para el patrón o alguna empresa filial, subsidiariao vinculado económicamente con el patrón. Tenga un vínculo de negocios. Preste sus servicios al IMSS o a otra autoridad fiscal Se encuentre en una situación análoga a las anteriores que afecte su imparcialidad. De cumplir con este deber o hacerlo voluntariamente el patrón no es sujeto a visitas domiciliarias por el periodo revisado salvo situaciones como que el instituto detecte diferencias a cargo de la empresa sin ser pagadas, o inconsistencias en el dictamen. La implementación de cualquier recurso que simplifique la regularización con la autoridad debe ser tomada en cuenta por los patrones para el sano desempeño de las obligaciones patronales que dicta el Instituto Mexicano del Seguro Social. El IMSS tiene en proceso de evaluación, la implementación de una herramienta digital llamada Sistema de Dictamen Electrónico SIDEIMSS, que servirá en un futuro para presentar los dictámenes del IMSS sin tener que acudir a las oficinas del Instituto. Todo indica que para el año 2018  posiblemente podría estar en pleno funcionamiento y ser de uso obligatorio, siendo benéfica para todas las partes pues ahorrará tiempo y sobre todo se presume mejore la regularización.
¿Qué empresas se considerar con alto riesgo laboral? Los numerales 132, fracciones XVI y XVII y 475 Bis de la LFT determinan que los centros de trabajo deben: instalar y operar las fábricas, los talleres, las oficinas, los locales y los demás lugares en que deban ejecutarse las labores, de conformidad con las disposiciones previstas en el RFSST y las NOM’s de la materia con la finalidad de prevenir incidentes de trabajo, y adoptar las medidas preventivas y correctivas que establezca la autoridad competente, pues los patrones son responsables de brindar seguridad e higiene y de prevenir los siniestros laborales. Por su parte el dispositivo 7o. fracción X del RFSST señala que las compañías están constreñidas a proporcionar a los operarios los útiles de seguridad personal, de acuerdo con los peligros a que están expuestos. Es importante resaltar que si los subordinados inclumplieran con la obligación legal que les compete, con negativas a seguir las medidas preventivas y ejecutar los procedimientos de seguridad es causal de rescisión del vínculo del trabajo de acuerdo a la prevista en el numeral 47, fracción XII de la LFT. Una herramienta que ayuda a las empresas La STPS, en ejecución de sus atribuciones, desarrolló un módulo informático denominado Programa de Autogestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (PASST) que tiene como finalidad promover la cultura de la auto evaluación por medio de asesorías y orientación a las corporaciones en cuanto a la manera de cumplir la normatividad laboral y así reducir los incidentes derivados del trabajo. Este micro sitio se ubica en la siguiente dirección web: http://autogestion.stps.gob.mx:8162. Aquí compartimos los aspectos a cuidar por los patrones al proporcionar equipo de protección a su personal. Hablando específicamente de los implementos para la salvaguarda de la integridad física y mental de los subordinados la no acreditación u omisión de la presentación de las documentales que prueben el suministro da lugar a la imposición de una multa de 50 a 3,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) cuyo valor actual es el equivalente a 3 mil 652 pesos a 219 mil 120 pesos. Para las compañías que incumplan las normas de seguridad e higiene o las medidas tendientes a prevenir los riesgos de trabajo de acuerdo a la LFT, la cual va de 250 a 5,000 UMA, esto es en la actualidad el equivalente de 18 mil 260 a 365 mil 200 pesos (art. 994, fracc. V, LFT). Por lo expuesto es posible observar que el mecanismo electrónico creado por la STPS es una herramienta útil para la identificación de los productos que protegen la integridad física y mental de los subordinados porque ubica aquellos que sean idóneos según los puestos, las tareas y los peligros del personal de las empresas.
Las aportaciones patronales corresponden a la cantidad proporcional que brinda la empresa, hacia el fondo de ahorro para el retiro de los empleados. Este es uno de los derechos laborales más importantes en la actualidad. Cada cuota de estas aportaciones representa un egreso para la empresa. Durante el 2020, se propone un aumento en estas cifras con la finalidad de incrementar la cantidad y calidad de retiros para los trabajadores. El alza representaría un ajuste necesario para todas las empresas, de tal forma que cumplan con la normativa adecuadamente. A continuación, hablaremos respecto al impacto y repercusiones del aumento a las aportaciones patronales. Aportaciones patronales del IMSS en 2020 Las aportaciones patronales del IMSS son el principal objeto de la reforma propuesta para este 2020. Si se aprueba la iniciativa, los trabajadores podrán recibir una pensión más alta y con un menor tiempo de cotización. Esto se lograría incrementando las aportaciones patronales, de tal forma que sean proporcionales. Es una medida que atiende a las necesidades de los trabajadores frente a las actuales condiciones sanitarias en el mundo. Los cambios propuestos tienen un impacto en la Ley del Seguro Social de 1997, régimen que permite la operación de los fondos de ahorro para el retiro (Afores). Además, permite un reconocimiento de la trayectoria laboral de cada individuo. Así, se puede evaluar la necesidad tanto del trabajo formal, como del informal. Con ello se busca mejorar las condiciones de retiro de los trabajadores mexicanos. El incremento propuesto para las aportaciones patronales busca ejercerse paulatinamente, en un periodo de 8 años. Con ello, las empresas podrán ir adaptándose a las nuevas dinámicas para con el IMSS. Los cambios significarían un incremento de hasta el 40% de la cotización actual de cada trabajador. Traducido en una mejora significativa de la cantidad recibida durante el retiro. ¿Qué cambios sugieren? La propuesta de aumento a las aportaciones patronales contempla tres cambios sugeridos. Estas líneas de acción permiten incrementar la pensión y seguridad social de forma digna, facilitando los trámites y los tiempos de cotización requeridos. La aportación patronal se incrementará de 5.15% hasta llegar a 13.875%, en función del salario en veces de la unidad de medida y actualización (UMA) El incremento corresponderá a los empleadores, mientras que las cantidades del trabajador y el Gobierno permanecen iguales. Estas serán proporcionales a los ingresos de cada empleado. Con la segunda línea se estipula lograr la reducción en los requisitos de semanas de cotización. Hasta ahora, se requieren 24 años, es decir 1,250 semanas de cotización. Con la reforma se reduciría a 750 semanas, un total de 14 años. Finalmente, la tercera línea busca fortalecer la garantía en el incremento del valor en las pensiones. Con el programa se busca alcanzar, eventualmente, un incremento de hasta el 220% de los salarios base para cotizar la pensión. Aumento a aportaciones patronales El aumento a las aportaciones patronales, se traduce en un cambio significativo para las empresas. Los empleadores deberán hacerse cargo de este incremento, de forma paulatina, para cumplir con los lineamientos de la reforma propuesta. Sin embargo, las aportaciones del empleador y del Gobierno, permanecen en las mismas proporciones. La reforma no contempla cambios, por lo que los trabajadores aportarán el 1.125% y el Gobierno el 0.225%. Los esfuerzos para conseguir este aumento se encuentran tanto en el sector privado como el público. Los cambios se pensaron para proteger a las pymes, pues los apoyos del Gobierno estarán centrados en los trabajadores más vulnerables. ¿Cómo afectará el aumento de las aportaciones patronales? Si llegara a aprobarse esta reforma, los cambios también se relacionarán a las comisiones que cobran las Afores, permitiendo que los empleados gocen de una mejor pensión durante su retiro. La reforma busca incrementar la tasa de reemplazo de los trabajadores. De acuerdo con la OCDE, México posee la segunda peor tasa a nivel mundial. Esta iniciativa busca equilibrar el nivel de vida de los trabajadores mexicanos de aquí en adelante. Para algunas empresas, representa la necesidad de negociar los aumentos de salarios acordados con los sindicatos. De tal manera, se lograría un equilibrio más estable para que los empleadores puedan realizar las aportaciones patronales. Conclusión Para este 2020 se ha propuesto un incremento en las aportaciones patronales frente al IMSS, lo cual representaría un aumento significativo en las pensiones que reciben los mexicanos cuando se retiran. Con esta reforma se propone aumentar las cifras que aporta el patrón, así como disminuir la cantidad de semanas cotizadas, parte de un esfuerzo para mejorar la calidad de vida de los jubilados. En Consolidé contamos con los profesionales más aptos para atender las necesidades de tu empresa. Acércate a nosotros y disfruta de nuestra atención personalizada para asesorarte sobre los nuevos pronunciamientos de las autoridades correspondientes.