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Al hablar de responsabilidad social de inmediato nos hace pensar en el medio ambiente y en el compromiso que tenemos como individuos ante la sociedad. No estamos tan lejos de ello, en la actualidad las empresas se unen para ampliar la  responsabilidad social buscando también ser responsables en los aspectos empresariales, corporativos, financieros,  etc.,  con el objetivo de mejorar el medio ambiente y la protección de recursos naturales, el desarrollo sostenible, la salud de sus trabajadores y en general el bienestar social. En México alrededor de 1126 empresas son Empresas Socialmente Responsables[1], en ese sentido se han realizado estudios donde se demuestra que ante dos alternativas de compra se escoge en su mayoría aquella empresa que es socialmente responsable. En el aspecto financiero cuando constituíamos una empresa buscábamos siempre obtener utilidades a través de mayores ventas, mejores equipos o disminuyendo costos; sin embargo desde hace algunos años a nivel mundial existe un gran auge en material de la responsabilidad social,  por lo que dichas empresas han dejado atrás el pensamiento rígido de la obtención de ganancias, para poner un granito de arena para apoyar programas sociales y  ambientales. Ser una empresa responsable incluye como podemos observar aspectos sociales y  ambientales pero también finanzas sanas[2] ya que se adoptan alianzas y se diseñan estrategias, asimismo la tendencia mundial indica que cada vez son más las empresas que integran su informe anual y de contabilidad con el de sostenibilidad, ello por la necesidad de presentar informes que reporten el impacto ambiental y social conjuntamente con el desempeño financiero.[3] Ahora los dueños de las empresas buscan la sustentabilidad, concepto que va de la mano con la responsabilidad social y que los empresarios han vuelto una estrategia real de negocios, con beneficios económicos, sociales y ambientales. Y usted ¿tiene una empresa socialmente responsable? [1] https://www.distintivoesr.com/quien-tiene-el-distintivo-esr.php [2] https://expansion.mx/negocios/2014/12/16/las-10-empresas-mas-responsables-en-mexico [3] http://www.redalyc.org/html/2250/225022711004/
Uno de los factores más importantes en una empresa exitosa es la atracción y retención de talento. O en pocas palabras, personas capacitadas para el puesto de trabajo. Sin embargo, muchas de las empresas mexicanas no logran mantener a sus empleados contentos y motivados; requiere de tiempo y recursos lograr que ellos estén alineados con los objetivos de la empresa con “la camiseta bien puesta” Los directivos de las empresas consideran que el capital humano es el activo más valioso que puede tener una empresa, ya que ellos son la base para el desarrollo y productividad. Por lo tanto, el crecimiento dependerá de qué tanto entiendas a tu gente en cuanto a sus necesidades personales y laborales. Se ha comprobado que más de la mitad de las personas están inconformes con su clima de trabajo. Cabe recalcar que los factores que vuelven negativo un ambiente de trabajo pueden variar de empresa a empresa. Para solucionarlo y lograr la retención del talento, hemos recopilado varias acciones que pueden ayudar a tener una menor rotación del personal y los colaboradores se vuelvan promotores de la marca: Incentivos cuando superan las expectativas del proyecto o tarea asignada. Programas extracurriculares, como clases de inglés, talleres, certificaciones etc. Canales de comunicación efectivos, donde puedan aclarar dudas, así como practicar la misión, visión y valores de la empresa Horarios flexibles. El Balance Vida-Trabajo, es lo más solicitado por los colaboradores en las empresas. Planes de desarrollo y crecimiento laboral. Actividades de integración entre áreas. Mejora en el ambiente de trabajo. Aplicación de estrategias de endomarketing*, crear campañas de fidelización de colaboradores. Al enfocarnos en el bienestar de nuestros empleados, garantizamos la longevidad en sus puestos, por lo tanto ahorro en la atracción del talento, ya que contratar y capacitar genera varios costos. “La mejor forma de sacar lo mejor de una persona, es con el agradecimiento y con el aliento” Charles Schwab
En el ámbito de los impuestos, tenemos obligaciones fiscales primarias y secundarias. Centralmente de las primeras tenemos la más importante que es la de contribuir para los gastos públicos. Por su parte, en las secundarias nos encontramos con las “de hacer” “de no hacer” y “de tolerar”. Las obligaciones “de hacer” prácticamente nacen cuando emprendemos un negocio sea cual sea el tamaño o la actividad, ya que surgen diferentes obligaciones de carácter municipal, estatal y federal.  El aspecto fiscal en la actualidad ha tomado fuerza, por lo que las obligaciones que debemos cumplir ante el Servicio de Administración Tributaria al iniciar un negocio requiere de un mayor compromiso empresarial.  Finalmente no debemos perder de vista las obligaciones de “no hacer” que serían aquellos actos que no debemos realizar, por ejemplo evadir o eludir el pago de impuestos; así como las obligaciones de “tolerar” que se traduce en que debemos permitir, los actos de molestia o facultades de comprobación por parte de nuestras autoridades. Sigue leyendo para entender qué son las obligaciones fiscales y cómo deben priorizarse en la empresa. ¿Qué son las obligaciones fiscales? Las obligaciones fiscales son aquellas que resultan de la relación tributaria entre el Estado y el contribuyente. Estas se deben cumplir ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).  Como mencionamos al inicio, las responsabilidades fiscales pueden consistir en obligaciones de dar, hacer, no hacer o tolerar. El pago de impuestos es una de las principales entre las obligaciones de dar. Es la contribución obligatoria para fortalecer la economía del país. Además tenemos lo siguiente: En las obligaciones de hacer, el contribuyente presenta al Estado sus declaraciones de impuestos. En las obligaciones de no hacer, el contribuyente tiene prohibido por la ley determinadas conductas. Por ejemplo, considerar en su contabilidad comprobantes fiscales falsos. En las obligaciones de tolerar, el contribuyente permitirá que el Estado compruebe que se encuentra dando debido cumplimiento a sus obligaciones fiscales. A continuación detallamos las principales obligaciones fiscales de una empresa. Obligaciones fiscales de una empresa Estas son las obligaciones fiscales de una empresa: Inscripción al RFC El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es la base de datos del SAT al que deben inscribirse las empresas, a través de una cédula de identificación fiscal. Esto con el fin de poder distribuir un producto o servicio de forma legal.  El RFC es requerido en los siguientes supuestos: Cuando deban presentar declaraciones periódicas. Cuando estén obligadas a expedir comprobantes fiscales digitales por Internet por los actos o actividades que realicen o por los ingresos que perciban. Que hayan abierto una cuenta a su nombre en las entidades del sistema financiero o en las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo en las que reciban depósitos. Cuando realicen operaciones susceptibles de ser sujetas de contribuciones. El Servicio de Administración Tributaria establece los mecanismos de inscripción al registro federal de contribuyentes, atendiendo a las características del régimen de tributación del contribuyente. Actualización de la información del RFC Periódicamente debe actualizarse el RFC, a fin de mantener actualizada tu situación fiscal. Para ello, debes presentar los avisos correspondientes ingresando a la Sección de Trámites con tu RFC y Contraseña. Expedición de facturas electrónicas En orden, toda empresa debe expedir el Certificado de Sello Digital, para tener acceso a la generación de facturas electrónicas. Con ellas se informa a la autoridades fiscales de los ingresos obtenidos.  Las facturas electrónicas expedidas en cada transacción comercial, reflejan toda la información de operaciones de compraventa. Actualmente existe la versión de la factura digital CFDI 3.3, la cual te ayuda a reportar información importante, completa y correcta al SAT, evitando así multas o sanciones.  Llevar la contabilidad Algunos contribuyentes tienen obligación de llevar contabilidad de conformidad con las disposiciones fiscales que les sean aplicables. El Código Fiscal de la Federación y el Reglamento del Código Fiscal de la Federación disponen que la contabilidad está integrada por: Registros, asientos contables auxiliares, pólizas. Avisos o solicitudes de inscripción al registro federal de contribuyentes. Declaraciones anuales, informativas y de pagos provisionales, mensuales, bimestrales, trimestrales o definitivos. Estados de cuenta bancarios, conciliaciones de los depósitos y retiros. Acciones, partes sociales y títulos de crédito en los que sea parte el contribuyente. La documentación relacionada con la contratación de personas física que presten servicios personales subordinados, Documentación relativa a importaciones y exportaciones en materia aduanera o comercio exterior. Documentación e información de los registros de todas las operaciones, actos o actividades. Las demás declaraciones a que estén obligados en términos de las disposiciones fiscales aplicables. Presentación de Declaraciones Mensuales, Declaración Anual y Declaraciones Informativas Así como las facturas, las declaraciones mensuales y anuales de tus operaciones sirven para hacer seguimiento de tus ingresos y egresos. Llevar una contabilidad constante y sana, implica presentar la declaración mensual, anual e informativa, según sea el caso. Será el tipo de régimen que tengas el que determinará las obligaciones con Hacienda. El pago de impuestos por lo general se realiza a través de declaraciones mensuales y también anuales de IVA, ISR y retenciones.  Estas declaraciones se presentan en documentos digitales con firma electrónica avanzada, a través de los medios, formatos electrónicos, con la información y requisitos que señale el SAT; con la periodicidad y en las fechas que dispongan las leyes fiscales respectivas. Estado de posición financiera Con estos informes se refleja la situación financiera de tu empresa en un período de tiempo. En éste se debe levantar el inventario de existencias al 31 de diciembre de cada año; lo cual ayuda a la toma de decisiones.  Realizar la retención del ISR Dado que toda empresa cuenta con personal de trabajo formalizado, debe aplicar la retención del ISR al momento de emitir los pagos. En caso de presentarse a favor del empleado un subsidio, devolver el dinero en efectivo.  Calcular en la Declaración Anual del ISLR, la PTU Una vez teniendo un desarrollo administrativo de los egresos por nómina, la empresa ha de presentar la Declaración Anual del Impuesto sobre la Renta y la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU). Conclusión Gran parte de los trámites y pagos ante el SAT son más simples gracias a los recursos que el ente ofrece por medio de su portal. Sin embargo, para cumplir con tus obligaciones fiscales en tiempo y forma se requiere de mucho cuidado. México cuenta con alrededor de 43 leyes que regulan las actividades de las empresas. Cada una contiene una serie de reglamentos que se adaptan según las disposiciones de cada empresa, entre ellas, las que tienen por objetivo el cobro de impuestos que son: IVA e ISLR.  Ante la diversidad de compromisos diarios en el departamento de Recursos Humanos, la atención del personal se dispersa. Esto puede traer como consecuencia retrasos o errores en las operaciones administrativas y contables relacionadas al pago de impuestos. Para ello, Consolidé es la solución. Agilizar el cumplimento fiscal y de Recurso Humano con el cálculo de nómina es posible. Tener una empresa exitosa implica más que un producto o servicio de calidad. La adecuada administración y disposición de recursos financieros suficientes es fundamental.  Pero más allá de eso, cumplir con tus obligaciones fiscales evitará que tu empresa incurra en multas o sanciones. Libera a tu equipo de Recursos Humanos de estas tareas administrativas con el mejor aliado: Consolidé. Contáctanos.
Hoy en día, es común que las empresas enfoquen sus esfuerzos de marketing sólo en técnicas “clásicas”, enfocadas a la comercialización de productos y servicios, sobre todo cuando su marca ha logrado establecerse y alcanzar sus objetivos base; pocas de ellas vislumbran nuevas opciones de expansión incluyendo la delimitación de una estrategia digital orientada a resultados de negocios, limitándose a estudiar el comportamiento de los mercados y de los consumidores. Por lo anterior, un camino viable para explorar nuevas alternativas de gestión comercial es el endomarketing, pero: ¿Qué es el endomarketing? En términos prácticos, este recurso consiste en ejercer acciones de marketing al interior de nuestra empresa, con la finalidad de potenciar la colaboración de todas las áreas funcionales de la organización en pro de un mismo objetivo: el “core business” de la empresa, consiguiendo con ello la participación de los trabajadores. Juan Merodio, consultor de marketing, menciona en su artículo sobre endomarketing, que la motivación y la mejora de productividad trae consigo clientes satisfechos. Esto conlleva visualizar a los colaboradores como nuestro cliente, a la empresa como producto, a la comunicación interna como la técnica de venta y al equipo directivo como la fuerza de ventas. ¿Cómo incluyo a los trabajadores en mi estrategia? Mediante la capacitación constante y reforzamiento de valores y servicios de la empresa. Compartir periódicamente los resultados de la empresa con los empleados, haciéndolos partícipes en la generación de propuestas. Trabajar en conjunto con el área de comunicación interna de la empresa para promover la comunicación cruzada, sin organigramas. Impulsar grupos de debate, donde los empleados compartirán ideas, experiencias y quizá comentarios de la percepción de la empresa con sus conocidos. Motivar a los empleados a que compartan las publicaciones de la empresa en sus diferentes redes sociales, medios, o bien “de boca en boca”. Sea cual sea la vía elegida para emitir el mensaje. Convertirlos simplemente en embajadores de la marca. En definitiva, adoptar el endomarketing como una estrategia permanente en tu organización, te brindará la posibilidad de refrescar la información que actualmente recopilas para abordarla desde otro punto de vista; y posiblemente, con ello lograrás reforzar áreas de oportunidad en tu estrategia de marketing.
En la actualidad el concepto de moneda virtual o criptomonedas ha causado furor, su regulación a nivel México trae consigo la recién aprobada Ley Fintech que busca regular de manera administrativa y financiera a las instituciones de financiamiento colectivo y las instituciones de fondo de pago electrónico. La inversión en este tipo de “activos” puede resultar positiva, sin embargo con dicha regulación, de lograrse, puede ocasionar desde nuestra perspectiva un futuro incierto. BANXICO se pronunció en marzo de 2014, con un comunicado para señalar que las monedas virtuales no son reconocidas como medio de cambio oficial ni como depósito de valor. Prácticamente la postura fue que no tenían respaldo de alguna institución y que no son monedas ni divisas extranjeras. En nuestra opinión las criptomonedas aunque resulta ser un concepto, relativamente nuevo, llegaron para quedarse; sin embargo parte importante para invertir en monedas virtuales era su falta de regulación, sin embargo ahora con la Ley Fintech todo indicaría un nuevo tratamiento, pero cabe aclarar que  conceptos como criptomoneda, minería, exchange, blockchain, como tal no se mencionan en dicha ley por lo que queda endeble su supuesta regulación. Ya son muchos los establecimientos que aceptan criptomonedas como medio de pago (restaurantes, eventos deportivos, escuelas) por lo que invertir en ellas resulta atractivo a todas luces. ¿Usted ya lo hizo?
La primera Ley del Seguro Social se publicó el 19 de enero de 1943, con tres objetivos fundamentales: 1) El derecho humano a la salud y a la asistencia médica. 2) La protección de los medios de subsistencia. 3) Los servicios sociales para el bienestar individual y colectivo. En cumplimiento a estos objetivos, el IMSS inicia operaciones el 1 de enero de 1944, cubriendo los riesgos siguientes: Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Enfermedades generales y maternidad. Invalidez, vejez y muerte, y desocupación en edad avanzada. Es por eso que se estableció el IMSS como un organismo descentralizado del gobierno federal, cuyos costos comparten empresa, trabajadores y Estado. Constitucionalmente la seguridad social tiene su fundamento en el artículo 4, cuarto párrafo; mismo que indica que: Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución. Asimismo, la Ley del Seguro Social tiene su fundamento constitucional en el artículo 123 fracción XXIX, a decir: XXIX. Es de utilidad pública la Ley del Seguro Social, y ella comprenderá seguros de invalidez, de vejez, de vida, de cesación involuntaria del trabajo, de enfermedades y accidentes, de servicios de guardería y cualquier otro encaminado a la protección y bienestar de los trabajadores, campesinos, no asalariados y otros sectores sociales y sus familiares. Es por ello que cuando tenemos una relación de trabajo surge la obligación patronal de otorgar seguridad social a los trabajadores, es decir, si tenemos una relación obrero-patronal debemos garantizar a nuestros empleados, el derecho a la salud. Fuente: Pérez, Campero y Fol (2011), Manual de aplicación y casos prácticos de Seguridad Social, edit., Tax Editores Unidos, S.A. de C.V.
Hablemos de la impresión que tienen los colaboradores de una empresa el tiempo que se encuentren laborando en ella; desde que envía su currículum vitae para ser contactados por el departamento que se encarga de reclutar y finalmente cuando dejan de prestar sus servicios a la compañía. ¿Conocías del Employee Experience? Pueden tener percepciones positivas o negativas formadas por diferentes causas, que en muchas ocasiones recursos humanos no puede controlar, impactando en todo el equipo. Debemos tomar en cuenta que hoy en día las plantillas de las empresas cuentan con un alto porcentaje de millennials, conocidos por tener rotación y menos compromiso, derivado de las necesidades de este grupo social por una mejor calidad de vida y motivación personal. Al fidelizar al equipo de trabajo impulsamos el crecimiento y responsabilidad de contribuir beneficiosamente a la vida de oficina. La clave esta en escuchar las necesidades internas, para poder tomar las medidas de acción que sean necesarias. ¿Qué beneficios se pueden lograr con el Employee Experience? Actitudes positivas. Reducir las ausencias y rotación. Mejorar el rendimiento profesional. Automotivación de los colaboradores. Bienestar emocional. Aminorar la resistencia al cambio. Salir de la rutina. Mayor productividad. Liderazgo. Buen clima laboral. En definitiva, hacer que las personas que estan en tu organización tengan una excelente employee experience requiere de esfuerzos alcanzables, con numerosos beneficios. “Si cuidas a tus empleados, ellos cuidarán de tus clientes” -Richard Branson-
Nuestras leyes fiscales establecen la obligación de expedir comprobantes fiscales en los siguientes casos: 1) Por los actos o actividades que realicen, 2) Por los ingresos que se perciban, y 3) Por las retenciones de contribuciones que efectúen. Asimismo, se establece la obligación en el Código Fiscal de la Federación para que las personas que adquieran bienes, disfruten de su uso o goce temporal, reciban servicios o aquéllas a las que les hubieren retenido contribuciones, soliciten el comprobante fiscal digital por Internet respectivo. Para ello, señala el artículo 29 del citado Código, entre otras obligaciones, que el emisor del comprobante deberá remitir al Servicio de Administración Tributaria (SAT), antes de su expedición, el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) respectivo para que dicho órgano proceda a validar que este contiene los requisitos establecidos en el artículo 29-A del ordenamiento en comento, le asigne un folio y le incorpore el sello digital. Señala también dicha disposición que el SAT podrá autorizar a proveedores de certificación de CFDI para que efectúen la validación, asignación de folio e incorporación del sello. Por su parte, el artículo 29, fracción V del multicitado Código, señala que posteriormente los contribuyentes deberán entregar o poner a disposición de sus clientes el archivo electrónico del CFDI y, cuando les sea solicitada por el cliente, su representación impresa. Derivado de lo anterior, señala la autoridad que es una práctica indebida que el contribuyente emisor indique a su cliente para que este, por su cuenta, provee sus datos con la finalidad de poder obtener el comprobante fiscal y no permitir, en el mismo acto y lugar, que el cliente proporcione sus datos para la generación de dicho comprobante en el propio establecimiento. Finalmente indica la autoridad que, al realizar esta práctica, el contribuyente emisor no cumple con su obligación de expedir el comprobante fiscal y tampoco con su remisión al SAT o al proveedor de certificación de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet con el objeto de que se certifique, lo que se traduce de manera automática en el traslado de dicha obligación, al cliente. Fuente: Criterio no vinculativo 1/CFF/NV 2018
Para la determinación del impuesto sobre la renta, las deducciones autorizadas juegan un papel fundamental, ya que a menor ganancia conlleva a un menor pago de impuesto, sin embargo en la legislación las erogaciones deben cumplir cerca de cincuenta requisitos para estar en condiciones de ser disminuidas para la determinación de dicho impuesto, ello de manera anual. Las pérdidas por caso fortuito o fuerza mayor están consideradas por la Ley del Impuesto sobre la Renta como una deducción autorizada de conformidad con el artículo 25 fracción V de la citada ley; para entender ello es conveniente definir algunos conceptos apoyados en el diccionario jurídico elemental de Guillermo Cabanellas de Torres: Caso: Cualquier suceso o acontecimiento. Fortuito: Suceso inopinado, que no se puede prever ni resistir. Fuerza mayor: Todo acontecimiento que no ha podido preverse o que, previsto no ha podido resistirse. De lo anterior podemos desprender que la pérdida de dinero en efectivo, el robo o el fraude deben considerarse casos fortuitos o de fuerza mayor, para efectos del impuesto sobre la renta y por lo tanto una disminución de los ingresos acumulables del contribuyente que sufra el menoscabo. Sin embargo para poder disminuir las perdidas en comento de los ingresos, se deben cumplir ciertos requisitos, en nuestro caso específico para la pérdida de dinero por robo o fraude es obligatorio considerar lo siguiente: Que las cantidades perdidas, se hubieren acumulado para los efectos del impuesto sobre la renta. Denunciar el delito. Copia certificada del auto de radicación, emitido por el juez competente. En el caso de que la autoridad competente concluya a posteriori que no hubo delito, el contribuyente deberá acumular las cantidades deducidas. Es importante señalar que de no acreditarse la pérdida de dinero en efectivo, robo o fraude, la cuantía manifestada por el contribuyente como pérdida deberá acumularse con su respectiva actualización y en esos menesteres, como sabemos, artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación dicta las reglas; es por ello que dicha actualización se calculará, desde el día en que se efectuó la deducción hasta la fecha en que se acumule. Notando que de conformidad con el artículo 28 fracción XI de la multicitada ley, no serán deducibles las pérdidas por caso fortuito, fuerza mayor o por enajenación de bienes, cuando el valor de adquisición de los mismos no corresponda al de mercado en el momento en que se adquirieron dichos bienes por el enajenante, situación que en el caso que nos apremia no aplica.